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RESOLUCION |
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CONSIDERANDO:
a) La necesidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil de Contratar el Servicio de Mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendios del nuevo Complejo DGAC del Aeropuerto Chacalluta, en conformidad a lo requerido mediante Requerimiento N° 35, de fecha 23 de Junio de 2025, emitido por el jefe oficina Logística. Y las disposiciones legales y reglamentarias señaladas en los Vistos de la presente resolución.
b) Que, se ha podido constatar que no existen proveedores para la contratación del servicio de mantención de ascensor de torre de control, con las características solicitadas por la unidad requirente, en el catálogo electrónico de Convenio Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública, dándose cumplimiento a lo prescrito en el Decreto N° 661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886.
c) Que, a fin de efectuar una evaluación técnica y económica de las ofertas que se presenten en el proceso, esta Dirección General requiere designar una comisión evaluadora, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
d) Que, el monto estimado para esta adquisición no excede las diez mil (10.000) UTM, razón por la que se encuentra exenta al trámite de Toma de Razón por la Contraloría General de la República, conforme a la resolución señalada en Vistos literal f).
e) Que, se cuenta con disponibilidad de fondos para contratación del servicio de mantención de ascensor de torre de control, señaladas en el Considerando a) precedente.
RESUELVO:
1. Llámase a licitación pública para la Contratación del Servicio de Mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendios del nuevo Complejo DGAC del Aeropuerto Chacalluta
2. Apruébanse las bases de licitación conformadas por los instrumentos que se indican a continuación:
2.1 Bases Administrativas.
2.2 Bases Técnicas.
2.3 Listado de Aspectos invalidantes (Anexo A)
2.4 Pauta de evaluación (Anexo B)
2.5 Formato Identificación del proponente (Anexo C)
2.6 Formato para presentación de oferta Económica (Anexo D)
2.7 Formulario Declaración programa de integridad (Anexo E)
2.1 BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA DE PROTECCION CONTRA INCENDIO DEL COMPLEJO DGAC DEL AEROPUERTO CHACALLUTA.
I. OBJETO DE LA PROPUESTA
La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también la D.G.A.C., la entidad licitante o la Institución, llama a propuesta Pública conforme a las presentes Bases de Licitación, para CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA DE PROTECCION CONTRA INCENDIO DEL COMPLEJO DGAC DEL AEROPUERTO CHACALLUTA
II. GENERALIDADES
II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Públicas (www.mercadopublico.cl ), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, listado de aspectos invalidantes (Anexo A), Pauta de Evaluación (Anexo B), Formato Identificación del Proponente (Anexo C), Formulario de Presentación oferta económica (Anexo D), Formulario Declaración programa de integridad (Anexo E) adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.2 La presente propuesta, la orden de compra y contrato que de ella se derive, se regirán por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, (en adelante Ley de Compras Públicas), el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024 (en adelante el Reglamento), estas bases de licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl).
II.3 En la presente licitación deberán formularse propuestas por el total de lo requerido.
II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará la licitación pública, en función del presupuesto, a la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo señalado en el Capítulo "De la evaluación y adjudicación las presentes bases administrativas.
La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $ $ 10.399.992 (diez millones trescientos noventa y nueve mil novecientos noventa y dos de pesos) l.V.A. incluido. La entidad licitante se obliga a gestionar, obtener y asignar los recursos para los ejercicios presupuestarios de los años 2025-2026
II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado previo cumplimiento de lo señalado en el Capítulo X de las presentes bases administrativas.
II.6 El contratista o proveedor no podrán ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación, en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato mencionado en el punto precedente.
II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en las Bases para contratar y ejecutar el Contrato.
II.8 Se hace presente que el oferente deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 661 del año 2024).
La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, siempre que esta cumpla con los requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el Capítulo X, titulado “Actos preparatorios del contrato”.
II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con sábado, domingo o festivo, estas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
II.10 Si el oferente adjudicado, al momento de suscribir el contrato no acredita estar habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los integrantes de una unión temporal de proveedores para la suscripción del contrato definitivo, la entidad licitante deberá dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días corridos, por la entidad licitante, en la eventualidad de la ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección de Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.12 La entidad licitante tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas, así como verificar su habilidad.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y que deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
II.13 Esta institución retiene por todas las compras de bienes y servicios un impuesto del 2% del total facturado (Art. 37 de la Ley 16.752)
III.- DE LOS PARTICIPANTES
III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales y jurídicas, o bajo la fórmula de UTP (Unión Temporal de Proveedores), integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024), estando habilitados para aquello en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio contratado por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago.
III.2 No podrán participar en esta propuesta, aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”.
Asimismo, no podrán participar en esta propuesta aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades consagradas en el artículo 154 del Reglamento de la Ley de Compras.
Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones enumeradas en el artículo 35 quáter de la Ley Nº 19.886
IV.- VISITA A TERRENO Y CONSULTAS Y ACLARACIONES.
IV.1 VISITA A TERRENO
Se efectuará una visita a terreno de carácter evaluable siendo lo gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará el lunes 21 de Julio a contar de las 11:00 A.M., cuyo punto de encuentro será en el ingreso de la D.G.A.C. del Aeropuerto Chacalluta. Solo se aceptará un máximo de 15 minutos de atraso para comenzar la visita. Al inicio de la actividad, los asistentes deberán firmar un Registro de Asistencia elaborado al efecto, incorporando en él la información requerida, el que posteriormente será publicado en el Portal. Esta visita permitirá que los interesados que asistan tomen conocimiento de aspectos relevantes que les facilite la elaboración de sus eventuales ofertas.
IV.2 CONSULTAS Y ACLARACIONES
Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl ) dentro del plazo establecido en la ficha de la licitación.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, dentro del plazo establecido en la ficha de la licitación.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
V.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la D.G.A.C., que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la Ficha Electrónica del Portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último.
VI.- GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VII.- DE LA PRESENTACI ÓN
Las Ofertas Técnicas y Económicas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopúblico.cl), hasta el cierre de esta propuesta.
El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus términos y condiciones.
El Plazo de vigencia de la Oferta no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderán que acepta la señalada en estas Bases Administrativas. El Plazo de Vigencia de la oferta es un requisito Invalidante.
Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos de los bienes ofertados.
Esta DGAC, declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás.
Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento.
Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de unión temporal de proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas.
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento.
Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos a incluir son los siguientes:
VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público.
VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, singularizado como punto 2.5 “Anexo C” de las presentes bases de licitación.
VII.1.2 Declaración de programa de integridad “Anexo E”, conforme al formato de declaración jurada adjunto al punto 2.6 de las bases de licitación. Los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados.
VII.1.3 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar un instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público
Vll.2.1 Experiencia en el Mercado.
Este factor se medirá a través de la presentación de Facturas que los oferentes han emitido por la ejecución del Servicios de mantenimiento de equipos o similares con una antigüedad no mayor al 01 de Julio de 2023 hasta la fecha.
Vll.2.2 Garantía.
Los trabajos solicitados como mantenimiento preventivo y correctivo en la presente licitación deberán estar sujetos a Garantía.
Vll.2.3 Programa de Trabajo.
Este factor evalúa la presentación de un Programa de Trabajo que los oferentes darán cumplimiento en la prestación del servicio el cual se solicitó en las Bases Técnicas de esta licitación.
Vll.2.4 Visita a terreno.
Este factor es evaluable y será evaluado con puntaje a los oferentes que se presenten a la visita a terreno el día y hora señalado en la ficha de licitación. Se dará un tiempo de espera de 15 minutos antes de cerrar el Acta.
VII.2.5. Acreditación para Instalaciones y Mantenimiento los sistemas de la marca
Los oferentes deberán acreditar que cuentan con autorización vigente para realizar instalaciones y servicios de mantenimiento en equipos de detección y extinción de incendios marca Simplex o similar.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases administrativas, y bases técnicas, que permita a la comisión evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
Vll.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público.
“Formato para presentación de oferta económica adjunto en el anexo C de las bases de licitación, con indicación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a noventa días (90) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá.
Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad.
Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes:
1. El oferente no presenta oferta económica.
2. La oferta económica no contiene todo lo requerido en el formato de presentación de oferta económica establecido en las bases de licitación.
3. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que alteren el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones en las cantidades de los bienes o plazo de ejecución de los servicios requeridos.
4.Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases.
5.El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación.
VIII.- DE LA APERTURA
La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el día hábil siguiente al cierre de la licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl).
En la apertura se efectuará la descarga de los documentos administrativos, técnicos y económicos de todas las ofertas recibidas en la Plataforma de Licitaciones de Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El examen y análisis del detalle del contenido de los documentos antes citados corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora.
Una vez concluida la apertura, se confirmará el Acta de apertura electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), se liberarán automáticamente las ofertas, permitiendo la publicidad de las mismas y los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la Plataforma, las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura electrónica, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil administrativo siguiente.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en formato digital, en las dependencias del Aeropuerto Chacalluta, en los siguientes horarios: de lunes a jueves entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 17:0 horas; viernes entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 16:30 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
IX.- DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
IX.1 La Entidad Licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante resolución e integrada por tres (3) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y análisis detallado de las ofertas y demás documentos, con el objetivo de determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles
La comisión evaluadora propondrá a la Entidad Licitante declarar desierta la licitación, declarar inadmisible una o más ofertas, o proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes Bases
IX.2 Las ofertas serán ponderadas con un 3% para los Aspectos Administrativos, un 72% para los Aspectos Técnicos y un 25% para el Aspecto de Económico.
Para la evaluación de las ofertas económicas se considerará el valor total de la oferta.
La D.G.A.C., adjudicará la Licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y
requisitos establecidos en las bases.
IX.3 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado:
1. Mayor puntaje de Experiencia en el Mercado
2. Mayor puntaje de Precio.
3. Mayor puntaje de Visita a Terreno.
4. Mayor puntaje de Garantía.
5. Mayor puntaje de Programa de Trabajo.
6. 5. Mayor puntaje de Acreditación para Instalaciones y Mantenimiento los sistemas de la marca.
7. Mayor puntaje Formulario Programa de integridad.
8. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se privilegiará a aquel que haya ingresado su oferta en el Portal Mercado Público, primeramente, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
IX.4 Durante el período de evaluación, y de conformidad al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). Él o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema para presentar los antecedentes omitidos.
Para efectos de las facultades contempladas en los párrafos precedentes, se contempla el criterio de evaluación de “Cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta”, conforme al cual, se le asignará menor puntaje a aquellas ofertas que no cumplieron dentro del plazo de presentación de las ofertas con la presentación de todos los antecedentes requeridos en las presentes bases de licitación.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del Portal Mercado Público.
IX.5 Dentro de los siete (7) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de Evaluación la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl ), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo 58º del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado.
Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl ), o directamente al correo electrónico sgaspar@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
X.- ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO
X.1 Luego de dictada la resolución de adjudicación y que esta se encuentre totalmente tramitada, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de notificado en el Portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente adjudicado.
X.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la resolución de adjudicación en el referido portal, los siguientes documentos:
X.2.1 Si el adjudicatario es una persona jurídica, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada:
1. Copia de la patente municipal vigente.
2. Certificado de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII)
3. Copia de la escritura de su constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio.
4. Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
5. Certificado de vigencia de personería de su(s) representante(s), expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
6. Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representante(s).
X.2.2 Si el adjudicatario es una persona natural, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada.
1. Fotocopia de su cédula de identidad vigente.
2. Copia de la patente municipal vigente
3. Certificado de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
X.2.3 Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores (UTP), deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes, los antecedentes señalados previamente, según corresponda, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados. Además, deberán dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, y acompañar la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
X.2.4 En el marco de los procesos de Prevención de riesgos y enfermedades profesionales, el adjudicatario deberá presentar los siguientes documentos:
1. Contrato de Trabajo u Orden de Servicios.
2. Contratos de Trabajo de los Trabajadores.
X.2.5 Asimismo, en cualquiera de los casos anteriores, deberá presentar el Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales emitido por la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 4° de la Ley N° 19.886 (Formulario F30-1).
X.3 La Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, cuando:
1. El adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido en las bases.
2. No presenta los documentos exigidos para celebrar el contrato en el plazo de quince (15) días corridos.
3. No presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos establecido en estas bases.
4. Si al momento de suscribir el correspondiente contrato, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
5. Los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato.
X.4 Requisitos para contratar:
Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores que se encuentren hábiles en el Registro de Proveedores.
La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través de su inscripción en ese Registro.
Tratándose de una unión temporal de proveedores, todos sus integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
XI. CONTENIDO DEL CONTRATO
El contrato contendrá la individualización del proveedor, las características del servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en estas bases.
El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
En la eventualidad de un incumplimiento contractual o declaración de término anticipado del contrato en conformidad con las presentes bases, la DGAC publicará en el módulo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl la resolución que aplique la multa o que declare el término anticipado.
XII. DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la presente contratación.
Cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Entidad Licitante, y el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC; que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento.
Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
XIII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO.
XIII.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129.
En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente:
• Si el contratista cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del contrato.
• En caso de que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio, o que no entregue el servicio en el tiempo y forma ofertados.
• La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas.
• El incumplimiento por parte del contratista de las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, del personal bajo su dependencia y subordinación.
• Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total del contrato, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
• Si es notificado el Prestador acerca de las deficiencias acusadas por el servicio prestado relacionados con las actividades singularizadas en las bases técnicas, sin dar solución a estas.
• Que el servicio contratado no se realice conforme a las condiciones señaladas en las bases técnicas y a lo ofertado por el contratista.
• Si el contratista no mantuviese comunicación con la D.G.A.C Aeropuerto Chacalluta, respecto de solicitudes de trabajo, entre otros temas en conjunto.
• El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades, la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato.
• El incumplimiento en el plazo de entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, requerida por la D.G.A.C. si al momento de entrar en vigencia dicho instrumento, esta no alcanzare a cubrir el periodo del mismo, conforme a lo señalado en el punto Xll.1 de las presentes Bases Administrativas.
Transcurridos los plazos antes referidos, tales incumplimientos constituirán causal suficiente para que opere el término anticipado del contrato, si la DGAC lo estima conveniente.
XIII.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente:
a) La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días corridos administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico sgaspar@dgac.gob.cl y ssaavedra@dgac.gob.cl.
b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (05) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, y será publicada en el Portal, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas.
XIV DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Para los efectos de la presente contratación, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida a cualquiera de las partes, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales ejemplares las señaladas en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile.
En el caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (05) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de éste. La DGAC, deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término.
En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y al correo sgaspar@dgac.gob.cl.
Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado.
XV. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Sometiendo el Contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en la dirección señalada en la comparecencia.
XVI DE LA CONFIDENCIALIDAD
La DGAC y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva, y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. Dicha obligación durará estando vigente la ejecución del acuerdo de voluntades.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato.
XVII DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia en la fecha que en él se establezca y una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes de su publicación a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) y se extenderá por un periodo de doce (12) meses.
Sin embargo, de manera excepcional y por razones de buen servicio, el contrato podrá iniciarse de forma anticipada, esto es, antes de la total tramitación de la resolución que lo apruebe. En tal caso, previa coordinación de las partes, el contrato podrá comenzar a ejecutarse bajo la condición de que la licitación haya sido adjudicada y que la resolución adjudicatoria esté totalmente tramitada y debidamente publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades.
El periodo de contratación del servicio considera una duración de doce (12) meses, un año, pudiéndose renovar por un periodo similar, siempre y cuando se verifique al menos las siguientes condiciones:
a) Que la D.G.A.C. cuenta con los recursos presupuestarios.
b) Que exista mutuo acuerdo de las partes para la renovación, no pudiéndose aumentar el precio del servicio en un porcentaje superior a lo experimentado por el por el alza del I.P.C anual.
c) Que se cumpla las normas legales que regulan el proceso de contratación de este servicio.
XVIII PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que cuente con una autorización escrita para tal efecto.
XIX PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la prestación de los servicios debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la prestación de servicios mencionada anteriormente.
XX DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones, que emanen de la adjudicación de la propuesta y del contrato definitivo, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado.
Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.
No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si excede el 30 % (treinta por ciento) del monto total del contrato.
b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta Entidad Licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas.
XXI DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
XXI.1 Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar:
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la propuesta pública ID 1980-12-LE25 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales para con los trabajadores intervinientes dependientes del prestador”
Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco - Dirección General de Aeronáutica Civil, por un monto total equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total neto del contrato. La caución que se constituya deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomada por el adjudicatario o un tercero a su nombre, en un banco, institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, compañía de seguros con agencia en Chile o institución de garantía recíproca (IGR), expresado en moneda nacional y deberá tener una validez que contemple el plazo de vigencia del contrato de prestación de servicios, más noventa (90) días corridos.
XXI.2 En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en UF, dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº 251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en Unidades de Fomento, este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la Unidad de Fomento vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.
XXI.3 La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico ssaavedra@dgac.gob.cl.
XXI.4 Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención.
XXI.5 En el evento que, se modifique el contrato o por concurrir un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, y ello implique la extensión de su plazo de ejecución, y la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de cuál sea la parte a la que esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC dentro del plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la DGAC, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades.
XXI.6 La garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta con posterioridad a la fecha de expiración de su vigencia, gestión que se efectuará en el Aeropuerto Chacalluta,
XXI.7 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato:
La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer.
La DGAC, queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por:
a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra f) del Capítulo XIII. Del término anticipado.
b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) del capítulo XIII. Del término anticipado.
c) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de d) inciso final del capítulo XIII. Del término anticipado.
d) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía.
e) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación, la Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
XXII DEL PAGO, FACTURACIÓN Y REAJUSTABILIDAD
XXII.1 Del pago
El precio a pagar por el servicio de mantención de ascensor se pagará mensual y semestral, y deberá ser facturado por el contratista, por mes vencido y en moneda nacional. Dicho precio será pagado por la DGAC dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación.
La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el art. 8° de la Ley de Presupuestos para el año 2025, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier naturaleza, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.
En caso de producirse un pago indebido al proveedor, su restitución se efectuará conforme al artículo 134 del Reglamento.
XXII.2 Facturación
El contratista solo podrá emitir la factura electrónica una vez que haya concluido el periodo mensual de prestación del servicio (mes vencido). La inspección fiscal deberá certificar el grado cumplimiento contractual del servicio, dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, debiendo la DGAC aceptar o rechazar la factura según corresponda.
La factura respectiva deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, conforme a la legislación vigente; que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos; al impuesto del dos por ciento (2%), establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el numero de la orden de compra asociada al contrato.
La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, en formato XML, al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos:
1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases.
2. En el evento de la falta total o parcial de la prestación del servicio.
3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases.
Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N° 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.
XXII.3 Reajustabilidad
El precio del Contrato se reajustará anualmente conforme a la variación que experimente el IPC en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página WEB del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Dicho reajuste se efectuará el mes trece (13) contados desde la entrada en vigencia del contrato. En el evento que la variación del IPC sea negativa, se mantendrá inalterable la mensualidad del contrato durante la vigencia de la siguiente anualidad.
XXIII.- DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS
XXIII. 1 Se contemplará el pago de multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, en conformidad a lo siguiente:
DESCRIPCIÓN MULTA TIPO VALOR (UTM)
• Cuando el contratista no dé cumplimiento al Programa de trabajo solicitado en las Bases de Licitación. Siendo esta multa aplicable por cada día de incumplimiento.
• Cuando el Inspector fiscal solicite una cotización y esta no sea presentada dentro de un plazo moderado (5 días hábiles).
• Cuando el Inspector Fiscal detecte que el contratista no cumple a cabalidad con el trabajo solicitado o este es deficiente.
• Cuando el Inspector Fiscal detecte que los trabajadores no cuentan con los elementos de protección personal necesarios para realizar el trabajo. LEVE 0.5 UTM
• Cuando el contratista no cumpliese con el plazo presentación dentro de las 2 hrs., de notificado por una emergencia.
• Por no dar cumplimiento a los plazos de reparación de los equipos.
• Cuando el Inspector Fiscal solicite un trabajo, en tres oportunidades y no se obtenga respuesta afirmativa/negativa a los trabajos por parte del contratista. GRAVE 1 UTM
La UTM (Unidad Tributaria Mensual) aplicable a las multas corresponderá al mes en que ocurrió la falta.
Las multas no podrán exceder del 10% del precio total del contrato. En caso que las multas excedan el porcentaje señalado, la D.G.A.C. podrá poner término anticipado al contrato.
XXIII.2 La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento:
1) La D.G.A.C. notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el contratista haya indicado en su oferta, el incumplimiento en el cual se haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, pueda presentar sus descargos o alegaciones a través del mismo correo de aviso.
2) Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de (05) días hábiles sin que éste haya formulado descargo alguno, la D.G.A.C. se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada por correo electrónico y debidamente publicada en el Portal. En caso de ser solicitada la referida resolución por el contratista, esta se enviará por carta certificada al domicilio consignado en el contrato.
3) En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
4) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, ésta deberá enterarse, a elección del contratista, conforme a una de las siguientes modalidades:
• Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
• Aplicándolas la D.G.A.C. directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia y monto estipulado en el Capítulo Xll.1 de las presentes Bases Administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la D.G.A.C. procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa.
XXIII.3 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la Garantía, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios.
XXIII.4 No se aplicarán multas al contratista cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos Capítulo XII de las presentes Bases Administrativas, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente.
XXIII.5 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal.
XXIV.- LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS
Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la D.G.A.C., cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC. estará facultada para exigir al contratista en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar el formulario F 30-1 o requerir la información correspondiente a la Inspección del Trabajo o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.
Asimismo, en el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la D.G.A.C., de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en DS. N° 661 de 2024, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIII.1 letra f), de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato con la correspondiente indemnización de perjuicios
XXV. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente:
a) A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados del contrato.
b) El personal contratado por el contratista NO tendrá relación de subordinación, ni dependencia laboral alguna con la DGAC, siendo exclusivamente los trabajadores dependientes de la empresa contratista. En esta relación laboral deberá dar cumplimiento oportuno a todas las obligaciones que la ley imponga como empleador.
c) El contratista deberá entregar a la DGAC., dentro de (3) días corridos siguiente a la vigencia del contrato la nómina del personal asignado para la prestación del servicio contratado, indicando domicilio particular, fotocopia de la cédula de identidad y certificado de antecedentes para fines especiales. Lo anterior para efectos que la DGAC pueda efectuar las verificaciones de los antecedentes correspondientes. Las personas que como resultado de dichas verificaciones fueren calificadas por la DGAC como NO idóneas para el desempeñarse al interior del recinto aeroportuarias (Parte aeronáutica o Zona de seguridad restringida), deberán ser reemplazadas por el contratista, siendo el nuevo personal sometido al mismo procedimiento.
d) Será responsabilidad del contratista, dar aviso al Inspector Fiscal ante un eventual cambio en la dotación del personal, sea este momentáneo o definitivo.
e) El contratista cubrirá todos los seguros y riesgo que corresponda a su personal que trabajará en dicho proyecto y al mismo tiempo los daños ocasionados a instalaciones y a terceras personas.
f) Será responsabilidad del contratista, reemplazar dentro de tres (3) horas como máximo, al personal cuyo desempeño no satisfaga a la DGAC, tales como:
i. Presentarse notoriamente en estado de ebriedad o intemperancia, entendiendo como tal, fuerte halito alcohólico, desequilibrio al caminar, cara congestionada, verborrea.
ii. Presentarse en precaria condición de salud.
iii. Cuando los trabajadores propinen o profieran maltrato físico o de palabra a los funcionarios o clientes de la DGAC.
En estos casos, solo bastará el requerimiento respectivo del Inspector Fiscal, con expresión de causa, para que se proceda al reemplazo indicado.
g) Será responsabilidad del contratista responder por los daños, deterioros, perjuicios o pérdidas de bienes de propiedad fiscal o particular que se produzcan dentro de las dependencias objeto del Servicio de remodelación que sean provocados por actos u omisiones imputables a sus empleados, sin perjuicio de las acciones civiles y/o criminales a que dichos actos u omisiones pudieren dar lugar.
h) Mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato de servicio de remodelación, dentro de la esfera las atribuciones otorgadas al Inspector Fiscal.
i) A cumplir todas las exigencias que establezca la D.G.A.C., en función del contrato, de las bases de licitación y de la oferta del contratista.
j) Los siguientes actos están estrictamente prohibidos y será absoluta responsabilidad del contratista asegurar el fiel cumplimiento de las mismas por parte de su personal:
- Manipular equipos ajenos al contrato.
- Ingresar a áreas o zonas de seguridad restringidas, restringidas sin previa autorización
- Retirar elementos, planos u otro tipo de información sin autorización.
- Consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas o estupefaciente o cualquier otra que cause dependencias física o psíquica alcaloides.
- Abandonar los lugares de trabajo.
- Revelar o cambiar personal sin dar aviso al Inspector Fiscal de la D.G.A.C.
k) Dar estricto cumplimiento al Instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y de sistema de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC y en especial las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, en Ley N° 16.744, en el DS. 44/2024 y DS 594/2000.
XXVI. PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
XXVII.- DEL INSPECTOR FISCAL
Para todos los efectos, se entenderá por inspector fiscal el profesional funcionario, nombrado por la autoridad competente, a quien se le haya encargado velar directamente por la correcta ejecución de un trabajo y, en general, por el cumplimiento del contrato derivado de la presente licitación.
2.2 BASES TECNICAS
“LICITACIÓN PÚBLICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA DE PROTECCION CONTRA INCENDIO DEL COMPLEJO DGAC DEL AEROPUERTO CHACALLUTA.
I GENERALIDADES
Las presentes Bases Técnicas, tienen por objetivo entregar los requerimientos necesarios para la Contratación del Servicio de Mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendios del nuevo Complejo DGAC del Aeropuerto Chacalluta de Arica.
Se requiere la contratación de una empresa contratista que puede realizar el servicio de Mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendios Marca Simplex y todos sus componentes, considerando todas las pruebas necesarias para que el sistema quede en perfectas condiciones de operar en caso de ser requerido.
Los trabajos y servicios, deberán realizarse fundamentalmente en horas de servicio institucional, de 08:30 a 17:00 de Lunes a Jueves y de 08:30 a 16:00, los días Viernes. De ocurrir un evento durante los días Sábados, Domingos y Festivos, El Inspector Fiscal del Contrato gestionará y realizará las coordinaciones con el área de seguridad del Aeropuerto para que la empresa contratada pueda realizar el servicio correspondiente y dé solución al problema al más breve plazo.
Previo a la elaboración y estudio del presupuesto, los proponentes deberán participar de forma obligatoria de una visitar a terreno con el objeto de tener una visión completa de los trabajos y faenas a realizar y, de esta forma, efectuar un buen estudio de costo ajustado en todo sentido a la realidad
I.1. OBJETIVO:
Las presentes Bases Técnicas, tienen por objeto Contratar el servicio de Mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendio del nuevo Complejo DGAC del Aeropuerto Chacalluta con el propósito de mantenerlo operativo en forma permanente durante todo el año, para lo cual se desea establecer en forma general las diversas partidas a realizar en el servicio.
I.2. ALCANCE DE LOS SERVICIOS:
En términos generales se contempla realizar el mantenimiento al Sistema de Protección contra Incendio a la totalidad de las instalaciones ubicadas al interior del Nuevo Complejo DAGC.
Fig. N° 1 Ubicación del Aeropuerto Chacalluta de Arica
Fig. N° 2 Ubicación de las Instalaciones D.G.A.C. en el Aeropuerto Chacalluta
El tiempo de respuesta de la empresa contratista, frente a una falla, deberá ser de 24 horas a partir del momento del aviso de notificación por parte de la D.G.A.C. La empresa deberá remitir un presupuesto al Inspector Fiscal del contrato por el mantenimiento y quedará exclusivamente a criterio de la D.G.A.C. otorgar la consiguiente aprobación o rechazo del documento entregado, mediante la orden de Trabajo.
La empresa, deberá contemplar un técnico responsable del mantenimiento con disponibilidad para responder tanto a los llamados como para el mantenimiento mismo o, en su defecto, un reemplazante para responder a lo solicitado. Ambos técnicos deben contar con un celular para una rápida comunicación y respuesta.
a) El Contratista al inicio del contrato, realizará una revisión completa al Sistema Contra Incendios y presentará un Programa de Mantención de acuerdo al Mantenimiento solicitado en las presentes Bases Técnicas.
b) La D.G.A.C., Aeropuerto Chacalluta, dará las facilidades al contratista para que ingrese a las instalaciones aeronáuticas y procure llegar al lugar siniestrado lo antes posible y ejecute el servicio.
c) El oferente deberá considerar dentro de la oferta, el mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo previa solicitud y mediante Orden de Trabajo y en coordinación con el Inspector Fiscal.
I.3. NORMAS Y REGLAMENTOS
Forman parte de estas Bases Técnicas, las Normas Chilenas y Reglamentos de los servicios requeridos, atingentes a los trabajos a ejecutar.
Será responsabilidad de la empresa el proveerse de los elementos de seguridad, transporte y herramientas necesarias para la realización de los trabajos requeridos.
I.4 SUMINISTRO DE MATERIALES Y EQUIPOS ADICIONALES
La adquisición de la totalidad de los materiales para la ejecución del servicio de mantenimiento preventivo, será de responsabilidad del adjudicatario.
Las herramientas, maquinaria, energía eléctrica o GG.EE, transporte, materiales, equipos y repuestos, serán de cargo exclusivo de la empresa contratista.
II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
En el Aeropuerto Chacalluta de Arica, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) administra nuevas dependencias operativas que fueron entregadas a fines del año 2024. Estas instalaciones están equipadas con sistemas de protección contra incendios diseñados para detectar oportunamente cualquier siniestro y facilitar su control eficaz. Para garantizar su funcionamiento continuo, estos sistemas deben mantenerse en condiciones óptimas de operatividad.
El sistema de protección contra incendios se compone de dos subsistemas principales: detección y extinción.
El subsistema de detección tiene por objetivo alertar ante la presencia de un incendio. Está compuesto por dispositivos de activación manual, como pulsadores de alarma, y sensores automáticos, tales como detectores de humo, temperatura o haz lineal.
El subsistema de extinción se encarga del control del fuego mediante distintos métodos, como redes hidráulicas (red húmeda) o sistemas de supresión con agentes limpios, según la naturaleza del riesgo protegido.
En lo relativo a la detección, el aeropuerto cuenta con un sistema en lazo cerrado basado en paneles Simplex 4007, instalados en cada edificio. Estos paneles permiten la supervisión de los dispositivos conectados, identificando automáticamente condiciones de incendio o falla. La información es transmitida de forma inmediata al panel maestro Simplex 4100, ubicado en el Cuartel SSEI (Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios), donde es monitoreada por personal especializado.
Cada panel Simplex 4007 opera de manera independiente y está conectado a un conjunto de dispositivos de detección y señalización. Ante cualquier evento, el sistema genera una alarma o reporte de falla que se comunica automáticamente al panel 4100, permitiendo la activación de los protocolos correspondientes por parte del SSEI.
Respecto a la extinción, el sistema contempla los siguientes métodos:
Red húmeda: compuesta por gabinetes con mangueras presurizadas, diseñadas para combatir fuegos de tipo estructural mediante agua.
Red de extinción limpia (FM-200): destinada a proteger instalaciones críticas con equipamiento eléctrico o electrónico sensible, como salas de servidores, UPS o tableros eléctricos. Este sistema utiliza un agente químico que suprime el fuego sin dañar los componentes ni dejar residuos conductivos.
Cabe destacar que los extintores portátiles no forman parte de esta licitación.
Adicionalmente, existe un sistema externo de extinción conformado por grifos de pedestal y gabinetes con rollos de manguera, compartido con la concesionaria del terminal aéreo. Sin embargo, la DGAC no tiene injerencia sobre la bomba de sacrificio que alimenta dicho sistema, por lo que el alcance de esta licitación se limita exclusivamente al mantenimiento de los grifos y gabinetes ubicados dentro del perímetro DGAC.
II.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Se requiere un contrato de Mantenimiento Preventivo con el propósito de estar preparados para prevenir siniestros provocados por el fuego, manteniendo el Sistema de Protección contra Incendios en condiciones óptimas para ser utilizadas cuando se requiera.
Instalaciones Incluidas en el Servicio
El servicio de inspección, prueba y mantenimiento deberá ser realizado en las siguientes dependencias:
• Edificio Administrativo
• Puesto de Control de Acceso PCA1
• Sala de Basura
• Salas RX/TX (Receptores y Transmisores)
• Puesto de Control de Acceso PCA2
• Oficina de Operaciones de Vuelo
• Torre de Control
• Casino
• Subestación Eléctrica
• Edificio Logístico
• Bodega de Sustancias y Residuos Peligrosos
• Cuartel SSEI
• Red de grifos y gabinetes contra incendio externos (sector DGAC)
Elementos a Inspeccionar, Probar y Mantener
Elemento Descripción
El Panel Simplex 4100 se encuentra en edificio SSEI, es el encargado de informar si algún edificio tiene alguna falla o incendio.
El Panel Simplex 4007 es el encargado de notificar si hay algún incendio o alguna falla en los edificios, estos se encuentran distribuidos uno por edificio.
Simplex 4004R para sistema FM200 instalaciones.
PULSADOR DE ALARMA simple 4099-9004
DETECTOR DE HUMO FOTOELECTRICO
El 4098-9714 es un sensor fotoeléctrico de detección análoga.
BASE DE DETECTOR: Base estándar de sensor 4098-9792.
DETECTOR DE TEMPERATURA
Transmisión digital de valores del sensor análogo vía comunicación IDNet de dos cables.Detección de temperatura fija programable de 135°F (57°C) ó 155°F (68°C).
DETECTOR DE HUMO DE HAZ LARGO ALCANCE
*Funciona en distancias entre 9 m (30 pies) y 107 m (350 pies). *Seis niveles de sensibilidad seleccionables mediante Interruptor.
SIRENA CON STROBO: Funciona a través de una SmartSync circuito de dos hilos de proporcionar: * Horns que son controladas por separado de luces estroboscópicas en el mismo circuito de dos hilos. Los aparatos de luz estroboscópica en el mismo circuito que funciona a una sincronizada velocidad de destello 1 Hz. * Baja corriente, 24 V CC con claxon electrónico armónicamente salida de sonido
CAMPANILLAS DE ALARMA.
GABINETES Y RED HUMEDA
GABINETES CON ELEMENTOS DE CONTROL DE INCENDIOS
GRIFO DE PEDESTAL.
SISTEMA CONTROL DE INCENDIOS FM200 GABINETES. SYSTEM CONTENTS " HFC"227 ea
SISTEMA CONTROL DE INCENDIOS FM200 INSTALACIONES.
SIEX-HC (HFC-227ea / HFC-125 / HFC-23)
FireDETEC® Sensor Tubing - Standard Version B07800002 tuberia termica. Sistema FM200
Tablas de componentes por edificación
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN Edificio Administrativo
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Primer piso recepción 1
Panel 4004 R Sala monitoreo 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 10
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 44
Detector de temperatura Baños, kitchenette 12
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 15
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 6
Sistema control de incendios fm200 gabinetes Oficinas UPS 1er y 2do piso 8
Sistema control de incendios fm200 instalaciones. Sala eléctrica 1
Campanilla de alarma sistema 4004r 1
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN PUESTO CONTROL ACCESO PCA1
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Monitoreo RX 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 4
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 8
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 4
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 4
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN SALA DE BASURA
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Pulsador de alarma 1
Detector de humo fotoeléctrico 1
Detector de temperatura 2
Sirena con estrobo 1
Gabinete Red Húmeda 1
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN SALAS DE TANSMISORES Y RECEPTORES
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4004 R RX-TX 2
Pulsador de alarma RX-TX 4
Detector de humo fotoeléctrico RX-TX 6
Sirena con estrobo RX-TX 4
Sistema control de incendios fm200 instalaciones. RX-TX 2
Campanilla 2
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN PUESTO CONTROL DE ACCESO PCA2 GUARDIA PRIVADO
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Oficina guardia 1
Pulsador de alarma 1
Detector de humo fotoeléctrico 1
Sirena con estrobo 1
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN OFICINA OPERACIONES DE VUELO
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Hall ingreso 1
Pulsador de alarma pasillos 3
Detector de humo fotoeléctrico Distribuido en edificio 17
Detector de temperatura Baños 2
Sirena con estrobo Distribuido en edificio 3
Gabinetes red húmeda Exterior e interior 3
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN TORRE DE CONTROL
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Torre 1
Panel 4004r Equipos 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 10
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 12
Detector de temperatura Equipos 2
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 9
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 8
Sistema control de incendios fm200 gabinetes Ups 2
Sistema control de incendios fm200 instalaciones. Equipos 1
Campanilla Piso equipos 1
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN CASINO
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Acceso norte 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 4
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 20
Detector de temperatura Baños/bodega mantto 4
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 3
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 3
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN SUB ESTACION ELECTRICA
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Oficina ingreso. 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 10
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 17
Detector de temperatura Baños 7
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 8
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 6
Sistema control de incendios fm200 gabinetes UPS, Equipos 17
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN IDIFICIO LOGISTICO /BODEGA RESIDUOS
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4007 Oficina Ingreso bodega log. 1
Pulsador de alarma Distribuidos en edificio 6
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en edificio 16
Detector de temperatura Baños/hall vehículos 13
Sirena con estrobo Distribuidos en edificio 19
Gabinetes red húmeda Distribuidos en edificio 5
CATASTRO DE COMPONENTES POR EDIFICACIÓN
EDIFICACIÓN CUARTEL SSEI
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Panel 4100 Central SSEI 3er piso 1
Panel 4007 Pasillo 1er piso oficinas 1
Pulsador de alarma Distribuidos en cuartel 10
Detector de humo fotoeléctrico Distribuidos en cuartel 17
Detector de temperatura Baños salas descanso hombre y Mujeres 2
Detector humo haz largo alcance Hall vehículos SSEI. 4
Sirena con estrobo Distribuidos en cuartel 6
Gabinetes red húmeda Distribuidos en cuartel 6
TOTAL COMPONENTES INSTALACIONES DGAC
COMPONENTE CANTIDAD
Panel 4100 1
Panel 4007 9
Panel 4004r 4
Pulsador de alarma 64
Detector de humo fotoeléctrico 159
Detector de temperatura 44
Detector humo haz de luz 4
Sirena con estrobo 73
Gabinetes red húmeda 39
Sistema control de incendios fm200 gabinetes 28
Sistema control de incendios fm200 instalaciones. 4
Campanilla 4
CATASTRO DE COMPONENTES RED DE GRIFOS Y GABINETES EXTERIOR
EDIFICACIÓN
COMPONENTE UBICACIÓN CANTIDAD
Pedestal grifo Distribuidos en sector DGAC 11
Gabinetes Distribuidos en sector DGAC 11
Plano de ubicación grifos
Mantenimiento
Equipos Mensual Trimestral Semestral anual
Equipos de control - Sistemas de las edificaciones conectados a la estación de supervisión. (módulo de supervisión) x
Equipos de control - Sistemas de las edificaciones no conectados a la estación de supervisión. (módulo de supervisión) x
Baterías - Instalaciones de la estación central (plomo-ácido sellado)
1.- Prueba del cargador (reemplazar la batería dentro de los 5 años después de su fabricación) x x
2.- Prueba de descarga (30 min) x
3.- Prueba de voltaje de carga x
Baterías - Sistemas de alarma contra incendio (plomo-ácido sellado)
1.- Prueba del cargador (reemplazar la batería dentro de los 5 años después de su fabricación) x
2.- Prueba de descarga (30 min) x
3.- Prueba de voltaje de carga x
Alimentación de energía (plomo-ácido sellado)
1.- Prueba del cargador (reemplazar la batería dentro de los 5 años después de su fabricación) x
2.- Prueba de descarga (2 horas) x
3.- Prueba de voltaje de carga x
Otros
Potencia del cable x
Señales de falla de la unidad de control x
Anunciadores remotos (sirenas) x
Dispositivos iniciadores (pulsadores) x
Dispositivos iniciadores (detector de humo) x
Dispositivos iniciadores (detector térmico) x
Dispositivos iniciadores (detector de haz lineal) x
Dispositivos iniciadores (detector de llama) x
Interruptor de supervisión de válvula x
Sistema FM-200 x
Sistema FireDetec cable térmico x
Requisitos generales
a. Acreditación de la empresa:
Los oferentes deberán acreditar que cuentan con autorización vigente para realizar instalaciones y servicios de mantenimiento en equipos de detección y extinción de incendios marca Simplex o similar.
b. Certificación del personal técnico:
El personal que ejecute las labores de mantenimiento deberá poseer certificaciones o acreditaciones que respalden su competencia técnica específica en la operación y mantenimiento de sistemas Simplex o similar.
c. Equipamiento técnico mínimo:
La empresa adjudicataria deberá disponer de todos los instrumentos, herramientas, equipos de medición, elementos de protección personal (EPP) y demás implementos necesarios para la correcta ejecución de las labores de mantenimiento.
d. Informes técnicos de mantenimiento programado:
El oferente deberá elaborar un informe técnico detallado de cada mantención realizada conforme al programa establecido. Este informe deberá entregarse en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la fecha de ejecución.
e. Atención de fallas y tiempos de respuesta:
La empresa deberá contar con personal disponible para acudir a las dependencias de la DGAC en el Aeropuerto Chacalluta cada vez que el Inspector Fiscal notifique una falla en el sistema de protección contra incendios. El técnico deberá identificar la causa del problema, intentar su resolución inmediata y emitir un informe técnico. El tiempo de respuesta no podrá exceder las 24 horas desde la notificación formal.
f. Informe por trabajos adicionales o reemplazos:
En caso de detectarse, durante el mantenimiento, la necesidad de ejecutar trabajos adicionales o efectuar reemplazo de piezas, el oferente deberá emitir un informe técnico indicando el diagnóstico, justificación técnica y el costo estimado de los repuestos requeridos. Dicho informe deberá presentarse dentro de un plazo de dos (2) días hábiles posteriores a la detección, incluyendo documentación actualizada sobre parámetros operativos y recomendaciones de fabricante o experto técnico.
g. Reemplazo de baterías:
El contratista será responsable de reemplazar todas aquellas baterías del sistema que presenten fallas, hayan alcanzado su ciclo de vida útil, o se proyecte razonablemente que no funcionarán adecuadamente hasta el próximo mantenimiento.
III.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El servicio de mantención correctivo se efectuará cada vez que se produzca alguna de las instancias mencionadas en las letras e) y f) señaladas precedentemente y en caso de ocurrir un “Mantenimiento correctivo”, se solicitará a la empresa la ejecución mediante una Orden de Trabajo emitida por el Inspector Fiscal.
Una vez autorizada el Mantenimiento correctivo, la DGAC emitirá una Orden de Compra por el valor del servicio a través del portal www.mercadopublico.cl a favor de la empresa. Al término del trabajo, ésta última, previo Visto Bueno a través del Certificado de conformidad del Inspector Fiscal, emitirá la factura correspondiente.
III. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Dirección General de Aeronáutica Civil, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que se genere del presente llamado a licitación, dando aviso de esta situación con 30 días de anticipación al adjudicatario en atención a que las condiciones contractuales cambiarán en todos sus aspectos.
IV ASEO GENERAL
Una vez concluidos los trabajos de mantenimiento, la empresa deberá retirar todo el material sobrante o basura del sitio donde se realizaron los mantenimientos preventivos y correctivos.
V OTROS
Será responsabilidad exclusiva de la empresa, los accidentes que se produjeren durante el desarrollo de los trabajos, ya sea por condiciones o acciones inseguras. Por lo tanto, deberá administrar todas las medias y recursos a su alcance, para que el personal tenga y utilice los elementos de seguridad (zapatos de seguridad, guantes, casco, etc.)
1) El traslado desde y hacia el lugar de trabajo, será responsabilidad de la Empresa.
2) La empresa aceptará todas las exigencias que establezca la D.G.A.C. en función de estas Bases Técnicas y Bases Administrativas, en caso de discrepancias o interpretaciones diferentes, prevalecerá el criterio de la D.G.A.C.
3) Todos los daños que pudiesen ocasionarse con motivo de la ejecución de los mantenimientos, deberán ser subsanados en el más breve plazo por el Contratista a su entero costo.
4) La empresa deberá cumplir con todas las Leyes previsionales y laborales vigentes para este tipo de trabajos.
5) Calificación: La ejecución de los trabajos solicitados en estas Bases Técnicas deberá ser ejecutadas por personal idóneo y con supervisión directa de un funcionario Calificado de la empresa.
6) Ingreso al Recinto: La empresa adjudicada deberá entregar con anticipación mínima de a lo menos 05 días hábiles antes del inicio de los trabajos, al Inspector Fiscal o Administrador de Contrato, la lista del personal que ejecutará los trabajos con el propósito se autorice su ingreso al recinto. Durante la vigencia del contrato, el contratista deberá mantener personal disponible para reemplazar a aquel que se ausente o no concurra al trabajo, dentro de un plazo máximo de dos (02) horas desde el aviso del Inspector Fiscal.
7) De acuerdo a lo solicitado por la Oficina de Seguridad (AVSEC) del Aeropuerto Chacalluta, los trabajadores a operar en la Unidad deberán portar su correspondiente tarjeta de Identificación, la que será entregada por la D.G.A.C., previa cancelación en la Oficina de Tasas Aeronáuticas. SERA OBLIGATORIO EL PORTAR ESTA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN.
La nómina deberá contener los siguientes datos mínimos:
a) Nombres y Apellidos completos.
b) N° Cédula de Identidad.
c) Fecha de Nacimiento y Lugar de Inscripción.
d) Domicilio Particular y Fono.
e) Cargo que desempeña.
Previo al inicio de la ejecución del servicio y a la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar el certificado de antecedentes Generales de todo el personal que laborará al interior del Aeropuerto.
2.3 LISTADO DE ASPECTOS INVALIDANTES
ANEXO “A”
(Requisitos o parámetros cuyo incumplimiento invalida la oferta presentada)
Capítulo Subtítulo Punto Requisito Cumple No Cumple
BASES
ADM.
VII
DE LA PRESENTACIÓN 3.2 VALIDEZ DE LA OFERTA
El plazo de validez de la oferta no podrá ser inferior a 60 días, como lo indica en las bases administrativas.
2.4 PAUTA DE EVALUACIÓN
“ANEXO B”
SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS DEL COMPLEJO DGAC DEL AEROPUERTO CHACALLUTA.
Para efectos de Evaluación de las ofertas, la D.G.A.C - Aeropuerto Chacalluta, se basará en la siguiente Pauta de Evaluación:
1.- REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
Factor Administrativo es de 3%, se calcula de la siguiente manera:
a) Formulario de Programa de Integridad (3 %)
El oferente deberá adjuntar el Formulario Declaración Jurada de Programa de Integridad que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento”.
Cumplimiento del Programa de Integridad %
Proponente adjunta el formulario 3
Proponente NO adjunta el formulario 0
2.- REQUISITOS TÉCNICOS
Factor Técnico es de 72%, se calcula de la siguiente manera:
a) Experiencia en el Mercado (10 %)
Este factor se medirá a través de la presentación de Facturas que los oferentes han emitido por la ejecución del Servicios de mantenimiento de equipos o similares con una antigüedad no mayor al 01 de Julio de 2023 hasta la fecha.
Cantidad Facturas últimos 2 años %
08 a más 10
05 a 07 7
01 a 04 5
No presenta 0
b) Garantía (10 %)
Los trabajos solicitados como mantenimiento preventivo y correctivo en la presente licitación deberán estar sujetos a Garantía.
Garantía Técnica %
El oferente garantiza el servicio igual o superior a 12 meses. 10
El oferente garantiza menos de 12 meses el servicio o no informa 0
c) Programa de Trabajo (10 %)
Este factor evalúa la presentación de un Programa de Trabajo que los oferentes darán cumplimiento en la prestación del servicio el cual se solicitó en las Bases Técnicas de esta licitación.
Programa de Trabajo %
Presenta Programa de Trabajo 10
No presenta Programa de Trabajo 0
d) Visita a Terreno (10 %).
Este factor no es obligatorio, pero será evaluará con puntaje a los oferentes que se presenten a la visita a terreno el día y hora señalado en la ficha de licitación. Se dará un tiempo de espera de 15 minutos antes de cerrar el Acta.
Visita a Terreno %
Asiste a Visita a Terreno 10
No Asiste a Visita a Terreno 0
e) Acreditación para Instalaciones y Mantenimiento los sistemas de la marca (32 %)
Los oferentes deberán acreditar que cuentan con autorización vigente para realizar instalaciones y servicios de mantenimiento en equipos de detección y extinción de incendios marca Simplex o similar.
Presentación de certificado %
Presenta certificado de representación del fabricante. 32
Presenta otros certificados de representación. 01
No Presenta los documentos solicitados. 0
3.- ANTECEDENTES ECONÓMICOS:
Factor Económico es de 25%, se calcula de la siguiente manera:
Fórmula simple para evaluar matemáticamente las ofertas económicas.
X (puntaje) = ( $ Mejor Oferta $) * 25
($ Oferta Evaluada)
Explicación de nomenclatura:
X = % (Resultado final de la operación)
($ Mejor Oferta $) = es la oferta más económica
($ Oferta Evaluada) = es la oferta que vamos a evaluar
25 es el porcentaje de evaluación
Ejemplo: Si tenemos en nuestra licitación ofertas en donde la mejor oferta económica $5000 y la oferta a evaluar es de $15.000, la aplicación de la evaluación y asignación de puntaje sería la siguiente:
X (%) = ( $5.000 ) * 25 el resultado es 8.33 %.
($15.000 )
2.5 FORMATO IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
“ANEXO C”
Persona Natural
Persona Jurídica
Unión Temporal de proveedores
Nombre o razón social del proponente/
Nombre o razón social de los integrantes de la U.T. P
RUT del proponente/RUT de los integrantes de la UTP.
Domicilio del Proponente/ Domicilio de los integrantes de la U.T.P.
Número de Teléfono, correo electrónico (e-mail) del proponente/de cada uno de los integrantes de la U.T.P.
Nombre de Contacto del proponente/Nombre de Contacto de la U.T.P.
Nombre Representante Legal o convencional (en el evento que el representante sea una persona jurídica)
Rut del Representante Legal del Proponente (en el evento que el representante sea una persona jurídica)
Nombre y Rut del representante Legal o Convencional, en el evento que el representante sea una persona jurídica.
2.6 FORMATO PARA PRESENTACION DE OFERTA ECONOMICA
“ANEXO D”
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DEL COMPLEJO DGAC AEROPUERTO CHACALLUTA DED ARICA”.
OFERTA ECONÓMICA
FECHA:
OFERENTE:
DIRECCIÓN:
ÍTEM CANT DESCRIPCIÓN UNID VALOR
UNITARIO VALOR
TOTAL
1
12
04
02
01 CONTRATACIÓN SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DEL COMPLEJO DGAC AEROPUERTO CHACALLUTA DED ARICA:
A) MANTENIMIENTO MENSUAL
B) MANTENIMIENTO TRIMESTRAL
C) MANTENIMIENTO SEMESTRAL
D) MANTENIMIENTO ANUAL
NETO
19% I.V.A.
TOTAL
Plazo de vigencia de la oferta, el que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos, contado desde la fecha de cierre de la Propuesta. Para las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderá que aceptan la señalada en las bases administrativas y las que señalen una vigencia inferior o que se contraponen a lo establecido en las Bases no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Validez de la oferta:
Garantía servicio ofertado:
Ciudad,
_______________________
NOMBRE Y FIRMA OFERENTE
NOTA: Es importante recordar al oferente que las ofertas que informan en la ficha de licitación del portal www.mercadopublico.cl, son en valores neto.
2.7 FORMATO DECLARACIÓN DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD
“ANEXO E”
DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DEL COMPLEJO DGAC AEROPUERTO CHACALLUTA DED ARICA:”.
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la “CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE MANTENIMIENTO SISTEMA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DEL COMPLEJO DGAC AEROPUERTO CHACALLUTA DED ARICA”, declaro bajo juramento que:
Mi representada ___(SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad de una empresa u organización un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento.
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Firma del Proponente o Representante legal
(Obligatoria)
Fecha: En …………. a …. días del mes de ……………. de ……….
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