Licitación ID: 628-7-LE23
Mantención preventiva y correctiva climatización.
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de reparación, mantenimiento o reparación de aire acondicionado 1 Unidad
Cod: 72102305
Servicios de mantención preventiva y correctiva para el sistema de climatización, calefacción y ventilación para el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención preventiva y correctiva climatización.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación pública, tiene por objeto seleccionar a un proveedor, para la ejecución de los trabajos de mantención preventiva y correctiva de los sistemas de climatización, calefacción y ventilación de la Dirección Nacional de SERNAMEG (Huérfanos Nº 1219) de acuerdo a las presentes bases técnicas y administrativas, estándares de calidad, oportunidad y demás condiciones detalladas en la presente resolución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Huérfanos 1219, Santiago Centro.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-06-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 14-06-2023 17:04:15
Fecha inicio de preguntas: 14-06-2023 17:15:00
Fecha final de preguntas: 18-06-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-06-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-06-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-06-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-07-2023 16:35:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno obligatoria 19-06-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- -Anexo N°1. Formulario de datos del oferente.
2.- - Anexo N°2. Declaración Jurada sobre vínculos de parentesco y/o afinidad.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N°3. Acta visita a terreno.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo N°4. Oferta técnica y oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica En este criterio, serán evaluados los siguientes subfactores: 1. Experiencia 25%. 2. Tiempo de respuesta 10% 3. Garantía de los trabajos a realizar 20%. Para mayor información, favor revisar el punto 11. evaluación y adjudicación de las ofertas. 55%
2 Oferta económica Todos los valores deben incluir obra de mano y materiales, además expresados con IVA y sólo se evalúa los costos de mantención preventiva. Este criterio será evaluado de la siguiente forma: oferta más económica/oferta a calificar x 100. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ley de Presupuesto
Monto Total Estimado: 40000000
Justificación del monto estimado El monto disponible para la presente contratación asciende a la suma única y total de 40.000.000.- cuarenta millones de pesos chilenos, IVA incluido.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Valor máximo de cada mantención mensual no puede ser superior a 1.000.000 un millón de pesos, IVA incluido, mensuales.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Francisco Rojas Arce
e-mail de responsable de contrato: frojas@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25496118-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género
Fecha de vencimiento: 28-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en la oportunidad establecida en el numeral 8 de las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física estas se recepcionarán en la Oficina de Partes del SERNAMEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 09:00 y las 14:00 horas. Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicios de mantención preventiva y correctiva de los sistemas de climatización, calefacción y ventilación y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los /as trabajadores/as.
Forma y oportunidad de restitución: El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se cobrará en las siguientes hipótesis: - En caso de terminar anticipadamente el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones. - Incumplimiento grave de las obligaciones. - Si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, respecto del contratista, salvo que el proveedor mejore las cauciones entregadas, o las existentes son suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. - En caso de incumplimiento en las obligaciones laborales y sociales del contratista. - Cuando los estados de pago no son suficientes para solventar el valor de las multas aplicadas mediante Resolución Exenta. En dicho evento, se deberá cobrar solo hasta el monto de la multa, haciéndose devolución del excedente al contratista, en la medida que haya entregado una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos que el presente numeral regula. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. En caso de cobro de la garantía derivado por una falta imputable al proveedor, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. En caso de no restituir el documento en el plazo indicado, se procederá al término anticipado del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de terminado el contrato. La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si ella respectivo adjudicatarioa desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, se entenderá que se desiste de la propuesta y el SernamEG podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SernamEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De la adjudicación.
El SERNAMEG, previo análisis comparativo de las ofertas, seleccionará la oferta más conveniente de entre aquellas válidamente recibidas.
Monto disponible.
El monto disponible para la presente contratación asciende a la suma única y total de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos chilenos), IVA incluido, cuyo desglose presupuestario es el siguiente: $40.000.000.-, por 24 meses DESGLOSE: Año 2023 octubre-dic. $3.000.000.- mantención Año 2023 octubre-dic. $2.000.000.- eventuales reparaciones Año 2024 enero-dic. $12.000.000.- mantención Año 2024 enero-dic $8.000.000.- eventuales reparaciones Año 2025 enero-sep. $9.000.000.- mantención Año 2025 enero-sep. $6.000.000.- eventuales reparaciones El Valor máximo de cada mantención mensual no puede ser superior a $1.000.000 (un millón de pesos, IVA incluido), mensuales
Presentación de la propuesta.
La oferta será recibida a través del portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para este efecto.
Factor de desempate.
En caso de empate en el puntaje final entre dos o más ofertas, se seleccionará aquella que haya obtenido el mejor puntaje en la Oferta Económica. De persistir el empate, se elegirá al oferente que haya tenido mejor puntaje en el subcriterio Garantía de los Trabajos a Realizar.
Causales de inadmisibilidad de las propuestas
Serán declarados inadmisibles aquellas que incurran en una o varias de las situaciones siguientes: a) Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados. b) Incurra en falsedad con respecto a la información proporcionada en la integración de su paquete de concurso c) No acompañe cronograma o Carta Gantt de mantenimiento y/o no acredite contar con al menos una persona del personal propuesto con una profesión afín a los sistemas de climatización y certificación SEC para operar calderas, conforme a lo señalado en el punto 10 de las presentes bases. d) No haber asistido a la visita a terreno. La asistencia se acreditará firmando el acta respectiva.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, SernamEG podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás oferentes; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y que ello se efectúe de conformidad a lo previsto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886. Se informará de las solicitudes de aclaración a través del sistema. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o se refieran a situaciones que no hayan mutado entre dicho plazo y el período de evaluación de las ofertas. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos. Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos. En caso que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos cuestionados.
De la Adjudicación de la propuesta
La adjudicación se efectuará a un solo proponente, mediante resolución fundada publicada en www.mercadopublico.cl dentro de diez días hábiles, después de efectuada la evaluación de las ofertas. La licitación se adjudicará al proponente (1) que haya presentado la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores, aun cuando no sea la de más bajo costo. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso mediante la dictación del correspondiente acto administrativo fundado. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl). De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la Resolución que adjudica.
Readjudicación.
Si el/la respectivo adjudicatario/a desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases o no se inscribe en el Registro de Chile Proveedores en el plazo establecido para ello, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, se entenderá que se desiste de la propuesta y el SernamEG podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del SernamEG, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Consulta acerca de la evaluación y/o adjudicación.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a través del siguiente link: https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Vigencia del contrato.
La vigencia del contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba y hasta que se cumplan a cabalidad la totalidad de las obligaciones que derivan de él. Sin perjuicio de ello, por razones de buen servicio y con el fin de dar continuidad de la función pública, se entiende que el servicio deberá comenzar a partir del 01 de octubre de 2023, por un periodo de 24 meses. Con todo, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio
Del contrato.
De la suscripción del contrato. El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro de dicho plazo se desiste de la propuesta, caso en el cual el SERNAMEG procederá, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes. Del contenido del contrato. Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
Delimitación de responsabilidad.
El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder. El contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato. El/la adjudicatario/a, en cumplimiento con lo establecido en la legislación laboral, deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y seguridad, tomando las medidas para mantener en terreno, la higiene y seguridad en el trabajo. Es obligación del/la adjudicatario/a efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la contraparte técnica de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias. Además, el/la proveedor/a adjudicado/a deberá: • Nombrar un/a Coordinador/a Técnico/a de la prestación del servicio, debiendo entregar sus datos de contacto. Igualmente deberá designar una persona contraparte para el Departamento de Administración y Finanzas del SernamEG con el fin de que vele y realice seguimiento a todo lo vinculado al pago de los servicios contratados. Dentro de sus funciones está: • Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios. • Representar a la empresa adjudicada en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios. • La designación de la persona coordinadora y todo cambio relativo a ésta deberá ser informado a la contraparte del SernamEG por el/la proveedor/a adjudicado a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
Modificación y término anticipado del contrato.
El contrato y podrá terminarse o modificarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 6. Alcanzar el tope máximo de multas aplicadas conforme a lo que se señala en el párrafo siguiente. Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. En todo caso, las modificaciones al contrato siempre deberán constar por escrito, lo anterior será aprobado mediante resolución de la autoridad administrativa.
Multas
Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas se clasificarán en faltas leves y graves, de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro: CATEGORÍA CAUSALES MULTA APLICABLE Falta grave - No reparación o mantención de los sistemas en el plazo comprometido. - Agresiones físicas, peleas, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. - Incumplimiento de las instrucciones impartidas por el coordinador del contrato. - Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas (por evento). - Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento del SERNAMEG. 4 UF por evento Falta leve - Día de atraso en las mantenciones o reparaciones comprometidas. - Nivel deficiente del servicio validado por la contraparte técnica del contrato, mediante anotación en el libro de novedades. 2 UF por evento Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta. Se considerará como falta grave y como causal de término anticipado de contrato, el hecho de que se apliquen multas, conforme al procedimiento que se describe a continuación, por un monto total que supere el 30% del valor contratado. Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el Servicio notificará al adjudicado mediante carta certificada, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. A contar de la comunicación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del Servicio. Si se presentan descargos, el Servicio tendrá un plazo de cinco días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al adjudicatario. El adjudicatario dispondrá de un plazo de tres días para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El Servicio dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso.
Del pago
Conforme señala la Ley N°21.131, el pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro cumplidos los hitos respectivos y la que deberá emitirse sólo una vez que se hayan recepcionado conforme los bienes y/o servicios. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente el órgano público comprador certifique la recepción conforme de los bienes y servicios adquiridos dentro del plazo establecido en el artículo 3° de la Ley N°19.983. El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica, para lo cual deberá acompañar además certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para realizar de manera expedita el pago de las facturas, el proveedor adjudicado, deberá enviar sus datos bancarios, al correo adquisiciones@sernameg.gob.cl, para su registro en el sistema de gestión financiera del Estado (SIGFE). No podrán ser entregadas cuentas de persona natural, cuando el proveedor adjudicado o seleccionado, corresponda a una razón social. El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos.
Administrador/a del Contrato.
La jefatura de la Unidad de Servicios Generales, Dpto. de Administración y Finanzas será responsable de la administración del contrato: a) Mantener toda la información económica y administrativa del contrato del contrato. b) Dirigir las comunicaciones al proveedor sobre la calendarización de los trabajos de mantención. c) Dar la conformidad a los servicios prestados al requerir el pago. d) que Fiscalizar la correcta ejecución del contrato.
Cesión y subcontratación.
El adjudicatario no podrá subcontratar ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.