Licitación ID: 2852-36-LE25
PROMOCION TURÍSTICA DE TEMPORADA BAJA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 55
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Promoción comercial 1 Unidad
Cod: 80151504
PROMOCION TURÍSTICA DE TEMPORADA BAJA DEL DESTINO PUERTO VARAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROMOCION TURÍSTICA DE TEMPORADA BAJA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El presente proceso de licitación tiene como finalidad contratar un servicio especializado para la ejecución de una Campaña de Promoción Turística de Temporada Baja del destino Puerto Varas. La campaña se concibe como una estrategia integral orientada a mitigar la estacionalidad turística y reforzar el posicionamiento de Puerto Varas como un destino atractivo durante todo el año. Para ello, se buscará resaltar sus atributos culturales, naturales y las experiencias únicas que ofrece, mediante la creación de contenidos auténticos, emocionalmente conectivos y de alto impacto. En este marco, se fomentará la colaboración con influenciadores con audiencias segmentadas en áreas como turismo, gastronomía y aventura, con el fin de establecer vínculos genuinos con potenciales visitantes y ampliar el alcance de la comunicación digital, consolidando así la imagen de Puerto Varas en los mercados objetivos. La contratación se realizará conforme a los términos establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos anexos, incluyendo las aclaraciones que se emitan durante el proceso. Esta licitación es de carácter público y estará disponible a través del portal oficial de compras del Estado: www.mercadopublico.cl.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Adquisiciones Municipalidad
R.U.T.:
69.220.200-7
Dirección:
San Francisco 413
Comuna:
Puerto Varas
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-05-2025 16:39:00
Fecha de Publicación: 13-05-2025 18:02:55
Fecha inicio de preguntas: 13-05-2025 21:33:00
Fecha final de preguntas: 18-05-2025 21:33:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-05-2025 21:33:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-05-2025 16:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-05-2025 16:40:00
Fecha de Adjudicación: 05-09-2025 9:46:32
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas se deberán presentar exclusivamente a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, mediante formularios separados (adjuntos en Anexo) que contendrán la Oferta Técnica y la Oferta Económica, según corresponda. Junto a las ofertas se deberán presentar y subir al portal los siguientes documentos administrativos en copia digital: I. En caso de que el oferente sea Persona Jurídica:  Copias simples de Escritura Pública de constitución de la Sociedad y modificaciones (según corresponda), en que conste la personería del o de los Representante(s) Legal(es) de la empresa, e inscripciones en el Registro de Comercio.  Certificado de vigencia de la Persona Jurídica y personería de sus Representantes Legales, extendido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio correspondiente, o quien corresponda, con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de ofertas.  Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados) de el o los Representantes Legales.  Fotocopia del Rol Único tributario. II. En caso de que sea Persona Natural:  Fotocopia del Rol Único Tributario.  Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados).
2.- III. Anexo N°1 “Presentación de la Empresa”, el que deberá ser llenado y presentado de forma clara y legible, indicando su RUT.
3.- IV. Declaración Jurada a través del portal: Los proveedores sólo deben estar inscritos en forma gratuita en la plataforma www.mercadopublico.cl para poder ofertar en procesos de compra que publican los organismos de Estado. Para ello se les solicitará firmar en línea una Declaración Jurada que muestra que cumplen con los requisitos normativos para ofertar al Estado, los que se describen a continuación. www.mercadopublico.cl Esta declaración jurada se generará en todas las licitaciones de forma automática y de manera unificada, la cual, debe ser completada por el proveedor y así dar cumplimiento legal a los requisitos exigidos para ofertar a los organismos del Estado, establecido en el Artículo 4 de la Ley 19.886 de Compras Públicas y a otros Marcos Legales.
4.- V. Anexo N°2. “Declaración jurada simple” (Conflictos de interés, solo para Uniones Temporales de Proveedores), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
5.- VI. Anexo N°3. “Declaración” (solo para Uniones Temporales de Proveedores), En caso de que el oferente lo haga bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el organismo licitante verificará la información a través de dicho registro, para cada uno de los integrantes de ésta. Todos los Anexos deben ser firmados por la Persona Natural o el Representante Legal de cada Persona Jurídica que forman parte de la UTP, según corresponda.
6.- Los proponentes que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, Portal Web www.mercadopublico.cl, y figuren en él en estado “Hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta los documentos señalados en los numerales I y II.
Documentos Técnicos
1.- 8. OFERTA TÉCNICA La Oferta Técnica deberá subirse a la plataforma de compras públicas cumpliendo con las exigencias y características dispuestas en la forma en que se ha establecido en las presentes Bases de Licitación. Para lo cual se deberá ingresar los siguientes antecedentes: • Anexo Nº 4 “OFERTA TÉCNICA” • Anexo N° 5 “CARTA GANTT” La NO presentación del documentó anterior, determinará que la oferta presentada, sea declarada INADMISIBLE, por no contener oferta técnica o parte de ella. Podrá presentar todos los documentos que permitan evaluar su oferta. El oferente deberá acreditar la información ingresada en el Anexo N° 4, esto de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación. EL OFERENTE DEBE PRESENTAR SU OFERTA POR EL 100% DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS EN LAS BASES DE LICITACIÓN.
 
Documentos Económicos
1.- 9. OFERTA ECONÓMICA La Oferta que se informe en la ficha electrónica (Comprobante de ingreso de la oferta en el portal) deberá realizarse por costo unitario en pesos (Moneda Nacional), sin I.V.A., ya que en caso que sea adjudicado, el portal suma automáticamente el IVA. Los costos en que incurra el oferente derivado de la prestación de la propuesta, son de su exclusivo cargo y en el caso de no ser adjudicado su oferta, no dará origen a indemnización alguna. El monto ofertado no tendrá derecho a reajustes ni intereses de ningún tipo. Además de lo anterior, deberá desglosar la oferta utilizando para ello el Anexo 6, “Oferta Económica”. En el caso de que los Oferentes no presenten coincidencia entre la “Oferta Económica” que detallen en el Anexo N° 6 y la Oferta Económica (valor en pesos chilenos) ingresada al sistema a través de la ficha electrónica, se considerará la oferta ingresada en el Anexo 6. Lo mismo en caso que exista contradicción entre la oferta ingresada a través de la ficha electrónica, y algún documento anexo, se considerará la oferta ingresada en los Anexos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES De acuerdo a lo indicado en el punto N°11.1 de las bases administrativas. 5%
2 CRITERIO ECONÓMICO De acuerdo a lo indicado en el punto N°11.1 de las bases administrativas. 35%
3 CRITERIOS TÉCNICOS De acuerdo a lo indicado en el punto N°11.1 de las bases administrativas. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Propio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 3 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Lorena Burgos Oyarzun
e-mail de responsable de pago: lorena.burgos@ptovaras.cl
Nombre de responsable de contrato: Lorena Burgos Oyarzun
e-mail de responsable de contrato: lorena.burgos@ptovaras.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-361000-Anexo 100
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Puerto Varas
Fecha de vencimiento: 12-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: Esta garantía se otorgará para caucionar el fiel cumplimiento del contrato una vez formalizado, la que acredita las obligaciones que se han estipulado en el documento. De esa forma se podrá indemnizar al asegurado si es que no se cumple con lo definido en el acuerdo.
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del “SERVICIO DE CAMPAÑA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE TEMPORADA BAJA DEL DESTINO PUERTO VARAS” (en aquellos casos que el banco no incorpore dicha información, esta información deberá ser incluida por el oferente al reverso de este y firmado en señal de conformidad).
Forma y oportunidad de restitución: Plazo de entrega El adjudicatario tendrá 10 días hábiles para presentar su Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, desde la fecha de información de adjudicación mediante correo electrónico. El incumplimiento de esta disposición facultará a la Municipalidad para desistirse de la adjudicación del oferente, sin derecho de indemnización. Devolución La devolución de la garantía se realizará una vez transcurridos 60 días corridos desde la última factura de pago, y durante dicho periodo garantizará la correcta ejecución del mismo, el documento de garantía será devuelto a petición del oferente al Inspector Técnico del contrato por escrito. Lugar de entrega y devolución de garantía En la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ubicada en Calle San Francisco N°413, ciudad de Puerto Varas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONTRATO
Considerando el monto de la contratación y el hecho de que las especificaciones técnicas del servicio requerido se encuentran claramente definidas y aprobadas mediante las presentes Bases Administrativas, esta contratación se configura como un servicio estandarizado, de especificación simple y objetiva, en el cual el proveedor deberá ajustarse estrictamente a dichos requerimientos y, en caso de haber ofertado condiciones superiores, también se regirá por lo indicado en su propuesta. En virtud de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886 sobre Compras Públicas, el contrato se perfeccionará mediante la emisión de la orden de compra, la cual deberá ser debidamente aceptada por el proveedor adjudicado. Una vez resuelta la adjudicación, la comunicación oficial se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl, notificando al oferente seleccionado. Se entenderá que existe incumplimiento del contrato en cualquiera de las siguientes situaciones: 1. Incumplimiento de especificaciones técnicas: Cuando el proveedor no dé cumplimiento a las especificaciones técnicas establecidas, sin causa justificada de fuerza mayor, debidamente acreditada y calificada por la Inspectoría Técnica del contrato, y se niegue a subsanar las observaciones realizadas. 2. Desobediencia reiterada: Cuando el proveedor, de forma reiterada, no acate las instrucciones impartidas por el Inspector Técnico designado. 3. Incumplimiento del Pacto de Integridad: Cuando el proveedor incumpla cualquiera de las obligaciones contenidas en el Pacto de Integridad establecido en estas bases. 4. Rechazo de multas: Cuando el proveedor adjudicado no acepte la aplicación y el descuento correspondiente a las multas impuestas de acuerdo con estas bases. 5. Negativa a prestar el servicio: Cuando el proveedor se niegue, sin justificación válida, a ejecutar los servicios adjudicados. 6. No entrega de garantía: Cuando el proveedor no entregue la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato dentro del plazo establecido en estas Bases Administrativas.
FORMA, CONDICIONES Y PLAZO DE PAGO
El pago al adjudicatario se efectuará conforme al monto adjudicado, de acuerdo con la oferta económica presentada y aceptada, y con mérito de la respectiva orden de compra, previa verificación de la conformidad técnica de los servicios por parte del Inspector Técnico designado para esta contratación. El pago se realizará en dos estados, conforme al siguiente detalle: a) Primer Estado de Pago: Corresponderá al 80% del monto total adjudicado y se realizará al finalizar el primer mes de ejecución efectiva de los servicios contratados, contra la aprobación del Informe N° 1, el cual deberá contener, como mínimo, los elementos establecidos en el punto 5.2 de las Bases Técnicas, titulado “Campaña de Promoción Turística de Temporada Baja del Destino Puerto Varas”. b) Segundo Estado de Pago: Corresponderá al 20% restante del monto total adjudicado y se realizará al término de la totalidad de los servicios contratados, contra la aprobación del Informe N° 2, que deberá incluir los contenidos mínimos establecidos en el punto 5.2 de las Bases Técnicas. 1.1 Procedimiento de Pago Una vez aprobado el informe entregado por el oferente, se emitirá la respectiva Orden de Compra Interna por el monto correspondiente. Solo a partir de la emisión de dicha orden de compra podrá el adjudicatario emitir la factura respectiva, la cual deberá cumplir los siguientes requisitos: • Documentos requeridos para el pago: a) Factura emitida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, RUT Nº 69.220.200-7, domicilio en San Francisco 413, Puerto Varas. b) Certificado de recepción conforme del servicio, emitido por la Dirección de Desarrollo Cultural y Turismo o quien la subrogue, con indicación de la fecha de aprobación del informe correspondiente por parte del oferente. c) Orden de compra emitida y aceptada a través del portal www.mercadopublico.cl. La factura deberá ingresarse a través de Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas (San Francisco 413) o enviarse por correo electrónico al Inspector Técnico. 1.2 Plazo de Pago El pago será efectuado dentro de un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura y siempre que se haya cumplido con la totalidad de los requisitos señalados. En caso de objeción a la factura, esta será devuelta al adjudicatario para que subsane las observaciones en un plazo de 3 días hábiles, suspendiéndose entre tanto el cómputo del plazo de pago. Una vez subsanadas las observaciones, comenzará nuevamente a correr el plazo de 30 días. 1.3 Restricciones El proveedor no podrá emitir facturas previo a la aprobación formal del informe y del estado de pago por parte de la Municipalidad. En caso de que así ocurra, esta podrá reclamar la factura conforme a lo establecido en la Ley N° 19.983, debiendo el proveedor emitir una nueva factura una vez obtenida la aprobación. En caso de existir cesión de factura (factoring), esta deberá ser notificada formalmente a la Municipalidad por parte del adjudicatario, conforme a la normativa vigente. 2. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, REVISIÓN Y PAGO DE INFORMES 2.1 Entrega de Informes Cada informe deberá ser entregado al Inspector Técnico del contrato mediante correo electrónico a lburgos@ptovaras.cl, con copia a jsanchez@ptovaras.cl. Una vez recibido el informe, la Inspección Técnica del Contrato procederá a realizar un examen de admisibilidad, verificando que cumpla con los contenidos mínimos establecidos en el punto 5.2 de las Bases Técnicas, titulado “Informes: Campaña de Promoción Turística de Temporada Baja del Destino Puerto Varas”. 2.2 Plazos y Proceso de Revisión La Inspección Técnica dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para revisar cada informe y comunicar al adjudicatario su aprobación o rechazo, mediante correo electrónico. Si el informe no cumple con los contenidos mínimos, será rechazado y devuelto inmediatamente al adjudicatario, indicando de manera fundada las observaciones de forma y/o fondo que deben ser subsanadas. 2.3 Correcciones y Reenvíos En caso de un primer rechazo, el adjudicatario tendrá un plazo de 2 días hábiles para corregir y reenviar el informe, contado desde la notificación del rechazo. Este primer rechazo no dará lugar a la aplicación de multas. Si el informe es rechazado por segunda vez, por no subsanar todas las observaciones o por no presentar una versión corregida dentro del plazo señalado, se iniciará el procedimiento de aplicación de multas, conforme al punto 5 "Multas" del Título III de las presentes Bases. 2.4 Observaciones Formales Si el informe cumple con los requerimientos técnicos y contractuales, pero presenta observaciones formales menores, la Inspección Técnica deberá notificar dichas observaciones al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgando un plazo de 4 días hábiles para su corrección, contados desde la notificación. Este plazo no se considerará dentro del plazo de ejecución del contrato. Si el informe corregido vuelve a ser rechazado por no incorporar las observaciones formuladas, se aplicará la multa correspondiente, conforme a lo indicado en el punto 5 “Multas” del Título III de las presentes Bases. 2.5 Aprobación y Seguimiento Si el informe cumple con todos los requisitos establecidos en las bases, en el contrato y en la oferta, será aprobado formalmente por la Inspección Técnica, lo cual será comunicado por correo electrónico al adjudicatario. En dicha comunicación también se indicará el inicio del período de elaboración del siguiente informe, si corresponde. En caso de que la Inspección Técnica estime recomendable incluir elementos adicionales no previstos inicialmente, estos podrán ser incorporados en el informe siguiente de común acuerdo con el adjudicatario, siempre que no alteren el equilibrio económico del contrato.
FACTORING
Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes (Artículo 75, Decreto 250, Ley 19.886). Para estos efectos, debe tenerse en consideración lo dispuesto en el dictamen N° 72.954, de 2009, de la Contrataría General de la Republica, que señala que “la circunstancia que existen entre una determinada entidad pública y su proveedor obligaciones o multas pendientes, derivadas de la prestación de un servicio o de la entrega de bienes que aún no se han recepcionado a entera satisfacción de la institución respectiva, consignados en una factura, se traducirá en que dicha entidad no podrá otorgar a su proveedor el recibo de las mercaderías suministradas o del servicio prestado. Como se viera, este hecho redundará en que la copia de esa factura no podrá cederse a un tercero, por cuanto el mencionado recibo por parte del órgano pertinente constituye un requisito esencial para dicho trámite”. En el caso que el adjudicatario celebre un Contrato Factoring o una cesión de crédito, éste deberá notificar formalmente al Municipio dentro de las 48 horas siguientes a la suscripción de Contrato o cesión. En el caso que el Proveedor no dé aviso oportunamente, dentro de los plazos establecidos, se descontará automáticamente la multa indicada en el punto N° 5, Acápite III de las presentes bases administrativas. Se entenderá que el Municipio ha sido puesto en conocimiento sobre la cesión de la Factura el día hábil siguiente a aquel que aparezca anotada en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos del SII (Servicio Impuestos Internos). El Municipio contará con un plazo máximo de ocho (8) días corridos para acepta o rechazar la cesión del crédito a través de la plataforma del SII (Servicio Impuestos Internos).
4. CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato. El oferente y eventual adjudicatario será el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases. La subcontratación sólo se permite parcialmente, respecto de servicios complementarios al contrato derivado de la presente Licitación Pública. Si durante la vigencia del Contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el Contratista deberá informar previamente al Inspector Técnico del Contrato, para lo cual deberá proporcionar los antecedentes que la justifiquen, incluyendo aquellos que acreditan que la empresa subcontratada no se encuentra afecta a ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, en relación con el artículo 76, ambos del Reglamento N° 250 de la Ley 19.886. Así mismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. La Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se reserva el derecho de objetar fundadamente la subcontratación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.