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Apertura de las ofertas |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Adjudicación |
La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Se deja establecido que el servicio licitado se adjudicará a un solo proveedor.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la Orden de Compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
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Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta mediante resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el criterio “Precio de la mano de obra en taller”, el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio “Plazo de respuesta” el que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será el criterio “Domicilio de la empresa” el que determine la adjudicación.
Si aún persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedente técnico, administrativo ni económico, a menos que estos sean solicitados por CONAF, a través del foro inverso del portal establecidos para tales efectos, lo que será evaluado en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de ofertas”.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento , actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una comisión evaluadora integrada por el Jefe del Departamento Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración o quien designe, el Jefe (I) de la Sección Administración o quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa de la Unidad de Jurídica o a quien designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas.
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Modificación a las Bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Contrato |
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la aceptación de la Orden de Compra.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de publicación y modificaciones posteriores si las hubiera.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales, con vigencia.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, por la falta de entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato o por desistimiento por parte del adjudicado u otra causal, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien readjudicar la licitación a otro oferente.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes Bases de Licitación y sus anexos formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
Modificación de contrato:
Cabe señalar que CONAF podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado, el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias o características fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo.
Término anticipado del contrato:
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante una comunicación escrita remitida carta certificada al domicilio de la empresa, con 30 días corridos de anticipación.
2) Mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
7) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
8) El haberse cursado más de 2 multas estipuladas en las presentes bases de licitación.
9) Renuncia o Desestimiento de cumplir con el contrato por parte del adjudicatario, facultará a CONAF para efectuar el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de las números 2 y 4.
Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato:
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará carta certificada enviada al domicilio que el proveedor haya señalado en su oferta, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, señalada precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Modalidad de pago |
El pago del servicio se efectuará contra la presentación de la factura, emisión de la Orden de Compra, y recepción conforme por parte de CONAF del servicio prestado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
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Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura, sólo cuando los servicios allí cobrados se hayan prestado en dependencias de CONAF. Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1).
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Sanciones y multas |
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas equivalentes a 1 UF por incumplimiento, la cual se valorizará en pesos al momento de la emisión de la orden de compra del mes siguiente de emitida la Resolución que la aplica. Se podrá aplicar multa en los siguientes casos:
a) No continuidad en prestación del servicio, en cualquiera de los requisitos básicos establecidos.
b) No cumplimiento en las fechas establecidas para la prestación del servicio.
c) Causar daño o perjuicio según calificación de CONAF, en los bienes de la Corporación.
Las multas serán de carácter acumulable y se aplicarán, previos a la facturación del pago. CONAF podrá aplicar la multa, por el valor de ésta. De no corregirse el hecho que dio lugar a la multa, CONAF quedará facultada para poner término del contrato por incumplimiento y cobrar la Garantía de Fiel cumplimiento.
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Procedimiento de aplicación de las multas |
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de carta certificada al domicilio indicado por la empresa dirigida al representante legal de la empresa adjudicada.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito al Director Regional, a las casillas leonardo.moder@conaf.cl y oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida.
La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a este cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni de ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Trabajo en Altura |
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La prestación del Servicio objeto de esta Licitación involucra entre otros, trabajo en altura. El oferente al momento de presentar su oferta declara conocer y cumplir con lo contenido en la NCH 1258.
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Responsabilidad del Proveedor |
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Sera responsabilidad del proveedor cualquier daño causado, con ocasión de la instalación o desinstalación de equipos radiales, a los vehículos propios o arrendados y/o a las instalaciones de bases propias o arrendadas.
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Manejo de residuos |
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Será de responsabilidad de la empresa el manejo de residuos originados por el trabajo, en conformidad a la normativa vigente.
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Plazo del contrato |
Se suscribirá con el oferente adjudicado un Contrato bajo la modalidad de convenio de suministro por un periodo de 24 meses contados desde la firma del respectivo contrato. El convenio de suministro se podrá prorrogar por un periodo de 12 meses adicionales al contrato inicial, siempre que este no sobrepase las 2.000 UTM.
Si se decidiera prorrogar el contrato el proveedor deberá extender el plazo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en las mismas condiciones de la garantía original.
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Cláusula de incumplimientos previos |
La cláusula de incumplimientos previos, busca garantizar que los proveedores o contratistas, realicen sus procesos con estándares éticos y de cumplimiento. No podrán participar de esta licitación, personas naturales o empresas que hayan incurrido en incumplimientos graves en faenas, durante los dos últimos años, establecidos en los siguientes puntos:
1) Cobro de boleta de garantía: Referido al cobro de boletas de garantía asociada a procesos anteriores, en un plazo de 2 años.
2) Incumplimiento de contrato: Cualquier incumplimiento de contrato que resultó un término anticipado del mismo, según el punto “o)” de la presente base, en un plazo de 2 años.
3) Multas reiteradas: La presencia de multas repetidas en procesos anteriores, en un plazo de 2 años.
Las ofertas cuyos oferentes estén involucrados en uno o más de los puntos antes mencionados, serán rechazadas en el acto de apertura electrónica de la oferta.
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Cláusula prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta el Anexo 3, Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1) Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2) Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3) Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4) En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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DEL SERVICIO REQUERIDO |
El servicio consistirá principalmente en:
MANTENCIÓN Y REPARACIÓN:
Consiste en realizar la mantención y/o reparación de equipos transceptores móviles, bases, repetidores, portátiles y de los accesorios que componen el sistema de radiocomunicaciones CONAF.
INSTALACION, DESINSTALACION Y PROGRAMACIÓN:
Consiste en realizar la instalación, desinstalación y programación de los equipos transceptores móviles, bases y repetidores, en los distintos tipos de vehículos que posee o arrienda la Corporación, como así mismo en las dependencias u oficinas que ésta dispone a nivel regional, sean éstas propias o arrendadas.
EMERGENCIAS:
El proveedor deberá considerar que en los casos que la Corporación enfrente una situación de emergencia, se requerirá de una atención preferencial para solucionar en el corto plazo los requerimientos solicitados.
Entre las emergencias que se podrían suscitar están las siguientes:
• Habilitación de un “puesto cero” (Central de coordinación en Terreno) con todos los equipos requeridos para su funcionamiento.
• Inhabilitación o problema de funcionamiento de algún equipo de la Central de Coordinación Regional ubicada en el Aeródromo de Rodelillo u oficinas de Conaf regionales.
• Problema por mal funcionamiento o instalación de una estación repetidora.
MARCA Y TIPO DE EQUIPOS EXISTENTES DISTRIBUIDOS: (cantidad aproximada de equipos: 300)
Motorola DGP6150+ (portátiles)
Motorola DGP8550-E (portátiles)
Motorola DGP4150+ (portátiles)
Motorola DEP550e (portátiles)
Motorola DGP5050e (portátiles)
Motorola DGM6100 (bases y móviles)
Motorola DGM8500 (bases y móviles)
Motorola DGR6175 (repetidor)
Motorola SLR5100 (repetidor)
Motorola Pro 5150 (portátiles)
Motorola Pro 2150 (portátiles)
Motorola Pro 5100 (base y móviles)
Motorola MotoTRBO R7 (portátiles)
Yaesu FT-2600m (base)
Yaesu FTA 230 (portátil)
Yaesu FTA 550 (portátil)
Y cualquier otro equipo adquirido por la Corporación Nacional Forestal durante el periodo que dure el contrato.
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