|
Resolución de Empates |
|
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
Los oferentes tendrán un plazo de 02 (dos) días corridos, contados desde la notificación
de la adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, para hacer consultas sobre
la adjudicación a través de los correos electrónicos institucionales que a continuación se
indica: nicole.castillo@mop.gov.cl, con copia a su jefatura directa:
Hector.saavedra@mop.gov.cl
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro
de los 02 (dos) días hábiles siguientes a la fecha de ingreso de las mismas, a través del
mismo medio. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
Durante la vigencia del contrato se exigirá la certificación o acreditación documentada del
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores,
quedando la Dirección de Vialidad facultada, en caso de detectarse incumplimientos, para
poner término anticipado al contrato, según lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento
de Compras Públicas.
Esta certificación se concretará junto con cada factura mensual emitida, debiendo el
adjudicatario adjuntar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y
previsionales (F30-1) desfasado en un mes con respecto del pago de los servicios, emitido
por la Dirección del Trabajo correspondiente.
Lo anterior, aparte de los antecedentes que pudiera solicitar el Responsable del Contrato.
Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser
informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del
artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria
derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D
del mismo Código.
La Dirección de Vialidad podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los
antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones
laborales antes señaladas.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N 19.886, en caso de que el
adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados
al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del
contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa
contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones
por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá
participar.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no
significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los
equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo
vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante la etapa de evaluación, la Dirección de Vialidad según lo dispuesto en el artículo
56 del Reglamento de Compras Públicas, podrá solicitar a los oferentes a través del Portal:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. NO se considerará error
formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes
se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones por parte de los oferentes, no podrán conferir
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que afectaría el
principio de igualdad de los oferentes. Esto, en tanto no se afecte los principios de estricta
sujeción a las Bases, de igualdad de trato y no discriminación entre los oferentes, de
probidad, de competencia, de publicidad, de transparencia y de libre acceso a las
licitaciones.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de
48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante a
través del Sistema de información. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación, recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
Lo expuesto en el presente numeral, NO aplica ni incluye la presentación de los
Anexos Nº2 (oferta económica) y N° 3 (oferta técnica); los cuales por ser de
carácter esencial, si NO son presentados antes del cierre de recepción de ofertas,
implicará que la oferta será declarada inadmisible por resolución fundada
totalmente tramitada, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases.
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento
íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias; leyes
sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del
trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus
respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la
enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios,
indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en
general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|