Licitación ID: 2324-23-LE26
Producción evento cierre concurso Reina del Mar
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 145
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
Servicio de PRODUCCIÓN DE EVENTOS actividad cierre del Concurso Reina del mar 2026, para el día 9 de febrero 2026, en el Centro de Vinculación Empormontt. Considerando el valor asociado de los 23 ítems, objetos del servicio requerido según los TTR.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Producción evento cierre concurso Reina del Mar
Estado:
Suspendida
Descripción:
Asegurar la correcta presentación y realización del evento de cierre del concurso reina del mar 2026, en su hito más significativos, por la relevancia que conlleva la culminación del proceso, el que se realizará el lunes 09 de febrero del 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento de Licitaciones y gestión de Abastecimiento
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Depto de Contabilidad- San Felipe 80 Municipalidad
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-02-2026 19:54:00
Fecha de Publicación: 30-01-2026 20:01:13
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 02-02-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-02-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-02-2026 19:55:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-02-2026 19:55:00
Fecha de Adjudicación: 10-02-2026 19:55:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVO. IDENTIFICACIÓN DELOFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 2. DECLARACIÓN JURADA DEL OFERENTE, SOBRE LA DISPONIBILIDAD Y EL CUMPLIMIENTO DE SU PRUPUESTA, CONFORME LOS TTR
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 3. OFERTA ECONÓMICA GLOBAL
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA La oferta más económica obtendrá 100 puntos, y las restantes ofertas se evaluarán según la siguiente fórmula: Puntaje = (Oferta menor/Oferta a evaluar) x 100 70%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Se evaluará el comportamiento contractual del oferente, en virtud de las sanciones contractuales presentes en ficha del proveedor: Sanciones Contractuales Puntos El oferente NO presenta Sanciones Contractuales en Ficha del Proveedor obtiene 100 puntos. El oferente presenta Sanciones Contractuales en Ficha del Proveedor obtiene 0 puntos. 15%
3 EXPERIENCIA EN LA ENTREGA DE SERVICIOS CANTIDAD DE CERTIFICACIONES DEMOSTRADAS Igual o mayor a 15 certificaciones, obtiene 100 puntos. Más de 8 y menor a 15 certificaciones, obtiene 50 puntos. Igual o menor a 8 certificaciones, obtiene 10 puntos. No adjunta certificaciones que acrediten experiencia, obtiene 0 puntos. 10%
4 CUMPLIMIENTOS DE REQUISITOS FORMALES En este ítem se priorizará la presentación correcta y oportuna de la documentación solicitada en las presentes bases, es decir a los proponentes que al momento de efectuar la apertura presenten toda y correctamente la documentación exigida se les otorgará un puntaje de 100 puntos. Si el oferente no presentase correcta y oportunamente los documentos exigidos en las presentes bases, es decir que, en forma posterior vía portal de mercado público previa aclaración del Municipio, presenta la documentación, se le otorgará un puntaje de 10 puntos y si no la presenta en esta ocasión tendrá 0 puntos. No serán considerados los documentos que sean sujeto de evaluación en este criterio. 3%
5 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente presenta programa de integridad en oferta, demostrando que es conocido y aplicado por su personal, obtiene 100 puntos y en el caso del oferente que NO presenta Programa de Integridad en oferta, obtiene 0 puntos. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El pago de los productos yo servicios será en pesos chilenos. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondien
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mónica Vargas
e-mail de responsable de pago: monica.vargas@puertomontt.cl
Nombre de responsable de contrato: Ana María Abasolo
e-mail de responsable de contrato: ana.abasolo@puertomontt.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2261749-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre. Por lo tanto,
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables

  1. Criterio Económico
  2. Experiencia
  3. Comportamiento Contractual
  4. Requisitos Formales
  5.  Pacto Integridad

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

• El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven.

• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.

• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

• El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

• El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

 • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea DECLARADA INADMISIBLE. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta


CONSULTAS Y ACLARACIONES
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo N° 4, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Decreto 661 del Reglamento de la Ley de Compras. 2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56 del Decreto 661, según reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. 3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico licitaciones@puertomontt.cl. La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto en el Artículo 117 del Decreto N°661, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, realizar un nuevo proceso de análisis y adjudicar al oferente que obtenga el puntaje más alto.
MULTAS
POR INCUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LOS ÍTEMS DE LOS TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIAS, SE APLICARÁCOBRO DE 10 UTM. • Los porcentajes de multas se aplicaran sobre el valor Neto de la Orden de Compra Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Si concurre esta hipótesis, se configurará una causal de término anticipado del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al proveedor contratado en los estados de pago más próximos. En este caso, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. El procedimiento de aplicación de las multas según el Artículo 137, será realizado por la Unidad Técnica, mediante decreto alcaldicio. El procedimiento de aplicación de multas es el siguiente: 1. Comunicación de la multa: Se envía mediante correo electrónico el informe generado por el ITS, con el detalle de la multa y el monto total de la misma. 2. Apelación de la multa: El proveedor podrá apelar mediante carta enviada por correo electrónico sobre la aplicación de la multa, teniendo para esto un plazo de 5 días hábiles. 3. Revisión y respuesta de apelación: Se revisa la información entregada por el proveedor. Se entrega respuesta mediante correo electrónico respecto si se acoge o no la apelación. En caso de que el ITS no acoja la apelación, el proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución fundada, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida, copiando a la Inspección Técnica solo para conocimiento de esta apelación. 4. La suma total de las multas aplicadas no podrá exceder el 20% del total neto de la orden de compra, lo anterior otorgara facultad al ITS para solicitar la cancelación de la O.C, si se excede en el porcentaje de la multa aplicable. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos. En este caso, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. El procedimiento será ratificado mediante Decreto Alcaldicio.
TÉRMINO ANTICIPADO CONTRATO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor contratado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor contratado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del proveedor contratado de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2) Si el proveedor contratado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada. 5) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20 % del valor total Neto contratado. 6) En el caso que el proveedor contratado sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e. Disolución de la UTP. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor contratado, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo proveedor contratado podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
FACTORING
El prestador de servicios sólo podrá facturar el suministro de acciones reconocidas en lOs TTR y/o productos efectivamente entregados y recibidos conforme por la Inspección Técnica de Servicio, una vez que éste autorice la facturación en virtud de la recepción conforme. La Inspección Técnica de Servicio (ITS) rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y/o productos y la autorización expresa de facturar por parte de la ITS. La Inspección Técnica de Servicio tendrá un plazo de 4 días hábiles para revisar los antecedentes. Dado el cumplimiento de la cláusula anterior, la factura aceptada y con recepción conforme por parte del RTC quedará apta para su cesión.
DEL PAGO
El servicio contratado se pagará mediante transferencia electrónica, en un estado de pago y será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Decreto 661. El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. El adjudicatario deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra para el trámite de pago. Para dar curso al pago, se deberá adjuntar:  Factura.  Certificado de Recepción conforme firmado por la Inspección Técnica, que señala que el servicio ha sido prestado conforme a lo solicitado en Bases y conforme a lo ofertado por el proveedor.  Informe del servicio prestado, con medio de verificación por cada uno de los ítems detallados en su oferta (como registro gráfico que deberá ser entregado en pendrive por el proveedor).  Recepción Conforme en Mercado Público, según Artículo 133 del Decreto 661. En caso de no presentar estos documentos el Municipio no dará curso al pago.
DOMICILIO DE LAS PARTES
Las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Puerto Montt, sometiéndose a la jurisdicción a los tribunales de esta comuna para todos los efectos legales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.