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OTRAS CLAUSULAS |
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DISPOSICIONES GENERALES
1.9.1. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta Licitación las personas naturales y/o jurídicas del rubro que hayan accedido
a los documentos de ésta, a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, portal Internet
www.mercadopublico.cl siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias de las
presentes Bases, Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
1.9.2. FORMA DE COTIZACIÓN
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de formularios (anexos) y de
acuerdo a lo que se indica en la cláusula Nº4, previamente descrita. Para tales efectos el oferente deberá
escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma
español, formato PDF, en las fechas que se identifican en el numeral 1.3 “Etapas y Plazos” de las
presentes.
1.9.3. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre
de recepción de ofertas de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la
adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes
podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
1.9.4. PRECIOS MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos,
NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes y cualquier
otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes
Bases de Licitación.
1.9.5. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
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2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas
de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren
la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus
sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
1.9.6. ACLARACIONES
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de
Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas
en el punto 3 de las presentes Bases de Licitación.
La Dirección de Vialidad, si lo estima pertinente, y cumpliendo con el mismo plazo establecido para
este, podrá emitir una o más Circulares Aclaratorias. La Circular que por este concepto se emita será
igual para todos los Oferente adjudicados y ésta, cumplido el plazo antes señalado, estará disponible
en los archivos adjuntos de la respectiva Ficha de Licitación en el Portal Mercado Público.
Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán su cumplimiento a los Oferente
adjudicados.
En caso de que dichas aclaraciones modifiquen las presentes bases de licitación, estas modificaciones
serán aprobadas mediante Resolución fundada de acuerdo al Art. 40 del Decreto N°661 de 2024,
Reglamento de la Ley de Compras.
1.9.7. MODIFICACION A LAS BASES
La Dirección de Vialidad podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea
por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el
proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus
ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través
del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
Bases
1.9.8. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los Oferente adjudicados, la
Dirección de Vialidad podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, durante el proceso de
evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información
necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las
presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y
el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para
adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal
Mercado Público. Esta situación está establecida como criterio de evaluación.
Las respuestas las deberá entregar el oferente a través del Portal Mercado Público, referidas
solamente a los puntos solicitados, hasta 1 día hábil posterior al ingreso de la consulta en el Portal por
parte de la Dirección de Vialidad.
Cabe señalar, que esta opción, NO incluye la presentación de antecedentes de los
Documentos técnicos ni económicos, los cuales si no son presentados antes del cierre de la
licitación implicará que el oferente no será evaluado por considerarse fuera de bases.
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1.9.9. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de haber una igualdad de puntajes, la comisión evaluadora analizará a los oferentes con
igualdad de puntaje y se basará en la siguiente tabla de prioridades:
Condición Adjudicación
Igual puntaje Se adjudica a oferente que presente menor precio.
Igual puntaje e igual oferta
económica
Se adjudica a oferente que presente mayor puntaje en
criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial
De mantener igualdad Se adjudicará a la empresa que presenta mayor puntaje
en criterio Cumplimiento de requisitos formales.
En caso de persistir el empate, se designará al oferente mediante un sorteo realizado por la Comisión
de Evaluación de Ofertas. Este hecho quedará en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente,
donde se indicará el método utilizado.
1.9.10.DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas,
independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los
fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente.
En tales casos, los Oferente adjudicados no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La
Dirección de Vialidad.
1.9.11.ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, mediante
Informe que indique las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado
“Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado
Público.
La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de
Vialidad a la oferta que obtenga el mayor puntaje luego de aplicados los criterios de evaluación
establecidos. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de
fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas
presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
1.9.12.SITUACIONES EN LAS QUE LA ADJUDICACIÓN QUEDA SIN EFECTO
a. En caso que el Adjudicatario se desiste de firmar el contrato.
b. En caso de que el Adjudicatario rechace la orden de compra.
c. En caso de que el Adjudicatario no efectuase la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento
en los términos exigidos en las presentes Bases Administrativas.
e. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con
las presentes bases.
f. Si el Adjudicatario se desiste de la oferta, antes del plazo señalado en el numeral 8.1 de las presentes
bases.
g. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error.
1.9.13.NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez
tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 9 del Decreto N°661 de 2024, Reglamento
de la Ley 19886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas
desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha
de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público. De lo
contrario, el comprador podrá cancelar dicha OC. Sin embargo lo anterior, en caso que el proveedor no
aceptare la orden de compra, los plazos de entrega comenzarán a correr luego de transcurridas las
primeras 48 horas desde el envío de la misma por parte de la Dirección de Vialidad.
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1.9.14.MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del
portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo
implementado por la plataforma electrónica. La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de
las consultas recibidas, dentro de los 2 días hábiles siguientes.
1.9.15.READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato
no acepte orden de compra, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo
establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista
de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento;
adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así
sucesivamente.
1.9.16 GESTIÓN DEL CONTRATO
La Dirección de Vialidad será la encargada de gestión la suscripción del Contrato en concordancia con
el punto 3.8 de las presentes Bases de Licitación y del acto administrativo posterior que lo aprueba. De
forma previa la Dirección, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el registro Chile
Proveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
1.9.17.CESIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
1.9.18.VIGENCIA DEL CONTRATO
El período de vigencia del contrato será a contar de total tramitación de la Resolución que lo
aprueba y será por un periodo de 12 meses.
1.9.19.CONTRAPARTE TÉCNICA
El Director Regional de Vialidad designará a un funcionario mediante acto administrativo quien actuará
como contraparte técnica de la presente adquisición, y será el encargado de velar por el fiel cumplimiento
del contrato y visar documentación de pago en señal de recepción conforme de los servicios adquiridos.
1.9.20.FORMA DE PAGO
Los servicios contratados, se cancelarán mensualmente una vez se verifique a entera conformidad la
recepción conforme por parte del funcionario encargado del contrato. Esta fecha puede no coincidir
necesariamente con la fecha de emisión de la factura de pago.
Asimismo la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la
recepción conforme de los servicios, contados desde la fecha de emisión de la factura. En caso de no
concretarse la entrega dentro de ese periodo se procederá al rechazo de la factura y el adjudicatario
deberá emitir una Nota de Crédito.
Para proceder al pago de la factura el adjudicatario deberá presentar un Certificado de
cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales vigente emitido por la Dirección de
Trabajo (F30-1), correspondiente al mes en el que se ejecutó la prestación de servicios o producción
de insumos, donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales
con los trabajadores contratados.
El pago al proveedor se realizará dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la factura,
previa recepción conforme. La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:
EXTENDER FACTURA A:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS - DIRECCION GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Pasaje La Concepción # 199
Coyhaique
R.U.T. 61.202.000-0
CODIGO: 1410
Enviar al correo a: mop_dte@paperless.cl
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Aquellos proveedores que utilizan el sistema de facturación electrónica proporcionado gratuitamente por
el SII, deberán incluir la información en la Sección “Referencias”, seleccionando de la lista desplegable
“Nota de Pedido”, en el recuadro “Folio Ref.” incorporar el código de la Unidad de Pago (1410) y en
el recuadro “Razón de Referencia”, se debe ingresar la descripción de la Unidad de Pago. (OFICINA
PROVINCIAL VIALIDAD COYHAIQUE).
Las facturas que no incluyan el código de la Unidad de Pago (1410) serán reclamadas por el SII lo
cual significará un retraso adicional para el pago de éstas ya que el oferente adjudicado deberá anular
el primer documento mediante Nota de Crédito y volver a emitir una nueva factura.
De acuerdo al Art 8 de la Ley 21.796 los pagos a proveedores de bienes y servicios, durante el año
2026, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos; por lo cual el proveedor
adjudicado deberá verificar antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada
en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
IMPLEMENTACIÓN PORTAL DE TRÁMITES PARA PROVEEDORES Y CONTRATISTAS MOP
La Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP informa que, a partir del lunes 17 de noviembre de 2025,
estará disponible el nuevo Portal de Trámites DCyF.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes
de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de
Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, deberá ingresar en el siguiente enlace:
https://dcyf.mop.gob.cl/ y en la sección CONTRATISTAS Y PROVEEDORES deberán ingresar una solicitud de
Autorización de Pagos a Través de Bancos. En la plataforma CONSULTA PAGOS e identificarse mediante Clave
Única deberán completar el formulario web.
En el siguiente link https://drive.google.com/file/d/1KVPyfzoHADaeJH1BcdsbH_kh_5zXyvEz/view podrán
acceder al Manual de Usuario Portal de Trámites DCyF.
1.9.21.SANCIONES
1.9.21.1. MULTA POR CANTIDAD INFERIOR EN LA ENTREGA DE MATERIAL
Si la Empresa adjudicada entrega el suministro de material para sub base granular en cantidades
inferiores a lo requerido, será multada de acuerdo a la siguiente tabla:
Producción disponible Multa en pesos chilenos IVA incluido por entregas
diarias
Incumplimiento la cantidad
inicial solicitada (5.000.- m3)
10% del precio por m3 adjudicado IVA Incl., por cada m3
de material que se dejó de producir y hasta completar
cantidad mínima solicitada por el Contrato.
Incumplimiento en la
producción semanal (400 m3)
5% del precio por m3 adjudicado IVA incl., por cada m3 de
material que se dejó de producir y hasta completar
cantidad mínima semanal solicitada por el Contrato.
Procedimiento para aplicación de multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Dirección de Vialidad,
será el Encargado del Contrato, quien dará aviso de la situación al Jefe Provincial de Vialidad el cual
notificará al adjudicatario mediante Oficio Conductor, indicando lo siguiente:
1. La multa aplicada.
2. La infracción cometida.
3. El monto de la multa.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días
hábiles para solicitar una reconsideración a la medida la cual será dirigida al Director Regional de Vialidad,
con copia al Jefe Provincial Vialidad Coyhaique y efectuará sus descargos, acompañando todos los
antecedentes que estime pertinentes.
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Si el adjudicatario hubiera presentado solicitud de reconsideración en tiempo y forma, la Dirección de
Vialidad analizará si rechaza o acoge, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución
o acto administrativo, el cual deberá ser notificado al adjudicatario, personalmente por Oficio Conductor.
La multa producirá sus efectos una vez resuelto los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de
su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará
obligado al pago de la multa, si es que procediera.
De las multas, será responsable directo y en forma indelegable el proveedor adjudicado del fiel
cumplimiento de todos los aspectos que involucra la buena ejecución del contrato, en el caso de servicios,
incluido los relativos a las materias laborales y previsionales de quienes intervengan en la ejecución del
contrato adjudicado.
Los detalles de las Multas para todo el contrato serán aplicados en pesos chilenos.
La multa se descontará administrativamente del valor a pagar en la factura correspondiente al periodo
de la entrega conforme a la cantidad de material efectivamente suministrado, procedimiento que
realizará la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas (DCyF) según informe
por Oficio de la unidad que solicita el requerimiento, el cual deberá ser remitido con anterioridad al pago
de la factura, en donde se informa el monto a considerar, documento que será suscrito por el funcionario
que suscribe el acto administrativo de la factura en trámite, quien se encargará de enviarlo al Director
de Contabilidad y Finanzas para que haga efectivo el cobro de la multa.
No procederá el cobro de la multa, si el incumplimiento se debe a casos fortuitos o fuerza mayor u
otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o de fuerza mayor, será calificado como tal
por la Dirección de Vialidad, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales acredite el
hecho que le impide cumplir.
Si la Empresa adjudicada acumulare un valor en multas que represente un 10% o más del valor total
adjudicado, la Dirección de Vialidad, podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
1.9.22.MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Los contratos administrativos regulados por Decreto Nº661 de 2024 podrán modificarse por las
siguientes causales:
1. Por mutuo acuerdo entre las partes.
Así también Los contratos administrativos regulados por el Decreto Nº661 de 2024 podrán terminarse
anticipadamente por cualquiera de las partes previo aviso por las siguientes causales:
1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
2. Estado de notoria insolvencia la Empresa a menos que se mejoren las cauciones entregadas
o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad
del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
4. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren
éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas,
tales como:
5. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del organismo comprador,
que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo
adjudicatario y el organismo comprador.
6. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario
público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
7. El incurrir por segunda vez en los incumplimientos administrativos señalados en el punto 9.27,
podrá ser causal de término anticipado del contrato.
8. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá
informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
1.9.23.SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación,
cumplimiento o término del presente Contrato, deberá ser derivada al Jefe Provincial Vialidad Coyhaique
para dirimir al efecto, quien lo enviará si fuere necesario a la Fiscal del MOP, sin perjuicio de las
atribuciones legales, que le correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras
Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República. La autoridad deberá
constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio
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—de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días
corridos.
Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza
del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos. Respecto del acto
administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo
dispuesto por la ley 19.880.
1.9.24.JURISDICCIÓN Y DOMICILIO
Para todos los efectos, las partes fijarán domicilio en la ciudad y Comuna de Coyhaique y se someterán
a la ley Chilena y a la Jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior sin prejuicio de las facultades
fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
1.9.25. INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las clausulas contenidas en las Bases Administrativas,
Bases Técnicas y Anexos complementarios de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de
mención expresa en el contrato que se celebre con la empresa adjudicada y éste se hará responsable
del cumplimiento de las obligaciones que se derivan en dichos documentos.
1.9.26. LIMITACION DE GASTO
El presupuesto por los 12 meses de duración del contrato será de $ 270.000.000 (doscientos setenta millones de pesos).
Esto no implica necesariamente que se invierta todo el presupuesto en el lapso de la vigencia del contrato.
1.10. BASES TÉCNICAS
PRODUCCIÓN Y SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR PARA FAENA RECEBO EN El CAMINO X686, SECTOR LAGO CARO, KM 47 al 58.
1.10.1.OBJETIVOS DE LA ADQUISICIÓN.
Se requiere la adquisición para suministrar MATERIAL GRANULAR para faena Recebo en el camino
X-686, sector Lago Caro, km 47 al Km 58, para ejecutar por Administración Directa. Esta material será
producido por el adjudicatario luego de obtener el Decreto Alcaldicio de la Municipalidad de Coyhaique
que autoriza la extracción de árido y haber presentado la correspondiente Boleta de garantía al municipio,
todo estudio y tramitación y demás costos asociados serán de cargo del adjudicatario y deberá
considerarlos en su oferta económica.
1.10.2.REQUERIMIENTOS TECNICOS Y OTROS.
El adjudicatario deberá adjuntar el “Proyecto de extracción de áridos” y “Autorización municipal”,
previo al inicio de la explotación, por lo que deberá considerar el tiempo necesario para el trámite
indicado antes de iniciar la extracción. En caso que la extracción sea de posos fluviales, se deberá
considerar el estudio hidráulico exigidos por la DOH, estudio potencialidad arrastre sólido, caudales
medios de crecidas TR=5,10, 15, 25, 50, y en términos generales cualquier documentación para la
aprobación del plan de manejo, cuyos costos deberán ser considerados dentro de la licitación.
El material será cargado sobre los camiones de la Dirección, en la zona del Pozo de explotación o
zona de acopio de la producción que determine el adjudicatario. El horario de carguío deberá hacerse
concordante con el horario de la jornada laboral de los trabajadores de la Dirección, una vez terminado
el proceso de producción, el contratista debe retirar sus equipos, una vez que se ha cubicado
topográficamente el acopio del material granular y se tenga plena certeza de que se ha cumplido con
el requerimiento.
Dado que el Puente denominado Puente “El Bayo” (Km 47) no permite tránsito con camiones
cargados, el pozo a explotar debe situarse de tal forma que nunca se deba transitar sobre él.
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Se debe considerar una Distancia Media de Transporte no mayor a 10 km, caso contrario la oferta se
desestimará. El kilometraje determinante para esta distancia será el kilometraje de inicio de las
faenas.
El proveedor deberá garantizar una producción de 5.000 m3 al inicio de la segunda quincena de
septiembre y desde entonces, una producción diaria de al menos 400 m3.
La cantidad máxima a producir deberá ser hasta el equivalente al presupuesto disponible y quedará
determinada en el contrato.
Para efectos de cubicaciones, el material se cuantificará esponjado, sobre los camiones.
1.10.3.CONTROL DE ÁRIDOS
Como medida de control, la Oficina Provincial, a través del Laboratorio Regional realizará un ensaye
granulométrico a los primeros 500 m3 entregados a piso y toda vez que la Dirección de Vialidad lo
estime conveniente con el propósito de asegurar que la calidad del suministro sea la apropiada. Si el
resultado del ensayo es negativo, el material será rechazado y tendrá que ser retirado del lugar bajo
su coste. No obstante lo anterior el adjudicatario será el responsable con su autocontrol, para que el
material cumpla con lo solicitado en las bases de Licitación. Ante cualquier incumplimiento de la
granulometría u otro, el contratista deberá realizar las correcciones del caso, informando al
administrador del contrato una vez realizada la corrección y entregando el certificado de autocontrol
que lo respalde, el cual será verificado por el Laboratorio Regional de Vialidad a través de una muestra
o contra muestra extraída para tal efecto.
Los porcentajes de chancado, determinados según el método 8.202.6 del MC-V8, no deberán ser
menor de un 40%.
Los agregados finos, que pasan por el tamiz 5 mm (Nº4), deben estar constituidos por arenas
naturales o trituradas y por partículas minerales que pasan por el tamiz 0,08 mm (Nº200), donde
estas últimas no deberán ser mayores que los 2/3 de la fracción que pasa por tamiz 0,5 mm (Nº40).
Los límites de consistencia de la fracción que pasa por tamiz 0,5 mm (Nº40) estarán conforme a lo
indicado en la tabla 1.
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1.10.4.CUBICACION Y FORMA DE ENTREGA DEL MATERIAL GRANULAR.
Será responsabilidad del adjudicatario el resguardo del material dentro del sector de explotación,
mientras este no sea utilizado por la Dirección de Vialidad, cuya faena se ejecutara entre los meses
de Septiembre del 2026 y Enero del 2027. El oferente deberá asegurar el libre acceso de personal y
maquinaria al lugar de acopio en los meses indicados anteriormente.
Para efectos de cubicaciones, el material se cuantificará esponjado, sobre los camiones.
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