Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Corporación Nacional Forestal
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Fecha de vencimiento:
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31-05-2029
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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1. El oferente que se adjudique esta licitación deberá entregar a la Corporación un documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, valorado en Unidades de Fomento (UF), equivalente al 5% del valor referencial neto del contrato, el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública y el respectivo contrato.-----
2. Dicha garantía podrá consistir en un instrumento cualquiera que asegure el pago del documento de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista, tomado por el Oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de a lo menos 120 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF, el cual deberá ser entregado a la Corporación con anterioridad a la firma del contrato. En el caso de garantías electrónicas no bancarias, el documento deberá indicar «Pagadero a primer requerimiento», con el fin de asegurar el cobro de ésta de manera rápida y efectiva.-----
3. El o los documentos de garantía de fiel cumplimiento deberán ser entregados en un sobre cerrado dirigido a “Jefa Departamento de Abastecimiento de CONAF”, indicando la siguiente leyenda en su exterior: «Contiene documento de fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la adjudicación de la licitación ID 633-81-LP25». Además, al reverso deberá señalar el nombre del Adjudicatario, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre conteniendo el documento de fiel cumplimiento, deberá ser entregado en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Paseo Bulnes N° 291, Piso 1, Santiago. En el caso de garantías electrónicas no bancarias, éstas podrán ser enviadas a una dirección e-mail que se le indique, en conjunto con la página que incluya el código de verificación. -----
4. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento: en caso de incumplimiento del Adjudicatario para con las obligaciones establecidas tanto en las bases de licitación como en el contrato, la Corporación podrá hacer efectiva esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer para el cumplimiento forzado de lo pactado o para la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.-----
5. Asimismo, la Corporación Nacional Forestal podrá hacer efectivas multas que afecten el contrato y en el evento de hacerse efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento para obtener el pago por concepto de multas, la diferencia, en caso de existir, será reintegrada al proveedor, quedando este obligado a reemplazar dicho instrumento por otro de las mismas características, monto y vigencia.---
6. En caso que corresponda, la renovación del contrato deberá ser garantizada mediante la entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento, emitido en los términos indicados en el presente numeral.-----
El documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato debe ser entregado antes de la firma del contrato.
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Glosa:
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"Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID: 633-81-LP25 denominada SERVICIO DE CLOUD HOSTING, SOPORTE INFORMÁTICO PARA SISTEMA GEOPIF (GEORAPIF, GEOSAQ Y SIG) Y SOPORTE, ACTUALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE PÁGINAS WEB DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES”.-----
En caso de que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta, dirigida al Jefe/a del Departamento de Abastecimiento de CONAF.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Corporación devolverá esta garantía al Oferente, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido, a su entera satisfacción, los servicios materia de esta Licitación Pública, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF.
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