BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE LOS SISTEMAS DE IMPULSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE, AGUAS SERVIDAS Y AGUA LLUVIA, DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE”
- ANTECEDENTES GENERALES:
Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto la contratación del servicio de mantención preventiva y correctiva de los sistemas de impulsión de la red de agua potable, aguas servidas y agua lluvia, del edificio institucional del Gobierno Regional del Maule, por un periodo de 24 meses (2 años), de conformidad con lo señalado en las presentes bases, y así cumplir con los estándares, normas de calidad y de seguridad, señalados por el fabricante y la normativa vigente, a fin de lograr un funcionamiento óptimo y continuo de los mismos, en beneficio del personal y usuarios de la Institución.
1.1 ORGANISMO CONTRATANTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N° 711, Talca
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: servicio de mantención preventiva y correctiva de los sistemas de impulsión de la red de agua potable, aguas servidas y agua lluvia, del edificio institucional del Gobierno Regional del Maule.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: Peso chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: Diez (10) días corridos siguientes a la fecha de publicación. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) ni en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los dos (2) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas y aclaración a las Bases: Los oferentes tendrán tres (3) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, el Gobierno Regional tendrá dos (2) días hábiles contados desde la fecha de término del periodo de consultas para responderlas.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas o solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario electrónico de bases de licitación.
Visita Técnica de carácter “Obligatoria”: Se establece que los interesados oferentes deberán efectuar una visita técnica al edificio del Gobierno Regional del Maule, ubicado en calle 1 Norte Nº 711 de la ciudad de Talca, el tercer día hábil posterior a la publicación a las 12:00 horas.
Dicha visita tendrá el carácter de obligatoria para los oferentes que participen en la presente licitación y permitirá, a quienes así lo hagan, conocer las instalaciones del Gobierno Regional del Maule, donde se requieren los servicios detallados en las bases técnicas. Los costos de la visita a terreno serán de cargo de los interesados participantes, dejándose constancia de sus asistencias en la respectiva acta de asistencia que levantará la Contraparte Técnica del Gobierno Regional del Maule.
La inasistencia a la visita técnica señalada implicará la exclusión inmediata de aquellos oferentes que postulen en la presente licitación, quedando en consecuencia inadmisible su oferta.
Para estos efectos se requiere puntualidad, estableciéndose un margen máximo de atraso de 05 minutos.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información Mercado Público las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4.- DE LOS OFERENTES.
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme al reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada y en calidad de “hábil” en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 de la Ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
5.- DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS.
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N°21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente.
En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
6.- PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexo Nº1 “Carta de presentación del oferente”; Anexo N°2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta”; N°3 “Oferta Económica”; N°4 “costos unitarios mantenciones correctivas por la duración del contrato”; N°5 “Experiencia del oferente”; N°6 “Oferta Técnica”, N°7 “Certificación Servicio Técnico en la Zona”; N°8 “Ejecución de labores en primera instancia” y N°9 “Complementario visita a terreno”; todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos tendrá como consecuencia que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes bases.
7.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las propuestas se presentarán de acuerdo a los anexos señalados y adjuntos a estas bases, en la modalidad de formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español. No obstante, se aceptarán documentos anexos en otro idioma siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo N°1 “Carta de presentación del oferente”; Anexo N°2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta”, Anexo N°7 “Certificación Servicio Técnico en la Zona”; Anexo N°8 “Ejecución de labores en primera instancia” y Anexo N°9 “Complementario visita a terreno”;
Antecedentes Económicos: Anexo N°3 “Propuesta Económica”; y Anexo Económico N°4 “costos unitarios mantenciones correctivas por la duración del contrato”.
Antecedentes Técnicos: Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”; y Anexo N°6 “Oferta Técnica”.
8.- DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario, con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital. Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no corresponda a la persona identificada en el Anexo N°1, “Carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia. En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar el documento que formalice su acuerdo. En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 precedente “Presentación de anexos”.
El organismo licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, velar por la exactitud y fidelidad de sus contenidos y la veracidad de lo que en ellos conste.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
9.- GARANTÍAS
Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de Seriedad de la Oferta, en conformidad con la normativa vigente.
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato:
Considerando que el servicio contratado es de indispensable para el correcto funcionamiento de la institución y para asegurar la continuidad y calidad del servicio, se exige la constitución de una garantía de fiel cumplimiento del contrato, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.886 y el Decreto Hacienda N°661/2024. Esta garantía tiene la finalidad de asegurar la adecuada prestación de los servicios licitados, el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la prestación de servicios, y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, el oferente adjudicado deberá constituir y entregar al Gobierno Regional del Maule, en forma previa a la suscripción del contrato, un documento de garantía que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Debe ser constituida por el oferente o por un tercero a su nombre.
2. Debe ser irrevocable.
3. Debe ser pagadera a la vista.
4. Debe ser pagadera a primer requerimiento.
Tratándose de pólizas de seguro y de Certificados de Fianza, éstos deberán ser de ejecución inmediata, pagaderos al solo requerimiento de Gobierno Regional del Maule.
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Tipo de Documento
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Los permitidos por la normativa legal vigente, tales como boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, vale vista, depósito a plazo, garantía electrónica o cualquiera que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla con los requisitos indicados anteriormente.
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Beneficiario
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Gobierno Regional VII Región del Maule.
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Fecha de Vencimiento
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El plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato será por todo el período de prestación del servicio aumentado en al menos 60 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo total de prestación del servicio.
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Monto
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La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato y expresarse en pesos chilenos.
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Entrega física
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La garantía deberá ser entregada en la Unidad de Gestión de Documentos (Ex Oficina de Partes) del Servicio de Gobierno Regional del Maule, ubicada en calle 1 Norte N° 711, de la ciudad de Talca
➢ La entrega deberá efectuarse con una carta conductora firmada por el oferente, donde se identifique el ID de la licitación y se indique que la entidad licitante es el Gobierno Regional del Maule.
➢ El horario de funcionamiento de la Unidad de Gestión de Documentos del Gobierno Regional del Maule es de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 horas y viernes de 8:30 a 15:00 horas.
En su caso, la garantía electrónica se presentará a través del Sistema.
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Glosa de la garantía
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La garantía debe indicar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del “Servicio de mantención preventiva y correctiva de los sistemas de impulsión de la red de agua potable, aguas servidas y agua lluvia, del edificio institucional del Gobierno Regional del Maule”.
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Forma y oportunidad de restitución
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La garantía se devolverá mediante su entrega, y previo endoso al proveedor, en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles siguientes a la terminación efectiva del servicio contratado, prestado, y recibido a conformidad.
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Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas.
En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, el Gobierno Regional del Maule estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Gobierno Regional del Maule pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor.
10.- PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para la contratación del servicio que se licita asciende a la suma total de $ 41.000.000.- (cuarenta y un millones de pesos), distribuido de la siguiente forma:
a) $31.000.000 (Treintaiuno millones de pesos) por concepto de mantenciones preventivas mensuales; y
b) $10.000.000 (diez millones de pesos) por concepto de mantenciones correctivas, cuando excepcionalmente se requiera además subsanar desperfectos o efectuar reparaciones eventuales, presupuesto que para estos efectos se considerará que responde a un contrato de suministro eventual y estableciéndose, además, expresamente que atendido el carácter eventual de la prestación, ello en ningún caso implicará e irrogará necesariamente un compromiso de pago por la totalidad del mismo, sino solo referido al valor de la reparación de que se trate.
11.-OFERTA TÉCNICA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes y especificaciones técnicas del servicio ofertado; ello, conforme al Anexo N°6 “Oferta Técnica”.
12.-PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto del servicio solicitado, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos, sin incluir el IVA, ni reajuste alguno.
El oferente deberá detallar los valores correspondientes a los trabajos indicados en el Anexo Nº 3. El valor indicado en la casilla "Costo Neto" deberá ser el valor ofertado en el portal.
Sin embargo, deberá indicar claramente en el anexo económico (Anexo N° 3) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
El oferente deberá completar el resto de los aspectos solicitados a fin de estandarizar los eventuales trabajos que se pudieran requerir.
13.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Durante la etapa de evaluación el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Gobierno Regional del Maule que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
El Gobierno Regional del Maule solicitara estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que se exigen en las presentes Bases Administrativas.
14.- PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La presentación incompleta de antecedentes, será motivo para declarar inadmisible la propuesta del oferente.
15.- PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre de la recepción de las ofertas.
16.- COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en caso de ser necesario. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18.- ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime convenientes, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20.- DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente las ofertas, tanto técnicas como económicas.
La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas.
Las ofertas deberán ser enviadas por los Oferentes a través del Sistema de Información. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 del
reglamento, se podrán recibir en soporte papel y en los plazos que correspondan.
Sólo se procederá a revisar Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que las hayan presentado utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del Portal.
21.- EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad, y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica.
En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el numeral 6, constatando que no concurra ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento. Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, la Comisión Evaluadora considerará para efectos de la evaluación de la licitación, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
22.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, nombrada al efecto por medio de Resolución y conformada por tres funcionarios del Gobierno Regional del Maule.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo a lo solicitado en estas bases.
Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses
con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el Reglamento. En ese sentido, y conforme al artículo 35 nonies de la ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligue a guardar confidencialidad sobre él.
Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación de cada proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación.
Durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de las mismas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización no pudiendo los oferentes mantener contacto con el licitante por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
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Experiencia del Oferente
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30 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años. (Anexo N°5)
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Propuesta Económica
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35 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que proporcione un menor valor. (Anexo N°3)
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Oferta Técnica
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25 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que presente una propuesta técnica superior al itemizado mínimo exigido en Bases Técnicas. (Anexo N°6)
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Programa de integridad
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5 puntos. Se concederá el puntaje completo a aquellas ofertas que acrediten la existencia de programas de integridad y ética empresarial
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Cumplimiento de los requisitos formales
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5 puntos. Se concederá el mayor puntaje al oferente que no omita requisitos y cumpla con la totalidad de los documentos exigidos.
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La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, debidamente ponderados, de acuerdo con las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
23.1 Experiencia del Oferente (30 puntos)
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Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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30 puntos
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2do Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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20 puntos
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3er Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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10 puntos
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Resto de los oferentes
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5 puntos
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Oferente sin experiencia
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0 puntos
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La experiencia será medida según cantidad de clientes a los cuales se les ha prestado servicios similares o afines (públicos o privados), a nivel nacional, en los últimos 5 años, ingresando Anexo con nombre y número telefónico de contacto según antecedentes solicitados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”.
Para acreditar la experiencia el oferente deberá presentar los documentos probatorios de la misma como Órdenes de Compra, facturas, contratos, certificados del mandante entre otros. Toda experiencia que no cuente con su respaldo no será considerada para efectos de la evaluación del criterio.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 30 puntos.
23.2 Propuesta Económica (35 puntos) – Precio.
Se analizará el precio que presenten las ofertas, otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico. La sumatoria de lo anterior será el valor usado para calcular la mejor oferta de acuerdo con lo siguiente:
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PROPUESTA ECONOMICA: 35 puntos
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Nota =
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7,00
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Oferta más económica.
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6,00
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2da. oferta más económica
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5,00
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3ra. oferta más económica
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje precio =
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Nota Prov. Evaluado x 35 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El Gobierno Regional del Maule aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, no estando obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada. Serán evaluados según Anexo N°3 “Propuesta Económica”
El puntaje máximo para el presente criterio es de 35 puntos.
23.3 Oferta Técnica (25 puntos)
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OFERTA TÉCNICA: 25 puntos
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Nota =
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7,00
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Oferta presentada supera las actividades mínimas establecidas en bases técnicas.
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5,00
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Oferta presentada cumple con las actividades mínimas establecidas en bases técnicas.
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Puntaje O. Técnica =
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Nota Prov. Evaluado x 25 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 25 puntos.
La evaluación de la oferta será realizada en base a lo presentado en Anexo N°6 “Oferta Técnica”.
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las exigencias de las Bases Administrativas, las Bases Técnicas y las aclaraciones, si las hubiere.
- El incumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible, y por lo tanto no accederá al proceso de evaluación.
23.4 Programa de integridad (5 puntos)
Los oferentes deberán declarar que su empresa cuenta con un Programa de Integridad, el cual debe ser conocido y comprendido por todo su personal. Para que el proveedor obtenga puntaje por este criterio, será necesario presentar documentación o antecedentes que respalden la existencia del programa y demuestren que este es efectivamente conocido por el personal de la empresa. La documentación proporcionada deberá incluir evidencia clara y verificable de la implementación del programa, así como de la conciencia y compromiso del personal en relación con dicho programa.
El criterio se evaluará aplicando el siguiente cuadro:
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Cumple con el Criterio
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Descripción
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Puntaje
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Sí
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El oferente presenta documentación completa que acredita la existencia de un programa de integridad y evidencia de que todo su personal tiene conocimiento de este programa (por ejemplo, evidencia de capacitación, políticas internas, etc.).
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5 puntos
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No
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El oferente no presenta evidencia suficiente de la existencia de un programa de integridad o de que el personal tenga conocimiento del mismo.
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0 puntos
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
23.5 Cumplimiento de los requisitos formales (5 puntos)
Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no haya debido subsanar la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta.
Por el contrario, a aquel oferente que ha subsanado la omisión de requisitos formales, se le descontarán puntos por de acuerdo al siguiente cuadro:
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CUMPLIMIENTO DE REQUSITOS: 5 puntos
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Nota =
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7,00
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Oferente no omite requisitos
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4,00
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Oferente omite un antecedente o certificación.
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1,00
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Oferente omite dos o más antecedentes o certificaciones
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Puntaje precio =
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Nota Prov. Evaluado x 5 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
24.- CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios y en estricto orden de prelación:
1) Se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación de la Propuesta Económica.
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación de la Experiencia del oferente.
3) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el criterio “Oferta Técnica”.
25.- CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad de los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 25 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes bases.
26.- ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el numeral 23 de las presentes Bases.
El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En caso debidamente justificado, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl
Posteriormente el encargado de esta licitación en la Unidad de Abastecimiento del Departamento de Administración enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que debe presentar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar de esa comunicación.
Considerando que la presente adquisición es superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM y que se trata de un servicio estándar de simple y objetiva especificación, la jefatura de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional del Maule ha determinado que la contratación del servicio licitado se formalizará mediante la emisión de una orden de compra por la institución licitante y su aceptación por parte del proveedor, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras.
El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la Orden de Compra. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
En caso de que el oferente adjudicado requiera realizar consultas, podrá dirigirlas al correo electrónico compraspublicas@goremaule.cl.
En caso de que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se encuentre hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8, entregue documentos falsos, no presente la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no acepte la Orden de Compra emitida, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
En esta situación el servicio licitante podrá readjudicar la propuesta y para ello la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente cuya oferta le siga en puntaje, quien deberá pronunciarse en el plazo que al efecto se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso de que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el Acta de Evaluación, para proceder con la contratación, éste deberá hacer entrega de la documentación correspondiente, antes del envío de la Orden de Compra.
28.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El Oferente adjudicatario no podrá transferir los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior se entiende sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Los documentos justificativos de los créditos que de ellos emanen serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El contratante podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 15 de la ley 19.886 y en el 128 del Decreto Hacienda N°661/2024.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación del cumplimiento del contrato permanecerá siempre en el contratista adjudicado.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá acreditar que éste cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
29.- PLAZO DE VIGENCIA DEL SERVICIO:
La prestación del servicio contratado regirá a contar de la fecha de aceptación de la Orden de Compra, referida en el numeral 27 de las presentes bases y tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses a contar de esa fecha.
30.- VALOR DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO.
El pago al proveedor se realizará en cuotas mensuales iguales y sucesivas dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. La factura debe ser emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N° 72.227.000-2, y previa recepción conforme de la prestación del servicio contratado, por parte de la Contraparte Técnica.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda teniendo a la vista únicamente la resolución de adjudicación, la orden de compra emitida y aceptada, la factura visada y la recepción conforme por parte de la contraparte técnica.
El precio del contrato será el que se indique en la resolución de adjudicación, producto de la oferta seleccionada; se expresará en pesos, moneda nacional e incluirá todos los gastos en los términos señalados en estas bases, impuestos incluidos.
Para el caso que se trate de servicios prestados por concepto de mantenciones correctivas, estandarizados en la oferta económica del proponente, y aprobados por la contraparte técnica, o bien se trate de aquellos no contemplados en la referida estandarización, y oportunamente aprobados por la contraparte técnica, se generará por el Servicio la respectiva orden de compra y se pagarán en las mismas condiciones señaladas en el inciso primero de esta cláusula.
31.- MULTAS.
El Servicio podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor contratado, cuando éste no cumpla con el servicio contratado, salvo caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. El tope de las multas a aplicar será del 30% del precio del del contrato.
En caso de que los incumplimientos del proveedor no sean justificados y que el Servicio licitante los califique como tales, se notificará por escrito esta decisión al proveedor, indicando la causa y la multa a que da origen ese incumplimiento.
El proveedor podrá reclamar de su aplicación al Servicio licitante dentro de los cinco días hábiles siguientes contados desde la notificación. El Servicio resolverá la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor, o bien la rechazará, confirmando la multa respectiva, en función de los antecedentes de respaldo y fundantes respectivos que se hubieren deducido o acompañado.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables son los que se especifican a continuación:
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CAUSAL
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CATEGORIA
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MULTA APLICABLE
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No cumplimiento del cronograma o “Pauta de Mantenimiento” establecido en contrato y bases Técnicas.
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Falta grave
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4 UF por día corrido de atraso con tope de 28 UF
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La no prestación del servicio de visita a todo evento o de emergencia a través de llamado dentro del plazo de 8 horas corridas requerido en bases técnicas
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Falta grave
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4 UF por hora de atraso con tope de 28 UF
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El atraso injustificado en los trabajos de Mantenimiento Correctivo, establecido en las Bases Técnicas.
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Falta menos grave
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3 UF por día corrido de atraso con tope del 21 UF
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Multa por no acatamiento a solicitud del mandante
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Falta leve
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2 UF por cada incumplimiento con tope de 10 UF.
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El proveedor deberá pagar la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto. Se podrá realizar también un depósito en la Cuenta Corriente del Gobierno Regional del Maule N°43509108936 del Banco Estado.
Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del Servicio de hacer efectiva las multas con cargo a la garantía de fiel cumplimiento, sólo respecto de aquella parte que cubre el valor de ésta, debiéndose restituir la diferencia al contratista.
Pago en efectivo: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor en este caso debe acudir a Tesorería con el dinero en efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual y con la otra copia del ingreso y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de Sigfe.
Pago por transferencia: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería, en esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en Sigfe.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato.
32.- CONTRAPARTE TÉCNICA.
La contraparte técnica estará a cargo y será desempeñada por un/una funcionario/a del Gobierno Regional del Maule.
Este/ta funcionario/a tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento integral del servicio, velando, por el eficiente desarrollo de la contratación. Lo anterior, sin perjuicio de que podrá asesorarse por funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule o profesionales de otros servicios de la Administración, con conocimientos o experticia en las materias vinculadas con aspectos técnicos de la prestación del servicio.
Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
- Orientar al proveedor contratado en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio;
- Bases Administrativas y Técnicas que lo integran;
- Mantener comunicación permanente con el prestador, acordando con éste las reuniones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y la buena marcha de los servicios contratados y las fechas para el desarrollo del servicio;
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y que en la ejecución del servicio el proveedor se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, las Bases Técnicas y demás documentos que integran la contratación entre el Gobierno Regional y el proveedor del servicio;
- Requerir y recibir los servicios licitados para dar curso al pago correspondiente, formular observaciones y, en su caso, dar visto bueno a la subsanación de las mismas, aprobar, cuando corresponda las actividades acreditadas por el prestador, en conformidad con la contratación.
- a los procedimientos internos del Servicio;
- Informar fundadamente y por escrito a la jefatura de la División de Administración y Finanzas, de eventuales incumplimientos del proveedor, de los atrasos, u otras circunstancias que, en conformidad con las presentes Bases, puedan dar origen a multas o a la terminación anticipada del contrato;
- Realizar la recepción de los servicios estipulados en las presentes bases de licitación, una vez revisados y terminados dar tramitación al pago y multas impuestas en su caso.
33.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la contraparte técnica.
La contraparte técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días, ni superior a 30 días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser funcionarios del Gobierno Regional del Maule o externos.
34.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como asimismo de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
35.- SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
A objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41 N°10, del Reglamento de la Ley de Compras, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales respecto de su personal, expedido por la Dirección del Trabajo, u otro documento idóneo, el cual será presentado al momento de la formalización de la contratación.
Asimismo, en caso de que la empresa que obtiene licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Gobierno Regional del Maule deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
El Gobierno Regional del Maule exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes, planillas u otros antecedentes idóneos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, y su incumplimiento dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato.
36.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo al Art. 13 Bis de la Ley de Compras Publicas, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el Gobierno Regional del Maule sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
h) En caso de disconformidad del servicio prestado según informe fundado de la contraparte técnica.
Las demás causales establecidas en la ley.
Para efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicada en la letra b) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, lo siguiente:
a) La verificación de causal constitutiva de falta grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar las 28 UF, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato sin perjuicio de proceder al cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
b) La verificación de causal constitutiva de falta menos grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar las 21 UF, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato sin perjuicio de proceder al cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
c) La verificación de causal constitutiva de falta leve, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar las 10 UF, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato sin perjuicio de proceder al cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
d) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que las presentes Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y el contrato le impone al proveedor.
De acuerdo al Art. 13 ter de la Ley de Compras Públicas, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, el Gobierno Regional del Maule podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, y ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
37.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS.
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 31 y/o 36 de las presentes Bases, conforme al artículo 140 del reglamento de la ley 19.886, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario al correo electrónico fijado en el anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de esa fecha, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad de los proveedores mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio al Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlas o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará personalmente o por carta certificada y se publicará oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al Gobierno Regional del Maule por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
38.- RECURSOS.
En contra de la resolución señalada en el numeral anterior, procederán los recursos que dispone la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Gobierno Regional resolverá dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso.
39.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentas Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.886 y su reglamento, el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, y el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
40.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. En casos muy calificados y debidamente fundados, se podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación de los servicios contratados. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero ni dar como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna
unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente artículo, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.