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Resolución de Empates |
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En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el
artículo N° 55 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los
siguientes criterios:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta puntuación en el criterio denominado “Propuesta Técnica”.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá a
favor del oferente que presente la más alta puntuación en el subcriterio “Experiencia
del Oferente”, del criterio “Propuesta Técnica”.
c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá a
favor del oferente que presente la más alta puntuación en el criterio “Propuesta
Económica”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como
en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de
licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la
ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza
y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso
de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de
ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la
libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y
el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables
a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que
las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas
por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas
las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud
o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración
de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
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