- Certificado emitido por la Dirección Provincial del Trabajo denominado “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)”, con la pertinente individualización de la obra, comuna empresa o faena objeto del certificado; el domicilio de la obra, indicando región, comuna y localidades, cuando corresponda; la situación de los trabajadores declarados a la fecha de la solicitud del certificado; el estado de las cotizaciones previsionales, debiéndose siempre acompañar nómina de trabajadores impresa y debidamente legalizada ante Notario Público, con indicación de sus nombres, cédulas de identidad y remuneración líquida, bruta, cotizaciones previsionales y de seguridad retenidas y remuneración líquida según corresponda, detalle de las remuneraciones; detalle de las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo y/o por años de servicios; antecedentes de la empresa principal, individualizando el RUT, Razón social o nombre, RUT del representante legal y su nombre completo, domicilio de la empresa principal, con indicación de región comuna y teléfono; el objeto del certificado, ámbito de validez y periodo comprendido, los requisitos de validez y; la observación final cuando proceda, en el que conste que no existen deudas laborales del Contratista con los trabajadores que se han desempeñado en la ejecución de la obra.
- Acreditar que no tiene reclamos pendientes por remuneraciones adeudadas a los trabajadores que se desempeñaron en la ejecución de las obras comprendidas en el estado de pago.
- Fotocopia autorizada ante Notario Público de él o los Libros de Remuneraciones, debidamente timbrados por el Servicio de Impuestos Internos y Fotocopia de Planillas de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra.
- Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en caso de que las hubiere.
- Si el Contratista subcontratara parcialmente las obras, se exigirá la documentación señalada en los puntos anteriores correspondientes a los trabajadores del subcontratista.
- En caso que la empresa contratada o la subcontratada no acrediten oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, el Servicio de Salud Viña del Mar Quillota, a través de la Inspección técnica, podrá solicitar hacer retención según el Estado de Pago que corresponda, de los montos de que es responsable por estos conceptos.