Licitación ID: 2270-33-LP23
EXP. 62327 Servicio de Sala Cuna para la SEREMI de
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 47
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Unidad
Cod: 91111901
La SEREMI de Salud de Tarapacá en adelante “la SEREMI”, llama a Licitación Pública para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALA CUNA DE LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACA”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EXP. 62327 Servicio de Sala Cuna para la SEREMI de
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, la oficina de Bienestar de la Unidad de Gestión de Personas de la SEREMI, busca cumplir con el mandato legal sobre el derecho a Sala Cuna, procurando con esto proporcionar a las madres trabajadoras de la Institución la tranquilidad y seguridad en el ejercicio de sus funciones, con el adecuado resguardo y cuidado de sus hijos e hijas. El término del derecho a Sala Cuna que le asiste a cada funcionaria, se producirá al finalizar el mes en que ella hijoa haya cumplido los dos 2 años de edad cronológicos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Seremi de Salud I Región
R.U.T.:
61.601.000-K
Dirección:
Thompson Nº 127. Pisos 1, 3, 4, 5 y 9
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-12-2023 18:41:00
Fecha de Publicación: 27-11-2023 10:30:00
Fecha inicio de preguntas: 27-11-2023 15:05:00
Fecha final de preguntas: 04-12-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-12-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-12-2023 18:42:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-12-2023 18:42:00
Fecha de Adjudicación: 02-01-2024 10:28:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 14.1 Presentación de antecedentes administrativos: ● Formato de Identificación del oferente persona natural. Anexo N° 1. ● Carta Aceptación de Bases persona natural o jurídica. Anexo N° 2. ● DJ Causales de inhabilidad e incompatibilidad y deudas con trabajadores. Anexo N° 3. ● Certificado de inhabilidades para trabajar con niños del personal que labora en el establecimiento. ● Plan de emergencia y/o contingencias ante cualquier tipo de siniestro. ● Plan de fumigación y desratización y certificado otorgado por la empresa que realizó la última fumigación. Nota: Presentar anexos debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda. En caso de no presentar uno o más de los anexos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar por medio de las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas corridas, conforme a los dispuesto en las presentes bases. En caso de no responder a dicha solicitud, la oferta será declarada
Documentos Técnicos
1.- 14.3. Presentación de antecedentes técnicos: La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a los criterios consignados en el Artículo N° 21, para ello, se considerará la información presentada en los siguientes documentos: • Experiencia del oferente. Anexo N° 5. • Recomendaciones del servicio. Anexo N° 6. ● Nómina de los trabajadores(as), anexo N° 7.
 
Documentos Económicos
1.- 14.2. Presentación de antecedentes económicos: Los oferentes deberán indicar en su propuesta económica el valor del servicio ofertado. Anexo N° 4 “Oferta Económica”. Este deberá ser presentado en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl. De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada en el Anexo N° 4, se considerará lo indicado en este último documento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 21.2 Años de experiencia del oferente en el rubro Para la evaluación de este criterio se considerará la cantidad de años que tiene la empresa en el rubro solicitado, para ello deberá entregar la información en el Anexo N° 5 y los documentos de respaldo correspondiente. La entidad licitante podrá verificar, a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de iniciación de actividades del oferente es igual o superior a la información declarada para el Contrato (de acuerdo a respaldo entregado) más antiguo y que su rubro corresponde a lo solicitado. Años de experiencia del oferente en el rubro solicitado Puntaje Igual o superior a 7 años 100 Mayor a 5 años y menor a 7 años 75 Mayor a 3 años y menor a 5 años 50 Mayor a 1 año y menor a 3 años 25 Menor a 1 año 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 25% 25%
2 21.3 Recomendaciones del servicio, anexo N° 6 El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar como cartas y/o, certificados emanados del cliente. Estos deberán contener al menos, la fecha del servicio prestado, el detalle del servicio, identificación de quien emite el documento incluyendo nombre, firma, número de teléfono y correo electrónico. La información entregada por el oferente podrá ser confirmada por la Comisión Evaluadora. Recomendaciones del servicio Puntaje 05 a más 100 Entre 03 y 04 50 Entre 01 y 02 25 No presenta documentos y/o los presenta incompletos 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 20 20%
3 21.5 Ubicación en zona de seguridad ante eventual El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar la ubicación de la Sala Cuna: Certificado de Dominio Vigente, recibos de agua o luz u otros que permitan acreditar la ubicación. Ubicación Puntaje En zona de seguridad sobre la línea de seguridad (según mapa de IMI) 100 En zona de amenaza bajo la línea de seguridad 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se adjunten documentos que acrediten ubicación, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 10% 10%
4 21.1 Evaluación Económica, anexo N° 4 Para efectos de evaluación de la oferta económica, se considerará la sumatoria del valor ofertado por unidad de matrícula, mensualidad jornada completa y mensualidad media jornada. No se considerarán aquellas ofertas que superen los montos de los ítems mencionados. Se aplicará la siguiente fórmula: Precio Ofertado Puntaje Precio Mínimo(Menor Valor Oferta) 100 puntos Segundo menor precio ofertado 60 puntos Tercer menor precio 40 puntos Cuarto o más precios ofertados 20 puntos PUNTOS OBTENIDOS * 30% 30%
5 21.4 Capacitaciones en Equidad de Género Primera I El oferente deberá presentar documentos y/o certificados de aprobación de capacitaciones dirigidas a las profesionales Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos de la Sala Cuna, con respecto al tema Equidad de Género desde la primera infancia. Capacitación Puntaje Todas las Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 100 El 50% de las Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 50 El 25 % del Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 25 Menos del 25% cuenta con capacitación acreditada. 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 10 10%
6 21.6 Cumplimiento de requisitos formales Salvar errores formales Puntaje No se requiere solicitar salvar errores formales 100 Salva errores formales solicitado a través de portal 50 No salva errores formales solicitado a través de portal 0 PUNTOS OBTENIDOS * 5% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gabriela Hut
e-mail de responsable de pago: gabriela.hut@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sandra Poveda
e-mail de responsable de contrato: sandra.povedam@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2404658-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite Subcontratación, por la naturaleza del servicio requerido.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Secretaría Regional Ministerial de Salud Tarapacá
Fecha de vencimiento: 01-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: Tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma oportuna, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el Contrato para las prestaciones de servicios
Glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato para el SERVICIO DE SALA CUNA PARA LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
Forma y oportunidad de restitución: Una vez cumplido íntegramente el Contrato, a satisfacción de la SEREMI y expirada la vigencia, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de la garantía. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, la SEREMI no tendrá responsabilidad respecto a esta caución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Generalidades
El presente proceso de compras se regirá por estas Bases administrativas, técnicas y anexos complementarios de la propuesta y las normas legales, reglamentarias vigentes a su llamado. Asimismo, constituirán reglas propias de la propuesta las aclaraciones escritas que emita la SEREMI de Salud Tarapacá, en adelante “la SEREMI”. Cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y Anexos de esta licitación se considerará parte integrante del Contrato que se suscriba para estos efectos entre el oferente adjudicado y la SEREMI.
Artículo 1°: Nombre de la licitación
La SEREMI de Salud de Tarapacá en adelante “la SEREMI”, llama a Licitación Pública para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALA CUNA DE LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACA”.
Artículo 2°: Objetivo de la licitación
Que, la oficina de Bienestar de la Unidad de Gestión de Personas de la SEREMI, busca cumplir con el mandato legal sobre el derecho a Sala Cuna, procurando con esto proporcionar a las madres trabajadoras de la Institución la tranquilidad y seguridad en el ejercicio de sus funciones, con el adecuado resguardo y cuidado de sus hijos e hijas. El término del derecho a Sala Cuna que le asiste a cada funcionaria, se producirá al finalizar el mes en que el/la hijo/a haya cumplido los dos (2) años de edad cronológicos.
Artículo 3°: Requerimientos Técnicos Obligatorios
La SEREMI requiere contar con el servicio de Sala Cuna para al menos 10 (con posibilidad de ampliar hasta 19) lactantes e infantes. Se requiere que el establecimiento atienda a los lactantes e infantes en condiciones de higiene y seguridad (Decreto 594 Aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo), que cuente con confort término (condiciones de climatización) y cuyo personal cuente con certificado vigente de inhabilidad para trabajar con niños. El proveedor que presente su oferta, deberá adjuntar Especificaciones Técnicas de la Propuesta en FORMATO LIBRE, la que debe contemplar TODOS los aspectos solicitados en este artículo: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A CONSIDERAR EN LA PROPUESTA (FORMATO LIBRE) ÍTEM REQUISITO OBLIGATORIO (EXCLUYENTE) MEDIO DE ACREDITACIÓN A PRESENTAR OBLIGATORIO De no presentar alguno de estos documentos, la propuesta quedará fuera de bases 1 Establecimiento debe contar con Autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de funcionamiento o reconocimiento oficial del Ministerio de Educación, desde la entrada en vigencia de la Ley N°20.832. Adjuntar Autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de funcionamiento o reconocimiento oficial del Ministerio de Educación, desde la entrada en vigencia de la Ley N°20.832. 2 Establecimiento debe contar con Resolución Sanitaria Vigente, otorgada por la Autoridad Competente. Adjuntar Resolución Sanitaria Vigente, otorgada por la Autoridad Competente. 3 Contar con una educadora de párvulo y 3 técnicos en educación parvulario para sala cuna. Adjuntar CV, contrato y título de educadora y los 3 técnicos parvularios solicitados con los que cuenta el establecimiento. 4 Contar con profesional nutricionista. Adjuntar CV, contrato y título de nutricionista con que cuenta el establecimiento. 5 Contar con extintores, detectores de humo y alarma Adjuntar fotografía de lo solicitado. 6 Contar con personal que cuente con conocimientos en primeros auxilios, uso de extintores o situaciones de emergencia. Adjuntar CV, contrato y Certificado que acredite conocimientos solicitados de personal con que cuenta el establecimiento. 7 Lugar de amamantamiento para que las madres que amamanten puedan estar en un espacio adecuado con mobiliario acorde a dichos requerimientos. Adjuntar fotografías de lugar de amamantamiento. 8 Sector de esparcimiento para los lactantes e infantes: Patio de juego o espacio de recreación. Adjuntar fotografías de lugar(es) de esparcimiento y recreación. 9 Que cuente con la infraestructura, espacio y mobiliario acordes para la óptima atención de los lactantes e infantes. Adjuntar fotografías de infraestructura, espacio y mobiliario. 10 Rutina o programación diaria para lactantes e infantes. Adjuntar rutina o programación diaria para lactantes e infantes 11 Contar con cámaras audio visuales en Jardín Infantil – Sala Cuna (Comedores, dormitorios, sala de recreación – estudios, patios, etc). Adjuntar fotografías de espacios que cuentan con cámaras. 12 Proporcionar alimentación diaria para lactantes y/o infantes que asistan en media jornada o jornada completa que debe incluir desayuno, colación de mañana, almuerzo, colación de tarde y cena (de acuerdo a lo requerido según jornada). La minuta debe ser elaborada por profesional nutricionista. Adjuntar minuta de alimentación elaborada y firmada por profesional nutricionista. 13 Proporcionar alimentación especial diaria para lactantes y/o infantes con alergias y/o trastornos alimentarios, elaborada por profesional nutricionista. Adjuntar minuta de alimentación especial elaborada y firmada por profesional nutricionista.
Artículo 4°: VISITA A TERRENO
La comisión evaluadora del presente proceso, se reserva el derecho de realizar una visita a terreno, en conjunto con el debido apoyo técnico, a los establecimientos cuyas ofertas pasen a la etapa de evaluación técnica. Lo anterior a objeto de corroborar lo indicado en propuestas técnicas y fotografías que adjunte el proveedor
Artículo 5°: Compromisos del Proveedor
El proveedor adjudicado tendrá las siguientes obligaciones: a) Velar por el correcto servicio de atención de Sala Cuna para los/as hijos/as de las funcionarias de la SEREMI. b) El proveedor adjudicado deberá designar un profesional, ya sea de las áreas de la dirección o técnica, que cuente con capacidad resolutiva y/o gestionadora; que mantenga la comunicación entre la Sala Cuna y la SEREMI, en caso de requerimientos de consultas, orientación y/o situaciones que nos presenten las funcionarias de esta institución. c) Dar pronta respuesta y solución a las consultas y/o problemas que pudiesen tener los(as) hijos(as) las funcionarias de la SEREMI. d) Mantener comunicación directa entre la profesional (Educadora de Párvulo) a cargo de la Sala Cuna y la apoderada/o, para informar de cualquier situación o acontecimiento del lactante. e) Dar pronta respuesta y solución a las consultas y/o problemas que le presente la Unidad de Gestión de Personas, Área de Bienestar, contraparte a cargo de estos beneficios. f) Mantener disponibles y en perfecto estado las cunas para lactantes. g) Velar por la entrega diaria de alimentación a los lactantes e infantes cumpliendo con las minutas ofertadas correspondientes a cada grupo y en perfectas condiciones de higiene y seguridad. h) Revisiones periódicas por parte de profesional nutricionista de que las minutas de alimentación entregadas se estén cumpliendo y si es que éstas, requieren alguna modificación por condición médica o de salud. i) Informar a encargada de Bienestar de cualquier modificación que se deba realizar a las minutas de alimentación y las razones de aquello. j) Velar por la mantención de los lugares de esparcimiento. k) Velar por la mantención y correcto funcionamiento de las cámaras audiovisuales instaladas en el recinto. l) El proveedor adjudicado deberá informar a la SEREMI, cualquier situación que afecte a los/as hijos/as de las funcionarias que se encuentren asistiendo a la Sala Cuna.
Artículo 6° Compromisos – Responsabilidad de los beneficiarios de la sala cuna (funcionarios/as)
Los deberes y obligaciones que deberán cumplir las madres y/o padres que reciban el beneficio de la Sala Cuna: - La funcionaria/o deberá solicitar documento de derivación para matrícula a la Sala Cuna a Encargada/o de Bienestar - Estos deberán informar y/o mantener comunicación directa con la Sala Cuna, es decir, con el profesional designe la Sala Cuna, ante situaciones de asistencia, alimentación, salud u otros. - La funcionaria/o debe mantener los cuidados de higiene y presentación del lactante cuando asista a la sala cuna. - La funcionaria/o deberá mantener buen trato hacia los trabajadores de la Sala Cuna, como también hacia los/as niños/as y sus padres.
Artículo 7°: Contraparte Técnica
Actuarán como coordinadores directo de la SEREMI, para efectos de ingreso, retiro y validación de informe con planilla de Asistencia Mensual de los niños matriculados y que asistan a la Sala Cuna: • Encargada del Bienestar Regional, Unidad de Gestión de Personas, del Departamento de Desarrollo Institucional (DDI), teléfono red fija: 57 2 404696 o celular 56932623292. • Encargada de Unidad de Recursos Físicos del DDI, para efectos de gestión de facturas, teléfono: 572404657. • Encargada de la Unidad de Finanzas, para gestión de pagos de facturas, teléfono: 572404670 de la SEREMI de Salud de Tarapacá. La o el profesional designada/a por parte de la Sala Cuna, deberá mantener una fluida comunicación con la encargada de Bienestar de la Unidad de Gestión de Personas, informando cuando el lactante o infante tenga más de cinco días de inasistencias a la Sala Cuna, a través de correo electrónico.
Artículo 8°: Entrega de los servicios
El prestador será responsable de entregar los servicios, de acuerdo a las bases de licitación y al Contrato; en caso contrario se incurrirá en incumplimiento y corresponderá aplicar las multas, garantías y demás sanciones que por este concepto se consideran, según se indica en el acápite de las multas señaladas en las presentes bases (o en el Contrato). La Certificación de las incidencias que sean meritorias de sanción, ya sea amonestación, aplicación de multa o término anticipado de Contrato, estará a cargo de la contraparte técnica de la SEREMI. Si por algún motivo el/la niño/a deber ser retirado anticipadamente y/o en forma indefinida, la SEREMI, dará aviso por escrito a la Sala Cuna adjudicada, para que ésta realice las gestiones de término de atención del niño/a.
Artículo 9°: Monto asignado para el presente asignado
La SEREMI, pagará de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de esta Institución para los servicios que debe otorgar la Sala Cuna, tanto por concepto de matrícula y de Jornada Completa como en Jornada Parcial (media jornada, ya sea en la mañana o tarde), dependiendo del requerimiento de cada funcionaria/o: CONCEPTO MONTO TOPE POR LACTANTE/INFANTE Por concepto de matrícula, ya sea media jornada o jornada completa Monto tope disponible de $ 250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos). Por concepto de mensualidad de media jornada con derecho a alimentación Monto tope disponible de $300.000.- (trescientos mil pesos). Por concepto de mensualidad de jornada completa con derecho alimentación Monto tope disponible de $ 500.000.- (quinientos mil pesos). El monto total disponible para la presente licitación es de $118.750.000.- para el período de 12 meses, considerando 10 lactantes/infantes con posibilidad de extender hasta 19. Los ingresos de los lactantes a la sala cuna se harán de acuerdo a los requerimientos que se presenten en la institución por parte de la funcionaria(o) – madre o padre, por lo tanto, el monto mensual a pagar dependerá de las necesidades de estos. De acuerdo a esto, sólo se pagará por matrícula y mensualidad efectivamente realizada. Para el correcto funcionamiento del servicio de Sala Cuna, ni la SEREMI ni las beneficiarias del mismo, podrán negociar valores de matrículas y mensualidades, ni recibir facturas o boletas de servicios de las mismas. La comunicación será en forma directa entre la institución y el prestador del servicio.
Artículo 10°: Norma y orden de precedencia de los documentos.
Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos: a) Aclaraciones y respuestas sobre los documentos de la licitación o las bases entregadas por la SEREMI, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. b) Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y los respectivos Anexos. c) Oferta Administrativa, Técnica y Económica del proponente. d) Acta de Apertura Electrónica y Acta de Evaluación. e) Resolución de Adjudicación. f) Resolución Declara Desierta.
Artículo 11°: Naturaleza de los proponentes.
Podrán presentarse a esta licitación las personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras legalmente constituidas en Chile, que cuenten con el rubro de acuerdo al servicio solicitado, proporcionen el servicio y que no registren alguno de los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años a la fecha de presentación de la oferta y que no se encuentren condenadas a algunas de las penas indicadas en el Articulo N°10 de la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.886, no podrán participar en estas licitación, los funcionarios directivos de la SEREMI, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54° de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
Artículo 12°: Inscripción en el Registro de Proveedores.
En caso que el prestador no esté inscrito en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, este estará obligado a inscribirse hasta antes del momento de la suscripción del Contrato y la emisión de la orden de compra respectiva. En caso que no proceda a la inscripción, la SEREMI, entenderá que se ha desistido de celebrar el Contrato, pudiendo dejar sin efecto la resolución que aprueba la adjudicación.
Artículo 13° Plazos de la Licitación.
La presente Licitación se desarrollará conforme a las etapas y plazos que se indican en la ficha de licitación del portal www.mercadopublico.cl. El llamado a propuesta con sus bases y anexos que rigen el presente proceso se publicará en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación, se encontraran a disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo. Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal. Las respuestas o aclaraciones a las bases se pondrán a disposición de los proponentes en el mismo Portal. Tanto las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Modificaciones a las bases publicadas, se podrán realizar hasta antes del cierre de recepción de ofertas, si la SEREMI estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Lo anterior, sin perjuicio que la realización de dicha modificación sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información. En tales circunstancias la SEREMI deberá prorrogar el plazo, para presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de antecedentes, considerando lo estipulado en el plazo anterior, prorroga que será otorgada a todos los oferentes en las mismas condiciones y que no podrá ser inferior a 3 días ni superior a 10 días. El cierre de la licitación puede exceder los plazos establecidos, si la fecha de cierre coincide con día inhábil, cerrándose el día hábil inmediatamente siguiente. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el sistema de información de compras y contrataciones de la administración (www.mercadopublico.cl) las etapas y plazos se modificarán de acuerdo a los días de inhabilitación o indisponibilidad técnica, lo que será informado a través del propio portal.
Artículo 14° Presentación de la Propuesta.
Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos se deberán presentar en un mismo acto, a través de los anexos que acompañan las bases de licitación y publicados en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, incluyendo el nombre y firma del representante legal del proponente cuando así lo requiera, hasta el día y la hora que señalen las presentes bases. Cada proponente podrá presentar más de una propuesta. Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor expresado en pesos chilenos, siendo de su responsabilidad los errores de cálculo o transcripción. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. En caso problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso de la información al Portal. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, por lo tanto, no se aceptarán Ofertas que se presenten por otro medio distinto a lo establecido en estas Bases. 14.1 Presentación de antecedentes administrativos: ● Formato de Identificación del oferente persona natural. Anexo N° 1. ● Carta Aceptación de Bases persona natural o jurídica. Anexo N° 2. ● DJ Causales de inhabilidad e incompatibilidad y deudas con trabajadores. Anexo N° 3. ● Certificado de inhabilidades para trabajar con niños del personal que labora en el establecimiento. ● Plan de emergencia y/o contingencias ante cualquier tipo de siniestro. ● Plan de fumigación y desratización y certificado otorgado por la empresa que realizó la última fumigación. Nota: Presentar anexos debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda. En caso de no presentar uno o más de los anexos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar por medio de las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas corridas, conforme a los dispuesto en las presentes bases. En caso de no responder a dicha solicitud, la oferta será declarada inadmisible. 14.2. Presentación de antecedentes económicos: Los oferentes deberán indicar en su propuesta económica el valor del servicio ofertado. Anexo N° 4 “Oferta Económica”. Este deberá ser presentado en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl. De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada en el Anexo N° 4, se considerará lo indicado en este último documento. 14.3. Presentación de antecedentes técnicos: La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a los criterios consignados en el Artículo N° 21, para ello, se considerará la información presentada en los siguientes documentos: • Experiencia del oferente. Anexo N° 5. • Recomendaciones del servicio. Anexo N° 6. ● Nómina de los trabajadores(as), anexo N° 7.
Artículo 15° Inadmisibilidad de las propuestas.
La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos, condiciones establecidos en las presentes bases o que superen el presupuesto asignado, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta o fallida la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. Cualquier oferta recibida en otro idioma que no sea español y/o por otro medio, no será considerada y quedará automáticamente fuera del proceso, tampoco se considerarán aquellas ofertas que vengan expresadas en otra moneda que no sea el peso chileno.
Artículo 16°: Antecedentes legales para ofertar.
Además, para ofertar el proponente deberá presentar cuando corresponda (adjuntar en la oferta presentada en el portal mercado público para aquellos proveedores no inscritos en Registro de Proveedores o Acreditar en Registro de Proveedores aquellos proveedores inscritos en Registro de Proveedores) la siguiente documentación: 16.1. Persona Natural. ANTECEDENTES SOLICITADOS PROVEEDORES INSCRITOS EN REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVEEDORES NO INSCRITOS EN REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO O QUE NO ESTÉN INSCRITOS Y NO PRESENTEN ANTECEDENTES ACTUALIZADOS. Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad. Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. Certificado de iniciación de actividades. Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. Certificado de deuda Tesorería General de la Republica Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. 162. Persona Jurídica ANTECEDENTES SOLICITADOS PROVEEDORES INSCRITOS EN REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVEEDORES NO INSCRITOS EN REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO O QUE NO ESTÉN INSCRITOS Y NO PRESENTEN ANTECEDENTES ACTUALIZADOS. Fotocopia Legalizada del Rut del oferente Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. Escritura de Poderes del oferente o del Representante Legal, según el Art. 41 inciso final del Reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública 19.886. Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público Certificado de Vigencia del oferente Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. Certificado de deuda Tesorería General de la Republica Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público. Instrumento público o escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones, con sus respectivas inscripciones y certificados de vigencia si fuera el caso. Acreditar en Registro de Proveedores. Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público
Artículo 17°: Errores u omisiones formales.
La SEREMI, a través de la Comisión de Evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores y omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, eso es que no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. De igual forma, la SEREMI, a través de la Comisión de Evaluación, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dicha certificación o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y periodo de evaluación. En estos casos, a través del Sistema de Información, se comunicará al oferente las omisiones detectadas y se concederá un plazo de 24 horas para que las subsane. Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 18°: Apertura Electrónica.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista en el calendario de la licitación publicada en portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 19°: Validez de la propuesta.
Las ofertas tendrán una validez de al menos 30 días desde la apertura en portal mercado público.
Artículo 20°: Comisión Evaluadora.
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes integrantes: • Jefe del Departamento de Desarrollo Institucional – DDI, de la SEREMI (o quien le subrogue). • Jefa de la Unidad de Gestión de Personas, DDI, de la SEREMI (o quien le subrogue). • Jefe de Gabinete de la SEREMI (o quien le subrogue). • Encargada de Bienestar, Unidad de Gestión de Personas del DDI, SEREMI (o quien le subrogue). • Encargada de Recursos Físicos y Abastecimientos del DDI, SEREMI (o quien le subrogue). Durante el proceso de evaluación, la Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La Comisión Evaluadora realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. La evaluación se efectuará considerando en sus análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean de carácter técnico, legal y/o económico u otros. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflicto de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa al momento, de la evaluación, por ello, una vez designados se solicitará a todos los integrantes de la comisión declarar expresamente no tener conflicto de interés alguno en relación con los actuales o potenciales oferentes en el respectivo proceso licitatorio. En el evento de que un conflicto de interés se hubiese manifestado con posterioridad a la apertura de las ofertas, deberá el afectado por dicho conflicto de interés poner en conocimiento su superior jerárquico las circunstancias que le resta imparcialidad. En dicho evento, deberá ser reemplazado por otro integrante idóneo, lo que quedará consignado en Acta de Apertura y Evaluación de Ofertas.
Artículo 21º: Criterios de Evaluación.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas con sus respectivos porcentajes y ponderaciones. CRITERIO PORCENTAJE 21.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA 30 21.2 AÑOS DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO SOLICITADO 25 21.3 RECOMENDACIONES 20 21.4 CAPACITACIONES DE TRABAJADORES EN TEMAS EQUIDAD DE GÉNERO PRIMERA INFANCIA 10 21.5 QUE SE ENCUENTRE UBICADA EN ZONA DE SEGURIDAD POR TSUNAMI 10 21.6 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5 TOTAL PONDERACIÓN 100% 21.1 Evaluación Económica, anexo N° 4 Para efectos de evaluación de la oferta económica, se considerará la sumatoria del valor ofertado por unidad de matrícula, mensualidad jornada completa y mensualidad media jornada. No se considerarán aquellas ofertas que superen los montos de los ítems mencionados. Se aplicará la siguiente fórmula: Precio Ofertado Puntaje Precio Mínimo(Menor Valor Oferta) 100 puntos Segundo menor precio ofertado 60 puntos Tercer menor precio 40 puntos Cuarto o más precios ofertados 20 puntos PUNTOS OBTENIDOS * 30% 21.2 Años de experiencia del oferente en el rubro solicitado, anexo N° 5 Para la evaluación de este criterio se considerará la cantidad de años que tiene la empresa en el rubro solicitado, para ello deberá entregar la información en el Anexo N° 5 y los documentos de respaldo correspondiente. La entidad licitante podrá verificar, a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de iniciación de actividades del oferente es igual o superior a la información declarada para el Contrato (de acuerdo a respaldo entregado) más antiguo y que su rubro corresponde a lo solicitado. Años de experiencia del oferente en el rubro solicitado Puntaje Igual o superior a 7 años 100 Mayor a 5 años y menor a 7 años 75 Mayor a 3 años y menor a 5 años 50 Mayor a 1 año y menor a 3 años 25 Menor a 1 año 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 25% 21.3 Recomendaciones del servicio, anexo N° 6 El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar como cartas y/o, certificados emanados del cliente. Estos deberán contener al menos, la fecha del servicio prestado, el detalle del servicio, identificación de quien emite el documento incluyendo nombre, firma, número de teléfono y correo electrónico. La información entregada por el oferente podrá ser confirmada por la Comisión Evaluadora. Recomendaciones del servicio Puntaje 05 a más 100 Entre 03 y 04 50 Entre 01 y 02 25 No presenta documentos y/o los presenta incompletos 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 20 21.4 Capacitaciones en Equidad de Género Primera Infancia dirigidas a los/as trabajadores/as de la Sala Cuna El oferente deberá presentar documentos y/o certificados de aprobación de capacitaciones dirigidas a las profesionales Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos de la Sala Cuna, con respecto al tema Equidad de Género desde la primera infancia. Capacitación Puntaje Todas las Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 100 El 50% de las Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 50 El 25 % del Educadoras de Párvulos y Técnicos en Párvulos cuentan con capacitación acreditada 25 Menos del 25% cuenta con capacitación acreditada. 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 10 21.5 Ubicación en zona de seguridad ante eventual tsunami El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar la ubicación de la Sala Cuna: Certificado de Dominio Vigente, recibos de agua o luz u otros que permitan acreditar la ubicación. Ubicación Puntaje En zona de seguridad sobre la línea de seguridad (según mapa de IMI) 100 En zona de amenaza bajo la línea de seguridad 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se adjunten documentos que acrediten ubicación, se asignará 0 puntos. PUNTOS OBTENIDOS * 10% 21.6 Cumplimiento de requisitos formales Salvar errores formales Puntaje No se requiere solicitar salvar errores formales 100 Salva errores formales solicitado a través de portal 50 No salva errores formales solicitado a través de portal 0 PUNTOS OBTENIDOS * 5%
Artículo 22°: Mecanismo de resolución de empates.
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación: 1. PRECIO 2. AÑOS DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO SOLICITADO 3. RECOMENDACIONES DEL SERVICIO 4. CAPACITACIONES EN EQUIDAD DE GÉNERO 5. ZONA DE SEGURIDAD ANTE TSUNAMI 6. SALVAR ERRORES U OMISIONES Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
Artículo 23°: De la Adjudicación.
La SEREMI adjudicará la licitación a la oferta o propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las bases considerando sus objetivos. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará a la oferta más económica, puesto que se evaluará además si aquélla se ajusta técnicamente a lo requerido. Reservándose el derecho de adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes conforme a las normas legales vigentes y las presentes bases, como asimismo a declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas en los casos indicados en los siguientes artículos
3°, 9°, 14°
Artículo 24°: Contrato
El artículo 63 del Decreto N° 250/2004 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que los Contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Esto también regirá para montos mayores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM por tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación, lo que queda establecido en las presentes bases de licitación. Para adquisiciones mayores a 1.000 UTM se deberá suscribir el respectivo Contrato. El Contrato comenzará a regir desde la fecha de envío de la orden de compra al proveedor adjudicado, lo que se realizará una vez firmado el contrato y recibida la boleta de garantía respectiva. El envío de la orden de compra, se realizará a través de plataforma www.mercadopublico.cl y su vigencia no podrá superar el 31 de diciembre del 2024.
Artículo 25°: Requisitos para contratar
Al momento de la suscripción del Contrato, el oferente deberá entregar: 1. Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 2. Certificado de estado “Hábil” en Mercado Público. 3. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de: - No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886). - No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393). - No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
Artículo 26°: Contrato
Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl y se suscribirá también un Contrato de prestación de servicios. La SEREMI, elaborará el respectivo Contrato, en estricto acuerdo a las bases de licitación y a la oferta del proponente. El referido Contrato de prestación de servicios, será puesto a disposición del oferente en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde la Resolución de adjudicación, quedando el oferente obligado a la revisión, firma y devolución a la institución del referido Contrato, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de recepción del mismo. Simultáneamente con la firma y entrega del referido Contrato a la SEREMI, se deberá adjuntar y entregar la Caución o Garantía por Fiel cumplimiento de Contrato, documento tomado y extendido según se indica en el punto “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”. Con todo, serán de cargo del oferente, la autorización de las firmas ante el Ministro de Fe respectivo, del Contrato cuyo monto supere las 1.000 UTM, trámite que debe ser efectuado en el mismo plazo consignado del presente artículo. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Artículo 27°: Cesión del Contrato
El Proveedor no podrá en caso alguno, ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del Contrato definitivo al que de origen las presentes bases de licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato.
Artículo 28°: Subcontratación
No permite Subcontratación, por la naturaleza del servicio requerido.
Artículo 29°: Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
El adjudicatario deberá a la fecha de suscripción del Contrato, rendir esta caución que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del Contrato y las obligaciones laborales. Tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma oportuna, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el Contrato para las prestaciones de servicios que superen las 1.000 U.T.M. Esta garantía podrá ser Boleta de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero que cumpla los requisitos del artículo 68 del Decreto Nº 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda. Esta Garantía deberá ser tomada en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, pagadera a la vista con carácter irrevocable de liquidez y efectividad inmediata a la orden de la SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD, R.U.T. 61.601.000-K, señalando la siguiente Glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato para el SERVICIO DE SALA CUNA PARA LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”, en moneda nacional, cuyo monto corresponderá al 5% del valor total adjudicado, la que deberá ser presentada en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad financiera respectiva, y con una vigencia que comienza con la fecha de adjudicación en el Portal de Compras Públicas , la que estará estipulada en el Contrato de compra venta y culmina con la fecha de expiración de la garantía de los servicios más 60 días corridos posteriores a esa fecha. Sin perjuicio que atendiendo al principio de razonabilidad y proporcionalidad se toleren diferencias de hasta cinco días corridos. Este documento debe ser emitido por la Entidad Emisora respectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente. Será responsabilidad del jefe del Departamento de Administración y Finanzas o su equivalente al interior de la SEREMI, requerir oportunamente la respectiva Garantía, verificando su monto y vigencia según las bases de licitación, para luego custodiarla en la Unidad de Tesorería de la SEREMI. Simultáneamente con la firma y entrega del referido Contrato a la SEREMI, se deberá adjuntar y entregar la Caución o Garantía por Fiel cumplimiento de Contrato, documento tomado y extendido según se indica en el punto “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato”. La SEREMI aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presentes Bases y los dispuesto en el artículo 68 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.886.” Si por algún motivo justificado, la SEREMI otorgará un aumento del plazo de entrega de los servicios a la empresa adjudicataria, esta deberá actualizar o ampliar la Caución o Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, por el nuevo plazo acordado, más sesenta días adicionales. La SEREMI podrá hacer efectiva la Caución o Garantía de Fiel Cumplimiento, en cualquier momento, una vez producida alguna de las siguientes circunstancias: a. Cuando por causa imputable al prestador se ponga término anticipado al Contrato; b. En caso que el prestador presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los dos últimos años, conforme a los términos previstos en el artículo 4 °, Inciso 2° de la Ley 19.886; c. En caso de que no existan facturas pendientes de cobro sobre las cuales hacer efectivas las sanciones contempladas en el punto de “Multas” del Contrato y las Bases de Licitación. d. En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del prestador. El incumplimiento grave será calificado por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria mediante informe. Devolución Caución Fiel Cumplimiento de Contrato Una vez cumplido íntegramente el Contrato, a satisfacción de la SEREMI y expirada la vigencia, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de la garantía. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, la SEREMI no tendrá responsabilidad respecto a esta caución.
Artículo 30°: Facturación.
La encargada de la Unidad de Bienestar de la SEREMI, deberá revisar las planillas de asistencia enviadas por el proveedor al finalizar cada mes. Una vez revisadas, de no existir discrepancias, indicará al proveedor, la conformidad de los servicios recibidos a través de correo electrónico. Una vez que el proveedor recibe esta conformidad deberá emitir la factura, que debe ser concordante con la orden de compra. La Sala Cuna adjudicada, emitirá mensualmente una factura por: • Concepto de matrículas ingresadas durante el período a facturar (que se pagará sólo por una vez en el año). • Factura mensual y planilla por los niños(as) que asisten a Sala Cuna durante el período. • Se pagará por servicio efectivamente prestado, es decir, lactante/infante que este matriculado por una vez en el año, que asista a la sala y/o que presente inasistencia por alguna situación particular. • No se pagará mensualidad si el lactante/infante no se encuentra matriculado. • En el caso que el lactante/infante, sea retirado de la Sala Cuna en cualquier momento del mes, se pagaran los días proporcionales. • La factura deberá contener en su glosa a lo menos: N° de orden de compra, descripción del servicio y para efectos del pago, debe señalar N° de cuenta corriente, banco, Rut, correo electrónico y contacto para concretar la transferencia. • La factura debe ser emitida con los siguientes datos: - Señor (es) :Subsecretaría de Salud Pública o SEREMI de Salud de Tarapacá - Dirección :Thomson 127, piso 5, oficina 506, Edificio Puerto Mayor, Iquique - Rut : 61.601.000-k - Giro : Servicio Público - Forma de Pago: Crédito Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público (ejemplo: 2270-xxx-SE23). Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada automáticamente por la plataforma. La SEREMI tendrá un plazo de 8 días contados desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
Artículo 31°: Del Pago y sus Requisitos.
Los servicios se pagarán previa presentación de la certificación conforme de los servicios contratados por la encargada del Bienestar (o quien le subrogue para tales efectos). El proveedor que se adjudique el servicio de Sala Cuna, deberá, como uno de los requisitos presentar informes de asistencia mensual de los(as) hijos(as) de las funcionarias que tengan el beneficio de Sala Cuna y asistan a esta. Una vez que el proveedor reciba, vía correo electrónico, la conformidad del servicio, deberá emitir su factura de acuerdo a lo que se indica en el artículo 30° de las presentes bases. Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad de los mismos por el jefe del Departamento de Administración y Finanzas o su subrogante legal, en un plazo no superior a 30 días corridos desde la presentación de la factura: a) Orden de compra en estado “Recepción conforme”, emitida por la SEREMI. b) Certificado de cumplimiento firmado por la encargada de Bienestar o quien le subrogue para estos efectos. c) En el certificado se deberá indicar la plena conformidad de los servicios contratados, indicando si se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de Contrato o cualquier antecedente atingente al servicio. d) La SEREMI pagará las mensualidades y matrícula de los/as niños/as en forma vencida, previa confirmación del informe con planilla de asistencia. Cuando la funcionaria esté haciendo uso de su feriado legal, independiente los días usados o cuando la funcionaria y/o el/la niño/a se encuentren con licencia médica se pagará valores completos, con la finalidad de no perder el cupo en el establecimiento. En los casos de retiros anticipados y del ingreso los valores serán proporcionales. e) Presentar formulario F30 y F30-1.
Artículo 32°: Modificaciones y término Anticipado del servicio.
La SEREMI podrá modificar o poner término anticipadamente al servicio adjudicado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se verifican las siguientes situaciones: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. En el caso de difundir información confidencial de la institución, el adjudicatario y/o sus trabajadores, (según sea el caso). Por lo anterior el adjudicatario y/o sus trabajadores deberán guardar absoluta confidencialidad sobre cualquier antecedente reservado o no, que en desempeño del servicio conozca durante el desarrollo de sus labores, conforme a lo dispuesto en el artículo de Confidencialidad de las presentes bases. 3. Si la calidad de los servicios no satisface las exigencias mínimas establecidas para el logro de los objetivos señalados en las Bases Técnicas, lo que será calificado por la encargada de Bienestar (o quien se le subrogue para estos efectos) o el jefe del Departamento de Desarrollo Institucional (o su subrogante). 4. No dar cumplimiento del adjudicatario y/o sus trabajadores a los servicios requeridos y contratados. 5. Denostar el adjudicatario y/o sus trabajadores a través de medios de comunicación o redes sociales a la Institución. 6. Si la conducta del adjudicatario y/o la de sus trabajadores afecta el normal funcionamiento del desarrollo de las actividades de la SEREMI. 7. En caso de corresponder, no reemplazar el adjudicatario al personal en caso de inasistencia, cuando ello afecten el normal desarrollo del servicio adjudicado por la SEREMI. 8. Incumplimiento grave por el adjudicatario de lo solicitado en las presentes bases. la Contraparte Técnica deberá elaborar un informe fundado, que califique la gravedad del incumplimiento. 9. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad Ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemia, pandemia y otras emergencias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 10. Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda. 11. Estado de notoria insolvencia del proveedor adjudicatario o de alguno de sus socios, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato. 12. Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación. 13. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural adjudicataria. En ambos casos, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato. 14. Si el proveedor acumula multas por un monto mayor al 20% del total de la orden de compra emitida. La modificación del Contrato procederá en los casos de: caso fortuito o fuerza mayor; en caso de cambios en los requerimientos técnicos o funcionales de los servicios contratados; en ningún caso la modificación del Contrato podrá significar una modificación sustancial del objeto del mismo. Procedimiento Administrativo de Término Anticipado del Contrato: La medida a aplicar se formalizará a través de una resolución fundada de la autoridad donde se pronunciará esta última sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del Contrato, el proveedor adjudicado podrá interponer un recurso de reposición ante la SEREMI, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes de la esta institución. Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya presentado, la SEREMI confirmará el término del Contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente.
Artículo 33° Caso Fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor cualquier imprevista que no es posible resistir, según lo estipulado en el Artículo 45 del Código Civil. Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del Contrato, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales o cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia por escrito a la SEREMI al email christian.tapiav@redsalud.gob.c l y/o sandra.sampson@redsalud.gov.cl dentro de los 2 días siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y entregando la documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación de los plazos comprometidos. La SEREMI en vista de los antecedentes que presente el Proveedor adjudicado, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito, emitiendo un informe a la SEREMI y ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no a los hechos. Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del adjudicatario fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Artículo 34°: Multas.
Ante el incumplimiento total o parcial de los servicios contratados por parte del proveedor adjudicado y/o los plazos para ser entregados, la SEREMI aplicará una multa por cada prestación no entregada, la que será contabilizada por número de incumplimientos diarios, conforme a los siguientes montos: 1. Retraso en la fecha de inicio del servicio. 1 (una) UTM por cada día de retraso en la puesta en marcha del servicio, de acuerdo a los plazos acordados, por razones ajenas a la SEREMI e imputables al Prestador. 2. Incumplimiento al Artículo 4° “Compromisos del Proveedor”, en cualquiera de sus letras. Al primer incumplimiento una amonestación por escrito a y la segunda se aplicará 1 (una) UTM aplicable sobre la factura del mes correspondiente. Si el proveedor infringe sus obligaciones establecidas en los artículos 3 y 4 de las presentes bases, el departamento requirente emitirá una carta de amonestación y/o multa al proveedor, debiendo detallarse las obligaciones incumplidas. En su conjunto, las multas aplicadas al proveedor adjudicado durante la vigencia del presente Contrato no podrán superar las 20% del valor total de la orden de compra. Lo anterior, será causal de término anticipado de contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicado en los estados de pago más próximo y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. En el caso de que el adjudicatario no pueda dar cumplimiento al Contrato por causas originadas por la SEREMI, éste deberá informar por escrito al email christian.tapiav@redsalud.gob.cl y/o sandra.sampson@redsalud.gov.cl; para dejar constancia formal del hecho. Este plazo parcial será descontado del total final del tiempo de incumplimiento, para valorar las multas a considerar en los descuentos.
Artículo 35°: Procedimiento de Aplicación de Multas.
Se notificará al adjudicatario la multa correspondiente acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica donde se dé cuenta de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior, se efectuará por correo electrónico del adjudicatario que declare en la oferta y Contrato. Una vez notificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante la SEREMI, quien resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la SEREMI. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el adjudicatario se allane expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada de la SEREM, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880. Con todo, las multas establecidas, serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del adjudicatario. Se entenderá que el Proveedor adjudicado está en mora por el sólo incumplimiento de los plazos establecidos para cualquiera de las obligaciones pactadas, y no será necesario requerimiento judicial previo. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la SEREMI de poner término anticipado al Contrato en los casos previstos en él y en las presentas.
Artículo 36°: Responsabilidades en caso de daños.
El proveedor adjudicado será responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a la propiedad pública y/o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o de sus empleados, en caso que corresponda, en cumplimiento de las obligaciones que emanan del presente Contrato, como, asimismo, respecto de terceras personas.
Artículo 37°: Servicios Adicionales y Disminuciones.
En caso, que la SEREMI requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del proveedor adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de los mismos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y solo por única vez. La SEREMI podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al proveedor adjudicado, por correo electrónico y/o mediante oficio, por hasta un 30% del valor del Contrato, por una vez, lo que se indicará en el certificado de cumplimiento previo a la emisión de la factura. Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del Contrato, acorde a los servicios contratados.
Artículo 38°: Subcontrataciones, Remuneraciones, Cotizaciones Previsionales.
Durante el desarrollo del trabajo, el proveedor adjudicado no podrá subcontratar total ni parcialmente los servicios contratados, excepto en aquellos casos especiales que sean estimados como indispensables y autorizados expresa y previamente por la SEREMI. El personal que contrate el adjudicatario, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del Contrato, no tendrá en caso alguno, relación laboral ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la SEREMI, sino exclusivamente con el proveedor que los contrató. Sin perjuicio de lo anterior y cada vez que la SEREMI así lo requiera, el proveedor adjudicado estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le correspondan respecto a sus trabajadores, lo cual el proveedor adjudicado deberá acreditar mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del Contrato, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado, acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del Contrato. La SEREMI exigirá que el proveedor adjudicado, proceda a dichos pagos y presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, según corresponda. El incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la SEREMI para poner término anticipado al Contrato. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123 y la Ley N°16.744.
Artículo 39°: Naturaleza de la prestación de servicios.
El proveedor adjudicado, y sus trabajadores, sólo ejecutarán las prestaciones de servicios contenidas en las presentes bases y no tendrán la calidad de dependientes de la SEREMI, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
Artículo 40°: Requisitos de Seguridad de riesgo moderado.
El adjudicatario deberá dar fiel cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, en especial a lo establecido en la Ley Nº16.744, (sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), su Reglamento y Decreto complementario, así: 1. Tendrá la obligación de suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y adoptar todas las medidas de prevención que corresponda, destinadas a controlar los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Asimismo, deberá cumplir con las instrucciones, normas y procedimientos emanadas por el Área de Higiene y Seguridad del Ministerio de Salud. 2. Deberá instruir al inicio de cada jornada y permanentemente durante el desarrollo de los servicios, a toda persona sobre el riesgo potencial que presenta su propio trabajo. 3. Deberá mantener un programa de supervisión permanente de los servicios que se ejecuten de modo de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y daños a la propiedad. 4. Todo lo que sea aplicable al tipo de servicio entregado, sus trabajadores y los infantes/lactantes que están a su resguardo.
Artículo 41°: Confidencialidad
Las partes dejan expresamente establecido que toda información respecto del MINISTERIO, sus Subsecretarías, sus Secretarías Regionales Ministeriales, y la función administrativa que desempeñan, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del presente servicio, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia de este Contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a: a) Abstenerse a utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito distinto al de prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en el Contrato. b) Jamás revelar información de los Contratantes a terceros, excepto a aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha Información a fin de poder prestar el referido Servicio. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará al proveedor de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. c) Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información. d) Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación, acceso, cesión y uso indebido de los datos personales, sensibles o no, a los pudiera tener acceso con objeto de la prestación de servicios, haciendo responsable de todo daño por estas acciones o las de sus dependientes. Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del Contrato o fuera divulgada públicamente posteriormente, como resultado de la exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá tratarla para fines diversos. La obligación de confidencialidad de la información tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato respectivo. La Empresa se obliga en forma irrevocable a que toda información que el SEREMI le haya proporcionado, o le proporcione con motivo de la prestación de servicios, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, archivos computacionales o en cualquier otra forma. El oferente seleccionado sólo utilizará la Información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de esta compra y no divulgará, publicará ni permitirá cualquier tratamiento de todo o parte de esta información. Tampoco podrá efectuar tratamiento de esta con fines diversos. Así mismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal contratado bajo cualquier modalidad sólo tenga acceso a la información que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en esta compra. Al momento del término, por cualquier causa, de la presente compra, el Proveedor debe restituir, según lo indique la SEREMI, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Proveedor esa se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, debe notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la SEREMI. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del Proveedor durante la vigencia del Contrato, o después de su finalización, dará lugar a la SEREMI a entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. Cumplimiento de la Política General de Seguridad de la Información Por el sólo hecho de participar en el presente procedimiento de compras, el oferente debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales. Todo el personal externo que desarrolle labores para la SEREMI deberá tomar conocimiento de la Política General de Seguridad de la Información, disponible en el sitio web de MINSAL, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción. Para estos efectos, el trabajo o proyectos realizados por el proveedor deben ser compatibles con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, el contratante se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. Seguridad de Acceso y Confidencialidad de Datos Sensibles Cualquier tipo de intercambio de información que se produzca entre MINSAL, sus Subsecretarías, las Secretaría Regionales Ministeriales y los Servicios de Salud y las empresas proveedoras se entenderá que ha sido realizado dentro del marco establecido por el Contrato de provisión de servicios correspondiente, de modo que dicha información no podrá ser utilizada en ningún caso fuera de dicho marco, ni para fines diferentes a los asociados a dicho Contrato. Así, el proveedor deberá mantener la confidencialidad de lo que tome conocimiento en las dependencias del MINSAL sus Subsecretarías, las Secretaría Regionales Ministeriales y los Servicios de Salud. Asimismo, el proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa del sector salud: DFL 1, Código Sanitario, Ley N° 20.584, referida a Deberes y Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud; y en materia de protección de datos personales: la Ley N° 19.628, referida a Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa complementaria. En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa. En relación a la protección de los datos personales y datos personales sensibles, las partes deben adoptar las medidas conducentes para garantizar el mayor grado de seguridad y confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el Contrato. La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato. La falta de cualquiera de las medidas precedentes se considerará como Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa.
Artículo 42° Notificaciones.
Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de trascurridas 24 horas desde que la SEREMI publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 43°: Domicilio y Jurisdicción.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes deberán fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Iquique y someterse a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 44°: Notificaciones.
Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación, se entenderán realizadas luego de trascurridas 24 horas desde que la SEREMI publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.