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1.- GENERALIDADES |
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La Municipalidad invita a los proveedores inscritos en el portal www.mercadopublico.cl a participar de la presente licitación pública. Las presentes Bases Administrativas se refieren al llamado a Licitación Pública para la Mantención Preventiva y Correctiva de Semáforos y otros en la comuna de Quillón, siendo el objetivo de esta Licitación contar con un servicio eficiente de mantención de los semáforos y señales luminosas de tránsito de la comuna. El servicio deberá entenderse como la necesidad de dar respuesta oportuna y eficiente a los requerimientos otorgando un óptimo funcionamiento del sistema general y de cada componente en particular, en lo que respecta a este servicio que es materia de la propuesta.
Los recursos para la contratación de dichos servicios, será de cargo de la Ilustre Municipalidad de Quillón.
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2.- DEFINICIONES |
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Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa:
a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para ejecutar el proyecto denominada “CONTRATO SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE SEMÁFOROS Y OTROS EN LA COMUNA DE QUILLÓN, MAYO 2026 – ABRIL 2028”, de acuerdo a lo solicitado.
b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de ejecución del servicio y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
c) Contrato: Es el acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el consultor en relación con la ejecutar el servicio denominado “CONTRATO SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE SEMÁFOROS Y OTROS EN LA COMUNA DE QUILLÓN, MAYO 2026 – ABRIL 2028”.
d) Convenio Suministro: Es un tipo particular de contrato mediante en el cual el proveedor se compromete a realizar en el tiempo una serie de prestaciones periódicas, determinadas o indeterminadas, a cambio del pago de un precio, que puede ser unitario o por cada prestación periódica.
e) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario.
f) Bases Técnicas: Son el conjunto de características que condicionan al proveedor en la elaboración de la propuesta.
g) Garantías Administrativas: Se refiere seriedad de la oferta, al fiel cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de los servicios que se materializarán a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero y que tenga como finalidad indemnizar en el caso del no cumplimiento de la obligación.
h) I.T.S: Inspección Técnica de Servicio, quienes a su vez podrán ser asesoradas (os) por otros funcionarios municipales competentes relacionados con el servicio.
i) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón.
j) Municipalidad: Corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a la cual le corresponde la administración de una comuna cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
k) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública y que se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.
l) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos.
m) Unidad Técnica: Unidad encargada fundamentalmente de la gestión del Proceso Licitatorio.
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3.- APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO |
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La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por las presentes bases, anexos, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
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4.- CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
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4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886.
b) Ley N°21.634, que Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
c) Decreto Supremo N° 661 del año 2024, que aprueba Nuevo Reglamento de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo Nº 250, de 2004, del ministerio de hacienda.
d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695.
e) Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880.
f) Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575
g) Ley N° 20.730 y su reglamento de fecha 08.03.2014, la Ley del Lobby.
h) Normas Nch, Norma de los fabricantes, en el empleo y uso de los materiales, etc.
i) Ley Nº 16.744, especialmente en lo referido al Artículo 66 bis, sobre gestión de la seguridad y salud en el trabajo en faenas o servicios.
j) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
k) Decreto N°63 de la Subsecretaría de Transportes, publicada en el Diario Oficial de fecha 21 de julio de 1986, sobre Señalización y Medidas de seguridad cuando se efectúen trabajos en la vía pública.
l) Especificaciones Técnicas para la instalación de Semáforos de la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT) y sus Anexos.
m) Especificaciones Técnicas para Controladores de Semáforos de la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT) y sus Anexos.
n) Normas y Reglamentos vigentes para instalaciones eléctricas, de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).
o) Manual de Señalizaciones de Tránsito del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
Prelación Administrativa
1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2. Bases Administrativas Especiales Decretadas
3. Bases Técnicas. (formulario propuesta técnica-económica)
4. Formularios
5. Contrato.
Prelación Técnica
1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2. Bases Técnicas del servicio, anexos y todo antecedente que da origen a la presente licitación.
3. Contrato.
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del Proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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5.- DEL SERVICIO |
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El Servicio contempla la “Contrato servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón, mayo 2026 – ABRIL 2028”. Acorde a las disposiciones legales vigentes establecidas en el Manual de Señalizaciones de Tránsito del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, y Decreto N°63 de la Subsecretaría de Transportes, publicada en el Diario Oficial de fecha 21 de julio de 1986, sobre Señalización y Medidas de seguridad cuando se efectúen trabajos en la vía pública.
La Municipalidad de Quillón, requiere un servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón en forma eficiente detectando, y reparando anomalías existentes en las instalaciones, de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas del presente llamado a licitación.
El área de trabajo que deberán cubrir los servicios, es la que se detalla a continuación, la verificación del estado de los cruces y de las instalaciones que lo conforman es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
- Cruce Cayumanqui con calle Jacinto Sepúlveda.
- Cruce Av. O´Higgins con calle Gabriela Mistral
El servicio deberá entenderse como la necesidad de dar respuesta oportuna y eficiente a los requerimientos proveyendo un óptimo funcionamiento del sistema general y de cada componente en particular, en lo que respecta a este servicio que es materia de la propuesta.
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6.- DEL PRECIO Y CANTIDAD |
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El precio contemplado para el servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros, será propuesto por el oferente, en su respectiva oferta, el cual deberá tener un detalle valorizado por evento, reparación o recambio.
El presupuesto disponible para la presente licitación es de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos) IVA incluido. Considerando un presupuesto anual de $9.000.000.- (nueve millones de pesos) IVA incluido.
Cabe mencionar, que la Municipalidad de Quillón, no está en la obligación de comprar el 100% de los servicios, como tampoco a utilizar el 100% del presupuesto disponible, sino, que estará sujeto a realizar compras en función de sus necesidades y requerimientos.
También, y de común acuerdo con el adjudicatario, se podrá aumentar el presupuesto hasta en un 30% del contrato suscrito, previa disponibilidad presupuestaria.
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7.- DE LOS PLAZOS |
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El plazo contemplado para el servicio de contratación de “CONTRATO SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE SEMAFOROS Y OTROS EN LA COMUNA DE QUILLON, MAYO 2026 – ABRIL 2028”, tendrá una vigencia a contar desde la fecha consignada en el contrato y hasta el 30 de abril de 2028. Emitida la orden de compra, el proveedor dispondrá de hasta 48 horas para su aceptación.
Aceptada la orden se comenzará a contar los plazos para iniciar las labores encomendadas según lo que señale en su oferta.
El Plazo de respuesta para atender los requerimientos de la unidad mandante, será propuesto por el oferente en el Formulario Anexo N°4 “Plazo Respuestas”, el que no podrá ser mayor a 5 días hábiles.
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8.- DE LA PARTICIPACIÓN |
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Podrán participar en esta licitación, los contratistas y/o profesionales competentes, cuyo giro comercial esté relacionado con los servicios requeridos, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales, capacidades para desarrollar las funciones descritas en las Bases Técnicas, y que estén Registrados y habilitados en el registro de Proveedores del Estado, al momento de presentar sus ofertas y firmar contrato.
Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en caso de ser adjudicados y a la firma del contrato, deberán presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común.
La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual.
Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661.
Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 12.1
Los oferentes, por el solo hecho de la postulación, aceptan el derecho irrestricto de la Municipalidad de Quillón para hacer interpretación y aplicación de las Bases y suplir la falta de regulación de algún tema determinado, todo ello en la forma necesaria para cumplir efectivamente sus fines, esto es elegir el mejor oferente, que permita la realización en las mejores condiciones y adoptar, durante la vigencia del contrato, las modalidades de buen funcionamiento, para alcanzar el resultado deseado. Además, aceptan y reconocen las facultades de las partes para regular, de común acuerdo, aquellas materias no comprendidas en las Bases y Bases Técnicas y aquellas imposibles de prever.
Además, deberán cumplir las obligaciones que contraen desde su participación en la licitación como oferentes o adjudicatarios, en su caso, sin que motivo o razón alguna autorice desconocerlas, excusarse o desistirse de su cumplimiento. Del mismo modo aceptan y quedan obligados a someterse a las decisiones que, en el ejercicio de las facultades consignadas en estas Bases y en la legislación, emitan los organismos municipales correspondientes.
Lo anterior, sin perjuicio de los eventuales derechos que puedan hacer valer los oferentes ante los organismos competentes.
8.1.- Inhabilidades para participar: No podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 del Reglamento que aprueba la Ley 19.886.
Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas circunstancias.
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9.- CALENDARIO DE LICITACIÓN |
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En la siguiente tabla se detalla los plazos máximos de cada proceso de licitación.
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ACTIVIDAD
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PLAZO
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Fecha de Publicación
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Desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.
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Fecha inicio de preguntas
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02 días posterior a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha cierre de preguntas
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Dentro de 02 días posteriores a la fecha de inicio de preguntas, en el portal www.mercadopublico.cl
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Respuestas de las preguntas
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Dentro de 02 días posteriores a la fecha de cierre de preguntas, en portal www.mercadopublico.cl
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl
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Adjudicación
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Dentro de los 05 días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas, en el portal www.mercadopublico.cl
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En caso que la fecha de cierre de recepción de la oferta corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado por el día hábil siguiente.
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10.- CONSULTAS |
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Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes Bases.
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11.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS |
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Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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12.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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La propuesta para participar en la presente Licitación Pública, se deberá efectuar en el portal www.mercadopublico.cl, en los plazos establecidos con fechas y horarios en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en Formularios Word, Excel, Jpg o Pdf. No se aceptará otro tipo de Formulario, por lo que, se faculta a la municipalidad para dejar fuera de bases al proponente; al igual que, por la omisión de alguno de los documentos mínimos solicitados:
Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos obligatorios especificados en las presentes bases.
Además, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto.
12.1 Archivo documentación Administrativa, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal.
b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal.
c) Fotocopia de Cedula de Identidad del Oferente y/o Representante Legal
d) Presentar fotocopia de Patente Municipal Vigente.
Persona Natural (letra e):
e) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en Original o copia.
Persona Jurídica (letra f, g):
f) Copia del RUT de la empresa.
g) Certificado de vigencia de la sociedad. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación.
h) El oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°16, letra d) de las presentes Bases Administrativas Especiales.
i) Declaraciones Juradas simples de Trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad (la no presentación de estas no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES).
12.2 Archivo documentación técnica, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 3, Oferta Técnica indicando los tiempos y/o periodos necesarios para el desarrollo de éstas.
b) Certificación ISO 9.001 en Gestión de Calidad para Servicios de Mantención de Semáforos.
c) Acreditar ser fabricante de controladores electrónicos con aprobación UOCT.
d) Formulario Anexo 4 “Plazo Respuestas” Tiempo de atención en fallos, y tiempo de visita para mantenimiento y tareas preventivas.
e) Formulario Anexo 5 Nómina de trabajos ejecutados durante los últimos dos años con características similares al licitado, señalando: nombre del proyecto, monto, unidad, cantidad, año y mandante, tanto de servicios públicos como del sector privado. En tal sentido, se podrá acreditar, a través de; Órdenes de Compra y/o Certificados emitidos por la entidad mandante, en los cuales se señale claramente la labor realizada, monto del contrato. Las órdenes de compra que se presenten deberán por sí solo demostrar que se refieren a Mantenciones, Reparaciones, Reposiciones Intervenciones en mantención de semáforos, emitidas por alguna Institución Pública o Privados. Se considerarán los últimos tres años contados desde el cierre de la licitación.
f) Nómina de personal a trabajar (formato libre), con descripción de oficios, certificación cuando se refiera a mano de obra calificada de acuerdo a lo indicado en las especificaciones técnicas.
12.3 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 6 Oferta Económica, firmado por su representante legal.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura, con salvedad de aquellos oferentes que no cuenten con equipamiento tecnológico podrá ser completa a mano con letra imprenta de manera clara y legible y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
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13.- APERTURA DE LA LICITACIÓN |
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La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto 9 de las presentes bases.
El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y Anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público.
Para iniciar la evaluación de las ofertas con los criterios, se promueve la oferta más conveniente para la Municipalidad de Quillón. Si las ofertas no poseen las consideraciones exigidas en las presentes BAE, no se procederá a incluirlas en la evaluación de la oferta, indicando los motivos en las observaciones del “Acta de Evaluación de la Oferta”.
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14.- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
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La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
El plazo para la corrección de estas omisiones será de 25 horas, contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
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15.- GARANTÍAS |
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Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”.
b) Las Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser tomadas por el proponente, o por un tercero a su nombre, y no únicamente por el oferente o cualquiera de sus socios o integrantes, como se indica en el Dictamen N°18.171, de fecha 19.07.2018, de la Contraloría General de la República, y ser emitida a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0.
c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa “Contrato servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón, mayo 2026 – abril 2028”.
d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del proveedor y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
f) La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento.
15.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta:
Esta Licitación Pública, no considera garantía de seriedad de la oferta.
15.2.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato:
El proponente que se adjudique la oferta, deberá ingresar una garantía por concepto de fiel cumplimiento de contrato, en un plazo de 5 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, por una que garantice el " Para Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón, mayo 2026 – abril 2028", por un monto equivalente al 5% del precio final neto de la oferta con una vigencia del plazo contractual aumentado en un mínimo de 90 días. La que debe ser ingresada por oficina de partes antes de las 13:00 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción.
Asimismo, podrá ser presentada electrónicamente, procurando lo indicado en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberá ser enviada a la casilla de correo electrónico de Oficina de partes de la municipalidad oficinadepartes@quillon.cl, con copia a apoyoabastecimiento@quillon.cl
En caso que el contrato se extienda por un periodo dentro de la vigencia de los días aumentados en la garantía (90 días), no será necesario el reemplazo de ésta.
En caso que el contrato se extienda por un periodo dentro de la vigencia de los días aumentados en la garantía (90 días), no será necesario el reemplazo de ésta, siempre y cuando no se vulnere lo indicado en el art. 122 del Decreto 661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886, esto es; “Para contrataciones de servicios, el plazo mínimo será de sesenta días hábiles después de la finalización del contrato”.
En caso de existir aumento de plazo superior al de la cobertura señalado en párrafos precedentes, la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose y respetando el plazo estipulado en el Art. 122 del Decreto 661. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva boleta con al menos 03 días hábiles de anticipación a la expiración al plazo original.
La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador de servicio. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al proveedor; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.S.
El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía.
La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Cumplimiento Obligaciones Laborales deberá mantenerse vigente durante toda la duración del servicio, siendo su incumplimiento causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la aplicación de multas que fuese procedente de estas Bases Administrativas.
Asimismo, será de exclusiva responsabilidad del proveedor la renovación de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Cumplimiento Obligaciones Laborales. De no hacerlo en los plazos fijados, el Municipio podrá aplicar las multas que correspondan, o hacer efectiva dicha boleta y ser causal de término de contrato.
Terminado el plazo de contrato, la garantía será devuelta al proveedor dentro del plazo de 90 días corridos contados a partir de la fecha de término del mismo, con posterioridad a su liquidación final y previa solicitud.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Cumplimiento Obligaciones Laborales y Previsionales se hará efectiva también en los siguientes casos:
a) La declaración o sometimiento del proveedor a un proceso de liquidación o reorganización concursal o el estado de notoria insolvencia del mismo, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley 19.886.
b) Si los representantes o el personal del Proveedor han sido condenados por cualquiera de los delitos contemplado en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
c) En caso de término anticipado del contrato según las causales establecidas en las presentes bases.
d) En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, la Entidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Entidad licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor.
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16.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según lo dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los siguientes funcionarios o quienes subroguen:
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NOMBRE
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CARGO
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Daniel Paredes Rojas
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Eléctrico Municipal
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Jessica Valdebenito Bahamondez
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Encargada Permisos de Circulación
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Juan Fuentealba Montero
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Profesional Administración
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Edgardo Carlos Hidalgo Varela
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Secretario Municipal, Ministro de Fe
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Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto N°661, del 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda que, que aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación. Se evaluarán los siguientes aspectos:
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LETRA
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CRITERIO
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PONDERACIÓN
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a)
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PRECIO
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40%
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b)
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PROPUESTA TÉCNICA DEL SERVICIO
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Subcriterio 50%
Calidad Técnica
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30%
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Subcriterio 50%
Plazo de Respuesta a fallos
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c)
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EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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20%
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d)
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PROGRAMA DE INTEGRIDAD
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05%
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e)
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES
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05%
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a) PRECIO (Ponderación 40%)
De acuerdo con lo señalado en las presentes Bases Especiales, de haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal www.mercadopublico.cl, se considerará la información entregada en el Formulario de Oferta Económica. Para el cálculo.
Formula: (Menor Precio Ofertado) * 100 = Puntaje a ponderar
(Precio de oferta evaluada)
a) PROPUESTA TÉCNICA DEL SERVICIO (Ponderación 30%)
La propuesta técnica, se compondrá por dos subcriterios de evaluación, que, tienen el propósito de determinar la mejor oferta presentada.
b.1 Calidad Técnica (ponderación subcriterio 50%)
Se evaluará el cumplimiento de información aportada en Formulario Anexo 3 respecto al llenado de información y que acompañe respaldos técnicos que permiten verificar los estándares mínimos exigidos en Bases Técnicas.
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Presenta propuesta técnica completa según lo solicitado, adjunta fichas, catálogos u otro que permite verificar el cumplimiento de la totalidad de los estándares exigidos en Bases Técnicas.
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100 puntos
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Presenta propuesta técnica completa según lo solicitado, no adjunta la totalidad de las fichas, ni catálogos u otro que permite verificar el cumplimiento de los estándares técnicos exigidos en Bases Técnicas, sin embargo, la comisión estima que es viable la ejecución de los servicios.
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50 puntos
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No presenta propuesta técnica completa según lo solicitado, no adjunta fichas, ni catálogos u otro que permite verificar el cumplimiento de la totalidad de los estándares exigidos en Bases Técnicas, o no indica.
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Fuera de Bases
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b.2 Plazo de Respuesta a fallos (ponderación subcriterio 50%)
Se dará mayor puntaje al proveedor que inicie la prestación en el menor tiempo y cuando ocurra un fallo o emergencia, Formulario Anexo 4. En caso de igualdad de tiempo ofertado, se asignará el mismo puntaje a las ofertas coincidentes.
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Mejor tiempo de respuesta (El oferente se presenta de 0 a 3 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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100 puntos
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Segundo mejor tiempo de respuesta (El oferente se presenta de 3:01 a 6 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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90 puntos
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Tercer mejor tiempo de respuesta y sucesivos (El oferente se presenta de 6:01 a 9 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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80 puntos
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Cuarto mejor tiempo de respuesta y sucesivos (El oferente se presenta de 9:01 a 12 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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60 puntos
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Quinto mejor tiempo de respuesta y sucesivos (El oferente se presenta de 12:01 a 18 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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40 puntos
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Sexto mejor tiempo de respuesta y sucesivos (El oferente se presenta de 18:01 a 24 horas corridas desde que ocurre alguna indisponibilidad)
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20 puntos
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Superior a 24 horas corridas, o no indica.
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Fuera de Bases
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b) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 20%
Se evaluará la experiencia de los oferentes asignando puntajes según el número de órdenes de compra, de acuerdo al Formulario Anexo 5
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Mayor cantidad de trabajos ejecutados en número de órdenes de compra y/o Certificados
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100 puntos
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Segundo mayor cantidad de trabajos ejecutados en número de órdenes de compra y/o Certificados
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80 puntos
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Tercer mayor cantidad de trabajos ejecutados en número de órdenes de compra y/o Certificados
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60 puntos
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Cuarto mayor cantidad de trabajos ejecutados en número de órdenes de compra y/o Certificados
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40 puntos.
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Quinto y siguientes en cantidad de trabajos ejecutados en número de órdenes de compra y/o Certificados
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20 puntos.
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No indica o no tiene
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0 puntos.
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c) PROGRAMA DE INTEGRIDAD (ponderación 05%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de éste por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
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DETALLE
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PUNTAJE
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Oferente Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal.
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100 puntos
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Oferente cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal.
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50 puntos
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Oferente No cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal, o no presenta programa de integridad.
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0 puntos
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La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
d) CUMPLIMENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (ponderación 05%)
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Para la presentación de documentos omitidos de los puntos 12.1, letra a), b), c), d), e) f), g) y 12.2, letra b), c), f), al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos. Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo no superior a 25 horas.
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Presenta los documentos solicitados en los puntos 12.1, letra a), b), c), d), e) f), g), y 12.2, letra b), c), f), dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl
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100
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Presenta documentación incompleta o fuera del plazo primitivo solicitada a través de foro inverso.
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50
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No presenta la documentación solicitada a través foro inverso
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Fuera de Bases
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La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
16.1.- Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.2 letra a) y d) y 12.3 letra a), materia de evaluación, los que a falta de presentación, el oferente quedará fuera de bases, mientras que los documentos solicitados en los puntos 12.1 letra h), i), 12.2 letra e), no se podrán solicitar a través de foro inverso, asignándole el puntaje establecido en establecido en el punto 16.
Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. Esta relación contractual se formalizará, a través de Orden de Compra de acuerdo al art. 117 del Decreto N° 661, que aprueba el reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos.
Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que la adquisición será ejecutada correctamente.
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17.- MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Propuesta Técnica del Servicio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Experiencia del Oferente, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Programa de Integridad y, por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales.
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18.- DE LA ADJUDICACIÓN |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas de cada una de ellas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°17 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de que dos o más oferentes se encuentren con el mismo puntaje.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
18.1 Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18, último párrafo, de las presentes bases.
2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede.
3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado.
4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases.
5. De conformidad con lo señalado en la cláusula N°18 de estas bases, si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación.
6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada.
7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación.
8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir a alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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19.- DEL CONTRATO |
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Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la adjudicación del servicio, se deberá firmar el contrato dentro de un plazo de 07 días hábiles a contar de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, con la Unidad Técnica, de no poder cumplirse dicho plazo será facultad de municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal.
Para la firma del contrato, el adjudicatario deberá presentarse con los respectivos documentos:
-Copia de los Estatutos Actualizados (en caso de Persona jurídica o UTP) con Vigencia (si corresponde).
-Fotocopia Cédula Identidad Representante Legal de la Empresa o de los integrantes de las UTP
-Escritura Pública de Conformación de la UTP (si aplica)
-Haber ingresado la garantía de Fiel Cumplimiento previamente.
Si el oferente no suscribe el contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá adjudicar el servicio a otro de los oferentes que hayan sido evaluados con un tope de 70 puntos o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad.
Si durante el plazo del contrato del servicio, la Municipalidad requiere contratar servicios conexos, o realizar la prórroga al contrato vigente por el tiempo que conlleve a un nuevo proceso de Licitación, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM,
y si la empresa proveedora manifieste estar de acuerdo, se podrá realizar, formalizando la relación contractual de ésta, a través de la emisión de un anexo de contrato y posterior emisión de órdenes de compra, según sea la necesidad del servicio.
Si por cualquier causa que sea imputable al adjudicatario el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo la entidad licitante readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, de conformidad con la cláusula N°18.1 “Readjudicación”.
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20.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
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El Proveedor no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona natural o jurídica alguna. Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, manteniéndose no obstante como responsable directo ante la Municipalidad.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Proveedor” se establecen en el presente artículo, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato
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21.- PROCEDIMIENTO DE ENTREGA |
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Será responsabilidad del proveedor, considerando que el precio ofertado deberá incluir el valor del flete o traslado de productos, insumos, técnicas, certificaciones y los servicios requeridos para ejecutarse dentro de la comuna de Quillón, previa coordinación con el I.T.S.
Si, por error involuntario se entrega un servicio incorrecto, el cual no cumple con lo solicitado, tendrán un plazo de 4 horas desde su notificación, para subsanar el servicio, de no entregar lo requerido en el plazo mencionado y no dar cumplimiento, se procederá a la aplicación de multa, las que se detallan en el Punto N°27 de las presentes Bases.
El mandante requerirá los servicios enviando en cada oportunidad una Orden de Compra con el detalle de la prestación a realizar, Orden de Compra que será enviada al proveedor a través del portal.
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22.- SUPERVISIÓN |
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El Servicio, será supervisado por una Contraparte Técnica, nombrada por la Municipalidad de Quillón, responsabilidad que recaerá en el Director de la Dirección de Tránsito, quien tendrá la función de revisar los procesos o actividades, exigir al prestador de servicios los implementos necesarios para la preparación y mantención de los servicios, junto a esto correcciones que procedan y cualquier duda que surja de la interpretación de los antecedentes, así como los problemas que se deriven de su aplicación durante el transcurso del servicio, deberán ser expuestos a la Unidad Técnica, la que deberá resolver los problemas de orden técnico exclusivamente, correspondiéndole a la asesoría jurídica resolver aquellos de índole legal.
La Municipalidad será representada ante el adjudicado para efectos de fiscalización de los servicios, por la Inspección Técnica del Servicio (I.T.S). Las atribuciones de la I.T.S., serán, esencialmente, controlar el cumplimiento de los términos establecidos en la propuesta y en el contrato.
Los trabajos defectuosos o efectuados al margen de las normas correspondientes, que sean observados por el I.T.S, deberán ser corregidos por el adjudicado, según sus indicaciones en forma inmediata. Dicha corrección de las deficiencias, no libera al adjudicado de las multas que pueda aplicar el Mandante. I. Municipalidad de Quillón.
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23.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
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El proveedor, deberá ejecutar los servicios de acuerdo a la oferta presentada y a la calidad de servicio exigida en las presentes bases administrativas y bases técnicas. En caso de duda primará el criterio acorde orden de prelación establecido en el punto 4.3 de las presentes bases.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en el contrato de “contrato servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón, mayo 2026 – abril 2028”, por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el o los productos, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la responsabilidad de la Municipalidad.
El Proveedor, deberá presentar en el período de vigencia del presente Contrato suministro, Patentes Comerciales Vigentes por cada período de renovación de éstas (Semestralmente), Las que deben ser entregadas en oficinas de Partes de la I. Municipalidad de Quillón.
Se deja en claro que el proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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24.- RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR |
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El proveedor, deberá ejecutar los servicios de acuerdo a la oferta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en el contrato. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el o los productos, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajeno a la responsabilidad de la Municipalidad.
Se deja en claro que el Proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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25.- DE LAS MODIFICACIONES |
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Las condiciones de los servicios se estipulan en las bases técnicas y en la hoja de oferta, estas son inamovibles, la oferta es a precio fijo y no corresponderá pagar mayores servicios ejecutados por el Proveedor, aun cuando exista cualquier error en los estudios realizados.
Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor, podrá actualizar el valor de los productos adjudicados, en los siguientes casos:
En caso de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional declarado por Decreto Supremo, sólo en caso de variación de precios, considerando el porcentaje de alza de los productos relacionados al mercado nacional en esa situación, el que no podrá exceder del 50% más de su valor y debiendo ser el aumento de los precios, corroborado y justificado con antecedentes comparativos, con a lo menos 3 cotizaciones de distintos proveedores.
Además, durante el periodo de vigencia del contrato y con disponibilidad presupuestaria, podrá aumentarse el contrato hasta en un 30%, con acuerdo entre las partes, para lo cual deberá firmarse una modificación de contrato y la correspondiente modificación de las garantías en custodia. Emitiéndose una orden de compra, por este concepto.
Durante el plazo del contrato del servicio, la Municipalidad de Quillón, podrá contratar servicios conexos, o realizar la prórroga al contrato vigente por un periodo máximo de 90 días, tiempo que conlleve a un nuevo proceso de Licitación, siempre que el monto de dicha prórroga no supere el 30% del total, y si la empresa proveedora manifieste estar de acuerdo, formalizando la relación contractual de esta, a través de la emisión de la Orden de Compra, de acuerdo a lo establecido en el Art. 42, la facultad de modificar el contrato, establecer condiciones de prórroga y los límites a las condiciones en que podrá hacerse uso de esta, de conformidad a lo que establece el artículo 129 del Decreto N° 661 Que aprueba reglamento de la ley N° 19.886.
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26.- ESTADOS DE PAGOS |
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El precio convenido en el Contrato por servicio de mantención y/o reparación, se liquidará en estados de pago acorde a las Órdenes de Compra emitidas (aceptadas) y aprobada en forma satisfactoria, según requerimientos y concordada con la Unidad Mandante. Previo informe del ITS y Certificación de la Dirección, favorables, indicando que se ha ejecutado el 100% del servicio solicitado y realizado en el plazo correspondiente, de acuerdo a los servicios, condiciones, valores y plazos convenidos en las presentes BAE y Bases Técnicas. (Formulario propuesta técnica-económica).
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar Factura Electrónica en original a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0
Giro : Servicio Público
Dirección : 18 de septiembre N°250, Quillón
Debiendo adjuntar en cada estado de pago:
• Factura señalando la glosa “Contrato servicio de mantención preventiva y correctiva de semáforos y otros en la comuna de Quillón, mayo 2026 – abril 2028”, detallando el numero de la Orden de Compra.
• Adjuntar copia de la Orden de Compra del servicio ejecutado.
• Certificado F30-1 del periodo de la Inspección del Trabajo que acredite no tener reclamos laborales pendientes con sus trabajadores
• Contratos de trabajadores, sus imposiciones y copia de sus liquidaciones de sueldo canceladas
• Otros antecedentes, solicitados por el I.T.S.
En el 1er Estado de Pago, deberá acreditar con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas, siempre y cuando el ITS hubiere acreditado la recepción conforme al 100% y dentro del plazo correspondiente, dándose cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del Reglamento de la ley 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura junto al informe favorable del I.T.S. y demás antecedentes requeridos para cursar el estado de pago.
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27.- DE LAS MULTAS |
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Si el oferente no cumpliera con los servicios ofrecidos de acuerdo a lo detallado en Formulario N°3 Propuesta Técnica Económica, como plazos indicados en formulario N°4, de los Plazos, la Ilustre Municipalidad de Quillón quedará facultada para aplicar multas, de acuerdo a los criterios, detallados en la siguiente tabla:
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TIPO
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DETALLE
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VALOR
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Leve
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Incumplimiento en Mantención preventiva
Se aplicará por cada día de atraso respecto al inicio comprometido en su oferta y/o acordada en la orden de compra que contiene los servicios que se entregan con atraso.
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1 UTM
Por cada día de atraso
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Leve
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Incumplimiento en el plazo de respuesta
Se aplicará por cada dos horas de atraso respecto al inicio comprometido en su oferta y/o acordada en la orden de compra que contiene los servicios que se entregan con atraso.
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0.5 UTM
Por cada dos horas de atraso
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Moderada
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Los trabajos se realizan sin la señalización y/o Elementos de Protección Adecuados. No entrega informe mediante correo electrónico un informe del recorrido realizado. Según punto 2, letra g) de las Bases Técnicas.
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1,5 UTM
por evento
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Grave
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Entrega de producto o servicio, que no corresponde a las características ofertada en la Propuesta (por cada elemento)
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3 UTM
por evento
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Instalación de productos defectuosos, usados o con deterioro
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No da cumplimiento a lo estipulado en las BAE y el Formulario Propuesta Técnica.
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Interrupciones no justificadas en la prestación del servicio.
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(*) Será responsabilidad del oferente realizar su reposición en el plazo estipulado por la Unidad Técnica, como también enmendar el servicio mal ejecutado, el cual no podrá exceder los plazos estipulados en punto N°21 procedimiento de entrega, lo que no lo exime de la aplicación de multas indicada en la tabla precedente.
Si el producto instalado es de menor calidad a lo señalado en cada orden de compra o si se presenta con defectos, el proveedor tendrá un plazo de 48 horas para el cambio del producto, lo que no lo exime de la aplicación de multas.
De no entregar lo requerido en el plazo dispuesto para ello, la sanción pasará a ser grave
Sólo se aceptará un máximo de tres eventualidades de reposición de productos o enmendar trabajos realizados, ya sea por defecto, producto errado o trabajos mal ejecutados, en una cuarta eventualidad, se evaluará el término de contrato anticipado del convenio de suministro.
La formalidad para la aplicación de las multas señaladas en la tabla anterior, se notificará al proveedor a través del correo electrónico una vez recibido el Informe de la Inspección Técnica.
Será el ITS, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad del servicio requerido.
Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del estado de pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima.
En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato.
27.1 Procedimiento multas:
a) Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.
b) Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para responder la situación.
c) Informe extendido al alcalde, que contenga el análisis los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.
d) Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
e) Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
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28.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El Mandante podrá poner término administrativo y en forma anticipada a un contrato en los siguientes casos:
a) Si el contratista o alguno de sus socios administradores fuere declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva, o en el caso de sociedades anónimas, lo fuese algún miembro del Directorio o Gerente.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra.
c) Si el Proveedor no acatare órdenes e instrucciones que le dé la Inspección Técnica del Servicio.
d) Cuando de común acuerdo con el Contratista se resuelve liquidar el contrato.
e) Si el Contratista no comienza la obra, dentro de los primeros diez días desde el acto de entrega de Terreno.
f) Si el Contratista no constituyese o renovase las garantías en las fechas de vencimiento de las mismas.
g) Si durante la ejecución del contrato, el objeto de éste, quedare con defectos graves que no pudieran ser subsanados y que, consecuencialmente, obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto.
h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales y de salud, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
i) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
j) Si posee más de un 30% del contrato en multas y se resolverá con cargo al contratista.
Puesto término anticipado del contrato por cualquier causal antes señalada, salvo la estipulada en la letra "d", se mantendrán las garantías y retenciones del contrato para responder por el mayor precio que puedan costar los servicios por un nuevo Contrato, como así mismo de las multas que corresponda pagar por el atraso que se produzca, o cualquier otro perjuicio que resultase para el Mandante.
En este contexto, de determinarse el término administrativo y en forma anticipada a un contrato, se procederá al cobro de la garantía en custodia para luego efectuar una liquidación del estado de avance efectivo de los servicios, considerando con avance “cero” las partidas que no se encuentren totalmente terminadas, las que deban rehacerse o carezcan de certificación y las que presenten deterioro, conformando un avance que será contrastando lo efectivamente cancelado en el último estado de pago cursado, si existiese, a objeto de liquidar la parte financiera, pudiendo si existen un saldo a favor del contratista presentar un estado de pago con la información solicitada en el punto 24, acompañando los finiquitos de personal contratado en la obra.
Procedimiento para el término anticipado de contrato:
1. Emisión de informe por el I.T.S. que dé cuenta el incumplimiento respeto a Bases, en un periodo no mayor a 03 días hábiles.
2. Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1) quien tendrá 5 días corridos para efectuar sus descargos ingresándolos por oficina de parte adjuntando los documentos que en su relato considere que son relevantes
3. El I.T.S. revisará los antecedentes en conjunto al Asesor Jurídico, quienes analizarán el incumplimiento, las Bases y los descargos recibidos de los hechos relevantes, apreciándose a conciencia y emitiendo un informe con la recomendación
4. Emisión de Decreto Alcaldicio que resuelve el proceso dictando la medida a aplicar o desestimar en un plazo no superior a 5 días hábiles siguientes
5. Publicar el decreto en www.mercadopublico.cl.
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29.- DEL DOMICILIO Y JURISDICCIÓN APLICABLE |
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Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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