Licitación ID: 1063538-6-LP26
CONVENIO MATERIALES KINESIOLOGIA Y FONOAUDIOLOGIA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Fecha de Cierre: 23-03-2026 15:05:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 175
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Vendas o vendajes para el cuidado de quemaduras 48 Plancha
Cod: 42311504
225-8004| SILICONA TTO. CICATRICEZ. 30X40 CM O MAYOR TAMAÑO  

2
Silicona VMQ y PMQ y PVMQ 180 Tira
Cod: 13101708
005-1134|SILICONA TIRA DE 30*2 CM  

3
Gomas de repuesto 240 Unidad
Cod: 47131612
033-0150|REGATONES PARA BASTON  

4
Vendas o vendajes para uso general 80 Unidad
Cod: 42311505
005-2220|VENDAJE KINESIOLOGICO 5X5 CELESTE  

5
Vendas o vendajes para uso general 80 Unidad
Cod: 42311505
005-2221|VENDAJE KINESIOLOGICO 5X5 ROJO  

6
Vendas o apósitos compresores 30 Unidad
Cod: 42311506
225-0612|VENDA TUBULAR ELASTICADA E  

7
Vendas o apósitos compresores 30 Unidad
Cod: 42311506
005-0197|VENDA TUBULAR ELASTICADA B:1436 X 10 MT  

8
Vendas o apósitos compresores 30 Unidad
Cod: 42311506
225-0613|VENDA TUBULAR ELASTICADA D  

9
Vendas o apósitos compresores 30 Unidad
Cod: 42311506
225-0292|VENDA TUBULAR ELASTICADA F  

10
Vendas o apósitos compresores 30 Unidad
Cod: 42311506
225-0462|VENDA TUBULAR ELASTICADA G  

11
Vendas o vendajes para uso general 620 Unidad
Cod: 42311505
225-0122|VENDA ELASTICA AUTOADHERENTE 10 CM COLOR PIEL  

12
Vendas o vendajes para uso general 300 Unidad
Cod: 42311505
225-0444|VENDA ELASTICA AUTOADHERENTE 5 CM COLOR PIEL  

13
Electrodo selectivo de iones 600 Unidad
Cod: 41115608
347-3653|ELECTRODOS REDONDOS DE 4 CM  

14
Electrodo selectivo de iones 2500 Unidad
Cod: 41115608
347-0044|ELECTRODOS PARA TENS  

15
Unidades de oxímetros de pulso 30 Unidad
Cod: 42181801
043-0160|OXIMETRO DE PULSO  

16
Gelatinas médicas de ultrasonido o doppler o eco 35 Bidón
Cod: 42201708
3473100000|GEL PARA ECOGRAFIA C/ DISPENSADORBD  

17
Bandas de resistencia 10 Unidad
Cod: 49201609
043-0412|BANDA ELÁSTICA AMARILLA  

18
Bandas de resistencia 10 Unidad
Cod: 49201609
043-0413|BANDA ELÁSTICA ROJA  

19
Bandas de resistencia 10 Unidad
Cod: 49201609
043-0415|BANDA ELÁSTICA AZUL  

20
Bandas de resistencia 15 Unidad
Cod: 49201609
043-0414|BANDA ELÁSTICA VERDE  

21
Vendas de gasa 35 Unidad
Cod: 42311511
225-0418|GASA AUTOADHESIVA 10X10 CM  

22
Lubricantes personales o gelatinas del examen 30 Litro
Cod: 42181503
049-0410|ACEITE PARA MASAJE  

23
Lubricantes personales o gelatinas del examen 40 Unidad
Cod: 42181503
347-0200|GEL CONDUCTOR 5 LTS  

24
Vendas o apósitos compresores 50 Unidad
Cod: 42311506
225-0618|VENDAJE CORTO ESTIRAMIENTO 8 cm x 5 metros  

25
Vendas o apósitos compresores 60 Unidad
Cod: 42311506
225-0619|VENDAJE CORTO ESTIRAMIENTO 10 cm x 5 metros  

26
Vendas o vendajes para uso general 150 Unidad
Cod: 42311505
225-0620|VENDA DE GASA 4 cm de ANCHO x 4 metros de largo  

27
Vendaje de espuma 80 Unidad
Cod: 42311510
225-0621|VENDA DE ESPUMA DE POLIURETANO 10 cm  

28
Vendaje de espuma 80 Unidad
Cod: 42311510
225-0622|VENDA DE ESPUMA DE POLIURETANO 8 cm  

29
Compresores para terapia respiratoria 150 Unidad
Cod: 42271706
043-6589|VALVULA UMBRAL PARA ENTRENAMIENTO DE MUSCULATURA ESPIRATORIA  

30
Espirómetros, accesorios o suministros 150 Unidad
Cod: 42271602
225-0625|Pinza nasal para espirometría  

31
Espirómetros, accesorios o suministros 600 Unidad
Cod: 42271602
347-0005|BOQUILLA DESECHABLE ESPIROMETRIA  

32
Pesas, accesorios o sets para rehabilitación o terapia 3 Unidad
Cod: 42251612
008-0909|PESA RUSA 12 kg  

33
Pesas, accesorios o sets para rehabilitación o terapia 3 Unidad
Cod: 42251612
008-0910|PESA RUSA 18 kg  

34
Pesas, accesorios o sets para rehabilitación o terapia 3 Unidad
Cod: 42251612
008-0911|PESA RUSA 8 kg  

35
Kits dilatadores 1 Kit
Cod: 42182019
340-0494|KIT DILATADOR VAGINAL SILICONA  

36
Sondas quirúrgicas 20 Unidad
Cod: 42293603
222-0213|SONDA RECTAL MONO BALON  

37
Sondas vaginales ecográficas de ultrasonidos o eco, o accesorios 300 Unidad
Cod: 42201715
225-0221|CUBRE SONDA DE ECOGRAFO  

38
Lubricantes personales o gelatinas del examen 60 Unidad
Cod: 42181503
225-3160|LUBRICANTE INTIMO A BASE DE AGUA  

39
Depresores de la lengua o palas o palos 100 Paquete
Cod: 42181501
340-1068|BAJALENGUAS  

40
Suplemento de potasio 3 Unidad
Cod: 51191805
001-0402|ESPESANTE  

41
Expulsores dentales de saliva o aparatos de succión oral o suministros 30 Paquete
Cod: 42151635
3401400000|EYECTORES DE SALIVA  

42
Colorantes FDC para alimentos, fármacos o cosméticos 50 Unidad
Cod: 12171504
001-0610|COLORANTE ALIMENTARIO AZUL-VERDE  

43
Lubricantes personales o gelatinas del examen 20 Paquete
Cod: 42181503
222-8161|HUMECTANTE ORAL  

44
Cucharas domésticas 20 Paquete
Cod: 52151704
049-0309|CUCHARAS DESECHABLE TAMAÑO DE TE  

45
Vasos para beber domésticos 30 Paquete
Cod: 52152102
001-0199|VASOS DESECHABLES 90 CC  

46
Vendas o vendajes para adhesivos líquidos 60 Unidad
Cod: 42311517
225-0601|VENDAJE KINESIOLÓGICO COLOR PIEL  

47
Compresores para terapia respiratoria 10 Unidad
Cod: 42271706
043-6588|VALVULA UMBRAL PARA ENTRENAMIENTO DE MUSCULATURA INSPIRATORIA  

48
Compresores para terapia respiratoria 10 Unidad
Cod: 42271706
340-0043|VALVULA NIF -TEE REUTILIZABLE  

49
Flujómetros bucal 5 Unidad
Cod: 42271604
043-0385|FLUJOMETRO MINI WRIGHT  

50
Filtros microbiológicos 15 Unidad
Cod: 41104924
225-0626|FILTRO ANTIVIRAL/ANTIBACTERIANO DESECHABLE (HMEF)  

51
Depresores de la lengua o palas o palos 10 Unidad
Cod: 42181501
222-0214|LIMPIADOR DE LENGUA  

52
Bálsamo de labio 10 Unidad
Cod: 53131630
222-0215|HUMECTANTE LABIAL  

53
Dedo de goma 10 Unidad
Cod: 44121620
225-0628|DEDO BUCAL  

54
Expulsores dentales de saliva o aparatos de succión oral o suministros 10 Unidad
Cod: 42151635
225-0629|HISOPOS ORALES  

55
Soportes para el cuello o collares cervicales 5 Unidad
Cod: 42241803
008-0913|FLEX CERVICAL  

56
Vibradores de laboratorio 2 Unidad
Cod: 41103805
008-0914|VIBRADOR Z  

57
Vibradores de laboratorio 5 Unidad
Cod: 41103805
008-0915|BATERIA DE REPUESTO VIBRADOR Z- VIBE  

58
Película radiográfica dental intraoral 3 Unidad
Cod: 42152433
252-7742|CAMARA DENTAL INTRAORAL  

59
Flujómetros bucal 15 Unidad
Cod: 42271604
222-9073|BOQUILLA DESECHABLE MINI WRIGTH  

60
Compresores para terapia respiratoria 5 Unidad
Cod: 42271706
222-9074|ACAPELLA PRESION POSITIVA PEP  

61
Tubos esofágicos 5 Unidad
Cod: 42271902
222-9076|NECKLINE SLIMMER DEGLUCION  

62
Compresores para terapia respiratoria 5 Unidad
Cod: 42271706
222-9077|EMST 75 CMH2O  

63
Compresores para terapia respiratoria 6 Unidad
Cod: 42271706
222-9078|EMST 150 CMH2O  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO MATERIALES KINESIOLOGIA Y FONOAUDIOLOGIA
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere el Convenio de Materiales para Unidad de Kinesiología y Fonoaudiología del HBSJO, de Acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-03-2026 15:05:00
Fecha de Publicación: 10-03-2026 18:14:26
Fecha inicio de preguntas: 10-03-2026 18:35:00
Fecha final de preguntas: 16-03-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2026 17:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-03-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-03-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 22-05-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIOS N°1,2,6,7, ANEXOS N°1,2 Y 3; CERTIFICADO NO CM; CIRCULAR 226, NORMA 226; BASES; RESOLUCION.
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIOS N°4 y 5
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Cumple 100% con todas las especificaciones técnicas solicitadas 100 puntos Cumple parcialmente con las especificaciones técnicas solicitadas 50 puntos No cumple con las especificaciones técnicas solicitadas INADMISIBLE 30%
2 Plazo de Entrega Hasta 48 horas contadas desde la fecha de envío de la orden de compra. 100 Entre 49 y 71 horas contadas desde la fecha de envío de la orden en de compra 50 72 y más horas contadas desde la fecha de envío de la orden de compra 0 15%
3 Integridad y Etica Empresarial Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 2%
4 Cumplimiento de los requisitos Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 3%
5 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO HBSJO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 21-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA CONVENIO SUMINISTRO DE MATERIALES PARA U. KINESIOLOGIA Y FONOAUDILOGIA DE HBSJO, 1063538-6-LP26
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADM. Y TECNICAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“CONVENIO SUMINISTRO DE MATERIALES PARA U. KINESIOLOGIA Y FONOAUDIOLOGIA DE HBSJO

ID 1063538-6-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere el Convenio de Materiales para Unidad de Kinesiología y Fonoaudiología del HBSJO, de Acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del Convenio de Materiales para U. Kinesiología y Fonoaudiología para abastecer el stock de bodega del Hospital Base San José Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $100.000.000.- (cien millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

      Bases Administrativas

      Bases Técnicas

      Formularios anexos

2.2      Definición de términos

      Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

      Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

      Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.

      Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.

      Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.

      Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.

      Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.

      Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.

      Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.

      Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.

      Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.

      Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.

      Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.

      Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual se valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.

      Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.

      Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor.

      Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.

      Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.

      Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).

  • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

      Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación.

●   HBSJO: Se entiende para todos los efectos Hospital Base San Jose Osorno, Institución que convoca la presente licitación.

Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.  

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

      Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.

      Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.

      Oferta de él o los proponentes respectivos.

      Resolución adjudicataria.

      Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.

      Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°     REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

      No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.

      En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

5.1      Idoneidad Técnica y Financiera de los Proveedores.

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2      Habilidad en el Registro de Proveedores.

Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.

La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      De las Inhabilidades.

Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:

  1. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.
  2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.
  3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.
  4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.
  5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.

5.4 Conflictos de Interés

 

Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.

Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.

Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.

5.5 Deber de Abstención (artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.6    Unión Temporal De Proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE.

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.7      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°     PLAZOS

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl)

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.

Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.

Fecha inicio preguntas.

A contar de la publicación en el portal de compras públicas.

Fecha final de preguntas.

Hasta las 17:00 hrs. del quinto día (5) corrido a contar de la publicación.

Fecha de publicación de respuestas.

A las 17:05 hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas.

Hasta las 17:05 hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación.

Fecha de acto de apertura de ofertas.

La Apertura de ofertas se efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 08:00 hrs.

Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.

Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta.

Fecha estimada de adjudicación.

Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el séptimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

Fecha término de contrato.

24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.

Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.

Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (http://www.mercadopublico.cl).

9°     VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS

La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1 De Los Antecedentes Administrativos

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

•    Formulario Nº 1: Identificación del proponente.

•    Formulario Nº 2: Aceptación de bases y conocimiento ley de contratación pública.

  • Formulario N°6: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • Formulario N°7: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
  • Anexo N°1: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595.
  • Anexo N°2: declaración jurada de independencia de la oferta.
  • Anexo N°3: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra).

Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.

10.2 De La Propuesta Económica

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3 De La Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de bienes/insumos y servicios requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

Formulario N°5. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación.

El oferente deberá detallar obligatoriamente en el Formulario N°5:

  • Plazo de entrega de insumos: expresado en horas, contado desde la fecha de envío de la orden de compra respectiva a través del Portal Mercado Público.
  • Garantía técnica (Post Venta): tiempo de cobertura del insumo ante defectos de fabricación o calidad.
  • Restricción mínima: el valor mínimo (en pesos o unidades) a partir del cual el proveedor se compromete a despachar.

Para el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de muestras de bienes o insumos. Sin embargo, si la comisión evaluadora durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de muestras para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras.

El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional y elementos que pondrá a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones.

Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.5 de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los Formularios N° 4 y 5 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

 

Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programa de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Anexo N°3).

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato si el monto total adjudicado al proveedor supera las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales.

En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.

12.1   Garantía de fiel cumplimiento de contrato

CARACTERÍSTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si el monto total adjudicado al proveedor supera las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y al primer requerimiento. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El RUT del tomador del instrumento de garantía debe coincidir con el RUT del oferente.

Monto

5% del monto total NETO adjudicado y se expresará en pesos. Sin embargo, para el caso que el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño la garantía a entregar será del 5% del monto neto contratado, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la ley N°20.416.

Plazo de vigencia

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 60 días después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA CONVENIO SUMINISTRO DE MATERIALES PARA U. KINESIOLOGIA Y FONOAUDILOGIA DE HBSJO, 1063538-6-LP26”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, Control de convenios del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prórroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

12.2    Devolución de Garantía

Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

                                     

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases.

La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (solo si se ha solicitado en el proceso licitatorio).

Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica

13.1    Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

 

El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de una Resolución que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y Rut.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:

1. Klgo. Jefa U. Med. Física y Rehabilitación del H.B.S.J.O., o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

2. Klgo. Encargado U. Kinesiología del H.B.S.J.O, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

3. Klgo. Encargado U. Fonoaudiología del H.B.S.J.O, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.

14.2    Funciones de la Comisión

 

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.

7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.

8. Fecha del Acta.

 

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3    Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

14.4 Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:


CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica

50%

2

Requisitos Técnicos

30%

3

Plazo de entrega

15%

4

Integridad y ética empresarial

2%

5

Cumplimiento requisitos formales

3%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.4.1   Oferta Económica

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el Formulario N°3 de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Puntaje obtenido por la oferta / 100) *50

14.3.2   Evaluación Técnica

Esta evaluación posee una ponderación del 30% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Puntaje

Cumple 100% con todas las especificaciones técnicas solicitadas

100 puntos

Cumple parcialmente con las especificaciones técnicas solicitadas

50 puntos

No cumple con las especificaciones técnicas solicitadas

INADMISIBLE

Fórmula de Cálculo:

14.4.3    Plazo De Entrega

Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación.

Se considera el plazo de entregas de insumos y/o accesorios desde el envío de la orden de compra hasta recepción final en Bodega General del Hospital.

PLAZO DE ENTREGA

PUNTAJE

Hasta 48 horas contadas desde la fecha de envío de la orden de compra.

100

Entre 49 y 71 horas contadas desde la fecha de envío de la orden en de compra

50

72 y más horas contadas desde la fecha de envío de la orden de compra

0

14.4.4 Integridad y ética empresarial

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°3 donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Formulario N°3 Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”

Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.

Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.

Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Formulario N°3 por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.

Esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

PUNTAJE

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100

Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.

0

14.4.5 Cumplimiento de Los Requisitos Formales

Esta evaluación el oferente deberá adjuntar lo solicitado en numerando N°10 de bases Administrativas y acompañando todos los antecedentes requeridos, dentro del plazo de la licitación, lo cual tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

PUNTAJE

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0 punto

El criterio “14.4.5”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º inciso segundo del D.S. Nº 661/2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

La solicitud de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

Puntaje final: Puntaje evaluación económica + puntaje evaluación técnica + puntaje plazo de entrega + puntaje integridad y ética empresarial + cumplimiento requisitos formales de oferta.


La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

“La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°   ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.

Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.

 

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias.

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

15.4 Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos Técnicos”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”.
  • De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes en conjunto y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad.

De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad. De ser necesario, se aplicará el método de redondeo estándar: las fracciones decimales iguales o superiores a 0,5 se aproximarán al entero superior, mientras que las inferiores a 0,5 se mantendrán en el entero actual. La regla anterior debe ser aplicada de manera uniforme a todos los oferentes para asegurar la objetividad e igualdad del proceso.

15.5    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.6    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a funcionario de Abastecimiento del Hospital Base San José de Osorno; yasna.albarran@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

c)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)    Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

17°   CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios si el monto total adjudicado a un determinado proveedor supera las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales; en dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.1 de las presentes bases de licitación.

Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.

El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

El proveedor deberá acreditar, al tiempo de celebración del contrato, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento.

En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar.

En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.

Se entenderá que el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta  (si procediere) y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

17.1    Vigencia

La vigencia comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución de Adjudicación (proveedor adjudicado no supera las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales) y/o la total tramitación de la Resolución Aprueba el Contrato, según corresponda, y tendrá una vigencia de 24 MESES o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

17.2    Aumento y disminución de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, por única vez hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario qué significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos.

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos renueve las garantías de acuerdo con lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

17.3    Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente.

La prórroga debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva dicha prorroga, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases.

En ningún caso, la o las modificaciones, relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga del plazo del mismo, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.

17.4.     Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

17.5   Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores.

En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl y no existan obligaciones pendientes.

17.6     Término anticipado del contrato por parte del Hospital

En caso de incumplimiento del contrato celebrado, y previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá ponerle término administrativamente, en forma anticipada e inmediata, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.

Se consideran como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:

a)    La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)    La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)    El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se entenderá incumplimiento grave la aplicación de dos o más multas de las enumeradas en el punto 23, dentro un plazo de tres (3) meses durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, o la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato. 

d)    El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)    La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

f)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g)    Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

17.6.1   De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.

           

17.7   Referente o Coordinador técnico del convenio

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo a la Kinesióloga Jefe Unidad Medicina Física y Rehabilitación HBSJO catalina.melladoo@redsalud.gob.cl o quien le subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos;
  • Evaluar informes al Hospital en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato.
  • Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo.
  • Participar de las instancias en que sea convocado para entregar su opinión clínica y técnica de los servicios licitados.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

17.8    Administrador del Contrato

El Hospital Base San José Osorno también supervisara y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl ), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Controlar el plazo de vigencia del contrato.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago de los insumos/productos objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

17.9    Contraparte técnica de la adjudicataria para el convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

  • Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio por suministro.
  • Emisión y envío de Informes periódicos para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.
  • Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.
  • Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.
  • Recepcionar los reclamos y su gestión.
  • Coordinar las urgencias.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

18°     CONFIDENCIALIDAD

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

19°     PRECIO

El precio unitario de cada determinación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3). Éste no es reajustable.

19.1    Precios fijos

El convenio se mantendrá con los precios fijos señalados en la oferta económica del adjudicatario, durante todo el tiempo que dure el convenio. Esto significa que los valores no serán reajustados durante toda la vigencia del convenio bajo ningún motivo, ni de fuerza mayor, ni por redefinición de precios, etc.

20°     EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato (si procede), el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

Luego, el adjudicatario deberá aceptar la orden de compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de compras públicas.

Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

21°     ENTREGA DE LOS INSUMOS O PRODUCTOS

Los bienes/insumos deben ser ejecutados entregados, previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente.

 

La recepción deberá realizarse de lunes a jueves desde las 8:00 a las 14 hrs y los días viernes desde las 8:00 a las 13:00 hrs. (horario continuado).

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial).

Este, debe indicar al menos:

1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”.

2. Los siguientes datos de trazabilidad:

• Nombre del producto o dispositivo médico.

• Identificación del proveedor.

• N° de guía/factura, según documento de entrega.

• Modelo (sólo cuando corresponda)

• N° de lote/serie

• Fecha de vencimiento

Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente.

Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud.

22°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b)  La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región de Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico.

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso Debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (Ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

22.1    Pago indebido y su restitución

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

23°   INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases por actuaciones imputables al proveedor y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. Lo anterior, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren.

23.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa en UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del documento o servicio contratado: la multa será de 3 UTM por evento.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM, día de atraso.
  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

23.2    Del servicio

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa expresada en UTM:

  • Atraso en la entrega de los insumos de acuerdo con el plazo ofertado por el proveedor. La multa será de 0,5 UTM por cada hora de atraso.
  • Despacho de productos en lugares no autorizados por el Hospital, lo cual obligará al hospital a aplicar una multa de 5 UTM por cada evento.
  • Entrega de los insumos en lugar que no corresponde a la Bodega General del HBSJO, y fuera de horario de hospital. La multa será de 3 UTM por cada evento.
  • Por el rechazo de la orden de compra en el portal mercado público. La multa será de 5 UTM por cada evento.
  • Incumplimiento de las características técnicas del suministro vigente: detección en servicios clínicos del Hospital de alguna deficiencia en la calidad del producto adjudicado originalmente (dañados, defectuosos, adulterados, mal rotulados o doble rotulación (salvo idioma extranjero)), o suministro de bienes distintos al inicialmente adjudicado. Esto será constatado mediante informe enviado por servicio clínico que identificó el incumplimiento. La multa será de 5 UTM por cada evento.
  • Producto contratado y suministrado a través de la presente licitación que afectase la salud y seguridad de pacientes, constatándose negligencia en los procesos de fabricación, problemas de rotulación y otros directamente asociados a su manufactura y distribución, el proveedor asumirá los costos de recuperación de los afectados, sin perjuicio de los procesos judiciales a que se vea afectado. La multa será de 5 UTM por cada evento.
  • La multa será de 3 UTM por cada evento.
  • Por negarse a realizar el despacho de bienes o insumos debido a desistimiento de la oferta propuesta en el presente llamado de licitación. La multa será de 15 UTM por cada evento registrado.
  • No entrega información escrita a Referente Técnico o Jefe   de Abastecimiento respecto de quiebre o falta de stock de alguno de los productos materia de encargo, con 15 días hábiles de anticipación y no entrega solución siendo responsabilidad de la empresa adjudicada buscar una alternativa, con previa autorización de Referente Técnico a fin de cumplir con el abastecimiento oportuno de dicho (s) insumo(s) en el Hospital. Multa de 15 UTM por evento.
  • Envío y despacho de bienes/insumos sin documentos solicitados en numeral 21 (sin guía de despacho, sin orden de compra adjunta). Multa de 10 UTM por cada evento.
  • El producto/insumo que se entrega en las bodegas del Hospital, no cumple con los datos de trazabilidad establecidos en bases de licitación y/o en la Norma Técnica N°226. Multa de 15 UTM por evento.
  • El producto/insumo que el proveedor entrega en las bodegas del Hospital, no adjunta la documentación que consigna claramente la condición de “dispositivo medico”. El producto no se recepciona. Multa de 15 UTM por evento.

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

23.3    Procedimientos para aplicación de multa

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al Director del Hospital Base San José de Osorno.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico.

En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.

Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.

El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl .

Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación.

En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo.

Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa.

La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.

En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

23.4    Cobro de multas

En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Ø Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO  RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
  • Ø Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

23.5    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

23.6    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

24°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

25°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.


BASES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“CONVENIO SUMINISTRO DE MATERIALES PARA U. KINESIOLOGIA Y FONOAUDIOLOGIA DE HBSJO

ID: 1063538-6-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO

El Hospital Base San José de Osorno mediante las presentes bases técnicas pretende determinar los requisitos técnicos mínimos para satisfacer los requerimientos internos de insumos, garantizado con este convenio la calidad y suministro oportuno de los productos licitados para abastecer el stock de bodega del HBSJO, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos.

La Ficha Técnica con los requerimientos técnicos mínimos obligatorios exigidos se encuentra adjunta en el Formulario Nº4 de las presentes Bases, la cual deberá completar y adjuntar al portal en los Anexos Técnicos.

2°        REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

Los insumos requeridos se encuentran detallados más adelante debiendo cada oferta ceñirse a las descripciones y especificaciones allí señaladas.

Se debe incluir todo accesorio y componentes que hagan al equipo funcional y en las cantidades adecuadas, independiente de si estas, están o no descritas en esta ficha técnica.

De requerir algún equipo complementario que permita su óptimo funcionamiento y que no se encuentre especificado, se debe considerar en la oferta y se solicita indicarlo en observaciones.

El servicio materia de esta licitación tendrá una vigencia de 24 meses o hasta que haya sido ocupado el presupuesto estimado, lo que ocurra primero.

2.1      Requisitos técnicos mínimos para la adquisición.

Los oferentes deberán especificar en el sistema, en el campo destinado a la descripción de su oferta, por cada línea de producto (Ítem) como mínimo la siguiente información:

  • Especificación Técnica completa del producto ofertado, con todas sus características de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases.

2.2 Presentación y rotulación.

Para el efecto del envase y rotulación de los insumos y artículos de uso médico, se regirán por el Decreto Supremo N° 1876 de 1995, en la cual se expresa lo siguiente:

El envase de los productos deberá ser apto y adecuado para la conservación de su contenido, garantizar su inviolabilidad como producto terminado, y estar de acuerdo con los estudios de estabilidad presentados en el registro de modificaciones.

2.3 Del vencimiento de bienes o insumos suministrados

Todos los bienes o insumos requeridos deberán indicar fecha de vencimiento o expiración, y ésta no podrá poseer, al día de su recepción en bodega general una vigencia inferior a 12 meses.

2.4 Del proceso de Canje

Aquellos bienes o insumos que presenten problemas de estabilidad, defectos en empaque, envases en mal estado, conservación inadecuada, productos vencidos, defectuosos o con daño evidente, deberán ser reemplazados por el proveedor involucrado. A saber:

  • Productos con fecha de vencimiento inferior a 12 meses
  • Empaques dañados y defectuosos
  • Productos adulterados o mal rotulados
  • Producto de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada
  • Bienes o insumos con problemas de calidad (cambio de color, excesiva humedad, precipitación, sellado deficiente, otros; debidamente justificados).
  • Cualquier modificación en la fabricación de los productos deberá ser informada al departamento de abastecimiento previo a su despacho
  • Canje de Bienes/insumos por pronto vencimiento posterior a la primera recepción de bienes.

Los bienes o insumos que requieran ser reemplazados deberán ser retirados de Bodega General del Hospital por el proveedor involucrado y reemplazados por aquellos bienes que se ajusten al requerimiento en un plazo no superior a de 48 horas corridas, y sin costo alguno para el hospital.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las anteriores disposiciones podrá dar origen al término del contrato.

2.5      Especificaciones sobre el procedimiento de solicitud y entrega de los productos

Los proveedores adjudicados deberán entregar los productos en Bodega general del Hospital, en función de las ordenes que se generen desde el Departamento de abastecimiento del Hospital dentro de un plazo máximo ofertado después de recibida la orden de compra a través del sistema de información por el adjudicado.

Exceptuando las urgencias que deberán ser entregadas en un plazo no mayor a 24 horas corridas, las cuales serán debidamente informadas a él adjudicado.

Los productos deberán ser entregados en la bodega general de este establecimiento y deben venir con la guía de despacho asociada a la orden de compra e indicar en el documento comercial el número de orden de compra. Además, esta última deberá estar en estado aceptada a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl.

Si el proveedor se viese afectado por un caso fortuito o fuerza mayor que le impidiese cumplir con la entrega de los productos en un plazo ofertado, deberá enviar, en un plazo máximo de 24 horas desde ocurrencia de tal evento, un correo electrónico al Departamento de Abastecimiento avisando el problema y solicitando aumento del plazo de entrega. Si no lo hiciera, será motivo de multa de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior.

Para todo lo anterior, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de considerar y/o aceptar cada una de las propuestas de aumento de plazo solicitadas.

2.6      Especificaciones Post-Venta

El adjudicatario deberá realizar, en un plazo de 48 horas, el canje que le solicite la Entidad Licitante, respecto de los productos de su giro que se encuentren en las bodegas de la Entidad licitante, teniendo como causas la fecha de vencimiento del producto, las indicadas en numeral 2.4 precedente “Del proceso de Canje”, o cualquier otra situación en común acuerdo entre el adjudicatario y la entidad licitante.

3°        REQUERIMIENTO DE INSUMOS

Se requiere la adquisición en forma conjunta de los siguientes insumos:

Las cantidades estimadas señaladas en la columna marcada con un asterisco (*) son sólo a vía de referencia, no comprometiéndose el hospital a adquirir cantidades determinadas de manera periódica, por lo que en ningún caso se fijaran stocks mínimos de compra, ni tampoco totales. Por lo anterior, el hospital se reserva el derecho a la disminución total de algún ítem, cuando por razones justificadas así se requiera.

Asimismo, se hace presente que la presente licitación se hará mediante la modalidad de adjudicación simple, por lo cual cada oferente podrá ofertar pon un ítem de los señalados en este punto, por más de uno o por la totalidad de los mismos, correspondiendo cada ítem a una línea de producto.

ÍTEM

PHOENIX

ITEM PPTO

INSUMO

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

CONSUMO ESTIMADO 24 MESES *

1         

225-8004

2204001

SILICONA TTO. CICATRICEZ. 30X40 CM

O MAYOR TAMAÑO

LAMINA DE GEL CON ADHESIVO. PLANCHA DE 30X40 CM (APROXIMADO) O MAYOR

PL

48

2         

005-1134

2204001

SILICONA TIRA DE 30*2 CM

TIRAS 30 X 2 CM (CAJA DE 12 U)

TI

180

3         

033-0150

2204999

REGATONES

REGATONES PARA BASTON

UD

240

4         

005-2220

2204999

VENDAJE KINESIOLOGICO 5X5 CELESTE

VENDAJE NEUROMUSCULAR. BANDA ELÁSTICA ADHESIVA DE 5 CM DE ANCHO

UD

80

5         

005-2221

2204999

VENDAJE KINESIOLOGICO 5X5 ROJO

VENDAJE NEUROMUSCULAR. BANDA ELÁSTICA ADHESIVA DE 5 CM DE ANCHO

UD

80

6         

225-0612

2204999

VENDA TUBULAR ELASTICADA E

VENDA TUBULAR COMPRENSIVA DE ELASTICIDAD PERMANENTE.  LA COMPRESIÓN SE DISTRIBUYTE DE MANERA UNIFORME. LAVABLE Y REUTILIZABLE.

UD

30

7         

005-0197

2204999

VENDA TUBULAR ELASTICADA B:1436 X 10 MT

VENDA TUBULAR COMPRENSIVA DE ELASTICIDAD PERMANENTE.  LA COMPRESIÓN SE DISTRIBUYTE DE MANERA UNIFORME. LAVABLE Y REUTILIZABLE.

UD

30

8         

225-0613

2204999

VENDA TUBULAR ELASTICADA D

VENDA TUBULAR COMPRENSIVA DE ELASTICIDAD PERMANENTE.  LA COMPRESIÓN SE DISTRIBUYTE DE MANERA UNIFORME. LAVABLE Y REUTILIZABLE.

UD

30

9         

225-0292

2204999

VENDA TUBULAR ELASTICADA F

VENDA TUBULAR COMPRENSIVA DE ELASTICIDAD PERMANENTE.  LA COMPRESIÓN SE DISTRIBUYTE DE MANERA UNIFORME. LAVABLE Y REUTILIZABLE.

UD

30

10      

225-0462

2204999

VENDA TUBULAR ELASTICADA G

VENDA TUBULAR COMPRENSIVA DE ELASTICIDAD PERMANENTE.  LA COMPRESIÓN SE DISTRIBUYTE DE MANERA UNIFORME. LAVABLE Y REUTILIZABLE.

UD

30

11      

225-0122

2204999

VENDA ELASTICA AUTOADHERENTE 10 CM

COLOR PIEL

UD

620

12      

225-0444

2204999

VENDA ELASTICA AUTOADHERENTE 5 CM

COLOR PIEL

UD

300

13      

347-3653

2204005003

ELECTRODOS REDONDOS DE 4 CM

ELECTRODOS REDONDOS DE 4 CM

UD

600

14      

347-0044

2204005003

ELECTRODOS PARA TENS

ELECTRODOS PARA TENS

UD

2500

15      

043-0160

2204013

OXIMETRO DE PULSO

MIDE SATURACION DE OXIGENO Y MONITOREO DE PULSO

UD

30

16      

3473100000

2204005003

GEL PARA ECOGRAFIA C/ DISPENSADORBD

BIDÓN 5 LITROS

BIDON

35

17      

043-0412

2204999

BANDA ELÁSTICA AMARILLA

ROLLO DE 45 METROS THERABAND O IGUAL O SIMILAR

UD

10

18      

043-0413

2204999

BANDA ELASTICA ROJA

ROLLO DE 45 METROS THERABAND O IGUAL O SIMILAR

UD

10

19      

043-0415

2204999

BANDA ELASTICA AZUL

ROLLO DE 45 METROS THERABAND O IGUAL O SIMILAR

UD

10

20      

043-0414

2204999

BANDA ELASTICA VERDE

ROLLO DE 45 METROS THERABAND O IGUAL O SIMILAR

UD

15

21      

225-0418

2204999

GASA AUTOADHESIVA

10X10 CM

UD

35

22      

049-0410

     2204005003

ACEITE PARA MASAJE

ACEITE PARA MASAJE OLOR NEUTRO

LI

30

23      

347-0200

2204005003

GEL CONDUCTOR 5 LTS

GEL CONDUCTOR ULTRASONIDO EN BIDON

UD

40

24      

225-0618

2204999

VENDAJE CORTO ESTIRAMIENTO    8 cm x 5 metros

  • Venda que actúa por presión de trabajo, ejerciendo alta compresión al deambular y en reposo no produce compresion.
  • Sin latex

                         100% algodón

UD

50

25      

225-0619

2204999

VENDAJE CORTO ESTIRAMIENTO    10 cm x 5 metros

  • Venda que actúa por presión de trabajo, ejerciendo alta compresión al deambular y en reposo no produce compresion.
  • Sin Latex

                        100% algodón

UD

60

26      

225-0620

2204999

VENDA DE GASA 4 cm de ANCHO x 4 metros de largo 

Venda de gasa con alto contenido de algodón

UD

150

27      

225-0621

2204999

VENDA DE ESPUMA DE POLIURETANO 10 cm 

Venda de protección de espuma de poliuretano. Indicada como capa pasiva-protectora para utilizar bajo el vendaje simple o multicapa con vendas de baja elasticidad. Utilizado también para cubrir las prominencias óseas bajo el vendaje. Gran permeabilidad al aire.

UD

80

28      

225-0622

2204999

VENDA DE ESPUMA DE POLIURETANO 8 cm 

Venda de protección de espuma de poliuretano. Indicada como capa pasiva-protectora para utilizar bajo el vendaje simple o multicapa con vendas de baja elasticidad. Utilizado también para cubrir las prominencias óseas bajo el vendaje. Gran permeabilidad al aire.

UD

80

29      

043-6589

2204999

VALVULA UMBRAL PARA ENTRENAMIENTO DE MUSCULATURA ESPIRATORIA

Válvula umbral para entrenamiento de musculatura espiratoria (Peep). Material: acrílico.

UD

150

30      

225-0625

2204005003

PINZA NASAL

Pinza nasal para espirometría

UD

150

31      

347-0005

  2204005003

BOQUILLA DESECHABLE ESPIROMETRIA

Boquilla de cartón compatible con espirómetro y flujometro

UD

600

32      

008-0909

2204999

PESA RUSA 12 kg

Pesa tradicional que consiste en una bola de hierro fundido y otros materiales con asa. Los entrenamientos con estas pesas aumentan la fuerza, resistencia, agilidad y equilibrio desafiando tanto la fuerza muscular como el sistema cardiovascular

UD

3

33      

008-0910

2204999

PESA RUSA 18 kg

•              Pesa tradicional que consiste en una bola de hierro fundido y otros materiales con asa. Los entrenamientos con estas pesas aumentan la fuerza, resistencia, agilidad y equilibrio desafiando tanto la fuerza muscular como el sistema cardiovascular

UD

3

34      

008-0911

2204999

PESA RUSA 8 kg

                Pesa tradicional que consiste en una bola de hierro fundido y otros materiales con asa. Los entrenamientos con estas pesas aumentan la fuerza, resistencia, agilidad y equilibrio desafiando tanto la fuerza muscular como el sistema cardiovascular

UD

3

35      

340-0494

2204005003

KIT DILATADOR VAGINAL SILICONA

  • Ergonómicamente curvado para facilitar su uso
  • De silicona de alta calidad
  • 5 Medidas:
    • Dilatador 1 (7,5 cm x 1,25 cm)
    • Dilatador 2 (9 cm x 2 cm)
    • Dilatador 3 (10,75 cm x 2 cm)
    • Dilatador 4 (12, 75 cm x 2,5 cm)
    • Dilatador 5 (14 cm x 3,25 cm)

 Set

1

36      

222-0213

2204005003

SONDA RECTAL MONO BALON

  • Sonda mono balón. Inflable , Catéter con balón rectal de 45mm.puede inflarse hasta 400 ml. Contiene llave de tres vías y jeringa  de 60 ml.

              Longitud 900 mm aprox.

UD

20

37      

225-0221

2204005003

CUBRE SONDA DE ECOGRAFO

  • Cubierta o protectores para sonda de ecógrafo  de látex flexible
  • Diámetro : 320 mm

               Largo: 200 mm

UD

300

38      

225-3160

2204005003

LUBRICANTE INTIMO A BASE DE AGUA

  • Gel lubricante a base de agua , hidrosoluble soluble, textura gel

        120 gr.

UD

60

39      

340-1068

2204005003

BAJALENGUAS

PALETA DE MADERA DE 150 MM X 18 MM, PARA DEPRIMIR LA LENGUA Y PODER EXAMINAR LA BOCA Y LA GARGANTA

500 u

100

40      

001-0402

    2204005003

ESPESANTE

FARMACIA MAGISTRAL, DOSIS UNICA. ALMIDÓN DE MAÍZ MODIFICADO PARA VARIAR LA CONSISTENCIA DE ALIMENTOS FRÍOS O CALIENTES. SABOR NEUTRO. FECHA DE VENCIMIENO POSTERIOR A 2 AÑOS DE LA FECHA DE LICITACION

3 u

03

41      

3401400000

2204005003

EYECTORES DE SALIVA

EYECTOR DE SALIVA TRANS. DESECH. BS. X 100

100 u

30

42      

001-0610

2204005003

COLORANTE ALIMENTARIO AZUL-VERDE

COLORANTE PARA REPOSTERÍA LÍQUIDO 25 ML, CON GOTARIO QUE AÑADE COLOR A LOS ALIMENTOS.

50 u

50

43      

222-8161

2204005003

HUMECTANTE ORAL

FORMATO SPRY

100 u

20

44      

049-0309

2204008

CUCHARAS DESECHABLE

TAMAÑO DE TE

1000 u

20

45      

            001-0199

       2204008

VASOS DESECHABLES 90 CC

MATERIAL PLUMAVIT

500 u

30

46      

225-0601

       2204999

VENDAJE KINESIOLÓGICO COLOR PIEL

VENDAJE NEUROMUSCULAR. BANDA ELÁSTICA ADHESIVA DE 5 CM DE ANCHO

 UD

60

47      

043-6588

2204005003

VALVULA UMBRAL PARA ENTRENAMIENTO DE MUSCULATURA INSPIRATORIA

VALVULA UMBRAL PARA ENTRENAMIENTO DE MUSCULATURA INSPIRATORIA (IMT). Material: ACRILICO

UD

10

48      

340-0043

2204005003

VALVULA NIF -TEE  REUTILIZABLE

  • VÁLVULAS DE FLUJO UNIDIRECCIONAL TIPO T O NIF TEE.
  •   MATERIAL DE POLICARBONATO *** REUTILIZABLE
  • CONECCIÓN DE 1/4"
    • DIAMETRO INTERNO 15 mm

DIAMTERO EXTERNO 22 mm

UD

10

49      

043-0385

2204013

FLUJOMETRO MINI WRIGHT

  • Mide de 60 l/min a 850 l/min
  • Gold estándar

Certificado internacionalmente

UD

05

50      

  225-0626

        2204005003

FILTRO ANTIVIRAL/ANTIBACTERIANO DESECHABLE (HMEF)

Flitra virus y bacterias

UD

15

51      

 222-0214

2204005003

LIMPIADOR DE LENGUA

Limpia lengua

UD

10

52      

 222-0215

2204005003

HUMECTANTE LABIAL

Humectante labial neutro

UD

10

53      

 225-0628

2204005003

DEDO BUCAL

Dedo bucal

UD

10

54      

 225-0629

2204005003

HISOPOS ORALES

Hisopos orales

UD

10

55      

 008-0913

2204005003

FLEX CERVICAL

Flex cervical estándar

UD

05

56      

 008-0914

2204013

VIBRADOR  Z

Vibrador Z-VIBE

UD

02

57      

 008-0915

2204013

BATERIA DE REPUESTO VIBRADOR Z- VIBE

Baterias de respuesto para vibrador Z-VIBE

UD

05

58      

 252-7742

2204013

CAMARA DENTAL INTRAORAL

Cámara dental intraoral inalámbrica

2 u

03

59      

  222-9073

2204005003

BOQUILLA DESECHABLE MINI WRIGTH

Boquilla desechable compatible con flujómetro mini Wright para adultos

UD

15

60      

 

 222-9074

2204005003

ACAPELLA PRESION POSITIVA PEP

Dispositivo de terapia respiratoria que usa Presión Espiratoria Positiva (PEP) vibratoria para movilizar y eliminar secreciones pulmonares

UD

05

61      

 

  222-9076

2204005003

NECKLINE SLIMMER DEGLUCION

se usa en rehabilitación de la deglución para fortalecer los músculos suprahioideos y mejorar la apertura del esfínter esofágico superior

UD

05

62      

 

222-9077

2204013

EMST 75 CMH2O

entrenador de fuerza muscular espiratoria (EMST) que es un dispositivo médico para fortalecer los músculos de la respiración y la tos, con un rango de presión ajustable de 0 a 75 centímetros de agua (cmH2O).

UD

05

63      

222-9078

2204013

EMST 150 CMH2O

entrenador portátil de fuerza muscular espiratoria que ayuda a fortalecer los músculos de la respiración, tos, deglución y voz, utilizando un rango de presión ajustable de 30 a 150 cm H2O

UD

06





10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.