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21.- GARANTÍAS.
21.1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
A objeto de garantizar la seriedad de las ofertas que se presenten a la licitación de la Obra denominada: “PABELLÓN UBB”, los interesados en participar en ella, deberán acompañar a su oferta una caución o garantía, pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, por el monto de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos chilenos), con una vigencia mínima de ciento cincuenta (150) días corridos contados desde el día siguiente al de la fecha de apertura de las ofertas.
La garantía de que trata este numerando deberá estar constituida por uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, los que aseguren el pago del monto de la garantía de manera rápida y efectiva. Sólo a modo ejemplar, se aceptarán como documentos de garantía; depósitos a la vista, boletas bancarias, pólizas de seguro con liquidación inmediata, certificados de fianza pagaderos a primer requerimiento; igualmente a modo de ejemplo, no se aceptará la presentación de pagarés, letras de cambio, cheques o cualquier otro documento que no otorgue certeza respecto de la disponibilidad del dinero del que da cuenta y/o para su cobro efectivo.
La garantía de seriedad de la oferta podrá entregarse en formato físico o electrónico.
Si la garantía de que trata esta cláusula se otorga en formato físico, deberá ser entregada hasta el mismo día de cierre de recepción de ofertas indicado en el numerando 11 de estas bases, a través de la Oficina de Partes del Campus Concepción de la Universidad del Bío-Bío, ubicada en Avenida Collao N° 1.202, de esta comuna y ciudad, y dentro del horario de 08:15 a 12:15 horas, en la mañana; y de 14:15 a 18:00 horas, en la tarde, documento que se acompañará en un sobre cerrado y en soporte papel, en el que se indique el nombre del oferente y con la carátula “LICITACIÓN PÚBLICA PABELLÓN UBB”. El último día del plazo para recibir ofertas, el documento en que conste la garantía de seriedad de la oferta podrá ser ingresado, además, a través de la Portería del mismo Campus Concepción, ubicado en el domicilio ya indicado, a partir del cierre del horario de funcionamiento de la Oficina de Partes y hasta las 24:00 horas del día de cierre de recepción de ofertas señalado.
Si la garantía se otorgare en formato electrónico, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La Universidad hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y/o en el caso de declararse desierta la licitación, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Para los efectos previstos en el párrafo final del numerando 18º de estas Bases Administrativas, y conforme lo faculta el artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, aprobado por el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004, el plazo de devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los licitantes cuyas propuestas sean válidas pero no hayan resultado adjudicadas se hará dentro los cincuenta (50) días corridos siguientes a la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Tratándose del proponente adjudicado, la devolución de la garantía se hará una vez que éste suscriba el correspondiente contrato y haga entrega de la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, a que se refiere el punto 21.2 de estas Bases Administrativas.
Asimismo se hará efectiva administrativamente la Garantía de Seriedad de la oferta, en el caso que el contratista no hiciere entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato en el momento de la suscripción del contrato con la Universidad, aunque esta última gestión no haya podido realizarse por cualquier causa, en la medida que dicha causa no sea imputable a la Universidad.
21.2.- GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Con el fin de garantizar, por parte del oferente a quien en definitiva se le haya adjudicado la obra, el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que emanen del contrato de Construcción a Suma Alzada de la obra: “PABELLÓN UBB”, al momento de proceder a su suscripción, deberá canjear la garantía de seriedad de la oferta por la GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, por un monto equivalente al 15% del monto total del contrato y con una vigencia igual a la duración del plazo contractual más sesenta (60) días hábiles, con carácter de irrevocable y pagadera a la vista, en pesos chilenos. Dicha garantía deberá estar constituida por uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, los que, previa calificación de la Universidad, aseguren el pago del monto de la garantía de manera rápida y efectiva. Deberá entregarse en forma física o electrónicamente. Si se otorgaré de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Solo una vez recibido conforme el documento, se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta. Sólo a modo ejemplar, se aceptarán como documentos de garantía depósitos a la vista, boletas bancarias, pólizas de seguro con liquidación inmediata, certificados de fianza pagaderos a primer requerimiento; igualmente a modo de ejemplo, no se aceptará la presentación de pagarés, letras de cambio, cheques o cualquier otro documento que no otorgue certeza respecto de la disponibilidad del dinero del que da cuenta y/o para su cobro efectivo. En todo caso, el documento en que conste la garantía referida deberá indicar como glosa que se otorga para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la obra denominada: “PABELLÓN UBB”.
Si en el desarrollo del contrato se produjeren modificaciones de obra y/o de plazo, el contratista deberá actualizar o complementar las garantías a los nuevos valores y plazos, debiendo en todo caso mantenerse garantizado el contrato durante toda su vigencia. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo primero, esta garantía se mantendrá vigente y podrá hacerse efectiva por la Universidad del Bío-Bío, para cualquier efecto, derivado del cumplimiento del contrato que se celebre en mérito de las presentes bases, mientras no se produzca el canje por la garantía de Correcta Ejecución y Funcionamiento de la Obra y Obligaciones Contractuales señalada en el numerando 21.4.
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley N° 19.886, esta garantía comprenderá, además, el aseguramiento del pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante por parte de éste, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 17.322.
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