Licitación ID: 407-12-LE26
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Fecha de Cierre: 06-02-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 352
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 12 Unidad
Cod: 73152101
MANTENCION PREVENTIVA DE EQUIPO BALON DE CONTRAPULSACION 40-025-105-234-00  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA
Estado:
Publicada
Descripción:
El HGGB necesita contar con el Servicio de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA pertenecientes a diferentes servicios del establecimiento, por un periodo de 24 meses. Solicitado por Profesional Departamento Equipos Médicos, en requerimiento S-COM 22046 de fecha 09 de enero de 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital HGGB Operaciones
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martín 1436 Concepcion
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-02-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-01-2026 13:11:11
Fecha inicio de preguntas: 27-01-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 31-01-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-02-2026 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-02-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-02-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-04-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: - Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses. - Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo. - Formulario Nº3 Declaración jurada de socios. - Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores. - Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores - Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad. - Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica. - Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio y Excluyente: contiene Informacion relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas). - Formulario Nº8 Identificación del Oferente - Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones - Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios - Formulario N°12 Declaración jurada difusión pacto de integridad (Obligatorio y Excluyente sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con difusión del pacto de integridad, información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas). Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria: a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4. b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas”, siendo excluyente completar los anexos técnicos solicitados por la unidad requirente equipos médicos. d) Idealmente incluir fichas técnicas, fotografías o Catálogos en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).
 
Documentos Económicos
1.- a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido. b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases. c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7. d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en el área solicitada El oferente que acredite mediante contratos y/o resoluciones (no se aceptará otro tipo de documento), el mayor tiempo (años) en la sumatoria de la vigencia de la prestación en sector de salud, según el siguiente rango de tiempo: • Mayor o igual a 10 años: 10 Puntos. • Mayor o igual a 5 años menor a 10 años: 5 Puntos. • Menor a 5 años: 2 Puntos. • Sin experiencia y/o No acredita: 0 Puntos. 10%
2 Tiempo de respuesta ante emergencias Tiempo de respuesta en terreno para emergencias y/o mantenimientos correctivos será evaluado en horas corridas como sigue: • Tiempo menor o igual a 48 horas: 10 puntos. • Mayor a 48 horas: 0 puntos. • No indica tiempo de respuesta: Inadmisible. El plazo comienza desde la solicitud realizada por profesional de Departamento de Equipos Médicos, mediante correo electrónico. 10%
3 Precio A menor precio, mejor puntaje. Fórmula= (menor precio ofertado/precio evaluado) x 50 *Se aplicara la formula en base a monto total que se obtenga de la sumatoria del valor unitario neto ofertado de todos los ítems de la línea global postulada, según Anexo N°1 “Listado valorización y tiempo de entrega de repuestos” 50%
4 Entrega Documentos formales - Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre = 3 puntos. - Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 1 punto. - No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= Oferta inadmisible. 3%
5 Representatividad de la Marca Se deberá acreditar esta condición, mediante certificado emitido por empresa dueña de la marca, indicando que oferente es su representante. Este certificado debe estar vigente. • Presenta certificado de representatividad de la marca: 25 puntos • No lo presenta :0 puntos. 25%
6 Difusión pacto integridad trabajadores empresa Este criterio se evaluado en base al formulario N°12”Difusión pacto de integridad a trabajadores de la empresa”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal. El Puntaje será asignado en base a: - Proveedor respalda la difusión del pacto de integridad= 2 puntos - Proveedor no respalda la difusión del pacto de integridad = 0 puntos. *Como respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y adjuntar formulario N°12 firmado. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto disponible es por el total IVA incluido.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodríguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se Prohíbe la subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
A.- BASES ADMINISTRATIVAS

1. PRODUCTOS/SERVICIOS REQUERIDOS:

1

Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación

12 unidades

Cod: 73152101

MANTENCION PREVENTIVA DE EQUIPO BALON DE CONTRAPULSACION

40-025-105-234-00

 

2. CARACTERISTICAS DE LA LICITACION

Nombre de la licitación

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA

Descripción

El HGGB necesita contar con el Servicio de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA pertenecientes a diferentes servicios del establecimiento, por un periodo de 24 meses. Solicitado por Profesional Departamento Equipos Médicos, en requerimiento S-COM 22046 de fecha 09 de enero de 2026.

Tipo de licitación

Licitación Pública superior o igual a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)

Vigencia

Será de 24 meses, desde la fecha de adjudicación en portal mercado público.

Tipo de convocatoria

ABIERTO

Moneda

Peso Chileno

Etapas del proceso de apertura

Una Etapa

Contrato

No requerirá suscripción de contrato

Toma de razón por Contraloría

NO requiere Toma de Razón por Contraloría    

Publicidad de ofertas técnicas

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.

  1. ORGANISMO DEMANDANTE

Razón social

HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION

Unidad de compra

Hospital HGGB Abastecimiento General

R.U.T.

61.602.189-3

Dirección

San Martin 1436 Abastecimiento General

Comuna

Concepción

Región en que se genera la licitación

Región del Biobío

  1. CALENDARIO DE LICITACIÓN

Fecha inicio de preguntas

A partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas.

Fecha final de preguntas

4 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 17:00hrs.

Fecha de publicación de respuestas

5 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación, a las 17:01 hrs.

Fecha de cierre de recepción de la oferta

10 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas

Fecha de acto de apertura técnica y económica

10 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:01 hrs.

Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas

20 días corridos, a partir de la fecha de apertura

Fecha de Adjudicación

60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas a las 17:00hrs.

El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.

  1. OTRAS FECHAS QUE SE ENTIENDEN PARTE DEL CALENDARIO

Fecha suscripción contrato

Contrato será formalizado con el envío de la orden de compra en portal Mercadopublico.cl

  1. ETAPAS Y PLAZOS   

Convocatoria a Propuesta

Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.

Entrega de antecedentes para postulación

Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.

Recepción de consultas

Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).

Respuesta a Consultas

La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas.  Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.

Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl

Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.

Recepción Física de las Propuestas

Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del HGGB, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.

Apertura de las Propuestas

La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.

Fecha de adjudicación

Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl

De Los Plazos De La Presente Licitación

Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.

  1. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

7.1. Documentos administrativos, formales.

Documentos Administrativos

El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta:

-      Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses.

-      Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo.

-      Formulario N°2 Declaración Jurada Sin condenas por Tribunal

-      Formulario Nº3 Declaración jurada de socios.

-      Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores.

-      Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores

-      Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad.

-      Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.

-      Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio y Excluyente: contiene Información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).

-      Formulario Nº8 Identificación del Oferente

-      Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones

-      Formulario N°10 Declaración Unión Temporal de Proveedores

-      Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios

-      Formulario N°12 Declaración jurada difusión pacto de integridad (Obligatorio sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con difusión del pacto de integridad, información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).

Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.

7.2. Documentos Técnicos

El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente:

a)     La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4.

b)     Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.

c)     El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados según corresponda).

d)     Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).

7.3. Documentos Económicos

a)    La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.

b)    La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases.

c)    En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7.

d)    Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.

e)    En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal.

  1. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO

8.1. PERSONA NATURAL

8.1.1.     Requisitos para ofertar:

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
  • Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
  • Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.

8.1.2.     Requisitos para ser contratado:

  • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
  • No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo cual deberá ser acreditado a través de los formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, de las presentes bases administrativas.
  • Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
  • Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
  • Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.

8.2. PERSONA JURÍDICA

8.2.1. Requisitos para ofertar:

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • (Acreditar en formulario N°2).
  • Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
  • Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886

8.2.2. Requisitos para ser contratado:

  • El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causal de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
  • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
  • Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886

Documentos persona jurídica

  • Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
  • Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a lo dispuesto en el art. 35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A)
  • Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6)
  • Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
  • Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
  • Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
  • Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato

En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo, de dicha Ley

8.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES

Requisitos UTP al momento de ofertar:

  • Requisitos UTP al momento de ofertar:
  • Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
  • Completar Formulario N°10
  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
  • Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.1 y 8.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
  • Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
  • El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causal de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
  • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 1 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
  • Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el  Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. Cuando se trate de UTP, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 182 y 183 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.

Requisitos para ser contratado:

  • No estar afecto a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado, previsto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595
  • La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, según lo dispuesto en el artículo 180 de reglamento de compras públicas.
  • La UTP Deberá materializarse por escritura pública, en donde los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
  • Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.2. y 8.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.

Documentos para contratar:

  • Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
  • Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6).
  • Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
  • Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto a las disposiciones del art.35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A).
  • Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
  • Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
  • Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.

  1. Criterios de evaluación

Criterio

Descripción

Puntaje

1. Difusión pacto de integridad a trabajadores de la

Este criterio se evaluado en base al formulario N°12” Difusión pacto de integridad a trabajadores de la empresa”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal. Puntaje será asignado en base a:

• Proveedor respalda la difusión del pacto de integridad= 2 puntos

• Proveedor no respalda la difusión del pacto de integridad = 0 puntos.

*Como respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y adjuntar formulario N°12 firmado.

2 puntos

2. Representatividad de la Marca

Se deberá acreditar esta condición, mediante certificado emitido por empresa dueña de la marca, indicando que oferente es su representante. Este certificado debe estar vigente.

•          Presenta certificado de representatividad de la marca: 25 puntos

•          No lo presenta :0 puntos.

25 puntos

3. Entrega Documentos Formales

  • Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 3 puntos.
  • Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 1 puntos.

3 puntos

4. Precio

PRECIO MINIMO OFERTADO donde los puntajes serán asignados con la siguiente fórmula:

(Precio mínimo ofertado /Precio Oferta) *50

50 puntos

5. Tiempo de respuesta ante emergencias

Tiempo de respuesta en terreno para emergencias y/o mantenimientos correctivos será evaluado en horas corridas como sigue:

  • Tiempo menor o igual a 48 horas: 10 puntos.
  • Mayor a 48 horas: 0 puntos.
  • No indica tiempo de respuesta: Inadmisible.

El plazo comienza desde la solicitud realizada por profesional de Departamento de Equipos Médicos, mediante correo electrónico.

10 puntos

6.Experiencia en el área solicitada

El oferente que acredite mediante contratos y/o resoluciones (no se aceptará otro tipo de documento), el mayor tiempo (años) en la sumatoria de la vigencia de la prestación en sector de salud, según el siguiente rango de tiempo:

  • Mayor o igual a 10 años: 10 Puntos.
  • Mayor o igual a 5 años menor a 10 años: 5 Puntos.
  • Menor a 5 años: 2 Puntos.
  • Sin experiencia y/o No acredita: 0 Puntos.

10 puntos

  • La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems
  • La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
  • Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.

10. Montos y Duración del Contrato

Fuente de financiamiento

Presupuesto HGGB

Contrato con Renovación

NO

Monto total estimado

$10.500.000.-

Observaciones

Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 5.000 UTM

Tiempo del Contrato

Será de 24 meses, desde la fecha de adjudicación en portal mercado público.

Plazos de pago

El pago será según ordenes de compra por el periodo de 24 meses, repuestos se solicitarán según necesidad y autorización de Cr. Operaciones, dentro del plazo de 30 días contados desde su recepción, acorde a lo establecido en el artículo 133 del Decreto N°661, del año 2024.

Opciones de pago

Transferencia Electrónica

Responsable de pago

Loreto Rodríguez Neira

e-mail de responsable de pago

lrodriguezn@ssconcepcion.cl

Responsable de contrato

Krishna Araneda Jorquera

e-mail de responsable de contrato

abastgeneral@ssconcepcion.cl

Teléfono responsable de contrato    

56-41-2723062

Prohibición de subcontratación

Se Prohíbe la subcontratación

11. Generalidades

Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.

12. De la Obligación de Confidencialidad

El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.

13. Cláusula de Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

14. Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

  • Precio
  • Representatividad de la marca
  • Experiencia en el área solicitada
  • Tiempo de respuesta ante emergencias
  • Entrega Oportuna de Documentos
  • Difusión pacto de integridad

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingreso primero en el portal mercado público, de acuerdo a lo indicado en el comprobante de ingreso de la oferta.

15. Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

16. Modalidad de Pago

El pago será según ordenes de compra generadas en el periodo de 24 meses, según se indica en Especificaciones Técnicas, dentro del plazo de 30 días contados desde su recepción conforme en Bodega de Servicios perteneciente a Cr. Operaciones, acorde a lo establecido en el artículo 133 del Decreto N°661, del año 2024.

La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS

La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.

El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores. En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.

Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

    

   

   

   

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:

1.  Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.

2.  Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.

Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

17. Definiciones

Director: Sr. Claudio Baeza Avello

Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII Región, Concepción.

Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente

Unidad Técnica: Abastecimiento General

18. Unidad técnica

Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. CR. Operaciones.

19. Documentos de la Licitación

Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:

-      Las presentes Bases Administrativas. 

-      Las consultas y respuestas.

-      Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.

-      Los Formularios.

-      La oferta adjudicada.

-      La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.

-      Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.

El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación, El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.  Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.

20. De Los Proponentes

Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.

21. Ingreso de las Ofertas en el Portal

Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de los procesos de compra fuera del Sistema de Información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la Entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.

  1. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

  1. Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo fundado.

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.

Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.

22. Modificación de los Documentos de la Licitación

El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.

Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl

23. Validez de la Oferta

Las ofertas tendrán una validez mínima de 180 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

24. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

  1. Jefe Abastecimiento General
  2. Jefe CR operaciones
  3. Jefe Departamento Equipos Médicos

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.

Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.

Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.

Funciones de la comisión:

a)    Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

b)    Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. 

c)    Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

d)    De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

e)    Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital. 

f)     En el caso de presentarse la situación regulada en el 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

g)    Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. 

h)    En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.

i)     Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.

25. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos / ART 56 DEC 661

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

  1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
  2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
  3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.

26. De la Adjudicación

Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la o las oferta que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.

La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:

a)    Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.

b)    Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.

c)    Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.

d)    Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.

En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.

El HGGB se reserva el derecho de: 

  1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
  2. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas.
  3. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
  4. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.

El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.

27. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico al Jefe Unidad de Abastecimiento General kmorales@ssconcepcion.cl y a responsable del proceso de compra Krishna Araneda Jorquera al mail abastgeneral@ssconcepcion.cl. Según lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 661).

28. Aumentar o Disminuir Partidas

Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

29. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social

Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

30. Del Factoring y Prohibición de Cesión

El HGGB respetará los contratos de Factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.

31. Del incumplimiento y sus Sanciones

Las faltas se señalan a continuación, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor:

  • Las faltas o incumplimientos de las exigencias técnicas del convenio serán supervisadas por el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.
  • Las faltas o incumplimientos de las exigencias técnicas del convenio, implicará el cobro de multas, las cuales se detallan a continuación:

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Leve

6 UTM

Gestión Administrativa y Documental

  1. No informar con al menos 1 semana (7 días corridos) de anticipación la fecha y hora de ejecución del servicio preventivo al profesional responsable del soporte técnico del equipo y dependiente del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.
  2. No notificar, dentro de 48 horas corridas posteriores a la ejecución del servicio, la información general del mantenimiento (fecha, actividades, técnicos participantes, estado del equipo y repuestos utilizados si aplica) al profesional responsable del soporte técnico y dependiente del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

Ejecución Técnica y Operativa

  1. Retraso o postergación de hasta 1 semana (7 días corridos) desde la fecha originalmente acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 48 horas corridas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3 (EE.TT.)

Condición del Equipo y Seguridad

El equipo queda clasificado como Operativo con Observaciones debido a deficiencias menores atribuibles a la ejecución del mantenimiento (por ejemplo, calibraciones imprecisas, ajustes incompletos o pruebas de verificación no concluyentes), sin afectar su funcionamiento principal, pero requiriendo revisión o corrección posterior.

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Moderada

8 UTM

Gestión Administrativa y Documental

Retraso o postergación de hasta 2 semanas (14 días corridos) desde la fecha originalmente acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.

Ejecución Técnica y Operativa

  1. No aplicación de la pauta de fábrica o de la pauta mínima exigida (si aplica) de acuerdo a lo establecido en el componente técnico del punto 3.1.1. (EE.TT.)
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 72 horas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3. (EE.TT.)
  3. Coordinaciones o intervenciones realizadas directamente con el servicio clínico y sin autorización del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

Condición del Equipo y Seguridad

El equipo queda no operativo luego de una acción preventiva o correctiva con o sin repuestos previamente determinados por el Servicio Técnico, provocando que el equipo permanezca fuera de servicio.

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Grave

10 UTM

Gestión Administrativa y Documental

  1. No informar o reemplazar personal técnico sin autorización previa del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, o presentar funcionarios que no cuenten con las certificaciones o entrenamientos declarados conforme a lo dispuesto en el punto 3.1 del Anexo N°2. (EE.TT.)
  2. No incluir en los informes técnicos el número de serie del equipo patrón y/o de medición utilizado en los mantenimientos, o sustituir dichos equipos sin autorización previa y sin acreditar su calibración vigente, conforme a lo declarado en el Anexo N°2. (EE.TT.)

Ejecución Técnica y Operativa

  1. Retraso o postergación de 3 semanas (21 días corridos) o más desde la fecha acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 96 horas corridas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3. (EE.TT.)

Condición del Equipo y Seguridad

  1. Equipo no operativo tras una acción correctiva o preventiva con o sin cambio de repuestos determinados por el Servicio Técnico, generando daños a pacientes.
  2. No envío de equipo de respaldo (Backup) a tiempo, incumpliendo las condiciones establecidas en el punto 3.2.7 (EE.TT.) del convenio.

Las multas son acumulativas, y el contrato podrá darse por terminado anticipadamente si ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:

•          Acumulación de 2 faltas graves.

•          Acumulación de 4 faltas moderadas.

•          Acumulación de 6 faltas leves.

La naturaleza acumulativa de las multas se aplicará según el tipo de incumplimiento, conforme se indica a continuación:

  • En el caso de multas asociadas a tiempos de respuesta o ejecución, estas se aplicarán de manera acumulativa cada vez que se excedan los plazos definidos en las causales descritas en la presente sección. El cómputo del tiempo se iniciará a partir de la detección del incumplimiento. Si transcurrido el plazo establecido la situación no se ha subsanado, se aplicará una nueva multa por cada período adicional equivalente al originalmente estipulado, repitiéndose este proceso mientras el incumplimiento persista.
  • Las multas relacionadas con incumplimientos de calidad se aplicarán de forma acumulativa cada vez que se verifique una o más causales de no conformidad señaladas en la presente sección. Cada evento de incumplimiento en materia de calidad generará una nueva multa, independientemente de si ocurre de manera simultánea o recurrente en el tiempo.

Independiente de lo anterior, la empresa deberá cumplir y entregar todos los mantenimientos preventivos o correctivos pendientes hasta la fecha efectiva de término del contrato la cual, de acuerdo a los antecedentes y regulaciones vigentes, será revisada y aprobada en conjunto con la Unidad de Multas, Unidad de Jurídica y Subdirección Administrativa.

No obstante lo anterior, el establecimiento se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, cuando lo estime necesario para resguardar la seguridad de los pacientes y asegurar la continuidad de la atención clínica, sin perjuicio de las sanciones que correspondan

Sin embargo, la empresa puede emitir una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada de acuerdo al procedimiento establecido en las bases administrativas y el protocolo de multas aplicado por la unidad de multas del hospital.

El tope máximo para el cobro de multas, es el 30% del valor Neto del contrato, de acuerdo a articulo 13 ter de la Ley N° 19.886 y artículo 136 del reglamento 661.

De acuerdo a lo indicado en inciso quinto del artículo 13 ter de la Ley N° 21.634: “Con todo, la entidad contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud del presente artículo, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.”

32. Procedimiento para Aplicación de Sanciones

En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable, una situación que amerite una posible aplicación de multas, se le informará aquello mediante oficio remitido a correo electrónico del proveedor designado para el efecto a través de la plataforma Mercado Publico, módulo gestión de contratos, “gestión de sanciones”, según lo señalado en art. 140 del Decreto N°661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Una vez comunicado el inicio del procedimiento sancionatorio, conforme a lo dispuesto en el inc. 2° del art. 9 del Decreto 661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, modulo gestión de contratos.

Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará el respectivo acto administrativo pronunciándose respecto de la procedencia de la multa.

Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se resolverá mediante acto administrativo fundado, comunicándose aquel a través de plataforma mercado público, módulo gestión de contratos “Sanción Aplicada”.

Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

SOBRE COMPENSACIÓN DE CUENTAS POR PAGAR CON MULTAS APLICADAS

El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. Si no existe pago ni depósito, estas multas se podrán descontar efectuando cobro al Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, según corresponda. Si una vez efectuada todas las gestiones anteriores aún persiste un monto adeudado, el Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.

33. Del Contrato y orden de compra

El contrato que se suscriba tendrá una vigencia de 24 meses, desde la fecha de la resolución de adjudicación publicada en portal de mercado público.

Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución Adjudicataria.

En el caso de aquellos contratos de monto superior a 5.000 UTM, la suscripción del contrato el contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.

Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.

Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario y la tramitación será realizada en una notaría de la ciudad de Concepción. En consecuencia, el HGGB no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, a su protocolización y a los actos que de él se deriven

34. Vigencia y renovación

Será de 24 meses, desde la fecha de adjudicación en portal mercado público.

Renovación: No se contempla renovación.

35. Del consumo

El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos, durante los 24 meses que dura el contrato. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.

36. De la recepción y despacho

El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Salida Inmediata de Repuestos perteneciente a CR Operaciones   mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos médicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.

37. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato

De las modificaciones:

Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).

Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

  1. Que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato
  2. La acumulación de 2 faltas graves, 4 faltas moderadas o 6 faltas leves da lugar al Hospital a evaluar el dar término anticipado del contrato.
  3. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
  6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  7. Se pondrá término anticipado al contrato en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 21.595, de delitos económicos.
  8. Se pondrá termino anticipado al contrato, cuando el proveedor adjudicado se le sancione con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N° 21.595.
  9. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:

En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.

En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.  

El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.

B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Servicio de Mantenimiento Preventivo y Reparativo para Equipos de Contrapulsación Aórtica de la Unidad de Cuidados Intensivos Coronaria del Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente

  1. Generalidades

Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto establecer los requerimientos mínimos para la contratación de un Convenio de Mantenimiento Preventivo y Reparativo aplicable a Equipos de Contrapulsación Aórtica, utilizados en la Unidad de Cuidados Intensivos Coronaria del Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, individualizados en el Anexo N°1.

El convenio tiene como finalidad asegurar la continuidad operativa, seguridad clínica y correcto funcionamiento de un equipamiento de alta complejidad y criticidad, destinado al soporte hemodinámico cardíaco–circulatorio de pacientes con patologías cardiovasculares agudas o sometidos a procedimientos cardíacos, mediante la ejecución oportuna y conforme a estándares y protocolos del fabricante de servicios de mantenimiento preventivo y reparativo.

El convenio comprenderá la ejecución de mantenimientos preventivos programados y la prestación de servicios de mantenimiento correctivo, incluyendo diagnóstico, reparación y atención de fallas durante toda su vigencia.

El Hospital facilitará el acceso a los equipos y coordinará, a través del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, la planificación, supervisión y validación de los servicios. El Servicio Técnico adjudicatario deberá ejecutar las prestaciones conforme a las presentes Especificaciones Técnicas, a los protocolos institucionales y a las recomendaciones del fabricante, resguardando en todo momento la seguridad del paciente, del personal clínico y la confiabilidad del equipamiento.

El convenio tendrá la vigencia establecida en el respectivo acto administrativo o contrato, período durante el cual el Servicio Técnico deberá mantener las condiciones técnicas, operativas y documentales exigidas, respondiendo oportunamente a los requerimientos del Hospital, con el objeto de asegurar la continuidad de las prestaciones clínicas asociadas a los equipos de Contrapulsación Aórtica objeto del convenio.

  1. De las empresas participantes

Los equipos objeto de las presentes Especificaciones Técnicas corresponden a Equipos de Contrapulsación Aórtica, los cuales constituyen equipamiento de alta complejidad y criticidad clínica, destinados al soporte hemodinámico cardíaco–circulatorio de pacientes sometidos a procedimientos cardiovasculares o que presentan patologías cardíacas agudas. Atendida la naturaleza y finalidad de este equipamiento, resulta indispensable que el Servicio Técnico cuente con la capacidad técnica, experiencia y respaldo documental necesarios para garantizar su correcto funcionamiento, resguardando en todo momento la seguridad del paciente y la calidad de la atención clínica. En consecuencia, el Servicio Técnico deberá dar estricto cumplimiento a todas las exigencias establecidas en las presentes Bases, las cuales serán verificadas mediante la documentación solicitada y, en particular, siendo requisito excluyente la firma y aceptación íntegra de los Anexos N°2 y N°3, en los términos allí establecidos.

2.1.1.  Toda la información y documentación exigida deberá completarse y adjuntarse en los anexos correspondientes, además presentarse conforme se solicita en el Anexo N°2. La entrega íntegra y correcta de dicho anexo, junto con los documentos de respaldo solicitados, es obligatoria y constituye un requisito excluyente.

2.1.2.  Se entenderá, para los efectos de las presentes Bases, que el Servicio Técnico cuenta con la capacidad técnica exigida con la que podrá dar cumplimiento íntegro de los requisitos técnicos, operativos y documentales establecidos en estas Especificaciones Técnicas, lo que, para efectos de su verificación inicial, podrá demostrarse mediante la acreditación de su condición de fabricante, representante autorizado de la marca o del fabricante, o mediante la acreditación de experiencia suficiente, expresada en años, en la prestación de servicios de mantenimiento preventivo y reparativo de los equipos de Contrapulsación Aórtica detallados en el Anexo N°1, conforme a la documentación exigida correspondiente.

2.1.3.  El Servicio Técnico deberá contar con los instrumentos y/o equipos de medición necesarios para la correcta ejecución de los trabajos y/o servicios de Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo, según corresponda, aplicables a los equipos objeto del presente convenio.

Como requisito mínimo, el Servicio Técnico deberá disponer de un Simulador de Prueba para Bomba de Balón Intraaórtica.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el Servicio Técnico utilice otros instrumentos y/o equipos de medición para la ejecución de los servicios de mantenimiento, estos deberán ser debidamente declarados en el Anexo N°2, adjuntando los certificados vigentes de calibración correspondientes. En aquellos casos en que los instrumentos y/o equipos de medición utilizados no requieran calibración, dicha condición deberá ser debidamente acreditada, ya sea mediante documentación emitida por el fabricante del instrumento o mediante certificado emitido por el propio Servicio Técnico, en el cual se dé cuenta fundada de esta circunstancia.

El requerimiento de esta información y de sus respaldos exigidos constituirá un requisito excluyente.

2.1.4.  El personal que ejecute los servicios deberá estar calificado, contando con certificación de capacitación o entrenamiento de fábrica para los equipos del N°1. Esta información deberá detallarse en el Anexo N°2, junto con los certificados correspondientes, constituyendo un requisito excluyente.

2.1.5.     Asimismo, el Servicio Técnico deberá acreditar acceso a repuestos originales para los equipos del N°1, mediante certificado emitido por el fabricante o documento propio de compromiso que lo acredite, constituyendo un requisito excluyente.

  1. Trabajos a realizar

Para la correcta ejecución de los servicios comprendidos en el presente convenio, deberán considerarse todos los elementos, actividades y recursos inherentes a su desarrollo, incluyendo, a lo menos: limpieza, ajustes, calibraciones, verificaciones de partes y de calidad, diagnósticos de fallas, así como el suministro de insumos básicos y repuestos asociados a los servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo, según corresponda.

Asimismo, el convenio deberá incluir la provisión y el reemplazo de todos los repuestos requeridos por razones preventivas, conforme a la periodicidad y recomendaciones establecidas por el fabricante, considerando, según corresponda, factores tales como el año de fabricación, número de serie, modelo y/o registros históricos de reemplazos de dichos repuestos. En todo caso, se exigirá como requisito mínimo el reemplazo de las baterías de cada uno de los equipos durante la vigencia del convenio, sin costos adicionales para el Hospital.

3.1.      SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

3.1.1.  Se entenderá como Servicio de Mantenimiento Preventivo a un conjunto de actividades tanto técnicas como administrativas, que tienen como objetivo prevenir posibles averías o fallas del Equipo.

•          Componente técnico: Se incluyen chequeos técnicos de todas las piezas y partes, controles de servicio y funcionamiento, pruebas de rendimiento, actualizaciones mandatorias de fábrica, todo conforme a protocolo de mantenimiento preventivo recomendado por fábrica y/o pauta mínima exigida.

•          Componente Administrativo: En general, deberá ajustarse a lo indicado en el Anexo N°5, y en particular comprenderá; (1) Documento de Ejecución del servicio que resuma el trabajo desarrollado y clasificación del estado del equipo y la (2) Pauta de Chequeo Aplicada (incluyéndose pauta mínima interna del establecimiento, si aplicase).

El Servicio Técnico deberá remitir al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, dentro de un plazo máximo de 48 horas corridas contadas desde la ejecución del servicio y vía correo electrónico, la información general de las actividades realizadas, indicando de manera clara el estado del equipo y, cuando corresponda, los requerimientos técnicos particulares identificados para cada uno de ellos.

Finalmente, el servicio de Mantenimiento Preventivo implicará la ejecución de dos mantenimientos preventivos anuales por cada equipo, es decir, cuatro mantenimientos preventivos para cada equipo durante la vigencia del convenio.

3.1.2.  La calendarización de cada servicio de Mantenimiento Preventivo, será determinada y formalizada vía correo electrónico por el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

3.1.3.  Luego de la ejecución de cada servicio de Mantenimiento Preventivo, el Servicio Técnico deberá generar los documentos exigidos en el componente administrativo detallado en 3.1.1. La que será considerada válida mediante el nombre y firma de:

o          Responsable de la ejecución del mantenimiento.

o          Ingeniero encargado del Equipo (Departamento de Equipos Médicos).

o          Responsable Clínico del Equipo.

Finalmente, la documentación original deberá ser entregada oportunamente al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital, no obstante, la entrega de una copia al servicio clínico respectivo.

3.1.4.  Luego de la ejecución de cada servicio de mantenimiento preventivo, deberá indicarse el estado del equipo, clasificándolo en uno de los siguientes estados: Operativo, No Operativo, Operativo con Observaciones.

3.1.5.  En cada Servicio de Mantenimiento Preventivo, el Servicio Técnico deberá instalar un adhesivo que registre: nombre del Servicio Técnico, Nº de serie del equipo, Nº de inventario y fecha de ejecución del mantenimiento preventivo.

3.1.6.  Durante la ejecución de todos los Servicios de Mantenimiento Preventivo deben cambiarse todos los repuestos, insumos o consumibles que sean exigidos por fábrica, los cuales deben estar incluidos en la presente oferta.

3.2.      SERVICIO DE MANTENIMIENTO REPARATIVO

3.2.1.  Se entenderá como Servicio de Mantenimiento Reparativo a un conjunto de actividades tanto técnicas como administrativas que tienen como objeto diagnosticar/reparar/corregir averías en el Equipo.

•          Componente Técnico: Corresponderá a las actividades tanto de detección como de confirmación de averías/fallas en los equipos, junto con su reparación a través de instalación de repuestos correspondientes y posterior chequeo que corrobora el correcto funcionamiento del equipo.

•          Componente Administrativo: En general, deberá ajustarse a lo indicado en el Anexo N°5, y en particular comprenderá de informe técnico que incluye (1) informe diagnóstico, (2) informe de reparación del equipo e instalación de repuestos y lista de chequeo que corrobora el correcto funcionamiento del equipo.

El Servicio Técnico deberá remitir al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, dentro de un plazo máximo de 48 horas corridas contadas desde la ejecución del servicio y vía correo electrónico, la información general de las actividades realizadas, indicando de manera clara el estado del equipo y, cuando corresponda, los requerimientos técnicos particulares identificados para cada uno de ellos.

3.2.2.  El Servicio de Mantenimiento Reparativo se solicitará según necesidad todas las veces que se requiera durante la vigencia del convenio, para todos detallados en el Anexo N°1.

3.2.3.  El Servicio Técnico, deberá entregar como mínimo una asistencia telefónica no más tardar de 30 minutos corridos desde la notificación vía correo electrónico y de 48 horas corridas para asistencia en dependencias del Hospital, previa confirmación de la necesidad de asistencia en terreno.

3.2.4.  Posterior a la ejecución de cada servicio de mantenimiento reparativo, el Servicio Técnico deberá indicar, si corresponde, los repuestos que deban reemplazarse con su respectiva justificación y análisis técnico plasmado en un informe correspondiente.

3.2.5.  Luego de la ejecución de cada servicio de mantenimiento correctivo, deberá indicarse el estado del Equipo, clasificándolo en uno de los siguientes estados: Operativo, No Operativo, Operativo con Observaciones.

3.2.6.  Luego de la ejecución de cada servicio de Mantenimiento Preventivo, el Servicio Técnico deberá generar los documentos exigidos en el componente administrativo detallado en 3.3.1. La que será considerada válida mediante el nombre y firma de:

o          Responsable de la ejecución del mantenimiento.

o          Ingeniero encargado del Equipo (Departamento de Equipos).

o          Responsable Clínico del Equipo.

3.2.7.  El Servicio Técnico debe contemplar Equipos de Back Up, que serán solicitados previa evaluación del Profesional del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, para fallas que por cualquier circunstancia impliquen que el equipo quede fuera de servicio o no operativo por más de 5 días hábiles, no obstante, podrán ser solicitados antes de los 5 días hábiles considerando la continuidad en las prestaciones clínicas asociadas al equipo y el bien superior del paciente.

3.2.8.     El Servicio Técnico será responsable tanto del retiro como de la llegada del Equipo, repuestos o partes, en caso de ser necesario su envío a sus dependencias o de dependencias del servicio técnico hacia el hospital.

  1. Del pago o cuotas del Convenio

1.1.            El pago del convenio se asociará a la ejecución de los servicios de mantenimientos preventivos, deduciéndose de esto que el costo total del convenio deberá dividirse en el número de mantenimientos preventivos considerados durante el convenio, indicados en 3.2.2., esto es: cuatro cuotas.

1.2.            Sólo se considerarán a pago los servicios de mantenimiento preventivo efectivamente ejecutados, entendiéndose de esto como el cumplimiento según lo indicado en el punto 3.2. (Servicio de Mantenimiento Preventivo) y toda la documentación requerida debidamente validada, la que servirá, en efecto, como verificable para conceder la recepción conforme de los trabajos que implicará la aprobación del pago de facturas asociadas a órdenes de compra por concepto de cuotas de este convenio. Los informes que mencionen algún motivo por el cual no se ejecutó el servicio mantenimiento preventivo, no se considerarán a pago hasta que efectivamente se ejecuten.

  1. Otras Consideraciones

5.1.      El o los instrumentos y/o equipos de medición requeridos en las presentes especificaciones, que son aplicados durante los Servicios de Mantenimiento Preventivo y/o Reparativo, deben ser estrictamente registrados en la Hoja de Servicio Señalando: Marca, Modelo, Número de Serie, lo que debe coincidir con lo declarado y detallado en el Anexo N°2.

5.2.      El Servicio Técnico deberá mantener actualizada y vigente toda la documentación acreditada en el Anexo N°2, incluyendo los certificados de calibración de instrumentos, certificaciones de entrenamiento del personal, acreditación de acceso a repuestos originales, etc. Cualquier modificación, reemplazo o actualización de los antecedentes declarados deberá ser informada por escrito al profesional responsable del soporte técnico del equipo del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, quien evaluará su aprobación. En todos los casos, el Servicio Técnico deberá garantizar que las nuevas condiciones sean iguales o superiores a las inicialmente declaradas y aceptadas en el convenio.

5.3.      El Servicio Técnico deberá contar con un registro propio de los servicios ejecutados (preventivo o correctivo) por cada equipo (hoja de vida) de manera cronológica. Este registro podrá ser consultado en cualquier momento por personal del hospital.

5.4.      El Servicio Técnico deberá informar con al menos 1 semana (7 días corridos) de anticipación la fecha y hora de ejecución del mantenimiento preventivo al Ingeniero a cargo del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria

5.5.      El personal del Servicio Técnico deberá presentarse ante el Ingeniero a Cargo del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria antes de iniciar los trabajos, informando el servicio a ejecutar, y al término, entregar un resumen de las tareas y resultados. Si las labores se extienden fuera del horario administrativo (lunes a jueves de 8:00 a 17:00 h; viernes de 8:00 a 16:00 h), deberá informar antes de retirarse los avances y resultados parciales. En caso de trabajos realizados en sábado o domingo, deberá enviar un correo al Ingeniero a Cargo con el resumen y resultados, o informar de ellos el primer día hábil siguiente. El Servicio Técnico deberá ajustarse al protocolo de visita de mantención del establecimiento, indicado en el Anexo N° 4.

5.6.      El o los equipos que estando en convenio de mantenimiento fuesen dados de baja, podrán ser reemplazados por otro(s) equipo(s) si fuese necesario de las mismas características del equipo asociado al presente convenio y con el valor convenido en el convenio vigente.

5.7.      El proveedor con sólo presentar su oferta, declara en el Anexo N°3, el estudio de todos los                                                         documentos de la licitación, aceptando las condiciones de la misma. 

5.8.      Podrá acordarse entre las partes la extensión del contrato por plazo no superior a 6 meses en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando producto de las circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio, no sea posible contar oportunamente con un nuevo contrato y siempre que dicha extensión no supere las 1.000 UTM.

5.9.      En caso de extenderse el contrato, la boleta de garantía por fiel cumplimiento de Contrato deberá canjearse por otra de un valor similar a la que se reemplaza bajo los mismos requisitos de forma y plazo. De no hacerlo, facultará al Hospital para ejecutar dicha boleta de garantía.

5.10.   Toda Acción derivada de Alertas de Seguridad, Acciones Mandatorias de Fábrica y otras Acciones que busquen corregir fallas de fábrica, serán canalizadas a través del Encargado de Tecnovigilancia del Departamento de Equipos Médicos.

5.11.   El servicio técnico deberá ajustarse, en el caso que se indique, al sistema de registro y gestión (software) de mantenimientos que el Departamento de Equipos Médicos señale.

  1. Multas

6.1.        Las faltas o incumplimientos de las exigencias técnicas del convenio serán supervisadas por el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

6.2.        Las faltas o incumplimientos de las exigencias técnicas del convenio, implicará el cobro de multas, las cuales se detallan a continuación:

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Leve

6 UTM

Gestión Administrativa y Documental

  1. No informar con al menos 1 semana (7 días corridos) de anticipación la fecha y hora de ejecución del servicio preventivo al profesional responsable del soporte técnico del equipo y dependiente del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.
  2. No notificar, dentro de 48 horas corridas posteriores a la ejecución del servicio, la información general del mantenimiento (fecha, actividades, técnicos participantes, estado del equipo y repuestos utilizados si aplica) al profesional responsable del soporte técnico y dependiente del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

Ejecución Técnica y Operativa

  1. Retraso o postergación de hasta 1 semana (7 días corridos) desde la fecha originalmente acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 48 horas corridas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3.

Condición del Equipo y Seguridad

El equipo queda clasificado como Operativo con Observaciones debido a deficiencias menores atribuibles a la ejecución del mantenimiento (por ejemplo, calibraciones imprecisas, ajustes incompletos o pruebas de verificación no concluyentes), sin afectar su funcionamiento principal, pero requiriendo revisión o corrección posterior.

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Moderada

8 UTM

Gestión Administrativa y Documental

Retraso o postergación de hasta 2 semanas (14 días corridos) desde la fecha originalmente acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.

Ejecución Técnica y Operativa

  1. No aplicación de la pauta de fábrica o de la pauta mínima exigida (si aplica) de acuerdo a lo establecido en el componente técnico del punto 3.1.1.
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 72 horas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3.
  3. Coordinaciones o intervenciones realizadas directamente con el servicio clínico y sin autorización del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria.

Condición del Equipo y Seguridad

El equipo queda no operativo luego de una acción preventiva o correctiva con o sin repuestos previamente determinados por el Servicio Técnico, provocando que el equipo permanezca fuera de servicio.

Grado de Incumplimiento

Multa (UTM)

Causal

Descripción Detallada

Grave

10 UTM

Gestión Administrativa y Documental

  1. No informar o reemplazar personal técnico sin autorización previa del Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, o presentar funcionarios que no cuenten con las certificaciones o entrenamientos declarados conforme a lo dispuesto en el punto 3.1 del Anexo N°2.
  2. No incluir en los informes técnicos el número de serie del equipo patrón y/o de medición utilizado en los mantenimientos, o sustituir dichos equipos sin autorización previa y sin acreditar su calibración vigente, conforme a lo declarado en el Anexo N°2.

Ejecución Técnica y Operativa

  1. Retraso o postergación de 3 semanas (21 días corridos) o más desde la fecha acordada con el Servicio Técnico, por causas ajenas al establecimiento.
  2. Tiempo de respuesta en terreno superior a 96 horas corridas una vez servicio técnico es notificado vía correo electrónico de acuerdo a 3.2.3.

Condición del Equipo y Seguridad

  1. Equipo no operativo tras una acción correctiva o preventiva con o sin cambio de repuestos determinados por el Servicio Técnico, generando daños a pacientes.
  2. No envío de equipo de respaldo (Backup) a tiempo, incumpliendo las condiciones establecidas en el punto 3.2.7 del convenio.

6.3.        Las multas son acumulativas, y el contrato podrá darse por terminado anticipadamente si ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:

•             Acumulación de 2 faltas graves.

•             Acumulación de 4 faltas moderadas.

•             Acumulación de 6 faltas leves.

Independiente de lo anterior, la empresa deberá cumplir y entregar todos los mantenimientos preventivos o correctivos pendientes hasta la fecha efectiva de término del contrato la cual, de acuerdo a los antecedentes y regulaciones vigentes, será revisada y aprobada en conjunto con la Unidad de Multas, Unidad de Jurídica y Subdirección Administrativa.

6.4.        La naturaleza acumulativa de las multas se aplicará según el tipo de incumplimiento, conforme se indica a continuación:

6.4.1.     En el caso de multas asociadas a tiempos de respuesta o ejecución, estas se aplicarán de manera acumulativa cada vez que se excedan los plazos definidos en las causales descritas en la presente sección. El cómputo del tiempo se iniciará a partir de la detección del incumplimiento. Si transcurrido el plazo establecido la situación no se ha subsanado, se aplicará una nueva multa por cada período adicional equivalente al originalmente estipulado, repitiéndose este proceso mientras el incumplimiento persista.

6.4.2.     Las multas relacionadas con incumplimientos de calidad se aplicarán de forma acumulativa cada vez que se verifique una o más causales de no conformidad señaladas en la presente sección. Cada evento de incumplimiento en materia de calidad generará una nueva multa, independientemente de si ocurre de manera simultánea o recurrente en el tiempo.

6.5.        No obstante lo anterior, el establecimiento se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, cuando lo estime necesario para resguardar la seguridad de los pacientes y asegurar la continuidad de la atención clínica, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Concepción, enero de 2026.-

Anexo N°1 Listado de Equipos

La empresa oferente toma conocimiento y reconoce los equipos por los que está participando de acuerdo con la siguiente tabla:

Inventario

Equipo

Marca

Modelo

Serie

Unidad

Ubicación

1

2-62896

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0114

Policlínico Maxilofacial

Box 82

2

2-62897

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0118

Policlínico Maxilofacial

Box 83

3

2-62898

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0112

Policlínico Maxilofacial

Box 84

4

2-62899

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0119

Policlínico Maxilofacial

Box 80

5

2-62900

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0120

Policlínico Maxilofacial

Box 78

6

2-62901

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0111

Policlínico Maxilofacial

Box 76

7

2-62902

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0108

Policlínico Maxilofacial

Box 71

8

2-62903

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0109

Policlínico Maxilofacial

Box 66

9

2-62904

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0110

Policlínico Maxilofacial

Box 70

10

2-62905

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0115

Policlínico Maxilofacial

Box 64

11

2-62906

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0113

Policlínico Maxilofacial

Box 69

12

2-62907

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0116

Policlínico Maxilofacial

Box 68

13

2-62908

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0105

Policlínico Maxilofacial

Box 63

14

2-62909

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0117

Policlínico Maxilofacial

Box 67

15

2-62910

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0106

Policlínico Maxilofacial

Box 85

16

2-62911

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0121

Policlínico Maxilofacial

Box 81

17

2-62912

Sillón dental

Anthos

A3 Plus

71HU0107

Medicina Personal

Box 12

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-


Anexo N°2 Hoja de servicio prestado

La empresa adjudicadora debe entregar una hoja de servicio prestado en la que se certifique y se deje constancia del servicio prestado, esta hoja debe cumplir las siguientes características:

  1. Debe ser foliada
  2. En caso que sea realizada en papel debe ser triplicada, 1 hoja para el Servicio Clínico donde pertenece el equipo, 1 hoja para el departamento de Equipos Médicos y 1 hoja para el Servicio Técnico prestador del servicio.
  3. En la hoja de servicio prestado se deben incluir los siguientes puntos respecto del equipo y el servicio prestado:
    1. El número de inventario (interno de la institución) del equipo, número de serie, marca, modelo, servicio clínico y ubicación del equipo
    2. También se debe incluir una descripción del protocolo y servicio realizado
    3. Comentarios y observaciones
    4. Incluir si se utilizó repuesto y su detalle
    5. Se debe dejar constancia si el equipo quedó operativo o no quedó operativo
    6. Identificación del técnico que realizó el servicio y su firma
    7. Fecha en la que se realizó el servicio
    8. Tiempo estimado en horas que se destinó en el servicio
  4. Una vez finalizado el servicio, se debe solicitar primero la firma del profesional del Servicio Clínico de turno para la hoja de servicio prestado, luego si es requisito por parte de la empresa puede firmar el profesional de equipos médicos
  5. En caso que la hoja sea completada de forma manual (manuscrito) debe ser legible
  6. En caso de que la hoja esté en formato digital se debe enviar vía correo al profesional de equipos médicos
  7. Se debe utilizar un lenguaje correcto y técnico

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-


Anexo N°3 Pauta mínima de mantenimiento

La empresa adjudicataria debe cumplir con la siguiente pauta al ejecutar mantenimientos preventivos y correctivos.

Equipo

Sillón dental

Servicio Clínico

Marca

Ubicación

Modelo

Contacto empresa

Serie

Tipo de mantenimiento

Preventivo / Correctivo

Inventario

Fecha de ejecución

 

Característica a evaluar/revisar/reparar

Aprobado

Rechazado

N/A

Estado general

Verificación de la estructura general e inspección visual del equipo

Desarme y limpieza de equipo

Verificación del estado de las carcasas del equipo

Sistema eléctrico/electrónico

Verificación de sistema eléctrico y electrónico en general (conexiones, switch, PCB, PCA, etc.)

Revisión de cable de alimentación y conexión eléctrica

Revisión funcionamiento de motor y actuadores lineales eléctricos

Revisión de sensores finales de carrera

Revisión de electroválvulas de aire y agua

Verificación de control de mando electrónico (paneles frontales)

Verificación de control de mando electrónico (pedal de pies)

Verificación de movimientos básicos; respaldo y vertical

Verificación de lámpara de procedimiento (incluyendo conector)

Verificación de lámpara de radiografía (incluyendo conector)

Sistema mecánico

Limpieza y lubricación de motor y/o actuador lineal

Limpieza y lubricación de articulaciones y partes móviles

Verificación de articulaciones y estado de columna y bandeja

Sistema neumático y de agua

Verificación de pedal de pies de la pieza de manos

Verificación de mangueras de micromotor, turbina, jeringa, etc.

Verificación de mangueras de eyector y hemosuctor

Limpieza de residuos de caja separadora de sólidos

Limpieza de filtros de eyector y hemosuctor

Revisión de válvulas de paso de aire y agua

Revisión de compresor de aire y elemento regulador

Verificación y localización de fugas de aire y agua

Piezas de manos y accesorios

Verificación de funcionamiento de micromotor, turbina, etc.

Verificación de funcionamiento de eyector y hemosuctor

Verificación de funcionamiento de jeringa (aire y agua)

Verificación de funcionamiento de válvula llena vaso y de eliminación de residuos

Observaciones:

Repuestos utilizados

Cantidad

Estado final del equipo: (Operativo | Inoperativo | Operativo con observaciones | Sugerencia de baja)

Término del trabajo y recepción conforme

Responsable del trabajo

Recepción conforme

Recepción conforme

Empresa

Servicio Clínico

Depto. Equipos Médicos

Nombre

Nombre

Nombre

Firma

Firma

Firma

*Luego de la ejecución de los mantenimientos, todos los campos, a excepción de las observaciones, son obligatorios.

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-


Anexo N°4 Protocolo de visita por mantenimiento externo

La Empresa adjudicataria y su personal técnico deben cumplir con los siguientes puntos en relación a las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo:

  1. Coordinar en conjunto con departamento de Equipos Médicos la visita por mantenimiento y/o trabajo a realizar
  2. Presentarse en la fecha y hora acordada en el departamento de Equipos Médicos informar al profesional supervisor del convenio o en su defecto a secretaría, y luego dirigirse al o los servicios clínicos correspondientes en donde se encuentran los equipos
  3. Efectuar el mantenimiento preventivo o correctivo en el lugar habilitado
  4. Elaborar el informe técnico, obtener la firma de del encargado del Servicio Clínico y comentar cualquier observación o comentario relevante
  5. El profesional del Servicio Clínico tiene derecho a anotar cualquier observación, duda o reclamo en la hoja de servicio prestado
  6. Al finalizar entregar el informe en departamento de Equipos Médicos e informar a profesional de Equipos Médicos cualquier observación o comentario relevante
  7. El profesional de Equipos Médicos tiene derecho a anotar cualquier observación, duda o reclamo en la hoja de servicio prestado
  8. Todo lo anterior debe ocurrir en el horario hábil, esto es, lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y viernes de 08:00 a 16:00 horas en las dependencias del Hospital
  9. Sólo en casos de emergencias se aceptará acciones fuera del horario hábil, con el previo acuerdo entre la Empresa, Servicio Clínico y departamento de Equipos Médicos
  10. En caso de detectar la necesidad de reposición de uno o más repuestos se debe incluir en el informe técnico
  11. En caso de utilizar repuestos, proporcionados o comprados por el Hospital, la empresa debe entregar el repuesto defectuoso al profesional de Equipos Médicos para su posterior eliminación
  12. El identificador oficial de cada equipo será el número de inventario interno de la institución, o en su defecto la serie del equipo

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-


Anexo N°5 Equipos patrones

Las empresas oferentes deben contar con la calibración vigente exigida por fábrica de los siguientes equipos patrones:

Equipos patrones

Marca

Modelo

Serie

Fecha de última calibración

Analizador de seguridad eléctrica

Multímetro digital

*Agregar equipos si es necesario.

**Completar campos Marca, Modelo, Serie y Fecha de Calibración según el equipo.

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-

Anexo N°6 Dotación de Recursos Humanos

Las empresas oferentes deben indicar el recurso humano que tienen a disposición:

Personal mínimo

Cantidad

Ingenieros

Técnicos Universitarios

Otros profesionales o técnicos

*Completar el campo Cantidad

*Completar el campo Cantidad, se debe incluir títulos y cursos relevantes.

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-

Anexo N°7 Valorización por mantenimiento

La empresa oferente debe indicar la valorización por mantenimiento según la tabla adjunta, de acuerdo a la línea ofertada:

Línea

Cantidad total equipos

Cantidad de mantenimientos anual por equipo

Duración del convenio en años

Valor unitario neto*

Valor neto total (valor unitario X cantidad de equipos X cantidad de mantenimientos anuales X duración del convenio) *

Mantenimiento preventivo de Sillón dental marca Anthos modelo A3 Plus (individualizados en Anexo N°1 Listado de Equipos)

17

2

2

$

$

*En esta valorización deben estar incluidos todos los gastos asociados a la ejecución de los mantenimientos, tales como, visita a terreno, diagnóstico, calibración, lubricación, envíos, remuneraciones, movilización, alojamiento, viáticos, gastos de fletes, uso de instrumentos, herramientas, costo de mano de obra e insumos, lo anterior se considerará incorporado en la oferta. Sólo se excluyen los repuestos.

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-

 


Anexo N°8 Tiempo de respuesta y experiencia en el área

La empresa oferente debe completar la siguiente tabla indicando su oferta de tiempo de respuesta ante emergencias y su experiencia en el área solicitada:

Ítem

Característica

Oferta

1

Tiempo de respuesta ante emergencias o mantenimientos correctivos (En horas de corrido)

2

Experiencia en el área: Mantenimiento a Sillones dentales (En años, respaldado con contratos y resoluciones adjuntos)

Representante de la empresa:

RUT:

Fecha:

Firma:

Concepción, enero de 2026.-

 

D: FORMULARIOS

FORMULARIO N° 1 A

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Sin Conflicto de Intereses

(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo____________________________________________________________________

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o persona Natural) __________________

Domicilio                      ________________________________________________________

Comuna                       ________________________________________________________

Ciudad             ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa) _____________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, no posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo 35 quáter de la Ley 19.886 establecen:

Artículo 35 quáter.- Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

    La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.

    Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

    Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.

De acuerdo al Artículo 33 de la Ley N°21.595 establecen:

Artículo 33.- Inhabilitación para contratar con el Estado. La inhabilitación para contratar con el Estado impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración.

    La inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.

    La inhabilitación no comprende los actos y contratos relativos a las prestaciones personales de salud previsional o seguridad social, ni los servicios básicos que el Estado ofrece indiscriminadamente a la población.

    Si se impusiere la inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, ninguna sociedad, fundación o corporación en la que el condenado fuere directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en la administración podrá contratar con el Estado mientras el condenado mantenga su participación en ella.

    La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada. El tribunal comunicará tal circunstancia a la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Ciudad ___________________________

Fecha   ___________________________

FORMULARIO N°1 B

DE C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Con Conflicto de Intereses en Algunos Organismos

(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo____________________________________________________________________       

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o Persona Natural)

__________________ Domicilio _____________________________________________

___________________________ Comuna      ____________________________________

Cuidad ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa) __________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________,  del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada,  poseen vínculos de parentesco con funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, o con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo 35 quáter de la Ley 19.886 establecen:

Artículo 35 quáter.- Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

    La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.

    Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

    Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.”.

De acuerdo al Artículo 33 de la Ley N°21.595 establecen:

Artículo 33.- Inhabilitación para contratar con el Estado. La inhabilitación para contratar con el Estado impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración.

    La inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.

    La inhabilitación no comprende los actos y contratos relativos a las prestaciones personales de salud previsional o seguridad social, ni los servicios básicos que el Estado ofrece indiscriminadamente a la población.

    Si se impusiere la inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, ninguna sociedad, fundación o corporación en la que el condenado fuere directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en la administración podrá contratar con el Estado mientras el condenado mantenga su participación en ella.

    La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada. El tribunal comunicará tal circunstancia a la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Ciudad ___________________________

Fecha   ___________________________

”.

                       

Institución del Estado

Rut Institución del Estado

Funcionario Institución del  Estado

Funcionario Empresa

Relación de Parentesco

Ciudad ___________________

Fecha   ___________________

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

NOTA: Todos los datos solicitados deben ser completados por el representante legal, de faltar alguno de estos la declaración será rechazada.

FORMULARIO N°2

 

 

D E C L A R A C I Ó NJ U R A D A

Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo señalado en la ley 20.720, en los 2 últimos años.

Declaración jurada simple no haber sido condenados por el tribunal de defensa de la libre competencia firmado por el oferente o su representante legal, y en el caso de la UTP por cada uno de sus integrantes, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 letra d), del decreto ley N° 211 de 1973.

<Ciudad>, <Fecha>

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal>

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO N°3

 


Declaración Jurada de Socios

 

Instrucciones de Uso:

  1. Descargue este archivo a su computador personal.
  2. Complete los datos solicitados directamente en el archivo, remplazando los textos entre paréntesis <>.
  3. : Registre si la sociedad a informar es una Soc. de responsabilidad Ltda, una EIRL, u otra.
  4. Registre para cada socio el Rut, nombre y porcentaje de participación en la sociedad informada. Es importante que este recuadro totalice el 100 % de la propiedad. (Para Sociedades que eventualmente constan con muchos socios, indicar solo los 12 de mayor participación, agregando una línea final de “Otros” para totalizar el 100%.)
  5. Colocar Fecha de la Declaración: Esta fecha es importante porque determina la vigencia de la misma. Recuerde mantener actualizada esta información.
  6. Luego debe imprimir la declaración y traerlas a las oficinas comerciales de Chileproveedores para que sea acreditada en su ficha electrónica.
  7. La Declaración solo debe ser firmada por el Representante Legal o Gerente General; y no es necesario que se firme ante Notario. 

Recuerde que la información contenida en esta declaración, tiene el carácter de “Jurada”, con los consiguientes efectos legales contemplados en la legislación.

Recuerde que la Ley N° 20.285, sobre el Acceso a la Información Pública entró en vigencia el 20 de Abril de 2009, por lo que debe regularizar de forma inmediata la información de los socios de su Empresa.

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.

Tipo de Sociedad:

Rut Socio

Nombre de los Socios

% de Participación en la Sociedad

1

2

3

4

5

TOTAL %

FECHA DECLARACIÓN:_____________________________

La vigencia corresponde a seis meses desde la fecha de la Declaración.

_____________________________________________________________________________

                    < Firma Representante Legal o Persona Natural>

 NOTA

       Deben indicarse al menos los 12 socios de mayor participación.

       Esta declaración no requiere que se firma ante Notario.

 

 

 

 

FORMULARIO N°4 A

 

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Opción sin Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO N°4 B

 

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A

(Opción con Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores

__________________________ actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Por lo anterior, se compromete a que los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

,

FORMULARIO N°5

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada causales inhabilidad.)

Nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que tanto yo como mi re

presentada en su caso, no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos 2 años.

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas y Técnicas, Formularios de presentación de la oferta, Anexos y reglamentación sobre la materia.

Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de cualquier indemnización con motivo de su aplicación.

No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta de la presente Licitación Pública del Hospital Guillermo Grant Benavente,

No tiene calidad de funcionario Directivo del Hospital Guillermo Grant Benavente ni funcionario Directivo del Servicio de Salud Concepción;

No tiene calidad de persona unida a los Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

No conforma sociedades de personas con Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, o sus parientes, conforme a la letra anterior, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM. O más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

NOMBRE DE LA EMPRESA:

RUT DE LA EMPRESA:

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL:

RUT REPRESENTANTE LEGAL:

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL:

Formulario N°6

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.)

, cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

         

NOMBRE DE LA EMPRESA :

RUT                                       :

REPRESENTANTE LEGAL  :

Nombre

Rut

 

Firma

Formulario N°7            

PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO PARA EQUIPOS DE CONTRAPULSACIÓN AÓRTICA DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CORONARIA

Descripción

Cantidad

Valor unitario Neto

Valor total Neto

MANTENCION PREVENTIVA DE EQUIPO BALON DE CONTRAPULSACION

40-025-105-234-00

12 unidades

 

1. Difusión pacto de integridad a trabajadores de la

 

 

2. Representatividad de la Marca

 

 

3. Entrega Documentos Formales

 

 

4. Precio

 

 

5. Tiempo de respuesta ante emergencias

 

 

6.Experiencia en el área solicitada

 

NOMBRE DE LA EMPRESA :

RUT                                       :

REPRESENTANTE LEGAL  :

Nombre

Formulario N°8

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

1

Antecedentes Empresa

 

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

 

 

Cuidad

 

Teléfono

 

Fax

 

Correo Electrónico

 

N° Cuenta Corriente y Banco (Para Transferencia bancaria de pago)

 

2

Antecedentes Representante Legal

 

Nombre

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

3

Antecedentes Responsable de la Oferta

 

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

 

Teléfono

 

 

Fax

 

 

Correo Electrónico

 

 

 

 

 

NOMBRE DE LA EMPRESA :

 

 

 

 

 

RUT                                      :

 

 

 

 

 

REPRESENTANTE LEGAL  :

 

 

 

 

 

Nombre:                   

 

 

 

 

 

 

 

Rut:

 

 

 

 

 

 

 Formulario N°9

ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

NOMBRE PROPUESTA: _________________________________________________

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

1.         Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.

2.         Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.

NOMBRE DEL OFERENTE          : _____________________________________________

R.U.T.                                      :_____________________________________________

NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL:

Concepción, ______________2025

Formulario N°10

DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES

(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

Nombre de la Unión Temporal de Proveedores (UTP):

Integrantes de la UTP:

Razón social

RUT

INDICAR QUE ANTECEDENTES PRESENTARÁ ESTA UTP PARA SER CONSIDERADOS EN LA EVALUACIÓN RESPECTIVA:

_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________

La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y durará ___________________, es decir, cubrirá el periodo de vigencia del contrato que establecen las bases, más 60 días hábiles. [1] 

REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de ésta, a don (ña) ___________________, Rut_____________ el (la) cual está facultado (a) para:  suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la licitación pública ID ________________, suscribir el contrato que derive la licitación indicada, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP. En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don (ña) ___________________, Rut ________________, con las mismas facultades. –

NOMBRE Y FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL/ APODERADO UTP:

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

<Ciudad>, <fecha>.

 En caso de que las bases contemplen renovación automática del contrato, el plazo de vigencia que se incorpore, deberá incluir el plazo de la renovación.

Formulario N°11

CLÁUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

El proveedor _________________________________________ declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo del Hospital Guillermo Grant Benavente, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga al proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constructivas de delitos de lavado de activos, financiamiento al terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar al HGGB o sus funcionarios.

“Manual Prevención del Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento del Terrorismo”, se encuentra disponible en www.hospitalregional.cl

_____________________

________________

Cédula de identidad N° Representante Legal.

Formulario N°12

 

 

DECLARACION JURADA

 

(Difusión de Programas de integridad y ética empresarial)

NOMBRE PROPUESTA____________________________________________________ _

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro expresamente que la empresa cuenta con los siguientes programas de integridad y ética empresarial:

1)

2)

3)

4)

5)

..)

La empresa se obliga a difundir los programas indicados, aceptando cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en los mismos, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

NOMBRE DE LA EMPRESA     : _____________________________________________

R.U.T.:______________________

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL:__________                   ____________________

R.U.N: ______________________

                                                                                                                   ________________________   

                                           

                                                         FIRMA

Concepción, ____de_____ del  _2025     

 

Anexo A

FORMATO PRESENTACIÓN DESCARGOS DE MULTA

_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad), _______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________ (RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar los descargos por la multa notificada mediante:

Ordinario N° __________ de fecha _________

Orden de compra ID_____________________

Los argumentos que justifican los descargos son los siguientes: (indicar argumentos que digan relación con caso fortuito o fuerza mayor y concluir si acepta o no la aplicación de la multa)

Acompaño los documentos que individualizo a continuación: (obligatorio, para respaldar argumentos

NOMBRE Y FIRMA

REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL: __________________

Ciudad, fecha.

Anexo B

                                            FORMATO RECURSO DE REPOSICIÓN

_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad),_______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________(RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar recurso de reposición en contra del acto administrativo que aplica multa mediante resolución Exenta n° 3N1/_________ de fecha __________, en base a los siguientes argumentos de hecho y de derecho que expongo a continuación:

Argumentos de Hecho:

Argumentos de Derecho:




10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.