Licitación ID: 845-30-LP25
HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE J. INFANTIL PAN DE AZÚCAR COMUNA DE ALTO HOSPICIOJUNJI TARAPACÁ
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE JARDÍN INFANTIL Y SALA CUNA PAN DE AZÚCAR, COMUNA DE ALTO HOSPICIO, DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE J. INFANTIL PAN DE AZÚCAR COMUNA DE ALTO HOSPICIOJUNJI TARAPACÁ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación del SERVICIO DE HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA PAN DE AZÚCAR, COMUNA DE ALTO HOSPICIO, DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE TARAPACÁ, el cual se realizará bajo la modalidad de suma alzada, descrita en las bases técnicas de la presente licitación. El mandante de esta licitación pública es la Dirección Regional de Tarapacá de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Wilson N° 243, comuna de Iquique, Región de Tarapacá. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas http://www.mercadopublico.cl/, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - I Región - Iquique
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Wilson N°243
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-12-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 21-11-2025 13:15:00
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2025 16:37:00
Fecha final de preguntas: 27-11-2025 21:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-11-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-12-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-12-2025 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-12-2025 16:28:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
La visita a terreno será de carácter obligatorio y requisito para poder ofertar, comenzará a las 11:00 horas, en la “Sala Cuna Pan de azúcar”, ubicado en Pasaje Salitrera Aguada 2964, Alto Hospicio 27-11-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS OBLIGATORIOS
2.- Res Afecta 015/441 de fecha 20-11-2025
3.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, DEL REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y ANEXOS. Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, el reglamento de higiene y seguridad, el reglamento especial de contratista y subcontratistas, junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el ANEXO Nº3, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. La sola presentación de ofertas constituye aceptación de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Reglamento de Seguridad y Anexos para todos los efectos legales.
4.- Requisito Formal: Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°1). Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. Requisitos mínimos para ofertar: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo N°1) firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tales circunstancias. Sin perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
5.- Confidencialidad (Anexo N°2). Los oferentes no utilizarán estas bases de licitación, y sus aclaraciones, modificaciones y/o complementaciones, si las hubiere, para una finalidad distinta que la licitación a la que se convoca. Por otro lado, el contratista, sus trabajadores dependientes, subcontratistas y trabajadores dependientes de subcontratistas, y todos aquellos quienes por su intermedio hubieren estado relacionados al servicio contratado en alguna de sus etapas, deberán guardar absoluta confidencialidad, tanto durante su ejecución como con posterioridad a su término, sobre la información que la JUNJI, dé a conocer con ocasión de su desarrollo. Los oferentes adjudicados no podrán usar dichos antecedentes, ni siquiera con fines de estudio o experimentación, sin previa autorización escrita de la JUNJI. Será necesaria autorización previa y escrita de la JUNJI para mencionar o describir los servicios prestados por el Oferente con fines publicitarios. A fin de resguardar la información proveniente de cada una de las unidades educativas, de la ejecución de todas las actividades necesarias para llevar a cabo el objeto de esta licitación, se declara sujetos a confidencialidad los referidos antecedentes, de manera que ni el Contratista, ni las personas que se desempeñen en su nombre con ocasión de la presente licitación, podrán difundir ni comentar los contenidos del proyecto que desarrollará. Para estos efectos el/las representantes legales de los oferentes manifestarán, mediante declaración jurada contenida en el Anexo N°2.
6.- Identificación del Oferente (Anexo N°4.a). Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°4.a, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], al momento de ingresar su oferta. Se requiere que la empresa tenga representante legal en chile y facture en el país. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl].
7.- Unión temporal de proveedores (Anexo N°4.b). La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por una o más empresas de menor tamaño. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 51 de la Ley N° 19.886 y el Capítulo XIII Párrafo 2 del Decreto N°661 que aprueba su Reglamento. La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: • Presentar instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores, en conformidad al artículo 52 de la Ley N°19.886 • Suscribir el Anexo N°4.b, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. • Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°3), Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°1), y la Identificación del oferente (Anexo N°4.a). • Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. • Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: • La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. • Cada uno de los integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto REQUISITOS PARA CONTRATAR de las presentes Bases. • La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°4.b de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
8.- Reglamento Junji De Higiene Y Seguridad. Los participantes deben presentar el Anexo N°3 que señala la aceptación del Reglamento JUNJI de Higiene y Seguridad, aprobado por la Resolución Exenta N°015/1087 de fecha 31 de diciembre de 2024, que “Deja sin efecto resolución N°015/062, de 19 de enero de 2024, de la Vicepresidencia Ejecutiva de esta Junta Nacional de Jardines Infantiles, y aprueba nuevo reglamento interno de higiene y seguridad de este servicio, en los términos que indica”. Adjuntar, comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI (Anexo N°11) que se encuentra en la Resolución Exenta N°015/195 de 28 de abril de 2021 que deja sin efecto Resolución Exenta N°015/00418, de 29 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
9.- Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la Junji (Anexo N°7). El oferente adjudicado deberá realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°7, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
10.- SUBCONTRATACIONES. En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique y de acuerdo con el artículo 128 del Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886, la que deberá ser autorizada por la JUNJI previa a su contratación, pudiendo aprobarla o rechazarla en base a sus características técnicas, las que deberán ser similares a la empresa adjudicataria del contrato. Asimismo, deberá indicar qué parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a) Si el contratista a contratar carece de la capacidad o idoneidad para los servicios requeridos. b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El contratista deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. La JUNJI no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. La JUNJI solo estará obligada a cumplir con lo establecido en los respectivos contratos siempre que se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existieren obligaciones o multas pendientes del Contratista. Si durante la vigencia del contrato fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI mediante carta certificada, remitida a la dirección ubicada en Wilson 243, comuna de Iquique. Para acreditar la experiencia del subcontratista, bajo la figura de subcontratación, se deberá adjuntar el contrato, orden de trabajo o certificado emitido por la empresa contratante, la que deberá estar debidamente respaldada por la factura correspondiente. Esta documentación deberá presentar la descripción de los trabajos realizados, así como indicar claramente monto contratado de la experiencia presentada.
Documentos Técnicos
1.- Propuesta Técnica. Los oferentes interesados deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, la PROPUESTA TÉCNICA en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en formato solicitado en las presentes bases, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas elaboradas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente Resolución. Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. Los oferentes que no presenten todos los antecedentes requeridos en las bases administrativas y técnicas no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. a) Carta Gantt. Deberá contener la programación de obra. Se deberá entregar en formato Excel y la programación deberá estar expresada en semanas. Esta debe incluir plazo de obtención de Permiso de demolición y plazo de obtención de certificaciones y Recepción Final DOM según lo ofertado. En caso de que la carta Gantt no cumpla con lo solicitado en el párrafo anterior o no fuese presentada al momento de la apertura o no estuviera en formato Excel, a través de foro inverso se solicitará su corrección o incorporación con un descuento en el criterio de evaluación de formalidades. Junto con la Carta Gantt, el oferente deberá presentar la programación financiera de la obra en concordancia con la programación física incorporada en la Carta Gantt. Si es que se llegara a detectar una diferencia entre el “Plazo de Ejecución del Contrato” informado en el Anexo N°5-A y la Carta Gantt, se solicitará la corrección con descuento en el criterio de formalidades, a fin de que la el Anexo N°9, la propuesta ofertada sea concordante con los plazos estipulados para este contrato, Toda vez que prevalece lo indicado en el plazo de ejecución informado en Anexo N°5-A. El plazo de ejecución del servicio no debe ser inferior a 90 días corridos ni superior a 180 días corridos, los que consideran la solicitud de permiso y recepción municipal. b) Cantidad de m2 construidos (Anexo N°6). Correspondiente a la nómina de proyectos de similares características al presente, los cuales haya ejecutado en los últimos diez años hasta el cierre de recepción de ofertas, indicando los antecedentes oficiales que lo demuestren, de la siguiente manera. Se entenderá por obras similares las obras de construcción, ampliación o habilitación de inmuebles con total ejecución. La superficie informada por el Contratista se deberá indicar m2 de obras de edificación construidas en su totalidad, y no sólo de partidas individuales de obras. Deberán indicar, entre otros, fecha de ejecución (inicio y término oficiales), metros cuadrados de Construcción/ ampliación, nombre y teléfono del mandante. Solo se podrá evaluar la experiencia certificada que cuente con documentos legales que lo acrediten (recepciones definitivas municipales, actas de recepciones de obra, o certificado o constancia de obras recibidas por entidades públicas o privadas, todos debidamente firmados por el mandante). Declaración Jurada simple con listado de obras nuevas y terminadas de edificaciones de equipamientos definidas según OGUC capítulo 1 articulo 2.1.33. Deberá acreditarse mediante copia de los certificados de Recepción Definitiva de Obras de Edificación de las Direcciones de Obras Municipales. Cuando dicho certificado no consigne explícitamente el nombre de la empresa oferente, lo podrá complementar con un certificado emitido por el respectivo contratante en el que se señale que la obra fue ejecutada por el oferente y que señale además el número de la Recepción Definitiva de Obras de Edificación de la Dirección de Obras Municipal correspondiente. La comisión de evaluación contabilizará solo los metros cuadrados acreditados efectivamente en los certificados ya señalados. La JUNJI se reserva el derecho de verificar la efectividad de esta información. En el evento que el oferente presente el Anexo N°6, pero no acredite ningún metro cuadrado declarado a través de los certificados señalados, las ofertas presentadas serán declaradas inadmisibles. c) Programación financiera del proyecto. En la programación financiera de la ejecución de las obras, el contratista deberá indicar claramente la fecha de inicio y de término de las actividades de acuerdo al Itemizado. El día de entrega del terreno, junto con la programación de la carta Gantt exigida en la letra a) de este mismo numeral, se exigirá al contratista la entrega de la programación financiera de la obra, la cual deberá estar en concordancia con el avance físico presentado, especificando los avances físicos y financieros de las partidas para cada estado de pago detallado en las presentes bases administrativas y técnicas. Además, deberá incluir cualquier otra programación que pueda ser requerida por la Unidad Técnica. La Junta Nacional de Jardines Infantiles tendrá un plazo de 15 días corridos para efectuar observaciones de forma escrita y formal al programa entregado por el contratista, quien a su vez tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para subsanar dichas observaciones y reingresarlas formalmente por Oficina de Partes en formato papel y formato digital compatible con Excel. Toda planificación deberá seguir la estructura del itemizado de propuesta pudiendo incorporar subactividades las cuales permitan tener un mejor control del avance o aclarar procedimientos. El programa de ejecución de las obras como el programa financiero deberá estar permanentemente actualizados considerando el plazo de ejecución vigente de la obra (con al menos una actualización mensual) e impresos, en tamaño y calidad adecuada para una fácil lectura de ellos, y disponibles para las consultas del I.T.O., de personal de la JUNJI o a quienes la Unidad Técnica autorice formalmente para consultarlos. Cuando se realiza una modificación de contrato que implique, a su vez, modificación del plazo de ejecución de las obras, el contratista deberá entregar una nueva programación de las obras en un plazo fatal de 15 días corridos luego de aprobadas las modificaciones de plazo por resolución de acuerdo con el Itemizado.
 
2.- VISITA A TERRENO. La visita a terreno se realizará en las fechas que se indiquen en el sistema www.mercadopublico.cl y en conformidad con el cronograma definido en el Punto N°6 de las presentes Bases Administrativas. Dicha visita tendrá el carácter de obligatoria, y será certificada en el Acta de Visita a Terreno, levantada por un funcionario JUNJI. En dicha acta el oferente deberá estampar su nombre y firma. Las consultas que se realicen en la visita a terreno deberán ser canalizadas en el proceso de preguntas y respuestas, a través de portal www.mercadopublico; cualquier observación que se realice en esta visita y que no quede plasmada en el proceso de preguntas y respuestas no se considerará válida. La visita a terreno será de carácter obligatorio y requisito para poder ofertar, comenzará a las 11:00 horas, en la “Sala Cuna Pan de azúcar”, ubicado en Pasaje Salitrera Aguada 2964, Alto Hospicio; y será certificada en el acta de visita a terreno, en la cual el oferente deberá estampar: Razón Social y Rut de la empresa, nombre del visitante, RUT y firma. Las personas que se presenten en la visita deberán considerar todas las medidas necesarias para la obtención de la información que deben tener en cuenta al momento de cuantificar y calcular la obra a desarrollar, con el objeto de realizar correctamente sus ofertas en el proceso de licitación pública. No se aceptará que se presente más de una empresa por persona presente en la visita, lo que se registrará en el acta. En caso de incumplimiento de lo señalado en este numeral, la oferta presentada será descartada en la apertura de antecedentes administrativos.
 
3.- CARPETA TÉCNICA
 
4.- Planos CAD de agua potable, alcantarillado, electricidad y gas de la situación existente. FAVOR PINCHAR ESTE LINK: https://junji-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/ptrujillo_junji_cl/IgBDL3sPfsMGQrmh0ubiooWtAV7UE8yZRS647W6pwJzq-0I?e=nrikT2
 
Documentos Económicos
1.- Propuesta Económica. a) Oferta Económica (Anexo N°5) Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el sitio www.mercadopublico.cl en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicadas en el cronograma respectivo y en el sistema de información Mercado Público. La vigencia de esta oferta debe ser de al menos 120 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el citado sistema. El valor que se debe ingresar en el sitio www.mercadopublico.cl, corresponde al valor neto sin incluir el impuesto del servicio total que se ofrece. En caso de discrepancias entre lo señalado por el oferente en su oferta económica y lo completado en la ficha del portal de Mercado Público, prevalece lo indicado en su oferta económica adjunta, correspondiente al Anexo N°5. El valor total ofertado, informado en el Anexo N°5, se deben incluir los gastos generales, utilidades e impuestos. Esta propuesta debe ser presentada en moneda nacional (peso chileno), y no podrá ser modificable una vez cerrado el cierre de ofertas. Los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Junta Nacional de Jardines Infantiles realice la evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el Anexo N°5 respectivo la consideración el IVA a las ofertas, si es que la contratación en cuestión estuviere gravada con tal tributo. En caso de discrepancias entre lo señalado por el oferente en su oferta económica y lo completado en la ficha del portal de Merado Público, prevalece lo indicado en su oferta económica adjunta. Presupuesto detallado, Itemizado y Plazo de Ejecución (Anexo N°5-A) El oferente deberá entregar un presupuesto detallado de acuerdo con el Itemizado Anexo N°5-A, manteniendo y valorizando todas y cada una de las partidas o ítems que figuren en éste, sin agregar ni restar partidas. El valor se deberá entregar disgregado por costo directo, gastos generales, utilidades, valor neto, impuesto y valor bruto. Serán declarados inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren en los siguientes casos: El presupuesto detallado entregado presenta partidas faltantes, sin valorizar, modificadas, eliminadas y/o agregadas. Al efectuar la aclaración de una partida, por foro inverso, se modifica el precio ofertado indicado en Anexo N°5. Si existe discrepancia entre el monto total ofertado en el Anexo N°5 “Oferta económica” y el Anexo N°5-A “Presupuesto detallado”, prevalecerá lo indicado en Anexo N°5 y se solicitará a través de foro inverso, la corrección del Itemizado, sin alterar la Oferta Económica. En caso de no ser subsanada esta solicitud de la forma indicada, se declarará inadmisible la oferta. La valorización o no valorización de cada partida es de exclusiva responsabilidad del oferente, así como también, la revisión de coincidencia entre lo indicado en planos, especificaciones técnicas e itemizado de presupuesto detallado. El Anexo N°5-A debe ser entregado en formato Excel, en caso de que antes del cierre de presentación de ofertas no sea informado de esa manera, se solicitará una única vez la corrección a través de foro inverso, manteniendo siempre la oferta económica informada en Anexo N°5. Los oferentes deberán declarar el plazo de ejecución del servicio en Anexo N°5-A, el que debe estar de acuerdo a Carta Gantt (Anexo N°9). En caso de discrepancias entre lo señalado por el oferente en su Anexo 5-A y lo completado en la Carta Gantt, prevalece lo indicado en su oferta Anexo N°5-A. Capacidad Económica Disponible (Anexo N°12) Se solicitará balance final del año 2024, presentado como Balance Clasificado si fue confeccionado bajo PCGA o Estado de Situación Financiera clasificado si fue confeccionado bajo normativa internacional IFRS, dichos balances deberán reflejar claramente la información relacionada a los activos circulantes/corrientes y pasivos circulantes / corrientes del oferente. En el caso que la empresa no cuente con este antecedente, por el tiempo transcurrido desde el inicio de actividades a la fecha de la presentación de la oferta, este deberá presentar una declaración jurada suscrita por el representante legal de la empresa y un contador que dé cuenta de activos, pasivos y del patrimonio del oferente a tal fecha. El Anexo N°12 adjunto en las presentes Bases correspondiente a una declaración jurada suscrita por el representante legal de la empresa y por un contador, que dé cuenta de que la información entregada por el oferente en su balance es fidedigna, deberá completar además toda la información solicitada requerida en dicho anexo respecto de los totales de activos circulantes / corrientes y pasivos circulantes / corrientes. Los documentos solicitados para este criterio son consideraros imprescindibles según estas bases, por lo que, el oferente que no adjunte la documentación requerida señalada precedentemente y en los formatos requeridos será declarado inadmisible. Se recuerda que la documentación para este punto es: • Último Balance Tributario presentado ante el SII. • Anexo N°12. El Anexo N°12 es la declaración jurada de los datos presentados en el balance, es por ello que, si se detecta un error en el traspaso de datos del balance al anexo, se solicitará la corrección con descuento en el puntaje de formalidades, considerando que, siempre se deben mantener los datos informados en el balance final. La Capacidad Económica disponible se determinará según la información de los documentos solicitados para este criterio en el punto. Se determinará la capacidad económica disponible según la información de los documentos solicitados considerando la información declarada en el Anexo N°12. Para este punto se calcularán los siguientes Ratios: Ratio Solvencia Económica: Brinda información acerca de la capacidad que tienen los proveedores ofertantes, para poder enfrentar sus deudas al corto plazo. SOLVENCIA= TOTAL ACTIVOS/TOTAL PASIVOS El resultado obtenido será con dos decimales. Ratio de Liquidez financiera: LIQUIDEZ= TOTAL ACTIVO CIRCULANTE/TOTAL PASIVO CIRCULANTE El resultado obtenido será con dos decimales
2.- Programa De Integridad. Los oferentes interesados, deberán adjuntar Anexo N°10 denominado “Programa de Integridad”, en que deberán informar si cuentan con personal a su cargo y, de proceder, indicar si cuenta con un programa de integridad que haya sido dado a conocer a su personal y, en su caso, acreditar que dispone de herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad, el cual fue dado a conocer al personal de la empresa. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. En caso de que los oferentes no presenten el Anexo N°10, se le asignará puntaje 0 en el criterio de evaluación “Programa de Integridad”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROPUESTA ECONOMICA De acuerdo al punto 18 Ítem I , de las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°15/441 de fecha 20-11-2025 40%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR De acuerdo al punto 18 Ítem III, de las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°15/441 de fecha 20-11-2025 5%
3 PROPUESTA TÉCNICA De acuerdo al punto 18 Ítem II , de las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°15/441 de fecha 20-11-2025 47%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES De acuerdo al punto 18 Ítem IV , de las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°15/441 de fecha 20-11-2025 5%
5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD De acuerdo al punto 18 Ítem V , de las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°15/441 de fecha 20-11-2025 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Patricio Trujillo Cooper
e-mail de responsable de pago: patricio.cooper@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: Elizabeth Gonzalez Pérez
e-mail de responsable de contrato: egonzalez@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2542000-2034
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 30-09-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas y demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, la que debe estar vigente por el plazo de ejecución del contrato establecida en su oferta, ampliada a 12 meses a la fecha de término de la ejecución del Contrato o hasta la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la liquidación del contrato. No obstante, si la garantía de fiel cumplimiento venciese antes de la liquidación del contrato, el contratista deberá presentar una renovación 30 días antes del vencimiento de dicho instrumento. Será aceptado como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y pago de obligaciones laborales y sociales, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que sea a la vista e irrevocable. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, además deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión de Mercado Financiero (ex Superintendencia de Valores y Seguros de Chile), extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicado en calle Wilson N°243, posterior a la notificación de la adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs. La regla precedente no rige respecto a las garantías emitidas electrónicamente, tales como, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza electrónico o similares, las que deberán remitirse a través de correo electrónico oficina_partesI@junji.cl. En caso de que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES Y EVENTUALES MULTAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE LA SALA CUNA PAN DE AZÚCAR, COMUNA DE ALTO HOSPICIO”.ID N° 845-xx-LP25 y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N°19.886. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°9. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día del plazo establecido en primera instancia, se concederán cinco (05) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el contratista deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, o se pondrá del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de pago de obligaciones laborales y previsionales y eventuales multas con una vigencia que considere el plazo de la ejecución de la obra ofertado, ampliada en 18 meses a la fecha de término de la ejecución del Contrato o hasta hecha y totalmente tramitada la liquidación del contrato, protocolizada ante notario. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de prórroga del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha prórroga, el contratista deberá reemplazarla, dentro de los últimos cinco (05) días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista. El plazo de reemplazo indicado en el párrafo anterior también aplicará para los casos de aumentos y modificaciones del contrato señalado en las presentes bases administrativas. En caso de cobro de la garantía, si existieran saldos a favor del Proveedor, se le deben restituir, no obstante su obligación de reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave de las presentes Bases; y iii)  Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 5% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta una vez que el contratista realice la totalidad de la obra y se encuentre totalmente tramitada la liquidación del contrato y protocolizada ante notario público. El beneficiario estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Institución pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La devolución de la garantía se efectuará en la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson N°243, Iquique, Región Tarapacá. En caso de existir aumentos de obras y/o plazo, el contratista estará obligado, dentro de 10 días hábiles, a partir de la aprobación de la solicitud por parte de la unidad técnica de la JUNJI, a aumentar el monto de la garantía del contrato en el mismo porcentaje para esta garantía y prorrogar la misma en los días en que haya sido ampliado el plazo que hubiere sido solicitado.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES Y EVENTUALES MULTAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HABILITACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE LA SALA CUNA PAN DE AZÚCAR, COMUNA DE ALTO HOSPICIO”.ID N° 845-xx-LP25 y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N°19.886. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°9.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta una vez que el contratista realice la totalidad de la obra y se encuentre totalmente tramitada la liquidación del contrato y protocolizada ante notario público. El beneficiario estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Institución pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La devolución de la garantía se efectuará en la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson N°243, Iquique, Región Tarapacá.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista adjudicado, en forma previa al pago efectivo de cada estado de pago, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la JUNJI deberá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato prevista en las presentes bases.

Se entiende como documentación laboral y previsional lo siguiente:

  1. Nómina/Anexo mensual de trabajadores que prestan servicios en instalaciones/obras JUNJI.
  2. Planilla/certificado de pago de cotizaciones previsionales.
  3. Liquidaciones de remuneraciones de los trabajadores que están incluidos en nómina/anexo, firmadas por el trabajador y el empleador.
  4. Certificado de Antecedentes Laborales y previsionales F30 emitido por la Dirección del Trabajo (debe mantenerse vigente a la fecha de emisión de la factura del servicio y no debe presentar deudas laborales de ninguna índole).
  5. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales, F30-1 emitido por la Dirección del Trabajo (debe ser coincidente con los mismos trabajadores en nómina/anexo entregado) en que conste que no existen deudas pendientes en relación al mes rendido.
  6. En caso de situación extraordinaria en cuanto a los trabajadores acreditados en nómina se solicitará la siguiente documentación:
  • Trabajadores jubilados: Certificado de calidad de pensionado, emitido por la institución por la cual se encuentra el trabajador pensionado, que acredite dicha situación o similar.
  • Trabajadores con finiquito: la empresa debe enviar copia finiquito; en caso de finiquito firmado: copia finiquito (si finiquito incluye pago de remuneraciones, copia de la liquidación de sueldo). En caso finiquito no firmado se debe adjuntar carta de aviso emitida por la Dirección del trabajo (si finiquito incluye pago de remuneraciones, copia de la liquidación de sueldo).
  • Trabajadores con licencia médica: Comprobante licencia médica, donde se indican fechas de la licencia.
  1. Trabajadores nuevos en nómina/anexo, respecto al mes anterior, se debe adjuntar copia del contrato/anexo.

La JUNJI tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del contratista.

El contratista deberá acompañar al inicio de la obra una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a la JUNJI ante cualquier modificación que se produzca, copia de dicha planilla deberá adjuntarse al libro de obra, así como sus modificaciones.

De igual manera, y mientras se mantengan los trabajadores en la obra, el contratista deberá presentar mensualmente al Inspector Técnico de Obra (ITO), una planilla con la lista actualizada de trabajadores, certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. El Inspector Técnico de Obras (ITO), deberá verificar la autenticad de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales acompañados por el contratista, en la plataforma que la Dirección del Trabajo a dispuesto para ello, y se deberá mantener un registro digital de dichos certificados, todo lo cual se dejará constancia en el respectivo libro de obras.

El Mandante queda facultado para solicitar información adicional al Contratista, que le permita revisar el debido cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad. Estos requerimientos también serán considerados como requisitos para la aprobación de los estados de pago.

Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la JUNJI adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:

1°.-      Puntaje total de la evaluación Técnica.

2°.-      Puntaje de la variable Experiencia en obras construidas por el contratista.

3°.-      Puntaje de la variable Oferta Económica.

4°.-      Puntaje Capacidad Económica

 En caso de mantenerse el empate se declarará desierta esta licitación.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica afrojas@junji.cl, o en el correo electrónico patricio.cooper@junji.cl.

Se hace presente que el mecanismo dispuesto en el párrafo anterior se refiere a consultas y no reclamos relativos al proceso de licitación, los cuales deben ser presentados a través del Sistema de Información y no dirigidos a las casillas electrónicas previamente señaladas, ya que la Institución no entregará ninguna respuesta formal a través de esa vía.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los siguientes Anexos:


-Declaración jurada simple, de no estar sujeto a las inhabilidades (Anexo N° 1)
-Compromiso de confidencialidad (Anexo N° 2)
-Carta aceptación de bases y del reglamento de higiene y seguridad (Anexo N°3)
-Carta Identificación del oferente y unión temporal de proveedores (Anexo N° 4.a y 4.b).
-Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI (Anexo N°7).
-Comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI [Anexo N°11]
-Se podrá solicitar acreditación faltante informada en el Anexo N°6.


Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. 

En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Decreto 661 que Reglamenta la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.