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DEL OBJETO |
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SERVICIO DE RADIO TAXIS EJECUTIVOS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado se encuentra detallado en las bases Técnicas de la Licitación.
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DISPOSICIONES PRELIMINARES |
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2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aún cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Se solicita que todos los antecedentes y formularios puedan ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Se solicita a los proveedores no modificar el formato de los anexos.
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ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
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Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
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Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida, Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días corridos y /o hábiles. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el Profesional del Departamento de Operaciones del Hospital de La Florida.
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DISPOSICIONES GENERALES |
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5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases de Licitación y cierre de las ofertas Las Bases se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl, hasta el día de cierre de las Ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59 horas del tercer día corrido contado desde la publicación de estas y solo a través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y Aclaraciones Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl, si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Cierre de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta las 16:00 hrs. del décimo día corrido contado desde la publicación de bases, a través de www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura se realizará desde las 16:01 horas del día de cierre de las ofertas y hasta los cinco (5) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de admisibilidad La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta, si esta, ha sido requerida en el proceso. Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las Ofertas La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder de 10 (diez) días hábiles.
Adjudicación de las ofertas La adjudicación de la Licitación se realizará a los 10 (diez) días hábiles contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del contrato El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y según el servicio solicitado en cada línea. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
Los valores deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo y entre otros, los relativos a remuneraciones, leyes sociales, alimentación, bencina o petróleo, peajes, derechos, patentes, legalización de documentos, patentes, permisos, insumos e indumentaria de desinfección y protección personal COVID 19, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados, los cuales deberán indicar la adquisición requerida claramente identificada.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 120 días corridos, contados desde la fecha desde el cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a DECLARARLA INADMISIBLE.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones internas del Hospital, éste podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir respuesta, se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta.
5.9.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.10.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LAS PROPUESTAS |
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Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada fórmula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos Nº 01 y N°02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisibles las ofertas.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA
ANEXO NOMBRE ANEXO
DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la declaración para ofertar exigida por Ley a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes documentos:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y uno de los siguientes documentos:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la información técnica respecto del servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N° 03 Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N° 03 Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
04
PLAZO (TIEMPO DE RESPUESTA) Documento en que se indica el plazo máximo de tiempo de respuesta propuesto por el oferente, de acuerdo a las Bases Administrativas y técnicas y demás documentos que forman parte de la licitación.
Se establece un límite base para el tiempo de respuesta para cada servicio (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde los minutos limites señalados para cada servicio, en adelante. En caso de presentar el oferente, un rango de tiempo en su propuesta se evaluará su oferta basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (así por ejemplo si su oferta señala su tiempo de respuesta entre 30 minutos a 60 minutos, se evaluará como si se hubiera ofertado 60 minutos de tiempo).
El tiempo de respuesta comenzará a ser contabilizado desde la solicitud realizada desde por el hospital a través de la unidad habilitada para hacer el requerimiento según lo estipulado en las bases técnicas.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N° 04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
05 CERTIFICADO COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación y que certifican que el oferente ha tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la prestación de los mismos servicios requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud de la Red Asistencial de Alta Complejidad. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Acreditación de Buen Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un representante de la entidad pública, identificado en el mismo documento, como tal y con el timbre de la Institución a la cual pertenece.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes que hayan adquirido los servicios en los últimos 36 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N° 05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN Documento en el cual el oferente declara e individualiza la cantidad de sus empleados no profesionales contratados DE FORMA INDEFINIDA y que poseen UNA RENTA BRUTA POR SOBRE EL SUELDO MINIMO LEGAL AUMENTADO EN UN 50%.
En este documento deberá indicarse tipo de contrato y monto de remuneración de cada trabajador individualizado.
Para acreditar lo señalado en este anexo, se deberá acompañar COPIA DE CONTRATO DE TRABAJO por cada trabajador señalado, donde conste la calidad de contrato indefinido y el monto bruto a remunerar.
Si no se acredita lo indicado en este anexo con la respectiva copia de contrato, se entenderá que no se cumple con los requisitos para considerarse las condiciones contractuales de ese trabajador en la evaluación del Criterio Condiciones de Empleo y Remuneración.
Solo se podrán presentar antecedentes de trabajadores que prestarán el servicio en esta contratación, según lo indicado en el Anexo 08 sobre Listado del Personal a prestar el Servicio. Si se presentan datos o contratos de empleados distintos a los indicados en Anexo 08, estos no serán considerados a evaluación.
Se evaluarán solo un máximo de 15 antecedentes de trabajadores con estas condiciones, si el oferente presenta un número superior de antecedentes, solo se considerarán los 15 contratos con fecha más próxima a este proceso.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta Técnica con el nombre: “Anexo Nº 06 Condiciones de Empleo y Remuneración”.
08 LISTADO PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO Documento donde se señala el Recurso Humano perteneciente al oferente que prestará los servicios para el Hospital en virtud de esta adquisición.
En dicho documento se especificará Identificación y tipo de Licencia de conducir, certificaciones etc., según el número y tipo de personal requerido en las Bases Técnicas.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo Nº 08 Listado Personal que prestará Servicios”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
09 LISTADO DE VEHICULOS Documento donde se señala el Recurso Físico Flota de Vehículos perteneciente al oferente que prestará los servicios para el Hospital en virtud de esta adquisición.
En dicho documento se especificará la cantidad, Identificación, tipo, marca modelo, capacidad de asientos y carga, categoría, características técnicas, año de fabricación, permisos y certificaciones etc., según el número y tipo de vehículo requerido en las Bases Técnicas.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo Nº 09 Listado VEHICULOS que prestará Servicios”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
10 ÓRDENES DE COMPRA Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las Órdenes de Compra para acreditar experiencia en la prestación de los servicios requeridos.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo Nº 10 Órdenes de Compra”.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos chilenos, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a remuneraciones, leyes sociales, alimentación, bencina o petróleo, peajes, derechos, patentes, legalización de documentos, licencias, permisos, insumos e indumentaria de desinfección y protección personal COVID 19, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica con el nombre: Anexo N° 07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a www.mercadopublico.cl.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será declarada inadmisible.
6.1.-Enmienda de los Documentos presentados
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, por su naturaleza podrá ser “esencial” o podrá ser “subsanable” es decir, con la posibilidad de enmienda o de subsanar errores u omisiones.
Conforme a lo anterior, los documentos, antecedentes o anexos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento, antecedente o anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del documento, antecedente o anexo, según se solicita en estas bases, la oferta será declarada inadmisible.
Se entenderán Documentos, antecedentes o anexos esenciales los siguientes:
Anexo N°02 Declaración Jurada
Anexo N°07 Carta Oferta.
Órdenes de Compras, emitidas en el portal de Mercado Público, aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia del proveedor en los servicios requeridos en la presente licitación.
a.2 Documento, Antecedente o Anexo Subsanable: Son aquellos que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso, omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes, a modo de ejemplo, Anexo 03 que presente errores pero, cuya información a enmendar, se encuentre acreditada con los correspondientes documentos , certificados o fotografías.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio a través de www.mercadopúblico.cl.
De ser solicitada enmienda, la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral 8.4.1 de las presentes bases.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el Hospital en las presentes bases.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
Jefe Abastecimiento.
Jefe CR.
Jefe Contratos.
Referente/s Técnico/s.
Responsable de la licitación.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación), deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
Jefe Abastecimiento.
Jefe Contratos.
Jefe CR.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los oferentes, en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación, dicotómico o porcentual.
Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
Criterio Mayor Valor:((Valor Ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
Criterio Menor Valor:((Menor Valor Ofertado)/(Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN DEFINICION PUNTAJE MAXIMO FACTOR PONDERACIÓN DEFINICION PUNTAJE MAXIMO
Cumplimiento de Requisitos Formales 1% Cumplimiento de los requisitos formales 100
Criterio Técnico 15% Cumplimiento de Especificaciones Técnicas 100 Antigüedad de la Flota 50% Antigüedad del 100% de la Flota ofertada 100
Cantidad de Vehículos de la Flota 50% Nota máxima al mayor N° flota 100
Plazo (Tiempo de Respuesta) 13% Evaluación tiempo de respuesta 100
Comportamiento Contractual Anterior 5% Evaluación del Comportamiento Contractual Anterior 100
Experiencia 3% Evaluación de experiencia en
la prestación de los mismos servicios comprobada a través de Ordenes de Compras de Mercado público 100
Condiciones de Empleo y Remuneración 3% Condiciones de Empleo y Remuneración 100
Precio 60% Evaluación económica de lo ofertado 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERÍSTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma. 0
8.4.2 Criterio Técnico (15%)
El Criterio de Evaluación Técnico se evaluará a través de dos factores “Antigüedad de la Flota” y “Cantidad de Vehículos de la Flota” asignándoles a cada uno de estos factores una ponderación de 50% de la ponderación total del Criterio, respectivamente.
Estos factores corresponden a características incluidas en los requisitos deseables estipulados en el Anexo N°03, sin perjuicio del requerimiento mínimo obligatorio establecido en Bases Técnicas sobre Antigüedad Máxima de la flota ofertada y Cantidad Mínima de Vehículos de Flota, con que debe contar el proveedor para prestar los servicios.
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de cada proveedor.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su incumplimiento no afecta el funcionamiento del Producto.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
Cuando no acompañe el Certificado o documento que acredite el requisito técnico Deseable.
También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, cuando el Certificado o documento que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
Requisitos Obligatorias (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos
También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
8.4.2.1 Factor “Antigüedad de la Flota”
Se evaluará la antigüedad del 100 % de la flota de vehículos de propiedad del oferente que prestarán el servicio. Los años a evaluarán serán los años de fabricación de los vehículos por sobre el año de fabricación mínimo exigido en las Bases Técnicas, correspondiente al año 2015.
Este factor se evaluará a través de mecanismo de tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA OFERTADA PUNTAJE
El 100 % de la flota cuenta con año de fabricación de 2019 o en adelante, 100
El 100 % de la flota cuenta con año de fabricación 2017 y/o 2018, 50
El 100 % de la flota cuenta con año de fabricación 2016, 25
8.4.2.2 Factor “Cantidad de Vehículos de la Flota”
Se evaluará el número de Vehículos en flota de propiedad del oferente por sobre el número mínimo de vehículos exigidos para prestar cada servicio en las Bases Técnicas.
Este factor se evaluará a través del mecanismo de fórmula de Mayor cantidad:
Criterio Mayor Valor:((Valor Ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (100)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su cantidad ofertada sea igual a la mayor cantidad ofertada, del conjunto de las ofertas. Cada cantidad ofertada distinta a la mayor cantidad ofertada, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.3 Plazo (Tiempo de Respuesta) (13%)
En el Factor de evaluación Tiempo de Respuesta, se evaluará el plazo que tardará el proveedor en llegar al Hospital La Florida una vez realizada la solicitud de vehículo. Se establece que el límite base para el tiempo de respuesta es de 15 minutos (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 15 minutos en adelante. En caso de presentar un rango de tiempo, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (así por ejemplo, si su oferta señala una respuesta de entre 30 minutos a 60 minutos, se evaluará como si se hubiera ofertado 60 minutos de tiempo de respuesta) El tiempo de respuesta comenzará a partir de la solicitud realizada desde el hospital por la unidad habilitada para hacer el requerimiento, según lo estipulado en las Bases Técnicas.
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo (Tiempo de Respuesta) (Anexo 04) 100
Menor Plazo:((Menor Plazo Ofertado)/(Plazo Ofertado))x 100
8.4.4 Comportamiento Contractual Anterior (5%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05, “Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación que declaren la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni termino anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a los mismos servicios requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud de la Red Asistencial de Alta Complejidad. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un representante de la entidad pública, identificado en el mismo como tal y con el timbre de la Institución que adquirió el servicio.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los servicios en los últimos 36 meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o
estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.5 Experiencia del Oferente (5%)
Consiste en la presentación de Órdenes de Compras, emitidas en el portal de mercado público, aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia del proveedor en el servicio requerido.
Se medirá la experiencia del oferente con la evaluación de las Ordenes de Compras que hayan presentado los oferentes en su Anexo 10, que indican los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de Compras referidos al mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con instituciones de salud de la Red Asistencial de Alta Complejidad. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, la Orden de Compra no será considerada como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra, deberán presentarse una por cada cliente. Si presenta más de una Orden de Compra emitida por la misma Institución Pública, sólo será considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado público y de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones que hayan emitido dicha Órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes distintos que hayan adquirido los mismos bienes en los últimos 12 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.6 Condiciones de empleo y remuneración (3%)
Se evaluará el número de empleados no profesionales del oferente, cuyas remuneraciones superan el Sueldo Bruto mínimo legal, aplicando al Criterio la metodología de Tabulación según la siguiente tabla y en conformidad a lo acreditado según Antecedentes de Anexo N°06:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Acredita de 11 a 15 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal aumentada en un 50% 100
Acredita de 9 a 10 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal aumentada en un 50% 50
Acredita de 7 a 8 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal aumentada en un 50% 40
Acredita de 5 a 6 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la R aumentada en un 50%enta Mínima legal 30
Acredita de 3 a 4 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal Presenta Certificados de 2 clientes 20
Acredita de 1 a 2 trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal aumentada en un 50% 10
No acredita trabajadores no profesionales, contratados de forma indefinida y con una remuneración por sobre la Renta Mínima legal aumentada en un 50% 0
8.4.7 Evaluación Económica (60%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada servicio requerido, el cual se debe ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
SERVICIO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada servicio será el que se someterá al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la adjudicación.
Menor Precio:((Menor Precio Ofertado)/(Precio Ofertado))x 100
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a www.mercadopublico.cl.
8.5.- Situación de Empate:
En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios:
Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Técnico Antigüedad de la Flota.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Técnico Cantidad de Vehículos de la Flota.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo de entrega.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio económico.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Experiencia.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Comportamiento Contractual Anterior.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Condiciones de Empleo y Remuneración
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron cumplidos por todas estas ofertas.
Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con especificación del puntaje final.
Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no discriminatorias.
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DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
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9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por el Servicio Requerido en estas Bases de RADIO TAXIS EJECUTIVOS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA.
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato.
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
El Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o deserta el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de Ésta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato se llevará a cabo según corresponda:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente debe cumplir íntegramente con lo señalado en el numeral 10.1 y 10.2 de estas bases.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato, a la Unidad de Contratos de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: El proveedor adjudicado debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N° 02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393.
b) En el caso de una unión temporal de proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
c) Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2 . - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro, tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente, pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía correo electrónico al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LE21 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en la secretaría de abastecimiento del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez dictada la Resolución que aprueba contrato se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme. Aceptación y Recepción, sin la cual el pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo a cobrar por el servicio, para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además señalará la forma de recepción de los servicios y los equipos en comodato, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin que proceda pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo. La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que ocurra primero.
No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto a la total tramitación de dicha Resolución.
10.6.- Renovación del Contrato
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, sólo por una vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas.
10.7.- Modificación Del Contrato
Se podrá modificar el contrato hasta por un 30% del monto adjudicado, dependiendo de los requerimientos y de la disponibilidad de recursos del Hospital La Florida a futuro.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, si se trata de empresas de “menor tamaño”, el monto de la garantía corresponderá al 5% del monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos, según Decreto N° 1.218 del 24 de junio de 2021 del Ministerio de Hacienda que modifica de forma transitoria el decreto Nº 250, de 2004, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas.
La calidad de empresa de menor tamaño deberá acreditarse al momento de la entrega de la garantía.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “SERVICIO RADIO TAXIS EJECUTIVOS” ID 812261-XX-LE21. (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y oportunidad de Entrega Física ENTREGA DE GARANTÍA EN FORMA PRESENCIAL:
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la secretaría de Abastecimiento, ubicada en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado público.
Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LQ21 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía, deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por la secretaria de abastecimiento, indicando la fecha de su recepción y sólo si se comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento de requisitos formales, sólo se verificará por la Unidad de Contratos.
GARANTÍA EN FORMATO ELECTRÓNICO:
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberá ser enviada al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 10 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa 6420, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso que el Hospital determine necesario aumentar o renovar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato
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DE LA ENTREGA |
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11.1.- De la Entrega
El plazo de entrega del servicio será el ofertado por el proponente en Anexo N° 04 Plazo de Entrega, dicho plazo corresponde al tiempo que tardarán los vehículos, en llegar al Hospital La Florida, una vez realizada la solicitud de traslado. Se establece que el límite base para el tiempo de respuesta es de mínimo 15 minutos (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia para su evaluación, es decir se debe ofertar desde 15 minutos en adelante. El tiempo de respuesta comenzará a partir de la solicitud realizada por el Hospital desde las unidades habilitadas para hacer el requerimiento según lo establecido en las Bases Técnicas.
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MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director, poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de 4 meses, durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número 12.2.1 de las bases administrativas
c) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad u otra condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
f) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por esa Unidad para la ejecución de este.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
k) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
n) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en estas bases y su contrato dará derecho al Hospital para dar término ipso facto a la contratación, sin más trámite.
Terminado el contrato en forma anticipada, el Hospital quedará facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor.
12.2. Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante.
12.2.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Bases Técnicas y sus correspondientes indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.3. Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
1. En la eventualidad que el transporte no concurra en los plazos ofertados, el Hospital aplicará una multa de 0.25 U.T.M. por cada 5 minutos de atraso. Con todo y sin perjuicio de lo anterior si el transporte demora más de 30 minutos el Hospital podrá dejar sin efecto la solicitud del servicio, no pudiendo ser cobrado por el proveedor en la factura mensual.
2. En caso de desperfectos mecánicos de los vehículos y/o accidente menor, que impidiera completar el trayecto, el oferente adjudicado enviará en forma inmediata un móvil de reemplazo en un tiempo no superior a 30 minutos, sin costo para el Hospital, en caso de exceder ese tiempo el back up, se cobrará una multa de 0.25 U.T.M. por cada 5 minutos de atraso.
3. El oferente adjudicado no realiza agendamiento solicitado para el traslado de pasajeros: multa de 0.25 U.T.M. por cada vez que no se agende.
4. El oferente adjudicado acumula más de 3 reclamos por pasajeros, dentro de un mismo mes calendario: 1 U.T.M.
5. El oferente adjudicado no entrega y da cuenta de los registros y detalle de tráfico: multa de 2 U.T.M. por cada infracción a esta obligación.
6. La concurrencia de un vehículo y/o conductor que no fue informado y respaldado su cambio o no fue debidamente incorporado con anterioridad y registrado por el Administrador del Contrato al listado de los vehículos que deben prestar el servicio, se cobrará una multa de 2 U.T.M. por cada evento.
7. El no informar y respaldar en forma y tiempo, los eventos de reemplazo de vehículos o personal durante la prestación de los servicios según lo establecido en el numero 2 letras e y g de las Bases Técnicas.
8. La concurrencia de un vehículo en condiciones sub estándares, en relación a mantenimiento, equipamiento, higiene, documentación, etc., se cobrará una multa de 2 U.T.M. por cada evento.
9. La acumulación de 2 amonestaciones en 1 mes o 1 amonestación por mes durante 2 meses consecutivos, será causal para el cobro de una multa equivalente a 2 UTM.
10. En el evento de no entregar la Nómina señalada en Número 2 de las Bases Técnicas, sobre Registro de personal y vehículos, dentro del plazo de 10 y 5 días hábiles respectivamente desde la firma del contrato y la modificación de nómina respectivamente, se aplicará una multa de 0.25 UTM por cada día de atraso.
12.4. Registro de comportamiento El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de multa(s), cobro de garantía o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros:
• Registro Nacional de Incumplimiento de Chileproveedores y
• Registro interno de Evaluación del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que gestiona la Unidad de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada, podrá ser utilizada en la evaluación del proveedor en futuros procesos de adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el correspondiente Criterio de “Comportamiento Contractual Anterior”.
12.5 Procedimiento de cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una multa o término Anticipado de Contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico - Administrador del contrato, dirigido a la Unidad de Contratos del Departamento de Abastecimiento. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una multa o Termino anticipado, según Bases y calculará los montos a pagar cuando se trate de multas.
La Unidad de Contratos, notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl, además se podrá intensificar la notificación pondrá en conocimiento del proveedor, por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo N°01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico - Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la Multa o el término anticipado de contrato según corresponda, y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo de gestión de contratos.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos presentados por el proveedor, deberán formalizarse a través de una resolución fundada del Hospital, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La citada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la Unidad de Contratos, a la dirección indicada en el Anexo N°01 e informarse en el módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente cláusula a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl
12.6 El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación a través del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del respectivo servicio público. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado, se deberá ingresar la respuesta mediante el módulo de gestión de contratos. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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DE LA GARANTIA TÉCNICA SERVICIO |
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El oferente se obliga a mantener garantía técnica de los productos ofertados durante toda la vigencia del Contrato más 120 días hábiles.
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DE LA FACTURACIÓN |
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El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de traslados ni de facturación para ningún efecto.
El oferente sólo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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DEL PAGO |
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La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
c) La eventual aplicación de multas y sanciones.
d) Recepción en plataforma SAP del Hospital
e) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
Todo pago requerido del servicio prestado por parte del adjudicatario, deberá ser ingresado al Hospital mediante una prefactura.
El pago de facturas se efectuará por Tesorería General de la República en un plazo no superior a 30 días corridos.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
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Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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17.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designará a uno o más funcionarios en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato como Titular y un Suplente, quienes, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato.
17.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo N° 1.
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LEY Nº 20.584 |
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Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
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DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
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Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la vigencia del mismo.
El proveedor, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que a partir de ella pudiese derivarse, será de propiedad de las partes, no pudiendo, sin embargo, ninguna de ellas, reproducir, usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información, durante la vigencia del convenio y al menos 10 años terminado el contrato.
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BASES TÉCNICAS |
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1. OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición de los “SERVICIO DE RADIO TAXIS EJECUTIVOS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” que se van a adquirir mediante la presente licitación.
El servicio solicitado y el monto estimado es el siguiente:
SERVICIO CANTIDAD ESTIMADA 12 MESES GASTO ESTIMADO 12 MESES VALOR CON IVA INCLUIDO EN UTM
RADIO TAXIS EJECUTIVOS 180 TRASLADOS 550 UTM
Se emitirán las correspondientes órdenes de compra a los oferentes adjudicados de manera parcializada, según los requerimientos y necesidades del Hospital Clínico Metropolitano La Florida.
Esta estimación no constituye una obligación de compra inmodificable para HLF y puede experimentar variaciones, incrementándose o disminuyendo.
2. ASPECTOS GENERALES
Esta licitación comprende tres ítems o líneas. Por el hecho de presentar su propuesta, el oferente reconoce y se compromete a cumplir con todos los requerimientos mínimos de estas bases, los cuales serán exigidos y verificados por el Hospital durante toda la vigencia del contrato y su incumplimiento o infracción acarreará las sanciones establecidas en este proceso de licitación.
Para la prestación de todos los Servicios se requiere y se establece lo siguiente:
a) Todos los Vehículos de pasajeros o de carga ofertados para la prestación del Servicio, deberán contar con no más de 6 años de fabricación desde la adjudicación (máximo año de fabricación 2015). En caso de superar esta cantidad de años en algún vehículo, la oferta será declarada inadmisible. Esto se deberá comprobar mediante la emisión de certificados (padrón) que acrediten el año de fabricación de la totalidad de la flota.
b) Para los vehículos solicitados que operen sin Base en el Hospital, se exige un tiempo de respuesta mínimo al servicio de 15 minutos. No se podrá ofertar un plazo inferior a este, cualquier plazo inferior se entenderá equivalente a este mínimo para efectos de su evaluación. Con todo el plazo máximo a ofertar no podrá exceder a 60 minutos. Si se oferta un plazo superior a 60 minutos la oferta se declarará inadmisible
c) Disponer de vehículos y de personal necesario y suficiente según lo requerido por el Hospital para la prestación de cada Tipo de Servicio, que garantice la oportuna entrega dentro de los tiempos de respuesta ofertados. El proveedor deberá reemplazar a su personal ausente a todo evento, con otro personal indicado en su oferta. De presentar otro personal no ofertado, este deberá ser calificado y deberá reunir las mimas características y certificaciones que los ofertados. En el evento de ser necesario el reemplazo del personal, se deberá informar por teléfono y respaldar por correo electrónico con la documentación necesaria el cambio (CV, licencia conducir al día, contrato laboral), al Administrador del contrato, antes de la prestación del servicio. Todo sin perjuicio de la aplicación de la respectiva multa por el no aviso en tiempo y forma.
d) Se deberá informar cualquier avería y/o reparación de los vehículos utilizados en la prestación del servicio, para registro de eventos en los vehículos, debiendo subsanar la avería con guía de servicio de mantención preventiva y/o correctiva, todo a costo del proveedor.
e) En caso de desperfecto mecánico, panne, o choque de los vehículos durante la prestación del servicio, el proveedor deberá contar con vehículo de back up de iguales características habilitado para prestar el servicio y contemplado en la flota ofertada, el cual deberá concurrir en reemplazo en un plazo máximo de 30 minutos. Esta operación tendrá costo $0 para el Hospital. Todo lo anterior deberá ser notificado por teléfono y respaldado por correo al Administrador de contrato antes del reemplazo, so pena de la aplicación de las respectivas multas.
f) Toda infracción de tránsito, Seguros obligatorios y el pago de accesos a carreteras urbanos y/o peajes (TAG), insumos bencina o petróleo, mantenciones preventivas y correctivas de los vehículos, remuneraciones del personal, permisos de circulación y patentes , equipamiento de protección personal (covid19 mascarillas , guantes, separación física , delantal o pecheras etc.) , costo back up vehículos, costo back up personal , etc, así como todo otro gasto asociado a la prestación del servicio de traslado para cualquiera de los servicios requeridos es de responsabilidad y costo del proveedor adjudicado.
El Pago de accesos a estacionamientos por hasta 20 minutos será sin costo para el Hospital. Transcurrido este tiempo, el proveedor tendrá la facultad para incluirlo en su cobro mensual, para ello, todo gasto por este concepto deberá ser individualizado y respaldado junto a la facturación del mes.
g) En la eventualidad que el móvil tarde más de 30 minutos respecto a la hora en que fue requerido, el Hospital podrá dejar sin efecto el servicio, no pudiendo ser cobrado en la factura mensual, todo sin perjuicio de la aplicación de la respectiva multa.
h) El proveedor deberá contar con un sistema en línea para el agendamiento de pasajeros, seguimiento/monitoreo, tráficos y tarifas del móvil, el que deberá detallar en su propuesta técnica. De no contar con este sistema o si no lo detalla en su propuesta técnica, su oferta será declarada inadmisible.
i) El personal del proveedor deberá mantener en todo momento una presentación personal impecable y una conducta intachable y de buen trato, acorde con los valores e imagen del Hospital de la Florida. Deberá a su vez contar con todo el equipamiento de Protección Personal necesario Covid 19, (mascarilla, guantes, delantal o pechera, etc.) a costo del proveedor.
j) El Hospital podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del proveedor, ante razones fundadas. Además, mantendrá supervisión permanente del personal prestador del servicio, velando por la calidad del resultado de éste.
k) El proveedor, estará obligado a prestar toda su colaboración y cumplir con todos los requisitos que sean exigidos por la autoridad en el proceso de autorización sanitaria y/o acreditación del Hospital de la Florida, en caso de cualquier incumplimiento o negativa por parte del proveedor o su personal, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato.
l) Dentro de los 10 días hábiles desde la firma del contrato y dentro de los 5 días hábiles siguientes, ante cualquier modificación o nueva contratación que realice el proveedor, es obligatorio entregar al Administrador de Contrato del Hospital, una Nómina de Registro de personal y Vehiculos con los siguientes documentos:
- Nómina de conductores y fotocopia de sus respectivas licencias de conducir.
- Copia de cada contrato de trabajo.
- Copia de registro derecho a saber (la obligación de informar los riesgos existentes en el puesto de trabajo).
- Copia de registro entrega de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
- Copia de registro de entrega de elementos de protección personal.
- Certificado de afiliación organismo administrador (Mutual respectiva).
- Nómina de vehículos que prestarán el servicio, especificando marca, modelo, año y patente.
- Documentación al día del vehículo y bitácora de mantenimiento con la programación de mantenciones por el tiempo que dura el contrato.
- Hoja de vida del Conductor.
- Certificado de Inhabilidades para trabajar con niños.
- Certificado de Antecedentes de cada conductor.
- Cada conductor debe acreditar experiencia en cargos similares.
m) El proveedor deberá contar con un Sistema de registro de traslados, provisto por el Proveedor, que deberá entregar mensualmente como mínimo al Administrador del Contrato lo siguiente:
- Planilla mensual de traslados por unidad que utiliza el servicio, que especifique: Fecha servicio, Hora inicio, Hora término, Pasajero, Unidad del Hospital, Origen, Destino, Móvil, N° Vale, y Valor traslado
- Boletas de cada traslado
- Incidentes en los procedimientos y procesos de traslado
- Accidentes y exposiciones laborales
- Programa de supervisión y resultados
- Actividades de mantenimiento preventivo y correctivo a los vehículos
- 7 talonarios para usuarios, mensuales con 1 microcorte y 2 numeradores, foliado, con grapa para unir, 100 copias por talonario, contando en los 2 numeradores con espacio para ingresar: nombre del funcionario que hará uso del servicio, fecha, hora de comienzo del viaje, hora de término del viaje y destino.
- Registro de trazabilidad para corroborar kilometraje recorrido y traslados realizados, el cual debe ser por medio de sistema informático y corresponderá a requisito para la ejecución del pago.
n) El hospital dispondrá de un periodo de gracia de 10 minutos para hacer uso del vehículo solicitado desde su llegada al Hospital. Si el Hospital hace uso de ese tiempo, este periodo de espera, no podrá ser cobrado por el proveedor. Por tanto, toda Tarifa de cobro, en estos casos, deberá empezar a regir desde ese plazo terminado este periodo de gracia, en adelante.
o) El adjudicatario es el único responsable (a su entero cargo y costo), de los vehículos que ejecutan el servicio y de todas las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo, donde debe dar cumplimiento a las exigencias de la normativa vigente y planes o protocolos de mantenimiento de fábrica, los cuales deben ser entregados al Administrador de Contrato dentro de los 10 días hábiles desde la firma del contrato. El proveedor deberá llevar un inventario, ficha técnica y hoja de vida de todas las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo.
p) El proveedor deberá realizar diariamente aseo y limpieza de los vehículos, actividad diaria que se deberá realizar antes del comienzo de la prestación del servicio, las respectivas jornadas o turnos de trabajo y/o con la frecuencia según necesidad, con el objeto de mantener condiciones de higiene óptimas. Estas actividades deberán ser realizadas por el personal del Proveedor y deben estar ajustadas al Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes – Covid-19 del Ministerio de Salud.
q) El proveedor deberá tener implementados, a su costo, las siguientes medidas de prevención respecto a Covid-19 en todos sus vehículos y personal que prestará el servicio:
• Deberán existir barreras físicas dentro de los vehículos, llámese protectores plásticos, láminas de separación u otro similar que sirva para aislar al chofer de los pasajeros.
• Deberán existir en la prestación de los servicios todos los protocolos y elementos de protección personal para los conductores, uso de alcohol gel, mascarillas, distanciamiento social y todos aquellos protocolos que se estimen pertinentes.
r) El proveedor deberá realizar inspección y control, actividad diaria de revisión, que se realizará antes del comienzo de las respectivas jornadas o turnos de trabajo. Estas actividades serán realizadas por el personal de la Empresa, con la finalidad de detectar oportunamente condiciones sub estándares, para con esto ayudar a mantener condiciones óptimas de funcionamiento, como también el cumplimento de normas del personal.
En estas revisiones se deberá fiscalizar al menos:
• Que el vehículo tenga el estanque de combustible lleno al comienzo de la jornada.
• Presión y desgaste admisible de neumáticos.
• kit de seguridad en condiciones óptimas.
• Luces en buen estado
s) Todos los vehículos deberán contar con las siguientes características y/o implementación, que deberá cumplir durante toda la vigencia del contrato y que el Hospital podrá revisar en cualquier momento durante este:
• kit de seguridad
t) El Hospital tendrá la posibilidad de dejar sin efecto una solicitud de servicio dentro del plazo de concurrencia del Vehículo al Hospital o lugar de origen, a través de llamado telefónico o correo electrónico al proveedor. Con todo si el aviso de cancelación, fuera hecho por el Hospital, posterior a la llegada del vehículo a la institución o al lugar de origen del traslado, el hospital estará obligado a pagar un valor equivalente al precio de 30 minutos de recorrido calculado según los valores ofertados por el proveedor en su oferta económica. Para proceder a este pago, la llegada del vehículo al Hospital o lugar de origen de traslado se deberá comprobar con el correspondiente registro de GPS asociado y la correspondiente constancia de cancelación y llegada del vehículo firmada por el administrador del contrato.
3. DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL SERVICIO
a) La solicitud de servicio al proveedor, será realizada a través del envío de correo electrónico dirigido al proveedor, al correo señalado por éste en su Anexo N°01.
b) Este correo deberá contener expresamente como respaldo, el número de solicitud realizada en SAP del Hospital, autorizada por el Jefe de la Unidad solicitante, donde conste la justificación del requerimiento de traslado.
c) El proveedor deberá exigir dichos datos de respaldo en cada solicitud de traslado.
De no existir este respaldo, no será posible verificar la trazabilidad del traslado, por tanto, el pago por estos servicios no será autorizado.
4. DEL SERVICIO EN PARTICULAR
A. SERVICIO DE RADIO TAXIS EJECUTIVOS
A.1. Detalle del Servicio Solicitado
Se necesita contratar el servicio de Radio Taxis Ejecutivos para traslado de pasajeros, para cubrir, dentro del rango territorial de la Región Metropolitana, la siguiente necesidad de traslado del Hospital:
- Traslado de pasajeros con o sin equipaje
A.2. Requerimientos del Servicio
Flota de Vehículos de transporte privado prestado por empresa de radio taxi ejecutivos remunerado de pasajeros.
Prestar el servicio de forma exclusiva a uno o más pasajeros (individualizados por el Hospital en forma predeterminada), desde un origen y hasta un destino preestablecido.
Prestación del servicio durante las 24 horas del día y los 365 días del año, de manera tal que sea entregado ininterrumpidamente.
El proveedor debe contar con una flota mínima de 05 vehículos para prestar el servicio de manera simultánea.
La flota de vehículos debe poseer Sistema en línea para el agendamiento de pasajeros, seguimiento/monitoreo, tráficos y tarifas del móvil, el que deberá detallar en su propuesta.
Todos los vehículos de la flota ofertada, deberán incluir y/o contar con Sistema monitoreo GPS registrable, al cual deberá tener acceso el Hospital
Cada vehículo, debe poseer cinturones de seguridad y airbag obligatorios, espacio físico entre pasajeros y carga, y cualquier otro sistema propio de seguridad tanto para el traslado de pasajeros como de carga.
Será obligación contar con toda la documentación de los vehículos de la flota al día, tales como: Permiso de Circulación, Seguro Obligatorio, Revisión Técnica, Certificado de Emisiones Contaminantes, etc.
Conductor habilitado y certificado.
Vehículos climatizados.
Reemplazo de vehículo y/o conductor en caso de fallas, imprevisto, fuerza mayor, faltas y/o situación que impida continuar el trayecto.
Elementos de protección personal para conductor y separación física de espacio chofer y pasajero.
A.3. Presentación de la Oferta
El servicio de Transporte correspondiente a Radio Taxis Ejecutivos, deberá ser ofertado en las siguientes modalidades:
- Bajada de Bandera
- Precio por kilómetro de servicio
- Precio por minutos
El tarifado o valor de cada servicio utilizado por el Hospital, será y corresponderá al que se ha establecido y dispuesto en el D.S. N°212/1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Cada vez que ocurra un ajuste de los valores objeto del presente contrato, el Adjudicado enviará un comunicado al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
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