Licitación ID: 890543-1-LQ21
OBRA HABILITACIÓN DE OFICINA DE INCLUSIÓN Y GENERO
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de paredes 1 Unidad
Cod: 72101607
OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO. VER BASES ADMINISTRATIVAS, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ANEXOS EN ARCHIVO ADJUNTO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
OBRA HABILITACIÓN DE OFICINA DE INCLUSIÓN Y GENERO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Universidad de Magallanes, en adelante “Entidad Licitante”, invita a participar en la presente propuesta pública, para la contratación del servicio de la obra denominada “OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSIÓN y GÉNERO”. VER BASES ADMINISTRATIVAS, DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ANEXOS EN ARCHIVO ADJUNTO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA
R.U.T.:
71.133.700-8
Dirección:
AVDA. BULNES 01855 - PUNTA ARENAS
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-03-2021 19:00:00
Fecha de Publicación: 28-01-2021 17:29:27
Fecha inicio de preguntas: 29-01-2021 9:00:00
Fecha final de preguntas: 08-02-2021 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-02-2021 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-03-2021 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-03-2021 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-03-2021 17:57:32
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA OBLIGATORIA A TERRENO 03-02-2021 12:00:00
ENTREGA GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA 04-03-2021 13:00:00
ENTREGA GARANTÍA FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 18-03-2021 16:00:00
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y EMISIÓN ORDEN DE COMPRA 19-03-2021 19:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Lo solicitado en Art. 18 de las Bases Administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Lo solicitado en Art. 18 de las Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Lo solicitado en Art. 18 de las Bases Administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Plazo Ejecución Plazo = (Plazo Menor Ofertado /Plazo Analizado) x 100 x 0.40 40%
2 Oferta Económica Precio = (Precio Menor ofertado/Precio Analizada) x 100 x 0.40 40%
3 Antecedentes Oferentes Licitaciones UMAG Antecedentes Oferentes Licitaciones UMAG = Puntos x 0.15 • Si el oferente no presenta multas en licitaciones anteriores, serán 100 Puntos. • Si el oferente presenta multas en licitaciones anteriores, serán 50 Puntos. • Si al oferente se le ha dado término anticipado a un contratos por incumplimiento de deberes, será 0 Puntos. 15%
4 Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación d Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta = Puntos x 0.05 • Si la oferta cumple con todos los requisitos y adjunta la totalidad de documentos, serán 100 Puntos. • Si la oferta no cumple con todos los requisitos, serán 50 Puntos. Para el caso 2, existirá la posibilidad de completar y/o enmendar documentos en caso de ausencia y/o errores. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 125000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto disponible para la presente adquisición asciende a la suma de 125.000.000.- ciento veinticinco millones de pesos IVA. Incluido.
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DIRECCION TESORERIA Y COBRANZAS
e-mail de responsable de pago: belen.goic@umag.cl
Nombre de responsable de contrato: Dirección de Infraestructura
e-mail de responsable de contrato: Adquisiciones@umag.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2209478-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
Fecha de vencimiento: 30-04-2021
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO”.
Forma y oportunidad de restitución: Ver Art. 29 de las Bases Administrativas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
Fecha de vencimiento: 31-12-2022
Monto: 7 %
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO”
Forma y oportunidad de restitución: Ver Art. 30.1 de las Bases Administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES LICITACIÓN PÚBLICA “OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO”

I.- DE LA PROPUESTA

Artículo 1: La Universidad de Magallanes, en adelante “Entidad Licitante”, invita a participar en la presente propuesta pública, para la contratación del servicio de la obra denominadaOBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GÉNERO”, cuya superficie en detalle es:            

A.- Superficie 1°Nivel                             : 213,90 m2.           

B.- Superficie 2°Nivel                             : 127,40 m2.

      Superficie Total                             : 341,30 m2.

Dicha obra estará emplazada en calle Armando Sanhueza N° 1094 en la comuna de Punta Arenas, conforme a las características, requisitos y fechas que constan en estas bases administrativas generales y sus respectivos anexos.

Artículo 2: Las presentes bases administrativas generales contienen las disposiciones que regirán las relaciones entre la Entidad Licitante y los Oferentes, durante todo el proceso y en todas las materias relacionadas con la licitación.

La presentación de una oferta implica, para quien la efectúa, la aceptación de las presentes bases administrativas generales, a las cuales se somete desde ya.

Artículo 3: Convocatoria

El llamado a propuesta, la presentación de las ofertas, la evaluación de las ofertas, la adjudicación de las ofertas, los contratos u órdenes de compra que en su virtud se celebren o se emitan, y en general, todas las actuaciones relacionadas con la propuesta, se efectuarán a través del Sistema Electrónico de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, a que se refiere el artículo 19 de la Ley Nº 19.886, portal de internet www.mercadopublico.cl, en adelante, el sistema de información.

Artículo 4: Bases

Las bases administrativas de licitación están compuestas por las presentes bases administrativas y documentos que aquí se señalan:

  1. Anexo N° 1, Itemizado (xls).
  2. Anexo N° 2, Presentación del Oferente y sus representantes (doc).
  3. Anexo N° 3, Declaración Jurada Simple de Estudio de la Licitación (doc).
  4. Anexo N° 4, Formulario Oferta Económica (doc).
  5. Anexo N° 5, Declaración Jurada Simple – Inhabilidades (doc).
  6. Anexo N° 6, Declaración Jurada Simple del Profesional Residente (doc).
  7. Anexo N° 7, Declaración Jurada Simple de Acreditación de Idoneidad Técnica y Financiera (doc).
  8. Especificación Técnica Proyecto Arquitectura (pdf).
  9. Especificación Técnica Proyecto Agua Potable y Alcantarillado (pdf).
  10. Especificación Técnica Proyecto Instalación Eléctrica (pdf).
  11. Especificación Técnica Proyecto Instalación de Gas (pdf).
  12. Especificación Técnica Proyecto Calefacción y extracción (pdf).
  13. (20) Planos Proyecto Arquitectura (pdf).
  14. (02) Planos Proyecto Agua Potable. (pdf).
  15. (01) Plano Proyecto de Alcantarillado (pdf).
  16. (05) Planos Proyecto Instalación Eléctrica (pdf).
  17. (01) Plano Proyecto Instalación de Gas (pdf).
  18. (01) Plano Proyecto Calefacción y extracción (pdf).
  19. Proyecto Arquitectura (dwg).
  20. Proyecto Agua Potable y Alcantarillado (dwg).
  21. Proyecto Instalación Eléctrica (dwg).
  22. Proyecto Instalación de Gas (dwg).
  23. Proyecto Calefacción y extracción (dwg).
  24. Requisitos para empresas contratistas (pdf).
  25. Protocolo de acciones preventivas COVID-19 CChC (pdf).

 

DETALLE DEL CONTENIDO EN PLANOS POR PROYECTOS.

 

a)     PROYECTO DE ARQUITECTURA.

Lámina 1 de 20

Emplazamiento (escala 1:75)

Esquema de superficies (escala 1:100)

Cuadro de superficies

Lámina 2 de 20

Planta de arquitectura existente primer nivel – Elementos a demoler (escala 1:50)

Lámina 3 de 20

Planta de arquitectura existente segundo nivel – Elementos a demoler (escala 1:50)

Lámina 4 de 20

Planta de arquitectura proyectada primer nivel – Elementos a construir (escala 1:50)

Lámina 5 de 20

Planta de arquitectura proyectada segundo nivel – Elementos a construir (escala 1:50)

Lámina 6 de 20

Planta de arquitectura proyectada primer nivel (escala 1:50)

Lámina 7 de 20

Planta de arquitectura proyectada segundo nivel (escala 1:50)

    Lámina 8 de 20

Elevación oriente (escala 1:50)

Planta de cubiertas (escala 1:100)

Detalle de puertas y ventanas proyectado – Primer nivel (escala 1:50)

Lámina 9 de 20

Elevación sur existente (escala 1:50)

Elevación sur proyectada (escala 1:50)

    Lámina 10 de 20

Corte-elevación norte 4-4 existente (escala 1:50)

Corte-elevación norte 4-4 proyectada (escala 1:50)

Lámina 11 de 20

Corte 1-1 proyectado (escala 1:50)

Corte 2-2 proyectado (escala 1:50)

Corte 3-3 proyectado (escala 1:50)

Detalle cenefa proyectada (escala 1:10)

Lámina 12 de 20

Corte A-A proyectado (escala 1:50)

Detalle de cocina (escala 1:30)

    Lámina 13 de 20

Planta de elementos eléctricos existente - Primer nivel, a retirar (escala 1:50)

    Lámina 14 de 20

Planta de elementos eléctricos proyectada - Primer nivel, a instalar (escala 1:50)

Lámina 15 de 20

Planta de elementos eléctricos proyectada – Segundo nivel, a instalar (escala 1:50)

Lámina 16 de 20

Planta de terminaciones proyectada – Primer nivel, a construir e instalar (escala 1:50)

Lámina 17 de 20

Planta de terminaciones proyectada – Segundo nivel, a construir e instalar (escala 1:50)

Lámina 18 de 20

Planta de cielo proyectada – Primer nivel (escala 1:50)

Lámina 19 de 20

Planta de cielo proyectada – Segundo nivel (escala 1:50)

Lámina 20 de 20

Planta de accesibilidad universal – Primer nivel (escala 1:50)

b)    PROYECTO DE AGUA POTABLE

Lámina 1 de 2

Planta agua fría 1er nivel (escala 1:100)

Planta agua fría 2do nivel (escala 1:100)

Planta agua caliente 1er nivel (escala 1:100)

Planta agua caliente 2do nivel (escala 1:100)

Lámina 2 de 2

Isométrico agua fría (sin escala)

Isométrico agua caliente (sin escala)

 

c)     PROYECTO DE ALCANTARILLADO

Lámina 1 de 1

Planta alcantarillado 1er nivel (escala 1:100)

Planta alcantarillado 2do nivel (escala 1:100)

Isométrico alcantarillado (sin escala)

d)    PROYECTO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

Lámina 1 de 5

Planta de tomas de corrientes y luminarias 1° nivel (escala 1:50)

Lámina 2 de 5

Planta de tomas de corrientes y luminarias 2° nivel (escala 1:50)

Lámina 3 de 5

Diagrama unilineal y cuadro de cargas

Lámina 4 de 5

Plantas de sistema CCTV y sistema de detección de incendio

Lámina 5 de 5

Diagramas puesta a tierra

e)     PROYECTO DE INSTALACIÓN DE GAS

Lámina 1 de 1

Planta Instalación (escala 1:100)

Isométrico Instalación (sin escala)

Ventilaciones y volúmenes (escala 1:50)

Detalle ductos de gases quemados (escala 1:50)

Detalle nicho y medidor (sin escala)

f)      PROYECTO DE CALEFACCIÓN Y EXTRACCIÓN

Lámina 1 de 1

Planta calefacción primer piso (escala 1:50)

Planta calefacción segundo piso (escala 1:50)

Planta extracción primer piso (escala 1:50)

Planta extracción segundo piso (escala 1:50)

Detalle sala de calderas (escala 1:50)

Detalle instalación radiadores (sin escala)

Detalle instalación extractores (escala 1:100)

Los antecedentes señalados se considerarán complementarios entre sí. Lo convenido o estipulado en un documento se considerará tan obligatorio como si estuviera estipulado en todos. En caso de contradicción, discrepancia o inconsistencia entre los términos de los documentos que forman parte integrante de las bases de licitación, quedará a criterio de la Inspección Técnica de Obra (ITO).

Artículo 5: Aceptación del contenido de las Bases Administrativas Generales

Se entenderá que, por la sola presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases, sus anexos y demás antecedentes complementarios. Si el participante omite suministrar toda la información requerida en las bases administrativas generales de licitación o presenta una oferta que no se ajuste substancialmente en todos sus aspectos a esos documentos, el riesgo será de su cargo y el resultado será el rechazo de la oferta.

Artículo 6: Los oferentes deberán dar cumplimiento a cada una de las disposiciones de las presentes bases administrativas generales, respetando cabalmente los plazos estipulados para la entrega de antecedentes y consultas al proceso mediante el portal Mercado Público, y deberán presentar la propuesta para la ejecución del proyecto individualizado, en concordancia con las bases administrativas generales y demás antecedentes técnicos de cada especialidad como planos del proyecto, anexos y aclaraciones que pudiesen formularse. La propuesta que no se adecúe a las especificaciones indicadas en las bases administrativas generales y sus anexos será rechazada. El contrato que se celebre será a suma alzada.

II.- TIPO DE LICITACIÓN

Artículo 7: La presente licitación será pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ), con adjudicación simple.

III.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 8: Los plazos establecidos en las presentes bases administrativas generales, para las distintas etapas son de días corridos, salvo que expresamente se indique que se trata de días hábiles. El incumplimiento de los plazos, por alguno de los participantes, implicará su exclusión del proceso.

Artículo 9: Todos los gastos que demande participar en la propuesta y eventual suscripción del contrato serán de cargo de cada oferente o proponente adjudicado, sin derecho a reembolso.

Artículo 10: El presupuesto disponible para la presente adquisición asciende a la suma de $125.000.000.- (ciento veinticinco millones de pesos) IVA. Incluido.

IV.- MODIFICACIÓN DE LA BASES

Artículo 11: La entidad licitante podrá modificar o complementar los aspectos administrativos de las bases administrativas generales de licitación, así como los requerimientos técnicos y plazos hasta antes del cierre de la recepción de ofertas. En tal caso, se dispondrá la modificación mediante resolución fundada, fijando un nuevo plazo prudencial para la presentación de ofertas, en caso de que fuese necesario.

No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en ausencia o falta de algunos de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo, la cual se formalizará a través de una resolución fundada, y se deberá adjuntar al ID de la licitación en página web www.mercadopublico.cl.

V.- CRONOGRAMA DE LICITACIÓN

Artículo 12: La presente licitación se desarrollará al siguiente calendario que fija los plazos de cada etapa de esta licitación, y conforme a él se fijarán las fechas concretas en el portal www.mercadopublico.cl.

ETAPAS Y PLAZOS

FECHA

HORA

Fecha de Publicación de la Licitación en www.mercadopublico.cl

28/01/2021

19:00 hrs.

Inicio Periodo de Consultas

29/01/2021

09:00 hrs.

Visita Obligatoria de Terreno

03/02/2021

12:00 hrs.

Cierre Periodo de Consultas

08/02/2021

19:00 hrs.

Publicación de Repuestas a consultas

15/02/2021

19:00 hrs.

Entrega de Garantía Seriedad de Oferta

04/03/2021

13:00 hrs.

Cierre Recepción de las Ofertas

04/03/2021

19:00 hrs.

Acto de Apertura de las ofertas (Técnicas y Económicas)

05/03/2021

10:00 hrs.

Fecha Estimada Adjudicación de la Licitación

12/03/2021

19:00 hrs.

Entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato

18/03/2021

16:00 hrs.

Suscripción del Contrato y Emisión Orden de Compra

19/03/2021

19:00 hrs.

































NOTA:
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62° del Decreto N° 250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.

VI.- DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 13: Sólo podrán participar en la presente licitación pública las personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras a quienes no les afecte alguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 y en los artículos 8 N° 2 y 10 N° 2 de la Ley N° 20.393, y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras, tener constituido domicilio en Chile.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores se les aplicará lo señalado en el artículo 67 bis del reglamento de compras públicas sobre dicha materia, por lo que el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de contratar, la escritura pública que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según lo dispuesto en los incisos segundo y tercero de dicha norma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

A la fecha de suscripción del contrato, cada uno de los proveedores de la Unión Temporal de Proveedores deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.

Por el hecho de participar en el proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas, así como en sus anexos.

VII.- DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES

Artículo 14: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas generales, especificaciones técnicas (de cualquier especialidad) o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información de Mercado Público y dentro de los plazos dispuestos.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en la página web de www.mercadopublico.cl el día indicado en el cronograma de licitación, entendiéndose para todos los efectos legales, que forman parte integrante de estas bases administrativas generales, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aún cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Cualquier inquietud que se efectué después de la adjudicación del contrato, será resuelta por el ITO, según indica el artículo 56 de este mismo documento (Facultades del ITO).

Artículo 15: Antes del cierre del plazo para presentar la oferta, los participantes podrán realizar rectificaciones, aclaraciones y enmiendas a los documentos que forman parte de la licitación. Por su parte, la entidad licitante se reserva la facultad de modificar en el mismo plazo, las fechas de apertura de las propuestas y de la adjudicación, informando de ello y los motivos a través de la página www.mercadopublico.cl.

Artículo 16: Durante el período de evaluación de antecedentes la Institución podrá, si lo estima necesario, solicitar aclaraciones y/o información complementaria a los documentos presentado por los oferentes en el proceso de licitación, antes de la fecha de adjudicación a través de la página www.mercadopublico.cl.

VIII.- DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo 17: Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de estos y la veracidad de lo que en ellos conste. Las ofertas serán puras y simples, es decir, no pueden estar sujetas a plazo, modo o condición alguna. Las ofertas presentadas, por cada participante, tendrá una vigencia de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la propuesta.

La Universidad de Magallanes, si estima conveniente tendrá la más amplia facultad para efectuar la verificación de los antecedentes que apoyen o respalden las ofertas.

Artículo 18: La oferta y los documentos anexos, deberán ser ingresados por el oferente exclusivamente en el Portal de Mercado Publico dentro del plazo de recepción de estas, establecido en el Cronograma de licitación, cumpliendo con las siguientes exigencias:

  1. En idioma español.
  2. En moneda nacional.
  3. En forma individual y no modificables “PDF”, a excepción del Anexo Nº 1 que deberá ser en formato EXCEL, el cual debe ser presentado con aplicación de formulas como se indica:

a)     La columna TOTAL será el producto entre las columnas CANTIDAD y PRECIO UNITARIO.

b)    La celda que arroja el resultado de COSTO DIRECTO será la sumatoria de la totalidad de los precios de la columna TOTAL.

c)     La celda que arroja el resultado de GASTOS GENERALES será el producto entre el resultado de COSTO DIRECTO y el porcentaje definido por el oferente por este ítem.

d)    La celda que arroja el resultado de UTILIDADES será el producto entre el resultado de COSTO DIRECTO y el porcentaje definido por el oferente por este ítem.

e)     La celda que arroja el resultado del VALOR NETO será la sumatoria entre las celdas que arrojan los resultados de COSTO DIRECTO, GASTOS GENERALES Y UTILIDADES.

f)      La celda que arroja el resultado del 19% IVA será el producto entre el VALOR NETO y el 19% que refleja el IMPUESTO DE VALOR AGREGADO (IVA).

g)    La celda que arroja el resultado de TOTAL será la sumatoria de las celdas que arrojan el resultado de VALOR NETO e IVA.

DOCUMENTOS ECONÓMICOS, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LA LICITACIÓN

Los antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se deben incluir, son:

a)     Anexo N° 1     : Itemizado Oferta Económica en formato Excel.

  1. Cada oferente deberá presentar su oferta de acuerdo con lo solicitado en el Anexo N° 1 y en formato Excel. El presupuesto detallado de la oferta presentado por el oferente deberá ser ejecutado respetando exactamente el orden de las partidas indicadas en el formulario entregado, pudiendo ser traspasado al formato de cada empresa, pero entregado siempre en formato excel. No se deben agregar, quitar u omitir partidas, ni agregar condiciones a la oferta, por lo que cualquier diferencia o duda respecto a las partidas podrá ser observada y se podrán solicitar las aclaraciones necesarias por parte del oferente en la página web de www.mercadopublico.cl.
  2. Toda aquella partida en el Anexo N° 1 (Itemizado), en donde su unidad sea global (GL), le corresponderá siempre la cantidad uno (1,0).

b)    Anexo N° 2     : Presentación del Oferente y sus representantes.

c)     Anexo N° 3     : Declaración Jurada Simple de Estudio de la Licitación.

  1. Haber estudiado a cabalidad todos los antecedentes de la licitación y haber verificado la concordancia entre ellos, sin existir observaciones importantes respecto a los proyectos entregados.
  2. Estar en conocimiento de que, si existieren dichas observaciones, estas deben hacerse presente en su totalidad por la vía de las aclaraciones de la licitación. De lo contrario las observaciones serán aclaradas por el ITO en el desarrollo de la construcción.
  3. Estar conforme con las condiciones generales del proyecto.
  4. Haber visitado el terreno y conocer la topografía y demás características que incidan directamente en la obra, para tomar las medidas que signifiquen el normal desarrollo del resto de las actividades universitarias, minimizando al máximo las posibles interferencias que la obra pudiera generar.
  5. Haber considerado previamente las condiciones de abastecimiento de materiales, vialidad u otro que afecte el normal desarrollo de las faenas.

d)    Anexo N° 4     : Formulario Oferta Económica.

  1. Indicando monto neto de la oferta.
  2. Indicando plazo de ejecución en días corridos, teniendo en cuenta que el máximo plazo de ejecución es de 180 días corridos.

e)     Anexo N° 5     : Declaración Jurada Simple – Inhabilidades.

  1. Declaración Jurada Simple de que al contratista no le afecta alguna de las causales de inhabilidades para contratar con el Estado establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 y en los artículos 8 N° 2 y 10 N° 2 de la Ley N° 20.393, de acuerdo al formato adjunto.

f)      Anexo N° 6     : Declaración Jurada Simple del Profesional Residente.

   Todos los proponentes deberán presentar una declaración jurada simple del Profesional Residente de Obra donde se establezca lo siguiente:

  1. Haber estudiado a cabalidad todos los antecedentes de la licitación y haber verificado la concordancia entre ellos, sin existir observaciones importantes respecto a los proyectos entregados.
  2. Estar en conocimiento de que, si existieren dichas observaciones, estas deben hacerse presente en su totalidad por la vía de las aclaraciones de la licitación.
  3. Estar en conocimiento del uso de antecedentes personales, académicos y profesionales.
  4. Estar en conocimiento de las responsabilidades del profesional residente en esta licitación.

g)    Anexo N° 7     : Declaración Jurada Simple de Acreditación de Idoneidad Técnica y Financiera.

SÓLO para oferentes NO inscritos en el Registro de Proveedores, los cuales deberán presentar una declaración jurada simple, en la que declaren que no se encuentran en ninguna de las siguientes circunstancias:

  1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
  2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
  3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
  4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
  5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
  6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
  7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

Respecto de aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores, la idoneidad técnica y financiera será acreditada de acuerdo a los antecedentes disponibles en el Registro.

h)    Análisis de Precio Unitario (A.P.U.)

El oferente deberá presentar el detalle del análisis de precio unitario de cada una de las partidas del Itemizado señalado en el Anexo Nº1 de este documento. El documento será entregado en formato Excel, el cual tendrá cada análisis de precio unitario asociado en fórmulas.

El documento será utilizado para:

  1. Solicitar aclaraciones en inconcordancias por diferencias sustanciales de valores comparativos de mercado utilizados por la Dirección de Infraestructura de la Universidad de Magallanes.
  2. Valorizar eventuales aumentos de contrato.
  3. Valorizar observaciones sin resolver, en proceso de Recepción Provisoria y descontar de las retenciones, según indica artículo 68.1 de este documento.

i)      Carta Gantt

      El oferente deberá adjuntar una carta Gantt con la programación quincenal de la oferta de licitación, la cual deberá estar firmada por el representante legal.

j)      Currículum Vitae Actualizado del Residente de Obra Ofertado

      El oferente deberá adjuntar en la oferta el Currículum Vitae Actualizado del Residente de Obra Ofertado, donde señale que cumple con el requisito señalado en el artículo 57.

En el caso de imposibilidad debidamente acreditada por la Dirección de Compras Públicas para presentarlos digitalmente en el Portal www.mercadopúblico.cl, podrán entregarlos en soporte de papel de acuerdo a lo indicado en el artículo 62 del Reglamento de Ley 19.886. Los antecedentes deberán ser entregados físicamente en la Secretaría de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, ubicada en el Edificio de Administración y finanzas del Campus Universitario, Avenida Presidente Manuel Bulnes Nº 01855, Punta Arenas, y aquellos presentados después de la hora y fecha dispuesta en cronograma según ficha digital se considerarán como no recepcionados.

Artículo 19: La no presentación de la oferta y de los documentos anexos, en el plazo indicado en el cronograma de licitación y en la forma indicada en las presentes bases administrativas generales o fuera del Portal Mercado Público, tendrá como consecuencia la inhabilidad de la oferta. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886.

Artículo 20: Los gastos que origine la oferta serán de cargo exclusivo del oferente, por lo que no podrá exigir indemnización ni compensación alguna, cualquiera sea el resultado de la Licitación.

IX.- VISITA A TERRENO OBLIGATORIA

Artículo 21: Los oferentes deberán tomar conocimiento del lugar en el que se realicen los trabajos. La visita a terreno será obligatoria y excluyente y se efectuará el día Miércoles 03 de febrero de 2021 a las 12:00 horas. Los oferentes deberán dirigirse a calle Armando Sanhueza N° 1094, donde se firmará y dará por cerrada el acta de participación, y donde todo oferente que no se encuentre en el lugar y hora señalada quedará excluido de la participación del proceso licitatorio.

Se firmará un Acta de Visita a Terreno, documento en el que constará la asistencia de los oferentes que se hayan presentado, debiendo estos presentar su cédula de identidad cuando sea persona natural y el rol único tributario en caso de ser empresa. Las consultas que se generen durante la visita deberán ser realizadas a través del portal, siendo este el único medio de información.

X.- DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS

Artículo 22: Las ofertas deberán realizarse en:

  1. El portal www.mercadopublico.cl.
  2. En moneda nacional (peso chileno).
  3. En Valor Neto, es decir, sin incluir el IVA.

Considerando que el valor ofertado no será reajustable durante la vigencia del contrato respectivo y que el contrato será a suma alzada por el total de la obra. (Anexo N° 4 – Formulario Oferta Económica).

XI.- DE LA APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo 23: La comisión de apertura será nombrada por la Sra. Vicerrectora de Administración y Finanzas, a través de una Resolución Universitaria y estará conformada por el Secretario de la Universidad, Director de Infraestructura o algún profesional de la Dirección, Directora de Administración o su subrogante, y Coordinador Institucional de Proyecto MAG1899 o sus subrogantes, si corresponden, designados para dicho efecto.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará en el plazo señalado en el cronograma de la licitación a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Lo anterior, no constituye en ningún caso la adjudicación de la propuesta. En ella sólo se tomará conocimiento de las ofertas y demás antecedentes de cada oferente.

Al momento de la apertura, en el control de los antecedentes legales y/o administrativos, se verificará que se presenten todos los antecedentes requeridos procediendo a la revisión de fondo de estos.

La institución podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones u errores formales, en la medida que no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes y que no vulneren el principio de “Estricta Sujeción a las Bases” y “De Igualdad de los Oferentes”.

Sólo se aceptará las ofertas que hayan cumplido con los siguientes requisitos de admisibilidad:

  1. Entrega, en formato físico, del documento de Garantía de Seriedad de la Oferta dentro del plazo establecido en las presentes bases administrativas generales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29.
  2. Entrega a través del portal www.mercadopublico.cl, de:

a)     Anexos N° 1, archivo formato Excel.

b)    Anexos N° 2, archivo formato pdf.

c)     Anexos N° 3, archivo formato pdf.

d)    Anexos N° 4, archivo formato pdf.

e)     Anexos N° 5, archivo formato pdf.

f)      Anexos N° 6, archivo formato pdf.

g)    Anexos N° 7, archivo formato pdf.

h)    Análisis de Precio Unitario (A.P.U.), formato Excel.

i)      Carta Gantt, archivo formato pdf.

j)       Currículum Vitae Actualizado del Residente de Obra Ofertado, archivo formato pdf.


3.- Haber asistido a la visita a terreno, lo que estará indicado en el acta respectiva, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, consignado el nombre y representación de los asistentes.

4.- Respetar el plazo máximo de 180 días corridos como ejecución.

5.- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores se les aplicará lo señalado en el artículo 67 bis del reglamento de compras sobre dicha materia, por lo que el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de contratar, la escritura pública que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según lo dispuesto en los incisos segundo y tercero de dicha norma.


Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N° 19.886.

No obstante lo anterior, si se tratase de la omisión de los documentos señalados en el número 2, letra b), e) y g) del presente artículo, podrá ser subsanada mediante su envió a través del mecanismo de solicitud de aclaraciones a las ofertas del portal www.mercadopublico.cl dentro de los dos días hábiles siguientes a su requerimiento a través de dicho medio. En este caso, se aceptará el documento entregado dentro de tal plazo, sin perjuicio del criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”, establecido en el Art. 40 inciso segundo del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Las propuestas que cumplan los requisitos señalados serán admitidas a evaluación, labor que será desempeñada por la comisión evaluadora.

Artículo 24: Observaciones a la Apertura

Los oferentes podrán efectuar observaciones, a través del sistema de información, a la apertura de las ofertas, dentro de las 24 hrs. (veinticuatro horas) siguientes a ésta.

Artículo 25: Por su parte la Comisión de Evaluación de las ofertas, definida también por la Sra. Vicerrectora antes indicada, tendrá dentro de sus integrantes un mínimo de tres (3) profesionales del área de la Construcción, quienes realizarán el estudio de los antecedentes técnicos y económicos de la licitación, elaborando un informe de evaluación de proposición de adjudicación a la autoridad universitaria. La comisión de evaluación nombrada podrá proponer desestimar las ofertas presentadas, a través de un informe de evaluación debidamente fundamentado, para la consideración y posterior resolución de la autoridad universitaria.

Artículo 26: Evaluación

Las ofertas serán evaluadas de manera que se permita reconocer la aptitud de los servicios ofrecidos, para satisfacer la correspondiente necesidad institucional, la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del servicio por adquirir y todos sus costos asociados, presentes o futuros.

Los criterios sobre los cuales se evaluarán las ofertas son los siguientes:

ÍTEM

FORMULA

%

Oferta Plazo Ejecución

Plazo = (Plazo Menor Ofertado /Plazo Analizado) x 100 x 0.40

40%

Oferta Económica

Precio = (Precio Menor ofertado/Precio Analizada) x 100 x 0.40

40%

Antecedentes Oferentes

Licitaciones UMAG

Antecedentes Oferentes Licitaciones UMAG = Puntos x 0.15

  • Si el oferente no presenta multas en licitaciones anteriores, serán 100 Puntos.
  • Si el oferente presenta multas en licitaciones anteriores, serán 50 Puntos.
  • Si al oferente se le ha dado término anticipado a un contratos por incumplimiento de deberes, será 0 Puntos.

15%

Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta

Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta = Puntos x 0.05

  • Si la oferta cumple con todos los requisitos y adjunta la totalidad de documentos, serán 100   Puntos.
  • Si la oferta no cumple con todos los requisitos, serán 50 Puntos.

Para el caso 2, existirá la posibilidad de completar y/o enmendar documentos en caso de ausencia y/o errores.

5%

Para la determinación del puntaje, se considerarán los puntajes obtenidos en cada criterio en números enteros, más dos decimales, sin aproximación.

Artículo 27: Contactos durante el período de evaluación

Durante la evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con personal de la Institución.

Dicha comisión, de considerarlo necesario, requerirá a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio, dentro del plazo máximo de dos días hábiles. Tanto las precisiones solicitadas como sus respuestas pasarán a formar parte integrantes de los antecedentes del contrato, en caso de ser adjudicado.

Artículo 28: Cláusula de desempate 

En el caso de producirse un empate entre 2 o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:

  1. Plazo de ejecución de la obra.
  2. Oferta Económica.
  3. Antecedentes Oferentes Licitaciones UMAG.
  4. Cumplimiento de los Requisitos Formales de Presentación de la Oferta.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.

XII.- DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Artículo 29: Seriedad de la Oferta

Los oferentes de la presente licitación deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante una Boleta de Garantía, Vale a la Vista, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro, es decir, instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter irrevocable, por la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), y su plazo de vencimiento será el día 30 de abril de 2021.

El Documento debe ser a nombre de la Universidad de Magallanes, RUT. 71.133.700-8, con la siguiente glosa: “GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO, si corresponde.

Será responsabilidad de cada oferente hacer llegar a la Universidad este instrumento por concepto de Seriedad de Oferta, antes de las 13.00 horas del mismo día de cierre de recepción de ofertas.

Deberá ser entregado el documento de garantía, físicamente en la Secretaría de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas mediante sobre cerrado, a nombre de la Sra. Elizabeth Jeldres Molina, Vicerrectora de Administración y Finanzas, ubicada en el Edificio de Administración y Finanzas del Campus Universitario, Avda. Presidente Manuel Bulnes Nº 01855, Punta Arenas.

Se hará devolución de esta garantía a través de la Dirección de Tesorería y Cobranzas de la Universidad, quien para ello necesitará la autorización de la Unidad de Adquisiciones, cuyo teléfono de referencia es 612209478, e -mail: adquisiciones@umag.cl.

Esta garantía será devuelta a los oferentes no adjudicados a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato. Para ello, deberán enviar un correo electrónico a la dirección indicada anteriormente, donde debe informar los datos de la garantía que solicitan (Nº, Banco, Monto, Nombre del tomador, Proceso licitatorio, etc.) y la forma de devolución. El plazo de devolución por parte de la Universidad desde este instante es de diez (10) días hábiles. En el caso de que la licitación se declare desierta, la Garantía de Seriedad de la Oferta les será devuelta en los mismos términos señalados en párrafo anterior.

En el caso del proveedor adjudicado, esta garantía será devuelta una vez entregada la garantía de fiel cumplimiento y oportuno cumplimiento del contrato y tramitado el contrato en su totalidad por ambas partes.

Esta garantía será cobrada, por parte de la Universidad de Magallanes, en caso de que el oferente una vez adjudicado decline de continuar con el proceso de ejecución de la obra según las causas indicadas en el artículo 39 de este documento.

Artículo 30: Garantías

30.1 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato

El oferente que resulte adjudicado deberá entregar una Boleta de Garantía, Vale a la Vista, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro, por un monto de 7% del Valor del Contrato, pagadera a la vista, de carácter irrevocable, y su plazo de vencimiento será el día 31 de diciembre de 2022. El Documento debe ser a nombre de la Universidad de Magallanes, RUT. 71.133.700-8, y su glosa debe llevar el texto: GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO

Está garantía servirá para asegurar, además, el pago de las obligaciones sociales y laborales en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 19.886.

En el caso de otorgamiento de vale a la vista, o cualquier otro tipo de caución en que la institución emisora no estampe la glosa que exigen estas bases administrativas generales, el proponente deberá escribir de puño y letra, al reverso del documento lo siguiente:

  1. El ID y nombre de la licitación.
  2. El motivo de la caución (garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato).
  3. El Nombre, Rut y Firma.

Deberá ser entregado este documento de garantía de fiel cumplimiento, físicamente en la Secretaría de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas mediante sobre cerrado, a nombre de la Sra. Elizabeth Jeldres Molina, Vicerrectora de Administración y Finanzas, ubicada en el Edificio de Administración y Finanzas del Campus Universitario, Avda. Bulnes Nº 01855, para su verificación antes de las 16:00 horas del día 18 de marzo de 2021.

La solicitud de devolución de la garantía debe hacerse a través de la Unidad de Adquisiciones de la Universidad de Magallanes, fono de referencia 612209478, e -mail: adquisiciones@umag.cl. El plazo de devolución por parte de la Universidad desde este instante, es de diez (10) días hábiles.

La devolución de la garantía será a través de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas de la Universidad de Magallanes, y procederá una vez que se haya formalizada la Resolución Recepción Provisoria de la Obra y haya presentado además la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras. 

30.2 Garantía de Correcta Ejecución de la Obras

Una vez ejecutada la obra, y el oferente haya solicitado a la Universidad de Magallanes la Recepción Provisoria de las mismas, deberá presentar una Garantía de Correcta Ejecución de las Obras. El Contratista deberá entregar una Boleta de Garantía, Vale a la Vista, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro, por un monto de 3% del valor del Contrato, pagadera a la vista, de carácter irrevocable, y su plazo de vencimiento será el día 30 de junio de 2023. El Documento debe ser a nombre de la Universidad de Magallanes, RUT. 71.133.700-8, y su glosa debe llevar el texto: “PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO

En el caso de otorgamiento de vale a la vista, o cualquier otro tipo de caución en que la institución emisora no estampe la glosa que exigen estas bases administrativas generales, el proponente deberá escribir de puño y letra, al reverso del documento lo siguiente:

  1. El ID y nombre de la licitación.
  2. El motivo de la caución (Garantía Correcta Ejecución de la Obras).
  3. El Nombre, Rut y Firma.

Deberá ser entregado este documento de garantía de correcta ejecución de la obra, físicamente en la Secretaría de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas mediante sobre cerrado, a nombre de la Sra. Elizabeth Jeldres Molina, Vicerrectora de Administración y Finanzas, ubicada en el Edificio de Administración y Finanzas del Campus Universitario, Avda. Bulnes Nº 01855, para su verificación.

La solicitud de devolución de la garantía debe hacerse a través de la Unidad de Adquisiciones de la Universidad de Magallanes, fono de referencia 612209478, e -mail: adquisiciones@umag.cl. El plazo de devolución por parte de la Universidad desde este instante, es de diez (10) días hábiles.

La devolución de la garantía será a través de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas de la Universidad de Magallanes, y procederá una vez que se haya formalizado la Liquidación del Contrato.

Artículo 31: Cobro de garantía

31.1 La Universidad de Magallanes quedará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:

  1. En caso de término anticipado del contrato originado por causales imputadas al oferente adjudicado.
  2. En caso de no cumplimiento de garantías de acuerdo a lo señalado en el art. 30.2.
  3. Cuando el contratista se niegue a ejecutar o deje inconclusa la ejecución de alguna partida o subpartida de cualquier proyecto que componga el legajo técnico de la obra de construcción.
  4. Cuando el contratista no subsane las observaciones – totales o parciales – realizadas para obtener la recepción provisoria.
  5. En caso de no poder descontar de los estados de pago por avance de obra, las multas asociadas a retraso de obra.

31.2 La Universidad de Magallanes quedará facultada para hacer efectiva la Garantía de Correcta Ejecución de la Obras en el siguiente caso:

  1. En caso de que la Universidad debiera ejecutar por sus propios medios o por terceros reparaciones o reposiciones de las obras, motivadas por ejecución incorrecta de ellas del contratista, todos los gastos en que la Universidad incurra por este concepto se descontarán de dicha garantía. Si tal garantía fuera insuficiente para cubrir los gastos incurridos por la Universidad, el saldo insoluto será deducido de cualquier suma o garantía que la Universidad, adeude o adeudare al contratista, o los cobrará vía judicial.

Artículo 32: En caso de que el término del contrato excediere del plazo señalado, la garantía deberá renovarse 20 días previo a su vencimiento, en las mismas condiciones de la garantía reemplazada. Esta renovación es de exclusiva responsabilidad del oferente, en caso de no realizarse deberá presentar una nueva garantía bajo las mismas condiciones de la anterior. En caso de que el contratista no presente dicho documento, el ITO deberá paralizar la obra hasta la regularización de esta situación administrativa.

Artículo 33: La boleta de garantía, Vale a la Vista, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada dentro del plazo previsto para la firma del contrato, al igual que los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la institución contratante.

Transcurrido el plazo para la firma del contrato sin que el proveedor haga entrega de la mencionada garantía, se entenderá por este solo hecho que no existe interés en contratar y que revoca o retira su oferta, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta, indicada en el artículo 29 de este documento.

Artículo 34: La devolución de la garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser solicitada por los proveedores una vez que se haya formalizado la Resolución Recepción Provisoria de la Obra y haya presentado además la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.

Artículo 35: No se aceptarán como garantía cheques, dinero en efectivo, letras de cambio u otros documentos que no corresponden a los documentos señalados anteriormente.

Artículo 36: Seguros Contra Terceros

El contratista será responsable por el cuidado de las obras desde su inicio hasta la recepción final del total de ellas. Asimismo, responderá por todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de la obra, pudiera ocasionar tanto a terceros como a las obras encomendadas por cualquier causa, incluyendo el incendio y el caso fortuito, debiendo repararlos bajo su entero costo, para dejarlos en óptimas condiciones de acuerdo a contrato. En virtud de lo cual, deberá obtener seguros de responsabilidad civil, el que contemplará como mínimo lo siguiente:

  1. Todo riesgo construcción.
  2. Sismo todo riesgo construcción.
  3. Huelga y motín.
  4. Mantenimiento ampliado.
  5. Cláusula de equipos contratista.
  6. Clausula restrictiva de bienes almacenados.
  7. Error de diseño.
  8. Clausula cronograma.
  9. Responsabilidad civil cruzada.
  10. Responsabilidad civil para transporte y/o traslado de pasajeros.
  11. Remoción de escombros.
  12. Actos terroristas.
  13. Robo con fuerza en las cosas y/o violencia en las personas.
  14. Planos y documentos.
  15. Defensa judicial.
  16. Honorarios profesionales.
  17. y en general a todo evento.

Los accidentes fortuitos que deterioren o derriben la obra o partes de ellas, su establecimiento será de costo exclusivo del contratista.

La obra deberá estar cubierta en todo momento y en forma permanente bajo todo riesgo, entre ellos, incendio o daño parcial o total del edificio, equivalente a 5.000 Unidades de Fomento.

Esta póliza deberá ser exhibida y cuya vigencia será desde el inicio de la obra para dar curso al primer Estado de Pago, por parte de la ITO o Unidad Técnica. Además, deberá demostrar que la póliza ya se encuentra pagada.

Esta póliza deberá ser renovada ante eventuales aumentos de plazo en la obra. Dicha renovación es de exclusiva responsabilidad del oferente, en caso de no realizarse deberá presentar una nueva póliza bajo las mismas condiciones de la anterior.

XIII DE LA DECISIÓN DE LA LICITACIÓN

Artículo 37: Adjudicación

La Institución aceptará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en estas bases administrativas, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada, la que contendrá los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.

Dicha resolución será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante el sistema de información, en la fecha prevista en el cronograma de la presente licitación.

No obstante, lo anterior, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación contenido en las presentes bases administrativas y en la ficha digital, la entidad licitante informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, indicando un nuevo plazo para la adjudicación.

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), deberá hacerlo dentro de los 15 días corridos siguientes a la adjudicación.

Si el oferente adjudicado no diere cumplimiento a esta obligación, se le considerará desistido de la oferta, cobrándose la garantía de seriedad de la oferta, y la Universidad estará facultada, ya sea para adjudicar el proceso a la segunda oferta mejor evaluada en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar de la declaración de desistimiento de la oferta o declararla desierta por resolución fundada, según sea su conveniencia.

Artículo 38: De la facultad de declarar desierta o inadmisible la licitación, de suspenderla o revocarla.

La entidad licitante declarará la licitación desierta, cuando:

  1. No se presentaren ofertas.
  2. Estas sean inadmisibles, o
  3. Resultaren inconvenientes para los intereses de la Institución.

La entidad licitante declarará las ofertas inadmisibles cuando:

  1. No cumplan con todos los requisitos exigidos en las bases administrativas de licitación y cada uno de los proyectos de especialidad que conformen los antecedentes técnicos.

La resolución fundada que declare desierta la licitación o inadmisibles las ofertas, será notificada a los participantes mediante el sistema de información.

La entidad licitante podrá suspender y/o revocar, mediante resolución fundada, sin derecho a indemnización alguna por este concepto, según la normativa vigente.

Artículo 39: Facultad de Readjudicar

La entidad licitante podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:

  1. Si no se firma el contrato dentro del plazo señalado en las bases, por razones atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en la fecha prevista y conforme con las especificaciones señaladas.
  3. Si el adjudicatario se desista, renuncie, abandone, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación.
  4. Si el adjudicatario es declarado inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para verificar dicha condición.
  5. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a la fecha de suscripción del contrato.

Artículo 40: Como resultado de aplicación de los criterios de evaluación, la entidad licitante, se reserva la facultad de adjudicar el contrato a aquel proponente que presente la oferta más conveniente conforme a la matriz de decisión. Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, o no adjunta la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en el plazo y en la forma debida, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la entidad licitante, pudiendo readjudicarse el contrato al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de la propuesta, si fuese posible, en caso contrario podrá declararse desierta la licitación.

La Resolución que se pronuncie acerca de la presente propuesta pública, será fundada y comunicada a los oferentes adjudicados mediante el sistema de información Mercado Público.

Artículo 41: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales a que diere lugar la propuesta, las partes aceptan someterse a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de Punta Arenas, los que tendrán competencia para resolver conflicto derivado de la presente Licitación.

Artículo 42: El proveedor adjudicado, al sexto día desde adjudicada la licitación a través de www.mercadopublico.cl, deberá entregar los antecedentes legales de la sociedad y la personería de su representante legal, necesario para la firma del contrato, si corresponde.

Artículo 43: De no ser acompañados los antecedentes solicitados dentro del plazo establecido para tal efecto, la Institución estará facultada para no proceder a la suscripción del contrato, entendiéndose por este solo hecho que no existe interés en contratar y que se renuncia a la adjudicación, pudiendo procederse a la readjudicación si procede.

XIV.- DEL CONTRATO

Artículo 44: La suscripción del contrato se llevará a cabo antes de las 19:00 horas del día 19 de marzo de 2021. Se entenderá que, si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual la Universidad de Magallanes procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, y adjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación.

Artículo 45: La empresa adjudicada deberá entregar, a objeto de efectuar el control de seguridad correspondiente, una relación completa de los trabajadores permanentes involucrados en la prestación, con indicación de:

  1. Nombre completo.
  2. Número de cédula nacional de identidad.
  3. Cargo que desempeña.

Si el contratista agrega un nuevo trabajador o existe un reemplazo, deberá indicarlo a la ITO, y proporcionar los datos indicados anteriormente antes de su ingreso a la obra.

Lo establecido en este artículo será aplicable también a los trabajadores subcontratados.

Artículo 46: La empresa adjudicada no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en la orden de compra o en el contrato a terceros. Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para poner término de inmediato al contrato.

Artículo 47: La vigencia del contrato comenzará a partir del inicio indicado en el Acta de Entrega de Terreno, y se extenderá hasta la entrega final de la obra.

Artículo 48: Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución de las obras contratadas y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.

El precio de la oferta incluirá todos los gastos concernientes a materiales, maquinarias y equipos, mano de obra, traslado y alimentación de trabajadores, leyes sociales, suministro, adquisición, fletes y almacenamiento de todos los materiales y elementos requeridos para la ejecución de las obras. Así mismo, están incluidos todos los transportes desde cualquier distancia de aquellos materiales obtenidos y procesados por el contratista, así como el transporte a botaderos de todos los materiales de desecho.

Artículo 49: La entidad licitante, no responderá en caso alguno por impuestos distintos del IVA., tales como impuestos específicos, contribuciones, transporte, aranceles de organismos certificadores, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, cualquiera sea su causa o naturaleza.

Artículo 50: Daño a instalaciones de Terceros

Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a instalaciones de terceros (infraestructura, equipos o mobiliario o cualquier otro), será de responsabilidad y costo exclusivo del contratista.

La reparación y/o reposición de lo anterior se deberá realizar de forma inmediata una vez acontecido el daño puesto que de lo contrario no se permitirá dar curso al siguiente estado de pago.

En caso de no identificarse oportunamente los daños, o si el contratista no los informa de inmediato, la ITO evaluará los costos y se descontarán del último estado de pago, retenciones o boletas de garantía. 

Artículo 51: Aseguramiento de la Calidad en Obras de Construcción

El contratista será el único responsable, hasta la recepción final del mandante sin observaciones, por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción, demolición, retiro, transporte y mantención, de la totalidad de los elementos que componen la obra y adoptar las medidas para asegurarlas de todo riesgo, debiendo reponerlos, reconstruirlos o re ejecutarlos a su costa, en caso que se pierdan o resulten dañados, aún por causa de caso fortuito o fuerza mayor, o resulten inadecuados.

Artículo 52: Responsabilidad y Cuidados de la Obra

Durante la ejecución de las obras, el contratista deberá retirar cuidadosamente cada material que corresponda a las partidas de desarme, demoliciones y/o retiros. Una vez finalizada las faenas antes mencionadas, los excedentes resultantes serán llevados a un botadero autorizado, según como indica las especificaciones técnicas de arquitectura.

Artículo 53: Modalidad de Contratación

La modalidad del contrato será a Suma Alzada, debiendo la empresa adjudicada proveer mano de obra, materiales, maquinarias y equipos necesarios para la ejecución de los trabajos licitados.

Artículo 54: Ampliación de Plazos

La empresa contratista podrá solicitar ampliaciones de plazo del contrato, de forma debidamente justificada y dentro del plazo legal vigente del contrato, las que deberán ser asociadas a:

  1. Factores climáticos que impidan el desarrollo normal de la obra dentro del plazo ofertado.
  2. Cualquier otro definido por el ITO como causal imposible de prever.

Las solicitudes solo cobraran validez al momento de ser registradas en el Libro de Obra a través de un informe técnico anexado y emitido por el Profesional Residente de la obra.

El contratista deberá ingresar la solicitud de aumento de plazo en los siguientes periodos:

  1. La primera solicitud se debe realizar una vez transcurrido el 50% del plazo ofertado, indicando los imprevistos a la fecha, respaldando con información fidedigna emitida por la entidad correspondiente o comprobable por ITO.
  2. La segunda solicitud se deberá realizar, como máximo, un mes antes del término del contrato, indicando los imprevistos a la fecha, respaldando con información fidedigna emitida por la entidad correspondiente o comprobable por ITO.

En estos casos será responsabilidad del contratista estar atento a los plazos señalados con anterioridad. Con posterioridad al V°B° del ITO, esta solicitud será derivada a la Vice Rectoría de Administración y Finanzas (VRAF), a través de un informe técnico de la Inspección Técnica, en el cual propondrá ratificar o modificar la solicitud del contratista, resolviendo en última instancia la autoridad universitaria, ajustándose su tramitación administrativa de forma similar al contrato matriz.

Será obligación del contratista la ampliación de las garantías y pólizas ya presentadas.

Queda establecido que no serán causales de aumento de plazos bajo ningún aspecto:

  1. Las posibles demoras en la tramitación administrativa de las modificaciones de contrato, o instrucciones de la ITO, siempre referidas al contrato original en vigencia.
  2. Demora en dotación de material por falta de programación de obra o problemas de logística asociados.
  3. Días no trabajados por deficiencia en gestión o logística atribuible a responsabilidad del contratista.

Artículo 55: Ampliaciones del Contrato

Se contempla la posibilidad de ampliaciones de contrato por razones debidamente justificadas y expresamente autorizadas por la autoridad universitaria, ajustándose a las disponibilidades financieras de la institución y con un límite máximo de hasta el 30% de incremento del valor total de adjudicación del contrato, cuya tramitación administrativa, se ajustará de la misma forma que el contrato original.

En los casos eventuales de requerirse efectuar obras urgentes adicionales al contrato original, estas podrán ser pre - aprobadas en principio por la ITO, ordenadas a través del libro de obra a la empresa contratista, presentando los respaldos formales con el objeto de que la autoridad universitaria proceda a efectuar las aprobaciones oficiales, a las ampliaciones correspondientes. Todos los respaldos justificatorios, definición de nuevos presupuestos, garantías, regularización de los plazos de garantías ante eventuales modificación de fechas de término, si procediere, deberán cumplir con las formalidades correspondientes.

XV.- DESARROLLO DEL CONTRATO

Artículo 56.1: Unidad técnica y administrativa

Para el control de la correcta observancia de las condiciones establecidas en estas bases administrativas y técnicas, la Universidad de Magallanes designa como Unidad Técnica a la Dirección de Infraestructura y como Unidad Administrativa a la Dirección de Administración; quienes en forma conjunta deberán velar en forma permanente por el oportuno y fiel cumplimiento de los aspectos técnicos y administrativos del proceso; su control, notificación y aplicación de multas, correcta ejecución del contrato y otros aspectos que se deberán tener en cuenta al momento de visar la factura respectiva.

La Universidad de Magallanes estará facultada para cambiar en cualquier momento la Unidad Técnica y Administrativa.

Artículo 56.2: Fiscalización del contrato

La fiscalización del presente contrato estará a cargo de la ITO, definido por Resolución Universitaria, donde se señala a un profesional de la Dirección de Infraestructura, a fin de constatar la total aplicación de las condiciones acordadas.

Será facultad del ITO, lo señalado a continuación:

  1. El ITO tendrá la facultad de restringir el acceso a la obra a personas no autorizadas.
  2. El ITO tendrá la facultad de exigir el cambio de Prevencionista de Riesgo, Profesional Residente, o algún Subcontrato de obra, apelando al abandono de funciones, falta de competencias y errores sucesivos de sus tareas (como mínimo 3).
  3. El ITO tendrá la facultad de resolver cualquier inquietud que se efectúe después de la adjudicación del contrato y será válido para la totalidad de partidas y tareas de todos los Proyectos de especialidad, incluyendo el de Arquitectura. Lo anterior se señala de igual forma en la Especificación Técnica de Arquitectura en el ítem “MATERIALES” en su punto número 2.

Artículo 57: Profesional Residente y Prevencionista de Riesgo

El contratista deberá contar como mínimo con un Profesional Residente de obra (según Anexo N° 6 de este documento), el cual podrá ser de profesión:

  1. Arquitecto.
  2. Constructor Civil.
  3. Ingeniero Constructor.
  4. Ingeniero Civil en Obras Civiles.

Para cualquier caso el profesional residente deberá tener al menos 3 años de experiencia deseable, comprobable a cargo de obras de construcción de igual o mayor superficie, la cual se considerará como válida desde la obtención del título profesional.  En ningún caso el requisito es excluyente, pero en caso de no cumplir con las competencias necesarias, el ITO hará uso de sus facultades indicadas en el artículo 56.2 y 66 de este documento.

Dicho profesional deberá permanecer durante toda la jornada laboral en la obra. Es importante mencionar que el contrato es de días corridos, por lo tanto la ITO podrá solicitar su presencia en cualquier día y horario. Cualquier ausencia deberá ser informada al ITO y autorizada cuando sea de forma prolongada.

Adicionalmente el contratista deberá contar con un Prevencionista de Riesgo, el cual visita la obra como mínimo tres veces por semana (día por medio y obligatoriamente los días lunes a primera hora). Quedará constancia de aquello a través de informes por cada visita, entregados al ITO por el Libro de Obras. El ITO podrá exigir mayores antecedentes de cada informe en caso de ser necesario.

Artículo 58: Subcontratación

El Mandante autoriza al Contratista para subcontratar. En tal sentido, el Contratista se obliga a observar las normas contenidas en la Ley Nº 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios y toda otra normativa que derive de su aplicación y que se entiende formar parte integrante del presente contrato.

En caso de subcontratación, deberá acompañarse el contrato de trabajo de los trabajadores, y el contratista será responsable de verificar el cumplimiento de la legislación laboral y del pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales, tal como se exige de sus propios trabajadores conforme con el artículo 60 c) y d).

Los subcontratistas requerirán aprobación de la Inspección (ITO) para ser autorizados a participar en la obra, deberán estar inscritos en los registros de la especialidad de los servicios respectivos, cuando corresponda, subsistiendo de todas maneras la exclusiva responsabilidad como ejecutor directo de ellas, a la empresa contratista.

La empresa deberá, antes del inicio de las faenas, entregar un listado de subcontratistas y la labor a desarrollar para el VºBº de la ITO. Todo otro personal dentro de la obra se entenderá parte de la empresa contratista.

Será facultad del ITO solicitar el cambio de subcontrato, según lo señalado en el artículo 56.2 de este documento.

Artículo 59: Convenio ad-referéndum

Cualquier circunstancia que signifique modificar los términos del presente contrato, dará origen a la celebración de un convenio ad- referéndum, previo acuerdo de las partes y se le considerará como parte integrante del contrato primitivo para todos los efectos legales, aprobándose a través del correspondiente acto administrativo.

Artículo 60: Letrero de Obra

El contratista deberá confeccionar, antes del inicio de las obras de construcción, el (los) letrero (s) de obra, que se regirán por lo indicado en las especificaciones técnicas de arquitectura. (Ver Especificación Técnica de Arquitectura).

Artículo 61: Libro de Obra

Este libro deberá estar siempre en obra y será aportado por la Empresa contratista antes del inicio de la obra. Este será de Tapa Dura, Foliado y con Hojas Triplicadas con Calco Incluido y entregado al ITO al momento de la Entrega de Terreno. En él se anotarán las comunicaciones entre el ITO y el Profesional Residente, que será el representante del contratista en la obra. Será responsabilidad del ITO identificar como mínimo, en su primera página lo siguiente:

  1. Nombre de la Obra.
  2. Nombre del contratista.
  3. Nombre del ITO.
  4. Monto del contrato.
  5. Fecha prevista para la entrega de la obra.

Artículo 62: Acta de Entrega de Terreno

El Profesional Residente de obra, al igual que el contratista y el ITO deberán firmar un acta de entrega de terreno donde se indicará:

  1. Nombre del contratista.
  2. Monto del contrato u Orden de Compra.
  3. Plazo total de ejecución en días corridos.
  4. La fecha oficial de inicio de la obra.
  5. La fecha oficial de término de la obra.
  6. Plazo del programa de trabajo actualizado.
  7. Protocolo de funcionamiento general dentro del área a intervenir.

Dicha acta deberá ser elaborada por la Dirección de Infraestructura, en fecha según acuerdo entre las partes, con posterioridad a la firma del Contrato.

Será responsabilidad de la Inspección Técnica de la Obra generar un registro fotográfico adicional a este documento, donde se indique el estado de la dependencia al momento de ser entregada al contratista, el cual deberá reponer el área a intervenir en al menos igual condición a la entregada.

Artículo 63: Carta Gantt

El contratista deberá entregar una carta Gantt general por la totalidad del período de ejecución de la obra, donde de igual forma se exigirá la entrega de una programación quincenal en caso de que el ITO así la exija, la cual deberá quedar registrada en el Libro de Obra.

Artículo 64: Reutilización de Materiales

No aplica.

Artículo 65: Visita, Inspección y medición de las obras

El contratista deberá dar todas las facilidades para la visita e inspección de la obra, como asimismo cuando se requiera realizar una medición de estas. En cualquier caso, la medición hecha por el ITO será considerada como la medición correcta de la obra.

Artículo 66: Cambio de Profesional de la Obra (Residente)

El contratista sólo podrá realizar el cambio de Profesional Residente de Obra mediante:

  1. Una solicitud escrita por Libro de Obras, la cual deberá ser suscrita por el Profesional vigente a cargo de la obra, donde dicha solicitud deberá ir acompañada de los antecedentes profesionales y laborales del nuevo profesional residente (Curriculum Vitae, Certificado de Título y Anexo N° 6 “Declaración Jurada del Profesional Residente”), según indica el articulo 57 de este documento.

En caso de que el profesional vigente no suscriba la solicitud el contratista deberá informar y respaldar las causas que motivan lo anterior.

  1. La ITO tendrá la facultad de rechazar el reemplazo en caso de no cumplir con la equivalencia en lo ofertado en el período de licitación.

El ITO tendrá la facultad de cambiar al Residente de Obra cuando:

  1. El profesional a cargo no resida permanentemente en la obra y se deje al menos tres advertencias en el Libro de Obra.
  2. Cuando el ITO determine que el profesional no tiene las competencias para ser responsable de la obra y se deje constancia de al menos tres errores de su responsabilidad por Libro de Obra. 

Artículo 67: Término Anticipado del Contrato

La ITO podrá dar término anticipado al contrato por tres motivos:

  1. Luego de tres advertencias de incumplimiento de las condiciones indicadas en el contrato o en cualquier documento que forma parte del legajo de la licitación e instrucciones emitidas por el ITO.
  2. Si no se inician las obras en un plazo de treinta días contados desde la “Entrega de Terreno”.
  3. Superando un máximo de retraso de 25% del plazo ofertado, con respecto al plazo de ejecución ofertado e indicado en el acta de entrega a terreno.

Dicha decisión, deberá ser ratificada por la Autoridad Universidad a través del acto administrativo que corresponda.

XVI.- RECEPCIONES DE OBRA POR PARTE DEL MANDANTE

Artículo 68.1: Recepción Provisoria

Para solicitar la Recepción Provisoria se deberá proceder como se indica:

  1. Una vez terminados los trabajos, el contratista solicitará por escrito la recepción provisoria de las obras al ITO, mediante una carta ingresada por Libro de Obra. El ITO deberá verificar el cumplimiento de las obras y sus modificaciones a cabalidad, de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, contrato, bases administrativas y aclaraciones si las hubiese, en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud del contratista.
  2. Constatado lo anterior, deberá comunicarlo por escrito a la Vice Rectoría de Administración y Finanzas (VRAF), estableciendo las fechas de término de la obra, con el cumplimiento o no de los requerimientos de recepción, para que se coordine el nombramiento de la comisión respectiva. La autoridad universitaria nombrará a la Comisión de Recepción Provisoria en un plazo máximo de 10 días hábiles posterior a la recepción de la comunicación de la ITO a la VRAF. La comisión de recepción provisoria estará integrada por el Vice Rector de Administración y Finanzas o su representante; junto a dos profesionales de la Dirección de Infraestructura, que la autoridad designe para dicho efecto.
  3. La Comisión se constituirá en un plazo de 10 días hábiles como máximo, desde la fecha de tramitación de la resolución respectiva que la designa, para verificar el nivel de cumplimiento, por parte de la empresa contratista, vale decir la correcta ejecución de las obras, con el empleo de los materiales adecuados y bajo los términos técnicos del contrato, levantando un acta en donde indica la procedencia de la recepción provisoria de los trabajos, firmada por todos los comisionados asistentes. En dicha acta, se dejará consignada la fecha de término de obra establecida por el ITO en su informe preliminar, antes indicado.

Se deja claro que:

  1. Cuando existan pequeñas observaciones que no alteren la eficiente utilización de la obra y/o puedan ser reparados fácilmente sin que ello afecte la entrega a la explotación, a criterio de la comisión, ésta recibirá la obra con  observaciones menores, debiendo estipular en el acta, que las retenciones se devolverán en forma proporcional a las obras bien ejecutadas quedando pendiente el monto de aquellas observadas y hasta que se resuelvan dichas observaciones en su totalidad, fijando un plazo máximo para ello, que será verificado por la ITO, pudiendo así la comisión, entregar a la autoridad universitaria el consentimiento para la explotación del edificio.
  2. Si, por el contrario, la comisión establece que los trabajos no se encuentran terminados; o no se han efectuado de acuerdo a los antecedentes técnicos del contrato; o que se han empleado materiales inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción y elaborará un informe detallado a la Vice Rectoría de Administración y Finanzas (VRAF), fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costa los trabajos y reparaciones establecido en dicho informe.
  3. En ningún caso la aceptación o falta de observancia por parte de la ITO, durante el transcurso de la obra, será excusa a la responsabilidad que le cabe al contratista de efectuar una obra de la calidad y cantidad requerida en el contrato.
  4. Cumplido el plazo establecido por la Comisión para efectuar las reparaciones correspondientes, ésta deberá volver a constituirse con el objeto de constatar su pleno término, previo nuevo informe de la ITO de verificación de su ejecución dentro del plazo otorgado.
  5. Si el contratista no cumpliera a satisfacción con los trabajos observados, la autoridad universitaria podrá efectuar las reparaciones por cuenta del contratista, con cargo a las retenciones y garantías del contrato. Sin perjuicio de reservarse el derecho de perseguir la responsabilidad del contra­tis­ta y ejercer las acciones legales que correspondan.
  6. En caso de que las observaciones sean subsanadas a plena conformidad de la comisión, ésta procederá con las formalidades de aprobación de la Recepción antes indicadas.
  7. Efectuada la Recepción Provisoria de las obras a conformidad del Mandante, se procederá a la devolución de las retenciones del contrato, quedando vigente la garantía por correcta ejecución de las obras, según se indica en el artículo 30.2 de las presentes bases administrativas generales.

El contratista deberá adjuntar los siguientes antecedentes al momento de solicitar la Recepción Provisoria:

  1. Certificado de la Inspección del Trabajo vigente al momento de la recepción, que acredite que el contratista no tiene reclamos pendientes, por pago de remuneraciones y prestaciones previsionales del personal que trabaja en la obra, incluyendo planillas de imposiciones pagadas, individualizando la obra.
  2. Planos de Construcción – As Build de arquitectura, y/o cualquier otra especialidad cuando correspondan. Todo deberá ser entregado en Formato Papel firmado por profesionales responsables y en formato digital en AutoCAD 2007.
  3. Manuales de Operación, Catálogos y llaves del recinto. Corresponden a la totalidad de documentos, manuales de usuario, antecedentes técnicos de operación, fichas de mantenimiento, etc., de la totalidad de los equipos suministrados en la obra por el contratista cuando corresponda. Además, deberá entregar la totalidad de llaves con llavero de identificación por recintos, en triplicado dispuestas en cada una de las puertas respectivas.
  4. Certificaciones de las Instalaciones. El contratista que se adjudique la obra será el responsable de tramitar y obtener (cuando corresponda), ante las instituciones pertinentes, las certificaciones de las instalaciones de:

a)         Agua Potable y Alcantarillado (Aguas Magallanes).

b)         Instalación Interior de Gas (SEC).

c)         Instalación Eléctrica (SEC).

d)         Otras según correspondan sobre el área intervenida.

Lo anterior, aplicará en la medida que los antecedentes técnicos provistos en la licitación pública así lo exijan, cuando sea aplicable y exigido por el ITO.

Las certificaciones de las instalaciones se considerarán parte integrante de la obra, por lo tanto, será exigida su tramitación, aprobación y entrega a la ITO.

  1. Recepción Municipal. La cancelación del ultimo estado de pago será tramitado, si y solo si el contratista hace entrega del Certificado de Recepción Municipal junto con los demás antecedentes que acompañan la presentación del estado de pago final, siempre y cuando corresponda y dicho requerimiento sea aplicable para el proyecto licitado.

Artículo 68.2: Recepción Final

La Recepción Final se efectuará después que haya transcurrido el plazo de garantía de 6 meses, desde la fecha de Recepción Provisoria de las obras con sus mismas formalidades, una vez solicitada por escrito por el contratista.

El contratista será responsable de todos los defectos que presente la obra por él ejecutada, debiendo repararlos a su costa, exceptuando los que comprobadamente se deban a un daño inadecuado.

Si durante el plazo de garantía el contratista no subsanare, dentro del plazo que se indique, los defectos de construcción que presente la obra y que le son imputables, la entidad licitante podrá llevará a cabo los trabajos pertinentes con cargo a la Garantías del Contrato.

Artículo 69: Liquidación del Contrato

Efectuada por la comisión la recepción final, se procederá a la liquidación del contrato de acuerdo entre las partes, la que será aprobada mediante acto administrativo, y se devolverá al contratista la garantía por correcta ejecución de las obras.

En el caso que la liquidación del contrato arroje un saldo a favor del contratista, hecho del cual se dejará constancia en la liquidación y resolución respectiva, estos serán restituidos dentro de los 15 días siguientes a la total tramitación de dicho acto.

XVII.- DEL CUMPLIMIENTO E INCUMPLIMIENTO

Artículo 70: La empresa contrae todas las obligaciones que establecen las presentes bases administrativas y los demás documentos que forman parte integrante de las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista se obliga especialmente a:

  1. Dar cumplimiento a todas las normas legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia medioambiental.
  2. Contratar bajo su nombre al personal que preste los servicios. En el caso de existir trabajadores subcontratados, deberá asumir la responsabilidad de velar por el cumplimento de la legislación laboral y pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales y de seguridad social.
  3. Proveer al personal de los insumos necesarios para la prestación de los servicios, haciéndose cargo de su alimentación, traslado y seguridad.
  4. Cumplir, especialmente, con la legislación laboral y previsional, contratando seguros de accidentes del trabajo, en los términos señalados en la legislación vigente. En caso de que la empresa dejare de pagar sus obligaciones laborales y/o previsionales de los trabajadores que se desempeñen a su nombre o de subcontratistas, la entidad licitante podrá hacerlo, con cargo a cualquier valor que adeude al contratista, sin perjuicio de las demás facultades que pueda ejercer conforme a la ley, el reglamento o lo previsto en el presente contrato.

La entidad licitante no tendrá vínculo de subordinación y dependencia con el personal dependiente de la empresa o subcontratado para la ejecución de los trabajos pactada. En caso de hacerse efectiva sobre la Universidad de Magallanes, cualquier responsabilidad laboral, previsional o de otra naturaleza, producto del incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista o subcontratista, junto con poner término anticipado al contrato, la entidad licitante tendrá derecho a que el contratista le reembolse toda indemnización o multa que hubiere pagado judicial o extrajudicialmente, pudiendo deducir dicho monto de cualquier suma que deba pagar al contratista o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

La empresa adjudicada responderá de las sustracciones efectuadas por el personal bajo su dependencia directa o indirecta y de los deterioros o daños que ocasione el mismo en el ejercicio de sus funciones, sea en bienes fiscales, o cualquier otro tipo de bien que se encuentre en las dependencias, cuyo monto será fijado prudencialmente por el mandante con derecho a reclamo por el contratista. Debidamente acreditada la circunstancia señalada precedentemente, la Universidad de Magallanes queda facultado para rebajar al contratista dicho valor en la factura más próxima que corresponda pagar. El contratista será el único responsable de todo daño o perjuicio que durante la prestación de los servicios o que con motivo de ella se ocasione a terceros, debiendo ejecutar a su costo los trabajos necesarios para evitarlos o, en su defecto, pagar las indemnizaciones que correspondan.

La empresa adjudicada será responsable de los trabajadores que participen en la prestación de los servicios, sean contratados bajo su propio nombre o subcontratados, haciéndose cargo de todo lo referido a su remuneración, vestuario, alimentación, cumplimiento de los horarios y en general del cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad de sus trabajadores.

Los trabajadores dependerán exclusivamente de la empresa, siendo de su cargo el pago de remuneraciones y obligaciones previsionales y de seguridad social que correspondieren, sin perjuicio de las facultades que conforme a la ley y a lo dispuesto en el contrato le corresponden al mandante.

Artículo 71: Cualquier incumplimiento del adjudicado, facultará a la entidad licitante, para aplicar una o más de las sanciones que se contemplan en los artículos siguientes, según la Institución lo estime conveniente.

Se entiende por incumplimiento la no ejecución por parte del contratista de todo o parte de las obligaciones contraídas con la entidad licitante.

La calificación de si ha existido o no incumplimiento, corresponderá exclusivamente a la entidad licitante, de conformidad a las especificaciones técnicas o plazos de entrega.

Artículo 72: La entidad licitante tendrá la facultad para rechazar las obras si esta no cumple la especificación técnica y oferta correspondiente. Lo anterior, facultará a la institución para hacer efectiva la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Artículo 73: Por cada día de atraso en la entrega de la obra, se procederá al cobro de las multas respectivas de conformidad a lo establecido en el artículo 77 y siguientes de las presentes bases administrativas.

Artículo 74: Ante la ocurrencia de eventos de fuerza mayor, caso fortuito u otra circunstancia no imputable al proveedor, que signifiquen un atraso en el plazo de entrega, éste deberá dirigir una comunicación escrita al ITO dentro de las 48 horas siguientes producido el hecho explicando lo ocurrido.

La respectiva institución, resolverá la petición por medio de una resolución fundada de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados.

De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo para la entrega se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas considerada en las presentes bases.

Artículo 75: La entidad licitante, en caso de incumplimiento grave en las obligaciones establecidas en el contrato, se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato, sin necesidad de demanda, requerimiento o notificación judicial, sin perjuicio del cobro de la garantía del fiel y oportuno cumplimiento en su caso.

XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Artículo 76: Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan a la Universidad de Magallanes, de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, se podrá ejercer la facultad de resolver y dar por terminado anticipadamente el contrato, además de las causales establecidas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones que se describen a continuación, las que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones del contrato:

  1. Si el proveedor incurriere en el incumplimiento grave de sus obligaciones. La calificación de si ha existido incumplimiento grave corresponderá a la entidad licitante.
  2. Si el proveedor se encontrare en cesación de pagos, notoria insolvencia o en una situación patrimonial que por razones fundadas permite presumir que impedirá el cabal y oportuno cumplimiento de sus obligaciones contractuales, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  3. Si por motivo sobreviniente, el proveedor incurre en una causal legal que lo inhabilite para contratar con el Estado.

La calificación de si ha habido o no incumplimiento, corresponderá exclusivamente a la entidad licitante, sin perjuicio del derecho del proveedor a ejercer los recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estimare procedentes, además del derecho al cobro de la garantía.

XIX.- DE LAS MULTAS

Artículo 77: Se aplicarán multas en los siguientes casos:

  1. Por retraso en el inicio de la obra.

El contratista tendrá un plazo máximo de 7 días corridos para dar inicio a la ejecución de la obra. Este plazo contará desde el día siguiente a la fecha de inicio de obra indicada en el Acta de Entrega de Terreno. En caso de exceder el plazo máximo indicado la multa diaria será equivalente a $ 100.000.- (cien mil pesos) y será descontada de la factura del primer estado de pago y si aún queda saldo pendiente por parte del Contratista se descontarán de las sucesivas facturas presentadas por éste.


2.- Por incumplimiento de contrato.

El contratista estará sujeto a una multa, cada vez que incurra en el incumplimiento de una instrucción del Inspector Técnico de Obra definida en el Libro de Obra. La multa será equivalente a $1.000.000 .- (un millón de pesos), y corresponderá ser descontado de la factura del estado de pago siguiente, después de la fecha con que se registre en el libro de obra.


3.- Por retraso injustificado en la entrega de la obra.

Se entenderá por retraso injustificado en la entrega de la obra, cualquier día transcurrido después de la fecha máxima de entrega definida en el acta de entrega de terreno o en la Resolución Universitaria que valide el aumento de plazo, en el caso que corresponda. La multa diaria será equivalente a $ 200.000 (doscientos mil pesos) diarios y será descontado de la factura del último estado de pago y si aún queda saldo pendiente por parte del Contratista se descontarán de las retenciones de los estados de pago anterior.

Como máximo retraso injustificado en la entrega de la obra, podrá transcurrir la equivalencia al 25% del plazo ofertado.

Artículo 78: Para proceder con la aplicación de cualquier tipo multa señalado en el artículo 77 de estas bases administrativas, la ITO elaborará un informe en el que constará el cálculo preciso del monto involucrado y los descuentos correspondientes, el cual será informado y entregado al contratista por medio del Libro de Obra.

Artículo 79:

La multa aplicada por la entidad licitante al contratista, producto del concepto “retraso injustificado en la entrega de la obra”, podrá ser deducida del pago del último estado de pago del contrato.

La entidad licitante, a través de su ITO, informará al contratista de manera previa a la facturación del último estado de pago el cálculo de la multa, lo que se efectuará como se indica a continuación:

  1. La multa se informará por medio de una carta, en dos copias, emitida por el ITO y dirigida al contratista, la cual será registrada en el libro de obra.
  2. Una copia de la carta deberá ser firmada por el contratista y entregada al ITO, donde quede registro de la toma de conocimiento respecto del cálculo de la multa y aceptación de su descuento de dicho monto a la facturación del último estado de pago.

En el caso de que no exista factura por pagar, la institución se encuentra facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si no obstante el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, este mantiene su vigencia, el contratista deberá hacer llegar de manera inmediata una nueva garantía de las mismas características y monto indicados en el artículo 30.1 de estas bases administrativas.

XX.- DE LOS PAGOS

Artículo 80.1: Anticipo de Dinero

La Universidad de Magallanes contempla un monto de anticipo de hasta el 20% del contrato original, girado al nombre del oferente adjudicado. Se otorgará a través de un convenio entre la institución y el contratista, en donde se definirán las condiciones y modalidad de devolución del anticipo, una vez que el contratista caucione a través de una Boleta de Garantía, Vale a la Vista, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro, dicho monto por un valor equivalente expresado en unidades de fomento, cuyo valor de conversión corresponderá al día de emisión de la respectiva garantía. La garantía debe ser pagadera a la vista y de carácter irrevocable. Los plazos de vigencia corresponderán al plazo de su devolución más seis meses. El Documento debe ser a nombre de la Universidad de Magallanes, RUT. 71.133.700-8, y su glosa debe llevar el texto: “PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO DE DINERO POR LA OBRA HABILITACIÓN DE OFICINAS DE INCLUSION y GENERO”.

Este anticipo se devolverá a través de los estados de pago al contratista, en cuotas sucesivas e iguales a partir del segundo estado de pago, debiendo quedar totalmente amortizado en el penúltimo estado de pago, o cuando lo defina dicho convenio, siempre dentro del plazo legal del contrato.

No se contempla el otorgamiento de anticipos por materiales al pie de la obra de ninguna especie.

Las garantías por anticipo, o la garantía si fuera una sola, serán restituidas al contratista solamente en la medida que:

  1. Los descuentos por devolución de anticipos aplicados en los estados de pago permitan concluir que el porcentaje que representa la respectiva garantía ha sido utilizado en la obra.
  2. Sea solicitado por escrito.
  3. Se cuente con la aprobación del ITO.

Artículo 80.2: Estados de Pagos Mensuales

Los pagos se efectuarán por medio de estados de pago mensuales asociados al avance de obra, a excepción del mes de febrero en el cual no se cursarán pagos, registrando la entrega por Libro de Obra. Los estados de pago deberán ser suscritos por el contratista y validados por el ITO, el cual tendrá un plazo máximo de 10 días hábi­les para su aprobación o rechazo ante la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, a partir de su recepción oficial.

Se presentarán una vez por mes, no obstante, en casos especiales y con VºBº de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, se podrán aceptar más de un estado de pago en el mes.  

Para cursar los estados de pago mensual, se deberán entregar (en triplicado) los siguientes documentos:

  1. Carta de Presentación del Estado de Pago firmada por el contratista e ITO.
  2. Carátula del Estado de Pago firmada por el contratista e ITO. El formato será entregado por la entidad licitante.
  3. Estado de Pago detallado. El formato será entregado por la entidad licitante.

El contratista deberá utilizar la misma información que fue entregada en la oferta económica.

El estado de pago deberá desglosar la información a través de las siguientes columnas:

a)     Cantidad de avance por partida.

b)    Porcentaje de avance físico por partida.

c)     Avance valorizado en moneda nacional según precio unitario ofertado por partida.

d)    La individualización del costo directo,

e)     La individualización de los gastos generales,

f)      La individualización de las utilidades

g)    La individualización del impuesto al valor agregado correspondiente (IVA).

El documento debe estar firmado por el contratista e ITO, el cual sólo validará partidas realizadas o ejecutadas a la fecha de emisión de cada estado de pago.

  1. Factura asociada al Estado de Pago.
  2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
  3. Copia de la Póliza de Seguro Vigente.
  4. Anexo Fotográfico firmado por el contratista e ITO.

 

Finalmente para cursar el último estado de pago, adicionalmente a lo indicado en estados de pago anteriores, se deberán entregar los siguientes documentos:

  1. Acta elaborada por el ITO y firmada por el contratista, donde se hace entrega conforme de los siguientes documentos:

a)     Certificados de Inspección del Trabajo Vigente.

b)    Planos AS – BUILD en formato papel firmado por el profesional responsable.

c)     Planos AS – BUILD en formato digital, extensión dwg. Año 2007.

d)    Manuales de operación de la totalidad de accesorios, artefactos y/o maquinarias cuando corresponda.

e)     La totalidad de llaves por recinto, en al menos tres copias con un llavero que los identifique.

f)      Certificado de instalaciones cuando corresponda.

g)    Recepción municipal cuando corresponda.

En cada entrega de estado de pago se deberá incluir un CD que contenga la totalidad de los antecedentes solicitados para su tramitación. La carta de presentación, carátula, estado de pago y anexo fotográfico, deberán ser en formatos editables, mientras que los antecedentes restantes deberán ser incluidos en formato pdf.

De cada estado de pago se retendrá al menos el 10% del valor de la obra pagada, hasta enterar un 5% del total del valor del contrato, incluido sus aumentos cuando corresponda. Dicha cantidad se mantendrá a resguardo en Vice Rectoría de Administración y Finanzas. La Universidad podrá hacer uso de los estados de pago pendientes, para pagar a través de la VRAF, los sueldos e imposiciones adeudados por el contratista a instituciones de previsión, correspondiente al personal ocupado en la obra. También si procede, podrá utilizar dichos estados de pago para mantener en vigencia las pólizas de seguros y/o garantías del contrato, si estas no fueran oportunamente renovadas por el contratista, incluso si fuera necesario con cargo a retenciones y garantías del contrato, para mantenerlas vigentes.

Los estados de pago serán considerados como avances parciales que efectúa el ente universitario, y en ningún caso corresponderá a la aceptación por parte de la Universidad de Magallanes de la cantidad y calidad de la obra ejecutada, sin que exista de por medio una recepción parcial de partidas.

Los datos para la factura son:

  1. NOMBRE         :               Universidad de Magallanes.
  2. RUT                 :               71.133.700-8
  3. DOMICILIO      :               Avda. Bulnes 01855, Punta Arenas.
  4. GIRO                                :               Universidades.

XXI.- DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Artículo 81: Se deja expresa constancia de que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases administrativas se entienden incorporadas, sin necesidad de mención expresa, en las correspondientes órdenes de compra o contratos, que se giren o celebren con el oferente y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven.

Artículo 82: La licitación y el contrato que en su virtud se celebrare, como asimismo las órdenes de compra respectivas, se regirán por las normas jurídicas chilenas y cualquier disputa o conflicto que surgiere con motivo del proceso de licitación y del contrato u orden de compra respectivos, será sometida al conocimiento de los tribunales ordinarios de la República de Chile, con sede en la ciudad y comuna de Punta Arenas.

Artículo 83: En contra de las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la licitación, como asimismo, del contrato que se celebrare u orden de compra respectiva, procederá el recurso de reposición ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto administrativo que se impugnare, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles de su notificación; y en subsidio del primero, podrá deducirse el recurso jerárquico, ante el superior jerárquico de la autoridad que hubiere dictado el acto que se impugna.

Artículo 84: Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases administrativas de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases administrativas de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.   El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.   El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.

3.   El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5.   El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6.   El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7.   El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.