I. GENERALIDADES
1. OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas y documentación
anexada al Portal Mercado Público, tienen por objeto regular los procesos de: Licitación
Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, celebración del contrato respectivo
y aprobación de este, motivo de la presente licitación y prestación de los servicios
licitados.
2. DEFINICIONES
Nos remitimos en este punto a las definiciones previamente dadas por la Ley
N°19.886, de Bases sobre Contratos de Administrativos y Suministro de Prestación
de Servicios y su Reglamento.
II. LICITACION
3. TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se realizará en una
sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta
Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través del sistema de
información.
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación,
a partir del cual se determinará el oferente adjudicado.
4. REQUERIMIENTO (SERVICIOS)
La presente licitación pública tiene por objetivo contratar servicios de
apoyo de Químico Farmacéutico, con el fin de asegurar un resultado
satisfactorio en la atención de pacientes usuarios del Hospital Las Higueras.
Conforme a lo anteriormente expuesto, los servicios
licitados y requeridos deberán ser otorgados por al menos:
Ø 02 QUÍMICOS FARMACÉUTICOS para prestar Servicios
en Farmacia Ambulatoria quienes deben cumplir con las exigencias mínimas
establecidas en las especificaciones técnicas de las bases administrativas.
Los prestadores referidos deberán contar con el Título de QUIMICO
FARMACEUTICO, registrado en la Superintendencia de Salud.
Los servicios serán ejecutados con un promedio de 176 horas mensuales, 44
horas semanales, los que se realizarán de lunes a viernes en días hábiles,
iniciando el servicio a las 08:00 A.M. según necesidad del área.
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Código
abex
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Requerimiento
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Cantidad de horas referenciales a
realizar (12 meses)
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098-0014
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SERVICIOS DE QUÍMICO FARMACEÚTICO, PARA LA UNIDAD
DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS
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4.600
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Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se
pagarán los servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a lo establecido
en las presentes bases administrativas.
Serán obligaciones del
oferente adjudicado, las siguientes:
·
Una vez notificado, presentarse en las dependencias
de la Unidad de Farmacia Ambulatoria del Hospital Las Higueras, Alto Horno 777 –
Las Higueras Talcahuano. Desde ahí, se indicará el lugar donde prestará sus servicios.
· Cumplir con
los protocolos y normas del Hospital las Higueras, en los medios que éste disponga.
· Cumplir
con los horarios pactados, según necesidad de la unidad requirente y se pagarán
las horas efectivamente ejecutadas.
· Las prestaciones deberán ser
ejecutada por los integrantes del Staff mencionado por el oferente a través del
Formulario N°3, o en su defecto, que haya sido incorporado, de acuerdo al procedimiento
indicado más adelante.
·
El prestador deberá cumplir con actividades generales, de acuerdo al siguiente
detalle u otras que el supervisor del contrato estime conveniente realizar:
Obligaciones de
los Prestadores de servicios profesionales Químicos Farmacéuticos (mínimo 02):
Obligaciones
Principales:
ü Responsabilidad de los bienes existentes en la
unidad en lo que respecta a recepción, custodia, mantención de stock de
fármacos.
ü Responsable de la supervisión de dispensación.
ü Responsable de validación de recetas emitidas en la
institución según área de atención, cumplimiento de normativa legal y
protocolos locales.
ü Responsable del despacho de medicamentos
psicotrópicos y estupefacientes.
ü Responsable de la supervisión de la correcta
digitación/o registro de recetas
ü Responsables de cumplir los protocolos e
instructivos de la unidad de farmacia
ü Responsable de reportar cualquier incidente a jefe de
farmacia.
ü Responsable de cumplir con tareas encomendadas por
jefe de la unidad de farmacia.
Obligaciones Específicas:
ü Responsable de supervisar, colaborar y organizar al
personal de farmacias.
ü Supervisión de la dispensación de medicamentos.
ü Control del stock mínimo de medicamentos.
ü Control de rotación de inventario en farmacia.
ü Responsable directo del control de dispensación,
registro, custodia, stock y saldo de medicamentos sujetos a control de
estupefacientes y psicotrópicos en farmacia.
ü Verificar la correcta dispensación y registro de
medicamentos en sistemas informáticos del establecimiento.
ü Resolver consultas acerca del arsenal farmacológico
del establecimiento.
ü Apoyar, resolver cualquier duda del personal técnico
frente a dispensación de prescripciones.
ü Responsable de correcto registro y control de la
estadística de recetas en sistema informático.
ü Realizar supervisión de reenvasado de medicamentos.
ü Aplicar pauta almacenamiento de medicamentos y
supervisar que medicamentos estén bien guardados y controlados en cantidades
adecuadas.
ü Reportar ram, denuncias de calidad y eventos
adversos (farmacovigilancia)
ü Validación de recetas stock mínimo unidades críticas
(área hospitalizados)
ü Validación de recetas medicamentos de alto riesgo,
antimicrobianos restringidos y medicamentos de alto costo.
ü Validación de nutriciones parenterales. (área
hospitalizados)
ü Registro de errores en el proceso de dispensación e
intervenciones farmacéuticas.
ü Supervisión del control de temperatura y humedad
ambiental.
ü Supervisión del control de temperatura en
refrigeradores.
ü Aplicación de pautas de supervisión para indicadores
de calidad cuando corresponda.
ü Supervisión y coordinación de gestión territorial
(área de farmacia ambulatoria)
ü Registro en plataformas ministeriales e
institucionales
ü Reemplazo de profesionales en caso de ausentismo
ü Cualquier otra función que el jefe de unidad estime conveniente
otorgar.
El oferente deberá indicar en el Formulario N°3 “Datos
del prestador”, Nombre y dos apellidos y Cédula de Identidad de cada uno de los
profesionales que prestarán sus servicios, de acuerdo a las necesidades del establecimiento.
INCORPORACIÓN DE PRESTADOR
Corresponderá incorporar a
otro prestador, durante la vigencia del contrato o su prorroga en los
siguientes casos:
·
Cuando el
adjudicado requiera incorporar a otro prestador en reemplazo
de alguno que ya sea parte del staff.
·
Cuando la
unidad requirente solicitase de manera fundada aumentar el staff por
necesidades del servicio.
En ambo casos,
el prestador a incorporar deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos solicitados en las bases y cumplir con el o los tramo/s y
puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte del
adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su oferta a
través del Formulario N°3.
El adjudicado deberá
completar la solicitud de incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a
incorporar los respaldos que son requisito de las bases y la documentación que
acredite las competencias o el tramo y puntaje obtenido de los criterios
técnicos, a través del proceso de evaluación, según corresponda; entregar la
solicitud referida en la secretaría de la unidad requirente del Hospital Las
Higueras, para autorización del Supervisor del Contrato, o quien le
subrogue o reemplace, quien, además, tiene la responsabilidad de verificar que
el prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad que los prestadores
indicados en la propuesta y respectivamente acreditados post evaluación.
Cuando la
incorporación corresponda a un aumento de staff, deberá
contar, con la autorización del Subdirector Administrativo del hospital
o quien lo subrogue.
Una vez aprobada
la incorporación, la unidad requirente debe hacer llegar una copia de la
respectiva autorización a la secretaría del Área de Abastecimiento para ser
adjuntado al expediente de la licitación y secretaría
del Área de Gestión Documental como respaldo para el pago de sus servicios.
Por lo relevante que es contar
con prestadores acreditados y evaluados para ejecutar los respectivos
servicios, se establece que éstos deben ser realizados por los prestadores
indicados en la propuesta del oferente adjudicado, a través de Formulario N° 3
“Datos del prestador”, o hayan sido autorizados previamente por el
Supervisor del Contrato y/o
Subdirector Administrativo del Hospital mediante el formulario de solicitud de incorporación
(anexo 1), este
último cuando se trate de una incorporación por aumento de staff. De lo contrario, no se pagará la prestación.
Los servicios serán prestados
en las dependencias de Hospital Las Higueras, por lo tanto, todos los materiales,
accesorios, instrumentos y equipos necesarios para la correcta prestación de los
servicios, serán de responsabilidad del Establecimiento.
Las propuestas no podrán alterar las condiciones
de las presentes Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las
mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación, montos
mínimos de servicios. La sola mención en la oferta presentada, de alguna de las
circunstancias señaladas será causal suficiente para desestimarla y declararla inadmisible
conforme a los establecido en el punto N°15 de las presentes Bases Administrativas.
5. AUMENTO O DISMINUCION DE SERVICIOS
Durante la vigencia del contrato,
el hospital podrá aumentar o disminuir la cantidad de prestadores profesionales
químicos farmacéuticos, según sea el caso:
a) En el caso de necesitar aumentar el Staff a solicitud
del hospital para cubrir turnos en áreas administrativas u otras unidades del establecimiento,
se podrá solicitar aumentar las horas de prestadores al oferente adjudicado con
cargo a la licitación, quien deberá mantener el mismo valor hora adjudicado. Este
aumento solicitado no podrá superar el 30% del monto total adjudicado.
b) En el caso que el hospital ya no requiera de algunos
de sus servicios, el Supervisor del Contrato, deberá informar por escrito, vía correo
electrónico, al oferente adjudicado indicando la cantidad de horas que ya no serán
necesarias estableciendo, además, la fecha de término de estos servicios.
6. COORDINACIÓN PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
El Hospital, a través de la Jefa de la Unidad de
Farmacia, o quien la subrogue o reemplace legalmente, coordinará los requerimientos.
Una vez adjudicada la
propuesta, y enviada la orden de compra el profesional que prestará el
servicio, deberá presentarse en la Unidad de Farmacia, ubicada en el primer
piso del edificio del C.A.A.A.C. en Avenida Alto Horno N° 777 Las Higueras
Talcahuano, en los horarios desde las 08:00 A.M.
Cuando
se genere el requerimiento, la Jefa de la unidad de Farmacia o
quien le subrogue o reemplace, o designe, se contactará a través de correo
electrónico y llamado telefónico con el oferente adjudicado. Este último,
deberá realizar las obligaciones indicadas en el punto N°4 “requerimiento” de lunes a viernes en días
hábiles, iniciando a las 08.00 horas según necesidad del área.
Será
responsabilidad de la Jefa de la Unidad de Farmacia del Hospital, o quien le
subrogue o reemplace “resguardar” las medidas de verificación de estas
prestaciones, en el cumplimiento de sus obligaciones y funciones durante las horas que el profesional preste sus
servicios, utilizando para ello los relojes biométrico
controles habilitados para que pueda verificar la cantidad de horas que el
profesional prestó sus servicios.
7. PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE PAGO
El presupuesto
disponible para los servicios licitados es de $60.000.000.- (Sesenta millones de pesos), exentos de I.V.A. para un periodo de doce meses.
El oferente deberá pagar el siguiente valor unitario por HORA a cada prestador:
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Líneas
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Código Abex
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Requerimiento
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Valor hora a
pagar al prestador
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Horas referenciales
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1
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098-0014
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SERVICIOS DE QUÍMICO FARMACEÚTICO, PARA LA UNIDAD DE
FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS
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$ 11.620
|
4.600
|
Las prestaciones
ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente”
y se pagarán los servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a
lo establecido en las presentes bases administrativas.
8. CONTACTO PARA LA LICITACIÓN.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de
licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al
que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.
9. ETAPAS Y PLAZOS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los señalados
en el Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas, para la presentación
de las ofertas.
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ETAPAS
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PLAZOS
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Fecha de
Publicación
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Máximo 10 días a partir de la total tramitación
de la resolución aprobatoria de las presentes Bases Administrativas, o el día
hábil siguiente, hasta las 15:00 horas.
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Fecha Inicio de
Preguntas
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A partir del día y hora de la publicación de las
Bases Administrativas.
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Fecha Final de
Preguntas
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Hasta el día quinto, contado desde el día de la
fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de
Publicación de Respuestas
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Desde el primer hasta el séptimo día, contado
desde el día de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de Cierre de
Recepción de Ofertas
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El día décimo primero, contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas. El plazo de cierre no podrá vencer
en días inhábil ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes
de las 15:00 horas. (Art. N°46 del Reglamento de Compras Públicas).
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Fecha de Apertura
Técnica Y Económica
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El día décimo primero contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas o el día hábil siguiente, a las
15:02 horas.
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Plazo de
Evaluación de las Ofertas
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Desde primer al décimo día, contado desde la
fecha y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha de
Adjudicación
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Entre el primer y décimo quinto día contado desde
la fecha del Informe de Apertura y Evaluación de Ofertas
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10. CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACION
La Unidad Técnica
podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás
documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, y hasta el día
de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de término de
consultas.
Las aclaraciones
y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación
de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo con lo que
resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a
todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información
de la Dirección de Compras.
Las consultas
que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán
efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el
Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado
en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia explícita
al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y que motiva
la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información,
conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes
no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan
en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las
presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación de servicios que se
celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá
publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así
como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes
que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión
de las presentes Bases Administrativas y Formularios, documentos que integran la
presente propuesta.
En todo caso, las modificaciones que pudieran realizarse para efectos de
aclaraciones que se hagan en este periodo, deberán ser aprobadas mediante el correspondiente
acto administrativo, en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación
de las ofertas.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas
o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente, a menos
que procedan las circunstancias excepcionales contempladas en el Art. 115 del Decreto
N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
11. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
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ETAPAS
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Una sola.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE
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$60.000.000.- (Sesenta millones de pesos), exentos de I.V.A. para un periodo de doce meses.
La cantidad mencionada no será obligatoria para la entidad licitante, y
dependerá exclusivamente de la cantidad de requerimientos solicitados, por lo
que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
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PARTICIPANTES
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Podrán participar
en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas
o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas,
lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
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CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
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Todos los plazos son de
días corridos, salvo en aquellos casos
en que expresamente se señalen plazos de días hábiles.
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COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL
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Exclusivamente a través
del Portal Mercado Público.
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12. PRESENTACION OFERTAS.
Todo proponente u oferente
interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas,
debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo
de los servicios licitados, tales como permisos y licencias que deben obtenerse,
leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por
parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será el responsable de los
errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe
en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la época de presentación
de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes y formularios,
los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas presentadas, en formato digitales
utilizando para este efecto Word (como procesador de textos) e imágenes digitalizadas
en formato PDF, todos los anexos deben venir en idioma español, debidamente firmado
si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna
de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10
de la ley N°20.393 sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595 y 35 quáter
de la ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En
este último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada
Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En
el caso de que dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente
proceso licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 180 y 181 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
Los
proveedores que oferten bajo el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del 2024, del
Ministerio de Hacienda, deberán ingresar un documento que declare dicha unión, nombrando
un apoderado.
Para la presente licitación
los documentos requeridos serán los siguientes:
12.1
Antecedentes administrativos:
Ø
Formulario N°1: Identificación del Oferente,
esto, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto
es, dentro de las 24 horas de la notificación de la consulta (Su incumplimiento
habilitará para declarar inadmisible la oferta).
Ø Formulario N°2: Declaración Jurada Simple (inhabilidad artículo 4° ley 19.886).
En el caso de postular como Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes
deberán presentar firmado el referido formulario. “exigible”, esto, a más tardar
en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación
de la consulta (Su incumplimiento habilitará para declarar inadmisible la oferta).
Ø Formulario N° 5: Datos de Contacto. El oferente deberá establecer los siguientes
datos: nombre de contacto, correo electrónico y número de teléfono directo, para
coordinar la prestación de los servicios. El citado formulario, deberá tener estampada
la firma del oferente, que legitima lo escrito “inadmisible”.
Ø Formulario n°6: Cumplimiento Programa de Integridad (evaluable).
12.2 Antecedentes Técnicos:
ü Experiencia de los profesionales químicos farmacéuticos: “evaluable”.
ü Formulario N°3: “Datos del Prestador”: Nombre y dos apellidos, Cédula de
Identidad de los profesionales químicos farmacéuticos que presten
el servicio “Inadmisibilidad”.
ü Certificado de Manejo de
Sistemas de Receta Electrónica en Línea, Sistema Trakcare u otro similar. Esto
del prestador a incorporar (evaluable)
ü Certificado de Manejo de
Equipos automatizados de envasado de Fármacos. Esto del prestador a incorporar
(evaluable)
ü Certificado de curso de
IAAS. Esto del prestador a incorporar (evaluable)
ü Certificado de curso
acreditación hospitalaria y/o gestión. Esto del prestador a incorporar (evaluable)
ü Certificado de
participación de Programa de orientación en farmacia hospitalaria. Esto del
prestador a incorporar (evaluable)
12.3 Antecedentes
Económicos:
ü Formulario N°4: Oferta Económica “Inadmisibilidad”. El citado formulario, deberá tener estampada
la firma del oferente, que legitima lo declarado en el referido formulario.
En Comprobante de oferta en el portal mercado público, el precio debe
estar expresado en moneda nacional, es decir, en pesos chilenos CLP.
13. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez
mínima de 120 (ciento veinte) días desde la fecha de la publicación de las presentes
Bases Administrativas que regulan el llamado a licitación pública. Si dentro de
ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los
proponentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de
la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, la
prórroga de las propuestas, antes de su expiración.
Si alguno de los proponentes
no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación
y adjudicación.
III. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
14. ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará en forma electrónica a través de la plataforma del
Mercado Público, en la fecha y hora establecida en el calendario de plazos de la
presente licitación, esto es, el día décimo primero a las 15:02 horas, contado
desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Estas ofertas estarán
sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente
adjudicado.
El Hospital Las Higueras adjudicará la presente licitación,
a quien presente la oferta que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a la
evaluación realizada en forma global, asimismo declarará desierta la licitación
cuando no se presenten ofertas, y podrá declarar desierta la licitación, por no
convenir a los interés institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado
o por alguna razón fundada, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los
oferentes con los requisitos establecidos en estas Bases.
Si
existiesen ofertas simultáneas por parte de proveedores de un mismo grupo empresarial
o relacionadas entre sí, respecto de un mismo bien o servicio, se considerará para la evaluación de la licitación
sólo la oferta más conveniente entre ellos. Para esto, se revisarán y compararán
las ofertas de los proveedores antes mencionados, según los criterios establecidos
en el punto N°17 de las presentes bases administrativas. Las ofertas no seleccionadas,
serán declaradas inadmisibles, de conformidad a lo establecido en el artículo N°9
de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda.
15. INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes
casos.
· Cuando la oferta
no se encuentre expresada en moneda nacional (pesos chilenos).
·
Cuando la oferta exceda presupuesto disponible, consignado en el punto 11
de las Bases Administrativas.
· Cuando no complete, no presente, o presentación incompleta, a más tardar
dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, el
Formulario N°3 “Datos del Prestador” con los datos de cada prestador y/o Formulario
N°4 “Oferta Económica”.
· Cuando no presente, no complete o presente incompleto, a más tardar en el
plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la
consulta, el
Formulario N°1 y/o Formulario N°2 y/o Formulario N°5, esto es dentro de las
24 horas de notificada la consulta en el Portal Mercado Público.
· Cuando alguno de los
profesionales químicos farmacéuticos indicados por el oferente en el Formulario
N°3 no registre en Certificado extendido por la Superintendencia de Salud con
su título de químico farmacéutico.
· Cuando el oferente
que participe en la presente licitación, no presente a lo menos 02 profesionales
químico farmacéuticos.
· Cuando algún integrante del equipo de químicos farmacéuticos
indicado por el oferente en el Formulario N°3, no registre en la
Superintendencia de Salud, su título de químico farmacéutico, a
menos que quienes lo registren, sean una cantidad igual o mayor a la
establecida en las bases. En estos casos, quienes no acrediten, no podrán
prestar servicios durante la vigencia del convenio, hasta que hayan dado
cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en las bases.
· Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene
exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales
como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios
· Cuando la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto 4
de las bases administrativas.
· Cuando postule como Unión Temporal y no esté
conformada en su totalidad por empresas de menor tamaño, con excepción de lo
señalado en el artículo 184 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda.
· Cuando el oferente no posea
la actividad o giro económico vigente, atingente a los servicios licitados, a más
tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
Lo anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
· Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos
por el artículo 50 de la Ley N°21.595; artículo 4°, inciso sexto y 35 quáter de
la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas
en la Ley.
· Cuando la oferta de un proveedor, se presente
de manera simultánea, a otra oferta presentada por parte de una empresa perteneciente
al mismo grupo empresarial o relacionada entre sí, respecto de un mismo bien o servicio,
y no resulte ser la más conveniente para este organismo; esto de conformidad a lo
establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661,
del Ministerio de Hacienda.
En estos casos, la oferta
será considerada inadmisible, significando que no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se obliga a entregar
antecedentes, documentos, instrumentos tributarios, certificados y demás exigidos
por las bases administrativas, que se encuentren debidamente regularizados y válidos,
por lo que el incumplimiento de lo anterior traerá consigo el efecto de inadmisibilidad
de la oferta.
16. COMISIÓN Y SUS FUNCIONES:
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado Público, y
la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa,
técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación, la
que estará integrada por los siguientes profesionales funcionarios del Hospital
Las Higueras:
· Subdirector
Administrativo,
· Jefa de
la Unidad de Farmacia,
· Jefe de
la Unidad de Licitaciones,
o quienes los
subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de considerarlo
pertinente, la comisión podrá requerir asesoría a la Unidad Jurídica del Hospital
Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de apertura y
evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Hospital Las Higueras,
de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes
Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a)
Resolver dudas o discrepancias que en el acto de apertura pueda surgir en
relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas
o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b)
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias,
para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas
al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Las solicitudes de
aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos
que éstos tomen conocimientos de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar
desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se
orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión
de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente, durante
el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la
Comisión.
c)
Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre
y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es,
en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad
de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información. Estos requerimientos se solicitarán por escrito a través
del Sistema de Información de la Dirección de Compras, debiendo el oferente dar
respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado, esto es, dentro del plazo
de evaluación de ofertas, 24 horas desde que se realiza la notificación a través
del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
d)
Podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
e)
Revisará y estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica
y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
f)
De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado,
aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate
deberá dirimirse en primer lugar a través del
análisis del criterio Precio del Servicio, en segundo lugar, a través del criterio Experiencia
de los profesionales químicos farmacéuticos; y así sucesivamente en el mismo
orden indicado en el punto 17 “Notas y Criterios
de Evaluación”, de las bases administrativas. En caso de persistir el empate a pesar
de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará la propuesta que
ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g)
Confeccionará un “Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará
en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de
carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo
menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o
Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente
según la ponderación de la pauta de evaluación.
h)
Firmará el “Informe de Apertura y Evaluación”, mediante el cual
propondrá a la Directora adjudicar o desestimar la propuesta, si de la
evaluación se determina que no se ajusta a las necesidades del Hospital o
excedieren de su presupuesto.
i)
Suscribirán
una declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de
conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el
proceso de contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el
artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
17. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para la evaluación
de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo
establecido en las presentes Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican
en la ficha técnica del Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota
de uno (1) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho
proceso estará considerado en el informe de evaluación.
Los criterios que evaluar serán los siguientes:
|
CRITERIOS DE EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios
Económicos
|
40%
|
|
Precio
del Servicio (40%)
|
|
Criterios
Técnicos
|
55%
|
|
Experiencia de los profesionales químicos
farmacéuticos (20%)
|
|
Manejo de Sistemas de
receta electrónica en línea (10%)
|
|
Manejo de Equipos Automatizados para Envasado de
Fármacos (10%)
|
|
Capacitaciones (10%)
|
|
Programa de orientación en farmacia hospitalaria
(5%)
|
|
Criterios
Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio del Servicio
(40%)
El precio
será el establecido por cada oferente en la oferta presentada en el Portal
Mercado Público y Formulario N°4, el que será sometido
a ejercicio de evaluación.
La oferta que presente
el menor precio en forma global, se calificará con cien puntos (100), las demás
ofertas tendrán nota de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta menor, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Experiencia de los
profesionales químicos farmacéuticos (20%)
Para la aplicación de este criterio, se tomará como
base la información de los profesionales indicados por el oferente en el Formulario N°3, la cual deberá ser acreditada mediante
certificados, emitidos por jefaturas de instituciones públicas o privadas.
La ponderación
de la nota será el que resulte de aplicar el 20% al puntaje obtenido, de acuerdo
a la siguiente tabla:
|
Experiencia de los profesionales químicos farmacéuticos
|
Puntaje
|
|
Sí
el promedio de la experiencia de la oferente basada en los profesionales
químico farmacéuticos mencionados en el Formulario N°3, han ejecutado
servicios en unidades de farmacia asistencial u hospitalaria vinculada, en un
periodo igual o superior a 6 meses.
|
100
|
|
Sí
el promedio de la experiencia de la oferente basada en los profesionales
químico farmacéuticos mencionados en el Formulario N°3, han ejecutado
servicios en unidades de farmacia asistencial u hospitalaria vinculada, en un
periodo igual o superior a 4 meses e inferior a 6 meses.
|
60
|
|
Sí
el promedio de la experiencia de la oferente basada en los profesionales
químico farmacéuticos mencionados en el Formulario N°3, han ejecutado
servicios en unidades de farmacia asistencial u hospitalaria vinculada, en un
periodo igual o superior a 2 meses e inferior a 4 meses.
|
40
|
|
Sí
el promedio de la experiencia de la oferente basada en los profesionales
químico farmacéuticos mencionados en el Formulario N°3, han ejecutado
servicios en unidades de farmacia asistencial u hospitalaria vinculada, en un
periodo inferior a 2 meses.
|
20
|
|
Sí
no informa o no acredita experiencia en unidades de farmacia asistencial u
hospitalaria vinculada.
|
1
|
La
experiencia deberá ser acreditada mediante certificados, emitidos por jefaturas
de instituciones públicas o privadas u hoja de vida en caso de funcionario
público, que indique claramente la cantidad de meses que cada profesional
prestó servicios en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
Los
documentos señalados anteriormente que acrediten la experiencia en razón a los
meses que el profesional químico farmacéutico ejecutó servicios en unidades de
farmacia asistencial u hospitalaria vinculada deberá contener, al menos:
·
Razón social de la
empresa/institución donde el profesional prestó los servicios.
·
Identificación en el
citado documento del profesional prestador de servicios.
·
Periodo (tiempo:
mes/año) en el que el profesional prestó los servicios.
·
Identificar en el citado
documento el Servicio ejecutado por el prestador en evaluación.
·
Indicar cantidad de
meses en que presta servicios en farmacias de hospitales públicos, esto, de
cada prestador.
·
En caso de adjuntar
certificado emitido por jefaturas, el referido documento debe indicar nombre
firma del responsable de la entidad que acredita los servicios otorgados por el
profesional químico farmacéutico en evaluación y periodo trabajado.
El Hospital
Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si los documentos
no contienen la información antes indicada, éstos serán desestimados y no
considerados en la evaluación del criterio de experiencia se evaluarán sólo los
certificados acompañados correctamente.
Si no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia de los profesionales
prestando servicios en unidades de farmacia asistencial u hospitalaria
vinculada, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es,
el día décimo primero contado desde la fecha de publicación de la Bases
Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo se considerará
la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases
administrativas.
Manejo de Sistemas de Receta Electrónica en Línea (10%)
Manejo de sistemas de receta electrónica en línea, sistema Trakcare u
otro similar. Para la aplicación de este criterio, se tomará como base la
documentación presentada por el oferente, la que deberá ser acreditada mediante
certificados, emitidos por jefaturas.
La oferta que no presente los documentos o antecedentes requeridos para
acreditar manejo de los sistemas de manejo de receta electrónica en línea será evaluada
con nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de la nota será el que resulte de aplicar el 10% al
puntaje obtenido, de acuerdo a la siguiente tabla:
(Puntaje Manejo de Sistemas de Receta
Electrónica en Línea x 10%)
|
Manejo de Sistemas de Receta Electrónica en Línea (10%)
|
Puntaje
|
|
Sí todos los profesionales presentados por el oferente a través del
Formulario N*3, acreditan manejo de sistemas de receta electrónica, Sistema
Trakcare u otro similar, demostrable con certificado.
|
100
|
|
Sí alguno de los profesionales presentados por el oferente a través
del Formulario N*3, acreditan manejo de sistemas de receta electrónica,
Sistema Trakcare u otro similar, demostrable con certificado.
|
1
|
Manejo de Equipos automatizados para envasado de Fármacos,
(10%)
La ponderación de
la nota será el que resulte de aplicar el 10% al puntaje obtenido de acuerdo a
la siguiente tabla:
(Puntaje Manejo de Equipos automatizados para envasado de Fármacos x
10%)
|
Manejo de Equipos automatizados para envasado de Fármacos (10%)
|
Puntaje
|
|
Sí Todos los
profesionales químico farmacéutico, presentado por el oferente a través del
Formulario N°3, tiene manejo de Equipos automatizados de envasado de fármacos
|
100
|
|
Si alguno de los profesionales químico farmacéutico, presentado por el
oferente a través del Formulario N°3, NO tiene manejo de Equipos
automatizados de envasado de Fármacos (tipo Blispack).
|
1
|
Para la aplicación de este criterio, se tomará como
base a los químicos farmacéuticos indicado por el oferente en el Formulario N°3
“Datos del Prestador”. Quienes, deberán acreditar manejo de Equipos
automatizados de Dispensación o envasado de Fármacos, mediante certificados,
emitidos por sus jefaturas; caso contrario, de faltar uno o más químico
farmacéutico (s) que no acredite, se evaluará con un punto en este criterio.
Capacitaciones
(10%)
Para la aplicación de este criterio, se tomará como
base la documentación presentada por el oferente. La oferta que no presente los
documentos o antecedentes requeridos para acreditar la capacitación será
evaluada con nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de la nota será la que resulte de
aplicar el 10% al puntaje obtenido en la tabla que a continuación se indica, de
acuerdo a la siguiente formula:
(Puntaje Capacitación x 10%)
|
Capacitaciones (10%)
|
Puntaje
|
|
|
|
Sí todos los químicos farmacéuticos, presentado
por el oferente a través del Formulario N°3, acreditan capacitaciones en IAAS,
en Acreditación hospitalaria.y/o gestión
|
100
|
|
|
Sí alguno de los químicos farmacéutico, presentado
por el oferente a través del Formulario N*3, NO acredita capacitaciones en IAAS, en
Acreditación hospitalaria y/o en Gestión.
|
1
|
|
Programa de
orientación en farmacia hospitalaria (5%)
Para la aplicación de este criterio, se tomará como
base la documentación presentada por el oferente. La oferta que no presente los
documentos o antecedentes requeridos para acreditar la capacitación será
evaluada con nota 1 (uno) en este criterio.
La ponderación de la nota será la que resulte de
aplicar el 5% al puntaje obtenido en la tabla que a continuación se indica, de
acuerdo a la siguiente formula:
(Puntaje programa
de orientación en farmacia hospitalaria x 5%)
|
Capacitaciones (5%)
|
Puntaje
|
|
|
|
Sí todos los químicos farmacéuticos, presentado
por el oferente a través del Formulario N°3, acreditan haber participado de
un programa de orientación en farmacia hospitalaria.
|
100
|
|
|
Sí alguno de los químicos farmacéutico, presentado
por el oferente a través del Formulario N°3, NO haber participado de un programa de orientación
en farmacia hospitalaria.
|
1
|
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
Si el oferente ingresa al Portal Mercado Público tanto
el Formulario N°1, N°2 y N°5 solicitados en punto 12.1 de “Presentación Ofertas”
de las presentes Bases Administrativas, a más tardar el día y hora de cierre de
recepción de ofertas de la presente licitación pública, será evaluada con 100 (cien)
puntos.
Si un oferente omite uno o más de los Formularios antes
mencionados o alguno de éstos tiene error de forma, la comisión de evaluación solicitará
a través del Portal (foro inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la
corrección de éstos, dando un plazo de 24 horas desde que se realiza
la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras,
para subsanar, pudiendo optar a una nota 1 (uno).
En caso que el oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía foro
inverso y éste no ingrese o no subsane error de forma, en relación al Formulario
N°1 y/o Formulario N°2 y/o Formulario N°5, la oferta será declarada inadmisible,
ya que el oferente no cumple con los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas,
por lo que su oferta no pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de la nota será la que resulte de aplicar
el 3% al puntaje obtenido de acuerdo a la siguiente
tabla:
|
Cumplimiento en la Presentación
de Antecedentes
|
Puntaje
|
|
Ingresa Formulario N°1, N°2 y N°5, a más tardar el día y hora de cierre
de recepción de las ofertas, esto es, el día décimo primero,
contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del nuevo
plazo.
|
1
|
|
No ingresa Formulario N°1 y/o N°2 y/o N°5, o no subsana errores de forma
de éste, dentro del nuevo plazo otorgado (foro inverso)
|
Oferta Inadmisible
|
Cumplimiento Programa de Integridad
(2%)
El programa de integridad de una empresa u organización
se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus
integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar
estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir
la corrupción.
Para la aplicación de este criterio, se tomará
como base la documentación presentada por el oferente a través de su propuesta,
que respalda la existencia de programa/s de integridad en su empresa.
|
Cumplimiento Programa de Integridad
|
Puntaje
|
|
|
|
El
oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
100
|
|
|
Si no
adjunta Formulario N°6 no completa o no acredita lo solicitado en este
criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y acreditar,
además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá presentar copia
de correo corporativo de difusión, copia de participación de los trabajadores en
charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no contienen
la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de integridad y
fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán considerados en la
evaluación del criterio de “cumplimiento programa de integridad”.
Si no se acompañan los documentos dentro del plazo establecido
para la recepción de ofertas, esto es, el día décimo primero
contado desde la fecha de publicación de la Bases
Administrativas, así también, si los antecedentes tienen fecha posterior a la publicación
de las presentes bases, el oferente obtendrá un punto en este criterio
IV. ADJUDICACIÓN Y CONTRATO.
18. RESOLUCION DE LA PROPUESTA.
a) Jefe del Área de Finanzas
o quien lo subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria”.
b) Posteriormente, la Unidad
Técnica procederá a la elaboración de la resolución de adjudicación.
c) Jefe Superior de la
Institución mediante resolución administrativa procederá a adjudicar o
desestimar la propuesta de acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura
y evaluación. Así como también, tendrá
la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando existan errores, vacíos
o incongruencias en las bases administrativas.
d)
En el caso que la Directora del establecimiento decida acogerse a
la excepcionalidad contenida en el artículo 35º quáter de la ley N.º
21.634/11-12-2023, deberá emitir resolución fundada en los términos del
artículo respectivo, justificando su decisión y detallando procedimientos
internos de aplicación si así procede.
e)
Tramitada la resolución de adjudicación, se subirán al Portal los
siguientes documentos:
·
Informe de Apertura y Evaluación.
·
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
·
Resolución de Adjudicación.
·
Declaración jurada de conflictos de interés de los miembros de la
comisión evaluadora.
f) La adjudicación será publicada en el
portal Mercado Público, entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de
los oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al
artículo N°9 del Reglamento de
la Ley N°19.886.
g) Una vez notificado, el
adjudicado deberá hacer llegar la documentación exigida en el punto 23 de
las bases administrativas, en un plazo máximo de 15 días corridos, contados
desde la fecha en que fuere notificado de la adjudicación.
h) Recibida la
documentación, se remitirán los antecedentes al jefe de la Unidad de Insumos No
Clínicos para la elaboración de la orden de compra correspondiente.
i) El hospital se reserva el
derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta
la licitación, se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será
publicada en www.mercadopublico.cl
j) Una vez que entre en
vigencia los servicios, la validación y solicitud de documento de cobro de las
prestaciones efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad del Área de
Gestión Documental.
19. MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION
El Hospital Las Higueras podrá
aplazar hasta en 10 días corridos la fecha de
adjudicación señalada en el Portal en los siguientes casos:
· Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación
establecido en las presentes Bases Administrativas.
· Cuando se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más
tiempo para el estudio de estas.
· Cuando se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado
Público.
· Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras
al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo
o técnico.
Todo lo anterior será debidamente informado en el portal, a todos los oferentes,
mediante tramitación del acto administrativo que dé cuenta de la postergación de
la fecha de adjudicación.
20. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACION.
Se deja constancia que, ante consultas sobre
el proceso de adjudicación, éstas podrán efectuarse a través del Sistema de Información,
identificando el ID de licitación, dentro de un plazo de 48 horas, desde que haya
sido adjudicada la licitación, las cuales serán respondidas dentro de 5 días hábiles.
Vencido el plazo para consultas indicado anteriormente, no se dará lugar a las respuestas.
En el caso que se formulen consultas, sus respuestas
serán publicadas en la plataforma del Portal Mercado Público.
21. READJUDICACIÓN
El Hospital podrá
readjudicar la licitación en los siguientes casos:
·
Si el adjudicatario desiste de su oferta.
·
Cuando el adjudicatario no haga entrega de documentación exigida en el
punto 23 de las bases
administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación
de la Resolución de Adjudicación
·
Cuando el adjudicatario rechace la orden de compra.
En caso de que no sea posible la readjudicación por no contar con una segunda
oferta evaluada, u otra causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de
adjudicación y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
22. RETROTRAER EL PROCESO
El hospital podrá retrotraer el proceso de adjudicación,
cuando se detecte un error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o
se detectaren errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren
participado en el procedimiento la interposición de los recursos, mediante la
publicación en la Plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin
efecto la adjudicación, los cuales de acuerdo con el principio de
impugnabilidad previsto en los artículos 9° de la Ley N°18.575 y 15° inciso
primero de la Ley N°19.880, podrán reclamar de esa determinación por la vía
administrativa mediante los recursos
regulados en el último texto legal,
teniendo un plazo de cinco días para que aleguen cuanto consideren
procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído el proceso, se reúne a la
comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para
continuar con el proceso de adjudicación.
En caso de que se requiera dejar sin efecto
todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocará la propuesta, con
resolución fundada, se revisará el requerimiento y se levantará un nuevo
llamado licitatorio.
23. CONTRATO
Una vez adjudicada la licitación, el contrato se
formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta
por parte del proveedor adjudicado, previa tramitación de la Resolución de
Adjudicación, por tratarse de servicios de simple y objetiva especificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar en el plazo de 15 días
corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la Resolución de
Adjudicación, la siguiente documentación:
PERSONA
NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores.
En el
evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por
incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados
respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el
incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la
ley N°21.722 del 2024, sobre presupuesto del año 2025.
·
Declaración Jurada de Inhabilidad para contratar con el Estado.
·
Declaración Jurada simple que indique no encontrarse afectos a la
prohibición de contratar con los órganos del Estado prevista en la letra d) del
artículo 26 del decreto ley Nº211, de 1973 (aplica oficio Nº1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado,
contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634,
artículo Nº35 quáter.
·
Declaración jurada de inhabilidades de contratación
previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
·
Datos
para Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del
2024, sobre presupuesto del año 2025.
·
PERSONA
JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad
del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado de Vigencia, modificación y
poderes de la Sociedad de una antigüedad no superior a 30 días en relación a la
fecha de presentación de sus ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el
registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores.
En
el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por
incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados
respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane el
incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.722 del
2024, sobre presupuesto del año 2025.
·
Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para
contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley Nº20.393,
Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de
lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que
indica, sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada simple que indique No encontrarse afectos a la
prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado
prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica
oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado,
contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634,
artículo Nº35 quáter.
·
Declaración jurada de inhabilidades de contratación
previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
·
Datos
para Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del
2024, sobre presupuesto del año 2025.
PERSONA
JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y
Sociedades.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Certificado de Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Certificado de Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y
Sociedades.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores.
·
Declaración Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para
contratar con el Estado, de acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley Nº20.393,
Establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de
lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que
indica, sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada
simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26
del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado,
contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634,
artículo Nº35 quáter.
·
Declaración jurada de inhabilidades de contratación
previstas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
·
Datos
para Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del
2024, sobre presupuesto del año 2025.
UNION
TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
·
Declaración Simple donde conste la Unión Temporal.
·
Los demás antecedentes requeridos precedentemente respecto de cada uno
de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su
naturaleza.
·
Datos
para Transferencia bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del
2024, sobre presupuesto del año 2025.
Lo anterior, salvo si los antecedentes exigidos se
encuentren acreditados en Chile proveedores.
Una vez recepcionado
conforme estos documentos, se emitirá la orden de compra global.
24.
DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado deberá guardar
la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación
de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por el hospital y no podrá hacer
uso de ellos para fines ajenos. De esta manera, bajo ninguna circunstancia el adjudicado
podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder,
copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar,
destruir, en todo o en parte esta información, ya sea tanto durante la vigencia
del contrato como después de su término, salvo autorización expresa del Hospital,
otorgada a través de su Director.
Esta prohibición afecta al
adjudicado y a su personal, y su responsabilidad será solidaria, incluso después
del término de contrato. El adjudicado sólo podrá copiar o reproducir la información
que sea necesaria para dar cumplimiento a los servicios contratados.
En caso de incumplimiento
de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término anticipado al contrato
de prestación de servicios celebrado con el contratado, pasando a constituir dicho
incumplimiento una infracción gravísima al contrato, conforme a lo dispuesto en
las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
25. PRE FACTURACIÓN
Se tomará como prefacturación el Anexo 2, formato adjunto a las presentes bases administrativas, indicando,
a lo menos, los siguientes datos: nombre del prestador, Fecha del turno, Rut del prestador
que efectúa el turno, Rut de quien emite la boleta (Sociedad o personal natural),
Turno (s) Hora “Desde/Hasta”, total de horas.
Una vez que los
turnos sean validados por parte de la unidad o área requirente y Área de Gestión Documental, esta última, solicitará a través de correo electrónico
el envío del correspondiente documento de cobro. Solo, una vez solicitada, podrá
el adjudicado hacer llegar dicho documento.
Para cumplir con los tiempos de revisión señalados en el procedimiento
administrativo interno y pago oportuno, el adjudicado deberá entregar la pre
factura (anexo 2) con el detalle de los turnos ejecutados, de preferencia, el primer
día hábil del mes siguiente de realizado los servicios.
Serán obligaciones
del adjudicado y de las distintas unidades las siguientes:
· EL ADJUDICADO
Ø El prestador deberá
ACEPTAR la orden de compra global dentro de 24 horas siguientes a la notificación
de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl En caso contrario, se entenderá aceptada si no es rechazada dentro del mismo
plazo señalado anteriormente.
ü De preferencia,
el primer día hábil siguiente del mes en que se ejecutaron las prestaciones, deberá
entregar en la secretaría de la unidad o área donde ejecuta los servicios, del Hospital Las Higueras, la prefactura con
el detalle de todos los turnos ejecutados en el mes a cobrar, según anexo 2; más el registro de horas realizadas según sistema
de reloj control “BioEmach”
Ø Será de responsabilidad
del adjudicado llevar el control de los servicios prestados, en el sentido de no
superar el presupuesto adjudicado.
Documento de Cobro.
Una vez que los servicios sean validados y cumpla con
todos los procesos administrativos necesarios para dar curso al pago, deberá emitir
documento de cobro, al cual deberá adjuntar todos los antecedentes solicitados por
el área de Gestión Documental.
El adjudicado deberá adjuntar,
además, la Nómina que acredite pago de los profesionales químicos farmacéuticos
que realizaron las prestaciones en base al último pago que el hospital realizó al
adjudicado con cargo a esta licitación, siempre que exista
un pago previo a ésta; al momento de rendir. La referida nómina debe estar firmada
por cada uno de los participantes. Esto, como comprobante de pago de los servicios
realizado por cada uno de sus prestadores. No será solicitada
la nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal
de Proveedores, y en su constitución estipula que los pagos se realicen al prestador
que ejecuta los servicios.
El contratado (a) o sus prestadores de servicio deberán cotizar conforme
a la Ley N°21.133, no obstante, a ello, mantendrán voluntariamente su cotización
para efectos de salud, por el monto total de sus rentas. Además, los contratados
eximidos, de conformidad a la misma ley, deberán contar con seguro de accidentes
laborales y enfermedades profesionales.
·
UNIDAD DE
FARMACIA.
Será responsabilidad de la Jefa de la Unidad de Farmacia, llevar el control de lo ejecutado por el prestador, y “resguardar” las medidas de verificación
de estas prestaciones, el cumplimiento de sus obligaciones y funciones durante el
turno ejecutado.
Una vez recibida la pre factura (anexo 2) con el detalle de los turnos realizados,
deberá cotejar:
Ø Verificar que
prestador adjunte el anexo 2, reporte del sistema Bioemach.
Ø Que la prefactura
coincida con los turnos efectivamente ejecutados.
Ø Que el Anexo 2 esté previamente firmado
por el prestador que realiza el turno, y sus celdas contengan
la información requerida.
Ø Firmar Anexo 2 para acreditar
la veracidad de la información
Ø En los casos de existir reparos,
deberá subsanar directamente con el adjudicado.
Ø Una vez validados los turnos,
remitirá los antecedentes al Área de Gestión Documental, mediante documento conductor,
en el cual deberá señalar al menos, la siguiente información:
§ Mes en que se ejecutaron los
turnos.
§ Número de ID de licitación.
§ Certificar el cumplimiento
de los turnos ejecutados en el mes.
§ Adjuntar pre factura según
Anexo 2, con el detalle de los “turnos” ejecutados y reporte del sistema
Bioemach.
· ÁREA DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
Ø Identificar al prestador
involucrado en la prestación y revisar si mantiene alguna condición contractual
con el hospital. En el caso que el prestador mantenga contrato vigente con el hospital,
revisar que haya prestado sus servicios fuera de su horario funcionario o
que no se encuentre en alguna condición que inhabilite su participación. Además,
deberá velar porque el prestador que realiza las prestaciones, no se encuentre
inhabilitado por alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo
56° de la Ley N°19.653, o por alguna de las causales contempladas
en la normativa, que lo imposibilite para contratar con la administración del Estado,
sea a honorarios a Suma Alzada y/o por Compras de Servicios, esto, en relación al
incumplimiento al programa de formación y del periodo asistencial obligatorio (PAO);
y/o si es Jefe de Servicio del establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio,
si en la medida que los obliga a no desempeñar otra función remunerada; esto, durante
toda la vigencia del contrato, incluyendo la apertura y evaluación de la
propuesta.
Ø Verificar que los prestadores
que realizan el servicio sean los informados por el adjudicado o se hayan incorporado
previamente a través de solicitud de incorporación (Anexo 1).
Ø Revisar en el Sistema Bioemach que los prestadores a través de los relojes biométrico registren su horario de ingreso y
salida del turno.
Ø De existir reparos
deberá subsanar directamente con el adjudicado,
según corresponda.
Ø En caso de que no existan
reparos, procederá a realizar el cálculo de las prestaciones
a pagar, de acuerdo con la cantidad de turnos validados y el valor hora adjudicado,
adjuntará la orden de compra del portal mercado público y solicitará al adjudicado
el respectivo documento de cobro, el cual deberá adjuntar Nómina que acredite
pago de los prestadores que realizaron los servicios con cargo a esta licitación,
esto, siempre que al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación.
La referida nómina debe estar firmada por cada prestador que realizó el turno, este
último si correspondiere. Lo anterior, como comprobante de pago de los servicios
realizado por cada uno de sus prestadores. No será solicitada
la nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal
de Proveedores, y en su constitución estipula que los pagos se realicen al prestador
que realizó los servicios, Formulario F30 Certificado
de antecedentes laborales y previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley N°16.744,
esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita el cobro. No presentarlos,
facultará al Área de Gestión Documental, rechazar la recepción del documento
de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos.
Lo anterior, no se solicitará en caso de que el adjudicado entregue dentro
de sus documentos requeridos para contratar, una Declaración Simple expresando no
contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo.
Con el documento de cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo,
se procederá a realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior
envío del expediente a la Unidad de Contabilidad.
· CONTABILIDAD.
Al momento de recibir el expediente, deberá:
Ø Revisar que la
boleta o factura, adjunte la nómina de los “turnos” ejecutados y sus respectivas validaciones; orden de compra de Portal Mercado
Público y Recepción en sistema ABEX.
Ø En los casos de revelar algún
error en el expediente, deberá regularizar con la unidad correspondiente.
Ø Revisar que las
prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus facturación
y nómina de respaldo).
Ø
Además,
deberá revisar que se adjunte a documento de cobro:
Documentación de antecedentes laborales y previsionales
y certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a menos que certifique a través de una
Declaración Simple no contar con trabajadores
contratados por el código del
Trabajo, cuando corresponda.
Nómina que acredite pago de los prestadores que realizaron
los servicios, anteriores al
mes de las prestaciones que está cobrando, siempre y cuando al momento de la rendición
existan pagos asociados a esta licitación. La referida nómina debe estar firmada
por cada prestador que realizó los servicios, este último si correspondiere. Esto,
como comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de sus prestadores. No será solicitada
la nómina de pago, si el proveedor adjudicado postula a través de una Unión Temporal
de Proveedores, si en su constitución estipula que los pagos se realicen al prestador
que realizó la prestación.
Para el
caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron observación,
se debe seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno, podrá ser modificado, de
acuerdo con las necesidades y contingencias del establecimiento, lo cual, se formalizará
a través de resolución exenta que lo apruebe.
Facturación:
Deberá emitir
la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1, Dirección: Avenida
Alto Horno N° 777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente en su glosa lo
siguiente:
· N° de la orden
de compra.
· Detalle y período
del servicio otorgado
Ø Todo Documento Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la
orden de compra asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada
para ello.
Ø El Documento Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no
mayor a 48 horas a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø Las facturas deben tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior,
se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma del Servicio de
Impuestos Internos.
Pago:
El pago se realizará por
transferencia electrónica, por mes vencido, dentro de
30 días corridos, contados desde la fecha en que el documento de pago es aceptado,
de acuerdo a lo estipulado en la
Ley de Presupuesto N°21.722 de 2024 para el sector público correspondiente al año
2025, Partida 16 del Ministerio
de Salud Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud
deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la
fecha en que la factura es aceptada”.
De acuerdo con instructivo
del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados por la Tesorería General
de la República.
Los proveedores, podrán consultar
sus pagos en la página del banco estado, para lo cual deben realizar lo siguiente:
1. Entrar al sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito verificador.
3. Para consultas o inconvenientes deben dirigirse a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores
que no tengan registrados sus datos para transferencia en nuestra base de datos
lo pueden realizar enviando un correo electrónico a cheryl.moreno@redsalud.gob.cl.
27. DEL LUGAR Y HORARIO EN QUE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS:
Los servicios serán prestados en las
dependencias de la Unidad de Farmacia Ambulatoria, en Avenida Alto Horno N° 777 Las Higueras
Talcahuano, los días hábiles, iniciando la jornada a las 08:00 horas
según necesidad del área.
28. SANCIONES/ MULTAS.
En caso de que el adjudicado no de cumplimiento al contrato
de prestación de servicios respectivo o, si lo cumple en forma deficiente o tardía
(en lo que dice relación con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital
Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa. Consecuentemente, la multa corresponderá a la sanción que se aplica por incumplimiento
del contrato de prestación de servicios, que no constituya causal de término de
este, lo que se determinará de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Según lo dispuesto en las Bases Administrativas y detalles entregados en
su oferta, el Hospital Las Higueras cobrará una multa, en U.F., equivalente en
pesos del día que se originó la infracción, esto, en los siguientes casos:
Se aplicará al adjudicado
una multa de 2 U.F., cuyo cobro se solicitará en el siguiente caso:
·
Por día hábil en que el
adjudicado no presente al profesional correspondiente, para realizar los
servicios licitados, previa notificación. Dicho incumplimiento deberá
ser informado por el la Jefa de la unidad de Farmacia, o quien le subrogue o
reemplace.
·
Cuando el Químico
Farmacéutico presentado por el contratante no cumpla con las obligaciones
indicadas en el punto N°4 de las presentes Bases Administrativas y/o funciones
indicadas en las especificaciones técnicas, Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Jefa de la unidad de Farmacia, o
quien le subrogue o reemplace.
·
Cuando el Químico
Farmacéutico indicado a través del Formulario N°3 incurra en atrasos reiterados,
en consideración a la hora establecida de ingreso que son las 08:00 AM según
necesidad del área, con un total de cuatro faltas en el transcurso de un mes, Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Jefa de la unidad de Farmacia, o
quien le subrogue o reemplace.
·
Cuando el Químico
Farmacéutico presentado por el contratante no cumpla con las obligaciones
indicadas en el punto N°4 de las presentes Bases Administrativas y/o funciones
indicadas en las especificaciones técnicas, Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Jefa de la unidad de Farmacia, o
quien le subrogue o reemplace.
No se pagará
la prestación.
·
Cuando el
prestador que ejecuta el servicio no figura en Formulario N°3 y tampoco se haya
solicitado previamente la autorización al supervisor del contrato de la incorporación de un
nuevo integrante a través de la solicitud de incorporación. Dicho incumplimiento
deberá ser informado por la jefe del Área de Gestión Documental, o quien le subrogue
o reemplace.
· Cuando el
prestador que ejecuta el servicio es funcionario del establecimiento y este servicio
se realiza dentro de su horario funcionario. Lo anterior, por configurar dicha situación
una inhabilidad funcionaria. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la jefe
del Área de Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
En
todo caso, el tope máximo de multas aplicadas, no podrá exceder el 30% del
valor del contrato, de acuerdo a lo establecido en el articulo 136 del decreto
661/2024.
En caso de que el
adjudicado sea una unión temporal de proveedores, la multa se aplicará en relación con el prestador que origina la
infracción y su obligación, a menos, que en su Declaración de Unión
Temporal de Proveedores indique lo contrario.
PROCEDIMIENTO PARA
APLICAR MULTAS.
La jefa de Farmacia o la jefa de Gestión Documental, según corresponda, deberán
informar los incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del
proveedor adjudicado a la Jefa del Área de Abastecimiento, quien derivará a la
jefatura de la Unidad de Insumos No Clínicos, o quien le subrogue o reemplace,
con el fin de gestionar la notificación de la multa correspondiente.
En el caso de
acreditarse una infracción por parte del adjudicado y que origine la aplicación
de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento comunicará mediante
oficio al proveedor al correo electrónico señalado en el formulario N°1, de
conformidad con lo establecido en el artículo N°140 del Decreto 661 del
Ministerio de Hacienda, quien dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus
descargos, a contar de la notificación, debiéndolos presentar por el mismo
medio por el cual le fue notificado o en Oficina de Partes del Hospital Las
Higueras, ubicada en el primer piso del edificio administrativo, en Avenida
Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del
portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto
“descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara
sus descargos, se entenderá aceptada la sanción interpuesta. En caso de
presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital
disponga y/o el adjudicado haya aportado, al Director del Establecimiento, o a
quien el director designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos
contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o
acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los descargos presentados por
el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la multa, el adjudicado será
debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver aplicar la multa, se
procederá a dictar la resolución respectiva que resolverá la aplicación de ésta
y su cuantía, el que será debidamente notificado a éste mediante su publicación
en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el
adjudicado podrá deducir en contra de la resolución que dispone la aplicación
de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
PARA
EL PAGO DE LA MULTA
Una
vez que el proveedor sea notificado de la aplicación de la multa, deberá
realizar el pago de la misma:
Para
realizar el pago directo, el proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a
contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto
de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a
la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto del hospital. Una vez coordinado se procede a
resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente.
Si
dentro de 10 días hábiles desde la notificación de la fecha de resolución, no
ha realizado el pago de la multa, la Revisora de la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto procederá a informar a la Unidad Jurídica para el cobro judicial.
29. CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES.
El adjudicado no podrá,
ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y
obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública, en
especial los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la Dirección del Hospital Las
Higueras para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata,
conforme a lo establecido en el punto número 35 de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos
de los créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios
contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
30. DE LA SUBCONTRATACIÓN
El adjudicado podrá concertar con terceros la
subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar el 30%, y
siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio y que se trate
de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa autorización
escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de que la responsabilidad
que se origine por el incumplimiento en la prestación de los servicios subsistirá
en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar prestadores sancionados con
medidas disciplinarias de suspensión o destitución, por el período en que se encuentra
vigente la sanción.
Se establece, que el responsable por incumplimientos
o faltas siempre será el adjudicado.
31. SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto
que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación
y ejecución de las presentes Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas contenidas
en ellas, o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo
entre las partes, el Referente Técnico en conjunto con el Área de Abastecimiento presentarán los antecedentes a la Unidad de Asesoría
Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes presentarán a la Directora un informe
en derecho, el que será sometido a su consideración.
32. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de prestación de servicios
de químico farmacéutico para la unidad de farmacia ambulatoria del Hospital Las
Higueras tendrá una vigencia de 12 meses, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para los periodos vigentes
a la fecha de los respectivos pagos o en su defecto hasta agotar el presupuesto
adjudicado.
Si al término de la vigencia del contrato, existiera presupuesto adjudicado
disponible, se podrá realizar de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la ampliación
del mismo, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado
completamente.
Dicho
contrato podrá ser renovado previo acuerdo de las partes, por un período igual o
menor a 12 meses, por una sola vez, en el evento
de ser necesario para una adecuada marcha del establecimiento, previa
evaluación y resolución fundada de este y la existencia de la disponibilidad presupuestaria
para dicho período; en todo caso, el precio a cobrar en el período de renovación
será el mismo de la oferta original.
Lo anterior,
siempre y cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio,
mediante informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
Se establece que en
lo que concierne a la renovación, dicha facultad sólo es pertinente en la medida
que concurran los elementos que se detallan en el informe mencionado precedentemente,
pero en el entendido que el nuevo proceso licitatorio está en curso o que la ampliación
resulta necesaria para la instalación del nuevo proveedor adjudicado.
La jefa de
la unidad de Farmacia, o quien le subrogue o reemplace será responsable de:
- Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios
para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas
por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
- Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas técnicas
presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
- Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas recibidas,
en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
- Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de controversias,
de acuerdo con el punto 31 de las Bases Administrativas.
34. SUPERVISOR DEL CONTRATO
La jefa de la Unidad de Farmacia, o quien le subrogue o reemplace, una vez adjudicado el servicio, será el Supervisor y responsable del cumplimiento de los
requerimientos y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y las condiciones
ofertadas por el adjudicado. Por otra parte, Jefe del Área de Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace, encargada
de validar las prestaciones, reportar a la Unidad de Insumos No Clínicos en el caso
de incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del adjudicado, para la aplicación de multas o término anticipado
del contrato, según corresponda.
Como Supervisor del Contrato, será responsable de solicitar, con a lo menos
cuatro meses de anticipación, la renovación de la contratación, adjuntando informe técnico
fundado para ello, o solicitar un nuevo proceso licitatorio. Ambos casos, de ser
necesario dar continuidad del servicio.
35. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley Nº 19.886, y el
artículo 130 del Decreto 661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, el Hospital pondrá término anticipado
al contrato fundado en alguna de las siguientes causales:
a) Incumplimiento
grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado. Se entenderá por
incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado de 4 multas en un
periodo de seis meses.
·
En todos aquellos
casos en que el proveedor supere los topes establecidos y la multa máxima a
aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto 28 Sanciones y
Multas, de las presente bases.
·
El incumplimiento de la obligación de
confidencialidad establecida en el punto 24 de las presentes Bases Administrativas.
·
Subcontratación total.
· Subcontratación
parcial, sin autorización previa de la Directora.
· Cuando el Prestador que
realiza el servicio, esté inhabilitado por alguna de las causales contempladas
en la normativa, de no asumir cargos en la administración del Estado; esto,
durante toda la vigencia del contrato.
Procede también término anticipado del contrato,
a aquel oferente adjudicado que haya participado bajo el artículo 180 y 181 del Decreto 661 del
2024 del Ministerio de Hacienda, según las siguientes causales:
· La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre
competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes
pertinentes a Ia Fiscalía Nacional Económica.
· Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a
cualquiera de sus miembros.
· inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que
la Unión Temporal de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el contrato
con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
· Si uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho
integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de
la oferta.
· Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b) En el caso previsto en el inciso segundo del
artículo 33 de la ley N°21.595, de Delitos Económicos.
c)
En caso de que el contratista se le imponga la pena de inhabilitación
para contratar con el estado prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley
N°20.393, sustituidos por el articulo 50 de la Ley
N°21.595.
d) Estado de notoria
insolvencia del adjudicado, a menos que
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Registrar
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a
la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) En
caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
g) Si
cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y
obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial,
de los establecidos en el contrato definitivo, sin autorización del hospital.
h) Por
exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i) Resciliación
o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de acreditarse incumplimiento del
contrato de servicios, que origine el término anticipado de contrato, el Área
de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor en el domicilio
indicado en el contrato, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles
para presentar sus descargos, a contar de la notificación de la carta
certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes
del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio
administrativo, en Avenida Alto Horno Nº 777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando
el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto
“descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus
descargos, se entenderá aceptado el término anticipado de contrato. En caso de
presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital
disponga y/o el contratante haya aportado, a la Directora del Establecimiento,
o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos
contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o
acogerlos.
De acoger o rechazar los descargos
presentados por el contratante, éste será debidamente notificado mediante
oficio a su domicilio indicado en el contrato.
En el caso de resolver el término anticipado
del contrato, se procederá a dictar la resolución respectiva, el que será
debidamente notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado
Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto,
el contratante podrá deducir en contra de la resolución que ponga término
anticipado al contrato de servicios, los recursos contemplados en la ley 19.880
que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado.
Si el término anticipado del contrato obedece a uno de los puntos
consignados en las causales de las letras h) e i), sólo, se dictará el acto
administrativo respectivo que dispondrá el término anticipado del contrato.
36. ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
Ø
El valor ofertado por hora en
comprobante de la oferta del portal mercado público debe coincidir con
el valor hora total (valor hora del prestador + gastos de administración)
indicado en el formulario N°4.
37. OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El
adjudicado
queda especialmente sujeto a las disposiciones
contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de éste, en
las relaciones que mantenga con sus trabajadores, en especial a las normas relativas
a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento
del Hospital Higueras.
Otras obligaciones del Adjudicado:
a. El
adjudicado
deberá dar cumplimiento a las obligaciones
contractuales y previsionales respecto a sus trabajadores.
b. En
la valorización de los servicios se deberá considerar los salarios, leyes sociales,
seguros, implementos de seguridad, transportes materiales, equipos y, en general,
todos los gastos inherentes a las características de los servicios a prestar.
1º.
TÉNGASE presente que los
documentos singularizados en el numerando primero, esto es, Bases Administrativas,
especificaciones técnicas y Formularios, forman parte integrante de la presente
Resolución, para todos los efectos correspondientes. Los formularios son los siguientes:
FORMULARIO
N°1
IDENTIFICACION
DEL OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO
FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE
DEL OFERENTE (RAZON SOCIAL) :
2.- RUT.
DEL OFERENTE (DE LA EMPRESA) :
3.- DIRECCION
COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE
COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION
REPR. LEGAL :
8.- FONO
REPR. LEGAL :
9.- RUT.
REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO
ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante legal
Talcahuano, __________________________, 2025
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE
DEL OFERENTE (Nombre y apellidos) :
2.- RUT
(Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION
U OFICIO :
5.- DIRECCION
:
6.- FONO :
7.- CORREO
ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, __________________________, 2025
FORMULARIO N°2
DECLARACION JURADA DE INHABILIDAD
PERSONA NATURAL O PERSONA
JURIDICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA
AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
No he sido condenado, o mi representada
no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro
de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada,
con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración,
contempladas en artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886 y artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
Mi representada no ha sido condenada
a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado,
por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
No he sido condenado por los Tribunales
de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos
Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que
se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como
socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración,
a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
No soy ni he sido durante el periodo
de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo
del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o
su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del
organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los
vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo,
adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad
inclusive).
No integro la nómina de personal
del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado
a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos
o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter
de la ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado
de consanguinidad o afinidad).
Mi representada no es una sociedad
de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más
de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen
parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad
en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o
más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean
accionistas o beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad
anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos
cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más
del capital o sean beneficiarias finales.
No soy gerente, administrador, representante
o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
1.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz,
completa, verificable y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar
a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse
en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal,
que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso
testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor
en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.
2.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2025
FORMULARIO
N°3
DATOS
DEL PRESTADOR
(Prestadores
que realizarán los turnos)
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO
FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
|
Nombre prestador
que ejecutará servicios
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Cédula Identidad
|
N° Registro
Superintendencia de Salud
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Firma del
Prestador
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|
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v Al firmar el presente formulario, los prestadores de servicios ratifican
su participación, aceptan las disposiciones de las bases administrativas y se
adhieren a las condiciones de la oferta presentada por el proveedor.
v
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________,
2025
FORMULARIO N°4
OFERTA ECONÓMICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO
FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
|
Líneas
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Requerimiento
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Cantidad de horas
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valor hora del prestador
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Gastos de administración
|
Valor hora total
(valor hora del prestador + gastos de
administración)
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Valor total ofertado
(Cantidad de horas x valor hora total)
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098-0014
|
SERVICIOS DE QUÍMICO FARMACEÚTICO, PARA
LA UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS
|
4.600
|
$ 11.620
|
$
|
$
|
$
|
|
VALOR TOTAL NETO OFERTADO
|
$
|
Observaciones:
Ø El
oferente no puede alterar el valor hora del prestador.
Ø El
oferente debe indicar el gasto de administración.
Ø
El valor por hora ofertado en comprobante
de la oferta del
portal mercado público debe coincidir con el valor hora total (valor hora del prestador +
gastos de administración) indicado en el presente formulario N°4.
Ø El
oferente que no presente el Formulario “Oferta Económica”, o no complete o presentación
incompleta, a más tardar al cierre de la presentación
de las ofertas, esto es, el día décimo primero contado
desde la fecha de
publicación de las Bases
Administrativas en el Portal Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
Ø
Los servicios son exentos de IVA.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
__________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________,
2025
FORMULARIO N° 5
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO
FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El oferente deberá indicar en este formulario los siguientes datos de contacto,
para coordinar la prestación de los servicios licitados.
Nombre de contacto ______________________________________________
Correo electrónico ________________________________________________
N° de teléfono ____________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________,
2025
FORMULARIO N°6
CUMPLIMIENTO PROGRAMA
DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE QUÍMICO
FARMACÉUTICO PARA LAS UNIDAD DE FARMACIA AMBULATORIA DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El compareciente, en su calidad de representante legal
del proponente, declara bajo juramento que:
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Programa de integridad
|
SÍ
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NO
|
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Cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
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|
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
__________________________
Firma
Talcahuano, ________________________________,
2025