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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Confidencialidad |
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Toda la información y antecedentes que los interesados, sus consultores, personal directo o subcontratado u otras personas relacionadas con ellos obtengan con motivo de esta licitación, serán estrictamente reservados y se entenderá como información confidencial, salvo en los casos en que ésta pase a formar parte del dominio público por causa distinta de la acción u omisión del interesado, en que ésta sea legítimamente revelada por una tercera persona o en aquellos casos en que deba ser revelada por requerimiento legal.
Lo señalado en el párrafo anterior, también regirá respecto de la información relativa al MINISTERIO PÚBLICO de la cual el adjudicatario tome conocimiento en virtud de su relación contractual. En el marco de dicha relación, serán aplicables supletoriamente todas las disposiciones legales referidas a la protección de las comunicaciones privadas, en especial en materia de responsabilidad.
Las ofertas técnicas presentadas por el o los adjudicatarios, los antecedentes y documentación que den cuenta y/o se relacionen con el desarrollo posterior del trabajo adjudicado, los productos e información resultantes del mismo, residentes en cualquier medio, serán de propiedad del MINISTERIO PÚBLICO.
El incumplimiento de la obligación de confidencialidad generará las responsabilidades legales que procedan, sin perjuicio de constituir una causal de terminación inmediata del contrato.
El MINISTERIO PÚBLICO no autoriza que sus datos personales sean tratados conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.628. Lo anterior, es sin perjuicio de lo establecido por la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública.
El adjudicatario y sus dependientes quedarán sujetos en esta materia a los lineamientos que la institución defina en relación con su Política de Seguridad de la Información y a los Requerimientos de Seguridad de la información que se indican a continuación.
Requerimientos de Seguridad de la información
a) Definiciones
A efectos de los servicios solicitados, se entenderá que Información Confidencial significa cualquier información, caso, investigación, conocimiento, know-how, incluyendo a modo de ejemplo antecedentes, informes policiales, notas, análisis, estudios, interpretaciones normativas, predicciones, informes, obras, programas informáticos, dibujos, diagramas, planos, fórmulas y los resultados de su aplicación, diseños, fotografías, propiedad intelectual, procesos, sistemas, metodologías, ideas, innovaciones, listados y otros registros relativos a los asuntos que lleva o ha llevado adelante el Ministerio Público, sean de propiedad de éste, o que se encuentren bajo su posesión, así como toda aquella información que haya llegado o pueda llegar a su conocimiento bajo condiciones de confidencialidad o secreto, ya sea que dicha Información Confidencial se revele en forma verbal o escrita, electrónica, digital, gráfica o de cualquiera otra forma, tangible o no.
También tendrá el carácter de confidencial toda aquella información interna propia del MINISTERIO PÚBLICO relativo a sus actividades y/o proyectos, gestión, funcionarios, Fiscales, contratistas y subcontratistas, finanzas y administración, medidas de seguridad física y lógica, plataformas informáticas utilizadas, códigos de acceso, prácticas usuales y, en general, cualquier otra cuyo conocimiento pueda poner en riesgo la infraestructura, las redes y/o al personal del MINISTERIO PÚBLICO.
b) Gestión de la Información confidencial
El prestador del servicio se comprometerá a que toda información que se genere dentro del marco de sus actividades en el Ministerio Público, tales como reuniones, mensajes y documentos, cualquiera que sea su formato y soporte, informes verbales o escritos, registros, expedientes, bosquejos, diagramas, diseños de estrategias, correos electrónicos y cualquier otro tipo de comunicación y, en general, que conozca o genere a través de cualquier procedimiento en que haya tomado conocimiento de tal información, sea que lleve la expresión “Confidencial”, “Secreto”, “Reservado” o no, solo podrá ser utilizada dentro del marco específico de que se trate, quedando prohibido cualquier uso de esa información distinto al marco de acción del MINISTERIO PÚBLICO.
c) Reserva de la información confidencial
El adjudicatario se obligará a no divulgar la información confidencial que se revele con ocasión de los procedimientos e investigaciones del MINISTERIO PÚBLICO, por lo que se obliga a tomar todas las medidas necesarias para que la información mantenga el carácter confidencial y se eviten situaciones y actos que puedan producir un perjuicio a la otra parte, en particular las relativas al extravío, robo o sustracción de información confidencial.
El adjudicatario no podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros, directa o indirectamente la información confidencial para cuestiones ajenas a sus labores al interior de la institución, sin previa autorización escrita y expresa del Administrador del contrato en el MINISTERIO PÚBLICO.
d) Propiedad intelectual e industrial
Los derechos de propiedad intelectual de la Información Confidencial objeto del servicio a contratar pertenecen al MINISTERIO PÚBLICO y el hecho de que dicha información sea revelada no cambiará tal situación.
El adjudicatario se comprometerá a realizar todas las acciones que sean necesarias con el objeto de salvaguardar los derechos de propiedad intelectual del MINISTERIO PÚBLICO.
e) Devolución de la información
El adjudicatario se obliga al término del servicio, a devolver al MINISTERIO PÚBLICO cualquier documentación, información, antecedentes, llaves y claves de acceso tanto a plataformas informáticas como a infraestructura física, cualquiera sea el tipo de soporte en que se encuentre, así como las copias obtenidas a partir de ellas, dentro del tiempo y en el formato que señale el MINISTERIO PÚBLICO en la solicitud que le formule a tal efecto.
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