Licitación ID: 3842-2-LE26
Conv De Suministro De Alumbrado Público Pubitaqui
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUNITAQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 26
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
Convenio De Suministro De Alumbrado Público, Comuna De Punitaqui  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Conv De Suministro De Alumbrado Público Pubitaqui
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases Administrativas Generales tienen por objeto regular el llamado a propuesta pública para la contratación y ejecución de convenio de suministro, todo lo cual deberá ser ejecutado según el proyecto confeccionado para estos efectos por el mandante, acorde a lo establecido en las presentes bases administrativas generales, y demás antecedentes de la presente licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Oficina de Proyectos
R.U.T.:
69.040.900-3
Dirección:
Caupolican 1147
Comuna:
Punitaqui
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-01-2026 19:55:00
Fecha de Publicación: 20-01-2026 11:57:41
Fecha inicio de preguntas: 20-01-2026 13:01:00
Fecha final de preguntas: 26-01-2026 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-01-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-01-2026 19:56:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-01-2026 19:56:00
Fecha de Adjudicación: 06-02-2026 12:00:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN ARCHIVO ADJUNTO
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN ARCHIVO ADJUNTO
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN ARCHIVO ADJUNTO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 10%
2 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 10%
3 Experiencia de los Oferentes SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 30%
4 Precio SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 5%
5 Programa de integridad SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 5%
6 Mano de obra local SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 20%
7 Plazo de respuesta a requerimiento SEGÚN PUNTO N°21 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 45 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudio Rojas Caniupan
e-mail de responsable de pago: crojasc@munipunitaqui.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristobal Jure Adaros
e-mail de responsable de contrato: cjure@munipunitaqui.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-09-47591872-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
3. REQUISITOS PARA PRESENTARSE A LA PROPUESTA.
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre compras públicas, y no tengan algún vínculo de parentescos descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL 1- 19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575. Asimismo, será requisito para participar en la presente licitación el haber dado cumplimiento a las normas establecidas en la Ley N° 20.238 que estableció la exclusión de aquellos oferentes que, al momento de presentación de su oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores. Se hace presente que según el artículo 16, Ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre compras públicas, el oferente éste deberá contar con inscripción vigente y hábil en el portal Chile Proveedores y estar inscrito y vigente en los registros de contratista indicados en las presentes bases, para poder suscribir los contratos definitivos. Asimismo, será necesario que cuenten con algún tipo de inscripción vigente en el registro municipal. El solo hecho de la presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Público, significará la aceptación por parte del proponente de las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, anexos, y en general todo documento que lo acompañe. 4. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. La ejecución del presente convenio suministro se contratarán a través del sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses y con un periodo de 45 días desde la aprobación del contrato y aceptación de la orden de compra. Este servicio incluye mano de obra, materiales e insumos, por tanto, el precio del contrato comprende el total de la obra cuya ejecución se encomienda, asumiendo el contratista todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costos de las garantías y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. Asimismo, se deberá tener presente que el precio de las obras no incluirá ningún tipo de aporte reembolsable que deba efectuarse a las empresas de servicios eléctricos, agua potable u otros servicios y, en consecuencia, dichos aportes serán de cargo y propiedad del contratista. 5.
7. DEL PRESUPUESTO:
El presupuesto disponible corresponde a la suma de $ 34.500.000.- (treinta cuatro millones quinientos mil pesos) y serán con cargo al presupuesto municipal vigente. 8.
10. DE LAS GARANTIAS.
Las Boletas de Garantía deberán ser tomadas por el oferente, según se señale en las presentes Bases, y no podrán ser tomadas por un tercero, a excepción que dicho tercero sea propietario y/o representante legal de la empresa que se está presentando a la propuesta, cuya identificación debe coincidir con la indicada en los documentos solicitados en el punto 8.1 de las presentes bases. Respecto de los proponentes que resulten seleccionados, la garantía de Seriedad de la Oferta se mantendrá hasta que el contratista adjudicado proceda a firmar el respectivo contrato. 10.1DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 52 del decreto supremo N°661 del 12 de diciembre del año 2.024 del Ministerio de Hacienda, el cual aprueba el reglamento de la ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre compras públicas, La presente Entidad licitante no requerirá garantía de seriedad de la oferta. 10.2 DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Una vez realizada la adjudicación en el portal ChileCompra, el adjudicado deberá presentar garantía a la vista, sin días de aviso, con carácter de irrevocable (EJ: boleta de garantía o Vale Vista o certificado de fianza), para caucionar el fiel cumplimiento del contrato y de las Obligaciones Laborales, y todos los compromisos que deriven del contrato en un plazo NO SUPERIOR A DIEZ DÍAS CORRIDOS. ESTE DOCUMENTO DEBERA SER EMITIDO A NOMBRE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUNITAQUI, RUT: 69.040.900-3. Se solicita presentar esta garantía a la vista por un monto igual al 5% del precio contratado, cuya vigencia no sea menor al plazo ofertado más 3 meses. En caso de aumento de obras, ésta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato y en caso de ampliación de plazo, la garantía debe ser reemplazada por otra, de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 3 meses. Sin embargo, si la garantía considera la ampliación del plazo y los 3 meses corridos establecidos, no será necesario presentar una nueva boleta. Sólo en la situación de servicios sin ampliación de plazos el proveedor debe presentar una Boleta adicional por el 5% de dicho aumento. La fecha de vencimiento expuesta en el portal chile compra es sólo referencial, en la emisión de la garantía deberá ceñirse a los plazos de vigencia estipulados en las bases, debiendo cubrir todo el plazo de ejecución de las obras incluyendo ampliaciones de plazo si las hubiere, más 3 meses. Si en alguna etapa de la propuesta la garantía no cumple con la vigencia requerida, el proveedor deberá prorrogarla, siendo requisito la vigencia de ésta durante todo el plazo desde la firma de contrato más 3 meses, para la aprobación de la recepción. Esta garantía debe contener la siguiente glosa: “Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales Propuesta Pública: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE ALUMBRADO PÚBLICO, COMUNA DE PUNITAQUI”. El instrumento financiero presentado será restituido una vez que se entregue la boleta de correcta ejecución y buen comportamiento de contrato, ello sin perjuicio de la responsabilidad del contratista señalado en el artículo 2003 del Código Civil. Esta garantía se hará efectiva en los siguientes casos: • Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, contrato y normativa respectiva, la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se hará efectiva y el contratista perderá el 100% del valor de ésta. • Si existe incumplimiento de pago de las obligaciones laborales y previsionales, en tal caso el mandante podrá hacer efectiva la boleta y contratista perderá el 100% del valor de ésta. • Si existe incumplimiento del plazo contractual ofertado y las multas cursadas no pudieren hacerse efectiva en el estado de pago pendiente, se dará curso a la boleta perdiendo el contratista el valor correspondiente a las multas imputadas, asimismo, se dará curso a la boleta de garantía en el caso que las obras presenten un retraso superior a los 45 días del plazo original pactado, en tal caso el contratista perderá el 100% de su valor sumados a las multas cursadas que se descontarán del estado de pago pendiente. En caso de haber aumentos de plazo, ya sea por modificación de especificaciones o por atrasos justificados de parte del contratista, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberán modificar las fechas de vencimiento de las Boletas de Garantía en igual cantidad de días del aumento de plazo más tres meses prorrogando la caución vigente. En caso de que exista modificación del contrato y esto implique modificación de los montos de inversión, la boleta deberá ser modificada En caso de aumento de obras y ampliación de plazo esta garantía deberá reemplazarse por otra equivalente al 5% del valor total de contrato considerado el incremento y con una vigencia que considere el plazo total incluido su aumento más tres meses. Sólo cuando haya aumento de obra y no de plazo, se aceptará una boleta complementaria a la original correspondiente al 5% del aumento. De existir modificación al contrato ésta se hará a través de Anexo al mismo al cual no se le dará curso si el contratista no presentare las cauciones solicitadas.
12. DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará mediante la emisión y aceptación de la Orden de Compra, y el plazo de ejecución comienza a regir desde el momento a la aceptación de la misma. Si por cualquier causa que no sea imputable a la Municipalidad, no es aceptada esta misma dentro de un plazo de 3 días corridos, se entenderá desistimiento de la oferta pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía y adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Por ser una contratación estándar de simple y objetiva especificación, el vínculo entre las partes se formalizará mediante la emisión de orden de compra por parte de la Municipalidad y la aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. La contratación no irroga mayor complejidad en los aspectos técnicos considerados por el requerimiento, ni respecto a los tiempos de ejecución. Para efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral N°10 del artículo 41, del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, el proveedor adjudicado deberá presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales extendido por la Dirección del Trabajo, para verificar si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho antecedente debe ser presentado ante la Secretaria Comunal de Planificación junto con la Garantía de Fiel Cumplimiento del encargo y correcta ejecución del servicio.
13. OPERATORIA.
La Ilustre Municipalidad de Punitaqui procederá una vez vigente el contrato de suministro del oferente contratado, solicitar a este: a) Presupuesto de la reparación a realizar sin ningún costo para la Municipalidad, este siempre deberá ajustarse al Itemizado ofertado. b) El presupuesto deberá ser aprobado por la Municipalidad por funcionario designado mediante decreto Alcaldicio/Municipal para tales efectos, de no ser aprobado, La Ilustre Municipalidad de Punitaqui, podrá solicitar un nuevo presupuesto al oferente contratado. c) Una vez realizado (a) los (as) mantención (es) y/o reparación (es) menores, el funcionario designado mediante decreto Alcaldicio/Municipal para tales efectos deberá recepcionar lo encargado según presupuesto solicitado, emitiendo un certificado de recepción de obras.
14. DEL SISTEMA DE PAGO.
Se adoptará el sistema de Pago de acuerdo a emisiones de las órdenes de compra y trabajos que se realicen y se recepción conforme a nombre de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, Caupolicán N° 1147 Comuna de Punitaqui, Rut. 60.040.900-3, indicando el detalle de los trabajos realizados con su respectiva recepción conforme, y además haciendo referencia a la presente licitación de la siguiente forma: “Conforme a Contrato de CONVENIO DE SUMINISTRO DE ALUMBRADO PÚBLICO, COMUNA DE PUNITAQUI, según licitación ID XXXX-XX- XXXX” (según corresponda). Los Pagos serán confeccionados con la documentación por la unidad técnica encargada de la recepción de los trabajos. Los Pagos se presentarán cuando efectivamente se haya ejecutado y recepcionados conformes los trabajos, adjuntando los siguientes documentos: 1.- Factura a nombre de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui. 2.- Orden de compra. 3.- Copia decreto que aprueba el convenio de suministro. 4.- Otros documentos requeridos por el administrador del convenio de suministro (fotografías). 15. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que estas Bases y que el contrato de suministro impongan al contratista, éste responderá directa y exclusivamente por todos los deterioros, defectos y daños que pudieren ocasionarse o sufriere la obra por cualquier causa y hasta la fecha de Recepción conformes de la misma y soportará de igual manera la pérdida de materiales, aun cuando cualquiera de dichas circunstancias provenga de un caso fortuito o de un hecho o acto imprevisto. Durante el plazo de garantía de buen funcionamiento de la obra, el contratista será responsable por todos los defectos, fallas y deterioros que ella evidenciase o que pudiese afectarle. Finalmente, el contratista responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o con motivo de los trabajos o con ocasión de defectos de construcción o de mala calidad de los materiales empleados en la obra, sea que provengan de error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes o la razón que fuere.
16. PLAZOS Y EFECTOS DEL CONTRATO.
El plazo de vigencia del contrato de suministro será de 45 días corridos, contados desde la aceptación de la orden de compra. El mandante podrá suspender el plazo y efectos del contrato en las siguientes ocasiones: En el caso que la tramitación de los certificados necesarios para obtener la recepción provisoria de la obra, sufra un retraso en su tramitación y obtención no imputable al contratista y supere los plazos normales de procedimiento que manejan dichas instituciones, el mandante podrá suspender transitoriamente el plazo de ejecución del contrato, sin derecho a indemnización. Cuando se presenten casos de fuerza mayor, imprevistos, caso fortuito, u otro hecho, debidamente calificado por la unidad técnica municipal a cargo de la ejecución del contrato de convenio suministro, se podrá suspender el plazo y efectos del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el contratista. La suspensión indicada en la letra a), se realizará previa solicitud escrita del contratista, y en caso que la unidad técnica acoja dicho requerimiento, se dictará un decreto Alcaldicio que autorice la medida, cuya suspensión se iniciará desde la fecha de emisión del respectivo decreto. Tratándose de la suspensión indicada en la letra b), ésta se realizará mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio, y regirá desde la fecha de notificación de dicho acto administrativo al contratista, el cual se enviará al domicilio informado en su oferta, dejando copia de éste en el lugar de la obra. Se entenderá válidamente notificado, desde el tercer día de despachada la citada notificación. Una vez salvada la causal por la cual se suspende el plazo, se dictará el respectivo decreto de restauración.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.