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B) BASES TÉCNICAS |
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Según parte B) de las bases adjuntas
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10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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El Hospital Mulchén, podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes de carácter administrativo que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta (excepto formulario 3 “Programa de Integridad”), siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Hospital Mulchén realizará una aclaración de ofertas a través del Foro Inverso de la Licitación en el portal www.mercaodpublico.cl, solicitando los antecedentes omitidos concediendo un plazo fatal de 48 hrs., después de publicada la aclaración, para que suba los antecedentes. Si no adjunta el antecedente omitido dentro del plazo individualizado, la oferta se considerará inadmisible.
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12. MEDIOS PARA ACREDITAR QUE NO REGISTRA SALDOS INSOLUTOS |
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El proveedor adjudicado deberá acreditar, al momento de contratar, que NO registran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante declaración obtenida del mercado público.
12.1. FORMA DE PAGO EN CASO DE SER ADJUDICADO EL PROVEEDOR Y REGISTRA SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que el proveedor que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El HFC Mulchén deberá exigir que el proveedor contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor contratado, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que dicho proveedor no podrá participar.
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13. ACLARACIÓN DE OFERTAS |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Mulchén podrá solicitar a los oferentes, ante cualquier duda que surja en algunos miembros de la comisión evaluadora o comité de evaluación, una aclaración de los términos indicados en la propuesta respectiva a través del foro inverso que se encuentra en el portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando esta aclaración no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El plazo para el ingreso de la aclaración, no podrá ser superior a 48 horas. Si no adjunta el antecedente omitido dentro del plazo individualizado, la oferta se considerará inadmisible.
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14. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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El HFC Mulchén declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases (Requisitos Administrativos, Técnicos y/o Económicos) ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Se considerarán siempre inadmisibles:
a) Las ofertas extemporáneas, es decir, presentadas fuera de plazo.
b) Las ofertas que no presenten la totalidad de lo solicitado en los listados económicos.
c) Las ofertas Recibidas, que superen el 20% del valor estimado neto por listado definido en punto 2 de las bases administrativas.
d) Las ofertas que no hayan dado cumplimiento a los requisitos y/o especificaciones técnicas de las Bases Técnicas.
e) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°4 “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)” o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
f) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°5A “Experiencia” o bien, éstos no se encuentren debidamente completados y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
g) Las ofertas, que No adjunten el Formulario N°6 “Cumplimiento Técnico” o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
h) Las ofertas, que No adjunten los Formulario N°7 “Oferta Económica” o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado o lo hayan adjuntado sin cumplir con todo lo solicitado.
i) Las ofertas, que no adjunten una Resolución Sanitaria Vigente del lugar donde se prepararán los alimentos.
j) Las ofertas, que tengan un Tiempo de disponibilidad programado superior a 3 días hábiles.
k) Las ofertas que modifiquen algún formulario administrativo, técnico y/o económico, que no sea permitido por estas bases de licitación.
l) Las ofertas, que adjunten los formularios Técnicos y/o Económicos, llenados de forma incompleta, inadecuados y/o con errores de tal magnitud que incidan en la validez de los mismos.
m) Las ofertas que adjunten documentos ilegibles y/o archivos vacíos, con errores, incompletos, dañados, entre otros, de los cuales no se pudiese realizar una revisión de su contenido.
n) La ofertas que no hayan cumplido con los plazos de aclaración de ofertas considerados en los puntos N° 10 y N° 13 de las bases administrativas.
o) Cuando el Hospital de Mulchén verifique, a través de las plataformas dispuestas por el Registro Civil u otras atingentes, que la información ingresada por oferente en la “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar” no es verás parcial o totalmente, sin perjuicio del levantamiento de las acciones legales y civiles que el este servicio estime pertinentes en razón a lo antes descrito.
p) Las ofertas que sean consideradas “ofertas riesgosas o temerarias”, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para lo anterior, el Hospital analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
1) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
2) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Contenido de las ofertas. Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, que se efectúa con motivo del proceso de validación técnica y/o administrativa a través del portal Chile Compra.
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17. RESOLUCIÓN EN CASO DE IGUALDAD DE PUNTAJE |
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En caso de que se iguale en el puntaje final, se procederá de la siguiente manera o fases, según siguiente escala de prevalencia:
a) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem oferta económica, y si se mantiene la igualdad;
b) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem Tiempo de respuesta y si se mantiene la igualdad;
c) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem Sucursal del proveedor, y si se mantiene la igualdad;
d) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem Experiencia del proveedor, y si se mantiene la igualdad;
e) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem de Sello Mujer, y si se mantiene la igualdad;
f) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem pacto de integridad, y si se mantiene la igualdad
g) Se adjudicará al proveedor que haya obtenido el puntaje más alto en el ítem Cumplimiento de requisitos formales, y si se mantiene la igualdad;
h) El primero que oferte y se verificará en el comprobante de la oferta.
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18. DE LA ADJUDICACIÓN |
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El comité técnico deberá hacer un análisis administrativo, técnico y económico, considerando los criterios de evaluación y la documentación que se exigió en las presentes Bases, donde emitirá un informe de evaluación con el detalle de las ofertas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos oferentes y proponiendo en el mismo la adjudicación al Director del HFC Mulchén o quien lo subrogue, del proveedor con el puntaje más alto y que ha sido considerada la oferta más ventajosa.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
Posteriormente, la adjudicación será formalizada a través de una Resolución de Adjudicación, publicada en el portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes para trasparentar el proceso y se entenderá realizada la notificación de la adjudicación luego de transcurridas 24 horas desde realizada dicha publicación.
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24. EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL PROVEEDOR |
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Ante el incumplimiento del proveedor, el HFC Mulchén podrá aplicar las siguientes sanciones según corresponda y de acuerdo a su respectivo procedimiento.
24.1. AMONESTACIÓN.
Los proveedores serán sancionados con la aplicación de amonestaciones en los siguientes casos:
• Cuando haya desistimiento de ofertas u adjudicación y no existen garantías en el respectivo proceso.
• Toda otra situación no señalada en las demás causales.
• Cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de otra de las sanciones de definidas en estas bases.
24.2. CAUSALES DE MULTAS
El HFC Mulchén a través del administrador Técnico del Contrato, previo informe aplicará las sanciones que a continuación se detallan:
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más sanciones que se indican, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan.
N° CAUSAL Monto
1 • Atraso de más de 15 minutos en la hora pactada para la prestación del servicio.
• Falta de decoración o presentación del lugar (cuando se requiera).
Tipo de Multa: GRAVE.
Medio verificador:
Correo electrónico del administrador del contrato.
Notificación en Certificado de Cumplimiento de Servicio.
Imágenes
U otros medios. 1 UTM
2 Prestación incompleta en la entrega del servicio solicitado por el Hospital Mulchén. (ejemplo: cantidades faltantes, inconsistencia en el tipo de productos solicitados, entre otros).
Podrá ser causal de término anticipado si el administrador de contrato lo determina.
Tipo de Multa: GRAVISIMA.
Medio verificador:
Correo electrónico del administrador del contrato.
Notificación en Certificado de Cumplimiento de Servicio.
Imágenes
U otros medios. 3 UTM
3 Proveedor no cumple con la limpieza e higiene pre y post servicio del lugar.
Podrá ser causal de término anticipado si el administrador de contrato lo determina.
Tipo de Multa: GRAVISIMA.
Medio verificador:
Correo electrónico del administrador del contrato.
Notificación en Certificado de Cumplimiento de Servicio.
Imágenes
U otros medios. 3 UTM
NOTA: La UTM aplicable, será la perteneciente al mes de ocurrido el evento.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total contratado con impuestos incluidos o que se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
Notificaciones:
Todas las notificaciones se realizarán por parte del administrador del contrato o equipo técnico a través de correo electrónico dirigido al supervisor y se entenderán recibidas 24 horas después de notificados.
Tope:
El cálculo de la multa total no podrá ser superior al 20% del monto total contratado o de su proporcional mensual.
En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total contratado con impuestos incluidos o que se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos, el HFC Mulchén podrá realizar el Término Anticipado del Contrato.
Cobro de multa: La multa producirá sus efectos, una vez resuelto los recursos pertinentes, o cuando haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. Limitaciones al cobro de multas: Cabe señalar que el Hospital Mulchén no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que adeude al mismo Proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa.
El monto de las multas deberá ser pagada de forma directa a la Cuenta Corriente del Banco Estado Nº 56109026943, con notificación vía correo a noemi.zagal@ssbiobio.cl, susana.matamala@ssbiobio.cl, milko.sanchez@ssbiobio.cl, sanciones.hfcm@ssbiobio.cl y al correo del encargado del proceso. Dicho pago deberá efectuarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.
El no pago de la multa dentro de los plazos establecidos, faculta al HFC Mulchén, para rebajar el monto de la Multa de la factura siguiente que emita el proveedor, de no haber facturas siguientes, se hará efectivo a través del cobro de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, cuyo monto correspondiente al valor de la multa será ingresado al presupuesto de la Institución, haciéndose la devolución del saldo restante si es que lo hubiera, al proveedor a fin de no incurrir en enriquecimiento sin causa. En caso de proceder de esta manera el proveedor deberá acompañar una nueva garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la garantía que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera, lo que coincidirá con la devolución del saldo a favor de la garantía ejecutada. Asimismo, la sanción de multa y/o el no pago de ésta se tomarán como antecedente que se traducirá en una mala evaluación para futuras adquisiciones.
La Unidad de Abastecimiento sólo generará la cobranza administrativa respecto al pago de la multa, por lo que, desde la generación de notificación y resolución de la misma, todos los antecedentes son entregados a Unidad de Finanzas para que realice el cobro financieramente.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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