|
RESOLUCIÓN DE LA LICITACIÓN |
|
La licitación deberá resolverse dentro del plazo de 20 (veinte) días hábiles a contar de la fecha de apertura de las ofertas. En el evento de no poder resolverse la presente licitación dentro del plazo estipulado, la Universidad podrá señalar un nuevo plazo para cumplir este trámite, el que será informado a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La licitación se adjudicará a aquella oferta que obtenga el más alto puntaje y que haya sido recibida en tiempo y forma a través de los sistemas electrónicos o digitales de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con toda la información y documentación solicitada, y en la forma requerida en estas bases.
|
|
|
|
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
|
El proponente adjudicado deberá suscribir el contrato dentro del plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que adjudica la licitación y junto con ello hacer entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, constituyendo requerimiento suficiente para el efecto, la notificación referida en la cláusula anterior.
Será requisito que el proponente adjudicado, y/o cada uno de los miembros de la UTP, en su caso, al momento de suscribir el contrato se encuentren inscritos en el registro Chileproveedores en calidad de hábil para contratar con el Estado, bastando para comprobar lo anterior la revisión que al efecto haga la Universidad.
Adjudicada la licitación, y tratándose de personas jurídicas, deberá entregar en soporte papel a la Universidad, y dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación a que se refiere el número anterior, el o los documentos en que legalmente conste la personería del o los representantes legales y las facultades para actuar por la persona jurídica de que se trate, según la naturaleza jurídica de la persona jurídica adjudicada, con una antigüedad no mayor a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de notificación de la adjudicación.
Igual obligación deberá cumplir la persona natural que fuera a suscribir el contrato en nombre y representación del oferente adjudicado cuando fuera distinta del representante legal existente en el registro Chileproveedores, a dicha fecha.
Tratándose de una UTP (Unión Temporal de Proveedores), el contrato deberá ser suscrito por todos sus integrantes hábiles y junto con ello deberá acompañar la escritura pública de su constitución. Dicho documento deberá cumplir con:
a.- Establecer que se constituye para participar en el presente proceso de licitación individualizándolo con su respectivo número ID.
b.- Establecer expresamente la solidaridad entre todos sus miembros respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen en el presente proceso de licitación y en la contratación posterior con la Universidad del Bío-Bío.
c.- Contener la designación de un representante o apoderado común de todos sus integrantes.
d.- El apoderado debe estar investido con poderes suficientes para actuar en nombre y representación de todos ellos, con facultades para contraer las obligaciones y ejercer los derechos que se vinculan con las actividades objeto del contrato durante y hasta la total extinción del contrato.
e.- Indicar la vigencia de la UTP, la cual no podrá ser inferior a 24 meses, contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, incluyendo sus renovaciones.
Si el proponente adjudicado, en su caso, no acompañare los documentos requeridos en los casos y la forma señalada en los párrafos tercero, cuarto y quinto de este numerando 20; o no suscribiere el contrato; o no entregare la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo señalado en el párrafo primero anterior, la Universidad del Bío-Bío, mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva administrativamente, la garantía de la seriedad de la oferta a que se refiere el numerando 22.1 de estas Bases Administrativas, dictando el correspondiente acto administrativo fundado. Si la Universidad hiciere uso de esta facultad, podrá adjudicar la licitación a los otros proponentes comenzando por la oferta que hubiera obtenido el segundo mayor puntaje, de acuerdo al orden de prelación que hubieren obtenido en la evaluación de las ofertas o bien, llamar a una nueva licitación pública, según así fundadamente lo declarare
|
|
|
|
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
|
El plazo de duración del contrato que se adjudique, será de 24 meses a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Dicho plazo no será susceptible de prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor, hecho valer por el contratista antes del vencimiento del plazo original y que haya sido debidamente ponderado y aceptado por la Universidad.
|
|
|
|
REAJUSTES DEL CONTRATO |
|
El contrato se reajustará mediante el siguiente mecanismo:
A.- Bandeja JUNAEB: El reajuste del valor será respecto a lo que indique el organismo competente (Ministerio de Educación, JUNAEB).
B.- Bandeja UBB: Los precios unitarios ofertados por la concesionaria en las bandejas, se reajustarán respecto al porcentaje reajustado por JUNAEB y dicho porcentaje se aplicará al valor de la bandeja. El reajuste se realizará cumplido el año de vigencia del contrato.
C.- Bandeja Mejorada: Los precios unitarios ofertados por la concesionaria en el formulario B “Oferta económica” respecto a los servicios de Bandeja Mejorada, se reajustarán cumplido el año de vigencia del contrato para regir el año siguiente. Dicho porcentaje de reajuste se determinará por la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C), entre el mes anterior al comienzo del contrato y el mes anterior al del mes de cumplimiento de un año de vigencia del mismo.
D.- Servicio de Cáterin: Los precios unitarios ofertados por la concesionaria en el formulario B “Oferta económica” respecto a los servicios de Cáterin se reajustarán cumplido el año de vigencia del contrato para regir el año siguiente. Dicho porcentaje de reajuste se determinará por la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C), entre el mes anterior al comienzo del contrato y el mes anterior al del mes de cumplimiento de un año de vigencia del mismo.
Dicho reajuste será respecto de cada uno de los precios indicados anteriormente y únicamente respecto de ellos.
|
|
|
|
MODIFICACION DEL CONTRATO |
|
Las partes podrán modificar el contrato por la causal de mutuo acuerdo. Sin perjuicio de ello, la modificación no podrá significar una alteración de la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
|
|
|
|
VISITA A TERRENO OPTATIVA |
|
Los proponentes podrán visitar las dependencias e instalaciones en las que se prestarán los servicios. Si estimaren necesario realizar esta visita, serán recibidos el tercer día hábil posterior a la publicación del llamado a licitación, a las 10:00 horas en el Departamento de Bienes y Servicio de la Universidad del Bío-Bío, Sede Chillán, ubicado en Avenida Andrés Bello N° 720, de dicha ciudad. El contacto para la realización práctica de la visita será don Walter Topp Ibáñez, fono 9-99983894, correo electrónico wtopp@ubiobio.cl, el cual estará disponible para visitar las dependencias en conjunto con un funcionario(a) del Departamento de Desarrollo Estudiantil de la Universidad.
Los gastos relacionados con la visita serán de cargo del proponente.
|
|
|
|
Resolución de Empates |
|
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que obtenga el mayor puntaje en el criterio oferta económica Bandeja UBB; de persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio oferta económica Servicio de Cáterin; de persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio experiencia; de persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio condiciones de empleo y remuneraciones del personal; de persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio presentación formal de documentos; si aun así persistiera el empate se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio comportamiento contractual. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
Durante el proceso de análisis, estudio y ponderación de las
ofertas que se presenten a esta Licitación Pública, la Universidad del Bío-Bío
podrá solicitar, según lo estime pertinente y procedente, y de conformidad con
el artículo 40 del Decreto Supremo N°250, Reglamento de la Ley 19.886, a
cualquiera de los oferentes, salvar errores u omisiones formales que se detecten
en sus ofertas, debiendo informar de dicha solicitud a los demás oferentes a
través del Sistema de Información. Dichas correcciones no podrán en caso
alguno, implicar la modificación de los precios o elementos sustanciales de la
oferta, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, de acuerdo a lo dispuesto en el antes citado
artículo 40.
Igualmente, la Universidad podrá requerir a los oferentes que
presenten los documentos señalados en las letras j) y k) del numerando 11 y del
22.1, sobre “Garantía de Seriedad de la Oferta”, que no los hayan presentado al
momento de efectuar la oferta. Sólo se aceptarán documentos que se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
la oferta o bien que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento
de dicho plazo y el periodo de evaluación. La solicitud de presentación deberá
hacerse a través del Sistema de Información, aceptándose sólo aquellos
documentos que cumplan con las condiciones señaladas y que se presenten dentro
del plazo fatal de 48 horas a contar de su requerimiento. La no presentación de
los documentos dentro del plazo antes señalado, o la presentación incompleta,
implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de bases, por falta de
cumplimiento de los requisitos de la oferta.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
La Universidad del Bío-Bío estará facultada, durante toda la vigencia del contrato, para fiscalizar tanto el funcionamiento y la prestación del servicio como el fiel y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato para el contratista. Estará facultada para inspeccionar todos los recintos en que se preste el servicio, exigiendo que se cumpla lo convenido y con las obligaciones de la concesionaria tanto técnica como administrativamente. Para dicho efecto, la concesionaria estará obligada a poner a disposición de la Universidad y a su solo requerimiento, toda documentación de naturaleza contable, financiera, laboral, legal, financiera, previsional, de seguridad social, municipal, sanitaria y de salud en general. Igualmente quedará obligada a exhibir cualquier otro documento que acredite que la concesionaria ha dado cumplimiento a la legislación laboral y previsional para con sus trabajadores y que se le solicite por la concedente.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|