OTRAS CLAUSULAS
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la ley N° 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
Si durante el estudio de los antecedentes, el o la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
La apertura de las ofertas económicas se realizará en el portal de Mercado Público, a cargo de un profesional del Departamento de Finanzas y Administración Oficina Región CONAF Magallanes y Antártica Chilena, y de un representante del Departamento de Áreas Protegidas. Acompañará en calidad de ministro de fe una abogada de la unidad Jurídica regional.
La admisibilidad de las ofertas quedará sujeta a las indicaciones señaladas en las presentes bases.
Los archivos recibidos en las ofertas, serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.
- Observaciones a la apertura de las ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión compuesta por los siguientes trabajadores:
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INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
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TITULARES
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SUPLENTES
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1) Súper Intendente Parque Nacional Torres del Paine Sr Gerson Frías
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1) Subrogante del Súper intendente del Parque Nacional Torres del Paine
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2) Administradora Parque Nacional Torres del Paine
Sra. Mónica Quinchaman
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2) Subrogante de la Administradora Parque Nacional Torres del Paine
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3) Jefa Sección Administración DEFA
Sr. Marcos Ayancan
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3) Profesional Subrogante del Jefe de Sección Administración
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La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo Director Regional de la Corporación Nacional Forestal Magallanes y Antártica Chilena la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
- Resolución de empates
Si en los puntajes finales existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje los siguientes criterios que a continuación se indican, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Evaluación Especificaciones Técnicas”
- Segundo: De persistir el empate, se privilegiara al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio "Evaluación Precio”.
- Tercero: De persistir el empate, se privilegiara al oferente que haya obtenido el máximo puntaje en el criterio "Plazo de Entrega”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta al el portal de compras públicas.
- Errores u omisiones
Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.
CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación.
La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley.
Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
- Fecha de la adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo, según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras.
- Observaciones posteriores a la adjudicación y re-adjudicación.
Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado:
- Si oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF.
- Si el adjudicatario desistiera de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases.
En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá re-adjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
El plazo máximo de re-adjudicación será de 80 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
- Vigencia de la oferta
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
- Idoneidad técnica y financiera de los proveedores
De acuerdo a lo señalado en el artículo N°26 del Reglamento de Compras Públicas, la idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.
- Formalización del Contrato:
La orden de compra debidamente aceptada por el proveedor seleccionado se constituirá en el respectivo contrato, del cual formaran parte las bases y la oferta respectiva. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo no superior a 3 días hábiles desde la fecha de envió de la mismo, por medio del portal de compra publicar al proveedor adjudicado. Pasado este plazo la Corporación entenderá que el proveedor ha desistido de su oferta.
- Cláusulas de Contratación:
a) Del precio:
El precio será el indicado por el oferente en su oferta económica, cuyo monto de la adjudicación no podrá superar el monto disponible para la presente licitación, por cada línea concursada.
b) Formalidad para el pago:
Los pagos serán efectuados por CONAF, una vez sean ocurran las siguientes condiciones:
- Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
- Recepción conforme de los productos requeridos por la contraparte técnica.
- Emisión, Publicación y aceptación del documento tributario
- La Corporación procederá al pago dentro de los 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131.
c) Facturación:
- El documento tributario debe ser emitido una vez recibido conforme los Servicios a: windte_dte@custodium.com.
- En el caso de Factura deberá indicar el ID de la orden de compra en Campo 801 (Formato SII) – Referencia y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 hrs., enviar el documento PDF a los correos electrónicos: jaime.caro@conaf.cl
- En la Glosa deberá indicar el detalle de los servicios.
Datos de Facturación:
- -Corporación Nacional Forestal
- -Rut: 61.313.000-4
- -Giro: Servicio Forestales.
- -Domicilio: Avenida Bulnes 0309 – Punta Arenas.
La omisión de la información requerida para la formalidad del pago y facturación por parte del Proveedor, será motivo suficiente para rechazar los documentos tributarios electrónicos correspondientes.
d) Contraparte técnica y administrativa del contrato:
- Contraparte Técnica (CONAF)
La contraparte técnica corresponderá al Súper Intendente del Parque Nacional Torres del Paine, Sr Gerson Frías. Para el caso de la línea 1 y 2
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
- Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos. Mientras se encuentre vigente la licitación
- Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios.
- Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
- Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá a la Gerencia de Finanzas y Administración, representada por el Jefe Administrativo Sr. Marcos Ayancan, o quienes lo subroguen, en las materias que le competen a cada uno de ellos.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
- Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
- Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
- Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
- Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
- Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
e) Multas por incumplimientos:
La Corporación aplicara una multa de 5 UF por cada día de retraso en la entrega, según lo estipulado por el oferente seleccionado en la oferta. El procedimiento se presenta en documento adjunto a esta licitación.
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: Los oferentes deberán mantener una casilla de correo electrónico vigente, debido a que la Corporación a través de su Departamento de Finanzas y Administración, determinará si la notificación se realizará a través de Carta Certificada (Física) y/o mediante notificación a través de correo electrónico.
f) Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
g) Interpretación e información
Las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretaran siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y la ejecución de los servicios requeridos y contratos, de acuerdo con las reglas de ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesario para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
h) Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
i) Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria.
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
j) Observaciones generales
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación