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Resolución de Empates |
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a) En caso de existir empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiera obtenido el máximo puntaje (calificación) en el criterio “Evaluación Económica”.
b) Si, luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviese el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiera obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación del criterio “Eventos realizados en la región de Maule”
c) Si luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviese el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiera obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación del criterio “Cartas de Recomendación”.
d) Por último, si de aplicar el criterio precedente, se mantuviese el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiera obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Para efectos de dar respuesta a los oferentes que tuviesen consultas respecto al proceso de adjudicación, éstas se podrán canalizar a través del correo electrónico individualizado en la ficha electrónica de la licitación pública.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Para proceder a la adjudicación, el SENCE verificará que el Oferente adjudicado no haya sido condenado por prácticas antisindicales, dentro de los 2 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, revisando para ello el registro de proveedores en el portal www.mercadopúblico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 40, del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de evaluación a que hace referencia el punto 9 de las bases administrativas, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas hábiles, contadas desde el requerimiento del SENCE, para responder a lo solicitado, vía sistema, en caso de no dar respuesta dentro del plazo estipulado, la oferta podrá declararse inadmisible.
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NORMAS DE CONFIDENCIALIDAD |
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La propiedad material e intelectual de todos los informes, productos derivados de este proyecto, será exclusivamente del SENCE. Dichos productos deberán entregarse por escrito y en los archivos electrónicos correspondientes, según las especificaciones descritas para cada producto. EL proveedor no podrá hacer uso de los informes, datos y cualquier otro producto derivado del trabajo encomendado.
En el caso de realizarse recolección de información, el proveedor deberá sujetarse a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N°19.628. Según esta ley, en toda recolección de datos personales que se realice a través de encuestas u otros instrumentos semejantes, se deberá informar a las personas del carácter facultativo de las respuestas y el propósito para el cual se está solicitan información. Por otra parte, debe cautelar la protección a la vida privada y las demás normas vigentes respecto de confidencialidad y secreto estadístico.
El proveedor se obliga a guardar reserva de toda la información que conozca en virtud del presente contrato, no pudiendo divulgar a terceros, bajo cualquier título, todo o parte de los antecedentes de los que tome conocimiento durante su trabajo, salvo autorización otorgada por la contraparte en forma previa y por escrito. Tal obligación regirá aún después del término el contrato.
El SENCE, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan al incumplimiento de la seguridad y privacidad de la información.
Cualquier filtración de la información proporcionada o concluida constituirá incumplimiento grave de la obligación precedentemente establecida y por consiguiente será causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que fueren correspondientes.
El proveedor se obliga a utilizar la información que el SENCE le entregue, únicamente para el cumplimiento de las actividades estipuladas en las presentes bases técnicas de licitación, quedando prohibido todo uso distinto del señalado.
El proveedor será responsable ante el SENCE, del uso indebido y ajeno a este convenio que pudiera darse a la información, reservándose el SENCE el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas que pudiere ser obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más la indemnización de los perjuicios que se hubieren ocasionado.
El adjudicatario se obliga a guardar estricta confidencialidad respecto de la información en cualquier tipo de soporte, que se utilice o genere en el ejercicio de la prestación del servicio o con posterioridad a él, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito del SENCE. Esta obligación es de la esencia del contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo y podrá dar lugar al término anticipado del contrato, y a ejercer, contra el adjudicatario, todas las demás acciones legales que correspondan, independientemente de que las infracciones las hayan realizado sus empleados o trabajadores de subcontratistas.
La información que se utilice o genere, en cualquier formato, en o para la prestación del servicio y/o que se recopile para la realización del mismo, será de propiedad del SENCE, debiendo el adjudicatario renunciar expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad física o intelectual, obligándose a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, durante la ejecución o al término de los servicios contratados, según lo disponga el SENCE.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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