| Ítem | Observaciones | Ponderación |
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1
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
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Para efectos de la evaluación, se considerará lo presentado mediante el FORMULARIO N°4 y lo efectivamente acreditado.
Se deberá subir el programa de integridad y ética empresarial al portal www.mercadopublico.cl, y deberá acreditar que este es conocido por todo su personal, el cual será evaluable según la siguiente tabla.
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
PUNTAJE
El oferente acredita contar con un programa de integridad
100
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2%
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2
Comportamiento contractual anterior
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Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses, considerando el comportamiento base de la semana de cierre de la presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público.
Se deja expresa constancia que para Uniones Temporales de Proveedores este criterio se aplicará para todos los integrantes señalados y en caso de que alguno de los integrantes de la UTP tenga incumplimiento, para efectos de la evaluación se considerará el incumplimiento más grave.
Se evaluará de acuerdo con la siguiente tabla: N°
FACTOR
PUNTAJE
1
Proveedores sin incumplimiento de contrato consistente en multas cursadas dentro de los últimos 24 meses.
100
2
Proveedores con incumplimiento de contrato consistente en multas cursadas dentro de los últimos 24 meses.
50
3
Proveedores con incumplimiento consistente en término anticipado de contrato en los últimos 24 meses.
0
El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (15%).
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15%
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3
Experiencia de los Oferentes
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Para efectos de la evaluación, se considerará lo presentado mediante el FORMULARIO N°5.
Para evaluar este criterio el oferente deberá acreditar su experiencia según lo señalado en punto 6.3.2.1. de estas bases administrativas.
El oferente que posea el mayor número de contratos ejecutados durante los últimos seis años contados hacia atrás desde la fecha de publicación del presente proceso de licitación, con un valor, individualmente considerado, de al menos un 15% del monto (con IVA incluido) indicado en el punto 2.4. por cada línea de contratación, obtendrá puntaje 100. El resto será calificado por el resultado de la siguiente fórmula:
Puntaje (2 decimales): (N° de contratos / Mayor N° contratos) x 100
El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (25%).
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25%
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4
Precio
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Este criterio será evaluado de la siguiente manera:
ITEMIZADO: PRIMER SEGMENTO (60% DEL CRITERIO)
Para efectos de evaluación se considerará la suma total del precio ofertado en el Itemizado, correspondiente al FORMULARIO N° 6-A.
El proveedor que oferte un menor precio total obtendrá puntaje 100, el resto será calificado por el resultado de la siguiente formula:
Puntaje (2 decimales): (Precio Oferta Menor / Precio Ofertado) x 100 La Comisión Evaluadora declarará inadmisible una o más ofertas cuando los precios por partida excedan en un 30% el valor referencial o disminuyan en más de un 20% del valor referencial por partida.
GASTOS GENERALES Y UTILIDADES: SEGUNDO SEGMENTO (40% DEL CRITERIO)
El oferente deberá proponer sus gastos generales y utilidades en el FORMULARIO N° 6-B.
Se evaluará la sumatoria de ambos, según el siguiente detalle:
%
PUNTAJE
1 – 25
100
26 – 30
50
PUNTAJE FINAL CRITERIO DE EVALUACIÓN= (PUNTAJE OBTENIDO PRIMER SEGMENTO * 60%) + (PUNTAJE OBTENIDO SEGUNDO SEGMENTO * 40%).
El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (50%).
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50%
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5
Condiciones de empleo y remuneración
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Se evaluará lo informado en el Formulario N° 7, con una escala de evaluación de 0 a 100 puntos, donde se otorgará una mayor calificación a la propuesta que oferte el mayor sueldo base, según lo siguiente:
El oferente que ofrezca el mayor sueldo base obtendrá puntaje 100. El resto será calificado por el resultado de la siguiente fórmula:
Puntaje (2 decimales): (Sueldo base ofertado / Máximo sueldo base ofertado) x 100 El sueldo base mensual ofertado debe ser mayor al sueldo mínimo vigente.
Conforme la letra a) del artículo 42 del Código del Trabajo, Sueldo o sueldo base, es el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo del artículo 10. El sueldo, no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual.
El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (4%).
En caso de no acompañar el formulario N°7 la puntuación será 0.
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4%
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6
Cumplimiento de los requisitos
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De acuerdo con lo estipulado en el Art. 56° del Decreto N° 661, de 2024, Reglamento de la Ley de Compras y, a los documentos exigidos en las presentes bases de licitación.
Puntaje 100: Cumple con los requisitos formales en tiempo y forma al momento de presentar la oferta.
Puntaje 50: Corrige errores u omisiones formales y/o presenta certificaciones o antecedentes en el plazo de 24 horas contadas desde la notificación del requerimiento informado a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación pública.
Puntaje 0: No cumple dentro del plazo con los antecedentes solicitados como aclaración de su oferta.
El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (4%).
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4%
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