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Resolución de empate |
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Aquella oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 1
2° Criterio N° 2
3° Criterio N° 3
4° Criterio N° 4
5° Criterio N° 5
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, ésta será adjudicada mediante sorteo público.
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INTRODUCCIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría o SUBTEL, como parte de su política de renovación tecnológica, en el año 2004 adquirió licencias de la herramienta de inteligencia de negocios QlikView, software especializado en acceso a multiplataformas de datos, el cual ha sido un importante apoyo para los nuevos desarrollos de sistemas de información efectuados. Dada la antigüedad de la plataforma, el año 2023 SUBTEL migró a modalidad AMP, por lo que esta Subsecretaría dispone ambas plataformas: QlikView y Qlik Sense, contando con un total de setenta y siete (77) licencias Professional por suscripción.
Un aspecto esencial en estos desarrollos ha sido la integración de los sistemas sobre un modelo único y consolidado de datos, lo que incluye aquella información requerida por SUBTEL a las empresas que operan en el mercado de las telecomunicaciones.
Las distintas plataformas QlikView y Qlik Sense han fortalecido el desarrollo de modelos y cuadros de mando, por lo cual se requirió aumentar el inventario de licencias para uso interno.
Por lo anteriormente mencionado, esta Subsecretaría de Telecomunicaciones, requiere ampliar el alcance desde el punto de vista del licenciamiento a la mayor cantidad de funcionarios de la Subsecretaría, por lo que requiere que el oferente revise la usabilidad de la plataforma y con esto entregar una propuesta de licenciamiento para con esto ampliar el alcance de licenciamiento, con el fin de alcanzar el mayor número de usuarios con acceso a la plataforma.
Asimismo y como parte de la operación normal de toda herramienta de software, resulta imprescindible asegurar los servicios de soporte y mantención de la plataforma para el periodo comprendido entre 01 de septiembre de 2025 hasta 31 de agosto de 2027, el cual permita contar con mantenimiento vigente de las plataformas, acceder a un portal de soporte para los casos relacionados con problemas relacionados con el producto, esto es problemas de performance que el producto ocasione, problemas con las versiones instaladas o mal funcionamiento producto de fallas de las plataformas. Se debe permitir acceso a descarga de actualizaciones y nuevas versiones del software.
Adicionalmente se requiere disponer de entrenamiento a los funcionarios y colaboradores de la Subsecretaría y horas hombres para migración, desarrollo, mantención de modelos QlikView y/o Qlik Sense y envío de reportes utilizando nPrinting.
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OBJETIVOS ESPECÍFICOS |
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● Revisión de la usabilidad de las plataformas y con esto entregar una propuesta de licenciamiento.
● Renovación de la plataforma Qlik Analytics Modernization Program (AMP).
● Renovación de la plataforma Qlik N Printing que permite la emisión y distribución de reportes generados a partir de los distintos modelos y/o dashboard, vía email, con un máximo de 250 destinatarios de correos.
● Aumentar el licenciamiento diversificando los tipos de licencias.
● Contratar un servicio especializado de soporte y mantención de las plataformas Qlik, desde 01 de septiembre de 2025 hasta 31 de agosto de 2027, lo cual implica disponer de soporte para la actualización de la plataforma y mantenerla vigente a sus versiones más recientes.
● Contratar entrenamiento y/o capacitación, para el periodo 2025, en modalidad presencial, en idioma castellano, con el objetivo de entregar conocimientos fundamentales y avanzados de análisis de datos con la herramienta Qlik Sense.
● Contratar horas hombres para migración, desarrollo, mantención de modelos QlikView y/o Qlik Sense y envío de reportes utilizando nPrinting.
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IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
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Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en seis (6) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
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Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Está UTP se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaran de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, solo en caso que ello no sea posible podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en Amunátegui 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 29 de agosto de 2025.
El proponente no podrá formar parte del mismo grupo empresarial ni encontrarse relacionado con otras empresas que participan en esta licitación. En caso que se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará únicamente una de las ofertas, la que resulte más conveniente según los criterios de evaluación establecidos en las Bases de licitación y se declararán inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa, la de menor valor, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Decreto del Visto 6).
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda
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Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores |
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En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público o privado firmado por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño.
En caso que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato, cuando se trate de adquisiciones superiores a 1000 UTM.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
1. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo XI, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios de la Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas:
1. Sra. María Arriagada Díaz, Profesional grado 10° E.U.S., Profesional Asesor PMO, Departamento de Desarrollo Tecnológico.
2. Sr. Pablo Tapia González, Profesional grado 7° E.U.S., Encargado de Seguridad de la Información, Departamento de Desarrollo Tecnológico.
3. Sr. Marco Espoz Montaña, Profesional grado 5° E.U.S., Encargado PMO, Departamento de Desarrollo Tecnológico.
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será reemplazado por los siguientes funcionarios:
1. Sr. Sebastián Zamorano Almonacid, Profesional grado 12° E.U.S., Analistas-Desarrollador, Departamento de Desarrollo Tecnológico.
2. Sra. Marta Vallejos Garrido, Profesional grado 12° E.U.S., Profesional Asesor PMO, Departamento de Desarrollo Tecnológico.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido al Jefe de la División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada: Renovación de licencias, servicio de entrenamiento y horas hombres para productos Qlik”, y con el nombre de la proponente.
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ADJUDICACIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N°19.886, artículo N°9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la Resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo V, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, de las presentes Bases Administrativas, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta.
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CONTRATO |
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La Subsecretaría y la adjudicataria suscribirán un contrato dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no constaba en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá al Sr. Subsecretario firmar el contrato en representación de la Subsecretaría.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
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a) Presupuesto de la contratación:
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $175.000.000.- (ciento setenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos, desglosado por servicio de la siguiente forma:
- $120.000.000 (ciento veinte millones de pesos), impuestos incluidos, para la contratación de licencias.
- $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), impuestos incluidos, para la contratación de horas hombre.
- $5.000.000 (cinco millones de pesos), impuestos incluidos, para la contratación de capacitaciones.
* Cabe recalcar que los montos consignados previamente se refieren a presupuestos máximos, por lo que las ofertas que sobrepasen dichos montos serán declaradas inadmisibles.
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Vigencia del Contrato: |
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El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el 31 de agosto de 2027.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse previo a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato, quedando su pago supeditado a su total tramitación.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento de Desarrollo Tecnológico, a saber:
• Eduardo Bascur Moncada, grado 10° E.U.S., Profesional de Plataforma Operacional y Seguridad de la Información.
• Julio Santana Hernández, grado 12° E.U.S., Profesional, Analista programador.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar y aprobar los productos parciales y finales que se entreguen durante la ejecución del servicio, aclarar y orientar respecto del desarrollo de las actividades, fijar las reuniones de coordinación con el contratista, aprobar o rechazar los cambios en el equipo de trabajo y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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FORMA DE PAGO |
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a) Forma de pago
La forma de pago por la prestación de servicio, será dividido en tres grupos:
1. Licenciamiento: será pagado en una (1) sola cuota, una vez que el contrato se encuentre totalmente tramitado y que se cumplan los requisitos que se señalan más adelante en este acápite.
2. Capacitación: será pagado por actividades ejecutadas, según planificación acordada con el adjudicatario, asociada a los grupos o cursos ejecutados.
3. Horas Hombre: se pagará al contratista en forma mensual el monto correspondiente al total de las horas efectivamente ejecutadas en el mes respectivo y validados conforme por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, -acorde a los precios establecidos en su oferta-. Dicho valor será pagado por la Subsecretaría dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de emisión de la boleta o factura correspondiente.
El pago se efectuará previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado.
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de cada uno de los productos entregados por el contratista.
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
iv) Que el contratista presente junto con cada boleta o factura el correspondiente “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información, si procede.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar el primer estado de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV de las presentes Bases Administrativas.
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Multas o sanciones |
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Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos no justificados en la entrega de los servicios o cumplimiento de las etapas comprometidas, Subtel aplicará a título de multa, la cantidad de $50.000.- (cincuenta mil pesos) por cada día de retraso. En caso que el atraso se verifique en la fecha de inicio del servicio, la multa será de $100.000.- (cien mil pesos) por cada día de retraso. La planificación de las actividades requeridas se acordará con el adjudicatario una vez adjudicada la licitación.
En ambos casos se considerará como día completo, aquella fracción superior a seis horas, con un tope de cuatro (4) días hábiles de atraso, luego de los cuales se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento respectiva y se podrá poner término anticipado al contrato.
En caso de verificarse atrasos en la entrega de los servicios referidos en el párrafo anterior, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XIX de las presentes Bases Administrativas y, notificada al contratista la Resolución que impone la multa, la Subsecretaría cobrará su importe por la vía administrativa, deduciéndola del valor facturado por el contratista en el período correspondiente.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o la incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose por tal, el atraso el atraso en la entrega de los productos por más de cuatro (4) días hábiles.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
4. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
5. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante Resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La Resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La Resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las Leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la Información:
El contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con la Subsecretaría. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas.
b) Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación.
En caso que el contratista contravenga la prohibición indicada en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye un incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
c) Cambio en el equipo de trabajo:
En caso de ser necesario el cambio de los profesionales asignados a la capacitación o a las horas hombre por concepto de migración, el proveedor informará a SUBTEL de las modificaciones en la conformación del equipo, con una antelación no inferior a 10 días hábiles del cambio a realizar.
Para tales efectos, previo al cambio el proveedor deberá presentar la experiencia y conocimiento del profesional que lo sustituirá. La experiencia y conocimiento no podrá ser inferior a lo ofertado por el proveedor.
SUBTEL se reserva el derecho de rechazar profesionales que no cumplan con los conocimientos requeridos.
Sin perjuicio de lo anterior, SUBTEL, por su parte, podrá solicitar el cambio de profesional si su desempeño es insuficiente para el objetivo de la presente licitación. Para tales efectos, esta comunicación, se realizará con al menos 10 días hábiles de anticipación.
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BASES TÉCNICAS |
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LA OFERTA TÉCNICA DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
I. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.
1. Currículum de la persona natural o jurídica participante: El oferente deberá incluir el currículum de la persona natural o jurídica participante. De acuerdo a los criterios de evaluación, el currículum deberá dar cuenta de su experiencia en la realización de actividades del mismo tipo, lo cual deberá acreditarse adjuntando una nómina de clientes a los cuales el oferente:
o Ha realizado cursos de capacitación y/o entrenamiento en la plataforma Qlik Sense, indicando cliente, año y cantidad de horas de entrenamiento realizadas en el cliente en un mismo año. Si ha realizado más de un curso en un mismo año, a un mismo cliente, deberá sumar la cantidad de horas efectivamente ejecutadas
o Ha realizado actividades asociadas al servicio de horas hombres para migración, desarrollo, mantención de modelos QlikView y/o Qlik Sense y envío de reportes utilizando nPrinting, indicando los clientes y la cantidad de horas contratadas. Si ha realizado más de una actividad en un mismo año, a un mismo cliente, deberá sumar la cantidad de horas efectivamente ejecutadas
2. Descripción del bien: El proponente deberá describir los productos, servicios ofrecidos y las condiciones en que operará a fin de obtener cumpliendo a cabalidad con lo requerido en las presentes Bases Técnicas.
A fin de valorar la propuesta técnica de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las Bases Administrativas, el oferente deberá detallar los siguientes requerimientos:
- 2.1 Licenciamiento y soporte:
o Renovación de licencias de la plataforma Qlik, bajo la modalidad Analytics Modernization Program (AMP)
o Renovación de la plataforma Qlik N Printing que permite la emisión y distribución de reportes generados a partir de los distintos modelos y/o dashboard, vía email, con un máximo de 250 destinatarios de correos (una licencia)
o Proponer un esquema de licenciamiento que permita aumentar la capacidad de la Subsecretaría, en base al siguiente esquema:
PRODUCTO CANTIDAD
Qlik Sense Enterprise Professional User A proponer por el oferente
QlikView Name User Cal A proponer por el oferente
Qlik Sense Enterprise Analyzer User A proponer por el oferente
QlikView Document Cal A proponer por el oferente
Qlik Sense Analyzer Capacity (1000 minutos/mes) A proponer por el oferente
QlikView Usage Cal A proponer por el oferente
Considerando que SUBTEL dispone de su plataforma bajo la modalidad “Qlik Analytics Modernization Program (AMP)”, es indispensable que la cantidad de licencias propuestas estén disponibles tanto para la plataforma QlikView como para Qlik Sense.
Por concepto de licenciamiento el presupuesto disponible es de $120.000.000 (ciento veinte millones de pesos), impuestos incluidos. Los cuáles serán pagados en una cuota a la total tramitación del contrato. Asimismo, bajo el mismo presupuesto, se requieren los siguientes servicios:
• Contratar un servicio especializado de mantención de la plataforma Qlik, desde 01 de septiembre de 2025 hasta 31 de agosto de 2027, lo cual implica disponer de las condiciones necesarias para la continuidad operacional de la plataforma, en las versiones vigentes de los productos ya individualizados.
• La contratada deberá proporcionar a SUBTEL a través de teléfono, correo electrónico o vía web, la posibilidad de solicitar asesoría o asistencia en relación a la instalación del o los productos, nuevas versiones o asuntos relacionados a problemas que se detecten en el uso. La contratada debe proporcionar un número de identificación del ticket que habilite a SUBTEL a interactuar en las distintas modalidades del soporte, según se requiera.
• El servicio de asistencia vía telefónica deberá estar disponible en modalidad cinco (5) días hábiles, de lunes a viernes, en horario entre las 09:00 y las 18:00. De igual manera el servicio de soporte vía correo electrónico. El soporte Web a través del sitio www.qlik.com o en la plataforma que el oferente indique, deberá estar disponible las 24 horas, los 7 días de la semana
• La contratada deberá ofrecer a SUBTEL un servicio de actualización de versiones, sin costo adicional, con cada cambio de versión o en cada emisión de una versión completamente nueva, cuando SUBTEL así lo requiera. El servicio de actualización será suministrado en la forma de un programa de instalación en disco compacto o en cualquier otro medio digital junto con la documentación en formato electrónico.
• El oferente deberá ofrecer el servicio de instalación de los productos tipo “Server”, según las necesidades de SUBTEL, siendo estas en ambientes productivos, desarrollo y/o ambiente de QA.
- 2.2. Entrenamiento o capacitación:
• Proponer un esquema de entrenamiento a realizarse según se estipula en el numeral 3 (Plazos de entrega) de estas Bases Técnicas. Estas capacitaciones deberán realizarse de manera presencial, en las dependencias de la Subsecretaría con el fin de alcanzar la mayor cantidad de usuarios de SUBTEL y en base al siguiente esquema
Cursos Cantidad de grupos Participantes por grupo
Fundamentos de Qlik Sense A proponer por el oferente A proponer por el oferente
Qlik Sense Developer Nivel I A proponer por el oferente A proponer por el oferente
Qlik Sense Developer Nivel II A proponer por el oferente A proponer por el oferente
Por concepto de capacitación el presupuesto disponible es de $5.000.000 (cinco millones de pesos), impuestos incluidos. Los que serán cancelados a medida se ejecuten los servicios durante el año en curso.
- 2.3. Horas de servicio:
• Contratar horas hombres para migración, desarrollo, mantención de modelos QlikView y/o Qlik Sense y envío de reportes utilizando nPrinting. Deberá indicar el valor hora ofertada, en moneda nacional, Estas actividades deberán comenzar a realizarse una vez finalizada la total tramitación del contrato y no podrán extenderse más allá del 12 de diciembre de 2025, con un presupuesto disponible máximo de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), impuestos incluidos. Los que serán cancelados a medida se ejecuten los servicios durante el año en curso. SUBTEL, por su parte, podrá solicitar el cambio de profesional si su desempeño es insuficiente para el objetivo del avance del proyecto. Para tales efectos, esta comunicación, se realizará con al menos 10 días hábiles de anticipación
3. Plazo de entrega:
• Licenciamiento y soporte: debe estar en operación el día 01 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2027
• Entrenamiento: Por razones de buen servicio, el entrenamiento debe iniciarse a la brevedad posible y la última jornada de capacitación y/o entrenamiento no puede ejecutarse más allá del 24 de octubre de 2025.
• Horas de servicio: Inicia una vez finalizada la total tramitación del contrato y no podrá exceder del 12 diciembre de 2025.
4. Acreditación de partner oficial: El oferente deberá disponer de un documento vigente, emitido por la marca, donde certifique que cuenta con la calidad de Partner oficial y que está autorizado para comercializar y promover los productos de software Qlik y proporcionar servicios de instalación, desarrollo de aplicaciones y soporte técnico (actualizaciones y mantenimiento) para los productos de software Qlik.
II. CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE
Para los ítems de entrenamiento y/o capacitación, para el periodo 2025 y Contratar horas hombres para migración, desarrollo, mantención de modelos QlikView y/o Qlik Sense y envío de reportes utilizando nPrinting, se estima conveniente que dentro del staff de profesionales del oferente exista personal que cuente con las siguientes certificaciones:
• Qlik Sense Business Analyst Certification
• Qlik Sense Data Architect Certification
Cabe señalar que las certificaciones previamente individualizadas, si bien no son obligatorias, son materia de evaluación según lo dispuesto en el Capítulo XI de las Bases Administrativas sobre Criterios de Evaluación.
Finalmente, cabe precisar que serán parte integrante de estas Bases Administrativas y Técnicas, las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto Nº250, de 2004, y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la citada Ley.
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