Licitación ID: 5539-33-LP25
IMPRESIÓN HOJAS RESPUESTA PAES VERANO ADM 2027
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1603
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Impresión digital 1 Global
Cod: 82121503
Servicio de impresión de hojas de respuesta para PAES verano, correspondientes al Proceso de Admisión 2027.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPRESIÓN HOJAS RESPUESTA PAES VERANO ADM 2027
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional, en adelante DEMRE, llama a presentar ofertas para la contratación del Servicio de impresión de hojas de respuesta para PAES VERANO Admisión 2027, de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el apartado de Bases Técnicas de las presentes Bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
UCHILE Depto.Evaluac. y Medicion Educacional DEMRE
R.U.T.:
60.910.000-1
Dirección:
Avda. José Pedro Alessandri 685
Comuna:
Ñuñoa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-10-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 30-09-2025 12:54:00
Fecha inicio de preguntas: 30-09-2025 13:31:00
Fecha final de preguntas: 08-10-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-10-2025 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-10-2025 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 22-12-2025 11:45:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- De acuerdo a lo solicitado en el numeral 4 "contenido de la oferta" de las bases de licitación
Documentos Técnicos
1.- De acuerdo a lo solicitado en el numeral 4 "contenido de la oferta" de las bases de licitación
 
Documentos Económicos
1.- De acuerdo a lo solicitado en el numeral 4 "contenido de la oferta" de las bases de licitación
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Personas en situación de discapacidad Contratación de personas en situación de discapacidad 2%
2 Requisitos formales de la oferta Requisitos Formales 3%
3 Plazo de impresión Evaluación del plazo de Impresión 12%
4 Oferta Técnica Plan de ejecución:20% Experiencia del oferente:4% Plan de contingencia ante fallas en las máquinas:8% Contratos por servicios de Impresión similares:4% 36%
5 Oferta Económica Evaluación del precio ofertado 45%
6 Programa de Integridad Programa de integridad 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DEMRE
Monto Total Estimado: 97000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Valeria Quiroga Alderete
e-mail de responsable de pago: gestion-pagos-demre@uchile.cl
Nombre de responsable de contrato: Karen Fernández
e-mail de responsable de contrato: kfernandez@uchile.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29783858-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de Chile, RUT 60.910.000-1
Fecha de vencimiento: 29-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: Pagadera A la vista. Vigencia mínima: Debe exceder en 60 días hábiles al plazo de duración del contrato total. Expresada en pesos chilenos. Monto: 5% del monto neto ofertado por el proveedor adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso (ID proceso)”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía en formato físico debe ser entregada en la dirección José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, al momento de la firma de contrato según el cronograma de actividades contenido en el punto 3.2 de las presentes bases. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información. La falta de entrega, la entrega fuera del plazo señalado o que no cumpla con lo especificado, será causal de readjudicación, conformo a lo establecido en el numeral 10 de las presentes Bases. A la fecha de su vencimiento, y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DEMRE.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causar atribuibles al adjudicatario, o no acepta la orden de compra, cuando este documento formaliza la contratación. b Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c Si el adjudicatario se desiste expresamente de su oferta. d Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, de la Ley 21.595 de delitos económicos, o de las prohibiciones indicadas en el Artículo 35 quárter de la Ley 19.886, o no proporciona la documentación para verificar dicha condición dentro del plazo de 2 días.
Bases Administrativas


  1. OBJETO DE LA LICITACIÓN

El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional, en adelante DEMRE, llama a presentar ofertas para la contratación del Servicio de impresión de hojas de respuesta para PAES VERANO Admisión 2027, de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el apartado de Bases Técnicas de las presentes Bases.

 

 

2.         DEFINICIONES

 

Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en el presente pliego de condiciones, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:

 

a)    Ley de compras: la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

b)    Reglamento: el reglamento de la ley de compras, contenido en el decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

c)    Cronograma de actividades: es el cuadro, contenido en el punto 3.4 de las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.

d)    Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.

e)    Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.

f)     Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.

g)    DEMRE: Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile.

h)    Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al DEMRE los servicios que se requieren en esta licitación.

i)      Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.

j)      Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso.

k)    Contratista: proveedor que suministra al DEMRE los servicios a que se refiere esta licitación, en virtud de la ley de compras, el reglamento de compras y el presente pliego de condiciones.

 

3.         DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN

 

Etapas

Se consideran la apertura en una etapa (oferta técnica y económica en un solo acto), a efectuarse a través del sistema de información www.mercadopublico.cl

Presupuesto disponible (Licitación pública igual o superior a 1000 UTM e

inferior a 5000 UTM)

 

$ 97.000.000.- (noventa y siete millones de pesos), impuestos incluidos.


 

 

 

 

Incremento del presupuesto para disponible

Se podrá aumentar el monto adjudicado en un 30%, durante la vigencia del contrato, para lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o por concepto de eventualidades, imprevistos y/o fallas técnicas, siempre y cuando dicho monto no supere el monto total disponible de la licitación. Dicho incremento deberá ser sancionado mediante el acto administrativo respectivo y se realizará mediante la autorización presupuestaria por dicho concepto, la emisión de la orden de compra correspondiente y aceptación respectiva por

parte del proveedor contratado.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Participantes

Podrán participar en esta licitación aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y que se encuentren inscritas y con su información actualizada en el Registro de Proveedores, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá como condición para la firma del contrato que constituyan domicilio en Chile, debidamente acreditado al momento de la contratación.

 

No obstante, y por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la Ley Nº19.886, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: Quienes dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.

 

Por aplicación de lo establecido en el artículo 35 qúater, de la Ley Nº19.886, no podrán suscribir contratos administrativos con el Estado:

 

El personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o

directores de cualquiera de las sociedades antedichas.


 

 

 

La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.

 

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.

 

Así mismo, no podrán participar en esta licitación las personas jurídicas afectas a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado contemplada en los artículos 8 y 10°, de la Ley N° 20.393 que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica, como consecuencia de estar condenada por alguno de los delitos que dicho cuerpo legal sanciona.

 

Para contratar con el Estado, el oferente no debe encontrarse condenado por

un Delito Económico de acuerdo a la inhabilitación establecida en el artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos.

 

 

 

Cómputo de plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las

quince horas.

Idioma

Español

Comunicación con el

DEMRE

Exclusivamente a través del portal www.mercadopúblico.cl


 

 

Soporte de documentos

Soporte digital.

Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por este presente pliego de condiciones, o por la ley de compras y su reglamento.

Visibilidad de las ofertas

técnicas

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la

licitación.

 

 

Notificaciones

Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del portal www.mercadopublico.cl, las que según el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el DEMRE publique en dicho portal el documento, acto o resolución

objeto de la notificación.

 

3.1           Gastos

Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del DEMRE.

 

3.2           Documentación que rige esta licitación

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

 

a)    Aclaraciones, consultas y respuestas que se hagan sobre las bases

b)    Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación.

c)    Modificaciones al presente pliego de condiciones, que eventualmente podrá hacer el DEMRE, a través de la resolución pertinente.

d)    Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el DEMRE.

e)    El contrato respectivo.

 

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal www.mercadopublico.cl.

 

Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios, suministro o productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

 

Las bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.

 

3.3            Modificaciones a las bases


El DEMRE podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicada en el portal y, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

 

 

3.4           Cronograma de actividades.

Consultas

Hasta las 16:00 hrs. del día 8, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.

Respuestas

Hasta las 16:00 hrs. del día 12, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.

Cierre de recepción de las ofertas

El día 21 a las 16:00 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.

 

Extensión automática del plazo de recepción de ofertas

Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el

reglamento de la Ley de Compras Públicas.

Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas

El día 21 a las 16:05 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.

 

 

 

Visita técnica

La visita técnica se llevará a cabo dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la Apertura del proceso licitatorio en el portal de Mercado público.

 

En esta visita técnica se verificará la existencia de máquinas de impresión

tanto de offset plana como digital en la planta de producción, las cuales deberán encontrarse funcionando en óptimas condiciones

 

 

 

 

 

Evaluación y adjudicación

La evaluación será hasta el día 40, contado desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas en el portal mercado público.

 

La adjudicación será hasta el día 80, contado desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas en el portal mercado público. En el caso que la adjudicación no se realice dentro de este plazo, se informará a través del portal las razones de ello y el nuevo plazo de adjudicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del reglamento, el que no podrá exceder del día 90, contado desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas

en el portal.


 

 

 

 

 

 

Entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato

Hasta el día 15, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público.

 

La garantía en formato físico debe ser entregada en la oficina José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa.

 

En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía entregada electrónicamente debe ser enviada a correo adquisiciones-

demre@uchile.cl.

Fecha de firma de contrato

Hasta el día 15, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público.

 

4.         CONTENIDO DE LA OFERTA

 

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción establecido en el cronograma de actividades, sus ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional a los documentos que integran el proceso de compras. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones, asimismo se establece que no podrán para un mismo proceso licitatorio ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del reglamento.

 

No se aceptarán propuestas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo la ocurrencia de alguna de las circunstancias excepcionales establecidas en el artículo 115 del Reglamento.

 

Todo documento de la licitación, y del contrato a que dé lugar, puede ser presentado por cualquiera de las partes de forma digital y/o electrónica. Asimismo, todos los documentos de la licitación, y del contrato a que dé lugar si corresponde, que sean de cargo del oferente, deberán encontrarse firmados por la persona natural correspondiente, o bien por el o los representantes de la persona jurídica o UTP, según corresponda. Para la verificación de que dichas personas cuentan con los poderes suficientes para firmar, cada oferta deberá contener los documentos y certificaciones vigentes y actualizadas que acrediten la representación.

 

La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta económica, la oferta técnica y el plazo de ejecución, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4.

Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de condiciones, se encontrarán disponibles en formato word o excel, según corresponda, en el portal Mercado Público.


Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación si las hubiere, con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

 

Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal, según lo establecido en el artículo 115 número 3 del reglamento.

 

4.1           Antecedentes Administrativos

Descripción

Según formato

1

Identificación del oferente

Anexo N°1-A (persona jurídica) Anexo N°1-B (persona natural)

2

Declaración jurada simple

Anexo N°2-A (persona jurídica) Anexo N°2-B (persona natural)

3

Declaración jurada simple

Anexo N° 3

4

UTP (cuando corresponda)

Anexo N°4

5

Contratación de personas en situación de discapacidad

Anexo N°6

6

Pacto de Integridad

Anexo N°7

 

No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

 

El oferente deberá acompañar en sus antecedentes administrativos el o los documentos que acrediten su personería, cuando no esté la información requerida en dicho registro de proveedores o la información se encuentre desactualizada.

 

Nota:

En el caso de la Unión Temporal de Proveedores está estará integrada por una o más empresas de menor tamaño entendiéndose por tal las establecidas en el artículo 178 del reglamento de la Ley 19.886, se constituirá exclusivamente para un proceso de compra en particular, y su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado incluyendo su renovación o prorroga, la unión se materializará por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado, en dicho instrumento los proveedores deberán establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto, el representante


de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, asimismo los integrantes de la unión determinaran que antecedentes presentaran para ser considerados en la evaluación respectiva siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante. Finalmente, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

 

En todo caso deberá adjuntarse:

 

a)    Identificación del Oferente y de sus integrantes como UTP

b)    Declaración jurada simple de habilidad para participar, firmada por cada uno de los integrantes de la UTP (ANEXO N°4)

c)    Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes

 

4.2           Oferta económica

Descripción

Según formato

 

1

 

Monto total neto de la oferta, en pesos chilenos, por el Servicio de impresión de hojas de respuesta para PAES verano admisión 2027.

 

Anexo N° 5

 

La oferta económica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades. Los proveedores deben presentar su oferta considerando la totalidad de servicios requeridos. Estos precios deben ser netos, sin impuestos al valor agregado (IVA).

 

Si la oferta económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en el anexo económico, primará el anexo económico. En caso de que el anexo se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.

 

Aquellas ofertas económicas que superen el monto del presupuesto disponible, serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación.

 

Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, traslados, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la prestación, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento de la prestación; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alzas del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento.

 

La oferta económica deberá estar, además, exenta de toda promoción, descuento, regalo, dádiva o beneficio de ninguna especie, ni condicionada o restringida en modo alguno.


 

 

La oferta económica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades.

 

4.3           Oferta técnica

Descripción

Según formato

1

Plan de ejecución

Anexo N°8, Sección A

2

Experiencia del oferente

Anexo N°8, Sección B

3

Plan de contingencia ante fallas en las máquinas

Anexo N°8, Sección C

4

Plazo de impresión

Anexo N°10

5

Contratos Ejecutados

Anexo N°11

 

4.4           Plazo de vigencia de las ofertas

Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de cierre de la licitación.

 

5.           DE LA APERTURA DE LA OFERTAS

 

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo acto, a través del portal.

 

Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en soporte papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones en el acta que se levantara especialmente al efecto.

 

5.1           Errores u omisiones durante la evaluación

La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Para dicha subsanación, de acuerdo a lo indicado en el artículo 56 del reglamento de la Ley N°19.886, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde su comunicación al oferente, por parte del DEMRE, la que se informará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.


5.2           Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

Se permite la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. O bien que los antecedentes o certificaciones solicitados no sean evaluables.

 

Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

 

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, de acuerdo a lo indicado en el artículo 56 del reglamento de la Ley N°19.886, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde su comunicación al oferente, por parte del DEMRE, la que se informará a través del sistema de información mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

 

6.         DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTAS

 

El DEMRE evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores, de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en el presente pliego de condiciones y que deben presentarse de acuerdo a los Anexos para cada criterio, los cuales el oferente deberá completar sin alterar los formatos.

 

6.1           Abstención de Intervención en Procedimientos de Contratación Pública o ejecución contractual

Las autoridades y los/as funcionarios/as, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés.

 

Son motivos de abstención los siguientes:

 

  1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos/as en común.
  2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos/as en común.
  3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité,

en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley Nº 18.045, de Mercado de Valores.

  1. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente.
  2. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.

6.2           Comisión evaluadora

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes funcionarios del DEMRE, o a quienes la Directora del DEMRE designe en su remplazo:

 

Jefa Área de Procesos y Logística: Karen Fernández Oñate

Coordinadora de Gestión de Procesos Administrativos: Patricia Molina Arévalo

Jefa Unidad de Adquisiciones: Catherine Müller Millar

 

Los integrantes de la Comisión serán considerados sujeto pasivo de lobby para efectos de la Ley N° 20.730 de 2014, hasta la fecha de adjudicación del proceso licitatorio. Los miembros de la comisión evaluadora declararán la ausencia de conflicto de intereses y deber de guardar confidencialidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y lo señalado en el Capítulo VII de probidad administrativa y transparencia de la Ley N°19.886, Articulo 35 quinquies y 35 nonies.

 

En el evento que alguno de sus miembros tenga algún tipo de conflicto de interés respecto de uno o más oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en el proceso de evaluación, siendo reemplazado según lo señalado anteriormente.

 

6.3           Criterios de evaluación

El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas, tanto técnicas como económicas, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje aplicando el ponderador correspondiente al criterio evaluado. La suma de los puntajes asignados a los componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.

 

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas, se utilizarán dos decimales.

 

En la tabla siguiente se detallan los criterios y puntajes máximos respecto de cada componente. Con todo, la suma de los criterios utilizados debe sumar 100 puntos.

 

Componentes

Ponderador %

Oferta técnica

36

Plazo de impresión

12


 

Componentes

Ponderador %

Oferta económica

45

Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta

3

Contratación de personas en situación de

discapacidad

2

Programa de integridad del proveedor para su

personal

2

 

 

Comportamiento contractual anterior

Este criterio se aplica al final de la evaluación y se resta puntaje            a             aquellos proveedores que tienen un mal                  comportamiento

contractual anterior.

 

6.4           Evaluación de la oferta técnica

La evaluación de las ofertas técnicas estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación y los puntos de acuerdo con lo ofertado, que multiplicado por el ponderador será el puntaje resultante en cada caso:

 

Criterios

Ponderador %

Plan de ejecución

20

Experiencia del oferente

4

Plan de contingencia ante fallas en las máquinas

8

Contratos por servicios de Impresión similares

4

 

6.4.1  Mecanismo de asignación de puntajes

En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de la oferta técnica, y la asignación de puntajes para cada uno de esos criterios:

 

Criterios

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

 

Plan de ejecución: cada oferente deberá presentar un documento con un plan de ejecución donde se establezcan, además, los siguientes puntos:

1. Pasos para realizar el trabajo, considerando los aspectos definidos en las bases técnicas.

Presenta descripción de plan de ejecución completo: 100 puntos.

 

 

 

 

20%

 

 

Información contenida en el anexo N°8 Sección A

Presenta descripción parcial del plan de ejecución o no presenta descripción: 0 puntos.


 

Criterios

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

2. Dirección de la planta física de impresión única: calle, numeración, comuna y cantidad de metros cuadrado.

 

 

 

 

 

 

 

 

Experiencia del oferente: Calificación y experiencia de los oferentes en el rubro de impresión.

Oferente con experiencia igual o mayor a 5 años: 100 puntos.

 

 

 

 

 

 

4%

 

 

 

 

Información contenida en el anexo N°8 Sección B

Oferente con experiencia

entre 3 y 4 años: 65 puntos.

Oferente con experiencia entre  1  y  2  años:  20

puntos.

Oferente no tiene o no presenta experiencia: 2 puntos.

Plan de contingencia ante fallas en las máquinas: cada oferente deberá presentar un plan de contingencia, tanto como para maquinas off set planas como digitales. Listar en planillas distintas las máquinas habituales y las de reemplazo (diferentes a las habituales) en caso de falla, las que deben ser del mismo tipo y capacidad de producción, para dar continuidad al trabajo en los tiempos establecidos.

Presenta         plan          de contingencia completo, incluye         listado          de máquinas habituales y

de        reemplazo:        100

puntos.

 

 

 

 

 

8%

 

 

 

Información contenida en el anexo N°8 Sección C

Presenta Plan de contingencia incompleto o  no  se  ajusta  o  lo

requerido: 0 puntos.

 

 

Contratos por servicios de impresión similares: se evaluará un máximo de diez contratos de organismos públicos o privados para servicios de impresión similares.

Entre 8 y 10 Contratos:

100 puntos.

 

 

 

 

4%

 

 

Información contenida en Anexo N°11

Entre 5 y 7 Contratos: 50 puntos.

Entre 1 y 4 Contratos: 20 puntos.

No presenta Contratos

0 puntos.


Nota:

Criterio experiencia del oferente: se debe adjuntar certificado de inicio de actividades del SII y/o ficha de proveedores en el giro, a fin de comprobar años de experiencia. Las fracciones de años o meses no serán consideradas como años de experiencia, a modo de ejemplo; si el oferente de acuerdo al certificado de SII o ficha de proveedores tiene 3 años y 4 meses, entenderá para estos efectos que cuenta con 3 años de experiencia.

 

Criterio Plan de contingencia ante fallas en las máquinas: Las capacidades productivas de los equipos permanentes y los de reemplazo (contingencia) podrán ser distintas; no obstante, todas deberán cumplir el plazo de impresión indicado en el anexo N°10, sin excepciones. La capacidad productiva final de cada uno de los equipos propuestos deberá ser igual o superior al número de hojas de respuesta requeridas por el DEMRE. Se declararán inadmisibles todas aquellas ofertas que incluyan en el listado de equipos propuestos, una o más máquinas no cumplan operativamente, es decir con la capacidad productiva requerida.

 

Criterio contratos por servicios de impresión similares: Este criterio se evaluará considerando los contratos del oferente con organismos públicos y privados, durante los últimos cinco años, cronológicos hasta el cierre de recepción de ofertas, considerando un máximo de 10 contratos a evaluar (Anexo N°11). Se estimarán como contrataciones similares servicios de impresión plana, tales como formularios, folletos, manuales u otros impresos con características semejantes a las indicadas en las bases técnicas.

 

DEMRE se reserva la facultad de comprobar por cualquier medio la veracidad de la información. La oferta podrá adjuntar contratos con instituciones públicas y/o privadas, facturas que detallen el servicio prestado, órdenes de compra con estado aceptado o recepción conforme, ID de contrato o licitación. Los archivos deben ser íntegros, sin ninguna modificación y según corresponda, firmados por ambas partes.

 

Adicionalmente, se deja establecido que no serán consideradas en la evaluación los contratos anteriores con el DEMRE, de forma de no afectar la imparcialidad de la evaluación, así mismo el único formato valido para entregar y evaluar corresponde al Anexo N° 11.

 

6.5       Evaluación del plazo de impresión

Para evaluar el plazo de impresión, se utilizará la siguiente escala de puntajes, considerando el plazo de impresión informado por cada oferente en el Anexo N°10, en días hábiles.

 

Criterio

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

Evaluación del plazo de Impresión

Entre 2 a 8 días hábiles: 100 puntos

12%

Información contenida en el Anexo N° 10

Entre 9 a 12 días hábiles: 50 puntos

Entre 13 a 15 días hábiles: 25 puntos

 

Se entenderá por plazo de impresión, los días hábiles (lunes a viernes y jornadas diurnas de trabajo hasta un máximo de 12 horas) que el oferente se compromete a prestar el servicio de impresión objeto de esta licitación.


El cual deberá ser indicado en días hábiles completos; los días que se indiquen en decimales se redondearán al número siguiente.

 

El plazo de impresión se contará a partir del día hábil siguiente a la suscripción del Acta de Autorización de Ejecución de Impresión Masiva de Hojas de Respuestas para PAES Verano Admisión 2027, la cual deberá ser firmada tanto por un representante del DEMRE como por un representante de la empresa adjudicada.

 

Este plazo no podrá exceder el período de impresión ofertado por el proveedor en el Anexo N°10. Asimismo, se establece que, en ningún caso, el inicio del proceso de impresión podrá ser posterior al 4 de mayo de 2026.

La entrega de las hojas de respuesta se realizará en las dependencias del DEMRE el día hábil siguiente al plazo de impresión ofertado por el proveedor en Anexo N°10. Es decir, si indica un plazo de impresión de 5 días hábiles, la entrega completa de las partidas (en uno o más despachos) de las hojas de respuesta deberá realizarse el día hábil siguiente del plazo ofertado.

 

La capacidad productiva por horas de los distintos equipos determinará si cumplen operativamente el plazo de impresión indicado en el anexo N°10, a razón de jornadas de trabajo de 12 horas diarias.

 

Para determinar la capacidad productiva real de cada uno de los equipos indicados en el anexo N°8 (Sección C) presentados, se utilizará la siguiente fórmula matemática:

Cuadro de texto: Capacidad productiva (horas) x 12 (horas jornada de trabajo) x plazo de impresión (días indicados en anexo N° 10) = Capacidad productiva final del equipo.


 

Capacidad productiva final del equipo de los equipos propuestos deberá ser igual o superior al número de Hojas de respuesta requeridas por el DEMRE. En el caso que una o más máquinas de la oferta no cumplan operativamente, dicha oferta será declarada inadmisible.

 

Aquellas ofertas que no presenten plazo de impresión o este sea mayor a 15 días hábiles (de lunes a viernes) y jornadas diurnas de trabajo, serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación.

 

6.6           Evaluación de la oferta económica

En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación económica y la asignación de puntaje en estos criterios:


 

Criterios

Asignación de puntaje

Ponderación

Medio de verificación

 

 

 

Evaluación del precio ofertado

Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta total neta de menor precio.

 

Lo anterior se expresa en la siguiente fórmula:

 

(menor precio ofertado /precio de la oferta evaluada) x 45 = Puntaje de la oferta.

 

 

 

45%

 

 

Información contenida en el Anexo N° 5

 

Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación. De igual forma, aquellas ofertas que no adjunten el Anexo N°5 quedarán fuera del proceso.

 

Si la oferta económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en el respectivo anexo económico. En dicho caso primará lo indicado en el anexo económico. En caso que el anexo económico se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.

 

No se aceptarán ofertas en el portal por $1.

 

6.7           Evaluación Requisitos Formales

Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por el DEMRE.

 

En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de los Requisitos Formales y la asignación de puntajes:

 

Criterio

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

 

 

 

Requisitos Formales

Presenta     la      totalidad     de     los     antecedentes     o

certificaciones requeridos dentro del plazo de recepción de ofertas: 100 puntos

 

 

 

 

3%

 

 

 

Información contenida en la oferta

Presenta antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas con ocasión de haberse efectuado un reparo a través del Portal, habiéndose subsanado en el plazo concedido

para tal efecto: 50 puntos


 

Criterio

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

 

No presenta antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas, con ocasión de haberse efectuado un reparo a

través del Portal: 0 puntos

 

 

 

La evaluación de los requisitos formales está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por el DEMRE en el artículo N°4 del apartado I. Bases Administrativas y la presentación de los Anexos de Licitación.

 

En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por el DEMRE podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica o condiciones laborales de los trabajadores, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

 

6.8           Contratación de personas en situación de discapacidad

Este criterio se evaluará considerando la información entregada por el oferente en el Anexo N° 6 respecto de la contratación de personas en situación de discapacidad.

En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la contratación de personas en situación de discapacidad y la asignación de puntajes:

 

Criterio

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

 

 

Contratación de personas en situación de discapacidad

Presenta la totalidad de los documentos y antecedentes requeridos por el DEMRE relacionada con la contratación de personas en situación de

discapacidad: 100 puntos

 

 

 

 

2%

 

 

Información contenida en la certificación y

Anexo N°6

No presenta la totalidad, de los documentos y antecedentes requeridos por el DEMRE relacionada con la contratación de personas en situación de

discapacidad: 0 puntos.

 

Para efectos de acreditar la contratación de personas en situación de discapacidad, se requerirá acompañar los siguientes documentos:

 

  1. La copia del contrato de trabajo entre el oferente y el trabajador (vigente al momento de la oferta y debidamente firmado) según corresponda, de duración no inferior a seis meses.
  2. Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
  3. Última liquidación de sueldo correspondiente al mes anterior en el cual se publicaron las presentes bases.

 

NOTA: En cumplimiento de la Ley N° 19.628, los datos personales de los trabajadores en situación de discapacidad solo pueden ser enviados con autorización del trabajador titular de los datos. Estos datos solo serán utilizados para la evaluación de la presente licitación.

 

6.9           Programa de Integridad

De acuerdo a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y en el Dictamen Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo Nº 7. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará conforme con lo siguiente:

 

Criterio

Asignación de Puntajes

Ponderación

Medio de verificación

 

 

Programa de integridad

Presenta un documento de programa de integridad y acredita la difusión, conocimiento y aplicación de dicho programa para el personal de la empresa proveedora:

100 puntos

 

 

 

2%

 

 

Información contenida en el anexo N°7

No cuenta con programa o no presenta certificación:

0 puntos

 

Los oferentes deberán informar si cuentan con un programa de integridad implementado y conocido por su personal y/o trabajadores en el Anexo N°7 de estas bases.

 

Adicionalmente, para acreditar lo anterior los proveedores deberán:

 

  1. Presentar, protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo al programa de integridad de la empresa.
  2. Documentos que permitan al DEMRE validar la difusión y conocimiento de los trabajadores del programa de integridad de la empresa.

 

Cuadro de texto: NOTA: No se entenderá como programa de integridad hacer mera mención reglamento interno o la sola firma del pacto de integridad contenida en el anexo N° 7. El documento que adjunten referente al programa de integridad debe reunir las características en los términos del Dictamen N° E370752 de 2023, de la Contraloría General de la República, lo que se traduce que a lo menos debe contener un mecanismo de control interno para prevenir conductas contrarias a la probidad e integridad que debe establecer procedimientos de denuncias idóneos de esas conductas cuando sucedan y establecer sanciones para las personas que incumplan el programa.

 

6.10       Evaluación de comportamiento contractual anterior

Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto a todos los contratos suscritos durante los últimos 2 (dos) años. (contabilizados desde el 01 de enero de 2023, hasta el momento del cierre de recepción de ofertas). Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Solo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado.

 

El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de sanciones recibidas:

 

Sanción

Pérdida de Puntaje por Sanción

Término anticipado de contrato

10

Cobro de garantía de seriedad de la oferta

5

Cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato

5

Multas aplicadas al oferente

1 por cada multa aplicada

 

A modo de ejemplo:

Un proveedor ha recibido 2 (dos) sanciones de cobro de garantía en alguno de los contratos suscritos en los últimos 2 años, el puntaje que recibe en este criterio es:

Cuadro de texto: (2x 5 puntos) = 10 puntos a restar


 

Este puntaje se restará del puntaje total ponderado de la propuesta.

 

Se deja expresa constancia que, para la Unión Temporal de Proveedores, este criterio se aplicara para todos sus integrantes.

 

6.10.1                  Puntaje Final

Si el oferente aplicando la formula y suma de cada uno de los criterios de evaluación obtiene un puntaje total de 95 puntos de los 100 disponibles. Por lo cual a los 95 puntos restaremos los 10 puntos de la evaluación del comportamiento contractual, lo cual se ve reflejado en la siguiente formula.


 

Cuadro de texto: Puntaje = 95- 10 = 85 puntos

 

7.         INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA

 

La comisión evaluadora emitirá un informe, que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades.

 

En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:

 

a)  Mayor puntaje de la oferta económica.

b)  Mayor puntaje de la oferta técnica.

c)   Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

 

El Informe de evaluación culminará con una recomendación para la autoridad que tiene la facultad de adjudicar o declarar desierta dicha licitación.

 

8.         DE LA ADJUDICACIÓN

 

De acuerdo al artículo 5 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, el DEMRE deberá emitir un certificado de disponibilidad presupuestaria previo a la resolución de la adjudicación del contrato definitivo, el que se formalizará según lo indicado en el numeral 12 de estas Bases.

 

El DEMRE adjudicará la oferta más ventajosa y conveniente a sus intereses, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en este pliego de condiciones, mediante un acto administrativo en el que se establecerán los participantes, sus ofertas y evaluaciones respectivas según los criterios aplicados, el cual debe ser debidamente notificado al o a los adjudicatarios y al resto de los oferentes.

 

No se podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas bases, asimismo no se podrán adjudicarse ofertas de oferentes que no se encuentren habilitados para contratar con el Estado.

 

Cuando la oferta es temeraria o riesgosa por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, el DEMRE deberá analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo a lo señalado en el artículo 61 del reglamento de la ley 19.886 y De ser adjudicada la


oferta el DEMRE solicitara al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento si correspondiere. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

 

La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.

 

9.         INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

 

El DEMRE declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases de licitación, la ley, el reglamento o bien no adjunten alguno de los anexos 5, 8 y 9.

 

Conforme a lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad, exclusión o eliminación de las propuestas las siguientes:

 

  1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el numeral 3 de las presentes Bases.
  2. Cuando se reciban ofertas simultaneas por parte de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará para evaluación solo la oferta más ventajosa, el resto se declarará inadmisible.
  3. Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el numeral 4 de las presentes Bases.
  4. Que el servicio ofertado no cumple con todos los requisitos técnicos exigidos en el apartado II correspondientes a Bases Técnicas.
  5. Si la oferta económica presenta inconsistencias no subsanables mediante una operación matemática o el Anexo N°5 se encuentre incompleto.
  6. Si la oferta es por $1.
  7. Si la oferta económica excede el presupuesto disponible, informado en el numeral 3° de estas Bases.
  8. Si la oferta es riesgosa o temeraria por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las propuestas o de los precios de mercado de acuerdo a lo establecido en el artículo 61 del reglamento.
  9. Si la oferta presentada por una unión temporal compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño de acuerdo a lo señalado en el artículo 53, inciso segundo de la Ley N°19.886.
  10. Si el plazo de impresión ofertado por el proponente es mayor a 15 días hábiles (de lunes a viernes) y jornadas diurnas de trabajo, según lo exigido en el apartado II Bases Técnicas o la capacidad productiva final de los equipos propuestos es menor al número de los folletos requeridos por el DEMRE.

Además, el DEMRE declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles o bien, estas no fueran convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones del DEMRE se efectuarán siempre mediante resolución fundada.

 

Adicionalmente el DEMRE se reserva el derecho a no adjudicar el presente llamado cuando concurran circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, en los términos dispuestos en el artículo 45 del código civil.

 

10.     FACULTAD DE READJUDICAR

 

El DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:

 

a)   Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causar atribuibles al adjudicatario, o no acepta la orden de compra, cuando este documento formaliza la contratación.

b)  Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

c)   Si el adjudicatario se desiste expresamente de su oferta.

d)  Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, de la Ley 21.595 de delitos económicos, o de las prohibiciones indicadas en el Artículo 35 quárter de la Ley 19.886, o no proporciona la documentación para verificar dicha condición dentro del plazo de 2 días.

 

11.     FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

 

Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir un documento de contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de actividades.

 

Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona jurídica, deberán acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, copia de la escritura donde consten poderes de su(s) representante(s) legal(es), un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s).

 

Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.

 

En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores, servicio de ChileCompra que verifica que las empresas cumplan la normativa para contratar con el Estado.


En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393, del DL N° 211 de 1973, de la Ley N°21.595 de delitos económicos, o de las prohibiciones indicadas en el Articulo 35 quárter de la Ley 19.886, el DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación.

 

12.     CONDICIONES BÁSICAS DE LA CONTRATACIÓN

 

La contratación del servicio contendrá las condiciones básicas que se indican a continuación:

 

Domicilio de las partes

Comuna de Ñuñoa

 

Cesión de Derechos

No se permite a excepción de los casos expresamente establecidos en la legislación

nacional tales como lo establecido en la Ley 19.983 y demás normas que le fueran aplicable.

 

Subcontratación

Se permite en los términos del artículo 128 del reglamento, previa autorización del DEMRE, y no podrá exceder en su conjunto, el 30% (treinta por ciento) del monto

total adjudicado.

 

 

 

 

Vigencia del contrato

Desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.

 

Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de la fecha de suscripción del contrato de lo que deberá dejarse constancia en el mismo.

 

En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.

Duración         de         la

contratación

Se iniciará a partir de la total tramitación del acto que lo aprueba y se extenderá

hasta el 31 de diciembre 2026.

Solución                       de

controversia                  y legislación aplicable

La contratación se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento

de los tribunales ordinarios de justicia.

Documentos integrantes                del

contrato

Se considerará como parte integrante del contrato las bases administrativas y técnicas, anexos; así como las aclaraciones y modificaciones a las bases; las

preguntas y respuestas del período de consultas; la oferta técnica y económica.

 

 

Precio y forma de pago

El precio total del contrato será el ofertado por el proveedor adjudicado en su oferta económica, como monto total neto, más I.V.A., el que se pagará en dos cuotas, de acuerdo a los siguientes hitos:

 

Cuota N°1: Pago del 70% del monto adjudicado, una vez entregada la totalidad de las hojas de respuesta adquiridas para la fecha indicada.


 

 

Cuota N°2: Pago del 30% del monto adjudicado, una vez certificada la producción total de hojas de respuesta por parte de la Unidad encargada.

 

Los montos se pagarán contra prestación de las respectivas facturas, pagaderas en un plazo máximo de treinta (30) días, previa autorización y conformidad del DEMRE.

 

Los documentos de cobro deberán extenderse a nombre de UNIVERSIDAD DE CHILE, domiciliado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, debiendo entregarse en dicha locación para su recepción y visto bueno por parte de la contraparte técnica del DEMRE.

 

Para los efectos del pago, el proveedor presentará en las dependencias del DEMRE, la siguiente documentación:

 

  1. La factura correspondiente al monto y porcentaje a pagar, la cual deberá indicar, además de las menciones tributarias, el número de la correspondiente orden de compra.
  2. Certificado que acredite el pago de las obligaciones previsionales y laborales, si el Proveedor es persona jurídica.

 

Cada pago se verificará previamente el cumplimiento de la prestación establecida en las presentes bases de licitación, la que debe constatar el documento “ficha de aceptación de bienes y/o servicios” emitidos por la contraparte técnica.

 

Los documentos de cobro deberán extenderse a nombre de UNIVERSIDAD DE CHILE, domiciliado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa y copia a correo adquisiciones-demre@uchile.cl.

 

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir los documentos pertinentes para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.

 

En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.

 

12.1       Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato

 

El adjudicatario deberá entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento de


caución que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del Reglamento y con las siguientes características:

 

Beneficiario

Universidad de Chile

RUT. 60.910.000-1

Pagadera

A la vista.

Vigencia mínima

Debe exceder en 60 días hábiles al plazo de duración del contrato total.

Expresada en

En pesos chilenos.

Monto

5% del monto neto ofertado por el proveedor adjudicado.

Glosa (exigible respecto de los instrumentos que

admitan su incorporación)

“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso (ID proceso)”

 

 

 

 

 

 

Forma de entrega

La garantía en formato físico debe ser entregada en la dirección José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, al momento de la firma de contrato según el cronograma de actividades contenido en el punto 3.2 de las presentes bases. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información.

 

La falta de entrega, la entrega fuera del plazo señalado o que no cumpla con lo especificado, será causal de readjudicación, conformo a lo establecido en el

numeral 10 de las presentes Bases.

Forma y oportunidad de

su restitución

A la fecha de su vencimiento, y una vez verificado el cumplimiento de las

obligaciones del contratista a satisfacción del DEMRE.

 

Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista asignados a la prestación del servicio al DEMRE, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la ley de compras públicas.

 

En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en este párrafo. La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en el DEMRE con anticipación al vencimiento del plazo original.


La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá presentarse en original o de manera digital, para aquellos documentos que le sea aplicable la firma electrónica, en la oportunidad y lugar indicados en el cronograma de actividades.

 

La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el presente pliego de condiciones.

 

En caso de que se ejecute la garantía por no haber pagado el proveedor una multa o para solucionar deudas laborales y/o previsionales que mantenga respecto con sus trabajadores, deberá restituirse al contratista el excedente, si los hubiere, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución.

 

13.     OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

 

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:

 

a)                   No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones.

b)                  Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.

c)                   Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo prescrito en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.

d)                  Reimprimir, a costo propio, aquellas partidas que deben reponerse por rechazo, según lo establecido en las Bases Técnicas.

e)                  Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.

f)                    Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del DEMRE, que sean imputables al proveedor.

g)                   De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

h)                  Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.

 

13.1           Confidencialidad.

El proveedor adjudicado estará obligado a que toda información que el DEMRE le entregue con motivo de la prestación tenga el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información.


El proveedor solo utilizará la información confidencial con el fin de cumplir los objetivos de la prestación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de esta información.

 

En el caso de que por una orden judicial o de autoridad competente, el proveedor se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia al DEMRE.

 

13.2           Comportamiento ético del proveedor

El proveedor que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución de la contratación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Junto con lo anterior, no deberá incurrir en conductas constitutivas de acoso sexual, violencia de género, discriminación de género, acoso laboral y discriminación arbitraria. Su concurrencia será sancionada según lo establecido en la Ley N°21.369, que Regula el Acoso Sexual, la Violencia y la Discriminación de Género en el Ámbito de la Educación Superior, la Ley N°21.643 que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de Prevención, investigación y Sanción del Acoso Laboral Sexual o de Violencia en el Trabajo y/o demás normas universitarias y nacionales aplicables.

 

Finalmente, el proveedor que preste los servicios no deberá incurrir en conductas tipificadas en la Ley N°20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en la ejecución del servicio.

 

14.     ENCARGADO DEL CONTRATISTA

 

El proveedor adjudicado deberá nombrar a un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:

 

a)    Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de la contratación.

b)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de la contratación.

 

Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al DEMRE por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.

 

15.     CONTRAPARTE TÉCNICA DEL DEMRE

 

La contraparte técnica del DEMRE será un coordinador a designar del Área de Logística y Procesos, quien realizará, a lo menos, las siguientes funciones:


a)    Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.

b)    Fiscalizar que ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.

c)    Velar por el correcto desarrollo de lo comprometido por el proveedor, informando a la Unidad de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.

d)    Dar visto bueno y recepción conforme del servicio, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.

e)    Las demás que le encomienden las presentes bases administrativas.

 

16.     MULTAS

 

Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el DEMRE podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica.

 

16.1. Procedimiento de aplicación

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica, notificará por correo electrónico al proveedor esta circunstancia de acuerdo a lo establecido en el artículo 140 del reglamento, indicando en forma precisa los hechos que se imputan.

 

El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, o mediante correo electrónico a adquisiciones-demre@uchile.cl.

Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Unidad de Adquisiciones solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.

 

La multa será aplicada mediante Resolución, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico informado por el proveedor en el Sistema de Información para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimiento.

 

16.2 Causales y monto multas

Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la(s) siguiente(s):


 

Causal

Categoría

Multa Aplicable expresadas en UF

Multa por no entrega o retraso en la reposición de partidas de hojas de respuestas:

En caso de que el proveedor no entregue o incurra en retrasos en la reposición de una partida de hojas de respuesta defectuosa, el DEMRE podrá aplicar una multa diaria por cada jornada de atraso, contabilizada desde el vencimiento del plazo originalmente fijado para dicha reposición conforme con lo establecido en las Bases Técnicas de

la licitación.

 

 

 

 

Falta leve

 

 

 

3 UF por cada día de retraso.

Multa por retraso en el servicio de impresión de hojas de respuestas: En caso de que el proveedor incurra en retrasos en la ejecución completa del servicio de impresión de hojas de respuestas, de acuerdo con los plazos comprometidos en el Anexo N°10 de su oferta, el DEMRE podrá aplicar una multa diaria por cada día hábil de atraso.

 

El plazo de impresión ofertado en Anexo N°10 se contabilizará a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta de autorización de ejecución de impresión masiva de hojas de respuestas para los pilotos

2026.

 

 

 

 

 

Falta grave

 

 

 

 

5 UF por cada día de retraso.

Multa por retraso en la entrega de las hojas de respuestas:

En caso de que el proveedor incurra en retrasos en la entrega completa de las hojas de respuestas (1 día hábil después de la impresión del total de hojas de respuestas), tal como se indica en el apartado técnico, DEMRE podrá aplicar una multa diaria a partir del día hábil siguiente al

incumplimiento del plazo.

 

 

 

Falta grave

 

 

5 UF por cada día de retraso.

Otras situaciones susceptibles de multa: Cualquier situación no contemplada en los puntos anteriores ni en el cuerpo de estas Bases, y especialmente aquellas que constituyan un incumplimiento de las obligaciones establecidas para el proveedor en el apartado de Bases Técnicas, que genere un impedimento efectivo para la correcta ejecución de las prestaciones contratadas, facultará al DEMRE a aplicar una multa por cada evento, conforme a la modalidad de impresión correspondiente.

A modo meramente ilustrativo y sin que constituya una enumeración taxativa, se consideran incluidas situaciones tales como: la falta de transporte para el envío de las hojas de respuesta al destino

 

 

 

 

 

 

Falta grave

 

 

 

 

 

 

5 UF por cada día de retraso.


 

Causal

Categoría

Multa Aplicable expresadas en UF

correspondiente,  la  inexistencia  de  personal suficiente  para la

ejecución del trabajo, o la carencia de las máquinas especificadas en el Anexo 8C.

 

 

 

Nota: Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal, que individualmente considerada la haga procedente y que sea atribuible al proveedor.

 

En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 25% del valor total contratado.

 

Para efectos del pago de la multa, se considerará el valor de la Unidad de Fomento correspondiente a la fecha de la total tramitación de la resolución final que disponga la aplicación de la multa.

 

16.3 Pago de las multas

 

El adjudicatario podrá pagar las multas directamente al DEMRE, disponiendo para ello del plazo de 10 días corridos para pagar la multa, el referido plazo se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el punto 16.1 de estas bases. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado de la cuota siguiente a pagar por la prestación de servicios.

 

Vencido dicho plazo para efectuar el pago sin que el proveedor lo haya realizado, o si no existe cuota pendiente a pagar por la prestación de servicios, se procederá a la ejecución de la garantía y las multas se aplicarán descontando su valor de aquella, en el caso que hubiere excedentes el DEMRE restituirá estos al contratista, en cuyo caso el proveedor deberá entregar una nueva garantía en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases dentro del plazo de 10 días siguientes al cobro de la anterior con el propósito de asegurar la continuidad de la cobertura.

 

17.     MODIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

 

La contratación podrá modificarse, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras. Dichas modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante la ejecución del contrato, el DEMRE podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificada y sean de la misma naturaleza de las contratadas inicialmente, Las modificaciones podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total, las modificaciones no podrán alterar la


aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato.

 

18.     TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

 

La contratación podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 bis de la ley de compras, por las siguientes causas:

 

a)         La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)         La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)         El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.

d)         El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.

e)         La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley. En tal caso, DEMRE sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley y 135 del reglamento.

f)          Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g)         Por aplicación del artículo cuarto inciso segundo de la Ley N°19.886.

h)         Por encontrarse condenado por un delito económico de acuerdo a la inhabilitación establecida en el artículo 33 de la Ley N°21.595, de Delitos Económicos.

i)           Por la inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393.

j)           Incumplimiento de las obligaciones contraídas al suscribir el Pacto de integridad.

k)         Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

l)           Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses, si fuese aplicable.

m)       Si el adjudicatario en la ejecución del servicio presenta deficiencias o no asegura la calidad del mismo, debidamente fundamentado por la contraparte técnica. En este caso el DEMRE podrá terminar el contrato.

n)         Cualquier otro motivo o causal prevista por las Bases Administrativas o por la legislación vigente.

 

Para efectos de terminar anticipadamente la contratación por la causal prevista en el literal c), se entenderán como incumplimientos graves aquellos que impidan o dificulten notoriamente la correcta y oportuna ejecución de la contratación, facultando al DEMRE para poner término anticipado de la contratación. Se considerarán como tales las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del DEMRE:


 

 

1)    La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.

2)    El incumplimiento de lo establecido en el punto 13 de las bases administrativas.

3)    Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 25% del valor de la contratación.

4)    Incumplimiento en el pago de las multas.

5)    El incumplimiento al deber de confidencialidad establecido en el punto 13.1 de estas bases será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.

 

Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el punto 16.1.

 

Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras c), d) y g) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si la hubiere.

 

Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el DEMRE pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución de la contratación, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

 

19.     COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

 

Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado este procedimiento, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el DEMRE que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

 

20.     CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN A LAS BASES

 

Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases, a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo indicado en el cronograma de actividades de la licitación. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro del plazo indicado en el mismo cronograma.

 

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

 

Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, el DEMRE podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio,


no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso DEMRE podrá formular aclaraciones con posterioridad al plazo señalado en el cronograma de actividades de la licitación.

 

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.