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A.- BASES ADMINISTRATIVAS |
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1. PRODUCTOS/SERVICIOS REQUERIDOS:
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1
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Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación
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36 unidades
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Cod: 73152101
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para Grupo Electrógeno Caterpillar 1000 KVA, edificio Torre de Pacientes Críticos (TPC) y edificio monoblock (MNB) SEGUN EETT Y ANEXOS ADJUNTOS 40-025-110-010-00
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2
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Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación
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36 unidades
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Cod: 73152101
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para Grupo Electrógeno FG Wilson 1000 KVA., edificio Torre de Pacientes Críticos (TPC) y edificio monoblock (MNB) SEGUN EETT Y ANEXOS ADJUNTOS 40-025-110-017-00
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3
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Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación
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36 unidades
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Cod: 73152101
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo sistema de control WOODWARD modelo EASYGEN 3000, edificio Torre de Pacientes Críticos (TPC) y edificio monoblock (MNB) SEGUN EETT Y ANEXOS ADJUNTOS 40-025-110-023-00
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4
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Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación
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72 unidades
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Cod: 73152101
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para un Grupo Electrógeno FG Wilson 500 KVA, edificio Torre de Pacientes Críticos (TPC) y edificio monoblock (MNB) SEGUN EETT Y ANEXOS ADJUNTOS. La cantidad corresponde a 2 equipos, por 36 meses.
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5
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Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación
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1 global
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Cod: 73152101
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Convenio suministro de repuestos para reparación de grupos electrógenos, SEGUN EETT Y ANEXOS ADJUNTOS
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2. CARACTERISTICAS DE LA LICITACION
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Nombre de la licitación
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MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA GRUPOS ELECTROGENOS TPC-MNB HGGB
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Descripción
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El HGGB necesita contar con el Servicio de MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA GRUPOS ELECTROGENOS TPC-MNB HGGB pertenecientes a diferentes servicios del establecimiento, por un periodo de 36 meses. Solicitado por Profesional CR Operaciones en requerimiento S-COM 20677.
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Tipo de licitación
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Licitación Pública superior o igual a 1.000 UTM o inferior a 5.000 UTM (LP)
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Vigencia
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Será de 36 meses, desde el 09 de enero de 2026, fecha en la cual termina vigencia de convenio vigente, sin perjuicio de la debida tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato en el portal de mercado público.
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Tipo de convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Contrato
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Si requerirá suscripción de contrato
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Toma de razón por Contraloría
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NO requiere Toma de Razón por Contraloría
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Publicidad de ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
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- ORGANISMO DEMANDANTE
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Razón social
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HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION
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Unidad de compra
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Hospital HGGB Abastecimiento General
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R.U.T.
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61.602.189-3
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Dirección
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San Martin 1436 Abastecimiento General
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Comuna
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Concepción
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Región en que se genera la licitación
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Región del Biobío
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- CALENDARIO DE LICITACIÓN
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Fecha inicio de preguntas
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A partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas.
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Fecha final de preguntas
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5 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 17:00hrs.
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Fecha de publicación de respuestas
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8 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación, a las 17:01 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de la oferta
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20 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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20 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:01 hrs.
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Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas
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20 días corridos, a partir de la fecha de apertura
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Fecha de Adjudicación
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60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas a las 17:00hrs.
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El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.
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- OTRAS FECHAS QUE SE ENTIENDEN PARTE DEL CALENDARIO
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Fecha suscripción contrato
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El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución Adjudicataria.
En el caso de aquellos contratos de monto superior a 5.000 UTM, la suscripción del contrato el contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación
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Visita a Terreno
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Se tendrá acceso a visita a terreno que se efectuará de acuerdo a las fechas y horas establecidas en el “Calendario de licitación” de ficha de postulación del portal, para cuyos efectos se levantará un acta donde se registrará la asistencia, que deberá ser firmada por él o los asistentes y el funcionario designado por el Hospital para tal efecto, el cual actuará como ministro de fe. A dicha Charla y visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar en la licitación. Lugar de encuentro, Patio los Tilos, fuera de Oficina de Partes. Obligatoria y Excluyente.
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- ETAPAS Y PLAZOS
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Convocatoria a Propuesta
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Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
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Entrega de antecedentes para postulación
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Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
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Recepción de consultas
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Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
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Respuesta a Consultas
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La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
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Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
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Recepción Física de las Propuestas
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Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del HGGB, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
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Apertura de las Propuestas
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La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
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Fecha de adjudicación
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Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
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De Los Plazos De La Presente Licitación
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Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.
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- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
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7.1. Documentos administrativos, formales, obligatorios y excluyentes (*)
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Documentos Administrativos
El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta:
- Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses.
- Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo.
- Formulario N°2 Declaración Jurada Sin condenas por Tribunal
- Formulario Nº3 Declaración jurada de socios.
- Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores.
- Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores
- Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad.
- Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.
- Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio y Excluyente: contiene Información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
- Formulario Nº8 Identificación del Oferente
- Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones
- Formulario N°10 Declaración Unión Temporal de Proveedores
- Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios
- Formulario N°12 Declaración jurada difusión pacto de integridad (Obligatorio sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con difusión del pacto de integridad, información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
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7.2. Documentos Técnicos
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El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente:
a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4.
b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.
c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados según corresponda).
d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).
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7.3. Documentos Económicos
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a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases.
c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7.
d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal.
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- REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
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8.1. PERSONA NATURAL
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8.1.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
8.1.2. Requisitos para ser contratado:
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo cual deberá ser acreditado a través de los formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, de las presentes bases administrativas.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
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8.2. PERSONA JURÍDICA
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8.2.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
- (Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886
8.2.2. Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causal de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886
Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a lo dispuesto en el art. 35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A)
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6)
- Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo, de dicha Ley
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8.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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Requisitos UTP al momento de ofertar:
- Requisitos UTP al momento de ofertar:
- Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
- Completar Formulario N°10
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.1 y 8.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causal de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 1 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. Cuando se trate de UTP, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 182 y 183 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
Requisitos para ser contratado:
- No estar afecto a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado, previsto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595
- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, según lo dispuesto en el artículo 180 de reglamento de compras públicas.
- La UTP Deberá materializarse por escritura pública, en donde los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.2. y 8.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6).
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto a las disposiciones del art.35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A).
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
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- Criterios de evaluación
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Criterio
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Descripción
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Puntaje
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1. Difusión pacto de integridad a trabajadores de la
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Este criterio se evaluado en base al formulario N°12” Difusión pacto de integridad a trabajadores de la empresa”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal. Puntaje será asignado en base a:
• Proveedor respalda la difusión del pacto de integridad= 2 puntos
• Proveedor no respalda la difusión del pacto de integridad = 0 puntos.
*Como respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y adjuntar formulario N°12 firmado.
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2 puntos
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2. Representatividad de la Marca
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Se deberá acreditar esta condición, mediante certificado emitido por empresa dueña de la marca, indicando que oferente es su representante. Este certificado debe estar vigente.
De Grupos electrógeno CATERPILLAR y/o grupos electrógeno FG Wilson con motores PERKINS.
Debe adjuntar documentación de acreditación.
• Presenta certificado de representatividad de la marca: 20 puntos
• No lo presenta: 0 puntos.
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20 puntos
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3. Entrega Documentos Formales
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- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 3 puntos.
- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 1 puntos.
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3 puntos
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4. Precio
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PRECIO MINIMO OFERTADO donde los puntajes serán asignados con la siguiente fórmula:
(Precio mínimo ofertado /Precio Oferta) *60
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60 puntos
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5. Experiencia en mantenimiento de grupos electrógeno
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Se mide en cantidades de órdenes de compra por número de trabajo realizado en mantenimiento y reparación de grupos electrógeno FG Wilson con motores PERKINS y grupos electrógeno CATERPILLAR.
- Mayor o igual a 200 : 15 Puntos
- Entre 150 y 199 : 12 Puntos
- Entre 100 y 149 10 Puntos
- Entre 51 y 70 : 8 Puntos
- Entre 31 y 50 : 6 Puntos
- Menor a 30 : 0 Puntos
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15 puntos
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
10. Montos y Duración del Contrato
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Fuente de financiamiento
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Presupuesto HGGB
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Contrato con Renovación
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NO
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Monto total estimado
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$311.000.000.-
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Observaciones
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Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 5.000 UTM
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Tiempo del Contrato
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Será de 36 meses, desde el 09 de enero de 2026, fecha en la cual termina vigencia de convenio vigente, sin perjuicio de la debida tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato en el portal de mercado público.
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Plazos de pago
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El pago será según ordenes de compra que se generarán en cuotas mensuales iguales por el periodo de 36 meses, en el caso de repuestos, se solicitarán según necesidad y autorización de Cr. Operaciones, dentro del plazo de 30 días contados desde su recepción, acorde a lo establecido en el artículo 133 del Decreto N°661, del año 2024.
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Opciones de pago
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Transferencia Electrónica
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Responsable de pago
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Loreto Rodríguez Neira
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e-mail de responsable de pago
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lrodriguezn@ssconcepcion.cl
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Responsable de contrato
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Krishna Araneda Jorquera
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e-mail de responsable de contrato
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abastgeneral@ssconcepcion.cl
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Teléfono responsable de contrato
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56-41-2723062
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Prohibición de subcontratación
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Se Prohíbe la subcontratación
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11. Garantías requeridas
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La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es, "Fiel Cumplimiento del Contrato".
Garantía de fiel cumplimiento deberá ser acompañada con certificado que verifique su autenticidad, el cual debe ser emitido por la institución financiera correspondiente
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11.1. Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
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Monto:
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5 %
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto del 5% del valor total adjudicado (Neto) en pesos chilenos, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 90 días corridos a la fecha de término de la vigencia del contrato. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martin #1436, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. Debido a que el portal Mercadopublico no permite a los oferentes subir documentos una vez cerrada la licitación, en los casos que se otorgue garantía electrónica, el oferente deberá remitir el documento electrónico al correo opartehggb@ssconcepcion.cl dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El Hospital hará efectiva el total de la garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.38, N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9. Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el Pto 32 de las presentes bases administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
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Glosa:
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Para Garantizar El Fiel Cumplimiento De Contrato De La Licitación Pública ID 407-147-LP25 MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA GRUPOS ELECTROGENOS TPC-MNB HGGB
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Forma y oportunidad de restitución:
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Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
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11.2 Errores En Las Garantías
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Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” para garantía de seriedad de la oferta o vía correo electrónico para Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje.
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11.3 Causales De Cobro
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a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales estipuladas en especificaciones técnicas. El Hospital Regional contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica.
b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
c) El Hospital hará efectiva el total de la garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.38, N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9. Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el Pto 32 de las presentes bases administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
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12. Generalidades
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Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
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13. De la Obligación de Confidencialidad
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
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14. Cláusula de Readjudicación
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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15. Resolución de Empates
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
- Precio
- Representatividad de la marca
- Experiencia en mantenimiento de grupos electrógeno
- Entrega Oportuna de Documentos
- Difusión pacto de integridad
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingreso primero en el portal mercado público, de acuerdo a lo indicado en el comprobante de ingreso de la oferta.
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16. Pacto de integridad
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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17. Modalidad de Pago
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El pago será según ordenes de compra que se generarán en cuotas mensuales iguales por el periodo de 36 meses, en el caso de repuestos, se solicitarán según necesidad y autorización de Cr. Operaciones, dentro del plazo de 30 días contados desde su recepción conforme en Bodega de Servicios Abastecimiento General, acorde a lo establecido en el artículo 133 del Decreto N°661, del año 2024.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.
El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores. En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.
Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
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18. Definiciones
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Director: Sr. Claudio Baeza Avello
Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII Región, Concepción.
Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente
Unidad Técnica: Abastecimiento General
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19. Unidad técnica
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. CR. Operaciones.
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20. Documentos de la Licitación
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Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación, El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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21. De Los Proponentes
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Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
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22. Ingreso de las Ofertas en el Portal
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de los procesos de compra fuera del Sistema de Información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, en las siguientes circunstancias:
- Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la Entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
- Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
- Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
- Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.
- Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo fundado.
- En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.
Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.
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23. Modificación de los Documentos de la Licitación
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El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
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24. Validez de la Oferta
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 180 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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25. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
- Jefe Abastecimiento General
- Jefe CR operaciones
- Profesional Cr. Operaciones
Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
Funciones de la comisión:
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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26. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos / ART 56 DEC 661
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
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27. De la Adjudicación
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Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la o las oferta que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.
El HGGB se reserva el derecho de:
- Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
- Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas.
- La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
- Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.
El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.
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28. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico al Jefe Unidad de Abastecimiento General kmorales@ssconcepcion.cl y a responsable del proceso de compra Krishna Araneda Jorquera al mail abastgeneral@ssconcepcion.cl. Según lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 661).
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29. Aumentar o Disminuir Partidas
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Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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30. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
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Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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31. Del Factoring y Prohibición de Cesión
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El HGGB respetará los contratos de Factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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32. Del incumplimiento y sus Sanciones
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Las faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor:
- Se aplicará una multa de un 2 UF del valor del ítem por cada día de atraso en la entrega del repuesto; de acuerdo al plazo ofrecido en el anexo económico.
- Se aplicará una multa de un 6 UF, si ocurre un atraso de más de 6 días de la fecha de programación mensual.
- Se aplicará una multa del 2 UF por hora de atraso si ocurre un atraso más de una hora cuando se realice el llamado de emergencia.
- Se aplicará una multa del 6 UF si habiendo instalado un repuesto, dentro del periodo de 4 meses posteriores, este presenta falla y requiere nuevo cambio.
- Se aplicará una multa del 6 UF si no se cumple con el protocolo de mantenimiento por cada grupo electrógeno, esto quiere decir que solo se realizará mantenimiento uno por uno, de forma de dejar siempre
respaldado el sistema.
- Se aplicará una multa del 2 UF, si se cambia un repuesto sin la autorización y verificación del repuesto, por parte de la inspección técnica del HGGB.
En caso de juntarse más de una multa en una misma ocasión se aplicará solo la multa de mayor gravedad y monto.
Las multas por retraso se aplicarán solo para días hábiles.
Sin embargo, la empresa puede emitir una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada de acuerdo al procedimiento establecido en las bases administrativas y el protocolo de multas aplicado por la unidad de multas del hospital.
El tope máximo para el cobro de multas, es el 30% del valor Neto del contrato, de acuerdo a articulo 13 ter de la Ley N° 19.886 y artículo 136 del reglamento 661.
De acuerdo a lo indicado en inciso quinto del artículo 13 ter de la Ley N° 21.634: “Con todo, la entidad contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud del presente artículo, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.”
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33. Procedimiento para Aplicación de Sanciones
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En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable, una situación que amerite una posible aplicación de multas, se le informará aquello mediante oficio remitido a correo electrónico del proveedor designado para el efecto a través de la plataforma Mercado Publico, módulo gestión de contratos, “gestión de sanciones”, según lo señalado en art. 140 del Decreto N°661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Una vez comunicado el inicio del procedimiento sancionatorio, conforme a lo dispuesto en el inc. 2° del art. 9 del Decreto 661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, modulo gestión de contratos.
Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará el respectivo acto administrativo pronunciándose respecto de la procedencia de la multa.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se resolverá mediante acto administrativo fundado, comunicándose aquel a través de plataforma mercado público, módulo gestión de contratos “Sanción Aplicada”.
Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
SOBRE COMPENSACIÓN DE CUENTAS POR PAGAR CON MULTAS APLICADAS
El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. Si no existe pago ni depósito, estas multas se podrán descontar efectuando cobro al Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, según corresponda. Si una vez efectuada todas las gestiones anteriores aún persiste un monto adeudado, el Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.
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34. Del Contrato y orden de compra
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El contrato que se suscriba tendrá una vigencia de 36 meses, desde el 09 de enero de 2026, fecha en la cual termina vigencia de convenio vigente, sin perjuicio de la debida tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato en el portal de mercado público.
Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución Adjudicataria.
En el caso de aquellos contratos de monto superior a 5.000 UTM, la suscripción del contrato el contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario y la tramitación será realizada en una notaría de la ciudad de Concepción. En consecuencia, el HGGB no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, a su protocolización y a los actos que de él se deriven
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35. Vigencia y renovación
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El convenio tendrá una vigencia 36 meses desde el 09 de enero de 2026, fecha en la cual termina vigencia de convenio vigente, sin perjuicio de la debida tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato en el portal de mercado público.
Renovación: No se contempla renovación.
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36. Del consumo
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El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos, durante los 36 meses que dura el contrato. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.
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37. De la recepción y despacho
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El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios y Bodega de Salida Inmediata de Repuestos, ambas perteneciente a CR Operaciones mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos médicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
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38. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
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De las modificaciones:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato
- Las multas son acumulativas y la acumulación de 3 faltas graves, 6 faltas moderadas o 10 faltas leves, se entenderán como causa para dar termino al contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de término del contrato.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Se pondrá término anticipado al contrato en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 21.595, de delitos económicos.
- Se pondrá termino anticipado al contrato, cuando el proveedor adjudicado se le sancione con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N° 21.595.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.
En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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D: FORMULARIOS |
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FORMULARIO N° 1 A
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin Conflicto de Intereses
(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)
Yo____________________________________________________________________
Cédula de identidad N° (RUT representante legal o persona Natural) __________________
Domicilio ________________________________________________________
Comuna ________________________________________________________
Ciudad ________________________________________________________
En representación de (razón social empresa) _____________________________________
RUT N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, no posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo 35 quáter de la Ley 19.886 establecen:
Artículo 35 quáter.- Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.”
De acuerdo al Artículo 33 de la Ley N°21.595 establecen:
Artículo 33.- Inhabilitación para contratar con el Estado. La inhabilitación para contratar con el Estado impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración.
La inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.
La inhabilitación no comprende los actos y contratos relativos a las prestaciones personales de salud previsional o seguridad social, ni los servicios básicos que el Estado ofrece indiscriminadamente a la población.
Si se impusiere la inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, ninguna sociedad, fundación o corporación en la que el condenado fuere directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en la administración podrá contratar con el Estado mientras el condenado mantenga su participación en ella.
La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada. El tribunal comunicará tal circunstancia a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Ciudad ___________________________
Fecha ___________________________
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FORMULARIO N°1 B
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DE C L A R A C I Ó N J U R A D A
Con Conflicto de Intereses en Algunos Organismos
(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)
Yo____________________________________________________________________
Cédula de identidad N° (RUT representante legal o Persona Natural)
__________________ Domicilio _____________________________________________
___________________________ Comuna ____________________________________
Cuidad ________________________________________________________
En representación de (razón social empresa) __________________________________
RUT N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, poseen vínculos de parentesco con funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, o con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo 35 quáter de la Ley 19.886 establecen:
Artículo 35 quáter.- Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.”.
De acuerdo al Artículo 33 de la Ley N°21.595 establecen:
Artículo 33.- Inhabilitación para contratar con el Estado. La inhabilitación para contratar con el Estado impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración.
La inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.
La inhabilitación no comprende los actos y contratos relativos a las prestaciones personales de salud previsional o seguridad social, ni los servicios básicos que el Estado ofrece indiscriminadamente a la población.
Si se impusiere la inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, ninguna sociedad, fundación o corporación en la que el condenado fuere directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en la administración podrá contratar con el Estado mientras el condenado mantenga su participación en ella.
La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada. El tribunal comunicará tal circunstancia a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Ciudad ___________________________
Fecha ___________________________
”.
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Institución del Estado
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Rut Institución del Estado
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Funcionario Institución del Estado
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Funcionario Empresa
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Relación de Parentesco
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Ciudad ___________________
Fecha ___________________
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal o Persona Natural>
NOTA: Todos los datos solicitados deben ser completados por el representante legal, de faltar alguno de estos la declaración será rechazada.
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FORMULARIO N°2
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D E C L A R A C I Ó NJ U R A D A
Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo señalado en la ley 20.720, en los 2 últimos años.
Declaración jurada simple no haber sido condenados por el tribunal de defensa de la libre competencia firmado por el oferente o su representante legal, y en el caso de la UTP por cada uno de sus integrantes, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 letra d), del decreto ley N° 211 de 1973.
<Ciudad>, <Fecha>
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal>
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FORMULARIO N°3
Declaración Jurada de Socios
Instrucciones de Uso:
- Descargue este archivo a su computador personal.
- Complete los datos solicitados directamente en el archivo, remplazando los textos entre paréntesis <>.
- En Tipo Sociedad: Registre si la sociedad a informar es una Soc. de responsabilidad Ltda, una EIRL, u otra.
- Registre para cada socio el Rut, nombre y porcentaje de participación en la sociedad informada. Es importante que este recuadro totalice el 100 % de la propiedad. (Para Sociedades que eventualmente constan con muchos socios, indicar solo los 12 de mayor participación, agregando una línea final de “Otros” para totalizar el 100%.)
- Colocar Fecha de la Declaración: Esta fecha es importante porque determina la vigencia de la misma. Recuerde mantener actualizada esta información.
- Luego debe imprimir la declaración y traerlas a las oficinas comerciales de Chileproveedores para que sea acreditada en su ficha electrónica.
- La Declaración solo debe ser firmada por el Representante Legal o Gerente General; y no es necesario que se firme ante Notario.
Recuerde que la información contenida en esta declaración, tiene el carácter de “Jurada”, con los consiguientes efectos legales contemplados en la legislación.
Recuerde que la Ley N° 20.285, sobre el Acceso a la Información Pública entró en vigencia el 20 de Abril de 2009, por lo que debe regularizar de forma inmediata la información de los socios de su Empresa.
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.
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Tipo de Sociedad:
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Nº
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Rut Socio
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Nombre de los Socios
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% de Participación en la Sociedad
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1
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2
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3
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4
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5
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TOTAL %
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FECHA DECLARACIÓN:_____________________________
La vigencia corresponde a seis meses desde la fecha de la Declaración.
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_____________________________________________________________________________
< Firma Representante Legal o Persona Natural>
NOTA
● Deben indicarse al menos los 12 socios de mayor participación.
● Esta declaración no requiere que se firma ante Notario.
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FORMULARIO N°4 A
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Opción sin Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:
No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
,
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FORMULARIO N°4 B
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Opción con Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:
Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores
__________________________ actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Por lo anterior, se compromete a que los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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FORMULARIO N°5
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Declaración jurada causales inhabilidad.)
Nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que tanto yo como mi re
presentada en su caso, no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos 2 años.
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El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:
Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas y Técnicas, Formularios de presentación de la oferta, Anexos y reglamentación sobre la materia.
Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de cualquier indemnización con motivo de su aplicación.
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta de la presente Licitación Pública del Hospital Guillermo Grant Benavente,
No tiene calidad de funcionario Directivo del Hospital Guillermo Grant Benavente ni funcionario Directivo del Servicio de Salud Concepción;
No tiene calidad de persona unida a los Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
No conforma sociedades de personas con Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, o sus parientes, conforme a la letra anterior, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM. O más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
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NOMBRE DE LA EMPRESA:
RUT DE LA EMPRESA:
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL:
RUT REPRESENTANTE LEGAL:
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL:
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Formulario N°6
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D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.)
, cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
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NOMBRE DE LA EMPRESA :
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RUT :
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REPRESENTANTE LEGAL :
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Nombre
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Rut
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Firma
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Formulario N°7
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PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA GRUPOS ELECTROGENOS TPC-MNB HGGB
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Descripción
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Cantidad
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Valor unitario Neto
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Valor total Neto
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para Grupo Electrógeno Caterpillar 1000 KVA
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36 meses
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para Grupo Electrógeno FG Wilson 1000 KVA.
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36 meses
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo sistema de control WOODWARD modelo EASYGEN 3000
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36 meses
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Convenio de mantenimiento preventivo y correctivo para un Grupo Electrógeno FG Wilson 500 KVA.
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72 mantenimientos
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REPUESTOS ORIGINALES AL ANEXO CONVENIO DE MANTENIMIENTO
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36 meses
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1. Difusión pacto de integridad a trabajadores de la
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2. Representatividad de la Marca
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3. Entrega Documentos Formales
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4. Precio
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5. Experiencia en mantenimiento de grupos electrógeno
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NOMBRE DE LA EMPRESA :
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RUT :
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REPRESENTANTE LEGAL :
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Nombre
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Formulario N°8
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IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
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1
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Antecedentes Empresa
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Nombre/ Razón Social
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Rut
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Dirección
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Cuidad
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Teléfono
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Fax
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Correo Electrónico
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N° Cuenta Corriente y Banco (Para Transferencia bancaria de pago)
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2
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Antecedentes Representante Legal
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Nombre
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Rut
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Dirección
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Cuidad
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3
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Antecedentes Responsable de la Oferta
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Nombre/ Razón Social
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Rut
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Dirección
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Cuidad
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Teléfono
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NOMBRE DE LA EMPRESA :
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Formulario N°9
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ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
NOMBRE PROPUESTA: _________________________________________________
El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.
2. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.
NOMBRE DEL OFERENTE : _____________________________________________
R.U.T. :_____________________________________________
NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL:
Concepción, ______________2025
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Formulario N°10
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DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES
(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)
Nombre de la Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Integrantes de la UTP:
INDICAR QUE ANTECEDENTES PRESENTARÁ ESTA UTP PARA SER CONSIDERADOS EN LA EVALUACIÓN RESPECTIVA:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y durará ___________________, es decir, cubrirá el periodo de vigencia del contrato que establecen las bases, más 60 días hábiles.[1]
REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de ésta, a don (ña) ___________________, Rut_____________ el (la) cual está facultado (a) para: suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la licitación pública ID ________________, suscribir el contrato que derive la licitación indicada, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP. En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don (ña) ___________________, Rut ________________, con las mismas facultades. –
NOMBRE Y FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL/ APODERADO UTP:
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal o Persona Natural>
<Ciudad>, <fecha>.
En caso de que las bases contemplen renovación automática del contrato, el plazo de vigencia que se incorpore, deberá incluir el plazo de la renovación.
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Formulario N°11
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CLÁUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS
El proveedor _________________________________________ declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo del Hospital Guillermo Grant Benavente, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga al proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constructivas de delitos de lavado de activos, financiamiento al terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar al HGGB o sus funcionarios.
“Manual Prevención del Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento del Terrorismo”, se encuentra disponible en www.hospitalregional.cl
_____________________
________________
Cédula de identidad N° Representante Legal.
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Formulario N°12
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DECLARACION JURADA
(Difusión de Programas de integridad y ética empresarial)
NOMBRE PROPUESTA____________________________________________________ _
Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro expresamente que la empresa cuenta con los siguientes programas de integridad y ética empresarial:
1)
2)
3)
4)
5)
..)
La empresa se obliga a difundir los programas indicados, aceptando cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en los mismos, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
NOMBRE DE LA EMPRESA : _____________________________________________
R.U.T.:______________________
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL:__________ ____________________
R.U.N: ______________________
________________________
FIRMA
Concepción, ____de_____ del _2025
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Anexo A
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FORMATO PRESENTACIÓN DESCARGOS DE MULTA
_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad), _______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________ (RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar los descargos por la multa notificada mediante:
Ordinario N° __________ de fecha _________
Orden de compra ID_____________________
Los argumentos que justifican los descargos son los siguientes: (indicar argumentos que digan relación con caso fortuito o fuerza mayor y concluir si acepta o no la aplicación de la multa)
Acompaño los documentos que individualizo a continuación: (obligatorio, para respaldar argumentos
NOMBRE Y FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL: __________________
Ciudad, fecha.
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Anexo B
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FORMATO RECURSO DE REPOSICIÓN
_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad),_______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________(RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar recurso de reposición en contra del acto administrativo que aplica multa mediante resolución Exenta n° 3N1/_________ de fecha __________, en base a los siguientes argumentos de hecho y de derecho que expongo a continuación:
Argumentos de Hecho:
Argumentos de Derecho:
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