Licitación ID: 3460-8-LE25
ARRIENDO DE VEHÍCULOS PARA ELECCIONES 29JUN2025
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 376
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 1 Unidad
Cod: 78111803
ARRIENDO DE 14 VEHÍCULOS PARA EL ACTO ELECCIONARIO DEL 29JUN2025.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE VEHÍCULOS PARA ELECCIONES 29JUN2025
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS PARA EL PERSONAL DEL REGIMIENTO LOGÍSTICO N 3 VICTORIA, QUE PARTICIPA EN EL ACTO ELECCIONARIO DEL DÍA 29JUN2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento Logístico N° 3 "Victoria"
R.U.T.:
61.101.069-9
Dirección:
Dartnell 698
Comuna:
Victoria
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-06-2025 10:00:00
Fecha de Publicación: 13-06-2025 16:45:00
Fecha inicio de preguntas: 13-06-2025 20:16:00
Fecha final de preguntas: 16-06-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-06-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-06-2025 10:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-06-2025 10:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2025 17:45:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- CONFORME A BASES DE LICITACIÓN
Documentos Técnicos
1.- CONFORME A BASES DE LICITACIÓN
 
Documentos Económicos
1.- CONFORME A BASES DE LICITACIÓN
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 35%
2 Plazo de Entrega CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 25%
3 Experiencia de los Oferentes CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 10%
4 Programa de integridad CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 5%
5 Cumplimiento de los requisitos CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 10%
6 Año de fabricación de los vehículos CONFORME A BASES DE LICITACIÓN 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 549300
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DAYANA DELZO MORA
e-mail de responsable de pago: finanzasrl3@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: WALDO RIFFO RIVAS
e-mail de responsable de contrato: adquisicionesrl3@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26933011-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la aceptación del referido documento, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía el puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro de 01 un día hábil contado desde la publicación de la adjudicación original. Si el adjudicatario infringiere la Ley N.° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4, inciso 1° y artículo 35 quáter, de la ley referida. Así como si infringiere los artículos 8° y 10° de la Ley N.° 20.393 sustituidos por el artículo 50 de la Ley N.° 21.595, de delitos económicos, conforme a la inhabilitación regulada en su artículo 33 y las disposiciones relativas a la libre competencia contempladas en el DL 211 que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio precio.

De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio entrega.

De continuar con el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio año de fabricación del vehículo.

De continuar con el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio asistencia en ruta.

De continuar con el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio experiencia en el rubro.

Si aún continúa el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio cumplimiento de los requisitos formales.

Si continua el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio programa de integridad.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La unidad, se reserva el derecho de aceptar la o las ofertas que, de acuerdo a la evaluación técnico - económica, estime más conveniente o la posibilidad de re adjudicar o pasar al o los proveedores cuyas ofertas hayan sido las siguientes mejores evaluadas, declarar desierta la licitación, fraccionarlas o rechazarlas totalmente sin derecho a indemnizaciones, rehusando desde ya los oferentes al ejercicio de cualquier acción judicial o administrativa tendiente a enervar la resolución antes citada.

La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá efectuada luego de 24 horas desde su publicación en el sistema de información  www.mercadopublico.cl. Si el respectivo adjudicatario desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en un plazo de 24 horas, no entrega los antecedentes legales para contratar, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

El incumplimiento, en cualquier forma, de la entrega del bien y/o servicio será motivo suficiente para dejarla sin efecto, reservándose la unidad el derecho de ejercer las acciones judiciales que puedan derivarse por los daños y perjuicios que el atraso o incumplimiento le ocasione, sin perjuicios de su derecho de poner término al contrato.

La empresa adjudicada no podrá bajo ningún pretexto, traspasar, subcontratar o ceder, total o parcialmente, a ningún título sus obligaciones y derechos, ni tampoco el cumplimiento de las órdenes de compra. El incumplimiento de esta disposición de carácter esencial será motivo suficiente para que se ponga término inmediato al contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan.

La empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 183-C del Código del Trabajo referido a la subcontratación en contrataciones, debido a que se exigirá cuando corresponda el envío de los certificados de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, así como el listado de trabajadores, además se solicitará al proveedor adjudicado como requisito para efectuar el pago, la presentación de los formularios F-30, F-30-1 y la nómina de los trabajadores.

Mediante resolución fundada se podrá revocar la licitación, declarar inadmisible las ofertas, cuando estas no reúnan los requisitos establecidos en estas bases, como asimismo declarar desierta la licitación si no se presentaran oferentes o si las ofertas presentadas no fueran convenientes para la Unidad.

El proveedor deberá aceptar las respectivas órdenes de compra que se emitan a su favor a través del portal electrónico “Mercado Publico”, a objeto que la institución Ejército de Chile proceda a su pago. En caso contrario de estar éstas sin la aceptación respectiva por parte del proveedor, no podrá ser tramitada a pago, por no existir legalmente un vínculo comercial entre el comprador o vendedor.

La adquisición de los bienes y servicios objetos de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación por parte del proveedor. Por tratarse además de la contratación de un servicio estándar de simple y objetiva especificación, según lo señalado en el artículo 117 del DS 661, Reglamento de la Ley N.° 19.886.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2)       El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3)       El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4)       El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5)       El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6)       El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7)       El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8)    Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N.° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de INFORMACIÓN y Gestión de Compra Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

9)    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en el plazo dispuesto por la autoridad en virtud del artículo 56, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.