Licitación ID: 1590-24-LE25
Seguros Generales Sub. de Agricultura E1O2RT9
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Fecha de Cierre: 29-12-2025 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguro de automóviles o camiones 1 Global
Cod: 84131503
Seguros Generales Vehículos Subsecretaria de Agricultura  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Seguros Generales Sub. de Agricultura E1O2RT9
Estado:
Publicada
Descripción:
contar con un seguro automotriz general para el parque de vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, a lo largo del país desde Arica y Parinacota a Punta Arenas, con una cobertura total y sin deducible.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaría de Agricultura
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Teatinos 40 Piso 5
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-12-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 22-12-2025 13:59:46
Fecha inicio de preguntas: 22-12-2025 15:10:00
Fecha final de preguntas: 25-12-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2025 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2025 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 13-01-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Editables
Documentos Técnicos
1.- Anexos Editables
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Editables
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en Unidades de Fomento 35%
2 Propuesta Técnica Conpuesta por los Subcriterios: Concesionario 20%, Clasificación de Riesgo 10% y Servicios Adicionales 15% 45%
3 Sustentabilidad Ambiental Quien oferte debe declarar en el Anexo N° 8 que cuenta con alguna política de impacto ambiental 5%
4 Inclusión Laboral y/o Género El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 6 5%
5 Programa de Integridad Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad 5%
6 Cumplimiento de requisitos formales Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 450
Justificación del monto estimado Presupuesto maximo para la contratación
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Expresado en unidades de fomento
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Compras
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
I.- BASES ADMINISTRATIVAS


1. LICITANTE:


Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Comuna : Santiago
Región : Metropolitana de Santiago.


2. ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:


Nombre : Karen Zúñiga C.
Cargo : Encargada de Compras y Contrataciones
E-mail : compras@minagri.gob.cl. 
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM
Tipo de Convocatoria : Abierta (LE)
 


Tipo de Adjudicación : Simple con emisión automática de orden de compra.
Moneda : Unidad de Fomento
Etapas : Una Etapa
Línea de Producto : Una línea


Publicidad de las Ofertas : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto, que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.


3. SERVICIO SOLICITADO


3.1 Nombre de la adquisición : Contratación de seguros generales para los vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura.


3.2 Objetivo de la contratación E1O2RT9: contar con un seguro automotriz general para el parque de vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, a lo largo del país desde Arica y Parinacota a Punta Arenas, con una cobertura total y sin deducible. 


4. NORMATIVA


La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:


La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.


Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.


La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:


Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura.
Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.


5. REQUISITOS PARA OFERTAR


5.1 Antecedentes Legales 


Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información de compras, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
 


a) Persona Jurídica


i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
v. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)


b) Persona Natural


i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)


c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:


Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:


i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)


Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de proveedores disponible en el sistema de información, que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.


Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio.


d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):


En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N°7 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
 


Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.


Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.


Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”:


Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.


En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. 


La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.


Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.


Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.


Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: 


 -El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.


- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP. 


- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato. 
 


Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. 


La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.   


En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato. 


Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.


5.2 Presentación de Anexos:


Quienes oferten, deben estar hábiles en el registro de proveedores y deben suscribir la Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8 el N° 1 como obligatorio y todos los demás en caso de que corresponda, según la naturaleza de quien oferte.


Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.


6. PACTO DE INTEGRIDAD


Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. 


Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 


1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, quien oferte se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
 


2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere. 


3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 


4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 


5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere. 


6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere. 


7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 


8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


7. PLAZOS DE LA LICITACIÓN


CRONOGRAMA:


a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del séptimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.


b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del séptimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.


Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.
 


Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.


c) Preguntas sobre las bases: estas se podrán realizar hasta las 18:00 horas del tercer día corrido, contados desde la fecha de publicación de las Bases de Licitación.


d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente al cierre del periodo para hacer consultas.


e) Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación: Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.


La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.


f) Plazo de Evaluación: 7 días hábiles.


g) Fecha de Adjudicación: la adjudicación se realizará, en el plazo máximo que vence el décimo día hábil, contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas.


h) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días hábiles adicionales al plazo ya establecido.


i) Formalización del contrato: el contrato se entenderá formalizado con la emisión de la orden de compra y la suscripción del acuerdo entre las partes según lo establece el numeral 14 de las presentes bases de licitación. La Formalización del contrato debe llevarse a cabo durante los 10 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación.


j) Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.


k) Modificaciones a las bases de licitación: La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.


8. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:


Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
 


9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:


9.1 Comisión Evaluadora


Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura.


La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.


La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.


La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.


Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.


En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.


Queda prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.


Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.


La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.


Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.


De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.


9.2 Criterios de Evaluación


Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
 


CRITERIO DE EVALUACIÓN PORCENTAJE
1.- Precio 35%
2.- Propuesta Técnica:
2.1 Concesionarios 20%
2.2 Clasificación de riesgo de la compañía de seguros 10%
2.3 Servicios adicionales 15% 45%
3.- Sustentabilidad Ambiental 5%
3.- Inclusión laboral y/o género 5%
4.- Programa de Integridad 5%
4.- Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
TOTAL 100%


9.3 Metodología de Cálculo


Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:


a) Precio (35%)


Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en Unidades de Fomento.


La nota de este criterio se asignará de acuerdo con lo siguiente:


Oferta de menor monto : 100 puntos
Segunda oferta con menor monto :   90 puntos 
Tercera oferta con menor monto :   70 puntos
Siguientes ofertas :   50 puntos


b) Propuesta Técnica (45%)


I. Concesionarios (20%):


Quienes oferten deben indicar la nómina de los Concesionarios Autorizados, representantes de las marcas de los vehículos detallados en el numeral 3.4 de las Bases Técnicas.


Quienes oferten deben completar el Anexo N° 2, con la información de los Concesionarios Autorizados por cada Región, entendiéndose por ello a representantes de las marcas de los vehículos detallados en el numeral 3.4 de las Bases Técnicas. La metodología de cálculo para este criterio es la siguiente:


 


Dónde:
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i
Xi = Valor de la oferta i 
Xmax = Valor de la oferta de mayor N° de concesionarios por región (promedio nacional).
% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero.


II. Clasificación de riesgo de la compañía de seguros (10%)


Este criterio considera la clasificación de riesgo en la que se encuentre la compañía de seguros que oferta, de acuerdo con la última actualización disponible en la web de la Comisión para el Mercado Financiero.
 


Para asignar el puntaje se utilizará la siguiente escala:


Tramos Puntaje
Clasifica al Oferente en Categoría AAA, AA, AA+, A o A+ 100
Clasifica al Oferente en Categoría BBB, BB, BB+, B o B+ 70
Clasifica al Oferente en Categoría CCC, CC o C 20
Cualquier otra clasificación distinta a las anteriores 0
AAA: La más alta calificación de una compañía, fiable y estable.
AA: Compañías de gran calidad, muy estables y de bajo riesgo.
A: Compañías a las que la situación económica puede afectar a la financiación.
BBB: Compañías de nivel medio que se encuentran en buena situación en el momento de ser calificadas. Inversiones de riesgo o especulativas.
BB: Muy propensas a los cambios económicos
B: La situación financiera sufre variaciones notables.
CCC: Vulnerable en el momento y muy dependiente de la situación económica
CC: Muy vulnerable, alto nivel especulativo.
C: Extremadamente vulnerable con riesgo de impagos


Para verificar la clasificación de riesgo del oferente, esta Subsecretaría revisará las nóminas de Clasificación de Riesgos que se encuentran publicadas en la página web disponible por la Comisión para el Mercado Financiero, para dichos efectos, considerando la información del mes anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas o último mes que se encuentre disponible.


III. Servicios Adicionales (15%):


Los oferentes deberán indicar qué servicios adicionales incorporarán a la póliza, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N° 1, serán considerados Servicios Adicionales relevantes para la contratación, por ejemplo:


1.- Call Center 24 horas
2.- Grúas disponibles en la cada Región en caso de emergencias por causa mecánica, no necesariamente siniestro declarado.
3.- Servicios de asistencia en ruta (no consideradas en las especificaciones técnicas)
5.- Ejecutivos administrador de las pólizas.
6.- Otros (como, por ejemplo, aumento del monto asegurado de las coberturas, etc.)


Se entiende como coberturas adicionales, aquellas coberturas que no se encuentren incluidas en las bases técnicas y agreguen valor a la póliza ofertada, para la Subsecretaría de Agricultura.


La fórmula de cálculo será la siguiente:


Tramos Puntaje
La oferta agrega más de cuatro coberturas adicionales. 100
La oferta agrega cuatro coberturas o servicios adicionales. 80
La oferta agrega tres coberturas o servicios adicionales. 60
La oferta agrega dos coberturas o servicios adicionales. 40
La oferta agrega una cobertura o servicio adicional. 20
La oferta no agrega coberturas o servicios adicionales o no informa. 0


 


Para estos efectos quien oferte debe completar el ítem “Adicionales” del Anexo N° 1. En caso de no presentar la información requerida en dicho anexo se le asignará 0 puntos para este criterio. 


Se entenderá servicio adicional, aquel que agregue valor a la prestación contratada y que no se interprete como parte de los servicios contratados o una duplicidad con otro servicio adicional propuesto o que es parte de la base de servicios que se establecen en las presentes bases.


c) Sustentabilidad Ambiental (5%)


Se entenderá por sustentabilidad ambiental, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos o gestiones que promuevan la reducción de la huella de carbono, junto con la gestión responsable de los recursos naturales y la promoción de prácticas de producción y consumo sostenibles.


Quien oferte debe declarar en el Anexo N° 8 que cuenta con alguna de las siguientes políticas de impacto ambiental:


Materias y Contenidos Criterio de cumplimiento Medio de Verificación
Uso de materiales atóxicos (señalar cuáles y acreditar) Quien oferta cuenta con un protocolo o manual de gestión de residuos. Adjunta protocolo o manual vigente.
Certificación de normas ambientales y/o ecoetiquetas (señalar cuáles y acreditar) Quien oferta presenta certificado de uso de materiales Atóxicos. Adjunta certificado vigente
Productos de larga vida útil (señalar cuales y acreditar). Quien oferta se encuentra con acreditación vigente ISO 14001 Certificado ISO14001
Indicar si cuenta con Reglamento Interno de orden, higiene y seguridad, presentado a las instituciones competentes. Debe acreditar este factor presentando el documento junto a las cartas que den cuenta del debido ingreso a la Subsecretaría de Salud e Inspección del trabajo, según corresponda.
Si no se incluyen los tres elementos mencionados no se entenderá acreditado este factor. Quien oferta presenta reglamento interno o Manual de higiene y seguridad. Adjunta reglamento interno de orden, higiene y seguridad.
Certificación Huella Chile Quien oferta cuantifica sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio de Medio Ambiente).
Otro factor que se requiera a una política de cuidado del medio ambiente, que se encuentre debidamente acreditada.
Ejemplo: certificación de uso de máquinas con bajo consumo energético Quien oferta presenta certificado acreditando cuidados medioambientales Adjunta certificado acreditando políticas de cuidado medioambiental


 


Asignación de puntaje:


Ítem Puntaje
Quien oferta cumple con dos o más criterios de sustentabilidad ambiental 100
Quien oferta cumple con al menos un criterio de sustentabilidad ambiental 70
Quien oferta no cumple o no informa criterios de sustentabilidad ambiental 0


d) Inclusión Laboral y/o Género (5%)


Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).
Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:


Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886. 
Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.


El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 6:


Factores de inclusión Materias y contenidos Medio de verificación
Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**) Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias. 1. Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.
Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as, empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%). (**) Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias. 1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.
3. Empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar certificado.
Mujeres trabajadoras (**) 1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.
2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.
3-Quien oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:


1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes vigente.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.
*Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
**Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.


Asignación de puntaje:


Subcriterio Ítem Puntaje
Política de Inclusión Laboral y/o de género Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género. 100
Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género. 50
No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género o no lo acredita debidamente. 0


e) Programa de Integridad (5%)


Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.


Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.


Con ese fin, el/la oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:


1. Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento); 
2. Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).
 


Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.


Cuenta con programa de integridad 100 puntos 
No cuenta con programa de integridad     0 puntos.


En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.


En caso de ofertar en UTP todos sus integrantes deben contar con “Programa de Integridad” en los términos descritos en el presente criterio de evaluación, a fin de obtener el máximo puntaje.


f) Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)


Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.


Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber: 


1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.


La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.


Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) Puntaje
Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases. 100
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica. 50
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas. 50
No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta. 0


9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación


Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 65%.


En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
 


9.5 Mecanismo para dirimir empates


En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:


1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Precio”.


2. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Propuesta técnica”.


3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Concesionarios”.


4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Servicios adicionales”.


5. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “Sustentabilidad ambiental”.


6. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “Inclusión laboral y/o género”.


7. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Clasificación de riesgo de la compañía de seguros”.


8. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”.


9. En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.


9.6 Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación


Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.  


La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.


10.  ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN


La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.


Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, podrá:
 


1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.


2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 


3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.


Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. 


Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.


Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.


Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886. 


La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas. 


11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS


Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.


En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.


12. COSTOS
.
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Subsecretaría.


13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS


La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a quienes oferten a reclamar indemnización alguna por este motivo.
 


Serán rechazadas en el acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:


Excedan el presupuesto máximo disponible.
No presenten el Anexo N° 7, para UTP, si procede.
No presenten Anexo N° 1.
Oferten seguros con deducible en cualquiera de los tipos de siniestro.


Con toda la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.


El Anexo N° 1 debe presentarse firmado y acompañando la totalidad de los documentos ahí señalados, no basta sólo con su presentación firmada, debe acompañar lo que en él se solicita.


14.  DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.


Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.


Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.


Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se encuentren hábiles en el sistema de información, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que por los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. 


En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.


Declaración de Desierta: la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley 19.886.


Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl. 


15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN


La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
 


La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.


16. CONTRATO


La Subsecretaría suscribirá con quien se adjudique el adjudicatario un contrato que establecerá las siguientes clausulas:


Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.


16.1 Inicio del servicio y plazo del contrato:


El inicio del presente contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe juntamente con la emisión de la orden de compra, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin perjuicio de lo anterior, los seguros se deben activar una vez adjudicada la licitación en la fecha y horario que más adelante se indica, y cualquier pago quedará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que el contrato.


La vigencia de las pólizas de seguros será de 12 meses a partir de las 00:00 horas del 1°enero de 2026 y hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2026.


Los servicios requeridos corresponden al aseguramiento de 23 vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura y en caso de existir nuevos vehículos se incorporarán formalmente a la dotación.


Se deja establecido que durante la vigencia de la relación contractual la Subsecretaría de Agricultura podrá solicitar las bajas o incorporaciones que se requieran y quien se adjudique reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas del vehículo que se trate.


En caso de existir diferencias por pagar por concepto de endoso, la Subsecretaría aprobará el presupuesto enviado por la aseguradora y emitirá la respectiva Orden de Compra, para proceder al pago.


16.2 Forma de pago


El pago se realizará en una cuota, una vez recibidas conforme las pólizas de todos los vehículos de la Subsecretaría, quien se adjudique debe emitir la factura, según corresponda, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:


Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Giro : Servicio Público
Glosa : identificación de la orden de compra y póliza


Como el valor de la contratación será en unidad de fomento, se establece que el pago se realizará en pesos chilenos, considerando, para la conversión de la Unidad de Fomento, el valor de ésta para el día de la emisión de la factura.


La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
 


El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.


La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.


Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).


16.3 Factoring


En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.


Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. 


Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.


16.4 Incumplimientos y Multas


La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.


A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:


Incumplimiento
Multa
Atraso en la entrega de las pólizas contratadas 1 UF por día hábil de atraso, con un tope de 10 días hábiles.
Atraso en el plazo de liquidación de siniestros, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente. 1 UF por día hábil de atraso. Con un tope de 20 días hábiles.
Resolución negligente o tardía ante un siniestro, entendiéndose excesivo plazo (sobre 5 días hábiles) para la asignación de un taller, o contacto de respuesta sobre 24 horas, desde la comunicación formal de la Subsecretaría. 5 UF por evento. Con un tope de 10 días hábiles y 72 horas, respectivamente.


 


La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.


Procedimiento de cobro de multas:


Una vez producido el incumplimiento la Subsecretaría lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.


Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.


Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.


Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras.


Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.


16.5 Término anticipado del servicio contratado


La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
continuación se indica:


1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.


2. Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:


a) La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.


b) Aplicación de más de tres (3) multas durante la vigencia del contrato de acuerdo con lo establecido en el numeral 16.4 de las presentes bases de licitación.


c) Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886. 


3. Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso la Subsecretaría activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.


4. Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
 


5. Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.


6. Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.


7. No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.


8. Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.


En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.


16.6 Supervisión del contrato – Contraparte técnica


La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato a suscribir, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a del Departamento de Administración de la misma Subsecretaría.


Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:


a) Supervisar y controlar la entrega de los servicios, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las Bases Técnicas y de los plazos acordados.


b) Revisión de las pólizas y confirmación del cumplimiento de estas.


c) Otorgar la recepción conforme y orden de pago del servicio requerido.


d) Informar mediante memorándum al Departamento de Compras y Contrataciones, sobre la procedencia de la aplicación de las multas ante eventuales incumplimientos por parte del/la Adjudicatario/a, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.


La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

16.7 Subcontratación


La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 20% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.


El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
 


La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.


16.8 Modificación o prórroga del contrato


La contratación podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 10 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 15% del monto total presupuestado para la contratación. 


La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.


Del mismo modo, la Subsecretaría podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.


Lo anterior en los términos previstos en el N° 1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886 


17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO


Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.


El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.


La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.


En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio aceptar la extensión del contrato con los términos y condiciones de las presentes bases.
 
BASES TECNICAS

BASES TÉCNICAS

CONTRATACIÓN DE SEGUROS GENERALES PARA LOS VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA”.

  1. ANTECEDENTES:

 

El Ministerio de Agricultura, a través de la Subsecretaría de Agricultura llama a los proveedores del rubro, personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras constituidas en Chile e inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero, a presentar sus ofertas para el proceso de licitación denominado: “CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA LOS VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA”. 

  1. OBJETIVOS:

 

Asegurar la totalidad del parque de vehículos de la Subsecretaría de Agricultura, a través de un seguro óptimo e integral, sin deducible y con cobertura total, desde el 00 del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2026.

 

Los vehículos corresponden a vehículos livianos destinados al transporte de pasajeros.

  1. ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO

 

  • Contratar un seguro general con cobertura total y sin deducible, para 23 vehículos Institucionales para todo el país.

 

  • Contar con un respaldo, ante un eventual siniestro en que estuviese involucrado alguno de los vehículos de propiedad de la Subsecretaría.

3.1.- Del Seguro al menos lo siguiente:

a)    Daños materiales, robo, hurto o uso no autorizado (100% del valor comercial del vehículo, en caso de pérdida total).

b)    Daños materiales por riesgos de la naturaleza, incluyendo granizo.

c)    Daños materiales a causa de sismo o terremoto.

d)    Daños materiales a causa de huelga y terrorismo.

e)    Daños materiales a causa de actos maliciosos.

f)     Robo de Accesorios (UF 50 por cada vehículo, en cada siniestro).

g)    Daños a terceros causados por conductores dependientes hasta UF 500

h)    Daños materiales causados por conductores dependientes hasta UF 500

i)      Garaje de la marca del vehículo.

j)      Defensa penal ocasionada por conductores dependientes de la Subsecretaría, hasta UF 100.

k)    Constitución de fianza ocasionada por conductores dependientes de la Subsecretaría, hasta UF 100.

l)      Responsabilidad civil daño emergente, hasta UF 500

m)   Responsabilidad civil daño moral, hasta UF 500

n)    Responsabilidad civil lucro cesante, hasta UF 500

  • o)    Asistencia en viaje:

  • Para el vehículo: remolque del vehículo; transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado.
  • Para las personas: transporte de las personas lesionadas o fallecidas que viajan en el vehículo, en caso de un accidente de tránsito; estancia y desplazamiento por inmovilización o robo del vehículo.

  • Daños al vehículo durante viaje al extranjero y/o asistencia.

3.2.- De las condiciones del servicio / requerimientos obligatorios:

Los proveedores que presenten sus propuestas deben tener oficinas en todas las regiones del país, por lo que será necesario que incluyan la ubicación exacta de estas oficinas, dirección, teléfono, nombre de encargado regional.

Las propuestas de seguros generales no deben incluir ningún tipo de deducible.

3.3.- Endosos y/o traspaso de seguro por aumento o disminución de la materia asegurada:

Se establece que la Subsecretaría se encuentra en proceso de renovación de al menos dos vehículos de su dotación, por ello en caso de que se adquieran vehículos de reemplazo o adicionales, quien se adjudique debe endosar o dar en parte de pago las pólizas de los vehículos que serán dados de baja, según corresponda, cotizando dicho el valor del seguro para el vehículo nuevo por la diferencia, descontando parte del seguro que quedará a favor de la Institución.

Además, el adjudicatario acepta que se podrá, por endoso en las respectivas pólizas, aumentar y/o disminuir el número de bienes asegurados, ya sea por la adquisición o donación de nuevos bienes o por la baja y/o enajenación de bienes ya asegurados. Estas modificaciones se informarán al proveedor adjudicado, mediante correo electrónico, debiendo este último gestionar oportunamente los endosos a fin de garantizar que la Subsecretaría cuente con la continuidad operativa de las pólizas. Por lo tanto, la activación de los seguros debe realizarse desde la notificación de la solicitud, no obstante que administrativamente se tramite con posterioridad el envío de la póliza misma. Esto, tanto para el aumento como para la disminución de la materia asegurada. Adicionalmente, el oferente adjudicado debe respetar las tasas contratadas, por lo que su costo será directamente proporcional al valor de la prima contratada.

Para efectos de aumentar, endosar y/o disminuir la dotación de vehículos, quien se adjudique, en la operación del contrato debe presentar una cotización por el requerimiento, la que estará sujeta a la aprobación por parte de la Subsecretaría, quien determinará si a objeto de esta misma licitación contratará la diferencia de servicios que requiera, del mismo modo, quien preste el servicio debe restituir a la Subsecretaría los seguros no consumidos en su totalidad, pagando el valor de la disminución de pólizas.

3.4.- Materia Asegurada:

La materia para asegurar corresponde actualmente a 23 vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, distribuidos a lo largo de todo Chile, según el siguiente detalle:

CIUDAD / UBICACIÓN

TIPO

MARCA

PATENTE

AÑO

MODELO

1

ARICA

CAMIONETA

MAXUS

TH PK 11- 9

2024

NEW T60 4X4 DX M E6

2

IQUIQUE

CAMIONETA

MAZDA

HR SP 47- 4

2016

BT 50 2.2

3

IQUIQUE

CAMIONETA

DFSK

TZ PT- 65

2025

D1 LUXURY 4X4 AT


4

ANTOFAGASTA

CAMIONETA

DFSK

TZ PT-48

2025

D1 LUXURY 4X4 AT

5

COPIAPO

STATION WAGON       

MITSUBISHI

LZ KJ 71-1

2020

OUTLANDER CVT 2.0 AUT GRIS GRAFITO

6

LA SERENA

CAMIONETA

MAHINDRA

RL KD 48-6

2022

CAMIONETA PIK UP D CAB CEDE4P 4WD

7

QUILLOTA

CAMIONETA

MAXUS

LB CZ - 96

2019

T60

8

RANCAGUA

STATION WAGON

NISSAN

PS BG 13-3

2021

QASHQAI MC SENCE MT 2.0 CC COLOR BLANCO PERLA

9

CONCEPCIÓN

STATION WAGON

TOYOTA

LF LP 34-5

2019

RAV 4 2.0 AUT

10

CONCEPCIÓN

CAMIONETA

CHEVROLET

DB KR 47-9

2011

D - MAX TH CC 3.0 4WD DAB ABS

11

CHILLAN

CAMIONETA

JMC

SP RY  19-4

2023

VIGUS WORK 4X4 2.5 CC.

12

TEMUCO

STATION WAGON

NISSAN

GY VR 51-K

2015

X TRAIL 2.5

13

TEMUCO

CAMIONETA

CHEVROLET

HR CT 95-4

2016

D-MAX II CC 2.5D 4WD DAB ABS

14

VALDIVIA

CAMIONETA

DFSK

TY HX 87-3

2025

D1 LUXURY 4X4 2.3

15

PUERTO MONTT

STATION WAGON

SUZUKI

HC KC 51-2

2015

GRAND NÓMADE GLX 2.4

16

COYHAIQUE

CAMIONETA

MAZDA

HR SP 48-2

2016

BT 50 2.2

17

PTA. ARENAS

CAMIONETA

TOYOTA

JP FZ 80-3

2017

HILUX 2,4 TM 4X4 COLOR ROJO METALICO

18

SANTIAGO (SEREMI RM)

STATION WAGON

SUZUKI

HC KC 50-4

2015

GRAND NÓMADE GLX 2.4

19

SANTIAGO

STATION WAGON

HYUNDAI

LB SF 56-5

2019

SANTA FE CRDI 5P 4X4 2,2

20

SANTIAGO

AUTOMÓVIL

HYUNDAI

RJ PS 34-3

2022

ELANTRA CN7 2,0 AUT

21

SANTIAGO

STATION WAGON

NISSAN

SR GF 62-3

2023

X-TRAIL CVT 4X4 2.5 AT 2,5 CC.

22

SANTIAGO

STATION WAGON

MITSUBISHI

TP HG52-2

2024

OUTLANDER 4X4 AT GLS

23

SANTIAGO

CAMIONETA

NISSAN

BY RG 78-K

2009

TERRANO DOBLE CABINA 2.5 COLOR PLATEADO


 

3.5       Monto Asegurado:

Valor comercial de los vehículos.

  1. INICIO DE COBERTURA:

 

Las coberturas de las pólizas que mediante estas bases serán contratadas, comenzarán a regir a partir de las 00:00 del 01 de enero de 2026, hasta las 23:59 del 31 de diciembre del 2026, ambos días incluidos.

 

  1. ENTREGA DE LAS PÓLIZAS

 

La entrega física de las pólizas debe ser en el Edificio Ministerial, ubicado en calle Teatinos N° 40, piso 5, Santiago, dirigidas al Jefe del Departamento de Administración y Operaciones de la Subsecretaría, y en caso de ser electrónicas, deben ser remitidas al correo electrónico: compras@minagri.gob.cl. En ambos casos el plazo máximo de entrega es a los diez días hábiles contados desde el día de la notificación de la emisión de la respectiva orden de compra en el sistema de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl.

 

  1. PRESUPUESTO DISPONIBLE:

El presupuesto máximo disponible para la contratación es de UF 450 (cuatrocientos cincuenta unidades de fomento), monto con todos los impuestos incluidos, para la totalidad de las pólizas referidas a los vehículos vigentes e incluidos en el listado del numeral 3.4 precedente, desde 01 de enero y hasta el 31 de diciembre 2026. El pago se realizará en una sola cuota.

7. CONSIDERACIONES ESPECIALES

7.1. Facturación:

 

La factura debe ser emitida por quien proporcione el seguro (Compañía aseguradora), independiente si la coordinación es realizada por un intermediario reconocido como Corredor de Seguros y sea éste quien oferte en el portal.

7.2. Corredora de Seguros:

En caso de que la oferta sea presentada a través de una Corredora de Seguros, ésta debe obligatoriamente acompañar a su oferta los Anexos N° 4 y N° 5 debidamente llenados y firmados, a fin de que pueda posteriormente formalizarse el pago al respectivo prestador del servicio. Se hace presente que dichos anexos son obligatorios y será exigible la formalidad de su presentación, pues deben considerarse al momento de la presentación de las ofertas documentos válidamente aprobados por las aseguradoras. Por lo anterior, deberán ser emitidos para la presente licitación y su fecha de emisión no puede ser anterior a la publicación de estas bases en el sistema de información, además de indicar expresamente el nombre de quien firma, su firma y timbre de la aseguradora.

7.3. Inicio de la póliza

La activación de las pólizas se iniciará con la adjudicación de la presente licitación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.