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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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10.1. DE LA EVALUACION
La evaluación de las propuestas se
efectuarás a través de un análisis técnico, administrativo y económico,
desarrollado por una comisión evaluadora designada por el Servicio. Elaborará
un Informe de Evaluación de Ofertas, considerando en su análisis todos los
antecedentes exigidos a los oferentes.
Esta comisión analizará los antecedentes de
las ofertas y realizará la Evaluación correspondiente, según los criterios de
detallados en el numeral 10.1.3. Sistema de evaluación. Para tales efectos la
evaluación de cada propuesta se realizará en dos etapas, Técnica y
Administrativa-Económica.
Así también, esta comisión podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes.
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Pacto de integridad |
- PACTO DE INTEGRIDAD
1.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad
indicado en este artículo, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que
sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del
adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de la contratación, facultará al Servicio para dejar sin efecto la correspondiente adjudicación, pudiendo readjudicarse la licitación conforme con lo dispuesto en el artículo 10.2.5 de las presentes Bases. En ambos casos, el Servicio ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Si durante la ejecución del contrato detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se
producirá el término anticipado del contrato en conformidad con lo previsto en el artículo 19° de estas Bases.
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Readjudicación |
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10.2.5 CRITERIOS DE READJUDICACIÓN
Si el oferente adjudicado desistiere de firmar el contrato en los plazos estipulados, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, o no entregase la garantía de fiel u oportuno cumplimiento del contrato, cuando proceda, en los plazos establecidos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, en caso que existan más ofertas admisibles, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original; y en caso que no existan más ofertas admisibles o haya vencido el plazo de readjudicación, se realizará una nueva licitación.
Asimismo, en caso de existir un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas, el cual sea conocido antes de la suscripción del contrato, el Servicio estará facultado para invalidar la adjudicación original, pudiendo readjudicar la licitación al oferente adecuado, si es que lo hubiera, conforme a la correcta aplicación de los criterios de evaluación.
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