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Consultas y Aclaraciones. |
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Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario de la licitación. El Servicio Local de Educación Pública, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de éstas.
El SLEP Puerto Cordillera podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes, hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas.
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4. Contenido de la oferta |
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Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el punto Etapas y Plazos de la licitación. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3.
Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de condiciones se encontrarán disponibles en formato Word o Excel, según corresponda, en el portal Mercado Público.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal.
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Plazo de vigencia de las ofertas |
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Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre de presentación de las propuestas.
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De la apertura de las ofertas |
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La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el punto Etapas y Plazos de la licitación, en un solo acto, a través del portal.
Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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De la evaluación de las ofertas |
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El SLEP Puerto Cordillera evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en el presente pliego de condiciones.
Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora detallada en el numeral 7.1 de las presentes bases.
La referida Comisión efectuará una revisión de antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter técnico, legal, económico u otro antes de aplicar la pauta de evaluación, teniendo la facultad de dejar fuera de bases a las empresas que no cumplan con los requisitos establecidos en éstas. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Asesor Jurídico del SLEP Puerto Cordillera, respecto de materias de orden legal.
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con los factores y aspectos especificados en los criterios de evaluación.
Se podrá corregir los errores aritméticos que presenten las ofertas, como así mismo, podrá admitir las propuestas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad de los oferentes y no altere el monto de su oferta.
Se podrá rechazar todas las ofertas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la propuesta o cuando sea evidente que no ha existido competencia o haya habido colusión.
Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del oferente del proceso de licitación. Las empresas oferentes serán evaluadas de manera separada según la pauta que procede, de manera tal de analizar sus potencialidades técnicas y económicas individualmente y no en comparación directa entre oferentes. Una vez que se obtengan los puntajes, se traspasarán a una tabla comparativa que determinará la empresa mejor evaluada.
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Comisión evaluadora. |
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La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios del SLEP Puerto Cordillera, o en caso de impedimento, por quienes los subroguen legalmente:
1. Laurentina Alicia Espinoza, Profesional Apoyo Técnico Pedagógico. RUT:8.297.878-K.
2. Mariana Ruz Lira, Profesional Área Territorial. RUT: 10.305.410-9.
3. Karla Álvarez Ibañez, jefa UTP Colegio Pablo Neruda. RUT:16.212.593-1.
Durante la etapa de evaluación, la comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
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Informe de la Comisión Evaluadora. |
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La comisión evaluadora emitirá un informe, denominado Acta de Evaluación, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el punto Etapas y Plazos de la licitación.
El Informe de la comisión evaluadora culminará con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión.
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Resolución de Empates. |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Experiencia del relator. En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Precio.
Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, estos se mantienen, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma de mercado público, según lo establece el comprobante de ingreso de oferta que emite el Sistema de Información.
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De la adjudicación. |
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La comisión encargada de la evaluación propondrá a la Directora Ejecutiva (o a quien delegue o la subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante Resolución que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el proponente que siga su orden de prelación, la contraparte técnica deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, por lo que el SLEP Puerto Cordillera podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42° del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, siempre que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden antedicho.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: |
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Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación podrán efectuar sus consultas al mail de contacto de la licitación adquisiciones.sl@puertocordillera.edupub.cl, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas.
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11. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
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El SLEP Puerto Cordillera declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Además, el SLEP Puerto Cordillera declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.
En todo caso, las declaraciones de inadmisibilidad o de desierta de una Licitación Pública, deberá ser siempre por resolución fundada.
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Puntaje Mínimo de Adjudicación. |
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Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 60%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 60, no podrá ser adjudicada.
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Facultad de readjudicar. |
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El SLEP Puerto Cordillera podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
b) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
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Del contrato. |
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En la presente licitación no se requerirá firma de contrato, ya que la relación contractual se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor, de conformidad a lo establecido en el artículo 63° del reglamento de la Ley N°19.886.
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Precio y forma de pago. |
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El precio total del contrato será el ofertado por el proveedor adjudicado en su oferta económica y se pagará en dos estados de pago un 30% contra entrega del informe de diagnostico y el 70% contra entrega del informe final.
El proveedor sólo podrá facturar los servicios efectivamente ejecutados, en la forma, calidad y plazo convenido y aceptado en las bases y oferta respectiva, adjuntando la respectiva orden de compra.
El pago se efectuará al finalizar el servicio, en pesos chilenos, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura correspondiente.
Para los efectos del pago el Proveedor presentará en la Oficina de Partes del SLEP Puerto Cordillera, en el horario comprendido entre las 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, la siguiente documentación:
a. La factura correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar, además de las menciones tributarias, el número de la correspondiente orden de compra
b. Recepción conforme del servicio, emitido por el jefe de la Unidad Técnica correspondiente del SLEP Puerto Cordillera.
c. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al de la facturación.
Los documentos de cobro deberán extenderse a nombre del Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, R.U.T 61.999.320 – 9, dirección José Santiago Aldunate N° 840, piso 3, comuna de Coquimbo, en la Oficina de Partes del SLE Puerto Cordillera o electrónicamente a facturas@puertocordillera.edupub.cl
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Obligaciones del contratista. |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
c) Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos como, asimismo, a las directrices que establezca la contraparte técnica.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del SLEP Puerto Cordillera, que sean imputables al proveedor.
f) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, desgaste producido por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
h) Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
i) Las demás que le encomienden las presentes Bases.
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Encargado del contrato. |
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El adjudicatario deberá nombrar en el contrato, un encargado para la ejecución de éste, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la correcta operación y cumplimiento del contrato.
Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al SLEP Puerto Cordillera por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.
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Contraparte técnica por parte del SLEP Puerto Cordillera y administrador del contrato. |
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La contraparte técnica del SLEP Puerto Cordillera será el director del Colegio Pablo Neruda, quien realizará, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
b) Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
c) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio a la Unidad de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
d) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
e) Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.
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Multas. |
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Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el SLEP Puerto Cordillera podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica.
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Procedimiento de aplicación. |
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Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, por carta certificada o vía correo electrónico, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregados en José Santiago Aldunate N°840, piso 3, comuna de Coquimbo o mediante correo electrónico a adquisiciones.sl@puertocordillera.edupub.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica aplicará la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en José Santiago Aldunate N°840, piso 3, comuna de Coquimbo o mediante correo electrónico a adquisiciones.sl@puertocordillera.edupub.cl.
El SLEP Puerto Cordillera resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880 que sean procedentes.
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Causales y monto de las multas. |
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Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas son las siguientes:
Nº Causales Multa Aplicable
1 Incumplimiento en la Oferta Técnica indicada en punto 4.2. 20 UF por cada Incumplimiento
Nota: La U.F (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día en que se verificó la falta.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 20% del valor total del contrato.
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Cobro de las multas. |
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El monto total de las multas que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del pago de la factura correspondiente.
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