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1.- ANTECEDENTES GENERALES. |
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La Ilustre Municipalidad de Punitaqui, requiere la contratación para el SERVICIO DE PRODUCCIÓN
LOGÍSTICA PARA FIESTA DE LA VENDIMIA PUNITAQUI AÑO 2026, COMUNA DE PUNITAQUI, evento que
se realizara los días 30 de abril, 1 y 2 de mayo de 2026, en dependencias del Estadio Municipal de Punitaqui,
de acuerdo con los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y en las Bases
Técnicas que forman parte integrante de la presente licitación.
El objetivo de la presente licitación es establecer los lineamientos, condiciones e insumos logísticos
necesarios para la correcta ejecución del evento, conforme al detalle contenido en las Bases Técnicas.
1.1 Unidad Ejecutora Contratante.
La Unidad Ejecutora contratante es la Ilustre Municipalidad de Punitaqui.
La supervisión técnica del proceso licitatorio estará a cargo de la Dirección Desarrollo Comunitario (DIDECO)
El financiamiento del servicio será con cargo a recursos municipales.
1.2- Los antecedentes que regulan la propuesta.
Esta licitación se regirá por la normativa contenida en la Ley N° 19.886, y su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación en el
orden de precedencia que se indica:
a) Aclaraciones y Modificaciones a las Bases Administrativas o a las Especificaciones Técnicas y/o
Términos de Referencia entregadas por la Municipalidad, de oficio o con motivo de alguna consulta
de los referentes.
b) Preguntas de los oferentes y respuestas de la Municipalidad.
c) Decreto Exento que aprueba las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y/o Términos de
Referencia, y los respectivos Anexos.
d) Acta de evaluación de los oferentes.
e) Oferta administrativa, técnica y económica del oferente que resulte adjudicado.
f) Decreto Exento de Adjudicación.
g) El Contrato que se suscribe entre las partes u orden de compra.
h) Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
i) En general, todo otro documento que emane desde la Municipalidad y que tenga relación con la
Licitación Pública.
1.3 Orden de prelación de antecedentes.
Los antecedentes indicados en el numeral anterior, se aplicarán en forma conjunta y complementaria,
de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas Generales
b) Especificaciones técnicas de la propuesta
c) Antecedentes administrativos, técnicos y económicos
d) Respuestas a consultas y aclaraciones, si las hubiere, a través del portal www.mercadopublico.cl
e) Normativa Técnica Vigente.
f) Reglamentación vigente.
g) Contrato y/o orden de compra.
1.4 Interpretación De Bases.
Ante cualquier duda o diferencias en la interpretación de las bases que rigen este proceso o el
contrato será la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, a través de la Dirección de Asesoría Jurídica, la encargada
de hacer la interpretación en estricta concordancia con las normas que rigen el proceso licitatorio.
1.5.- De los participantes y los plazos de licitación.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales y jurídicas del giro, inscritos en el portal
de proveedores, hábiles para contratar con el Estado y que acrediten experiencia en el rubro requerido.
Sin embargo, no podrán adjudicarse la propuesta quienes están inhabilitados de inscribirse en dicho
registro, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la ley Nº 19.886 de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificaciones aprobadas mediante el
D.S. Nº 661/ 2024.
En especial, no se admitirá ofertas de personas imposibilitadas legalmente para contratar con la
Municipalidad de Punitaqui. El proveedor debe estar inscrito en Chile-compras y Chile-proveedores.
1.6 Unión Temporal de Proveedores (UTP)
Dos o más proveedores podrán asociarse para participar en la presente licitación bajo la modalidad de Unión
Temporal de Proveedores (UTP), conforme a la normativa vigente.
Para estos efectos, deberán:
Formalizar la unión mediante documento público o privado, según corresponda, en el que se
establezca, a lo menos:
o La solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con
la Municipalidad.
o El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Al momento de la suscripción del contrato, todos los integrantes de la UTP deberán encontrarse
inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de
que alguno de sus miembros incurra en una causal de inhabilidad, los demás integrantes deberán decidir si
continúan o desisten de la propuesta, informando dicha decisión a través del portal www.mercadopublico.cl
dentro del plazo de vigencia de la oferta.
Para contrataciones:
Inferiores a 1.000 UTM: bastará documento público o privado al momento de ofertar.
Iguales o superiores a 1.000 UTM: la unión deberá constar en escritura pública al momento de
contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la duración del contrato adjudicado.
En caso de participación como UTP, deberán presentarse todos los antecedentes administrativos por cada
integrante, salvo aquellos que por su naturaleza correspondan al conjunto de la unión.
1.7 Inscripción de proveedores.
Los organismos públicos afectos a la Ley de Compras Públicas, como el caso de los municipios,
deben exigir a los proveedores que se encuentren hábiles en la plataforma www.mercadopublico.cl al
momento de adjudicar.
1.8 Los plazos del proceso de licitación.
Los plazos considerados para la presente licitación son los señalados en el portal
www.mercadopublico.cl, ítem ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION. -
1.9 Pacto de Integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el
mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
5.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen
y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10 Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato,
en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el
proceso licitatorio y el respectivo contrato.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo
con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o
parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos
anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después
de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que
correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad
dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
1.11 Propiedad de la información
El municipio será el titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros,
documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información
contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere
en virtud de la ejecución contractual de la presente licitación.
El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del
contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal
motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual,
deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
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7.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN. |
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La evaluación de las ofertas se efectuará sobre la base de los criterios y ponderaciones que se indican a
continuación:
Criterios de Evaluación Ponderación
Oferta Económica 30%
Experiencia del Oferente 30%
Programa de Integridad 5%
Requisitos formales 5%
Calidad técnica 30 %
Total 100%
7.1 Criterio Oferta Económica
Se evaluará la oferta económica sobre la base del menor precio total neto ofertado, conforme a la siguiente
fórmula:
Puntaje Oferta Económica = (Precio mínimo ofertado / Precio oferta evaluada) × 100 × 30%
7.2. Criterio Experiencia del Oferente
Se evaluará la experiencia del oferente en los últimos cinco años, en prestaciones similares al objeto de la
licitación, considerando:
Trayectoria del oferente.
Contratos similares ejecutados.
Experiencia de los profesionales o artistas, según corresponda.
Medios de acreditación
Podrán acreditarse mediante:
Órdenes de Compra (ID Mercado Público).
Facturas.
Copia de contratos u otros documentos equivalentes.
La evaluación se efectuará conforme a la siguiente escala referencial:
Experiencia acreditada Puntaje Base
Alta experiencia 100
Experiencia media 70
Experiencia baja 40
No acredita 0
Puntaje final = Puntaje Base × 30%
7.3. Criterio Programa de Integridad
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea
conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4. A su vez, deberá adjuntar el referido
programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°
4 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa
de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta
con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su
declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si
resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos
internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo
siguiente:
CRITERIO PUNTAJE
Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal. 100
No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal. 0
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los
integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
El puntaje de este subcriterio se dará según el siguiente polinomio:
Puntaje Programas de Integridad = Puntaje obtenido * 5%
7.4 Cumplimiento de requisitos formales (5%)
Se evaluará el grado de cumplimiento formal de la oferta, considerando la correcta presentación, integridad y
oportunidad de los antecedentes administrativos exigidos en las presentes Bases de Licitación.
Este criterio tiene por objeto incentivar la prolijidad y completitud de las ofertas, sin perjuicio del ejercicio de la
facultad de solicitar aclaraciones o antecedentes formales conforme a la normativa vigente.
Antecedentes sujetos a evaluación
Para efectos de este criterio, se considerarán, entre otros:
- Presentación completa y correcta de los anexos administrativos exigidos en las Bases.
- Firma de los documentos requeridos.
- Presentación de los antecedentes dentro del plazo establecido.
- Coherencia formal entre los documentos presentados.
No se evaluarán en este criterio los aspectos técnicos ni económicos de la oferta.
Aplicación del artículo 40 del Reglamento (D.S. N° 661)
En caso de que el oferente incurra en errores u omisiones formales subsanables, y éstos sean corregidos
dentro del plazo otorgado por el organismo licitante, conforme al artículo 40 del Reglamento de la Ley N°
19.886, se aplicará la rebaja de puntaje que se indica a continuación.
Asignación de puntaje
Situación Puntaje Base
Presenta la totalidad de los antecedentes formales correctamente, sin
necesidad de subsanación
100
Presenta errores u omisiones formales subsanadas dentro del plazo
otorgado
50
No subsana los errores u omisiones formales dentro del plazo 0
Fórmula de cálculo
Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales = Puntaje Base × 5%
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que
hubiese obtenido el mayor puntaje en el “OFERTA ECONOMICA”. De persistir el empate, se adjudicará al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES”.
7.5 Calidad técnica
CALIDAD TECNICA PUNTAJE
Cumple con los requerimientos técnicos 100
No Cumple con los requerimientos técnicos 0
“El oferente que no cumpla con los requerimientos técnicos establecidos en las Bases Técnicas de la
presente licitación será declarado inadmisible y su oferta no será considerada en el proceso de evaluación”
Notas: los oferentes deben adjuntar fotografías de los requerimientos adjuntados en las bases técnicas
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