Licitación ID: 1596-6-LR26
REP VEREDAS BARRIO REINA LUIS PARRAL
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL VII REGION
Fecha de Cierre: 18-02-2026 19:52:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 29 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA "REPOSICIÓN VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL" CODIGO BIP 40.031.175-0  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REP VEREDAS BARRIO REINA LUIS PARRAL
Estado:
Publicada
Descripción:
EL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE REQUIERE CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CIVIL CONTEMPLADA EN EL PROYECTO DENOMINADO REPOSICIÓN VEREDAS BARRIO REINAL LUISA PARRAL CODIGO BIP 40.031.175
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
40031175
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Gobierno Regional del Maule
R.U.T.:
72.227.000-2
Dirección:
1 NORTE #711, TALCA.
Comuna:
Talca
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-02-2026 19:52:00
Fecha de Publicación: 19-01-2026 16:50:48
Fecha inicio de preguntas: 19-01-2026 17:01:00
Fecha final de preguntas: 29-01-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-02-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-02-2026 19:53:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2026 19:53:00
Fecha de Adjudicación: 16-04-2026 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA EN 2 SUR CON AVENIDA ARTURO PRAT, COMUNA DE PARRAL 23-01-2026 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1
2.- ANEXO 2
3.- ANEXO 3
4.- ANEXO 4
5.- ANEXO 9
6.- BASES ADMINISTRATIVAS
7.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS 1
8.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS 2
9.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS 3
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 6
 
2.- ANEXO 7
 
3.- ANEXO 8
 
4.- BASES TÉCNICAS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 5
2.- ANEXO 10
3.- ANEXO 11
4.- PPTO VEREDAS EDITABLE
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 35%
2 Programa de integridad SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
3 Registro calificaciones Ministerio de Vivienda y U SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
4 Experiencia en obras similares SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 35%
5 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
6 Sello de mujer SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
7 Contratación de al menos una persona en situación SEGÚN PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 419838000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: FRANCISCA SAN MARTIN LANCTOT
e-mail de responsable de pago: FSANMARTIN@GOREMAULE.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL VII REGION DEL MAULE
Fecha de vencimiento: 18-05-2026
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta en el llamado a Licitación Pública PARA CONTRATAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que adjudica la licitación o la declara desierta. Este plazo podrá extenderse en caso que se adjudique a aquellas ofertas que le sigan en puntaje, para el caso que el adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato Respecto del oferente adjudicado, se devolverá dentro del plazo de 5 días hábiles desde que se encuentre aprobado por resolución el contrato y una vez que se haya constatado la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del mismo. En todo caso las garantías serán devueltas a contar del día subsiguiente a la fecha de la resolución que aprueba el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL VII REGION DEL MAULE
Fecha de vencimiento: 18-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para proyecto “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se devuelve dentro de los 10 días hábiles siguientes a la resolución que apruebe el Acta de recepción Provisoria, debiendo ser reemplazada dentro de dicho período y previo a su restitución por la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras. Será el Administrador de Proyecto, a petición de la Inspección Técnica, quien solicite al Departamento de Finanzas, por escrito, la devolución de dicha Garantía. Debe acreditar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL VII REGION DEL MAULE
Fecha de vencimiento: 18-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para proyecto “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se devuelve dentro de los 10 días hábiles siguientes a la resolución que apruebe el Acta de recepción Provisoria, debiendo ser reemplazada dentro de dicho período y previo a su restitución por la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras. Será el Administrador de Proyecto, a petición de la Inspección Técnica, quien solicite al Departamento de Finanzas, por escrito, la devolución de dicha Garantía. Debe acreditar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

 

CAPITULO I: BASES ADMINISTRATIVAS

1.- Características de la licitación.

Nombre de la licitación

REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL

Código BIP

40.031.175-0

Descripción

Las Bases Administrativas Generales y Especiales, regularán los procesos de licitación, análisis, adjudicación, contratación, plazos, garantías, sanciones por incumplimiento de requisitos exigidos en la etapa de licitación y ejecución de las obras y forma de pago financiado total o parcial según sea el caso.

El Gobierno Regional del Maule (GORE Maule) requiere contratar la ejecución de la obra civil contemplada en el proyecto denominado “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.-

En mérito de lo anterior, el GORE Maule convoca el presente proceso de licitación pública, con el objetivo de disponer de la ejecución de obras civiles conducentes a la REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL

El proyecto consiste en la reposición de veredas para el paso peatonal  del Barrio Reina Luisa es uno de los barrios más antiguos de la comuna de Parral, actualmente sus aceras se encuentran en condiciones irreparables y requieren de una intervención ya que además de estar con su vida útil terminada no cuentan con accesibilidad universal y dificultan la movilidad de quienes residen en el área, provocando accidentes y riesgos para la salud de las personas, además de un deterioro de la imagen del barrio.

El proyecto considera la ejecución de las obras de reposición de 4.087,84 metros cuadrados veredas de hormigón, conforme plan de mejoramiento de veredas de la comuna de Parral. interviniendo veredas simples, veredas reforzadas y accesos vehiculares, lo que, además, incluye demarcación y señalética como un complemento al mejoramiento de la vialidad peatonal, en los siguientes tramos de vías:

1.- calle 2 sur, entre pje. 13 y Victoria (costado sur).

2.- calle 2 sur, entre Victoria y A. Prat (costado norte y sur).

3.- calle 3 sur, entre Bosque y A. Prat (costado norte y sur).

4.- calle 4 sur, entre Bosque y A. Prat (costado norte y sur).

5.- calle 5 sur, entre Victoria y A. Prat (costado norte).

6.- calle A. Prat entre 2 sur y 5 sur (costado oriente y poniente).

7.- calle Bosque, entre 3 sur y 5 sur (costado oriente).

 

Esta obra debe incluir todo lo necesario para su correcta ejecución (suma alzada), considerando todos los costos y/o gastos asociados a ello.

Tipo de Licitación

Licitación Pública Mayor a 5000 UTM (LR)

Modalidad de contratación

La propuesta será a Suma Alzada, en moneda nacional (Pesos chilenos), sin intereses, ni indemnizaciones, ni reajustes de ningún tipo, según calendario de Licitación contenido en las presentes Bases.

Tipo de Convocatoria

Abierta

Moneda

Peso chileno

Presupuesto Estimado

$ 419.838.000.- (cuatrocientos diecinueve millones ochocientos treinta y ocho pesos). Impuesto Incluido.

Plazo máximo para la ejecución de la obra

El Oferente Adjudicado, deberá ejecutar el proyecto en un plazo máximo de 180 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de inicio indicada en el acta de entrega de terreno.

Etapas del proceso de apertura

Una etapa

Toma de Razón Contraloría

No aplica

 

2.- Antecedentes básicos del Organismo Demandante

Razón Social

Gobierno Regional del Maule (GORE Maule)

Unidad Técnica

Departamento de Ejecución de Obras, Fiscalización y Adquisiciones

RUT

72.227.000-2

Dirección

1 norte N° 711

Teléfono

71-2205221

Comuna

Talca

Región en que se genera la adquisición

Región del Maule

 

3.- Etapas y plazos

Fecha de Publicación

Una vez tramitada totalmente la resolución aprobatoria de las bases.

Fecha de inicio de consultas

A partir de la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha Final de consultas

Hasta el 8° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 17:00 horas.

Visita a Terreno

Se establece una visita a terreno de carácter obligatoria de la cual se indicará fecha y lugar a través del portal www.mercadopublico.cl

En el lugar de convocatoria y, antes de dirigirse a terreno, se firmará un Acta de Visita a Terreno, en la que se dejará constancia de la individualización de los asistentes y, en su caso, de la empresa, interesado u oferente al que representa.

Cada oferente es responsable de ver los medios para desplazarse hasta el terreno a visitar. Dicha Acta se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl. El Acta de Visita a Terreno contendrá, como mínimo, la siguiente información:

  1. Nombre del Oferente participante (Persona Natural o Persona Jurídica).
  2. Cédula de Identidad o Rut del Oferente participante.
  3. Nombre, Rut y cargo de la Persona que asiste (puede ser el mismo Oferente u, otra(s) persona(s) que lo represente(n)).
  4. Teléfono de contacto del Oferente o, en su defecto, el de la persona que asiste.
  5. Firma de la persona que asiste.

Cabe señalar que, la(s) persona(s) que asista(n) a la visita a terreno en representación de un Oferente, sólo podrán representar al Oferente por el cual se inscribió. Es decir, NO se permitirá que la(s) persona(s) inscrita(s) represente(n) a más de un Oferente.

No se proporcionará movilización, la que será de responsabilidad de cada uno de los asistentes.

Los interesados que no participen en la visita a terreno no podrán presentar ofertas y, en el evento en que lo hicieren éstas serán declaradas Fuera de Bases, por no ajustarse a las exigencias de las mismas.

En caso de no presentarse Oferentes a la visita a terreno Obligatoria, el Gobierno Regional declarará Desierta la Licitación, mediante Resolución, procediendo a efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública, por ser este requisito indispensable para la presentación de Ofertas.

Fecha de respuesta y/o aclaraciones

Hasta el 14° día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 17:00 horas, si recae en día inhábil se entenderá que vence hasta las 17:00 horas del día hábil siguiente

Fecha de recepción de las ofertas

El plazo de cierre para la recepción de las ofertas será hasta treinta (30) días corridos desde la fecha de publicación de las bases en el portal, hasta las 12:00 horas, si recae en día inhábil se entenderá que vence hasta las 12:00 horas del día hábil siguiente

Apertura de las ofertas

El día hábil siguiente al cierre de las ofertas.

Fecha estimada de evaluación de las ofertas

Dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha de adjudicación

Dentro de los cuarenta (40) días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl

Si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl.

Todos los plazos establecidos en las bases, como, en los instrumentos que la complementen, se entenderán de días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario.

Para efectos de la presente licitación, se considerarán hábiles, los días lunes a viernes inclusive, exceptuando los feriados y festivos y se considerarán corridos, los días lunes a domingo, incluido feriados y festivos.

En el evento que el último día de plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente para el día hábil siguiente.

Firma del Contrato

Dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de adjudicación

Vigencia de la oferta

La vigencia de la oferta será de a lo menos ciento veinte (120) días corridos contados desde la fecha de Apertura de las Propuestas.

Calendario de Fechas

La Unidad Técnica podrá modificar el calendario de fechas contempladas en la presente licitación, informando a los Oferentes, mediante aclaración publicada en el portal mercadopublico.cl, en la I.D. correspondiente

 



 


4.- Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases

Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación pública podrán formular sus consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 de estas bases a través de un foro electrónico disponible en la página web www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a la presente licitación.

La Unidad Técnica dará respuesta a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las Bases, sin perjuicio de otras aclaraciones y/o modificaciones a los antecedentes de Licitación que estime necesario hacer en la misma oportunidad. Estas “Aclaraciones y Respuestas a Consultas” serán publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo señalado en el cronograma de la presente licitación.

Tanto las consultas, como sus respuestas y las eventuales aclaraciones se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o rectifique y que no sea expresamente excluido por el GORE Maule. Las aclaraciones y anexos que emanen del Gobierno Regional del Maule prevalecerán sobre las Especificaciones Técnicas.

No se dará respuesta a consultas verbales o telefónicas efectuadas dentro y fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.

Modificaciones a las bases

Se podrán modificar las bases y sus anexos, ya sea de oficio por la entidad licitante o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal  www.mercadopublico.cl, y se entenderá que forman parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

Bases Administrativas y Técnicas

Las bases técnicas y administrativas que rigen este proceso de licitación, junto con las especificaciones técnicas y documento de respuestas y aclaraciones en ellas contenidas, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, pudiendo los interesados acceder a ellas ingresando a dicho sitio web.

En caso de existir discrepancia entre lo dispuesto en las bases administrativas y en la ficha del sistema de información www.mercadopublico.cl, prevalecerán las bases administrativas.

 

5.- Instrucciones para presentar ofertas

Presentación de ofertas por sistema

Obligatorio. Los archivos que los Oferentes deberán adjuntar en www.mercadopublico.cl, los cuales se detallan en los puntos siguientes, DEBEN SER ESCANEADOS, por lo tanto, deberán ser firmados, por el proponente o su(s) representante(s) legal(es), aquellos documentos y/o Formularios Anexos, respecto de los cuales se exija este requisito. La(s) firmas de la persona natural o del(los) representante(s) legal(es), estampadas en los documentos requeridos, deben ser igual(es) a la(s) registrada(s) en la (s) respectiva(s) Cédula(s) Nacional(es) de Identidad. No se aceptará documentos en los que se observe que la firma corresponde a una imagen en el documento y no una firma en el documento escaneado.

Si el Oferente realiza presentación de la Oferta en forma electrónica y, no hace llegar en forma física la Garantía de Seriedad de Oferta, se dejará al Oferente Fuera de Bases, no considerándose su propuesta para la evaluación.

Al momento de realizar la Oferta Económica (valor en pesos chilenos) en la Plataforma www.mercadopublico.cl, el Oferente deberá ingresar en el campo Precio Unitario, el Valor Total de la Oferta sin impuesto (Valor Total Neto).

Los documentos mencionados que al final señalen la palabra “ESENCIAL”, deberán estar presentes al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas que correspondan. Si no se encuentran en ese momento, serán rechazadas las ofertas. Respecto de la garantía de seriedad de la oferta, programa de integridad y registro nacional de contratista y todo documento exigido en las bases especiales, no sólo debe estar presente, sino que debe haberse emitido en los términos que señala el presente pliego de condiciones. De no ser así, será rechazada la oferta.

Anexos Administrativos

  1. ANEXO N° 1 “FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE”. En este deberá declarar si se encuentra inscrito en Portal de Mercado Público al momento de registrar su oferta.
  2. ANEXO N° 2 “DECLARACIÓN JURADA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES”. EN CASO DE CORRESPONDER.
  3. ANEXO Nº3: “DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO Y/O CON PROHIBICIÓN DE SUSCRIBIR CONTRATOS CON EL ESTADO.
  4. ANEXO Nº4: “DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD”. Este formulario debe ser completado adjuntando además el documento asociado al programa de integridad de la empresa oferente
  5. Documentos solicitados en punto 6 documentos Administrativos.

 

Anexos Técnicos

 

  1. ANEXO N°5: “ITEMIZADO PARA PRESUPUESTO DETALLADO”. Esta información debe corresponder con la entregada en el Anexo N°5. (Las cubicaciones son estimadas siendo responsabilidad de empresa el estudio acabado de las cantidades), aplicando criterio suma alzada.

 

  1. ANEXO N°6 “NOMINA DE PERSONAL PERMANENTE Y/O TRANSITORIO”. Debiendo destacar al profesional que actuará como Profesional Residente de Obra y Profesional Autocontrol, para quienes se debe incluir:
  • Copia Certificado de Título Profesional.
  • Curricular Vitae.
  1. ANEXO N°7: “CARTA GANTT”. Detalla la secuencia de sus operaciones y la ruta crítica considerada, con fecha de inicio y término de cada partida, en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido.

Además se debe realizar descripción completa y detallada de los métodos y secuencias constructivas, no se incluyen los valores (Formato libre)

 

  1. ANEXO N°8: “LISTADO DE PROYECTOS EJECUTADOS EN LOS ULTIMOS 7 AÑOS”.

En este punto se evaluarán la experiencia de la empresa oferente en la ejecución de obras similares terminadas.              Se entenderá como obras similares las obras civiles de construcción de aceras de hormigón.

Para acreditar dichas obras se solicitará certificados de experiencia emitidos por el mandante (debidamente identificado), únicamente de empresas públicas, a nombre de la empresa oferente en el cual se debe indicar el nombre del proyecto, fecha de inicio, fecha de término y metros cuadrados ejecutados. 

 

 

Solo se considera válida experiencia en ejecución de obras de Veredas de hormigón, de antigüedad no mayor a 7 años.

 

  1. Anexo N°9 Declaración jurada simple de conocer antecedentes de la propuesta.

a) Haber estudiado todos los antecedentes y verificado la concordancia entre sí de los planos, especificaciones técnicas y el presupuesto oficial en los casos en que éste se entregue oportunamente antes de la apertura de la propuesta;

b) Haber visitado el terreno y conocer su relieve, características superficiales u otras que puedan incidir directamente en la ejecución de las obras;

c) Haber descargado del Portal Web Mercado público y estar en pleno conocimiento de las Adiciones y aclaraciones que pueda haber emitido el Gobierno Regional del Maule.

d) Haber verificado las condiciones de abastecimiento de materiales y vialidad de la zona;

e) Estar conforme con las condiciones generales del proyecto

 

k. Certificado de Inscripción vigente Registro del MINVU que posea el participante.

Podrán participar en esta Licitación Pública los contratistas que     cumplan con lo dispuesto en el D.S. N° 127 (V. y U.) de 1977, "Reglamento del Registro Nacional de Contratista del MINVU" y que tengan su inscripción vigente en los registros y categorías (excluyente) (Art. N° 26, D.S N°127(V. y U.) de 1977), que se señala en el siguiente cuadro:

 

COMUNA

PROYECTO

REGISTRO Y CATEGORÍA

CONTRATISTAS MINVU

Parral

“REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.-

Registro B-1

2° y 3° Categoría

 

                       

Se deberá tener presente que para participar en esta licitación los contratistas deberán cumplir con lo establecido en los Art. N° 27, N°28, N° 29 y N° 30 del D.S. N° 236/2002 (V y U).

 

El Gobierno Regional del Maule se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información presentada por el Oferente, con las respectivas Instituciones para corroborar la documentación.

Cuando el proyecto requiera inspección por parte del SERVIU para ejecutar y recepcionar las obras contratadas, el oferente deberá contar con su registro vigente en dicho servicio.

 

Si el oferente participa con UTP, esta condición deberá cumplirla cada uno de los integrantes de dicha UTP.

De no cumplir con lo mencionado, será causal para rechazar la propuesta del oferente y dejarlo fuera de Bases.

Anexos Económicos

Anexo N° 10 Propuesta Económica, valor neto (sin considerar el IVA).

Anexo N° 11 Desglose valorizado de los ítems que conforman los Gastos Generales. El total de Gastos Generales debe ser coincidente con el valor de Gastos Generales indicados en el  Itemizado de Partidas- Presupuesto de Obras y con el plazo otorgado en las presentes bases

Este documento no podrá ser modificado en ningún punto del itemizado, salvo que por aclaración se determine lo contrario, para lo cual se subirá al portal un nuevo anexo modificado. Si se detecta que ha sido modificado, será considerado fuera de Bases.

Este anexo se deberá adjuntar tanto en formato PDF debidamente firmado, como también en formato Excel. (Obligatorio ambos formatos)

Observaciones

Los documentos deberán mantener forma y fondo, siendo responsabilidad de cada oferente cualquier omisión y/o modificación, pudiendo ser causal para rechazar su propuesta.

Los anexos Administrativos, técnicos y económicos, deberán ser suscritos por la oferente persona natural o por el o los representantes legales de los oferentes, cuando se trate de personas jurídicas.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío de ofertas que entrega el sistema.

La omisión de uno o cualquiera de los documentos que, de acuerdo a las Bases Administrativas, que no son incorporados expresamente por el Oferente a la Plataforma www.mercadopublico.cl, así como los anexos o el contenido que se exija expresamente, será causal, para rechazar o no considerar la propuesta presentada, es decir, las Ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas Inadmisibles y no serán consideradas en la Etapa de Evaluación.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

 

 

6.- Presentación de Documentos Administrativos

Participantes

Los participantes deberán presentar junto con su propuesta técnico-económica los documentos y antecedentes que se detallan a continuación.

Sólo se recibirán documentos electrónicos los que deberán ser enviados a través del sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de recepción de ofertas.

Se deja constancia que la Unidad Técnica se reserva la facultad de solicitar posteriormente copia autorizada de estos documentos o de otros documentos legales de existencia, modificaciones y/o representación de la sociedad, lo que no exime al proponente de la obligatoriedad de incluir sus copias según lo exigido en las presentes Bases. En caso de UTP, deberá presentar estos antecedentes para cada uno de sus integrantes.

Persona Natural

  • Formulario de datos del Oferente Anexo N°1
  • Declaración jurada, según formato Anexo N° 3, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales de cobertura nacional, extendido por la Inspección del Trabajo competente, vigente al momento del acto de apertura y referido al período de los últimos dos años.
  • Fotocopia simple de cédula de identidad, por ambos lados

Persona Jurídica

  • Formulario de datos del Oferente Anexo N°1
  • Declaración jurada, según formato Anexo N°3, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
  • Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de Apertura Electrónica.
  • Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de Apertura Electrónica.
  • Personería: Cuando se trate de empresas inscritas en Registro de Comercio, deberá presentar Certificado de vigencia de Poderes emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. En el caso de las empresas constituidas electrónicamente, deberá presentar Certificado de Vigencia de Estatutos y Certificado de Anotaciones. En ambos casos la personería acreditada debe contar con vigencia, vale decir, emitido dentro de los sesenta días anteriores a la fecha fijada para la apertura de propuestas.
  • Copia de la cédula de identidad del representante Legal, por ambos lados.
  • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de cobertura nacional, extendido por la Inspección del Trabajo competente, vigente al momento del acto de apertura y referido al período de los últimos dos años.
  • Copia simple del RUT de la persona jurídica

Unión Temporal

La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

  1. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.

    b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

    c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

    d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.

    e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

Presentación de las ofertas. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

    Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Habilidad de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la ley y en el artículo 154 del Reglamento afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.

Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.

  

En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.

    Lo dispuesto precedentemente será verificado en la forma siguiente:

       1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.

    2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.

    3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.

Los antecedentes señalados precedentemente, respecto de la persona natural o jurídica, deben ser presentados por cada una de las personas naturales y jurídicas que la integren, según corresponda.

Además del respectivo acuerdo, en el cual debe quedar establecido:

  1. Que se trata de una Unión Temporal de Proveedores
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con ocasión de la contratación.
  3. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes,
  4. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación si se contempla en las Bases de Licitación.

Sello Mujer

Se solicita adjuntar Certificado del oferente con Sello Mujer, en caso de contar con el.

Documentación de contratación de persona con discapacidad

Se debe adjuntar la siguiente información para la comprobación del criterio de evaluación posteriormente mencionado en el punto 8 de las presentes bases:

  • Certificado de la COMPIN que señale la discapacidad o mediante el comprobante de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad.
  • Copia del contrato vigente suscrito entre el trabajador y el oferente.
  • Certificado de cumplimiento previsional mensual considerando los dos años de antigüedad exigida.

 

 

7.- Garantías, Seguros y retenciones

7.1- Garantía Seriedad de la Oferta

Tipo de documento

Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento pagadero a la vista y con el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que asegure el cobro de ésta de manera rápida y efectiva siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 52 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Gobierno Regional del Maule, RUT 72.227.000-2

Fecha de vencimiento

Deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas.

En el evento que el Gobierno Regional del Maule, por cualquier causa fundada, se encuentre impedido de adjudicar o readjudicar la propuesta dentro del plazo de vigencia original de la citada garantía, los Oferentes deberán reemplazar esta garantía, antes de la fecha de su vencimiento por otra, cuya vigencia incluya el período de dicha postergación más sesenta (60) días corridos, lo que será informado a través de www.mercadopublico.cl.

Monto

$5.000.000.- (cinco millones de pesos)

Glosa

“Para garantizar la Seriedad de la Oferta en el llamado a Licitación Pública PARA CONTRATAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)

 

Forma y oportunidad de restitución

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que adjudica la licitación o la declara desierta.

Este plazo podrá extenderse en caso que se adjudique a aquellas ofertas que le sigan en puntaje, para el caso que el adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato

Respecto del oferente adjudicado, se devolverá dentro del plazo de 5 días hábiles desde que se encuentre aprobado por resolución el contrato y una vez que se haya constatado la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del mismo.

En todo caso las garantías serán devueltas a contar del día subsiguiente a la fecha de la resolución que aprueba el contrato.

Entrega

Los Oferentes interesados en participar en la Licitación deberán entregar en forma física y en original, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en la oficina de partes del Gobierno Regional del Maule, en calle 1 Norte N.º 711, primer piso, Talca.

En su caso, la garantía electrónica se presentará a través del Sistema.

El horario de atención para recepcionar la Garantía de Seriedad de la Oferta, en Oficina de Partes (1° piso, edificio del Gobierno Regional), es de lunes a viernes (días hábiles), de 8:30 a 13:00 horas, hasta el día hábil anterior a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

En el caso de la no presentación o atraso en la entrega de la Garantía, en el plazo estipulado (día y hora), el Gobierno Regional del Maule no considerará esa propuesta y se declarará fuera de Bases, rechazándose su propuesta en portal www.mercadopublico.cl en el Acta de Apertura Electrónica.

Lo mismo ocurrirá si la Garantía no ha sido extendida correctamente, lo que además podrá registrase en el Acta de Apertura Soporte Papel y/o Informe de Evaluación de la licitación.

En caso de que los Oferentes envíen las Garantías por medio de alguna empresa u otro servicio de correspondencia, será de exclusiva responsabilidad del Oferente la recepción a tiempo en el Gobierno Regional, pudiendo el Oferente confirmar la recepción de dicho documento.

Cobro del documento de seriedad de la oferta 

El GORE MAULE cobrará el documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en cualquiera de los siguientes casos:

a. El oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente durante el periodo de vigencia de la misma.

b. Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.

c.  Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo estipulado.

d. Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

 

7.2.- Garantía Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato

Tipo de documento

Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento pagadero a la vista y con el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que asegure el cobro de ésta de manera rápida y efectiva siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 121 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Gobierno Regional del Maule, RUT 72.227.000-2

Fecha de vencimiento

Deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días corridos posteriores a la fecha de término o finalización del contrato.

En el caso de modificaciones de contrato, el contratista deberá solicitar por escrito la extensión de la garantía al inspector técnico al menos con diez (10) días de anticipación al vencimiento, quien podrá evaluar los motivos del atraso y eventualmente autorizar el ingreso de una nueva garantía o bien la extensión de la vigente. Será de exclusiva responsabilidad del contratista proceder al reemplazo de la Boleta de Garantía vigente, cuando ello proceda en razón de modificaciones en el monto o plazos del contrato. La falta de cumplimiento de esta obligación dentro del mismo plazo que se le hubiere otorgado para suscribir la modificación de contrato facultará al Gobierno Regional del Maule para no dar curso a la modificación de contrato respectiva mientras no se presente la nueva Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento. Sin perjuicio de ello, su falta de presentación dentro del plazo que otorgare el Gobierno Regional del Maule, se considerará incumplimiento grave del contrato y autorizará al Gobierno Regional del Maule para poner término anticipado a éste, procediendo a hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento vigente.

Monto

5% del valor del precio final neto ofertado, y deberá expresarse en pesos chilenos.

Glosa

“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para  proyecto “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)

Forma y oportunidad de restitución

La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se devuelve dentro de los 10 días hábiles siguientes a la resolución que apruebe el Acta de recepción Provisoria, debiendo ser reemplazada dentro de dicho período y previo a su restitución por la Garantía por Correcta Ejecución de las Obras. Será el Administrador de Proyecto, a petición de la Inspección Técnica, quien solicite al Departamento de Finanzas, por escrito, la devolución de dicha Garantía.

Debe acreditar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.

Entrega

Estas garantías deberán ser entregadas físicamente o bien enviadas por correo certificado al Gobierno Regional del Maule, en Oficina de Partes ubicada en 1 Norte N° 711, Talca, El horario de atención para recepcionar la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, es de lunes a viernes (días hábiles), de 8:30 a 13:00 horas, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, y, en cualquier caso, previamente a la suscripción del contrato.

Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.

Cobro de documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato

El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se cobrará en las siguientes casos:

a. En caso de terminar anticipadamente el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones.

b. En caso de incumplimiento en las obligaciones laborales, previsionales y/o sociales del contratista.

c.  Para el pago de multas, en el caso que no puedan ser descontadas de los estados de pago del contratista.

d. En el caso que el cobro del documento de garantía se deba a alguna de las dos últimas hipótesis, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir el documento de garantía en los plazos indicados precedentemente, se procederá al término anticipado del contrato.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta la recepción provisoria de la obra sin observaciones la cual deberá ser sustituida por la boleta de correcta ejecución.

 


7.3.- Garantía por Correcta Ejecución de las Obras

Tipo de documento

Boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento pagadero a la vista y con el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que asegure el cobro de ésta de manera rápida y efectiva siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Gobierno Regional del Maule, RUT 72.227.000-2

Fecha de vencimiento

Deberá tener una vigencia de doce (12) meses, contados desde la fecha de recepción provisoria.

Monto

5% del valor del precio final neto ofertado, y deberá expresarse en pesos chilenos.

Glosa

Para garantizar la Correcta Ejecución de las Obras del proyecto “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA PARRAL”, CÓDIGO BIP 40.031.175-0.- (Indicar ID de licitación)

 

Forma y oportunidad de restitución

La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.

Descripción

La presentación de esta garantía será requisito para efectuar el último estado de pago indicado en las presentes Bases. Además, será requisito para otorgar el acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, en este acto se realizará la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Estas garantías deberán ser entregadas físicamente o bien enviadas por correo certificado al Gobierno Regional del Maule, en Oficina de Partes ubicada en 1 Norte N° 711, Talca, entre las 08:30 y las 13:00 horas.

Cobro de documento de garantía de Correcta Ejecución de las Obras

Las obras civiles que se ejecuten en el marco del Contrato deberán ser caucionadas por parte del Contratista para garantizar su correcta ejecución, esto es, garantizar las obras de deterioros que se puedan producir durante los 12 meses siguientes a la recepción provisoria sin observaciones de las obras y que sean de responsabilidad del Contratista.

 

7.4- Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro de Construcción de Todo Riesgo

Descripción

El contratista deberá contratar los siguientes seguros:

  • Un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que cubra muerte, incapacidad, gastos médicos, daños a vehículos, propiedades y cosas, con un monto asegurado de al menos 5000 UF.
  • Seguro contra todo riesgo de construcción por la cobertura total de la obra contratada.
  • Si la empresa no está afiliada a una mutual de seguridad deberá contratar un seguro para accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Los seguros se deben tomar a favor del contratista indicando un asegurado adicional a favor del Gobierno Regional del Maule y se deberán mantener vigentes durante todo el período de construcción de las obras y hasta la recepción provisoria sin observaciones.

Las primas e impuestos de estos seguros serán de cargo del contratista, y las pólizas respectivas deberán ser entregadas por éste al Gobierno Regional del Maule en conjunto con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

De producirse daños a terceros, el Contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados. Así, en caso que la compañía de seguro se negase a pagar total o parcialmente los daños producidos, ya sea porque no estén incluidas en las cláusulas del seguro comprometido o porque el valor del daño es menor o igual al deducible que impone la compañía o porque el monto asegurado se encuentra parcial o totalmente ocupado por otros accidentes ocurridos en este Contrato, o por que el monto asegurado es inferior al monto a indemnizar, la diferencia entre el monto pagado con cargo a la póliza y el monto a indemnizar deberá ser pagado por el Contratista.

Las pólizas contratadas deberán incluir en forma expresa las siguientes cláusulas:

a. Gobierno Regional del Maule debe ser incluido como beneficiario en el seguro contratado;

b. Prohibición de modificar, cancelar o anular la póliza, aún por falta de pago de prima, por toda la vigencia efectiva de la misma, sin previo aviso de la compañía de seguros respectiva a Gobierno Regional del Maule por carta certificada, con un mínimo de sesenta (60) días de anticipación;

c.  Póliza sujeta a rehabilitación automática de la suma asegurada;

d. Renuncia de la compañía de seguros al derecho de subrogación en contra de Gobierno Regional del Maule.

 

7.5.- Retenciones

Descripción

De cada Estado de Pago parcial se retendrá un 10 % del valor de la obra pagada, como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimiento de todas las obligaciones de cada contrato, hasta la recepción provisoria de las obras sin observaciones. Las retenciones serán debidamente facturadas una vez materializada la recepción provisoria aprobada por su respectiva resolución, según procedimiento de presentación y pago de estados de pago

El Gobierno Regional del Maule podrá hacer uso de las retenciones, para pagar sueldos, salarios, imposiciones y/o cotizaciones previsionales adeudadas por el contratista a sus trabajadores y para subsanar, con cargo al contratista, los defectos u observaciones que no hubieren sido subsanados dentro del plazo estipulado para esto. Asimismo, podrán imputarse a cualquier saldo, multa o cargo que adeudare el contratista con motivo de un término de contrato unilateral y/o la liquidación del respectivo contrato.

Forma y oportunidad de restitución

La devolución de las retenciones se realizará una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones, debiendo presentar el Contratista a la ITO, lo siguiente:

  • Carta de solicitud de devolución de las retenciones, debidamente firmada por la persona natural o por el(los) representante(s) Legal(es).
  • Resumen detallado de las retenciones realizadas.
  • Antecedentes solicitados para los Estados de Pago.

 

8. De la evaluación de las ofertas y la adjudicación.

8.1.- De la Evaluación

Comisión Evaluadora

La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión designada a por resolución (E) N° 9952, de fecha 23 de diciembre de 2025, del Gobierno Regional del Maule, dando cumplimiento a lo establecido en la ley N°19.886 Normativa de Compras Públicas.

Criterios de evaluación de las ofertas

Las propuestas que se ajusten a las Bases de licitación serán evaluadas sobre los criterios y factores detallados en los puntos siguientes, utilizándose dos decimales para la ponderación, aproximándose el tercer decimal superior a 5.

La Unidad Técnica podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de no formalismos y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los antecedentes que se subsanen o aclaren no podrán afectar la evaluación de las ofertas.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde que se hace el requerimiento vía sistema para responder lo solicitado, a menos que en casos excepcionales dicho plazo sea modificado. La solicitud de dichos antecedentes, que se refiere a la oferta administrativa, se someterá a evaluación, según lo señalado en la letra d del presente punto.

La omisión de uno o cualquiera de los documentos que, de acuerdo a las Bases Administrativas Especiales, deban ser incorporados expresamente por el Oferente a la Plataforma www.mercadopublico.cl, así como el contenido cuando ello se exija expresamente, será causal, para rechazar o no considerar la propuesta presentada, es decir, las Ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas Inadmisibles y no serán consideradas en la Etapa de Evaluación.

Los criterios y factores son:

a)     Precio o valor de la Oferta (35%):

Se analizará el precio que presenten las ofertas, según “Propuesta Económica” otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico, de acuerdo a la siguiente tabla

 

 

 

CRITERIO

FORMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE

PONDERACIÓN

Oferta Económica

100 puntos: Oferta más económica

35%

80 puntos: Segunda oferta más económica

60 puntos: Tercera oferta más económica

40 puntos: Resto de las Ofertas

 

 

b)     Programa de Integridad (5%):

 

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, el cual debe ser acompañado en la oferta. En caso de que dicho no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal.

 

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:

 

CRITERIO

PUNTAJE

El oferente presenta documentación completa que acredita la existencia de un programa de integridad y evidencia de que todo su personal tiene conocimiento de este programa (por ejemplo, evidencia de capacitación, políticas internas, etc.)

100 puntos

El oferente no presenta evidencia suficiente de la existencia de un programa de integridad o de que el personal tenga conocimiento del mismo.

0

 

En el caso que el oferente no cuente con evidencia suficiente de la existencia de un programa de integridad o de que el personal tenga conocimiento del mismo y que este resulte adjudicado, se le otorgará un plazo de 5 días hábiles para generar dicho programa y difundirlo a sus trabajadores.

c)     Registro Calificaciones Ministerio de Vivienda y Urbanismo – RENAC  (10%):

Para este criterio, se evaluará al oferente, considerando la calificación y monto de todas las Obras Calificadas durante los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, en el RUBRO DE URBANIZACIÓN, REGISTRO B1 DE OBRAS VIALES del REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO (RENAC).

 

La Unidad del Gobierno Regional del Maule a cargo de la Licitación, solicitará el DETALLE DE LAS CALIFICACIONES DEL CONTRATISTA, desde el Portal de Proveedores del MINVU, página web http://proveedorestecnicos.minvu.gob.cl/detalle-de-calificaciones/, al momento de presentar su oferta para acreditar y evaluar las calificaciones y montos, en el Periodo y Registro exigido.

 

En este criterio se calificará con el puntaje obtenido de la siguiente ecuación:

 

 

En el caso que el oferente no posea ninguna calificación, se evaluará al oferente con puntaje 87 en este criterio según lo indicado en el Art 44. Letra C, punto 3. Del D.S. N°127, (V. y U.), de 1977.

 

d)     Experiencia en Obras Similares (35%):

En este punto se evaluarán la experiencia de la empresa oferente en la ejecución de obras similares terminadas en los últimos 7 años según lo solicitado en Anexo N°8.

Se entenderá como obras similares las obras civiles de construcción de aceras de hormigón.

Para acreditar dichas obras se solicitará certificados de experiencia emitidos por el mandante (debidamente identificado), únicamente de empresas públicas, a nombre de la empresa oferente en el cual se debe indicar el nombre del proyecto, fecha de inicio, fecha de término y metros cuadrados ejecutados. En el caso que las obras se ejecutaron teniendo como unidad técnica el Gobierno Regional del Maule el oferente deberá adjuntar una declaración jurada de acreditación de experiencia, la que deberá contener nombre del proyecto, fecha de ejecución y metros cuadrados ejecutados.

En el caso que se presenten certificados de parques, plazas o espacios públicos, solo serán considerados para esta evaluación dichos espacios públicos ejecutados sobre los 10.000 m2 debidamente acreditados individualmente y serán computados para efectos de experiencia solo lo relacionado a veredas de hormigón.

 

Para calcular el puntaje de este criterio se utilizará la siguiente tabla:

 

Metros cuadrados ejecutados en obras similares

Puntaje

 

Sobre 50.000 m2

100 puntos

Entre 30.000 – 50.000 m2

60 puntos

Entre 10.000 – 30.000 m2

30 puntos

Menos de 10.000

0

 

 

 

 

e)     Sello Mujer (5%):

Para este criterio se evaluará si el oferente cuenta con el Sello Mujer en su certificado RENAC. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:

 

 

CRITERIO

PUNTAJE

Posee Sello Mujer

100 puntos

No posee Sello Mujer

0

 

f)     Contratación de al menos una persona en Situación de Discapacidad (5%):

Este criterio evaluará contar con personal en situación de discapacidad previamente contratado con al menos 2 años de antigüedad. Para que la acreditación sea válida debe considerar lo siguiente:

-Certificado de la COMPIN que señale la discapacidad o mediante el comprobante de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad.

-Copia del contrato vigente suscrito entre el trabajador y el oferente.

-Certificado de cumplimiento previsional mensual considerando los dos años de antigüedad exigida.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:

 

 

CRITERIO

PUNTAJE

Posee personas con discapacidad contratadas

100 puntos

No posee personas con discapacidad contratadas

0

                                                                                

g)     Cumplimiento Requisitos Formales (5%):

Este factor se evaluará de acuerdo con la siguiente tabla:

 

Descripción

Puntaje

Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.

100 puntos

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales detectados durante la evaluación de las ofertas, resultando subsanadas correctamente en el plazo.

En caso de que no resulte subsanada correctamente lo requerido, se evaluará con 0 puntos.

75 puntos

Oferente ha omitido certificaciones o antecedentes durante la evaluación de las ofertas, de aquellos referidos en el art. 56 N° 2 y 3 del D.S. 661/2024, resultando subsanadas correctamente en el plazo, una vez requeridos.

En caso de que no resulte subsanada correctamente lo requerido, se declarará inadmisible la oferta.

50 puntos

 

La Comisión Evaluadora ponderará este criterio según la falta más gravosa del oferente.

h)     Puntaje final

El puntaje final permitirá establecer un ranking de las propuestas presentadas, que determine el orden de prelación para adjudicar, y que pueda ser aplicable en caso de que el adjudicatario no entregue la documentación necesaria dentro del plazo para la elaboración del contrato y/o no suscriba el mismo.
De acuerdo a los criterios de evaluación antes mencionados, la evaluación Total de cada oferta será la siguiente:

 

Puntaje Total = 0,35*Pa + 0,05*Pi + 0,1*Pc + 0,35*Eo + 0,05*Ps + 0,05*Pd + 0,05*Pr

 

Dónde:

Pa: Precio o valor de la Oferta

Pi: Programa de integridad

Pc: Calificación RENAC MINVU

Eo: Experiencia en obras similares

Ps: Sello Mujer

Pd: Contratación de personas en situación de discapacidad

Pr: Cumplimiento de Requisitos Formales.

 

Consideraciones en caso de empate

 

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, se resolverá dicho empate, considerando al proponente que presente mejor puntaje conforme al siguiente orden de prelación:

1º      Nota del criterio de evaluación “Precio Oferta”

2º      Nota del criterio de evaluación “Evaluación Técnica Experiencia”

3º      Nota del criterio de evaluación “Plazo para la ejecución de la Obra”

4º      Nota del criterio de evaluación “Cumplimiento Requisitos Formales”

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, se podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán el término fatal de 48 horas para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.

De producirse algunas de las hipótesis precedentemente señaladas se entenderán prorrogados automáticamente los plazos relativos a la evaluación de las propuestas, hasta la publicación de la Resolución que adjudique la licitación. Dicha prórroga no requerirá acto administrativo previo.

Respecto a las discrepancias en los antecedentes de la licitación

 

En caso de existir discrepancias en los antecedentes, será de responsabilidad del contratista hacer las consultas respectivas en los plazos estipulado en las presentes Bases.

El oferente deberá validar, bajo su responsabilidad, las cantidades de obra y precios unitarios que fijarán el monto de su oferta.

En la eventualidad que el proponente presente un error en la cubicación de su presupuesto ofertado, considerando que el proceso de contratación es, a suma alzada, sin reajustes ni intereses, estas diferencias producidas serán con cargo y de responsabilidad del proponente, por lo cual el proponente absorberá tales diferencias, de esta forma, las partidas que presenten estas diferencias deberán ser canceladas una vez ejecutadas en su totalidad.

Informe de evaluación

 

Efectuado el análisis de las propuestas, se elaborará un Informe de ellas, el cual incluirá la sugerencia de adjudicación del Oferente mejor calificado o el rechazo de todas las Ofertas conforme a las Bases, la que servirá de soporte y antecedente para la proposición al Intendente, quien aprobará o rechazará la contratación respectiva.

Durante el estudio y/o la evaluación de las propuestas, la Unidad Técnica podrá solicitar a los organismos e instituciones pertinentes, cualquier documento que clarifique la situación comercial del o los oferentes.

 

 

 

 

8.2.- De la Adjudicación o rechazo de las propuestas

Adjudicación

La licitación se adjudicará al proponente que haya presentado la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores, aun cuando no sea la de más bajo costo.

El GORE Maule declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl).

 

Del rechazo de todas o algunas de las propuestas

Cabe señalar que el GORE Maule, rechazará  las propuestas presentadas, si no satisface los requerimientos técnicos de la licitación. 

La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Re-adjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá revocar la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del GORE Maule, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Consultas y respuestas sobre la adjudicación

De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 58 del  Reglamento de la Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de dos (2) días hábiles siguientes a la respectiva publicación del acto, consultas que se harán mediante correo electrónico dirigido al e-mail gestiondedocumentos@goremaule.cl indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta. Las respuestas serán remitidas dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, mediante correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.

Vigencia de las ofertas presentadas en la licitación

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de las ofertas.

9.- Condiciones contractuales y otras cláusulas.

Notificación y aceptación

Una vez publicada la adjudicación y de conformidad al artículo Nº 117 y siguientes del reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la suscripción del contrato respectivo.

Del Contenido del Contrato

Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas, sus anexos y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.

El contrato, deberá ser redactado por la Unidad de Jurídica de la División de Presupuesto e Inversión del Gobierno Regional del Maule, constará en instrumento privado que se firmará de forma física o electrónica en 3 ejemplares y contendrá, a lo menos, las siguientes menciones:

  • Denominación de la obra;
  • Breve referencia a la licitación y aceptación de la propuesta;
  • Individualización de la persona natural o jurídica con quien se contrata la ejecución;
  • Constancia de los Poderes de Representación de quien actúa, en el caso de que se trate de personas jurídicas;
  • Expresión de que las Bases Generales y Especiales, Especificaciones o Bases Técnicas, planos, anexos, las aclaraciones y documentos emitidos en ellas y los antecedentes que conforman la propuesta del oferente, forman parte integrante del contrato, para todos los efectos legales;
  • Monto o valor del contrato a suma alzada, dejando constancia que no estará afecto a reajustes de algún tipo;
  • Tipo de pago;
  • Anticipo, monto del mismo, caución y forma de devolución, si lo hubiere;
  • Plazo de ejecución e inicio de cómputo del plazo;
  • Garantías y Retenciones, en su caso;
  • Multas;
  • Indicar documentos anexos solicitados al contratista.

Suscripción del contrato

El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación, previa entrega de los siguientes antecedentes:

a. Para Persona natural, la fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural.

b. Para Persona Jurídica, Certificado de vigencia del poder del representante legal y certificado de vigencia de la Sociedad, ambos con una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal, a la época de presentación de la oferta.

c.  Garantía de Fiel Cumplimiento en ORIGINAL, según lo especificado en las presentes Bases.

d. Pólizas de Seguro, según el siguiente detalle establecido en Bases:

e. Original del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales Vigente presencial, presentado por el oferente que acredite que el proponente NO registra antecedentes laborales de multas ejecutoriadas y no ejecutoriadas y previsionales de deudas por cotizaciones de previsión en los diferentes organismos de previsión; en caso de existir aquellas o éstas, el oferente de que se trate deberá acreditar que se encuentran debidamente solucionadas y/o pagadas, y/o en su defecto,  se encuentren al día en el respectivo convenio de pago que las contemple, lo cual deberá ser acreditado con los respectivos documentos. En caso de que la Inspección del Trabajo se encuentre inhabilitada para otorgar dicho Certificado (por ejemplo, en caso de Huelga), el Oferente deberá informar por escrito del hecho al Inspector Técnico de Obra, en tal caso y considerando que a la Empresa adjudicada le es imposible su presentación, por razones externas a la Empresa, el Oferente deberá presentar una Declaración Jurada Notarial certificando lo solicitado al Inspector Técnico de Obra

En caso de ser UTP, deberá presentar este documento por cada integrante.

  1. Comprobante de Inscripción en ChileProveedores, en “estado Hábil”.

En caso de ser UTP, deberá presentar este documento por cada integrante.

Sólo en el caso de ser adjudicada una UTP y, si el monto contratado es igual o superior a 1.000 U.T.M, deberá presentar escritura pública, donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en la letra d) del artículo 180, del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

Finalmente se debe remitir a la División de Presupuesto e Inversión Regional: copia del Contrato firmado por ambas partes y, de todos los documentos señalados precedentemente, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.

En caso de no presentar uno o más de los documentos detallados anteriormente o que algunos de los antecedentes solicitados no cumpla con lo establecido precedentemente, el Gobierno Regional del Maule considerará que desiste de la Propuesta y, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. Si así lo estima pertinente el Gobierno Regional del Maule, procederá a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes., el adjudicado deberá presentar en la Unidad Jurídica del Gobierno Regional del Maule los documentos mencionados anteriormente.

Delimitación de responsabilidad

El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado, para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el Gobierno Regional del Maule, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder.

El contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.

Monto, Vigencia y duración del contrato

El monto del contrato que se celebre será el indicado en la Resolución Exenta de Adjudicación, de acuerdo a la oferta seleccionada (con impuestos incluidos).

La vigencia del contrato comprende todo el plazo de ejecución de Obras Civiles hasta su total terminación, incluida su liquidación final.

Cesión del Contrato, Factoring y subcontratación

Cesión del Contrato: En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 126 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al contratista ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo.

Factoring. Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes.

Subcontratación. El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. En este caso, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa del Gobierno Regional del Maule.

Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.

    No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:

       a) Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.

    b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato.

    c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores o no cuenta con los registros o certificaciones que le son exigibles al proveedor principal.

    d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.  

    El Proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.

En ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato.

Modificaciones de Contrato

Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante la ejecución del contrato, y que inciden en su normal desarrollo, siempre que estas no afecten el principio de estricta sujeción de las Bases que aprueban la presente licitación.

En el caso que la modificación implique variación en el monto del contrato, esta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente contratado, y deberá contar con evaluación técnica favorable del organismo evaluador y disponibilidad presupuestaria.

En todo caso, las modificaciones al contrato siempre deberán constar por escrito, solicitando al inspector técnico designado y ser aprobado mediante resolución de la autoridad administrativa.

Los aumentos de plazo de ejecución de las obras deberán ser solicitadas por el contratista de manera fundada con una anticipación de a lo menos 10 días hábiles previos a la fecha de término del plazo original contratado, al inspector designado, el cual dará su pertinencia técnica y tramitación ante el Gobierno Regional del Maule si correspondiese.

Deberá mantener vigencia de las garantías, siendo responsabilidad de la empresa 90 días corridos desde la fecha de recepción provisoria. 

En caso que se disponga la ejecución de Aumentos de Obra u obras Extraordinarias el contratista adjudicatario deberá caucionarlas con una garantía equivalente al 5% del monto de ellas y para su devolución se aplicará el mismo procedimiento indicado en las presentes bases y deberá mantenerse vigente hasta noventa (90) días corridos posterior al termino del contrato.

No se autorizarán modificaciones de contrato:

(R)    Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;

 (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o

 (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

Término anticipado del Contrato

El contrato podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 130° y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales, y supletoriamente alguna de las causales que se señalan en el artículo N°134 del D.S. N° 236/2002 (V y U).

  • Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
  • Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  • Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  • Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en las presentes bases contraídas por el contratante.
  • Por pérdida de las certificaciones autorizaciones y/o registros necesarios para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad o que hayan sido establecidos como requisitos para adjudicarse el contrato respectivo.
  • Cuando el contratista fuere sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado.
  • Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia del contratista cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias.
  • Si el contratista no concurriere, dentro de los plazos establecidos en estas bases, a recibirse del terreno.
  • Si por causa imputable al contratista el avance de las obras fuera inferior al 30% establecido en la oferta o programa de trabajo de estas bases, no se iniciaren oportunamente las obras, o se incurriere en paralizaciones superiores a las permitidas en estas bases.
  • Por incumplimiento reiterado de las condiciones técnicas de ejecución del proyecto, entendiéndose por tal la verificación de a lo menos tres incumplimientos a las EETT, planos aprobados, programa de trabajo o instrucciones formales del ITO, debidamente constatados mediante informes técnicos y que no hayan sido subsanados por el contratista dentro del plazo otorgado para ello.
  • Si el contratista no acatare las órdenes e instrucciones que le imparta la ITO, o las autoridades del Gobierno Regional del Maule directamente, conforme a lo dispuesto en estas bases.
  • Incumplimiento del estándar de calidad exigido para las obras, acreditado mediante el rechazo de partidas, resultados desfavorables de ensayos o controles técnicos, o la inobservancia de los procedimientos constructivos establecidos en el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación aplicable al contrato, siempre que dicho incumplimiento haya sido previamente notificado al contratista y no corregido dentro del plazo fijado por la Inspección Técnica de Obras.
    • Por la negativa del contratista a la presentación de las cartillas de control exigidas.
    • Si las obras quedaren con defectos graves que no pudieran ser reparados y comprometieran la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que el Gobierno Regional del Maule adopte otras medidas que estimare procedentes.
    • Si el contratista fuere una sociedad y ésta se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla encontrándose pendiente la ejecución de las obras.
    • Si durante el desarrollo del contrato se comprobare que el contratista ha omitido información o la proporcionada al presentar su oferta no es veraz o que tiene subcontratos no declarados o por un monto superior al indicado en las bases especiales, si corresponde, salvo que se trate de la contratación de especialidades no consideradas en el reglamento del Renac.
    • Por negativa del contratista a suscribir el contrato para la ejecución de obras extraordinarias o de obras complementarias o aumentos de obras, en cuanto, se haya suscrito el respectivo anexo de contrato y el Gobierno Regional del Maule hubiere aprobado los recursos para la ejecución de obras.
    • Si el contratista no diere cumplimiento oportuno al pago de las remuneraciones o imposiciones previsionales correspondientes al personal ocupado en la obra.
    • Si el contratista se negare a renovar las garantías del contrato al expirar su vigencia.
    • En caso de ocurrir cualquier accidente, falla o acontecimiento inesperado en las obras contratadas, como consecuencia del proceso constructivo, y el contratista fuere incapaz o renuente a solucionar de inmediato tales hechos.
    • En caso de no restituirse las sumas pagadas en exceso se tomarán los saldos no pagados del contrato y cualquier garantía vigente del mismo servirán para responder o restituir las sumas que pudieren haberse pagado en exceso.
    • Si a raíz de modificaciones de cualquier naturaleza introducidas en cualquier parte del proyecto adjudicado, sin las indispensables autorizaciones escritas del Gobierno Regional del Maule, el contratista se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes.
    • Aplicación de multas por un monto igual o superior al 10 % del valor total del contrato.
    • Si por razones técnicas requiere un aumento de obras superior al 30%. Se debe realizar un término anticipado de contrato.

Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el GORE Maule pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Se hace importante mencionar que, en caso de que las causales que se describen sean imputables al contratista, corresponde el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte del Gobierno Regional siendo el respaldo ante el incumplimiento del contratista.

Observaciones

Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no se podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.913, en el artículo 8° de la ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código Penal. Asimismo, el adjudicatario señala no estar condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, según lo señalado en los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, regulan la pena consistente en la prohibición de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de este organismo para verificar esta información.

Valores Pro Forma

Los derechos de inspección y demás derechos que se deriven del presente proyecto serán pagados directamente por el Gobierno Regional del Maule. El contratista podrá también efectuar dichos pagos previa autorización del GORE Maule, siéndole reembolsados los valores respectivos por estados de pago, sin variaciones en su monto. Este reembolso, no requerirá de la dictación de una resolución previa, pero debe presentar toda documentación de respaldo correspondiente

Los documentos otorgados por las empresas de servicio público correspondientes a devolución de Aportes de Financiamiento Reembolsables deberán ser extendidos a nombre del Gobierno Regional del Maule o mandante respectivo.

El monto contemplado en la presente licitación para estos conceptos se define en el ítem valores Proforma del “Presupuesto de Obras”, éstos deberán serán estipulados en dicho documento, sin modificación de ninguna especie, sin perjuicio de lo cual, el Gobierno Regional del Maule, pagara las cantidades que efectivamente sean gastadas durante el desarrollo del contrato. Los montos pagados por el contratista, serán reembolsados en los estados de pago correspondientes. Para su cobro, el contratista cobrara solo el valor pagado contra comprobante emitido por la unidad donde se hizo el pago.

Se ha de observar el cumplimiento de los siguientes requisitos para efectos del pago de valores pro forma:

  • Que el contrato esté vigente;
  • Que el contrato cuente con garantías vigentes;      
  • Que la factura correspondiente sea extendida a favor del Gobierno Regional del Maule y/o Mandante;

Que los trabajos correspondientes a los valores pro forma estén efectivamente ejecutados, lo que debe ser verificado a través de un Informe Técnico del ITO.

 

10. – De las Multas

Aplicación de las Multas

Si el Contratista no hubiere terminado la obra dentro del plazo establecido, incurrirá en multa por atraso equivalente al 0.4% del valor total (Impuesto incluido) del contrato por cada día en que exceda dicho plazo, por un período de días que no podrá ser superior al 20% del plazo contractual.

Posteriormente a este plazo se solicitará el término del contrato mediante informe del ITO. El ITO procederá según se resuelva, a solicitar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

El atraso de la obra será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el Contrato, más las ampliaciones de plazo concedidas, si las hubiese, y la fecha en que, verificada por el ITO la conclusión de las obras materia del contrato, se de curso a la solicitud de la Recepción Provisoria de las mismas.

Otras multas a aplicar, de las cuales deberá dejarse constancia escrita en el Libro de Obras, son:

  • Incumplimiento por parte del contratista a instrucciones entregadas por la Inspección Técnica: equivalente al 0.2% del valor total (Impuesto incluido) del contrato por cada instrucción no cumplida.
  • No cumplimiento de lo establecido en las Especificaciones Técnicas del proyecto: equivalente al 0.2% del valor total (Impuesto incluido) del contrato por cada incumplimiento.
  • Modificación de los planos y/o proyecto sin previo Vº Bº de los profesionales que realizan el diseño equivalente al 0.2% del valor total (Impuesto incluido) del contrato por cada incumplimiento.
  • No concurrencia a la Entrega de Terreno el día y hora fijado para ello: equivalente al 0.2% del valor total (Impuesto incluido) del contrato). Considerándose además, el día fijado y notificado por la inspección técnica como fecha de inicio de la obra.
  • No iniciar las obras en un plazo máximo de 05 días corridos, a contar de la fecha de entrega de terreno: equivalente al 0.4% del valor total (Impuesto incluido) del contrato, por cada día adicional de atraso, hasta un tope de 10 días contabilizados desde la fecha de entrega de terreno. Lo anterior, facultará al Gobierno Regional del Maule para poner término de la obra, previo informe del ITO y de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases.
  • En casos no atribuibles al contratista, que no sea posible dar inicio a la obra, se podrá considerar un plazo proporcional a los días perdidos, previo informe del ITO al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional, con su respectiva Resolución.
  • Paralizar las Obras por más de 5 días corridos sin causa debidamente justificada: 0,3% (cero coma tres por ciento) del valor total NETO del contrato, por cada día adicional de atraso.
  • La ausencia y/o no renovación del Libro de Obras, incurrirá en una multa equivalente al 0.2% del valor total (Impuesto incluido) del contrato, por cada visita que se realice.
  • Incumplimiento de la exigencia de los antecedentes solicitados para la Entrega de terreno: equivalente al 0.4% del valor total (Impuesto incluido) del contrato entregado.
  • Incumplimiento en la entrega de los Estados de Pago de acuerdo con la Programación Financiera: equivalente al 0.1% del valor total (Impuesto incluido) del contrato. 
  • Incumplimiento en la fecha de emisión de la Factura previo a la visación y aprobación por parte del ITO del Estado de Pago correspondiente: equivalente al 0.1% del valor total (Impuesto incluido) del contrato.  En caso de que la Factura esté cedida a Factoring, esta multa será el doble equivalente al 0.4% del valor total (Impuesto incluido) del contrato.
  • En caso que, el profesional residente a cargo de la Obra se encuentre inhabilitado por licencia, vacaciones u otra razón, el Contratista deberá informar por escrito, correo electrónico, etc., y a la brevedad posible al Inspector Técnico, los datos del nuevo profesional: nombre, curriculum y Certificado de Título, además deberá informar el plazo durante el cual ejercerá dichas funciones. En caso de no informar cambio de profesional Residente y/o de no adjuntar alguno de los antecedentes solicitados incurrirá en multa de equivalente al 0.1% del valor total (Impuesto incluido) del contrato, por cada vez que no se encuentre cuando es requerido, previo aviso por escrito, correo electrónico, por el ITO.

Cabe señalar que luego de incurrir 3 veces en un mismo tipo de multa, a partir de la cuarta multa, se aplicará el doble de la multa establecida en el presente punto. Posterior a esto, se finiquitará el Contrato.

Las multas se descontarán del estado de pago, retenciones y/o garantías existentes que corresponda. Si las garantías y/ retenciones existentes no cubren la(s) multa(s), se procederá de acuerdo a lo instruido por el Gobierno Regional del Maule, si corresponde, de lo contrario, se tomarán las acciones legales que procedan.

Procedimiento para la aplicación de multas

a. El procedimiento para la aplicación de multas en obras de pavimentación se rige principalmente por lo siguiente: 

  • · Detección del Incumplimiento o Infracción

La detección es realizada por la entidad que inspecciona la obra, que es la Inspección Técnica de Obras (ITO). Las causales se encuentran indicadas en el punto 10 de las presentes bases. 

  • · Documentación y Registro

-       El inspector fiscal (ITO) debe documentar detalladamente la infracción. Esto incluye:

-       Elaboración de un Acta de Visita a Obra,  Informe de Inspección, anotación Libro de obras que describa la falta, la fecha, hora, ubicación y, si es posible, evidencia fotográfica o mediciones.

-       Registro de los antecedentes contractuales o legales que sustentan la infracción (cláusulas del contrato o bases de licitación)

  • Notificación al Contratista o Responsable

Se notifica formalmente al contratista o responsable de la obra sobre la infracción detectada, circunstancia que deberá quedar acreditada en libro de obras. En esta notificación, el ITO otorgará un plazo prudencial para presentar los descargos y corregir o subsanar lo observado.

 

 

  • Cobro de Garantías o Retenciones.

La multa se hace efectiva. En el caso de obras contratadas, si el contratista no paga, el Gobierno Regional del Maule puede hacer uso de las garantías de fiel cumplimiento del contrato y/o retenciones para cubrir el monto de la sanción. 

  • Reconsideración o Apelación

El afectado puede tener derecho a solicitar la reconsideración de la multa ante la misma autoridad que la impuso, o a apelar ante instancias superiores (como al Gobernador Regional)

  • Si se presentan descargos, el GORE Maule tendrá un plazo de diez (10) días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al contratante.
  • El contratante dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El GORE Maule dispondrá de un plazo no superior a treinta (30) días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada.

 


11.- De Los Pagos

De los Anticipos

No se contemplan anticipos.

Estados de pago

La obra se pagará mediante Estados de Pago mensuales y conforme a la programación financiera, a su ejecución efectiva y susceptible de cuantificar que debe presentar el Contratista.

 

Los Estados de Pago serán formulados por el ITO de la obra, de acuerdo a los plazos y montos programados conjuntamente con la empresa que ejecutará las Obras, según programación financiera mensual adjunta a las presentes Bases Administrativas ESPECIALES. En ningún caso el monto total a cancelar podrá ser superior al avance físico de las obras.

Los estados de pagos deberán incluir los siguientes antecedentes y documentos:

Carátula del Estado de Pago deberá ser firmada por el contratista, el ITO designado y el Jefe departamento de ejecución de obras del Gobierno Regional del Maule, además se deberá acompañar el detalle del avance de los trabajos, los controles de calidad y el Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite que la empresa se encuentra al día en los pagos previsionales y que no tiene reclamos ni denuncias de los trabajadores. Fotografías de los avances y programación de obras acumulado, Si se trata del último Estado de pago, el periodo laboral y previsional revisado en el Certificado de la Inspección deberá abarcar hasta la fecha de término real de la obra, indicado en el Acta de Recepción.

El Gobierno Regional del Maule a través del Inspector Técnico de Obras podrá verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el contratista, ya sea mediante la entrega de documentos asociados a la contratación de sus trabajadoras y/o al cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadoras, ensayos de laboratorio, etc.

El contratista en el primer estado de pago deberá incluir un ejemplar del acta de entrega de terreno en que se emplazaran las obras y copia de los permisos de edificación emitidos por la municipalidad competente, si corresponde, pago de derechos de inspección, copia de garantía y copia de resolución de contrato y contrato. El último estado de pago deberá incluir copia del Acta de Recepción Provisoria con sus documentos adjuntos y anexos correspondientes.

Conforme señala la Ley N° 21.131, los pagos serán realizados dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. En caso de que la fecha máxima para pago sea un día inhábil, se considerará como plazo fatal el día hábil inmediatamente anterior.

El valor del contrato se cancelará mediante estados de pagos mensuales, por el 100% de avance físico programado, ejecutado y susceptible de cuantificar.

Se deberá considerar retenciones del 10%, en cada Estado de Pago.

Cada estado de Pago será cancelado directamente por el Gobierno Regional del Maule. Para estos efectos, la Inspección Técnica de Obras debe hacer llegar los Estados de Pago del proyecto, mediante Memorándum al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional, a más tardar, el día 25 del mes respectivo o el día hábil anterior si éste fuere feriado.

Este Memorándum debe ser firmado por un profesional del Departamento de Ejecución de Obras, Fiscalización y Adquisiciones, debiendo solicitar expresamente el pago.

En caso de que la empresa que se adjudique la Licitación y celebre contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, lo primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo la empresa acreditar que el total de dichas obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El Gobierno Regional del Maule exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

Los Estados de Pago, serán considerados como abonos parciales que efectúa el Gobierno Regional del Maule, durante el curso de los trabajos en conformidad a las Bases y tendrán carácter de un pago provisorio concedido al Contratista a cuenta del precio de la obra encomendada.

El último Estado de Pago (devolución de retenciones), se cancelará una vez que la obra se encuentre con la resolución que Aprueba el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones y garantía de buena ejecución ingresada al Gobierno Regional del Maule.

De contemplar el pago de permiso o derechos, este deberá ser contemplado dentro de los gastos generales.

En ningún caso se estimarán estos pagos provisorios como aceptación definitiva por parte del Gobierno Regional del Maule, de la cantidad y calidad de las obras ejecutadas por el Contratista y a la cual corresponde dicho abono. Con todo, las obras incorporadas al inmueble y los materiales incluidos en los Estados de Pago son, para cualquier efecto, propiedad del Gobierno Regional del Maule.

Las partidas contempladas como globales, se cancelarán solo una vez que dichas partidas se encuentren ejecutadas en su 100% (aplica dictámenes de la contraloría).

Presentación de los estados de avance y de los estados de pago

Para solicitar el respectivo Estado de Pago, el Oferente Adjudicado deberá solicitar al ITO de obras del Gobierno Regional del Maule, al que adjuntará la documentación en tres (03) ejemplares, uno de ellos debe contener la información en ORIGINAL, cuando corresponda. La documentación es la siguiente:

En el Primer Estado de Pago:

  • Se deberá incluir una Fotocopia y dos copias del Acta de Entrega de Terreno en el que se emplazarán las obras y, copia del pago de derechos de inspección; en el caso que no correspondiese Permisos municipales, el contratista deberá ingresar un Certificado de la DOM que acredite que no requiere dicho permiso y deberá incluirlo en el primer estado de pago. En el Ultimo Estado de Pago deberá incluir copia del Acta de Recepción Provisoria y de la Resolución que lo aprueba.
  • Fotografía en color del letrero de la Obra instalado en terreno (sólo en el primer Estado de Pago).
  • Pólizas de Seguro vigente del proyecto (solo en el primer estado de pago y cuando existan modificaciones de la misma) y en los estados de pago sucesivos solo se exigirá una copia.
  • Certificado vigente de Mutual de Seguridad o póliza de seguro correspondiente.
  • Resolución de Adjudicación.
  • Contrato de obras y Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato.
  • Resolución que aprueba el contrato de obras.

 

En general para todos los estados de pago:

  • Carátula de cada estado de pago, la cual debe tener fecha de emisión igual o anterior a la factura, e indicar el avance de la obra de acuerdo al Anexo N° 7: Propuesta económica, además deberá considerar las firmas de: el Inspector Técnico, el contratista y Jefe Departamento de ejecución de obras del Gobierno Regional del Maule.
  • Formulario de Estado de Pago, con firma del ITO y timbre de la Unidad Técnica. Corresponde al presupuesto detallado en costo directo, desagregando como subtotales gastos generales, utilidades e impuestos, indicando para cada ítem o partida el porcentaje de avance, así como la valorización, tanto la acumulada a la fecha como la del estado de pago anterior, donde la diferencia entre ambas corresponde al avance del periodo. En estas carátulas se deberán expresar las multas a efectuar si existieran.
  • Certificado de la Dirección del Trabajo o de la Inspección del Trabajo competente y, en su caso de las Instituciones Previsionales correspondientes que acrediten suficientemente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 182-C del Código del Trabajo, que el contratista y el subcontratista, en su caso, no registran deudas laborales o previsionales para con sus trabajadores hasta el período correspondiente al mes calendario anterior al que aparece en la fecha de la caratula del estado de pago de que se trata. (No se aceptará documento emitido u obtenido vía internet, salvo que sea emitido por la Dirección del trabajo, a una entidad autorizada por este). En el caso, de que la Inspección del Trabajo se encuentre inhabilitada para otorgar dicho Certificado, por ejemplo, en caso de Huelga, el contratista podrá presentar Declaración jurada de la información solicitada precedentemente. En este último caso, se deberá regularizar posteriormente con el certificado de la Inspección una vez que se termine la huelga o problema que imposibilita al contratista para presentar el documento. En ambos casos, según corresponda, deberá indicar el nombre de la obra. Para cursar el respectivo estado de pago y en caso de ser necesario, el ITO podrá exigir al contratista, 01 original de la planilla de remuneraciones y pago de cotizaciones de los trabajadores de la respectiva obra. Para este caso corresponderá previo V°B° del Gobierno Regional del Maule. En caso de ser UTP, deberá presentar documentación para todos los integrantes que la conforman.
  • Para cursar el respectivo estado de pago y en caso de ser necesario, el ITO, podrá exigir al contratista, Original y dos copias de la planilla de remuneraciones y pago de cotizaciones de los trabajadores de la respectiva obra.
  • Carta Gantt y programación financiera mensual actualizada, de acuerdo al presupuesto detallado de la obra.
  • Set de fotografías en color, con avance efectivo de la obra (debe tener concordancia con los ítems que se están cobrando), de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
  • Comprobante de pago de multas, si existieran.
  • Constancia de haberse reemplazado las garantías correspondientes, si corresponde.
  • Orden de Compra correspondiente, si corresponde.
  • Factura con los servicios recepcionados, la que debe estar timbrada y firmada por la ITO. La factura solo podrá ser emitida por el contratista una vez que el estado de pago esté aprobado por la ITO. De no cumplirse con dicha circunstancia se procederá al rechazo de la factura.
  • El ITO tendrá tres días hábiles contados desde la fecha en que reciba la documentación para revisar la totalidad de los antecedentes administrativos. En el caso de encontrar observaciones, el ITO informará al contratista y otorgará un plazo de tres días hábiles para subsanar estas observaciones de lo contrario se procederá a la devolución de los antecedentes mediante Oficio conductor. El Contratista deberá nuevamente ingresar los antecedentes para revisión del ITO.
  • Una vez revisada la documentación y al no tener observaciones, el ITO autorizará la emisión de la Factura.
  • Una vez se den las condiciones para la solicitud de Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista ingresara carta al Jefe del departamento de ejecución de obras y fiscalización con copia al ITO, realizando la correspondiente solicitud.

Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo a lo establecido en la Resolución N°30 del año 2015 de la Contraloría General de la República, se podrá solicitar documentación adicional necesaria para justificar los ingresos o inversión de los fondos respectivos.

No se podrá presentar estados de pago por materiales depositados en obra o por elementos prefabricados.

La Unidad Técnica no tendrá responsabilidad alguna por la demora en tramitar un Estado de pago, originado en el contratista, que no hubiesen presentado los documentos correctos y necesarios para ello.

Respecto al Último Estado de Pago o Devolución de Retenciones

Si se trata del último estado de pago (o devolución de retenciones), el periodo revisado deberá abarcar hasta la fecha de término real de la obra y los certificados a que se refiere el número anterior deberán acreditar, además de lo señalado, que el contratista o el subcontratista, en su caso, tampoco registra reclamos pendientes de trabajadores de la obra. Se deben tener en consideración, los siguientes puntos:

  • Si requerido el Contratista no cancelare las sumas adeudadas por tales conceptos o no obtuviere del Subcontratista, en su caso, el cumplimiento de tales obligaciones, presentando un nuevo certificado en los términos exigidos, la Unidad Técnica informará al Mandante de las sumas que deban retenerse del respectivo Estado de Pago, conforme a lo establecido en el Artículo 44 del D.F.L. Nº 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Declaración jurada ante notario, en donde el contratista señale que no tiene deudas pendientes por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales respecto de los trabajadores ocupados en la recepción obra.
  • Acta de Recepción Provisoria de las Obras.
  • Resolución que aprueba Acta de Recepción Provisoria de las Obras.
  • Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.

Finalizado el plazo contractual no se cancelarán estados de pago hasta la recepción provisoria sin observaciones, aprobada mediante decreto, correspondiendo pagar el último estado de pago y/o devolución de retenciones, si corresponde.

Se exigirá un Certificado de la Inspección del Trabajo que cubra desde el mes siguiente al Certificado en el Estado de Pago anterior, por avance de obra, hasta la fecha de término real de la Obra (fecha en que la Comisión recibe la Obra sin observaciones), indicado en el Acta de Recepción Provisoria aprobada por Resolución. Además, se deberán entregar a la Inspección Técnica, los siguientes documentos:

  • Finiquitos
  • Contratos de todos los trabajadores de la obra
  • Pagos de remuneraciones de todos los meses

Documentación Gráfica

El Contratista deberá entregar junto a cada estado de pago el siguiente material fotográfico:

Fotografías: 05 Unidades en original y dos copias en colores  de fotografías, con la situación actual del terreno (en el primer estado de pago) y por avance mensual del proyecto, de 10 x 15 cms., que muestren en forma clara el progreso de la obra (antes, durante y después), en formato papel. Al menos 02 de ellas deberán mostrar la visión general del estado de la obra contratada y, de preferencia tomadas desde el mismo ángulo.

Además, sólo si corresponde, deberá entregar fotografías de demoliciones o retiros de elementos importantes dentro de la obra.

Respecto de la Factura

El monto a cancelar como valor total del contrato y obra, será el valor neto ofertado más el Impuesto al Valor Agregado. Se debe considerar lo siguiente:

  • La Factura debe ser extendida a nombre del Gobierno Regional del Maule, Rut: 72.227.000-2, domicilio 1 Norte N° 711 de Talca, firmada y timbrada por la ITO. Debe indicar claramente el número del Estado de Pago y el nombre del Proyecto.  En atención a lo establecido en la ley N° 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, en cuanto a proceder a la aceptación o reclamación de la factura emitida a su nombre dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción en el registro que al efecto lleva el Servicio de Impuestos Internos, el contratista deberá emitir factura solo una vez visado y totalmente aprobado por la Inspección Técnica de Obras el estado de pago respectivo.
  • En caso de uso de factoring el Oferente Adjudicado tiene la obligación de informar por escrito a la Inspección Técnica con copia al Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule, El Inspector Técnico evaluará la autorización, en coordinación con el Departamento de Finanzas, para el cambio de beneficiario, una vez que sea autorizada, el oferente podrá ceder la factura a la entidad financiera.
  • De existir multas en alguno de los estados de pagos respectivos, el contratista tiene la obligación de informarlas a través de un documento a la entidad que factoriza, con copia al ITO, señalando que la factura no considera el descuento de la multa, adjuntando además la caratula del estado pago.
  • El Contratista deberá presentar un documento al ITO, en donde se señale que la entidad que factoriza, tomó conocimiento de la multa.

BASES TECNICAS

CAPITULO II: BASES TÉCNICAS

12.-  Definiciones

Definiciones

Para la correcta aplicación de las presentes Bases, se entiende por:

Antecedentes del Contrato: Lo constituyen todos los documentos que forman parte de la Licitación.

Aumento o Disminución de obras: La modificación, autorizada por el Mandante de cantidades de obras indicadas por la ITO en los documentos de la licitación.

Bases: Conjunto de normas que regulan una licitación y el posterior contrato de ejecución de la obra, al que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas y Técnicas, Formularios, las Especificaciones Técnicas, Planos, Aclaraciones, Consultas y Respuestas y/o cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación.

Capacidad Económica Disponible: El capital de trabajo que debe comprobar el contratista para participar en una licitación y que se acreditará en la forma expresada en estas Bases.

Contratista: Persona, natural o jurídica que, en razón de haberse adjudicado la propuesta, suscribe con el mandante el contrato de ejecución de la obra, adquiriendo los derechos y contrayendo las obligaciones estipuladas en éste.

Equivalente Técnico Certificado: Material, equipo o sistema, de igual o superior calidad respecto al definido en el proyecto y que cuente con certificación de sus propiedades de equivalencia en el producto reemplazante.

Especificaciones Técnicas: El pliego de características, atributos, exigencias y calidades que deberá cumplir la obra motivo del Contrato, incluyendo normas vigentes aplicables a los distintos modelos y procesos constructivos referidos tantos a calidad de materiales y pruebas de control que deban realizarse en las diferentes etapas de construcción y/o fabricación.

Mandante: Para la presente licitación, se entiende por mandante el Gobierno Regional del Maule.

Obras Nuevas o Extraordinarias: Obras que se incorporan o agregan al proyecto durante su ejecución, para llevar a un mejor término la obra contratada.

Oferta: Conjunto de antecedentes que presenta la Empresa o persona natural para la ejecución de la obra en licitación.

Planos Generales: Los diseños que, indicando ubicación, forma y medida, permiten un juicio completo de la obra por realizar y a una escala conveniente para su interpretación correcta y acertada.

Planos de detalle: Los diseños a escala adecuada para realizar la construcción, las piezas o las partes del proyecto, contenidos en los planos generales.

Plazos: El espacio de tiempo establecido en estas bases o en el Contrato, dentro del cual las partes deben cumplir con las obligaciones contraídas o ejercer los derechos que emanan del contrato de ejecución de obras. Los plazos establecidos en las presentes Bases se entenderán de días corridos, salvo indicación expresa en contrario.

Presupuesto Oficial: El estudio detallado efectuado por el mandante de las cantidades, precios unitarios y precio total previsto para una obra y que representa la opinión oficial sobre su valor.

Programa de Trabajo: La ordenación dentro del plazo del contrato, del desarrollo de las diversas etapas, partidas o ítem de la obra, sea que ella deba ser ejecutada en forma simultánea o sucesiva.

Proyecto: Conjunto de antecedentes que permiten la identificación de la obra a realizar y que incluye bases, todos los antecedentes que se realizaron para la elaboración del proyecto, diseños de ingeniería, arquitectura, especificaciones técnicas y todos los demás documentos de la licitación, que formen parte integrante de la licitación, que el oferente deba conocer para realizar su oferta.

Suma Alzada: Oferta a un precio determinado, sin reajustes, ni intereses en los términos que se establecen en el contrato.

Inspección Técnica de Obra: La instancia que tiene a su cargo la supervisión técnica y administrativa de la obra y, en general, el exacto cumplimiento del Contrato.

13.- De La Ejecución de las Obras

Entrega de Terreno

La Contraparte Técnica procederá a entregar el terreno al Contratista una vez que el contrato este totalmente tramitado, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. El plazo de ejecución de la obra se contará a partir del día siguiente de la entrega del terreno.

Para la entrega de terreno el contratista deberá presentar al I.T.O, la Carta Gantt de la obra de acuerdo al Itemizado del presupuesto de la obra, detallando una programación financiera mensual coincidente con los estados de pagos programados a cursar. En caso de existir modificaciones a lo programado y entregado inicialmente al ITO, será de su responsabilidad ir actualizando esta información con la presentación de cada estado de pago. El no cumplimiento de esta exigencia significará la aplicación de una multa, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.

Como antecedente para realizar la entrega de terreno, es necesario que la empresa presente al ITO, el profesional Residente a cargo de la obra, quien deberá acreditar su calidad de “Profesional competente” (Arquitecto, Ingeniero civil, Constructor civil o Ingeniero constructor, según corresponda) mediante Título o Certificado de título legalizado ante notario, patente profesional al día, cuando corresponda, currículum vitae y contrato notarial por el período de ejecución de la obra de dicho profesional.

Sólo por razones justificadas por el Gobierno Regional, este plazo podrá ser extendido, para lo cual el Inspector Técnico informará por escrito al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional, con copia al Oferente Adjudicado, en donde se indicará el nuevo plazo para la entrega del terreno.

En la fecha de entrega de terreno se levantará la respectiva Acta de Entrega de Terreno, en que constará además, la entrega de los otros antecedentes de la obra , la cual será firmada por el Profesional Residente a cargo de la obra y el Inspector Técnico de la Obra.

Letrero de Obra

En el lugar donde se ejecute la obra de la presente licitación, se deberá instalar a lo menos un letrero por acceso para identificar la obra, cuyo contenido, dimensiones y características, son las que entregue la Unidad Técnica y, la ubicación de éste será entregada por la ITO durante la entrega de terreno. Será emplazado en un lugar destacado y visible desde el exterior y debe ser instalado al iniciar los trabajos.

El letrero, como mínimo, contendrá un texto y diseño con las indicaciones proporcionadas por la Contraparte técnica (ITO). La confección de este letrero deberá contar con la aprobación de Contraparte técnica. El letrero deberá estar instalado en un plazo menor a diez (10) días corridos a partir de la entrega de terreno. Si en el momento de la presentación del primer Estado de Pago este Letrero aún no se ha instalado, la contraparte técnica no lo cursará y podrá retenerlo en su poder hasta que cumpla con lo solicitado.

El letrero de obras sólo podrá ser retirado hasta que se verifique la Recepción Definitiva de la Obra.

Horario de trabajo

Se ceñirá a la Legislación Laboral vigente.

La Contraparte Técnica podrá autorizar por razones de servicio otros horarios de trabajos, los cuales no tendrá cargo adicional para el Gobierno Regional del Maule.

Subcontratación

El Contratista, a fin de apoyar la ejecución de alguna de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato, podrá celebrar contratos con terceros, sean personas naturales o jurídicas.

El contratista solo podrá subcontratar, previa autorización del Gobierno Regional del Maule, hasta el 40% de las obras, y a su vez el subcontratista no podrá subcontratar.

Dichos contratos con terceros serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, sin que ello genere vínculo contractual alguno entre dichas personas y el GORE Maule, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20.123, en lo que sea pertinente.

Los trabajadores de las empresas subcontratistas serán considerados como trabajadores del contratista, para efectos de los deberes, obligaciones o prohibiciones que le impone el presente contrato.

Aprobación de Proyectos

Es responsabilidad del Contratista la obtención de las certificaciones y aprobaciones o autorizaciones necesarias para la ejecución de las obras, o que deriven de éstas, con sus antecedentes, planos, proyectos y especificaciones, así como el pago de los derechos correspondientes, tanto en el ámbito constructivo, de inspección, como en lo relativo a uniones, empalmes, extensiones, refuerzos o dotación de servicios sanitarios, eléctricos, gas y pavimentación, u otros requeridos para la recepción de la obra. Los montos relacionados a este punto deben considerarse dentro de Gastos Generales del Proyecto.

Aseo

El Contratista deberá tener especial cuidado en el Aseo y presentación de la Obra, durante el desarrollo de ella y después de que se hayan terminado todos los trabajos, debiendo mantener limpia el área de trabajo todos los días, si no lo efectuase será indicado por la Contraparte Técnica y dispondrá un plazo máximo de 24 horas, en caso contrario, se podrá aplicar la multa correspondiente.

Se deberá mantener cada faena libre de escombros, el aseo y retiro de escombros deberá realizarse diariamente. Una vez terminados los trabajos, deberá hacerse un aseo general de la faena, (retiro de excedentes, barrido y lavado) y lo que se solicite en las Especificaciones técnicas.

Modificación del Programa de Trabajo

Cuando circunstancias especiales lo aconsejen, el Mandante podrá modificar el programa de trabajo (Carta Gantt y programación financiera). También podrá modificarse este programa, a solicitud del Contratista, cuando su petición se fundamente en caso fortuito o fuerza mayor certificada por el Mandante, mediante un informe de obra por parte del ITO. Dicha modificación será informada por libro de obra y/o correo electrónico.

Programación de Obra.

El Contratista, una vez efectuada la Entrega de Terreno, tiene un plazo de tres (3) días hábiles para entregar a la Contraparte Técnica los siguientes antecedentes:

a)   PROGRAMACIÓN FÍSICA DE LA OBRA. (Carta Gantt detallada por Ítems de la Propuesta Actualizada), indicando fecha de inicio y término de acuerdo con el plazo contractual, dejando debajo de cada partida una fila libre, que será utilizada por la Contraparte Técnica para llevar su revisión de avance.

b)   PROGRAMACIÓN DE INVERSIÓN O FLUJO DE CAJA en relación con la Programación Física indicada en punto precedente. El GORE Maule responderá por el pago de acuerdo con los montos que se indican en el flujo de caja y considerando las Obras realmente ejecutadas. Para el efecto anterior en el Programa de Inversión se indicarán los Estados de Pago.

c)   El contratista estará obligado a cumplir durante la ejecución de las obras con los plazos parciales establecidos en el contrato o con los avances de obra estipulados en el programa de trabajo correspondiente, el que será evaluado por la ITO.

d)   El atraso injustificado en la ejecución de las obras superior al treinta por ciento (30%) con respecto al avance consultado en el programa de trabajo, deberá ser informado por al ITO del Gobierno Regional del Maule, quién podrá tramitar término anticipado al contrato.

Aumento o disminución de Obras.

El Gobierno Regional del Maule solo podrá disminuir o aumentar las cantidades de obras de cada partida del presupuesto en casos excepcionales y cuando se presenten algunas de las siguientes situaciones:

  • Material descontinuado o no existente en el mercado, lo que originará su reemplazo por un equivalente técnico por parte de la unidad técnica
  • Errores de proyecto no atribuibles al contratista, que impliquen cambios de partidas o eliminación de partidas contratadas por otras que sean imprescindibles para la materialización del proyecto.

Se podrá disminuir o aumentar el Contrato, por medio de una resolución fundada, hasta un 30% del valor del mismo, sujeto a disponibilidad presupuestaria y siempre que no se altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En caso de que se realice más de un aumento de obra, o un aumento de obra y una obra extraordinaria, todos en su conjunto no podrán exceder el 30% del monto contratado.

Si por razones técnicas el aumento de contrato superara el 30%, del monto total de obras civiles,  se debe iniciar el termino anticipado de contrato.

Los Aumentos de Obras, deberán respetar los precios unitarios de aquellos Ítems consultados en la Propuesta.

En el caso de disminuciones, el Contratista no tendrá derecho a una indemnización por este concepto, ni tampoco cuando las disminuciones tengan su origen en la Resolución del Contrato o el término anticipado de éste.

Obras extraordinarias.

Obras extraordinarias, que se refiere a otras partidas que no estaban incluidas en presupuesto original y que por las razones que califique el mandante, deben ser incluidas durante la ejecución del proyecto. Al analizar estas partidas, debe solicitarse a Contratista que elabore un expediente técnico de cada una de ellas, con análisis de precios unitarios, fichas técnicas, planos adicionales y todos los antecedentes necesarios para su análisis.

Toda modificación que se realice, aumentos, disminuciones y/o obras extraordinarias, se expresará en la pertinente modificación del contrato. En casos de aumentos de obras, deberá complementarse la o las garantías acompañadas, en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías.

El GORE Maule, podrá ordenar a través de una resolución, las Obras Extraordinarias hasta un 30% del valor del contrato, sujeto a disponibilidad presupuestaria. En caso de que se realice más de un aumento de obra, o un aumento de obra y una obra extraordinaria, todos en su conjunto no podrán exceder el 30% del monto contratado.

Esto se materializará mediante resolución, en cuyo caso el Contratista tendrá derecho a su pago por las Obras que se incorporen o agreguen al Proyecto a fin de llevar a mejor término la Obra contratada. Dicho pago se efectuará con la Modificación de Contrato y resolución totalmente tramitada.

Las modificaciones propuestas por el contratista deberán ser presentadas por escrito al Gobierno Regional del Maule, quien efectuará el análisis correspondiente para determinar la aprobación o rechazo de la misma, también por escrito.

Toda modificación de obra deberá ser efectuada antes de realizada la recepción provisoria.

Con todo, en circunstancias acreditadas de fuerza mayor o caso fortuito, podrán modificarse los plazos establecidos para la ejecución de esta obra.

Aumento de plazo de las obras

No se considerarán aumentos de plazo para la ejecución de la obra contratada a menos que concurran circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditadas y fundada por Contratista, previo informe del ITO designado, e informe jurídico respectivo. Si durante la ejecución de la obra se produjeran atrasos parciales por fuerza mayor o caso fortuito, el Contratista deberá presentar a la contraparte técnica su justificación por escrito en un plazo que no supere los siete (7) días corridos desde ocurridas las causas de los atrasos.

El procedimiento y la documentación mínima para la tramitación, será:

  • Solicitud del aumento al ITO, ingresada a la oficina de partes del Servicio, con a lo menos 10 días de anticipación a la fecha de término del plazo original contratado.
  • Informe de(los) proyectista(s) si corresponde.
  • Antecedentes que avalen el aumento solicitado (planimetría, Especificaciones Técnicas, certificados, etc.)

La contraparte técnica estudiará el Informe y las razones invocadas por el Contratista para justificar el atraso y propondrá al Jefe de Departamento de ejecución de obras y fiscalización la aceptación o rechazo de la ampliación de plazo. El aumento del plazo deberá ser formalizado mediante la emisión de la Resolución correspondiente y posteriormente se deberá efectuar modificación de contrato con su respectiva Resolución de Aprobación.

Suspensión de faena y/o plazo de ejecución

Se podrá decretar fundadamente la suspensión total o parcial de la faena y/o el plazo de ejecución de la obra, cuando ocurra una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito o hecho ocasionado por un tercero, que así lo exija. En este caso, las garantías deberán permanecer vigentes hasta el término del contrato.

Esta suspensión deberá hacerse por Acto Administrativo y fundado publicada en el Sistema de Información, y no dará derecho al contratista para solicitar al GORE Maule nuevos aumentos de gastos generales o utilidades.

Aprobación de Proyectos

Es responsabilidad del contratista adjudicatario la obtención de las aprobaciones de planos y proyectos de instalaciones, pagos de Derechos de Inspección y obtención de Permisos Municipales, pagos por Derechos y Aportes de alcantarillado, agua y aguas lluvia, pagos por Derechos y Aportes de instalación eléctrica, instalaciones de gas  y el correspondiente Certificado de Recepción de Obras ante la entidad correspondiente, si corresponde al tipo de obras a realizar. Los montos relacionados a este punto deben considerarse dentro de Gastos Generales del Proyecto

Materiales empleados en la construcción

Antes de ser empleados los materiales en las obras, deberá darse aviso al ITO, para que, en vista del análisis y prueba del caso, resuelva y formule por escrito su aceptación o rechazo.

No obstante, si durante el período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material aceptado por la ITO., ha resultado deficiente en el hecho, el Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue empleado.

Control de calidad de las Obras

 

El contratista deberá considerar en el monto de su oferta, los gastos que demanden los ensayes que se indican en las Especificaciones Técnicas de las obras del proyecto mencionados de las presentes Bases, aun cuando estos gastos no se encuentren establecidos de manera expresa en los presupuestos o en sus análisis de precios unitarios

La Certificación de la calidad de los materiales y de las obras ejecutadas, será de un laboratorio técnicamente calificado y aprobado por el MINVU. Esta certificación se referirá a todas las partidas y/o materiales de la Obras cuya calidad debe demostrarse por ensayes de laboratorio según Normas Chilenas y lo dispuesto en Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación- Versión 2018, del Ministerio de V y U.

Ensayos adicionales en caso de incertidumbre, de acuerdo a lo indicado en el Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado por D.S. Nº 85, (V. y U.), de 13.04.2007.

Las muestras de materiales o demolición de partidas sobre los cuales la Fiscalización Técnica de la Obra haya verificado que no se ajusta a Especificaciones Técnicas y/o Proyecto deberán ser tomadas por personal del laboratorio respectivo.

El contratista deberá indicar el o los laboratorios a que recurrirá para realizar los ensayes de materiales de la obra en el libro de obras  correspondiente, y otorgará al Gobierno Regional del Maule mandato expreso para requerir directamente de dichos laboratorios, copia de los certificados de ensayes, informes y antecedentes que digan relación con los controles de calidad realizados.

El contratista deberá requerir de los laboratorios que contrate para los ensayes de materiales de la obra, que remitan directamente al Gobierno Regional del Maule, por carta certificada, copia de todos y cada uno de los Certificados de ensayes, que le sean entregados.

El Laboratorio Oficial designado para el control de las obras, deberá estar en condiciones de prestar sus servicios, a partir de tres días hábiles contados desde la fecha del Acta de entrega del terreno. El ITO y/o Autocontrol coordinará y programará con ese Laboratorio las visitas a la obra para el muestreo correspondiente.

 

En los ensayes de hormigón, el ITO hará cumplir estrictamente lo prescrito en la Norma Nch 170 de 2016 “ Hormigones de Cementos” y la Norma Nch 1998 de 1988, “Evaluación Estadística de la Resistencia Mecánica del Hormigón”. Para las obras de pavimento asfáltico deberán realizarse los ensayes respectivos de acuerdo a DE ACUERDO CON las Especificaciones Técnicas. En ambos casos se consideran los ensayes mínimos solicitados en el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación MINVU vigente

Para los efectos de lo señalado supletoriamente se tomara en el tercer párrafo del Art. N°84 del D.S. N° 236/2002 (V y U), las Áreas que requieren las Instituciones Oficiales de Control Técnico de Calidad de los Materiales y Elementos Industriales para la Construcción, para desempeñarse como laboratorios de control de calidad de los materiales y de los procesos constructivos de las obras a ejecutar para el proyecto, son las siguientes:

Área

Especialidad

Mecánica de suelos

Pavimentos

Áridos

Pavimentación

Hormigón

Pavimentación y Prefabricados

Asfaltos y Mezclas Asfálticas

Pavimentación

Los laboratorios técnicamente calificados y aprobados para el control Técnico de calidad de los materiales y elementos Industriales para la construcción serán aquellos que se encuentran vigentes en el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción del MINVU.

El contratista deberá mantener en obra un libro en triplicado, de visitas para el laboratorio, donde se anotarán las visitas y resultados preliminares de los ensayes.

Normativa

Las obras se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos:

a. Bases Administrativas y Técnicas (Normas Generales, Normas Especiales si las hubiere y Especificaciones Técnicas).

b. Planos digitales.

c.  Aclaraciones y Respuestas elaboradas por el Mandante.

d. Oferta recibida.

e. Acta de Evaluación y Adjudicación.

  1. Contrato de Ejecución de Obra celebrado entre el mandante y el adjudicatario.

En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia, entre otras:

a. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y demás Ordenanzas Municipales y Sanitarias.

b. Ds 236/2002 (Vy U)

c.  Código de normas y especificaciones técnicas de obras de pavimentación.

d. Código del Trabajo, y sus leyes complementarias, especialmente en lo relativo a subcontratación, y normas de Higiene y Seguridad.

e. Cualquier reglamento y/o normativa vigente de otro servicio que sea atingente a la obra.

14. – De la Recepción de Las Obras.

Recepción Provisoria.

Una vez terminados totalmente los trabajos, el Contratista presentará por escrito al Gobierno Regional del Maule, la solicitud de Recepción Provisoria de la obra. Esta solicitud deberá ser ingresada en Oficina de Partes del Servicio, dirigida al Jefe del Departamento de ejecución de obras y fiscalización, con copia a la Inspección Técnica, en horario de atención de público. De la solicitud y el Acta de Recepción de Obras debe quedar constancia en el Libro de Obras.

El ITO una vez recibida la solicitud, procederá a verificar que la obra está terminada.

Procedimiento, plazos y documentos para la recepción de obras:

Se entenderá como obra terminada, aquella que se encuentre con todas las partidas construidas en su totalidad y cumpla con todas las exigencias del proyecto y de las Bases de esta Licitación. De no cumplirse estas condiciones, el ITO de la obra no otorgará su conformidad para la recepción por parte de la comisión receptora.

El contratista, una vez terminados los trabajos, solicitará por escrito al Gobierno Regional del Maule, a través del ITO, la recepción de las obras, acompañando los Certificados que correspondan y adjuntando la ficha de pre-recepción auto controlada señalada en el Manual, a fin de dar cumplimiento a las condiciones del contrato.

En un plazo no superior a 2 días hábiles, contados desde la fecha de dicha solicitud, El  ITO deberá verificar el término de las obras y el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato. El ITO de la obra dentro del mismo plazo, comunicará por oficio o correo electrónico su conformidad a la autoridad que corresponda, precisando la fecha en que el contratista puso término a las obras. Si a juicio de la ITO los trabajos no estuvieren terminados, dentro del mismo plazo, el ITO de la obra elevará su informe negativo a dicha autoridad.

El ITO de Obra, antes de precisar la fecha de término de las obras y comunicar su conformidad a la autoridad que corresponda, deberá verificar lo siguiente:

a)            Que las obras hayan sido ejecutadas de acuerdo a proyectos, especificaciones y demás antecedentes del contrato y que se encuentran totalmente terminadas y habilitadas para su uso.

b)            Que el contratista, haga entrega de los planos de construcción con la aprobación correspondiente, si el proyecto original hubiese sufrido alguna modificación.

c)            La presentación del Acta de Recepción Provisoria.

La Comisión de recepción designada con antelación según resolución del contrato de las Bases Generales Reglamentarias, se constituirá en la obra en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contados de la fecha de su designación, debiendo asistir por lo menos dos miembros designados y el ITO de la obra. El día y hora fijado para la recepción, deberá ser comunicado al contratista con dos días hábiles de anticipación, a lo menos, para que concurra al acto si lo desea.

Verificado por la comisión receptora el cabal cumplimiento del contrato, esta dará curso a la recepción y levantará un acta que será firmada por al menos dos de sus miembros, por el ITO de la Obra y por el contratista si lo desea. La comisión consignará como fecha de término de las obras la indicada por el ITO de la Obra.

Los certificados y antecedentes exigidos para la recepción de las obras deberán ser entregados por el ITO de la Obra a la Comisión Receptora designada por Gobierno Regional del Maule, al momento de su constitución en las obras. Si no fuere así, la Comisión Receptora suspenderá la Recepción de la obra hasta que los certificados exigidos le sean entregados y levantará un acta que será firmada por los miembros asistentes, por el ITO de la Obra y por el contratista, si lo desea, dejando constancia del hecho. En este caso la fecha de término de las obras será aquella en que se entreguen todos los certificados y antecedentes, aplicándose las multas que correspondan. Se exceptuarán de esta exigencia al momento de constituirse la Comisión receptora, aquel o aquellos certificados que hubiesen sido solicitados con oportunidad por el contratista pero el Servicio correspondiente no los hubiere emitido antes de la fecha de recepción de las obras. En este último caso, la Comisión receptora procederá a efectuar una recepción con reserva, otorgando un plazo para la entrega del o los certificados pendientes, que para este caso, no podrá ser mayor al 10% del plazo contractual. Si excedido dicho plazo el contratista no entregara la documentación pendiente, se procederá a aplicar las multas por atraso, fijándose como fecha de término de las obras, la fecha de entrega del último certificado pendiente.

 

Finalizando las obras la ITO de la Obra, deberá finalizar el libro de obras, impidiendo ingresar cualquier cambio al mismo, el contratista, deberá entregar al Gobierno Regional del Maule el Libro de Inspección. En ambos casos se dejará constancia de ello en el acta de recepción de las obras.

 

Se entiende como la oportuna solicitud de un certificado, la presentación de la nota del contratista, mediante la cual, solicita el certificado en el servicio público o privado correspondiente, la que debidamente fechada y timbrada por el Servicio emisor, es recepcionada por éste, a lo menos con 15 días de anticipación a la fecha de término del plazo contractual de la obra, la que deberá ser entregada a la Comisión Receptora. Este certificado no podrá ser extendido posteriormente por el servicio público o privado con fecha que sobrepase el plazo de 30 días a contar de la fecha de la solicitud debidamente ingresada, posterior a esta fecha se aplicaran las multas señaladas precedentemente.

Si de la inspección a la obra la comisión determina no dar curso a la recepción, se consignará en el Libro de Inspección un detalle de las observaciones técnicas, comunicándolo por oficio al contratista, pudiendo otorgar a éste un plazo que en ningún caso superará el diez por ciento del plazo contractual, para que ejecute a su costa los trabajos y reparaciones correspondientes.

Una vez subsanados los reparos formulados por la comisión, esta deberá proceder a efectuar la recepción de la obra, fijándose como fecha de término de las obras la fecha originalmente indicada por el ITO, a la cual se agregarán los días sobre el plazo contractual, que el contratista empleó en ejecutar las reparaciones y/o cambios, estableciéndose una nueva fecha de término, la que deberá ser certificada por el ITO de la obra. En este caso se aplicará una multa del 0.4%, del total proyecto impuesto incluido, por cada día de atraso en la entrega de las obras.

Cuando las obras presenten defectos que puedan ser fácilmente reparados, la comisión procederá a recibir las obras con reservas estableciendo un plazo para subsanarlas, que no podrá superar el diez por ciento del plazo de la obra. En este caso, no será preciso que la comisión vuelva a reunirse, bastando que el ITO de la Obra certifique el cumplimiento de las observaciones formuladas. Se fijará como fecha de término la indicada por el ITO en el oficio que se refiere el Art. N°124 del D.S. N° 236/2002 (V y U). Si el contratista emplea en ejecutar las reparaciones un plazo superior al fijado por la comisión, los días que superen dicho plazo se sumarán a la fecha de término consignada por el Inspector de la Obra, dando origen a las multas correspondientes, de lo cual se dejará constancia en el mismo certificado del cumplimiento de las observaciones.

Si corresponde, el contratista deberá disponer en la obra de un camión aljibe o similar en el momento de la recepción de los trabajos para poder chequear el buen funcionamiento del escurrimiento de las aguas lluvias. Solo se obviará esta disposición si la Comisión Receptora así lo determinara con anterioridad al día de la recepción.

Una vez recibidas las obras por parte de la comisión, el contratista deberá entregar una boleta bancaria de garantía, extendida a nombre de quien se indique en las bases administrativas especiales, por un valor equivalente al tres por ciento del monto total del contrato, expresada en UF, para caucionar el buen comportamiento de las obras y su buena ejecución, tras lo cual, el Gobierno Regional del Maule procederá a devolver al contratista las boletas de garantía por fiel cumplimiento de contrato

Procedimiento de Término anticipado de contrato

En el caso que durante el transcurso de la obra el Mandante, a través del Inspector Técnico de la obra, estime que el Contratista no puede seguir ejecutando la obra, lo cual deberá ser explicitado mediante el oficio correspondiente, deberá proceder como sigue:

a. El ITO deberá comunicar oficialmente al Contratista, basado en los acápites de las bases y del contrato, las razones para realizar la liquidación de contrato. Deberá tomar los resguardos para que el Contratista paralice las obras y que no realice retiros de maquinarias ni materiales sin la expresa autorización de la Inspección Técnica.

b. El Contratista dispondrá de un término de cinco (5) días corridos para presentar sus descargos, por escrito, acompañando todas las pruebas y fundamentos relacionadas con el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones establecidas en las bases técnicas y administrativas, así como en el contrato.

c.  Con el mérito de las argumentaciones y pruebas entregadas por el Contratista, el ITO deberá elaborar un informe en el sentido de que el contrato puede continuar o, en caso contrario, de ser necesaria su liquidación. En el primer caso lo notificará al Contratista; en el segundo remitirá los antecedentes al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional del GORE.

d. El GORE Maule emitirá una resolución fundada, ya sea acogiendo o denegando lo solicitado por el ITO y, en el primer caso, de ser procedente, se resolverá el cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato. Esta resolución deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren. En contra de esta resolución, el Contratista podrá interponer recurso de reposición, dentro de cinco (5) días hábiles, debiendo éste resolverlo en el mismo plazo. De acoger el recurso interpuesto se dictará una resolución en tal sentido, estableciendo que se continúe con la ejecución de la obra de la forma y en los plazos que dicha resolución determine. En caso de ser rechazado el recurso de reposición interpuesto, se procederá de la manera que se señala en las letras siguientes.

e. El ITO en conjunto con contratista y de las personas que estime conveniente, deberán realizar el AVANCE VALORIZADO DE PARTIDAS, que consiste en determinar el avance real de cada una de las partidas contratadas al momento de la realización de la paralización de la obra por término anticipado. Si el contratista se niega a participar, se realizará el avance valorizado de todas maneras sin la participación del contratista.

  1. Luego de realizado el avance valorizado y en acuerdo o no con contratista, se deberá realizar la LIQUIDACIÓN DE CONTRATO, la que deberá considerar en su análisis los siguientes aspectos

g. Daños y perjuicios: Se refiere a los gastos adicionales en que debió incurrir el GORE Maule por la paralización de obra, como servicios de vigilancia u otros.

h. Partidas defectuosas: Se refiere a las partidas que pese a estar ejecutadas, deberán realizarse nuevamente parcial o totalmente, por problemas de ejecución o deterioro climático.

  1. Avance valorizado al momento de la liquidación, mencionado anteriormente.
  2. Antecedentes de valorización de las sanciones contempladas en las Bases Administrativas y Técnicas si corresponden.

k.  Antecedentes de ejecución de boleta de fiel cumplimiento de contrato.

  1. Antecedentes de devolución del anticipo, si lo hubiere.
  2. Rendición y detalle de obligaciones contractuales del contratista que fueran canceladas con cargo a los excedentes de la liquidación del contrato, si corresponde.

n. Antecedentes sobre consumos básicos pendientes, si corresponden.

  • o. Antecedentes de Estados de Pago cancelados a Contratista

p. Conclusión con el balance de los factores anteriores, y valoración de lo que debiese pagarse o deducirle al contratista como producto de la liquidación por el término anticipado del contrato.

q. Al terminar la confección de la liquidación de contrato, se deberá realizar un documento oficial por parte del GORE Maule, sancionando el término del proceso de liquidación por término anticipado de contrato y sus conclusiones.

Obra No Terminada

Si de la revisión de la obra resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados de acuerdo con los planos y Especificaciones Técnicas, El ITO no dará curso a la Recepción Provisoria, debiendo el contratista volver a solicitar la recepción provisoria cuando haya terminado las obras que corresponden a su contrato. Posterior al plazo contractual el plazo que el Contratista tome para terminar las obras estará sujeto a multas, y no podrá ser superior a 15 días.

En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por la Contraparte Técnica.

Una vez que el contratista solicite por escrito nuevamente la recepción, se debe proceder a efectuar la recepción provisoria. Si esta fuese con observaciones, se le dará un plazo que la Comisión Receptora determine para subsanarlas, se harán las recepciones que resulten necesarias, privilegiando las terminaciones del proyecto.

Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión Receptora de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, estará sujeto a multa por atraso que corresponda, según lo indicado en el artículo de multas. Sobre 15 días corridos de atraso el GORE Maule se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, haciendo efectivas las garantías que estuvieran constituidas y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.

Obra Terminada con Observaciones Menores

Cuando los defectos que se observen no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, la comisión receptora procederá a efectuar la recepción con observaciones menores, y fijará al Contratista un plazo perentorio, exento de multas, no mayor a diez (10) días corridos, para que éste efectúe las reparaciones indicadas y podrá autorizar el uso inmediato de la obra.

Una vez vencido el plazo, la Comisión receptora deberá constituirse nuevamente para constatar la ejecución de las reparaciones y levantar un acta de recepción provisional, fijándose como fecha de término de las obras la fecha inicial correspondiente a la petición de la Recepción.

En el caso que el Contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas, éstas podrán ser ejecutadas por el GORE con cargo a las garantías constituidas y, en tal caso, se cursarán las multas que hubiesen sido procedentes por el plazo exento de multas a que se refiere el párrafo anterior.

Se procederá de la siguiente forma:

   Se levantará un Acta la que deberá ser suscrita y firmada por todos los integrantes de la Comisión.

   En este documento se establecerán los plazos que otorgue la Comisión para subsanar las Observaciones por parte del Contratista, siendo responsabilidad de éste informar que dichas observaciones fueron subsanadas en su totalidad, mediante carta dirigida al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional, dentro del plazo establecido. De no dar cumplimiento se aplicará al Contratista una multa de 0,1% (cero coma un por ciento) del valor total  del contrato, por cada día de atraso al plazo otorgado.

   El plazo dado para subsanar las observaciones, sólo podrá prorrogarse por una sola vez, siempre y cuando la Comisión así lo establezca. Si el Oferente no cumple con este segundo plazo, se le considerará para el cálculo de la multa, la totalidad de los días contados desde la fecha de constitución de la  Comisión por primera vez. La multa a aplicar será de 0,1% (cero coma un por ciento) del valor total del contrato, por cada día de atraso.

Si parte de la obra no se terminare dentro del plazo contratado por causas imputables al Mandante, se podrá autorizar el pago de las partidas recepcionadas, reteniendo los montos correspondientes a la o las partidas pendientes hasta la Recepción Provisoria Efectiva.

Obra Terminada y sin Observaciones

De no existir observaciones, el contratista deberá presentar la totalidad de los antecedentes detallados a continuación, para que el ITO realice el Acta de Recepción Provisoria de la Obra, la que deberá ser aprobada mediante Resolución.

La Inspección Técnica deberá enviar copia o fotocopia del Acta Recepción Provisoria y su respectivo Resolución a la División de Presupuesto e Inversión Regional.

Una vez verificado el cabal cumplimiento de los trabajos contratados, de acuerdo al presupuesto y modificaciones del proyecto, y estando todas las partidas del presupuesto ejecutadas correctamente sin observaciones, se dará curso a la recepción provisoria sin observaciones y se levantará un acta que será suscrita por la Contraparte Técnica. Se consignará como fecha de término de las obras la fecha de esta recepción provisoria.

Acta de Recepción Provisoria

La Empresa constructora deberá entregar al inspector técnico los siguientes antecedentes:

  • Certificado de la inspección Provincial del Trabajo, que acredite que el contratista no registra reclamos, ni deudas Previsionales pendientes, estableciéndose que dicho Certificado es para ser presentado en la Recepción de la obra.
  • Certificados de las empresas suministradoras de electricidad, Gas, agua potable y alcantarillado, en la cual, se acredite que el contratista, no ha causado daños en las instalaciones existentes ni tiene deudas pendientes.
  • Declaración jurada del contratista en la cual, deje constancia que no ha ocasionado daños a las redes públicas de alcantarillado, agua potable, Gas y electricidad y no tiene deudas pendientes por consumo u otra especie.
  • Permiso de Edificación, Certificado de Recepción Municipal o por derechos de ocupación
  • Certificados de Control de calidad de los materiales y de los procesos constructivos, (Entre otros, Certificados de Control de calidad de muestras de hormigones, testigos de hormigón y/o asfalto según corresponda, etc.) emitido por el Laboratorio aceptado por el Gobierno Regional del Maule.
  • Declaración del Instalador eléctrico autorizado sobre las instalaciones de luminarias eléctricas. Esta declaración junto con el plano respectivo, deberá ser inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles o intervención de traslado de postación.
  • Si corresponde, los proyectos aprobados por los servicios que correspondan de las instalaciones de agua potable, alcantarillado e instalaciones eléctricas (incluye corrientes débiles), de iluminación, calefacción, gas, etc. Los proyectos deberán incluir los planos, las especificaciones técnicas, memorias, etc.
  • Declaración Jurada simple del contratista señalando que no mantiene deudas por ningún concepto.
  •  Certificados de recepción de los servicios que correspondan de las instalaciones de agua potable, alcantarillado, instalaciones eléctricas, de iluminación y todos los que intervengan en forma directa en la ejecución de las obras.
  •  CD con set de fotografías digitales con imágenes del sector antes de comenzar la ejecución de las obras y del proyecto ejecutado.
  • Copias de todos los folios con anotaciones del Libro de Inspección, Libro de Obras y Libro de visitas.
  • Planos As-Built, de todos los proyectos de especialidades, y habilitación, si corresponden.     

Explotación de las obras

El uso de las obras para los fines a que estaban destinadas se iniciará normalmente, después de la recepción provisional.

En los casos de incumplimiento del plazo contratado, el Mandante podrá ordenar el uso parcial en los sectores terminados de la obra, previa recepción de éstas.

Antes de la Recepción provisoria, serán de cargo del contratista las fallas que experimente, siempre que sean imputables a la mala ejecución de la obra o al empleo de materiales deficientes.

Recepción Final

Dos meses antes del vencimiento de la Garantía de Correcta Ejecución de la Obra, el Contratista solicitará al ITO, por escrito, la Recepción Definitiva de la Obra.

La Comisión de Recepción de las Obras, examinará la obra y en caso de no encontrar reparos levantará un Acta, dejando constancia que reciben definitivamente la obra. Esta Acta deberá ser suscrita y firmada, por todos los integrantes de la Comisión. Dicho documento deberá ser Aprobado mediante Resolución.

Esta recepción final, en ningún caso exime la responsabilidad legal que le compete al contratista, de acuerdo a lo que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

Si la Comisión de Recepción de las Obras tuviese reparos u observaciones imputables a defectos de la obra o mala calidad de los materiales empleados, deberá dejar constancia de ello en el Acta y el Contratista deberá subsanar los reparos u observaciones, a su costo, dentro del plazo que le fije la comisión a contar de la fecha del Acta. El plazo dado para subsanar las observaciones, sólo podrá prorrogarse por una sola vez, siempre y cuando la Comisión así lo establezca, si este segundo plazo sobrepasa la vigencia de la garantía de correcta ejecución, el contratista deberá prorrogar esta garantía en atención al nuevo plazo más 30 días

Todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad ante la ley, por vicios ocultos de construcción que resulten y se detecten con posterioridad a la fecha de Recepción Definitiva. 

Verificada la Recepción Definitiva, sin observaciones, por parte del Gobierno Regional del Maule, se procederá a la liquidación de contrato y a la devolución mediante endoso de las Garantías vigentes.

Lo anterior, sin perjuicio de lo que se dispone en los puntos precedentes.

Liquidación de Contrato

Verificada la Recepción Definitiva, sin observaciones, por parte del Gobierno Regional del Maule se procederá a la liquidación de contrato y a la devolución mediante endoso de las Garantías vigentes. Lo anterior, sin perjuicio de lo que se dispone en el Capítulo siguiente.

Obligaciones Generales

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:

a. Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.

b. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.

c.  Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizada por la contraparte técnica.

d. Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.

e. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores.

  1. El Contratista deberá contar con todas las autorizaciones y/o permisos que requieran las obras y/o trabajos a realizar, y mantenerlos vigentes a su costo durante toda la duración de los trabajos, a menos que la normativa exija su vigencia durante un mayor lapso de tiempo, caso en el cual deberá estarse a esta.

g. Tanto el Contratista como sus trabajadores deberán tener un trato cordial y respetuoso en las dependencias del Edificio donde ejecutarán las labores.

Personal del Contratista

a. El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte.

b. La mano de obra que se emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, debe ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con el Gobierno Regional del Maule.

c.  Las remuneraciones que el Contratista pague a sus trabajadores deberán ser superiores a los mínimos vigentes. Asimismo, deberá encontrarse al día en el pago de las cotizaciones previsionales de su personal.

d. En cualquier momento la Contraparte Técnica del GORE Maule podrá solicitar al Contratista que informe acerca del estado de pago de las cotizaciones de sus trabajadores, así como el de las empresas subcontratistas. El GORE Maule podrá proceder a retener las cantidades que corresponda pagar al Contratista para pagar directamente las remuneraciones o cotizaciones previsionales adeudadas a su personal, sin necesidad de sentencia judicial o gestión adicional alguna.

e. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos laborales, remuneraciones, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables.

Condiciones de Higiene, Seguridad y Accidentes del Trabajo

a. Adoptar todas las medidas de seguridad que se requieran para proteger efectivamente la vida y salud de sus trabajadores, así como la de los subcontratistas, según corresponda. En este sentido, deberán observarse especialmente las disposiciones del decreto N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, así como la demás reglamentación que sea pertinente.

b. El Contratista deberá velar porque sus trabajadores usen permanentemente sus elementos de protección personal.

c.  Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato pudiera ocurrir, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia o a terceros. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado.

d. Efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la I.T.O. de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.

Dirección de la Obra

El contratista designará un profesional residente de obra habilitado de acuerdo con la ley y ordenanzas vigentes, responsable de la obra, para dirigir las faenas de acuerdo con el programa. La designación del profesional deberá hacerla por escrito, dejando constancia en el libro de obras, y se entenderá que este último se encuentra ampliamente facultado para representar al Contratista en todos los asuntos relacionados con la obra. Esta designación por escrito deberá incluir teléfono de contacto y dirección de correo electrónico para transmitir y recibir información impartida por el Mandante, y el ITO de la obra.

El profesional a cargo de las obras (Administrador del Contrato) podrá ser Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil, o carrera afín de una duración mínima de 10 semestres. El Administrador del Contrato deberá estar permanentemente en la obra.

Si por motivo justificado el profesional debiera ausentarse por períodos que afecten la obligación señalada anteriormente, deberá designarse un reemplazante autorizado por la ITO, el que estará dotado de las mismas atribuciones de su antecesor.

Profesional Residente a Cargo de la Obra

Para la ejecución del Proyecto deberá existir un profesional residente a cargo de la Obra de acuerdo a lo indicado en el punto anterior, y que esté disponible cuando sea requerido por el Inspector Técnico de Obras.

En caso que, el profesional residente a cargo de la Obra se encuentre inhabilitado por licencia, vacaciones u otra razón, el Contratista deberá informar por escrito, vía correo electrónico y a la brevedad posible al Inspector Técnico, los datos del nuevo profesional: nombre, curriculum y Certificado de Título, además deberá informar el plazo durante el cual ejercerá dichas funciones, pudiendo el no cumplimiento generar la multa correspondiente, según lo indicado en el punto que detalla estas sanciones.

El Profesional residente a cargo de la Obra deberá contar con servicio expedito de comunicación, de manera que pueda ser ubicado y notificado de inmediato, mediante correo electrónico, teléfono fijo o móvil, por la Inspección Técnica.

Si la Unidad Técnica determina que el profesional residente a cargo de la Obra, no tiene la experiencia necesaria, podrá solicitar al Contratista, el cambio de este  por uno de mayor experiencia.

En la eventualidad que el Contratista modifique su domicilio, será responsabilidad de éste informar por escrito al ITO de su nueva dirección, correo electrónico, celular, entre otros, no siendo responsabilidad del Gobierno Regional el envío de cualquier antecedentes de la obra, si ésta modificación no fue previamente informada.

Control de Calidad

En relación al control de calidad, cuando la ITO lo considere necesario podrá solicitar para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Especificaciones Técnicas, la realización de informes y controles de calidad, los que serán solicitados directamente por la Inspección y realizados por algún organismo competente (CESMEC – IDIEM – DICTUC).

El número y tipos de ensayos de calidad será el estipulado por las especificaciones técnicas o, en su defecto, por los que soliciten los organismos receptores de obras correspondientes.  Los gastos que se originen por estos conceptos serán de cargo del Contratista.

Libro de Obras.

Conforme a lo establecido en el titulo 1, capítulo 2, artículo 1.2.7 y título 2, capítulo 3, artículo 1.3.2. Número 10 de la OGUC, se deberá llevar un libro foliado con hojas en triplicado, que deberá estar permanentemente en la obra, durante la ejecución, bajo custodia y responsabilidad del Contratista y deberán estar siempre a disposición de la Contraparte Técnica.

El original será retirado por la Contraparte Técnica y la primera copia por el Contratista o el Profesional competente a cargo de la obra, previa firma de ambas partes.

En el Libro de Obras se anotarán los siguientes datos:

a.         Denominación de la Obra.

b.         Individualización del Contratista y de su Representante Legal, si lo hubiera y del Profesional a cargo de obra.

c. Fecha de la Entrega de Terreno en que se efectuará la Obra y duración programada.

d.         Los hechos más importantes que se produzcan durante el curso de la Ejecución de la Obra, en especial el cumplimiento por parte del Contratista de las Especificaciones Técnicas y las obligaciones contraídas de acuerdo con las Bases Administrativas respectivas.

En el Libro de Obras se deberá dejar constancia:

  1. De los avances de obras.
  2. De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Contratista.

c. De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

  1. De las observaciones, al efectuarse la recepción provisoria de ellas.
  2. De las multas que se cursaren.

f.  Cualquier otra comunicación de orden técnico que deba realizarse entre el contratista y la Unidad Técnica y/o ITO.

  1. Correo(s) electrónico(s) relativos a la Inspección Técnica, deberán anexarse en el Folio correspondiente del Libro de Obras y, constituirán un documento oficial.

Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Inspección u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial, debiendo ser firmadas por quien la efectúa.

Las Observaciones anotadas en el Libro de Obras deben ser cumplidas dentro del plazo establecido por la Contraparte Técnica y por el solo hecho de anotarlas, el contratista se dará por notificado con la fecha de dicha anotación, sin requerir su firma o anuencia para el acto administrativo.

En lo demás, con relación al Libro de Obras, se regirá por las normas sobre la materia contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones vigente.

15.-  De la Inspección Técnica                                                                          

Inspección Técnica de la Obra

Todos los trámites y solicitudes a partir de la entrega de terreno y durante la ejecución de la obra se hace responsable ITO, respetando las indicaciones establecidas en todos los antecedentes involucrados en la licitación, convenio u anexo de normas técnicas, según corresponda. Esto comprende la tramitación de aumentos o disminuciones de obra o plazo, obras extraordinarias, entre otros. En los casos que esto involucre opiniones técnicas, la ITO podrá solicitar informes a los formuladores del proyecto o a los proyectistas del diseño.

La supervisión técnica directa de la ejecución de la obra y demás actividades consideradas en el contrato, estarán a cargo de un profesional del Departamento de Ejecución de obras fiscalizan y adquisición del Gobierno Regional del Maule designado por Resolución, quien podrá solicitar el apoyo del autor del proyecto y/o de un consultor externo. En este último caso, sólo será posible, previa autorización del ente que financia la obra o la disponibilidad presupuestaria del Gobierno Regional.

En caso eventual de licencia y/o vacaciones de la ITO designado, será el Jefe departamento de Ejecución de Obras, Fiscalización y Adquisiciones quien designe un profesional que lo subrogue, lo cual deberá ser por Resolución e informado al Profesional Encargado de la Obra Adjudicada. Dicho profesional contará con las mismas atribuciones que el titular.

Es la contraparte frente al Contratista, de la Unidad Técnica. Frente a cualquier problema que surja durante la ejecución del proyecto, el Inspector Técnico informará a su superior jerárquico y al Mandante, cualquier situación pudiendo solicitar apoyo a los profesionales que conforman el proyecto.

Deberá informar al Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional sobre cualquier sanción pecuniaria, deducción o reembolso que afecte al contratista debidamente calculado, ya sean originados en multas por atrasos en la ejecución del proyecto o por incumplimiento de contrato, según corresponda.

Adicionalmente, el Oferente Adjudicado deberá disponer, en terreno, una carpeta con todos los antecedentes técnicos y administrativos del proyecto.

Administración y Fiscalización del Contrato.

El Contrato será administrado y fiscalizado por el Inspector Técnico de Obra del Servicio. Serán funciones de este, entre otras, las siguientes:

a. Fiscalizar el estricto cumplimiento del servicio contratado y proponer la aplicación de multas.

b. Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales del adjudicatario, considerando las multas a que hubiere lugar.

c.  Autorizar la devolución de la garantía por “Fiel Cumplimiento de Contrato”, o solicitar hacerla efectiva si es que procediere.

d. Certificar la recepción, a entera satisfacción del Servicio de los servicios contratados.

e. Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente.

  1. Revisar el contenido íntegro de la o las facturas, considerando lo señalado en la Ley 19.983 Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. Reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho (8) días corridos siguientes a su recepción”

g. Remitir la factura del proveedor contratado, al área de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a cinco (5) días de dicha aprobación.

b. En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del servicio.

Inspector Técnico de Obra (ITO)

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico el profesional funcionario a quien el Gobierno Regional del Maule le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de una obra y, en general, por el cumplimiento del Contrato. Durante el período de ejecución de la obra, habrá a lo menos un Inspector Técnico. La designación del funcionario se notificará al Contratista a través del Libro de Obra, y se mantendrá mientras no exista constancia por el mismo medio de su modificación o revocación.

Atribuciones de los Inspectores Técnicos de Obra

El Contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes de la ITO, las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la ITO estipule.  El incumplimiento de cada orden será sancionada con una multa definida en Bases Administrativas.

La ITO podrá exigir el término de las labores de cualquier sub – contratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio de la ITO., quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.

Si la ITO detecta un avance inferior al 50% planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la obra.

El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el ITO, por razones de carácter técnico siempre y cuando este no modifique las especificaciones técnicas.

El ITO podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento.

Informes del Inspector Técnico

El Inspector Técnico formalizará documentalmente sus actuaciones en informes periódicos de supervisión, que presentará por escrito en forma mensual, dirigidos a su superior jerárquico, en los que dará cuenta de los avances en la ejecución de la obra, avance financiero, de las supervisiones que haya efectuado, de los inconvenientes o irregularidades que haya detectado, de eventuales atrasos, de las medidas que estime conveniente adoptar, de sus observaciones, de las órdenes e instrucciones que, en conformidad a las presentes Bases hubiere impartido al contratista y, en general de todas aquellas materias y circunstancias de interés para la buena ejecución de la obra considerada en el respectivo contrato suscrito entre el contratista y el Gobierno Regional del Maule. Lo anterior, sin perjuicio de los demás informes que, de acuerdo a las presentes Bases, deberá emitir oportunamente y otros que le sean requeridos por sus superiores jerárquicos.

16.- Disposiciones Finales

Responsabilidad del Contratista

El Contratista será responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del Contrato le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros.

 El Contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios que; producto de sus faenas, pueda ocasionar a la propia obra o la de terceros, o a las instalaciones del Servicio Público, existentes dentro de los locales en donde se ejecute la obra, incluyendo el riesgo de incendio.

De igual modo, el Contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad, alimentación, alojamiento si corresponde, entre otros.

El Contratista asume toda la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de los trabajos, obligándose a rehacer sin costo para el Gobierno Regional, cualquier falla que a juicio de la Unidad Técnica, pudiera apreciar.

Ante la eventualidad de cualquier omisión o cambio de materialidad sin el VºBº de los profesionales de la obra de una o varias partidas, será responsabilidad del contratista ejecutarla durante el periodo de garantía de correcta ejecución hasta la Recepción Definitiva de la Obra.

Interpretación de los antecedentes del Contrato

Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación o antecedentes indicados en las presentes Bases, será resuelta sin ulterior recurso por el Gobierno Regional del Maule, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a los tribunales de justicia.

En relación a discrepancias entre el oferente Adjudicado y la Unidad Técnica respecto de los contratos se resolverán las controversias conforme al tenor que conste en los siguientes documentos en orden preferente y excluyente uno con otros:

  • Contrato
  • Resolución de Adjudicación
  • Aclaraciones y Respuestas a las Consultas
  • Especificaciones Técnicas
  • Planos 
  • Bases Administrativas Especiales
  • Bases Administrativas Generales
  • Propuesta de los Oferentes

Respecto, de posibles diferencias o discrepancias en los antecedentes técnicos, propios de cada proyecto a ejecutar, el orden de prelación será el siguiente:

  • Arquitectura (En todo lo que respecta a diseño, siendo complementarios los planos y EE.TT)
  • Estructura (Siendo solo en lo que respecta a los “cálculos y dosificaciones” que prevalece estructura sobre Arquitectura)
  • Proyectos de especialidades. En caso de que éstos sean de carácter informativo, los contratistas deberán cumplir a lo menos con los requerimientos indicados por Arquitectura y las especialidades)

Permisos y Gastos

Los permisos, gastos e impuestos que corresponda cancelar para la ejecución, contratación, liquidación y demás trámites necesarios para concretar la ejecución de la obra, de los contratos o convenios que de ello se originen, será de exclusivo cargo del contratista.

Suspensión del Llamado en el Sistema Público

El Gobierno Regional del Maule podrá cambiar de estado una licitación a “suspendida”, y este sólo procederá cuando una resolución del Tribunal de Contratación Pública así lo disponga, indicando a través del respectivo oficio, el periodo en que el procedimiento estará suspendido.

El estado “suspendida”, es un status que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y posteriormente seguirá con el curso normal de una licitación. Este estado es una medida cautelar y puede asignarse desde la aprobación de las bases hasta la adjudicación.

Domicilio

En el contrato se consignará que cualquier diferencia que pueda surgir entre las partes, con motivo de la interpretación, ejecución o incumplimiento del presente contrato, será resuelta por los tribunales de justicia con competencia en la comuna de Talca

Disposiciones varias

Todas las marcas señaladas en planos y EETT para los elementos que forman parte del proyecto en cuestión son sólo a modo de sugerencia, se podrán utilizar elementos de características similares o superiores en calidad. Se informa además que las EETT de Construcción son coincidentes con el Anexo Nº 5 “Itemizado de Partidas para el Presupuesto de Obras”.

Se hace presente a los Sres. Contratistas que esta licitación está afecta al pago del I.V.A. según lo Expresado por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.).

Se pagará como precio del contrato, la cantidad indicada en Bases de la Licitación y/u hoja de oferta entendiéndose siempre incluido en dicho precio el I.V.A. cuando corresponda.

En relación a los pagos de sueldos y de imposiciones previsionales del personal empleado en la obra, el adjudicatario deberá tener presente las disposiciones contenidas en el Oficio Circular Nº 1554 de 1985 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y de Vivienda y Urbanismo, el cual se entenderá que forma de los antecedentes de la propuesta.

           

En relación a los pagos de sueldos y de imposiciones previsionales del personal empleado en la obra, el adjudicatario deberá tener presente las disposiciones contenidas en el Oficio Circular Nº 1554 de 1985 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y de Vivienda y Urbanismo, el cual se entenderá que forma de los antecedentes de la propuesta.

Se deberá considerar el emparejamiento y compactación de veredones, junto con la limpieza general durante y finalizada la ejecución de las obras.

En el caso que los proyectos contemple obras de tuición de la Dirección de Vialidad (Accesos, cruce, empalmes, etc.), el oferente deberá considerar en el precio de su oferta la ejecución de dichas obras y la gestión involucrada para su desarrollo, debiendo para ello cumplir con lo estipulado en el Art. N° 36 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 del año 1997 y la Resolución D.V. Nº 232 de fecha 17 de junio de 2002, en lo relacionado con la aprobación de proyectos, garantías, Inspección Fiscal, Señalización, gestión de Aguas Lluvias, control de calidad, plazos de ejecución, recepción de las obras y todo lo que la Dirección de Vialidad le compete exigir. De la misma forma (cuando corresponda) el oferente adjudicatario, deberá gestionar la extensión de la vigencia de la Resolución de la Dirección de Vialidad, que aprueba los proyectos y autoriza su ejecución.

En la eventualidad que exista pavimento de adoquines en los tramos a pavimentar considerados en los proyectos, estos deberán ser trasladados y entregados por el adjudicatario de esta Licitación a la entidad que corresponda, la cual será informada por Gobierno Regional  del Maule, en la oportunidad correspondiente. El valor por el traslado de los adoquines deberá ser asumido por los oferentes en el precio de su oferta.

Para los efectos de los ensayos de materiales y otros elementos se informa que en este Gobierno Regional del Maule, podrán consultar los señores licitantes, la Resolución Nº 22 de diciembre de 1989 donde se indican las instituciones oficiales en las cuales se puede solicitar los diferentes tipos de controles en las especialidades que se señalan.

Por el solo hecho de suscribir el contrato, se da por entendido que el contratista autoriza al Gobierno Regional del Maule, a requerir directamente de los laboratorios de ensayes de materiales autorizados, copias de las certificaciones extendidas por estos a solicitud de la empresa o de este Gobierno Regional del Maule, con cargo al contratista.

El Gobierno Regional del Maule, podrá contratar directamente con los laboratorios, ensayes específicos, los que serán de cargo del adjudicatario hasta el monto y condiciones establecidas en las Bases administrativas generales.

El adjudicatario de la propuesta, frente a cualquier duda de diseño que se le presente durante la ejecución de la obra, podrá requerir aclaraciones a los consultores autores del proyecto a través del ITO respectivo.

El contratista adjudicatario de la obra deberá obligatoriamente disponer de todas las medidas de seguridad en la obra, de manera de evitar derrumbes, riesgos, accidentes; para ello deberá tomar todos los resguardos necesarios, implementando medidas de seguridad en la construcción del proyecto, como asimismo en las demoliciones que pueda efectuar.

De la misma manera el adjudicatario será responsable de conocer y aplicar todas las disposiciones legales sobre medidas de seguridad vigentes. Será de absoluta responsabilidad del contratista adjudicatario todos los daños y/o accidentes ocasionados o que se originen con motivo de la construcción de la obra, sin ulterior responsabilidad para el ITO ni para el Gobierno Regional del Maule.

Previo al inicio de las obras el contratista deberá obligatoriamente:

  • Realizar el replanteo general de la obra, el cual deberá ser visado y recibido por la fiscalización técnica de Obra, de acuerdo a la metodología establecida en el Manual de Inspección, dejando constancia de ello, en el libro de Inspección.
  • Contar con el permiso de construcción respectivo, totalmente tramitado por la Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva y derechos de inspección ante servicio de vivienda.
  • Contar con suministro de energía y servicios propio (electricidad, gas, teléfonos, otros) para abastecer equipos, máquinas y/o herramientas propias, por lo cual el contratista deberá contar con servicios provisorios (empalmes).
  • Contar con suministro de agua potable y servicio de alcantarillado propio para suplir necesidades del recurso humano de la obra, además de abastecer equipos, máquinas y/o herramientas propias, por lo cual el contratista deberá contar con servicios provisorios (conexiones, y empalmes o baños químicos).
  • Una vez cumplidos estos requerimientos, el ITO de Obra autorizará al contratista dar inicio a los trabajos, mediante anotación en el Libro de Inspección. De ninguna manera el contratista podrá obviar estas disposiciones.
  • Deberá mantener las vías de los by-pass necesarios para ejecutar las obras, de manera de asegurar el tránsito expedito de los usuarios de las vías colindantes.

La empresa contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena, incluyendo pavimentos u otras obras públicas o privadas existentes, edificaciones, cercos, caminos, senderos, árboles, que se encuentren ubicados en o cerca del sitio de las obras y no se demolerá o retirará ningún bien sin la aprobación previa del fiscalizador, lo cual no eximirá al contratista de su responsabilidad por eventuales daños a terceros. En los lugares donde existan bienes próximos a las obras deberán protegerse de forma tal que dichos bienes se conserven a salvo de cualquier daño y estables. La empresa contratista deberá asumir la responsabilidad de subsanar cualquier daño que el I.T.O atribuya a la realización de las obras.

La responsabilidad, según esta cláusula, incluirá: la reparación de cualquier daño que haya sido causado por asentamiento o vibración; ejecución de las obras contratadas en obras de canalización y servicios existentes, con tal que estás sean adyacentes a las calles en que se ejecuten los trabajos o por aniegos y derrames provocados por las obras que ejecutan.

Los escombros provenientes de la obra deberán retirarse diariamente de la vía pública.

Sera responsabilidad del adjudicatario la actualización o tramitación de todas las factibilidades, certificados y/o resoluciones, permisos y recepciones y efectuar los pagos correspondientes, que involucren a una entidad privada ajena a este servicio y que sean necesarias para la ejecución del proyecto.

En las entradas de vehículos, se deberán hacer los rebajes de soleras y aquellos que sean necesarios sobre las aceras existentes, para que los accesos vehiculares queden totalmente habilitados para su normal uso, igual solución, se deberá aplicar en los rebajes de discapacitados. Los rebajes que se deban efectuar en las veredas pavimentadas sobre las aceras, deberán conservar una pendiente transversal entre un 2 a 3 %, que permita el normal flujo peatonal y un 12 % máximo de pendiente en el sentido longitudinal. En las rampas peatonales no se aceptará una pendiente mayor que exceda el 12 %, Esta última debe regirse por lo especificado en el Código de Normas MINVU vigente.

Durante la ejecución de las obras, el contratista deberá mantener las vías de acceso y transito limpias de todo material proveniente de la obra.

En el caso que existan modificaciones de contrato, referidas a aumentos de obras, disminuciones de obras, obras extraordinarias y aumentos de plazo, será obligación del Contratista, extender o modificar garantías, firmar anexo de contrato la cual debe ser aprobado por la Resolución que sanciona el acto administrativo, en el plazo que allí se señale.

El ITO de Obras o su reemplazante o quien se designe para tal efecto, deberá exigir al Contratista, la obligatoriedad de protocolizar el anexo de contrato la que sanciona la liquidación administrativa y contable del contrato, en el plazo que allí se señale.

El adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. Nº 75 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 1987, que en su Art. N° 2° establece lo siguiente:

“Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.

En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire”.

Asimismo, a objeto de evitar, en lo posible, la formación de polvo, se deberán humedecer los sectores en que se produzcan movimientos de tierra en la obra.

Si el servicio mandante verifica que el adjudicatario ha efectuado cesión de créditos de modo previo a la emisión de la respectiva factura, y que después de la emisión de ésta última ha cedido nuevamente el mismo crédito a través del procedimiento contemplado por la ley 19.883, el mandante dispondrá el termino anticipado del contrato y cobro de las garantías asociadas, sin perjuicio de ejercer las demás acciones legales y judiciales (civiles, penales) que sean procedentes en las especies.

Para dichos proyectos se debe contemplar el reciclaje de materiales de demolición y extracción correspondiente a la pavimentación existente, de ser técnica y económicamente factible. El propósito es reducir el traslado de estos materiales a botaderos autorizados, la adquisición de nuevos materiales, logrando ahorros por este concepto, disminuyendo posibles externalidades negativas de tipo ambiental. (Según lo estipulado en el of. 370 de 3/08/2022) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

INSTALACION DE FAENAS:

El Contratista, en su oferta, deberá considerar la instalación de faenas necesaria para la ejecución de las obras, y será el único responsable por el suministro, transporte, instalación, conservación y suficiencia de las instalaciones de faenas requeridas para el normal desarrollo de las obras.

Las instalaciones podrán ser del tipo contenedor, oficina, vivienda u otra, debiendo estar ubicada en los alrededores de la obra. En caso que se ubiquen dentro del área de trabajo, se deberá escoger un lugar en que la presencia de ésta no genere retrasos o exclusión de la ejecución de las obras contempladas. Deberán contar con suministro eléctrico, agua potable y alcantarillado.

Esta Instalación de Faenas deberá considerar: Oficinas, bodegas debidamente cerradas, SS.HH para obreros y empleados, cobertizos para maestros enfierradores, carpinteros y otros requerimientos necesarios para un correcto funcionamiento de la Obra, dando cumplimiento a lo establecido en D.S. N°594 del 2000 del Ministerio de Salud.

Se exigirá durante todo el desarrollo de la obra, disponer de una oficina exclusiva para el ITO Gobierno Regional del Maule debidamente climatizada de dimensiones mínimas de 14 m2, habilitada con escritorio con silla, mesa de trabajo, iluminación, y al menos un punto de energía.

Las instalaciones del ITO deberán contar con un computador de última generación, con el siguiente software instalado o superior: Windows 11, Office 2013, MS Project 2019 y AutoCAD-2023, además de impresora y conexión a internet. Todos estos equipos deben estar en óptimas condiciones de funcionamiento y a total disposición del lTO hasta el término del contrato de obras. Deberá disponer de baño, ya sea de uso exclusivo o compartido con el profesional residente de la Obra. 

El Contratista se deberá preocupar por crear canchas de almacenaje para materiales, las cuales serán las adecuadas para cada tipo. Especial cuidado se tendrá para evitar la contaminación de agregados inertes.

Se tendrá especial cuidado al disponer las diversas construcciones provisionales, de considerar el espacio necesario para la maniobra expedita para la circulación interna de la obra.

Las instalaciones de faena se cancelarán al contratista en forma mensual, de acuerdo al plazo ofertado por el contratista para la ejecución de la obra.

Si el proyecto considera Instalación de faena en el Itemizado, deberá considerar en este Ítem, la totalidad de las exigencias del proyecto, cumpliendo siempre con la normativa vigente y con lo exigido para uso exclusivo del ITO Gobierno Regional del Maule. En caso contrario, si el Itemizado no considera el Ítem Instalación de Faenas, este costo deberá considerarse en Gastos Generales.

________________________________________________

CRISTIAN ARELLANO ORREGO

                            JEFE DIVISIÓN DE PRESUPUESTO E INVERSIÓN REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE


ANEXOS

ANEXO N° 1

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

“REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”

CÓDIGO BIP 40.031.175-0

R)       DATOS DEL OFERENTE

Razón Social o nombre completo persona natural

Rut Oferente

Nombre del Representante(s) Legal(es)

Rut del Representante(s) Legal(es)

Dirección (calle, N°, Casilla)

Comuna

Teléfono (fijo y/o móvil)

E-mail

B)  DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE

Nombre Contacto

Cargo

Dirección

Comuna

Teléfono (fijo y/o móvil)

e-mail

Firma Representante Legal o Persona Natural


ANEXO N° 2

DECLARACION JURADA DE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

R)       DATOS DE LA UTP

Razón Social o nombre

Nombre del Representante o apoderado común

Rut del Representante o apoderado común

Dirección (calle, N°, Casilla)

Comuna

Teléfono (fijo y/o móvil)

Correo electrónico

B)  IDENTIFICACIÓN INTEGRANTES DE LA UTP

Nombre o Razón Social integrante

Rut integrante UTP

Representante Legal (si corresponde)

Domicilio oferente

Correo electrónico

Deberá completar por cada integrante.

C)  CONTACTO DE LA UTP

Nombre Contacto

Dirección

Comuna

Teléfono (fijo y/o móvil)

Correo electrónico

Firma Representante o apoderado común


ANEXO N° 3

DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INABILITADO Y/O CON PROHIBICION DE SUSCRIBIR CONTRATO CON EL ESTADO

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

El firmante, en su calidad de Adjudicatario o de representante legal del Adjudicatario, _(nombre persona natural o razón social de la empresa)__                               __, RUT _______________, de la presente  licitación, declara bajo juramento que:

  • El Adjudicatario no es funcionario directivo del Gobierno Regional del Maule.

  • El Adjudicatario no está unido a alguno de los funcionarios directivos del Gobierno Regional del Maule, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  • Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos del Gobierno Regional del Maule, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y

  • No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.

           

Asimismo, declara conocer que los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

  • Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no se podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.913, en el artículo 8° de la ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código Penal. Asimismo, el adjudicatario señala no estar condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, según lo señalado en los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, regulan la pena consistente en la prohibición de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado

Nombre Persona Natural o del Representante Legal:

Rut  Persona Natural o del Representante Legal

Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:

Fecha


ANEXO N° 4

DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

 

 

Yo ________________________ , Cedula Nacional de Identidad Nº ___________________________ , en mi calidad de Representante Legal de ___________________________________________, declaro que la empresa que represento cuenta con un programa de integridad, el cual fue ha dado a conocer al personal de la empresa.

 

 

Lo anterior, de acuerdo a lo establecido por la instrucción Nº E370752/2023 de Contraloría General de la República y lo establecido en las presentes bases respecto del Pacto de Integridad, prácticas reñidas con la probidad y conductas de lavado y blanqueo de activos. El documento asociado al programa de integridad lo adjunto como anexo al presente proceso licitatorio.

 

Con fecha ___________ de ________________ de 202_

Firma Representante Legal

 

Este documento será considerado como exigible para efectos de la Evaluación del Oferente en lo relativo al “Cumplimiento de Requisitos Formales”

ANEXO N° 5

ITEMIZADO PARA PRESUPUESTO DETALLADO

                    

“REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, (nombre o razón social)_____________________, RUT ________________, de la presente licitación, declara bajo juramento:

Declaro que las cubicaciones y precios unitarios del Presupuesto Detallado de la presente licitación pública corresponden a un acucioso estudio efectuado a los antecedentes que conforman la presente oferta, según siguiente detalle:


CUBICACIÓN Y PRESUPUESTO

PROYECTO:

REPOSICIÓN VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL

CODIGO BIO:

40031175-0

UBICACIÓN:

ENTRE CALLES 2 SUR, 3 SUR, 4 SUR, BOSQUE Y ARTURO PRAT.

SUPERFICIE:

4088 M2

U. TECNICA:

GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE

MANDANTE:

GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE

FECHA:

dic-25

 

 

ITEM

PARTIDA

UNIDAD

CANTIDAD

P. UNITARIO

SUB-TOTAL

1,3

DEMOLICIÓN DE PAVIMENTOS EXISTENTES

1.3.1

Demolición de veredas

m2

1190

 

 

1.3.3

Retiro y transporte a botadero

m2

1190

 

 

2

MOVIMIENTO DE TIERRAS

2,1

Replanteo geometríco

gl

1

 

 

2,2

Excavaciones

m3

485

 

 

2,3

Base estabilizada veredas

m3

252

 

 

2,4

Preparación de la Sub-rasante natural

m2

252

 

 

2,5

Rasante capa de arena

m2

252

 

 

3

CAPAS GRANULARES Y PAVIMENTOS

3,1

Hormigon G-30 e: 0.07 mts veredas

m2

1365

 

 

3,2

Hormigon G-30 e: 0.10 mts veredas reforzadas

m2

273

 

 

3,3

Hormigon G-30 e: 0.10 mts veredas vehiculares

m2

867

 

 

3,4

Baldosas táctil micro vibradas " Budnik" de avance seguro 40x40cm

m2

298

 

 

3,5

Baldosas táctil micro vibradas " Budnik" de alerta 40x40cm

m2

241

 

 

4

HABILITACIÓN DE BAJADA DE MOVILIDAD REDUCIDA

 

 

 

 

4,1

Rebaje de soleras existentes

uni

22

 

 

4,2

Dispositivo de rodado

uni

22

 

 

5

RETIRO DE ARBOLES Y REFORESTACIÓN

 

 

 

 

5,1

Retiro de árboles

uni

16

 

 

5,2

Reforestación de árboles

uni

32

 

 

5,3

Confección de tasa

uni

32

 

 

6

DEMARCACIÓN Y SEÑALETICA

 

 

 

 

6,1

Provision y demarcación de pintura víal

m2

240

 

 

6,2

Provision e instalación de señaleticas

 

 

 

 

6.2.1

Señaletica de transito

uni

9

 

 

6.2.2

Señaletica de calle y sentido

uni

3

 

 

 

SUB - TOTAL

1,3

DEMOLICIÓN DE PAVIMENTOS EXISTENTES

1.3.1

Demolición de veredas

m2

1180

 

 

1.3.3

Retiro y transporte a botadero

m2

1180

 

 

2

MOVIMIENTO DE TIERRAS

2,1

Replanteo geometríco

gl

1

 

 

2,2

Excavaciones

m3

307

 

 

2,3

Base estabilizada veredas

m3

160

 

 

2,4

Preparación de la Sub-rasante natural

m2

160

 

 

2,5

Rasante capa de arena

m2

160

 

 

3

CAPAS GRANULARES Y PAVIMENTOS

3,1

Hormigon G-30 e: 0.07 mts veredas

m2

877

 

 

3,2

Hormigon G-30 e: 0.10 mts veredas reforzadas

m2

104

 

 

3,3

Hormigon G-30 e: 0.10 mts veredas vehiculares

m2

606

 

 

3,4

Baldosas táctil micro vibradas " Budnik" de avance seguro 40x40cm

m2

327

 

 

3,5

Baldosas táctil micro vibradas " Budnik" de alerta 40x40cm

m2

160

 

 

4

HABILITACIÓN DE BAJADA DE MOVILIDAD REDUCIDA

 

 

 

 

4,1

Rebaje de soleras existentes

uni

38

 

 

4,2

Dispositivo de rodado

uni

38

 

 

5

RETIRO DE ARBOLES Y REFORESTACIÓN

 

 

 

 

5,1

Retiro de árboles

uni

38

 

 

5,2

Reforestación de árboles

uni

38

 

 

5,3

Confección de tasa

uni

38

 

 

6

DEMARCACIÓN Y SEÑALETICA

 

 

 

 

6,1

Provision y demarcación de pintura víal

m2

296

 

 

6,2

Provision e instalación de señaleticas

 

 

 

 

6.2.1

Señaletica de transito

uni

10

 

 

6.2.2

Señaletica de calle y sentido

uni

6

 

 

 

SUB - TOTAL

COSTO NETO (SUB TOTAL PROYECTO 1 Y 2)

 

GASTOS GENERALES %

 

UTILIDADES %

 

TOTAL NETO

 

I.V.A

 

VALOR PRO FORMA

COSTO TOTAL

 

ANEXO N° 6

NÓMINA DE PERSONAL PERMANENTE Y/O TRANSITORIO

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, (nombre o razón social)_____________________, RUT ________________, de la presente licitación, declara bajo juramento:

                                                      Nómina del personal

Nombre

Tipo

Profesión u oficio

Cargo dentro del proyecto

Observaciones

P

: Permanente: N°

T

: Transitorio: N°

D

: Trabajadores con capacidades diferentes: N°

                                                                                                        

ANEXO N° 7

CARTA GANTT

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

PARTIDA

FECHA DE INICIO

DURACIÓN ACTIVIDAD

FECHA DE

TERMINO

PERIODOS

1

2

3

4

5

6

7

8

9

….

….

n-1

n

 

CAPITULO 1

 

Partida 1

 

Partida 2

 

Partida 3

 

…….

 

CAPITULO 2

 

Partida 4

 

Partida 5

 

…….

 

CAPITULO j

 

Partida 6

 

Partida 7

 

…….

 

Partida k-1

 

Partida k

 

Plazo de ejecución en días corridos: Días (Nota: El periodo tiene una duración de 28 días, exceptuando el último periodo que puede ser una fracción y de esta manera es concordante con el plazo de ejecución de Obras

                                                                                                                                                                                                          Firma empresa constructora o Representante Legal

ANEXO N° 8

LISTADO DE PROYECTOS EJECUTADOS EN LOS ULTIMOS 5 AÑOS

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, (nombre o razón social)_____________________, RUT ________________, de la presente licitación, declara bajo juramento:

  • Que los proyectos mencionados a continuación fueron ejecutadas por la empresa oferente durante los últimos 5 años, proyectos de los cuales serán adjuntados los certificados de experiencia emitidos por el mandante

LOCALIDAD

PROYECTO

METROS CUADRADOS EJECUTADOS

FECHA INICIO

FECHA TERMINO

MANDANTE


ANEXO N° 9

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE CONOCER ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

 

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, (nombre o razón social)_____________________, RUT ________________, de la presente licitación, declara bajo juramento:

1.- Conocer y haber estudiado los Términos de Referencia, y demás antecedentes complementarios de la presente Licitación.

2.- Haber estudiado todos los antecedentes de la Propuesta, haber verificado la concordancia de los documentos entre sí y, haber formulado las consultas correspondientes de acuerdo al mecanismo señalado en las Bases Administrativas Especiales.

3.- Haber considerado en la Oferta Económica(s) todos los gastos necesarios, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, Términos de Referencia y demás documentos.

4.-Que el Gobierno Regional del Maule se reserva el derecho de aceptar cualquier oferta, aunque no sea la de menor valor, o rechazarlas todas expresando causa o fundamento. Lo anterior sin derecho a reclamo ni indemnización alguna por parte de los oferentes.

5.- Estar conforme con las disposiciones generales de la propuesta.

Nombre Persona Natural o del Representante Legal:

Rut  Persona Natural o del Representante Legal

Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:

Fecha

ANEXO N°10

PROPUESTA ECONÓMICA Y PLAZO DE EJECUCIÓN

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

VALOR TOTAL DEL SERVICIO, EN PESOS (SIN IMPUESTO)

NOTA:

Este valor debe ser IGUAL al Valor de la Oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl

$

Nombre Persona Natural o del Representante Legal:

Rut  Persona Natural o del Representante Legal

Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:

Fecha


ANEXO N°11

 DEGLOSE DE GASTOS GENERALES

                              “REPOSICION VEREDAS BARRIO REINA LUISA, PARRAL”,                                                      

                                                              CÓDIGO BIP 40.031.175-0

ITEM

DESGLOSE

UNI

TIEMPO

CANT.

P.U.

TOTAL

 

 

 

 

 

$

$

 

GASTOS GENERALES

 

 

 

 

 

1

GARANTIAS Y SEGUROS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

MANO DE OBRA SUPERVICIÓN Y ADMINISTRACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3

MANO DE OBRA DE APOYO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4

ELEMENTOS DE SEGURIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5

ARRIENDO DE TRANSPORTE Y MAQUINARIA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6

MATERIALES DE OFICINA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

7

COMUNICACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

8

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GASTOS GENERALES

 

 

 

 

0,000

 % GG


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.