Licitación ID: 1943-26-LQ25
Arrendamiento de Camionetas 4x4 CONAF Valparaíso
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
Arrendamiento de camionetas doble cabina, 4X4, diésel, de año 2022 a 2025, para CONAF, región de Valparaíso.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Arrendamiento de Camionetas 4x4 CONAF Valparaíso
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere realizar un convenio de suministro para el arrendamiento de camionetas doble cabina, 4x4, diésel, año 2022 a 2025, sin conductor, sin combustible y con kilometraje libre, para la Corporación Nacional Forestal región de Valparaíso, según especificaciones incluidas en las presentes Bases, por un período de 24 meses con la posibilidad de prorrogar por un período de 12 meses adicionales al contrato inicial, previa evaluación del comportamiento contractual del oferente adjudicado y siempre que esta prórroga no sobrepase las 5000 UTM y de la disponibilidad presupuestaria de la Institución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Melgarejo 669, Piso 7
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-09-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-08-2025 18:53:00
Fecha inicio de preguntas: 27-08-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 02-09-2025 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-09-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-09-2025 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-09-2025 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 22-09-2025 21:14:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos: El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
2.- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se genera en todas las licitaciones de forma automática y de manera unificada, la cual, debe ser completada por el proveedor y así dar cumplimiento legal a los requisitos exigidos para ofertar a los organismos del Estado, establecido en el Artículo 4 de la Ley 19.886 de Compras Públicas y a otros Marcos Legales.
3.- Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas.
4.- Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo Nº 2: Antecedentes Actualizados del Oferente, en donde indique sus antecedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
5.- Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 3 (declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios).
6.- Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo Nº 4: Declaración Jurada Deuda con los Trabajadores.
7.- Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. Son de carácter obligatorio, de no ser incluidos CONAF podrá solicitar, a través del foro inverso, la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso la oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. De no incorporar los anexos y documentos, pese a haber sido solicitados a través del aplicativo “foro inverso”, se rechazará íntegramente la oferta en acto de apertura electrónica.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes:
 
2.- Anexo Técnico N°5 Años de antigüedad de la flota el Anexo N° 5, donde deberá indicar el o los años de antigüedad de la flota. Para el promedio de años, se considerará la sumatoria del año de todas las camionetas ofertadas dividido por la cantidad total de camionetas. Además, el oferente deberá adjuntar algún documento mediante el cual se determine el año de fabricación del vehículo, ya sea el permiso de circulación, padrón, factura de compra, copia del seguro obligatorio, certificado de inscripción, etc. Antes de suscribir el contrato, el contratista deberá acreditar en que condición de tenencia dispone del vehículo (propio, arrendado, en comodato, leasing u otro), esta acreditación deberá ser a través de un documento original con Firma Electrónica Avanzada o copia autorizada ante notario, en caso de que la tenencia sea distinta a propio, de ser propio se acredita a través del padrón del vehículo. En el caso de que el oferente no entregue los antecedentes solicitados, CONAF podrá Página 9 de 37 estimar que los vehículos ofertados son inferiores al año 2022, razón por la cual la oferta podrá ser desestimada tomando en consideración lo señalado en el párrafo siguiente. Se deja establecido que CONAF solo aceptará ofertas por vehículos cuya antigüedad sea desde el año 2022 en adelante. Las ofertas por vehículos, cuya antigüedad sea inferior al año 2022, podrán ser declaradas inadmisibles y no ser evaluadas. En el caso de que todos los vehículos ofertados no sean del mismo año, se sacará un promedio de la antigüedad (en años) de cada camioneta de acuerdo a la nómina entregada por el oferente. Finalmente, el promedio obtenido es el que será utilizado para la etapa de evaluación. Para el caso, es importante señalar que solo se aceptarán ofertas que incluyan las camionetas indicadas (Anexo N° 5), de acuerdo a las características indicadas en las presentes bases de licitación.
 
3.- Anexo Técnico N°6A “Tiempo de respuesta de asistencia en ruta”. El oferente deberá completar el anexo donde deberá indicar el tiempo de respuesta de asistencia en ruta. El plazo no podrá ser superior a 6 horas. Aquellas ofertas cuyo plazo indicado sea superior, podrá ser declarada inadmisible, no siendo evaluadas.
 
4.- Anexo Técnico N° 6B: “Tiempo de asistencia técnica”. El oferente deberá completar el anexo donde deberá indicar el tiempo de asistencia técnica. El plazo no podrá ser superior a 12 horas. Aquellas ofertas cuyo plazo indicado sea superior, podrá ser declarada inadmisible, no siendo evaluadas.
 
5.- Anexo Técnico N°7: “Programa de Integridad y ética empresarial”: Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°7. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°7 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.   Este anexo debe ser firmado por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores (UTP), este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes, debiendo contar todas las empresas de la unión con el referido programa, para considerar que cumple con el criterio.
 
6.- Las ofertas que no presenten los Anexos números 5, 6A, 6B y 7 o lo presenten incompleto, podrán ser declaradas inadmisibles en el proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- En el comprobante de ingreso de oferta deberá señalar el valor neto mensual de una camioneta y, el valor neto diario deberá ser ingresado en el Anexo N° 8, oferta económica. En caso de no adjuntar este anexo, se entenderá que el costo diario es el valor neto mensual dividido por 30. Se considera un monto unitario neto mensual máximo de $750.000.- por vehículo. Las ofertas que superen el monto señalado, podrán ser rechazadas en el acto de apertura, no siendo evaluadas. El precio del arrendamiento neto mensual debe considerar los gastos de mantención (incluye cambio de neumáticos), reparación, repuestos, seguros, permiso de circulación y revisión técnica, gastos que serán de cargo del proveedor adjudicado. Se deja constancia que, aun cuando el proveedor oferte camionetas de distinta marca, modelo o año, el precio ofertado por el arrendamiento será uno solo, el cual no sufrirá reajuste mientras dure el período del contrato. Otros gastos como: Tag, peajes, estacionamientos, etc., serán reembolsados semestralmente mediante Orden de Compra al proveedor adjudicado. Para tal efecto, se deberán enviar mediante correo electrónico al responsable técnico del contrato, los comprobantes asociados a cada trayecto realizado. En caso de discrepancia entre el valor ingresado en este Anexo y el valor ingresado en el ID de la oferta en el portal Chile Compra, prevalecerá el valor ingresado en dicho portal. Asimismo, en caso de que la oferta ingresada no esté en la moneda requerida (peso chileno), ésta será rechazada durante la apertura electrónica de las ofertas. La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Puntaje = (Precio Mínimo Ofertado /Precio Oferta evaluada ) * 100 Esta fórmula opera tomando el precio promedio mínimo de cada línea, dividido por el precio de la oferta evaluada, multiplicado por 100. 50%
2 Tiempo de respuesta de asistencia en ruta A) Entre 1 a 3 horas: 100 puntos B) Entre 4 y 6 horas: 50 puntos C) Tiempo de respuesta mayor a 6 horas: 0 (Podrá ser declarada inadmisible) 10%
3 Tiempo de asistencia técnica A) Entre 1 a 6 horas: 100 puntos B) Entre 7 y 12 horas: 30 puntos C) Tiempo de respuesta mayor a 12 horas: 0 puntos (Podrá ser declarada inadmisible) 10%
4 Programa de Integridad y Ética Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 100 Puntos. No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 0 puntos. 5%
5 Cumplimiento Requisitos Formales A) El oferente presenta Toda la Documentación Administrativa a través de su oferta: 100 puntos. B) El Oferente ingresa por Foro Inverso los Antecedentes Administrativos Faltantes y Solicitados: 50 puntos. C) El Oferente No Presenta los Antecedentes Administrativos Faltantes: 0 puntos 5%
6 Año de antigüedad de la flota A) Igual al año 2025: 100 puntos B) Igual al año 2024: 80 puntos C) Igual al año 2023: 60 puntos D) Igual al año 2022: 40 puntos E) Igual al año 2021: 0 puntos (Podrá ser declarada inadmisible) 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 343235000
Justificación del monto estimado El monto indicado es solamente referencial y no implica compromiso de cumplimiento por parte de CONAF.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Podrá ser por un período de 12 meses adicionales al contrato inicial, previa evaluación del comportamiento contractual del oferente adjudicado y siempre que esta prórroga no sobrepase las 5000 UTM y de la disponibilidad presupuestaria de la Institución.
Observaciones Se considera un monto unitario neto mensual máximo de 750.000.- por vehículo. Las ofertas que superen el monto señalado, podrán ser rechazadas en el acto de apertura, no siendo evaluadas.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Fernanda Gómez
e-mail de responsable de pago: Fernanda.gomez@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Karina Araneda, Jefa I Departamento de Administr
e-mail de responsable de contrato: karina.araneda@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320200-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal (CONAF)
Fecha de vencimiento: 31-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: 1)El oferente deberá entregar a la Corporación un documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato valorado en la moneda utilizada de acuerdo a la oferta económica , el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública, por los 24 meses de duración del contrato. 2) Dicha garantía podrá consistir en un instrumento cualquiera que asegure el pago del documento de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista, tomado por el oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de a lo menos 90 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF. 3)El documento de garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregado en un sobre cerrado dirigido a la Sra. Jefa del Departamento de Finanzas y Administración, indicando la siguiente leyenda en su exterior: “Contiene documento de fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la adjudicación de la licitación pública ID 1943-26-LP25”. Además, al reverso deberá señalar el nombre del adjudicado, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre conteniendo el documento de fiel cumplimiento, deberá ser entregado en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Calle 3 Norte 555, Viña del Mar , con anterioridad a la firma del contrato, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, ésta podrá ser enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a Karina.araneda@conaf.cl. 4) Cobro de la garantía de fiel cumplimiento: En caso de incumplimiento grave del adjudicado para con las obligaciones establecidas tanto en las bases de licitación como en el contrato.
Glosa: “Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID 1943-X-LP24, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas”. En caso que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta a éste, dirigida a la Sra. Jefa del Departamento de Finanzas y Administración.
Forma y oportunidad de restitución: 5) Asimismo, con cargo a esta garantía podrán hacerse efectiva las multas y demás sanciones que afecten al proveedor adjudicado. 6) Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones, que el adjudicado incurra en alguna de las causales de término de contrato, previstas en las presentes bases. De producirse la prórroga del contrato, esta deberá ser garantizada mediante la entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento, emitido en los términos indicados en el presente numeral y que cubra el total de periodo prorrogado. La Corporación devolverá esta garantía al oferente, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido a su entera satisfacción los servicios materia de esta Licitación Pública, a los 90 días hábiles posteriores al término del contrato. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ETAPAS Y PLAZOS
Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos, con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl, en el correspondiente ID del proceso de licitación. En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original. El cierre de ofertas no podrá producirse en día inhábil o en día lunes o después de un día inhábil antes de las 15:00 hrs. En caso de vencer algún plazo en día inhábil (sábado, domingo, feriado y/o festivo), con excepción del plazo máximo para adjudicación, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente.
Consultas y aclaraciones
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario “Etapas y Plazos” de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
Modificación de las bases
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, en caso que así la Conaf lo amerite.
ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato. Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el anexo N°1 denominado “Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases”.
Observaciones
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
Unión temporal de proveedores
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.
Presentación de las Ofertas
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley N° 19.886 de Compras y Contratación Pública, sus modificaciones y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Antecedentes a incluir en la oferta.
Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes: Si durante el estudio de los antecedentes, el o la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro. Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público. Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
Apertura de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público. La admisibilidad de las ofertas quedará sujeta a las indicaciones señaladas en las presentes bases. Los archivos recibidos en las ofertas, serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.
Observaciones a la apertura de las ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.
Evaluación de las ofertas aceptadas
Se evaluarán los antecedentes que constituyan la oferta de los proveedores y se rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación. Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA

Integrantes Titulares

1)     Jefa (I) del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue. - V Región

2) Encargado de vehículos regional, o quien lo subrogue. - V Región

3) Jefa (I) de la Sección de Administración, o quien lo subrogue. - V Región

4) Abogado como ministro de fe del proceso.


La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas. Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
Resolución de empates
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia. En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Precio”.
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Año de antigüedad de la flota”.
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Tiempo de respuesta de asistencia en ruta”.
- Cuarto: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Tiempo de asistencia técnica”.
- Quinto: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Programa de Integridad y ética empresarial”. 
- Sexto: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Cumplimiento requisitos Formales”.
De persistir la igualdad, habiendo sido aplicados los criterios de desempate antes indicados, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en el portal, según la fecha y hora indicada en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”, emitido por la plataforma de Mercado Público.
Errores u omisiones
Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Acta de evaluación de las ofertas.
De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente/s se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el acta de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases: A lo menos, el presente acta deberá hacer mención a:
1. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o Técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda).
3. La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación.
ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación. La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley. Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Fecha de la Adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo. Según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras.
Observaciones posteriores a la adjudicación y readjudicación.
Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado: • Si oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF. • Si el adjudicatario desistiera de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases. En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. El plazo máximo de readjudicación será de 90 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
Vigencia de la oferta
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
REQUISITOS PARA CONTRATAR. Idoneidad técnica y financiera de los proveedores
De acuerdo a lo señalado en el artículo 26 del Reglamento de Compras Públicas, la idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.
Formalización de la Contratación
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación, Este contrato contendrá los términos del convenio de suministro adjudicado. No obstante, se elaborará un anexo a este contrato, por cada camioneta requerida por CONAF, el que contendrá el período de arrendamiento específico para esa camioneta y la singularización de dicho vehículo. Dicho contrato podrá ser firmado de manera digital o física, de acuerdo a como estime el procedimiento la Corporación. En el caso que la empresa no tenga firma electrónica avanzada, el oferente deberá recurrir a las dependencias de CONAF a firmar de manera física. El contrato será confeccionado por abogados de la Unida Jurídica, Región de Valparaíso, de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases. Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.


Observaciones:  Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores. La garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar de conformidad a lo establecido en la cláusula 9 letra j) de las presentes bases. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere. Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido ni cedido a un tercero bajo ningún título. El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la fecha de adjudicación. Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación, y se sujetaran a las siguientes condiciones contractuales:
a) Plazo de Vigencia del Contrato
La duración del contrato de arrendamiento de camionetas corresponderá a un periodo de 24 meses, prorrogable por 12 meses adicionales al término de contrato o al período en que se utilice el monto máximo estimado del contrato (5.000 UTM), contado desde la firma del respectivo contrato. Es decir, se pondrá término al contrato, en el momento en que se verifique primero cualquiera de estas dos alternativas. Se deja constancia de que el valor total del servicio de arrendamiento de camionetas para CONAF región de Valparaíso, no podrá exceder, bajo ninguna razón, el tramo de la presente licitación pública, entre 1.000 y 5.000 UTM.
b) Del precio
El precio será el indicado por el oferente en su oferta económica, cuyo monto de la adjudicación no podrá superar el monto disponible para la presente licitación.
c) Formalidad para el pago
Los pagos serán efectuados por CONAF, una vez ocurran las siguientes condiciones: • Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl. • Recepción conforme de los servicios requeridos por la contraparte técnica. • Emisión, Publicación y aceptación del documento tributario • Consultas de pago contactar a pagoproveedores@conaf.cl • La Corporación procederá al pago dentro de los 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131.
d) Facturación
• El documento tributario debe ser emitido una vez recibido conforme los Servicios a windte_dte@custodium.com.
• En el caso de Factura Deberá indicar el ID de la orden de compra en Campo 801 (Formato SII) – Referencia y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas. En el caso de Invoice o Boleta de honorarios, deberá indicar el ID de la orden de compra en la Glosa y enviar el documento pdf al correo electrónico: karina.araneda@conaf.cl.
• En la Glosa deberá indicar el detalle del servicio entregado.
• Datos de Facturación:
-Corporación Nacional Forestal
-Rut: 61.313.000-4
-Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
-Domicilio: Tres Norte N°541, Viña del Mar.
La omisión de la información requerida para la formalidad del pago y facturación por parte del Proveedor, será motivo suficiente para rechazar los documentos tributarios electrónicos correspondientes.
e) Contraparte técnica y administrativa del contrato
i. Contraparte Técnica (adjudicatario) El adjudicatario deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del encargado/coordinador o persona a cargo, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de CONAF. El responsable del proveedor adjudicatario se encargará, entre otras labores, de:
• Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de CONAF y coordinar la labor de su equipo de trabajo.
• Responder a los requerimientos y las observaciones que le formule la contraparte técnica de CONAF.
• Deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y supervigilancia de la contraparte técnica de CONAF.
ii. Contraparte Técnica (CONAF) La contraparte técnica corresponderá al Sección de Administración, a través del Encargado de Vehículos, o quien lo subrogue. Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
- Administrar el contrato.
- Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato. 
- Instructor en el procedimiento administrativo de aplicación de multas y término anticipado del contrato.
- Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
- Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.
- Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
iii. Contraparte Administrativa La contraparte administrativa corresponderá a la Sección de Administración, representada por la Jefa de Sección de Administración, o quienes los subroguen, en las materias que le competen a cada uno de ellos. Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
• Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
• Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
f) Modificación del contrato
La contratación podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando no se alteren los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos cuando se introducen modificaciones que alteran los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; se modifique el equilibrio financiero del contrato y/o dé como resultado un contrato de distinta naturaleza. No se entenderán como alterados los elementos esenciales del contrato, cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual, de acuerdo a lo señalado en el artículo N°129 del Reglamento de la Ley de Compras. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del presente contrato, y no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria. CONAF podrá aumentar el plazo de ejecución del contrato, junto con además, modificar los servicios contratados, siempre y cuando existan razones de interés público. Todas modificaciones deberán complementarse o entregarse una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en caso que corresponda y ser sancionadas mediante el acto administrativo.
g) Multas por incumplimientos
Con el objeto de asegurar la calidad del servicio contratado, CONAF estará facultado para cobrar multas al proveedor adjudicado por incumplimiento al servicio, las cuales serán detectadas e informadas por el responsable de la misión en ejecución. Los valores se presentan según la siguiente categorización:

Situaciones:

0,5 UF

  • Atraso en el tiempo de entrega de los vehículos: Si cumplido el plazo de 3 días corridos posterior a la solicitud de CONAF para la entrega de camionetas, no se ha hecho entrega de ésta. Se aplicará la multa por cada día de atraso por cada vehículo.

0,5 UF

  • Incumplimiento en la prestación del servicio: Si el vehículo presenta una falla, requiere reparación o sufre un accidente y se suspende el servicio por un período superior a tres (3) días corridos, sin que se haya efectuado reemplazo de la camioneta, se aplicará la multa, considerando el valor del día de la UF, por cada día sin prestación de servicio.

  • Adicionalmente CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al período (días no trabajados).
h) Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 30% del monto neto de la orden de compra.
i) Procedimiento de aplicación de Multas y de término anticipado de contrato
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas y de término anticipado de contrato:
1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y en caso de gravedad le término anticipado de contrato, a través de la entrega de un informe técnico, que contenga los hechos específicos que la configuran el/los incumplimientos e insumos que permitan el cálculo de las multas.
2. El Departamento de Abastecimiento/Administración calculará las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, a través de una carta sencilla, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas. En dicha carta de notificación, se identificarán los correos electrónicos a los cuales deberá dirigir su defensa. (correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a karina.araneda@conaf.cl.
3. A contar de dicha notificación el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus defensas por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios que puedan servirle de fundamento.
4. Recibidos los descargos del proveedor dirigidos al Director Regional, el Departamento de Abastecimiento/Administración, deberá remitir los descargos a la contraparte técnica para que posteriormente sean enviados a Unidad Jurídica correspondiente para que pueda analizar, rechazar o acoger total o parcialmente en un plazo de 30 días hábiles. Dicha decisión será comunicada mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, según corresponda, la cual informará sobre la aplicación de la multa y/o el término anticipado de contrato, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
5. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para responder fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante correo electrónico dirigido al Director Regional considerando los destinatarios indicados en la notificación anterior.
6. CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerse, total o parcialmente. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existiesen; y, posteriormente, ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el Sistema de Información
7. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva a través de una Factura de Cobro emitida al Proveedor por la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicho documento deberá ser solicitado por el área administrativa mediante memorándum, adjuntando toda la documentación que respalda la aplicación de la sanción. Por otro lado, si la sanción amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dicho cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Igualmente, de acuerdo a las bases de licitación o el requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la cual debe ser informada en el Anexo N° 2. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y a la Corporación Nacional Forestal.
j) Del término anticipado del contrato
Los respectivos contratos administrativos regulados por la Ley de Compras, sus modificaciones y su Reglamento, podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, se entenderán como incumplimiento grave la aplicación de 5 multas cursadas mediante el respectivo acto administrativo.
4. Cuando al proveedor se le haya cursado el monto máximo del 30% establecido de multas.
5. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. La imposibilidad de ejecutar la prestación de los servicios en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129, del Decreto N°611 que contiene el Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, solo se pagará los servicios efectivamente prestados durante la vigencia del contrato.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
9. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
10. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e) Disolución de la UTP.
11. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numero 2) y 7), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
k) Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios/productos que se le encomendaren. En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
l) CLÁUSULA LEY 21.643 que modifica el código del trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, también denominada Ley Karin.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, Modifica el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N°21 Ministerio del Trabajo y Previsión Social, aprueba reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada. Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa. Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda. Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal. En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento. Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente. Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.”
m) Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente. El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
n) Exclusividad
La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores.
o) Trabajadores que ejecuten los servicios
Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
p) Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.     4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
q) Interpretación e información
Las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretaran siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y la ejecución de los servicios requeridos y contratos, de acuerdo con las reglas de ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesario para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
r) Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
s) Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria.
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
t) Cesión del contrato
En virtud del principio de igualdad de los oferentes, el adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, de conformidad a lo establecido en el artículo 74 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
u) Domicilio
Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Viña del Mar y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
v) Observaciones generales
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886, sus modificaciones y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato. La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.
w) Admisibilidad para la subcontratación
El monto subcontratado no podrá exceder el 30% del total del contrato
DEFINICIONES
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o prestación de servicios, regido por la Ley N° 19.886, también denominada "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. 
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
13. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
BASES TÉCNICAS.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
Camionetas requeridas para la prestación del servicio
Se requieren, 15 camionetas, esta cantidad es solo referencial, pudiendo variar de acuerdo a los requerimientos específicos. El combustible, televía (TAG) y peajes serán de cargo de la Corporación, a excepción del traslado ida y vuelta de las camionetas, tanto al inicio como al término del contrato respectivo, hacia y desde la ciudad de origen, hasta el lugar indicado por CONAF. Asimismo, el propietario deberá pagar el costo por el uso de las carreteras concesionadas, valor que será reembolsado por CONAF, previa entrega del documento de pago. En cada vehículo se instalará, por cuenta de CONAF y durante el periodo de prestación del servicio, un sistema de GPS y autoadhesivos corporativos.
Características generales
Las camionetas requeridas deben contar con las siguientes características mínimas, que son de carácter obligatorio y copulativo. CONAF podrá rechazar las camionetas ofertadas de no cumplir con las características mínimas solicitadas.
• Tipo de combustible Petróleo Diésel (sello verde)
• Doble cabina
• Desde 2.300 centímetros cúbicos de cilindrada o superior
• Año 2022 en adelante.
• Torque 375/ 1500-2500 RPM como mínimo
• Cubre Pick up instalado.
• Aire Acondicionado.
• Cierre centralizado.
• Capacidad mínima de 750 kilos.
• Doble tracción (4x4)
• Cada vehículo se contratará sin tope de kilómetros.
• Set de herramientas
• Dispositivo Televía (TAG).
• Neumáticos tipo AT (All Terrain)
• En buenas condiciones visuales y estéticas.

 Nota: En forma excepcional, algunas de las camionetas podrían utilizar neumáticos tipo MT (Mud Terrain), situación que será informada al proveedor adjudicado, a través de los canales establecidos, antes de que éste haga entrega de la camioneta a CONAF.
Servicios de TAG
Para efectos del cobro por servicio de TAG, el proveedor deberá emitir mensualmente un documento con una nómina detallada de los gastos asociados al servicio aludido. La Corporación emitirá una orden de compra por el valor neto de los servicios asociados al cobro del TAG, para reintegrar los montos asociados a la prestación del servicio, la cual deberá ser aceptada por el proveedor y posteriormente emitir la factura exenta asociada a la orden de compra.
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL SERVICIO DE COSTO DEL PROVEEDOR
• Mantenciones programadas.
• Será responsabilidad del proveedor, el cambio o sustitución de la camioneta en un plazo no superior a 3 días corridos, cuando ésta no estuviese en condiciones de prestar el servicio bajo cualquier circunstancia, ya sea causa directa del proveedor y/o ajena a éste. De igual forma y previo acuerdo de las partes, se podrá cambiar el vehículo ofertado mediante una cláusula anexa al contrato original, si las circunstancias así lo requieren, el que deberá cumplir con a lo menos las mismas condiciones que el vehículo original.
• En caso de accidente, será responsabilidad del proveedor realizar los trámites ante la Compañía de Seguros, para la reparación del vehículo.
SEGUROS
El proveedor adjudicado, deberá contratar a su costo, para cada uno de los vehículos arrendados, los siguientes seguros de carácter obligatorio.
• Daños propios (valor comercial)
• Daños contra terceros (responsabilidad civil) a los menos 200 UF.
• Seguro obligatorio.
 Los dos primeros seguros señalados deberán ser sin deducible. Estos seguros son de cargo exclusivo de la empresa propietaria de los vehículos. La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir todo el periodo en que prestará el servicio. Si una de ellas venciere dentro de ese periodo, el proveedor estará obligado a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo.
TIEMPO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS
Una vez suscrito el contrato, CONAF solicitará vía correo electrónico al proveedor adjudicado, que las camionetas en arrendamiento sean entregadas en un plazo de tres (3) días corridos antes del inicio del servicio. Con posterioridad a este plazo, se aplicará una multa establecida en la cláusula “Multas”. Se deja constancia de que CONAF solicitará, al proveedor adjudicado, la entrega de la o las camionetas de acuerdo, a sus propias necesidades, no estando obligado a contratar la totalidad de las camionetas desde el inicio del contrato, ya que la cantidad indicada en las presentes bases es solo referencial y no implica obligación alguna para CONAF. Los gastos de traslado en que pueda incurrir por este concepto el proveedor, serán de su costo. La Corporación, previa revisión, se reserva el derecho de rechazar aquel vehículo que, habiendo sido adjudicado, no cumpla en forma satisfactoria, a su juicio, los requerimientos mecánicos, estéticos, técnicos o de implementación y equipamiento, según lo exigido en estas bases, situación en la cual el proveedor deberá cambiar el vehículo de acuerdo a los requerimientos de estas bases, para lo cual tendrá el plazo de 3 días corridos. Con posterioridad a este plazo, se aplicará una multa establecida en la cláusula “Multas” Los vehículos deberán ser entregados con el estanque de combustible lleno, de la misma forma la Corporación los restituirá al término del contrato. Los vehículos del proveedor que se adjudique la licitación, quedarán aparcados en recintos de CONAF.
Cambio o sustitución
Será responsabilidad del proveedor, el cambio o sustitución dentro de un plazo máximo de 3 días corridos. Con posterioridad a este plazo, se aplicará una multa establecida en la cláusula “Multas”, del vehículo adjudicado, cuando éste no estuviese en condiciones de prestar el servicio bajo cualquier circunstancia, ya sea a causa directa del proveedor y/o ajena a éste. De igual forma y previo acuerdo de las partes, se podrá cambiar el vehículo ofertado mediante una cláusula anexa al contrato original, si las circunstancias así lo requieren, el que deberá cumplir con a lo menos las mismas condiciones que el vehículo original. *No obstante, se elaborará un anexo a este contrato, por cada camioneta requerida por CONAF, el que contendrá el período de arrendamiento específico para esa camioneta y la singularización de dicho vehículo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.