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Bases Administrativas y Técnicas |
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BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
“SERVICIOS DE MONITOR DE DANZAS FOLCORICAS”
1.- GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a licitación pública a través del portal www.mercadopúblico.cl, para la contratación de los servicios de Monitor de Folclore en formación en danza folclóricas de nuestro país, según las presentes bases, que además tienen como objetivo definir y dar lineamientos claros de los deberes y derechos de los participantes.
2.- FINANCIAMIENTO:
Dichos servicios será financiado con Presupuesto Municipal, imputado a la Cuenta Contable 215.22.11.999.001.001, denominada Otros Servicios Profesionales, Área de Gestión: Programas Culturales, Programa: Escuela Folclórica Sub-Programa: Escuela Folclórica, cuyo monto disponible es de carácter reservado.
3.- MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco
4.- UNIDAD TÉCNICA:
Departamento de Cultura.
5.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Para ofertar:
Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
La Persona Natural deberá contar con iniciación de actividades ante SII, como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Para contratar:
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato con ChileProveedores y presentar en soporte papel las Declaraciones Jurada: Sin Conflicto de Interés con este Municipio y que no tiene Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a Derechos Fundamentales del Trabajador, de acuerdo a formatos adjuntos.
En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de ChileProveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
6.- CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO DESCRIPCION
Fecha de Publicación Se publicará a más tardar 24 hrs. dictada la Resolución aprobatoria.
Fecha Inicio de Preguntas A contar de las 23:59 hrs. de día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
Fecha Final de Preguntas El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles desde el inicio de las preguntas.
Fecha Publicación de Respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas Será de 05 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
Fecha de Apertura Electrónica Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
Fecha de Adjudicación Se procederá a adjudicar pasado 07 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
Fecha Suscripción del Contrato de Prestación de Servicios Una vez adjudicado en el portal se suscribirán el Contrato en un plazo no superior a 05 días hábiles.
7.- CARACTERÍSTICAS PRODUCTOS / SERVICIOS REQUERIDOS:
La Municipalidad de Coltauco, requiere contratar servicios de un monitor en el área del folclore, en formación en danza folclóricas de nuestro país, para cumplir funciones durante el año 2021, suscribiéndose Contrato de Prestación de Servicios, debiendo ejecutar las labores señaladas en el Punto N°11.6.
Para ello, el oferente debe tener presente que el servicio es presencial y que debe cumplir con 7 horas semanales, de Lunes a Viernes, a partir desde la fecha del Contrato hasta el 31 de Diciembre de 2021, en horario a definir. Dicho horario podrá ser flexible (y/o modificable), conforme a las actividades que desarrolle la Unidad.
El oferente que pasará a ser Prestador de Servicios no tendrá calidad de funcionario municipal, y será de su responsabilidad el traslado desde y hacia sus labores. Además, deberá ser puntual y mantener una conducta intachable tanto hacia el público externo como interno.
Una vez sancionadas las presentas Bases, la Unidad de Compra de Administración Municipal, creará el Formulario de Adquisición, con las siguientes Líneas de Compras:
Una vez sancionadas por Decreto Alcaldicio las Bases de la licitación, se procederá a crear el formulario de adquisición correspondiente, donde se ingresará la siguiente Línea de Compra:
Nº Clasificación ONU Cant. Unidad de Medida Descripción Producto o Servicio a contratar
1 86131602 10 Mes Servicio de Monitor especializado en formación de danzas folclóricas del país, según Bases Administrativas y Técnicas Escuela de baile o danza (Profesor de baile)
8.- INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopúblico.cl, adjuntando todos los Anexo (s) indicados (s) en las presentes bases.
Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopúblico.cl.
No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopúblico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
El Oferente deberá ingresar antecedentes o documentos en los siguientes Anexos:
a) Antecedentes Administrativos:
- Formulario Nº1 Individualización del Oferente.
- Declaración Jurada Simple
b) Antecedentes Técnicos:
- Formulario Nº2 Experiencia del Oferente
- Currículum Vitae Resumido.
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de algunos de los formularios solicitadas en las presentes bases, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión, sin embargo, si transcurrido el plazo antes citado no corrige o no ingresa los anexos, será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de los antecedentes a evaluar.
En aquellos casos, que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informara a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose en cumplimiento de los requisitos.
9.- DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la página web www.mercadopúblico.cl, en una etapa y será la Unidad de Administración Municipal la encargada de realizarla, dejando constancia e informando a los Oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°8 "Instrucciones para la presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas denominadas “Servicio de Monitor de Danzas Folclóricas “, que rigen para esta Licitación. Aquellas Ofertas que no presenten el formulario N°1 “Individualización del Oferente”, se entiende que constituye una
omisión formal de aquellas referidas en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886/2003. Por tanto, los Oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contando desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación, debiendo considerar que será descontado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se asignara 0 puntos.
10.- DE LA COMISIÓN EVALUADORA:
La Municipalidad a través de la Comisión Evaluadora conformada por dos funcionarios de la DIDECO, rechazarán aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la Licitación, que no se ajusten a presupuesto disponible o que contenga errores importantes y que a juicio del funcionario evaluador afecte el principio de igualdad de los proponentes.
Podrán sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Podrá además rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión evaluadora tendrá la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
La comisión evaluadora desarrollará la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
11.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
El proceso de evaluación, se obtendrá de los Criterios de Evaluación que a
continuación se señalan:
Nº Criterio de Evaluación Rangos
1 Experiencia de los Oferentes 45% (X 0,45) Mayor experiencia = 100 puntos
1º media entre mayor y menor experiencia = 70 puntos
2º media entre mayor y menor experiencia = 50 puntos
Que no presenta experiencia = 0 punto
2 Precio 45% (X 0,45) Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
3 Cumplimientos de los Requisitos 10% (X 0,1) Si cumple con todos los requisitos = 100 puntos
Si obtiene entre 70 y 99 puntos = 80 puntos
Si obtiene entre 40 y 69 puntos = 50 puntos
Si obtiene entre 10 y 39 puntos = 20 puntos
Si obtiene menos de 9 puntos = 0 punto
11.1.- Experiencia del Oferente (45%)
Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que indique experiencia como
Monitor en formación a través de talleres folclóricos durante los últimos 3 años.
Para ello, el Oferente deberá ingresar el Formulario N°2 Experiencia del
Oferente y el Currículum Vitae (resumido), Indicando todas las órdenes de
compra electrónica que tenga asociadas a servicios similares a los consultados.
En el caso de que el Oferente no tenga órdenes de compra electrónicas en el
portal asociadas, podrá también adjuntar archivos o documentos escaneados,
tales como contratos o cartas de referencia las cuales indiquen en qué otras
entidades ha prestado este tipo de servicios y permita determinar, por cuanto
tiempo prestó dichos servicios.
11.2 Precio (45%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el valor mensual
el cual debe ser Neto, sin Impuesto.
Para ello, se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado,
mediante la siguiente fórmula:
Precio Mínimo Ofertado X 100
Precio de la Oferta
Una vez obtenido el resultado, éste se multiplicará por el porcentaje del criterio
de evaluación.
El Oferente debe tener en consideración que los servicios serán a partir de
la suscripción del Contrato de Prestación de Servicios hasta el 31 de Diciembre
de 2021.
11.3 Cumplimiento de Requisitos Formales (10%):
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura
electrónica, cumpla con todos los requisitos formales solicitados en las presente
bases. Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya
sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 10%. En
aquellos puntajes que sea menor a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en
el cuadro anterior y multiplicar por el porcentaje antes citado:
Nº Requisitos a cumplir Puntos
1 Ingreso de Formulario N°1 Individualización del Oferente 20
2 Ingreso de Declaración Jurada Simple 20
3 Ingreso de Formulario N°2 Experiencia del Oferente 20
4 Ingreso del Curriculum Vitae resumido 20
5 Que oferte por el total y neto 05
6 Que los formatos sean correctamente llenados sin cambiar su estructura, respetando los documentos proporcionados en esta Licitación. 05
7 Que haya ingresado la totalidad de documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y técnicas (si ingresó documentos extras no solicitados en bases o bien no ingresó la totalidad exigida, no se asigna este puntaje). 10
TOTAL 100
11.4 De las Consultas (Foro Inverso):
En caso de existir dudas o consultas respecto de las ofertas, el Funcionario Evaluador solicitará aclaraciones a los oferentes, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Para ello, se activará el link correspondiente (foro inverso) a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Si por el contrario, el o los oferente (s) consultados no dieran respuesta, su oferta no será considerada.
10.5 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Precio”. Y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
10.6. Del puntaje mínimo para adjudicar:
Posteriormente, se sumará todos los ponderados, lo que dará un puntaje total y que permitirá determinar cuál de las ofertas pasará a formar parte de la terna. Dicho puntaje no puede ser inferior a 70 puntos. En caso de aquellos, donde el puntaje final de las ofertas sean inferior a lo señalado, no podrá ser adjudicado.
10.7 De los antecedentes omitidos:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de algunos de los formularios solicitados en las presentes bases, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión, sin embargo, si transcurrido el plazo antes citado no corrige o no ingresa los anexos, será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de los antecedentes a evaluar.
12. DE LA ADJUDICACIÓN Y DESERCIÓN:
La Municipalidad de Coltauco adjudicará a un solo oferente la Línea de Compra, siempre y cuando obtenga el puntaje igual o superior ya citado, en su evaluación final, de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado (Persona Natural) que no tenga contrato vigente a través del www.chileproveedores.cl deberá presentar en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
PERSONAS NATURALES
Condenas por delito de cohecho
Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
Fuente: Ministerio Público
Deudas tributarias
Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución
Fuente: Tesorería General de la República
Deudas previsionales y laborales
Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
Fuente: Dirección del Trabajo
Sentencia por presentación de documentos falsos
La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
Fuente: ChileProveedores
Deudas Estado de quiebra
Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
Fuente: Superintendencia de Quiebras
Suspensión o eliminación del registro
Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
Fuente: ChileProveedores
Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
Fuente: Dirección del Trabajo
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Fuente: Dirección del Trabajo
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no suscribe el Contrato de Suministro, o no se inscribe en ChileProveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarará desierta por no presentarse ofertas, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días corridos.
13.- MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y LAS BASES TECNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
14.- DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA:
Una vez sancionado por Decreto Alcaldicio el Contrato de Prestación de Servicios, se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica al Prestador de Servicios, quien deberá aceptarla dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
En caso de no aceptarla, el Oferente deberá indicar las razones e inmediatamente se adjudicará al siguiente de la terna propuesta por la Unidad compradora, tomando los resguardos administrativos correspondientes.
La Orden de Compra Electrónica deberá ser aceptada, antes de emitir Boleta.
15.- SUSCRIPCION DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, el Municipio y el adjudicatario, formalizarán con un Contrato de Prestación de Servicios. Para ello tendrán un máximo de 10 días hábiles y cuyo contenido contendrá entre otros puntos, el plazo de ejecución (fecha de término) de los trabajos, el monto a cancelar y causales de término anticipado de éste.
15.1 Anticipo:
No se contempla.
15.2 Inicio de los servicios:
Será a partir de la suscripción del Contrato de Prestación de Servicios.
15.3 Del pago del Contrato:
La cancelación o pago de servicios contratados, se realizará contra Boleta de Honorarios, con un informe del Jefe de Cultura, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas.
El Adjudicatario o Prestador de Servicios, deberá presentar su Boleta de Honorarios y el “Registro de Actividades”, a través de la Oficina de Partes con especial atención al Departamento de Cultura, hasta el día 25 de cada mes. A su vez, el Departamento de Cultura, adjuntará el Informe Favorable, copia del Contrato de Prestación de Servicios, copia del Decreto y copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido a departamento de Administración y Finanzas en un plazo no superior a 24 horas hábiles.
Si por razones personales o de fuerza mayor no pudiese presentarla el día antes señalado, deberá emitirla en el primer día hábil del mes siguiente, esto se debe a que el programa de contabilidad, obliga a pagar las boletas de servicios el mismo mes en que se emiten, por tanto, se devolverán aquellas boletas que sean presentadas en forma posterior a fecha antes citada.
El Prestador de Servicios podrá emitir Boletas en otras circunstancias, previa autorización del Supervisor Técnico.
15.4 Término Anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Incumplimiento del contrato: Si a juicio del Supervisor Técnico no se está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a la calidad y oportunidad del servicio, establecidas en el Contrato.
b) En caso de muerte del Prestador de Servicios.
c) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
d) Si el Oferente Adjudicado fuese condenado a pena aflictiva.
e) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes.
f) Por paralización del servicio por más de 05 días corridos, sin causa justificada.
g) Por atrasos y/o inasistencias injustificadas por más de 10 días.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
15.5- De las multas:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la boleta de honorarios:
Se aplicará una multa de 5% de la UTM, por cada herramienta, implemento
extraviado, perdido o hurtado. Y será de sus costas reponerlo.
Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total adjudicado, por
atraso y/o ausencia injustificada, hasta el máximo de 10 días, pasado lo cual se
pondrá término al Contrato. Como así mismo se aplicará 1 UF, incumplimiento
de las tareas encomendadas.
15.6 De la Supervisión del Contrato:
La Supervisión será realizada por el Jefe del Departamento de Cultura o quien lo
Subrogue, quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para
ello, los mecanismo de control respecto de la asistencia y el Plan de trabajo,
salvo que en las Bases Administrativas y Técnicas indiquen otra situación.
Transcurrido 4 meses desde el inicio de los Servicios, el Supervisor Técnico
Podrá evaluar el desempeño y comportamiento del Prestador de Servicios. Si el
resultado de este análisis, detectan reclamos formales comprobados, como así
mismo, si los Informes (Favorable para pago)presentan multas sucesivas (tres
Informes seguidos o alternados), será causal de Término Anticipado.
15.7 De las Labores a realizar:
La Municipalidad de Coltauco, requiere contratar servicios de un Monitor en el área del folclore, en formación en danza folclóricas de nuestro país. Para ello, el oferente debe tener presente que el servicio es presencial o virtual dependiendo la fase sanitaria que se encuentre la comuna y que debe cumplir con 7 horas semanales, de Lunes a Viernes, a partir desde la fecha del Contrato hasta el 31 de Diciembre de 2019, en horario a definir. Con respecto al horario, podrá ser flexible (y/o modificable), conforme a las actividades que desarrolle la Unidad.
El Monitor especializado en Folclore, deberá realizar las siguientes labores:
a) Diagnóstico inicial y formación en danzas folclóricas a niños y jóvenes separados por nivel.
b) Clases de Expresión Corporal
c) Acondicionamiento Físico
d) Informe de Actividades mensuales y Anuales.
e) Preparar nuevos montajes
Es importante destacar que los servicios requeridos, son para conformar un equipo de trabajo, por lo tanto, el Supervisor Técnico podrá solicitar al Prestador de Servicios acompañar a los Niños y Jóvenes, para participar en actividades atingentes al Municipio, aun cuando no estén especificadas, (por ejemplo: participar y cooperar en “Fiestas Patrias”, “Fiesta de Navidad” y/o “Aniversario de Coltauco” u otras actividades de carácter administrativo o bien técnico, las cuales deberán quedar expresadas en el registro de actividades
14.8 Prórroga del Contrato:
Si existe disponibilidad presupuestaria y acuerdo entre la partes, teniendo presente que el Prestador de Servicios ha cumplido a cabalidad su contrato sin observaciones, podrá ser prorrogado por una sola vez, con un plazo máximo de 2 meses, reajustándose de acuerdo a IPC, en caso de que éste último sea negativo, el valor se mantendrá. El valor no podrá exceder del 30% del monto total contratado.
Para ello se emitirá una nueva orden de compra electrónica, tomando todas las medidas administrativas del caso, debiendo el Oferente estar hábil y con su Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés y Sin Condena por Prácticas Antisindicales al día.
15.9 Modificación al Contrato de Prestación de Servicios:
Se considera modificar el Contrato de Prestación de Servicios, bajo las siguientes circunstancias: aumentar la cantidad de horas contratadas, por el ingreso de nuevos alumnos (Niños y Jóvenes) a la Escuela Folclórica, la que no podrá exceder del 30% del monto total contratado.
No se considera disminución en las horas contratadas.
15.10 Del inicio de los servicios:
Al momento de suscribir el contrato.
15.11 Pago de Cotizaciones Previsionales
El Prestador de Servicios declara esta en conocimiento de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones), por seguros de accidentes por lo cual será de su obligatoriedad cotizar como trabajador independiente, es por esto el Municipio no tendrá ninguna responsabilidad de efectuar el descuento por esos conceptos.
16-.- MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
17.- VIGENCIAS DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos.
18.- DE LA AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta a aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
19.- OTRAS CONSIDERACIONES:
. 19.1 De la Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente.
19.2 De la Publicidad Ofertas técnicas:
Serán de Público conocimiento una vez se resuelva el Proceso Licitatorio.
19.3 Resolución de empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Precio”. Y finalmente, de continuar aún así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
19.4 Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
19.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En caso de haber omitido algún antecedente, se activará el link correspondiente, para salvar omisiones o corregir errores, en un plazo de 48 horas hábiles.
19.6 Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
20.- DEL CONTACTO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LOS OFERENTES:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo Nº27 del Reglamento de Compras, sólo podrá haber contacto entre el organismo demandante y los Oferentes, durante las visitas a terreno (si hubiere) y el foro de consultas. Queda prohibido cualquier otro tipo de contacto por ejemplo: usa el correo consultasmercadopublico@coltauco.cl, que es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación ni los correos que aparecen en el formulario de adjudicación, ni otros correos, fax, mensajes de textos o llamados telefonicos, mientras dure el proceso De ocurrir, se dejará expresado en el Acta de Evaluación y será informado a la Dirección de Compras.
21.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJES:
Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la Comuna de Coltauco y prorrogan la competencia ante los Tri9bunales de Justicia correspondientes.
22.- DE LOS FORMULARIOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA:
Formulario N°1 Individualización del Oferente
Formulario N°2 Experiencia del Oferente
Declaración Jurada Simple
Currículum Vitae.
JEFE DE CULTURA
RSV/rsv.
COLTAUCO, Enero 28 de 2021
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
OFERENTE
R.U.T
DOMICILIO
FONO
E-MAIL
Coltauco, _________de_____________del 2021__________
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
OFERENTE
R.U.T.
DOMICILIO
FONO
FAX
E-MAIL
Nº Organismo Público Orden de Compra Electrónica
o
Contrato Fecha Total de horas o meses contratados
Coltauco, _________de_____________del 2021__________
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos técnicos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACION JURADA SIMPLE
Persona Natural
El firmante, en su calidad de proveedor, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declara bajo juramento que:
1.- No es funcionario directivo de ningún órgano de la Administración del Estado, así como de ninguna empresa o corporación del Estado o en que éste tenga participación;
2.- No está unido a uno o más funcionarios Directivos, Concejales y/o Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Coltauco, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y
3.- No es gerente, administrador, representante o director de alguna de las siguientes sociedades:
- Una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de alguna de las entidades indicadas en el punto N°1 precedente, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, formen parte;
- Una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas;
- Una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4.- No posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
,
__________________________
NOTA:
Todos los datos solicitados entre deben ser completados por el proveedor.
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