Pacto de integridad.
Los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, las cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será considera en un criterio de evaluación en las bases de licitación. Lo anterior según lo dispuesto en el artículo 9.3.4 de las presentes bases de licitación.