10. Otras Cláusulas
10.1. Validez de las Ofertas
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
10.2. Apertura de las Ofertas
La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.
La apertura de las ofertas se efectuará solamente en relación a los oferentes que hubiesen cumplido oportunamente con los requisitos de admisibilidad solicitados en las presentes bases de licitación.
10.3. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios públicos, SERVIU Metropolitano (1 funcionario) y de la SEREMI (2) funcionarios, designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.
Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán designar un presidente que presida la comisión, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.
La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.
SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl
SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Público, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.
Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:
10.3.1. Oferta Técnica (OT):
El presente criterio se evaluará considerando 4 sub-criterios: Metodología de trabajo (MT) (ponderado en 30%), Plan de Trabajo (PT) (ponderado en 15%), Experiencia Equipo de trabajo (EET) (ponderado en 30%) y Experiencia del Oferente (EO) (ponderado en 25%).
a) Metodología de trabajo(MT):
Se evaluará en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°5 “Propuesta Técnica” y lo establecido en el punto 2 y 3 de las bases técnicas. El presente sub-criterio presenta el siguiente cuadro de puntajes:
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Variable y Ponderación
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Puntaje
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Intervalo
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1. La propuesta describe metodología, contenidos, materiales y lugar de ejecución de capacitación del personal de terreno. (25%)
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100
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Describe detalladamente la metodología de capacitación de personal de terreno, entregando 3 elementos que favorecen la didáctica y comprensión del proceso de reclutamiento de participantes.
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80
|
La propuesta indica aspectos generales de la capacitación de personal de terreno.
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40
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La propuesta indica solamente lo solicitado en las bases.
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10
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La propuesta no especifica capacitación de personal de terreno.
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2. La propuesta describe metodología, contenidos, materiales y lugar de ejecución de capacitación del moderador y asistente. (25%)
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100
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Describe detalladamente la metodología de capacitación de moderadores y asistente, entregando 3 elementos que favorecen comprensión y sentido de la pauta de conversación grupal.
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80
|
La propuesta indica aspectos generales de la capacitación de moderadores y asistente
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40
|
La propuesta indica solamente lo solicitado en las bases.
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10
|
La propuesta no especifica capacitación de moderadores y asistente.
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3. La propuesta de resultados a lograr para cada barrio, y grupos temáticos asegura y mejora la calidad del estudio. (25%)
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100
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La propuesta de resultados a escala barrio y temático incorpora 2 elementos adicionales a lo definido en las bases permitiendo a los equipos trabajar con los resultados.
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80
|
La propuesta de resultados está en concordancia con lo solicitado en las bases del estudio.
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40
|
La propuesta de resultados a lograr está en concordancia con lo solicitado en las bases del estudio, agregando elementos que no están en concordancia, sentido y alcance de lo especificado en las bases del estudio.
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10
|
La propuesta de resultados a lograr no está en concordancia con lo solicitado en las bases del estudio.
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4. Recursos destinados a reforzar positivamente la participación de los convocados a los grupos focales (incentivo a la participación, etc.). (25%)
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100
|
El protocolo de inscripción de participantes se detalla paso a paso con claridad; la propuesta de recursos monetarios destinados incentivar la participación se valoriza en $8.000 a $10.000, describiéndose en detalle sus características y número; y está disponible para todos/as las personas que confirman asistencia.
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80
|
La propuesta de recursos monetarios destinados al refuerzo positivo de los participantes será inferior a $5.000.
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40
|
En la propuesta de recursos destinados al refuerzo positivo de los participantes en las actividades es inferior a $3.000, o el obsequio no se detalla.
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|
10
|
La propuesta de recursos destinados al refuerzo positivo de los participantes en las actividades es inferior a $3.000.
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b) Plan de trabajo (PT)
Se evaluará en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°5 “Propuesta Técnica” y lo establecido en el punto 2 y 3 de las bases técnicas. El presente sub-criterio presenta el siguiente cuadro de puntajes:
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Variable y Ponderación
|
Puntaje
|
Intervalo
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|
El Plan de Trabajo presentado es coherente con los objetivos, recursos comprometidos, metodología, herramientas y
productos a lograr mejorando los contenidos solicitados en el estudio. (35%)
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100
|
El Plan de Trabajo presenta etapas, metodología herramientas, actividades y coordinación con contraparte, municipio de cada una de las etapas.
|
|
80
|
El Plan de Trabajo presenta etapas, actividades y coordinación con contraparte, municipio de cada una de las etapas.
|
|
40
|
El Plan de Trabajo presenta etapas y actividades.
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|
10
|
El Plan de Trabajo presenta etapas.
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Programación e levantamiento de datos preferentemente en día fin de semana para encuestas y semana para focus.(35%)
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100
|
Presenta programación y organización de equipos y recursos, que permite la aplicación 15 de grupos focales en una semana con 3 sesiones al día.
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80
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Presenta programación y organización de equipos y recursos, que permite la aplicación 12 de grupos focales en una semana con 3 sesiones al día.
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|
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40
|
Presenta programación y organización de equipos y recursos, que permite la aplicación 10 de grupos focales en una semana con 2 sesiones al día.
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10
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Presenta programación y organización de equipos y recursos, que permite la aplicación 5 de grupos focales en una semana con 1 sesión al día.
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|
El cronograma presentado considera en detalle todos los procesos, etapas, productos, y actividades a ejecutar garantizando y mejorando la temporalidad del estudio.(30%)
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100
|
El cronograma presentado mejora la desagregación de la cronología del estudio identificando en detalle: etapas, actividades, responsables, asignación de horas por profesional e incorpora todas las sesiones de coordinación con contraparte para cada etapa.
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|
80
|
El cronograma presenta cronología del estudio, identificando las etapas y actividades.
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|
40
|
El cronograma presenta cronología del estudio identificando las etapas.
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10
|
Presenta un desglose que no permite reflejar el proceso del estudio.
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c) Experiencia Equipo de trabajo (EET):
Se evaluará en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°4 “Experiencia Equipo de trabajo” en cuanto a la cantidad de estudios en levantamientos de datos, procesamiento, análisis y difusión de resultados de la aplicación de estudios cualitativos y grupos focales. El presente sub-criterio presenta el siguiente cuadro de puntajes:
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Variable y Ponderación
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Puntaje
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Intervalo
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La oferta técnica compromete los equipos de las Bases (10%):
(1) Director de Estudio y Especialista
de procesamiento de datos Sociólogo. Deseable 8 estudios cualitativos 8, mínimo 6 como encargado de análisis y procesamiento de datos cualitativos provenientes de grupos focales. (2) sociólogos, trabajadores sociales, psicólogos sociales, o antropólogos (deseable de 8 estudios cualitativos con grupos focales, mínimo 6 en consultorías de estudios cualitativos efectuando conducción de moderación). Encargado Equipo Logística: (1) persona con enseñanza media completa (experiencia deseable de 10 estudios cualitativos con grupos focales y 10 cuantitativos, mínimo 5 estudios de ambos tipos) (20%)
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100
|
El equipo presenta 9 o más estudios en promedio de experiencia deseable.
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80
|
El equipo presenta 8 estudios promedio de experiencia.
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40
|
El equipo presenta 7 estudios promedio de experiencia.
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|
10
|
El equipo presenta 6 o menos estudios promedio de experiencia.
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|
Experiencia del Director del Proyecto en desarrollo estudios de grupos focales (20%)
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100
|
8 más estudios con grupos focales.
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|
80
|
7 estudios con grupos focales.
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|
40
|
6 estudios con grupos focales.
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|
10
|
5 o menos estudios con grupos focales.
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Experticia del Sociologo Procesamiento y Análisis de los datos cualitativos (20%)
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100
|
8 más estudios con grupos focales.
|
|
80
|
7 estudios con grupos focales.
|
|
40
|
6 estudios con grupos focales.
|
|
10
|
5 o menos estudios con grupos focales.
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Experiencia del Encargado Equipo Logística en grupos focales. (20%)
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100
|
8 más estudios con grupos focales.
|
|
80
|
7 estudios con grupos focales.
|
|
40
|
6 estudios con grupos focales.
|
|
10
|
5 o menos estudios con grupos focales.
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Experticia de 2 moderadores de grupos focales (20%)
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100
|
8 estudios con grupos focales.
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|
80
|
7 estudios con grupos focales.
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|
40
|
6 estudios con grupos focales.
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|
10
|
5 o menos estudios con grupos focales.
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En caso que él oferente no cumpla con el número mínimo de profesionales (ver punto 10.13.) para la prestación del servicio, la oferta se declarará fuera de bases.
d) Experiencia del Oferente (EO):
Se evaluará en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°3 “Experiencia del Oferente” en cuanto a la cantidad de servicios en la aplicación y análisis cualitativos, implementación de grupos focales y difusión de resultados en modalidad virtual o presencial. El presente sub-criterio presenta el siguiente cuadro de puntajes:
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Variable y Ponderación
|
Puntaje
|
Intervalo
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|
Experiencia en aplicación y análisis cualitativos.(45%)
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100
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13 o más estudios cualitativos, uno de ellos aplicado en Programa Quiero Mi Barrio.
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80
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10 o 12 estudios cualitativos.
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40
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6 a 9 encuestas estudios cualitativos.
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|
10
|
1 a 5 estudios cualitativos.
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|
Experiencia en implementación de grupos focales. (45%).
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100
|
13 o más estudios de grupos focales, uno de ellos en el aplicado en Programa Quiero Mi Barrio.
|
|
80
|
10 o 12 estudios de grupos focales
|
|
40
|
6 a 9 estudios de grupos focales.
|
|
10
|
1 a 5 estudios de grupos focales.
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|
Experiencia en difusión de resultados virtual o presencial, mediante seminarios, conversatorios u otros espacios. (10%).
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100
|
13 o más espacios de difusión de resultados.
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|
80
|
10 o 12 espacios de difusión de resultados.
|
|
40
|
6 a 9 espacios de difusión de resultados.
|
|
10
|
1 a 5 espacios de difusión de resultados.
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e) Cálculo Del Puntaje Final Del “Oferta Técnica (OT)”
OT= ∑ ((PMT * 0.40) + (PPT * 0.15) + (PEET * 0.20) + (PEO * 0.25))
Donde:
OT= Oferta Técnica (OT) ∑= Suma Total
PMT= Puntaje Metodología de trabajo
PPT= Puntaje Plan de trabajo
PEET= Puntaje Experiencia Equipo de trabajo
PEO= Puntaje Experiencia del Oferente
10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE)(20%)
Para la evaluación del presente criterio, se considera lo expresado en el anexo N°7.
Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
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Variable y Ponderación
|
Puntaje
|
Intervalo
|
|
Adecuación de Valor total:
El presupuesto presentado e
stá dentro del marco presupuestario definido por la Seremi para el cumplimiento del estudio.
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100
|
Si la oferta económica es = al presupuesto de la licitación.
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|
80 – (1 punto por cada $50.000)
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Si la oferta económica ES INFERIOR AL PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN, descuenta 1 punto por cada $50.000 inferior o superior al presupuesto. El máximo puntaje de descuento será de 80 puntos.
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10.3.3. Oferta Administrativa (OA) (10%)
El presente criterio se evaluará considerando 2 sub-criterios: Inclusión Social (IS) (ponderado en 50%) y Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (CRFO) (ponderado en 50%).
a) Inclusión Social (IS):
Se evaluará en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°6 “Inclusión Social”. Para este criterio el oferente deberá señalar si cuenta con una política de inclusión de género en beneficio de la mujer trabajadora y que dentro de sus trabajadores cuente con personas con discapacidad, personas pertenecientes a pueblos originarios, y que cuenten con mejores condiciones laborales y/o de remuneración. El presente sub-criterio presenta el siguiente cuadro de puntajes:
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Variable y Ponderación
|
Puntaje
|
Intervalo
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|
Política de inclusión de género de la mujer trabajadora, y/o discapacidad, y/o pueblos originarios. (50%)
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100
|
Presenta política de inclusión de género de la mujer trabajadora, y/o discapacidad, y/o pueblos originarios, según lo dispuesto en el punto 5.2.3. literal e).
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|
0
|
No presenta política de inclusión de género de la mujer trabajadora y/o discapacidad, y/o pueblos originarios
|
|
Condiciones laborales de los trabajadores. (50%)
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100
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Presenta política de mejora de condiciones laborales.
|
|
0
|
No presenta política de mejora de condiciones laborales.
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- Acreditación de una política de inclusión de género en beneficio de la mujer trabajadora y que dentro de sus trabajadores cuente con personas con discapacidad y/o personas pertenecientes a pueblos originarios, en caso que los tuviere:
*En el caso de la política de inclusión de género, deberá contar con el sello empresa mujer otorgado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, vigente.
*En el caso de las personas con discapacidad, deberán ingresar copias simples del contrato de trabajo y certificado de discapacidad emitido por COMPIN e Inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
*En el caso de las personas pertenecientes a pueblos originarios, deberá ingresar copias simples del contrato de trabajo y del certificado entregado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, acreditando la condición de indígena.
En caso que se informe una de estas situaciones y no se ingrese acreditación del Registro Nacional de la Discapacidad y/o de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, no será válido otro tipo de acreditación. El proponente podrá presentar esta información en el anexo 6, para así facilitar su evaluación.
- Mejores condiciones laborales y/o remuneración: Se considerarán como mejores condiciones laborales las siguientes:
*Actividades extra programáticas para los trabajadores.
*Actividades extra programáticas para la familia de los trabajadores.
*Aguinaldo de fiestas patrias.
*Aguinaldo de navidad.
*Beneficios de salud.
*Bono de colación, vales para compra de colación o casino con entrega gratuita de alimento para los trabajadores.
*Bono de escolaridad.
*Bono de locomoción.
*Bono de producción.
*Bono de vacaciones.
*Bono por fallecimiento de integrante del grupo familiar.
*Bono por fallecimiento del trabajador.
*Bono por matrimonio.
*Bonos por nacimiento de hijos.
*Caja de compensación.
*Capacitaciones.
*Flexibilidad de la jornada de trabajo.
*Gratificaciones.
*Permisos administrativos con goce de sueldo.
*Reajuste anual de las remuneraciones.
*Remuneraciones sobre el sueldo mínimo.
*Sala cuna y jardín infantil para los hijos de trabajadores.
*Servicio de bienestar para los trabajadores.
*Trabajadores con contrato indefinido.
En caso que no se ingresen mejores condiciones de empleo y remuneración, se entenderá que no cuenta con las mejores condiciones laborales establecidas en las presentes Bases de Licitación.
SERVIU Metropolitano podrá pedir, en cualquier etapa del cumplimiento del contrato, los documentos que estime pertinentes para la comprobación de las mejores condiciones laborales que la empresa adjudicada haya ofertado, como, por ejemplo, certificados de la AFP donde estén afiliados los trabajadores de la empresa directamente involucrados en la prestación del servicio, convenio con Caja de Compensación, convenio con el personal, sindicato, asociación gremial, etcétera.
b) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 9.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.
c) Cálculo Del Puntaje Final de la “Oferta Administrativa (OA)”
OA= ∑ ((IS * 0.50) + (CRFO * 0.50))
Donde:
OA= Oferta Administrativa (OA) ∑= Suma Total
PIS= Puntaje Inclusión Social
PCRFO= Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta
10.3.4. Cálculo Puntaje Total Ponderado:
Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Técnica” en el Rubro (POT) se le aplicará una ponderación de un 70%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio u Oferta Económica” (PPOE) se le aplicará una ponderación de un 20% y al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Administrativa” (POA) se le aplicará una ponderación de un 10%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:
PTP = 0.70*POT + 0.20*PPOE + 0.10*POA
Dónde:
ü PTP: Puntaje Total Ponderado.
ü POT: Puntaje Oferta Técnica.
ü PPOE: Puntaje Precio u Oferta Económica.
ü POA: Puntaje Oferta Administrativa.
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal de Mercado Publico y en última instancia a quien resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
10.4. Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de la presentes bases.
10.5. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
10.6. Del Contrato
10.6.1. Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, los que deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, dentro del plazo establecido, la presentación falsa de información, o documentos integrantes del contrato. Asimismo, SERVIU Metropolitano podrá readjudicar, en la forma indicada precedentemente, cuando el oferente adjudicado manifieste por escrito su intención de desistirse de su oferta.
10.7. De la Orden de Compra
La Sección de Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra, a través del Portal Mercado Público, por el monto total del servicio adjudicado, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°7.
10.8. Domicilio y Jurisdicción
El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.” Para resolución de controversias.
10.9. Del Pago
SERVIU Metropolitano cursará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar. Los pagos serán en plazos referenciales estipulados a continuación:
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Etapas
|
%
|
Hito de pago
|
Total etapa
|
Días corridos
|
|
Acuerdos
|
30
|
Informe Acta de Acuerdos Operativos
|
10
|
10
|
|
Etapa 1
|
20
|
Informe 1 Preparación y levantamiento terreno Focus
|
30
|
40
|
|
Etapa 2
|
20
|
Informe 2 Procesamiento de datos y Análisis de Resultados Focus
|
30
|
70
|
|
Etapa 3
|
30
|
Informe 3 Presentación de Resultados Focus y Resumen Ejecutivo
|
30
|
100
|
|
Cierre estudio
|
30
|
130
|
Para disminuir o aumentar los plazos referenciales, el adjudicatario deberá enviar carta u oficio al administrador del contrato ingresándola por oficina de partes, o al correo electrónico smerinoo@minvu.cl indicando los ajustes requeridos y la justificación de ello. El administrador del contrato efectuará evaluación de la propuesta en conjunto con la contraparte técnica, respondiendo a través de oficio sobre la aprobación o rechazo de los ajustes.
El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
- Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
- Acta recepción conforme prestación de servicio emitida por la Sección Barrios dependiente de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento de SERVIU Metropolitano.
Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días hábiles a su emisión.
La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Departamento de Servicios Generales, ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.
Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.
10.10. Multas
SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 3% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato.
a) Por atraso en la entrega de una Etapa corregida, se cobrará una multa equivalente al 0,1 % del monto total del Estudio por cada día corrido de atraso, con un tope de 7 días hábiles.
b) En caso de persistir errores en la corrección de observaciones, o en caso de atraso en la entrega de una Etapa corregida, se cobrará una multa equivalente al 0,1 % del monto total del Estudio, por cada día corrido del plazo fijado para esta nueva entrega, con un tope de 15 días hábiles, después de lo cual SERVIU Metropolitano, podrá poner término anticipado al Contrato.
c) En caso que la actividad no cumpla o cumpla parcialmente con lo comprometido en la propuesta técnica, la multa será por un monto de 3 UTM, por cada evento detectado.
d) En caso de realizar cambio de profesional, éste se podrá realizar como máximo 3 veces, durante la vigencia del contrato, y deberá contar con la experiencia técnica igual o superior a la indicada en punto 10.3.1 letra b), en caso que esta rotación de personal sea mayor a la mencionada; se aplicará la multa por un monto de 5 UTM del monto total del contrato.
e) En caso de incumplimientos de los plazos señalado en los puntos 10.15.1, y 10.15.2 de las bases administrativas, sobre cambio de profesional, se aplicará una multa de 1 UTM del monto total del contrato, por cada día de atraso.
El Subdirector de Administración y Finanzas notificará por escrito al proveedor que se cursará multa, la cual podrá ser impugnada por este último de conformidad a lo dispuesto en los siguientes párrafos.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al proveedor serán por la vía administrativa. El adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso, dentro de 5 días hábiles de notificado. Pasado este plazo, SERVIU Metropolitano podrá descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, y en su defecto, con cargo a la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
10.11. Modificaciones del Contrato
Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
10.12. Término Anticipado del Contrato
La contraparte técnica será la Unidad Entidad Patrocinante SERVIU Metropolitano Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b) En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
Se considera incumplimiento grave:
b.1) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
b.2) Que las multas aplicadas, en su conjunto, superen el 3% del monto total del contrato.
b.3) En caso de incumplir la prohibición de subcontratar por sobre el 30%, establecida en el punto 8 las presentes bases administrativas
c) Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
d) En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.
e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.
10.13. Profesionales requeridos
En la etapa de preselección de ofertas se revisará el título profesional, la función asignada, la cantidad de profesionales solicitados y la experiencia mínima. El consultor debe ingresar acreditación de experiencia para cada profesional, de acuerdo a lo solicitado para cada función y entregar copia simple de título, que permita comprobar la experiencia mínima. El equipo exigido es el siguiente:
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Profesional
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Función
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Cantidad
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Experiencia en estudios deseables
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Opción de dobles funciones
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Sociólogo/a
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Director de Estudio y Especialista de procesamiento de datos
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1
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Profesional deseable 8 estudios cualitativos 8, mínimo 6 como encargado de análisis y procesamiento de datos cualitativos provenientes de cualitativos.
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Podrá ocupar otras funciones en el equipo, siempre que cumpla con la profesión y la experiencia deseable solicitada en la segunda función.
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Sociólogo, trabajador social, psicólogo, antropólogo, o cientista político
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Moderadores
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2
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Profesional deseable 8 estudios cualitativos que incluyan grupos focales de experiencia y mínimo 6 estudios, donde haya moderado la conducción de grupos focales.
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Podrá ocupar otras funciones en el equipo, siempre que cumpla con la profesión y la experiencia deseable solicitada en la segunda función.
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Enseñanza media completa
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Encargado equipo logística
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1
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Enseñanza media completa deseable 10 estudios cualitativos, mínimo 5 estudios de ambos tipos, como encargado de logística de estudios cualitativos con grupos focales.
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Puede ser ocupada por los anteriores profesionales, siempre y cuando cumpla con la experiencia deseable solicitada en esta función.
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Para efectuar la medición de la experiencia del equipo y de las funciones anteriormente indicadas, se tendrá a la vista estudios cuantitativos debidamente acreditados por cada profesional. Para ello el oferente deberá ingresar acreditación de experiencia para cada profesional en la función señalada, indicando nombre del profesional, nombre del estudio acreditado, especificando la función realizada en los estudios que incluyan realización de los estudios solicitados por el cuadro anterior.
10.14. Del profesional
SERVIU Metropolitano se reserva el derecho a disponer el cambio del profesional que prestan los servicios de arquitectura, en caso que ocurra lo establecido en el cuadro del punto 10.10 de las bases administrativas y/o los servicios prestados por estos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente.
Si durante la vigencia del contrato, el profesional tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado, la empresa podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que el profesional cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él que se haya adjudicado la propuesta, previa autorización por escrito del Supervisor de SERVIU Metropolitano.
Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto la SECCIÓN BARRIOS DE SERVIU METROPOLITANO deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se mantenga. Si lo considerase necesario, SERVIU Metropolitano puede exigir documentos anexos a los requeridos por las presentes bases. El cambio de profesional se puede realizar como máximo 3 veces, durante la vigencia del contrato, en caso que esta rotación de personal sea mayor a la mencionada; se aplicará la multa indicada en el apartado de multas en el punto 10.10 de las presentes bases de licitación.
10.14.1. Para Solicitar Cambio de Profesional por Motivo de Vacaciones
El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida a la SECCIÓN BARRIOS DE SERVIU METROPOLITANO, con al menos 20 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar multa indicada en el punto 10.10 letra d).
10.14.2. Para Solicitar Cambio de Profesional por Renuncias/Licencias Médicas
El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida la SECCIÓN BARRIOS DE SERVIU METROPOLITANO, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el profesional propuesto por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar multa indicada en el punto 10.10 letra d).
10.15. Contraparte técnica
La autoridad competente, en el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato, designará una contraparte técnica conformada por, al menos, 2 profesionales de la SEREMI Metropolitana y de SERVIU Metropolitano. De la SEREMI habrá al menos un profesional de Estudios y otro profesional del Área Social, uno en calidad titular y otro suplente; de SERVIU Metropolitano dos profesionales, uno en calidad titular y otro suplente, quienes podrán actuar de manera independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan.
a) Evaluar el servicio que se preste durante la ejecución del contrato.
b) Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la ejecución del servicio requerido.
c) Aprobar y recibir conforme o rechazar los informes que pudiesen existir durante la ejecución del servicio.
d) Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.
e) Proponer el aumento los plazos de duración del contrato, aumento de plazo de subsanación de observaciones a productos, y/o ajuste de productos, cuando éstas involucren la participación de municipio y vecinos, y no sean atribuibles al consulto y en el evento teniendo por posibles conflictos del estallido social, presencia de COVID-19 u otra situación de características similares, los que serán evaluados según la pertinencia de ellos, en casos calificados.
f) Proponer la suspensión y/o modificación de plazos del contrato cuando puedan verse obstaculizados por posibles conflictos del estallido social estallido social, presencia de COVID-19 u otra situación de características similares.
g) Proponer el cambio de modalidad de ejecución del proceso de reuniones con equipos municipales o vecinos, levantamiento de datos, presentación de resultados y otros productos de la consultoría cuando estos puedan verse obstaculizados por posibles conflictos del estallido social o por la presencia de Covid 19 u otra situación de características similares, los que serán evaluados según la pertinencia de ellos, en casos calificados.
h) Autorizar o rechazar el reemplazo del ejecutivo designado por la empresa Consultora, cuando no se encuentre dentro de los estándares requeridos ejecutivo solicitado por el consultor
i) Solicitar el cambio del ejecutivo del consultor y/o cambios de integrantes del equipo ejecutor, cuando no se encuentre dentro de los estándares requeridos.
j) Requerir el aumento del plazo de duración del contrato.
k) Requerir el aumento del monto total del contrato.
l) Revisar y evaluar las etapas del estudio redactando actas de revisión las que podrán aprobar o rechazar los productos.
m) Requerir la aplicación de las multas.
n) Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación. En caso de ser necesario el reemplazo de uno o ambos integrantes de la contraparte técnica, la autoridad competente del SERVIU Metropolitano y la SEREMI, según corresponda, SERVIU METROPOLITANO deberá dictar un nuevo acto administrativo, nombrando a los nuevos integrantes de esta contraparte técnica. Lo anterior, deberá ser notificado mediante la publicación del Acto Administrativo en el “Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado”.
Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato.
10.16. Confidencialidad y Seguridad de la Información
El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.