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9.1 Normativa Aplicable |
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Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes:
- Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Hacienda Nº 661/2024.
- Las Bases Técnicas.
- Los Anexos.
- Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).
- La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u otro instrumento normativo.
Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.
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9.2 Consultas y Aclaraciones a las Bases |
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Los interesados podrán formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativa, dentro del plazo señalado en el punto 3 de las presentes Bases y sola a través del Portal.
Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
Las comunicaciones entre la Entidad Licitante y los oferentes, desde el llamado a licitación y hasta la adjudicación de la misma, se realizarán exclusivamente a través del Portal, por lo que no se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado y/o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá efectuar a iniciativa propia las aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro. Dichas aclaraciones estarán disponibles en los archivos adjuntos de la licitación, si es que se efectuaren.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Los oferentes deberán revisar el Portal durante todo el proceso de la licitación, no pudiendo alegar desconocimiento de las comunicaciones realizadas en el mismo.
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9.3 Modificaciones a las Bases de Licitación |
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La Dirección de Vialidad podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes.
Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal Mercado Público, otorgando además, un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada y formarán parte integral de las Bases de Licitación.
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9.4 Presentación de las Ofertas |
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Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna.
Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de Proveedores por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin necesidad de declaración expresa.
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9.5 Precio y Moneda |
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Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), y deben incluir todo gasto que sea requerido para cumplir con la compra o servicio en las condiciones exigidas en las presentes Bases de Licitación.
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9.6 Vigencia de las Ofertas |
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Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 45 días hábiles, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.
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9.7 Garantías |
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Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y/o de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, que deberá ser emitida y entregada conforme lo dispone el numeral 8 de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no presentare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se podrá adjudicar al proponente que hubiere resultado calificado en segundo lugar en la evaluación, sin perjuicio de la facultad dela Dirección de Vialidad de declarar desierta la licitación.
En licitaciones inferiores a las 1.000 UTM, solo será exigida la presentación de esta garantía si el Servicio por razones fundadas, lo solicite expresamente en las presentes Bases de Licitación.
El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía, si el proveedor no cumple con la entrega de suministro en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación o incurra en alguna causal de terminación anticipada del contrato, lo que deberá ser debidamente declarado mediante resolución fundada.
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9.8 Errores u omisiones y Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes |
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La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.
En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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9.9 Evaluación de las Ofertas |
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Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararan inadmisibles las ofertas que no cumplan con estos.
Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°661 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a dicha acta.
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9.10 De los Requisitos de Admisibilidad |
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El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos en las presente Bases de Licitación.
Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas, y que no sean objeto de asignación de puntaje, y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición para contratar con Organismos del Estado.
Asimismo, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier oferta que no se ajuste a estas Bases o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas presentadas.
La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en formato ilegible o enmendada, se tendrá por no presentada.
En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones que en cada caso lo justifican.
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9.11 Resolución de Empates |
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En caso de empate de las ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes reglas de solución de empates:
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CONDICIÓN
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ADJUDICACIÓN
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Igual Puntaje
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Se adjudica al proveedor que presente el menor valor en la oferta económica.
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Igual Puntaje e igual valor en la oferta Económica
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Se adjudica al proveedor con más años de experiencia
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En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que ingresó primero su oferta, de acuerdo a la fecha y hora de ingreso en el portal www.mercadopublico.cl. Este hecho quedará consignado en el Acta de Evaluación de ofertas, donde se indicará el método que se utilizó para su verificación.
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9.12 Revocación del Llamado y Desestimación de Ofertas |
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La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el Portal por razones de mérito, conveniencia u oportunidad, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880.
Asimismo, la Dirección se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o estás no resulten convenientes al interés del Servicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, pudiendo desestimarlas independiente de sus montos y condiciones, antes de la adjudicación por razones de interés fiscal.
En todos estos casos, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.
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9.13 Fecha de Cierre y Adjudicación |
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La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada por decisión del Servicio, para asegurar una mayor participación de oferentes.
Del mismo modo, la fecha de adjudicación podrá ser modificada por necesidades del Servicio, informando en el Sistema de Información del Portal Mercado Público, las razones que lo justifican y el nuevo plazo de adjudicación.
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9.14 Adjudicación |
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La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, al proveedor que a proposición del Revisor o Comisión cumpla con las exigencias de las presentes Bases y obtenga la mejor calificación según los criterios de evaluación. Esta propuesta, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente por razones fundadas.
El resultado de la licitación se publicará en el Portal Mercado Público, la que se entenderá notificada al Adjudicatario y demás participantes, al día siguiente hábil de su publicación.
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9.15 Formalización de la Contratación |
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Se formalizara mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por el proveedor. En estos casos, la Orden de Compra se emitirá conjuntamente con la publicación de la Adjudicación en el Portal.
Emitida la orden de compra, se entenderá notificada al Adjudicatario al día siguiente hábil a su envío a través del Portal Mercado Público, y el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas contados desde su notificación para aceptarla, de lo contrario, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En casos de licitaciones superiores a 1.000 UTM se formalizará mediante la suscripción de un contrato en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl
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9.16 Habilidad del Proveedor |
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El proveedor adjudicado debe encontrarse en estado “hábil” para contratar con organismos del Estado en el Registro de Proveedores.
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9.17 Readjudicación de la Licitación |
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Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, o incurra en cualquier otro incumplimiento de las obligaciones que impone las presentes Bases o la Ley, previo al inicio de la ejecución del contrato, la Dirección de Vialidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la licitación a conveniencia del Servicio.
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9.18 Monto y Plazo de Vigencia del Contrato |
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El Contrato tendrá una vigencia de 24 meses y comenzará a contar del día 23 de junio de 2025.
Si el plazo de inicio o término de la contratación, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
El monto total del contrato será el valor mensual total propuesto por el proveedor en su oferta y aceptado por el Servicio mediante la correspondiente Resolución de Adjudicación.
El valor propuesto por el oferente tendrá vigencia por la totalidad del contrato y no estará afecto al pago de reajustes ni intereses.
Sin perjuicio del plazo de vigencia del contrato y su monto final, se deja constancia que el presupuesto autorizado por el periodo total del contrato asciende a $ 84.000.000.- (ochenta y cuatro millones de pesos)
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9.19 Inspección Fiscal o Contraparte Técnica |
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Con el objetivo de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la Dirección de Vialidad designará en la Resolución de Adjudicación, a un funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, quien velarán por el fiel cumplimiento de los plazos y demás obligaciones establecidas en las Bases Técnicas, Bases Administrativas y Oferta del proveedor debidamente aceptada.
Toda instrucción que realice el Inspector Fiscal debe constar por escrito.
El inspector Fiscal podrá requerir, por razones fundadas, el cambio de equipo y/o material a utilizar durante la ejecución del servicio, indicando las razones y el plazo dentro del cual se debe dar cumplimiento a la instrucción, lo cual deberá ser enviada con un una antelación mínima de 15 días hábiles a efectuar el cambio.
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9.20 Modificaciones del contrato |
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El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato, como lo es, la variación de cantidades contemplada en el numeral 9.28 de las presentes Bases de Licitación.
b) Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.
El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento, por lo que será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
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9.21 Del Inicio y Ejecución de los Servicios |
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El lugar de la ejecución del servicio será en las dependencias de la Dirección de Vialidad Osorno, ubicadas en:
- Ø Manuel Antonio Matta 838, Osorno
- Ø Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez, Osorno
- Ø Eleodoro Vásquez 591, Osorno.
El plazo de ejecución de cada servicio comenzará el 23.06.2025, fecha que quedará establecida en la suscripción del contrato y tendrá vigencia por 24 meses.
Si el plazo de inicio o término de la contratación, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
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9.22 Prevención de Riesgos y Seguridad Vial |
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Será responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas de seguridad necesarias durante los trabajos que involucren el cumplimiento del servicio, velando porque sus funcionarios usen los elementos de protección personal.
Con la finalidad de proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñen en las dependencias de la Dirección de Vialidad, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el oferente adjudicado deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y Ley 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación.
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9.23 Recepción de los Servicios |
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La recepción de cada servicio, se efectuará por el Inspector Fiscal designado, a quien le corresponderá efectuar la recepción de los servicios contratados, debiendo verificar su correcta ejecución, según lo establecido en las Bases Administrativas, Técnicas y Oferta del Proveedor debidamente aceptada y normativa vigente de manera mensual.
Será causal de no recepción de los trabajos, si el IF detectaré algún incumplimiento respecto al Alcance de los servicios o Especificaciones Técnicas contenidas en las Bases Técnicas de las presente Licitación, en cuyo cado deberá informarlo por escrito al proveedor.
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9.24 Forma de Pago |
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El pago de los Servicios se efectuara en forma mensual, por los servicios debidamente ejecutados y recepcionados por el Inspector Fiscal durante dicho periodo.
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9.25 Documentos de Respaldo para Pago |
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Una vez recibido el servicio por el encargado de la Inspección y previa recepción conforme, el Inspector dará visto bueno al pago, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
- Acta de Recepción conforme firmada por Inspector Fiscal y funcionario designado.
- Copia de factura.
- Planilla de multas por atrasos si corresponde.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales Previsionales F-30-1 del periodo
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9.26 Facturación Electrónica y Forma de Pago |
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El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles contados desde la presentación de la factura, previa recepción conforme del suministro y firma de la factura por el Servicio.
De acuerdo a la Ley N° 20.727 del Ministerio de Hacienda y sus Modificaciones, que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, el proveedor deberá emitir sus respectivas facturas al Ministerio de Obras Públicas, de forma electrónica, para lo cual deberán realizar ciertos ajustes en el formato XML de la misma, de manera que ésta refleje el lugar donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.
Para ello, las facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago en donde se produjo la compra, con el objeto de su correcta identificación y envío automático del documento a los correos electrónicos que se disponen.
Asimismo, deberá contener los siguientes datos:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: LOS LAGOS
Domicilio: MANUEL ANTONIO MATTA N° 838
Comuna: OSORNO
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CÓDIGO FACTURACIÓN: 1270
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9.27 Autorización de Pago a través de Bancos |
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Para efectos del pago, el proveedor deberá efectuar el trámite “Autorización de Pago a Través de Bancos”, que permite a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, abonar a la cuenta bancaria que indique el proveedor, el monto presentado a cobro.
Para acceder a la autorización deberá dirigirse al enlace https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , acceder mediante clave única y completar el formulario web.
El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas del MOP, que Instruye Sobre la Modalidad de Pago Electrónico a contar del año 2022.
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9.28 Variación de Cantidades |
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La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas, de acuerdo a las necesidades de orden técnico o administrativo, sin que esto afecte los precios ofrecidos.
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9.29 Multas y Sanciones |
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Ante un eventual incumplimiento en el plazo de entrega establecido por el proveedor para cada servicio requerido, la Dirección de Vialidad aplicará una multa de acuerdo a lo descrito a continuación:
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a. Multa por atraso en la implementación del servicio de aseo convenido
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Sanción de atraso en la implementación del servicio de aseo convenido
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El retraso en la implementación del servicio en cualquier dependencia, por causa imputable al adjudicatario, conforme a la fecha establecida para el inicio de la vigencia del contrato, genera una multa diaria equivalente al 5%, calculado sobre el monto mensual del contrato, IVA incluido, con un tope del 30%, de dicho monto.
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Sin embargo, si el atraso supera los 6 días corridos, se podrá poner término anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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b. Multa por incumplimiento durante la ejecución del contrato
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Sanción por incumplimiento durante la ejecución del contrato
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En caso de incumplimiento, en a lo menos de 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia dentro de un mes calendario, de cualquiera de las tareas que se encuentren definidas en el letra B de las Bases Técnicas, sin que el adjudicatario efectúe su corrección dentro de los 90 minutos siguientes de lo informado de la situación mediante correo electrónico al Inspector Fiscal del Contrato, se generará una multa de un 1%, calculado sobre el monto total mensual del contrato, IVA Incluido. Tope de la multa 3%.
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Si el incumplimiento fuera reiterado y su ocurrencia superarán las 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia, en un período de 3 meses consecutivos, la Dirección de Vialidad estará facultada para poder término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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c. Multa por ausencia de personal
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Sanción por ausencia de personal
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Se procederá a cobrar una multa de 1 UF por cada trabajador que se ausente a su turno en alguna de las dependencias. Tope de la multa 3 UF
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Si la ausencia se presenta más de 3 veces en un mes en alguna dependencia, en un período consecutivo de 3 meses, la Dirección de Vialidad estará facultada para poner término anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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d. Multa por desorden en la ejecución del aseo
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Se procederá a cobrar una multa de 1 UF, en caso que existan 2 reclamos en el mes, por dejar desordenado una vez que se haya realizado el aseo, por ejemplo, basureros encima de sillas, muebles corridos de su lugar habitual. Este reclamo debe ser informado por correo electrónico al Inspector Fiscal del Contrato. El tope de la multa será de 20 UF. Si esto ocurre, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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e. Sanción por exceder la multa del 5% del monto total del contrato
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El monto máximo de las multas aplicadas durante la vigencia del contrato, no podrá exceder el 5% del monto total del contrato, IVA incluido. Si esto ocurre se podrá poner término anticipado al contrato y se procederá a cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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La multa se hará efectiva al momento del pago mensual, descontándose del monto a pagar por el servicio contratado.
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9.30 Procedimiento para la Aplicación de Multas |
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En caso de incumplimiento en la entrega, deberá ser informado por el Inspector Fiscal mediante correo electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.
Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por correo electrónico efectuada por el Fiscalizador.
El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal. La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.
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9.31 Recursos |
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Las decisiones que adopte la Dirección de Vialidad, serán susceptibles de los recursos administrativos que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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9.32 Término Anticipado del Contrato |
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El contrato podrá terminar anticipadamente con arreglo al artículo 13 bis de la Ley Nº 19.886 de 2003, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entiende por incumplimiento grave del contrato haber incurrido en incumplimientos reiterados de aquellos señalados en el numeral 9.29 o multas que representen un 5% del valor total del contrato IVA incluido.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley Nº 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter. De la Ley 19.886.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
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9.33 Solución de Controversias |
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Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y el proveedor, que se verifique durante el desarrollo del contrato, será sometida a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
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9.34 Pacto de Integridad |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30%, cualquiera sea el monto, precio y condiciones. Tal variación, no podrá significar una alteración del precio o plazos ofrecidos por el proveedor.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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BASES TÉCNICAS |
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Licitación Pública ID 1894-24-LP25, para Convenio por el servicio de aseo integral para las dependencias de Oficina Provincial, Taller Maestranza y Laboratorio Provincial de la Dirección de Vialidad Osorno, Región de los Lagos.
- SERVICIO A CONTRATAR
Se requiere la contratación de servicio de aseo integral para las dependencias de Oficina Provincial, Taller Maestranza y Laboratorio Provincial de la Dirección de Vialidad Osorno, Región de los Lagos, por el período 2025-2027.
- ALCANCE DE LOS SERVICIOS
El proveedor deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones durante la ejecución del servicio de aseo integral para todas las dependencias de la Dirección de Vialidad Osorno (Oficina Provincial, Taller Maestranza y Laboratorio Provincial):
Trabajos Diarios en oficinas:
- Limpieza de basureros y suministrar bolsa de basura.
- Limpieza de escritorios, cajoneras, estantes, muebles, sillas, computadores, impresoras, teléfonos, superficies altas y todo tipo de artículos relacionados con los artículos correspondientes.
- Barrer o aspirar pisos, limpiar y desinfectar pisos con productos correspondientes.
Trabajos Diarios en baños:
- Revisión y reposición de insumos: papel higiénico, jabón líquido, desodorante ambiental, papel secado de manos, entre otros.
- Limpieza de basureros y suministrar bolsas de basura.
- Limpieza y desinfección de escusado, urinarios, lavamanos, espejos, puertas, pisos y muros con sus artículos correspondientes.
Trabajos Diarios en cocina-casino, sala reuniones, bodega, espacios comunes:
- Limpieza de pisos, mesas, sillas, estantes, superficies de altura, lámparas, accesorios, mesones, entre otros, con sus respectivos artículos.
Trabajos Esporádicos:
- Mensualmente cortado de pasto y maleza todas las dependencias de la Dirección de Vialidad, con sus respectivos artículos o de acuerdo a necesidad (mata malezas y entre otros).
- Cada dos meses limpieza de vidrios interior todas las dependencias, con sus respectivos artículos.
- Semestralmente limpieza de vidrios exterior todas las dependencias, con sus respectivos artículos.
- Limpieza de canaletas de todas las dependencias de la Dirección de Vialidad de acuerdo a necesidad.
- Quincenalmente realizar encerado de piso en oficina Provincial dependencia ubicada en Manuel Antonio Matta N° 838, Osorno.
Sin perjuicio que los trabajos esporádicos puedan ser requeridos de manera más frecuente previa coordinación con el Inspector Fiscal.
- REQUISITO DEL PERSONAL
El personal del oferente adjudicado deberá estar capacitado para el desarrollo de su función, y en el caso de ser extranjero, deberá estar debidamente acreditado para trabajar en el país, con todos sus antecedentes legales al día y portando su respectivo uniforme distintivo.
Asimismo, el personal evitará el recepcionar quejas y comunicaciones de los funcionarios de las unidades requirentes y viceversa, función que únicamente deberán ejercer el Inspector Fiscal.
- REQUISITOS DE MATERIALES Y ELEMENTOS DE ASEO
El adjudicatario proporcionará los elementos de seguridad y productos necesarios para el buen desempeño de su personal en las labores propias de este servicio, tales como:
- Uniformes y credenciales de identificación, que deben permanecer siempre visibles.
- Guantes, delantal, mascarillas, calzado de seguridad, y otros cuando corresponda.
- Productos que no afecten al medio ambiente de calidad reconocida y en cantidades necesarias.
- Bolsas de basuras adecuadas para oficinas y baños.
- Máquinas/equipos para labores de aseo (aspiradora, máquina cortadora de pasto y otros cuando corresponda), las que deberán estar en buen estado, tener la capacidad necesaria de acuerdo a los requerimientos de los espacios a mantener y que deberán permanecer en las dependencias de la DV.
- Mantener stock de materiales de aseo y para servicios higiénicos, en cada una de las dependencias de manera de asegurar la continuidad de las labores de limpieza.
- Lo insumos de aseo son los siguientes: papel higiénico, jabón líquido, desodorante para WC y urinario, cera, líquido para el piso, líquido de desinfección de salas de baños, bolsas de basura.
- El relación a la distribución de insumos, estos deben ser entregados a las auxiliares de aseo siempre en el tiempo correspondiente para que no se produzca desabastecimiento. Además de mantener un stock en cada dependencia.
- JORNADA DE TRABAJO
La Empresa deberá prestar servicios en cada dependencia de lunes a viernes, entre las 08:30 y las 17:30, consideradas como jornadas en horario normal y jornadas extraordinaria fuera del horario normal, entre estas: después de las 17.30 horas, sábados, domingos y festivos, si se estima necesario por la Dirección de Vialidad.
En caso de ausencia del personal de aseo, la empresa deberá realizar su reemplazo de forma inmediata comunicando este cambio al Inspector Fiscal con una demora no mayor a dos horas.
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