Orden de Compra
El contrato con el/la adjudicatario/a se formalizará a través de la emisión de una Orden de Compra y se perfeccionará con la aceptación por el Proveedor.
En todo caso, si el Proveedor no aceptare la Orden de Compra dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación del Decreto de Adjudicación por el Portal, la Ilustre Municipalidad de Concepción se reserva el derecho de Readjudicar o Licitar nuevamente, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de existir.
La Municipalidad exigirá, que el adjudicatario presente, dentro de los cinco días siguientes a la publicación del Decreto de Adjudicación, los siguientes documentos de acreditación:
a) Certificado de vigencia de la sociedad, original o copia autorizada ante notario, con indicación de representante legal, otorgado por el Conservador de Comercio, cuando corresponda, con una antigüedad no superior a seis meses.
b) Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite que el proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, vigente a la fecha de la presentación (F-30).
c) Si la persona Jurídica se ha constituido a través del Registro Electrónico de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, “Tu Empresa en un día”, los documentos indicados en la letra a) podrá corresponder al emitido por dicha institución.
d) Copia de Patente Municipal al día.
e) Certificado de deuda Tesorería General de la República, con una antigüedad del documento no superior a 30 días corridos.
f) En caso que el adjudicatario se encuentre inscrito en ChileProveedores y los documentos indicados en letras a) y c) se encuentren en el portal ChileProveedores con certificación de acreditación y vigentes a la fecha de suscripción del contrato, no será necesaria su presentación en formato papel.
La Municipalidad se reserva eI derecho de corroborar Ia legalidad de cada uno de los documentos presentados por el adjudicado.
En caso que los certificados de deuda indiquen Ia existencia de deudas morosas o documentos protestados y no aclarados, Ia adjudicación será dejada sin efecto y se Ie devolverán los antecedentes presentados.