Licitación ID: 1562-6-LE26
SERVICIO MIGRACION MANTENCION 2 SERVIDORES IBM7025
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Fecha de Cierre: 30-03-2026 15:36:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servidores 2 Unidad
Cod: 43211501
servicio de migración, arriendo y mantención de dos (2) servidores IBM 7025-F50 (producción y contingencia), por 12 meses, por el periodo comprendido entre el mes de septiembre 2026 hasta septiembre 2027  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO MIGRACION MANTENCION 2 SERVIDORES IBM7025
Estado:
Publicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación de servicios de migración, arriendo y mantención de dos 2 servidores IBM 7025-F50 producción y contingencia para dar continuidad operacional de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera del SERNAGEOMIN, por un período de 12 meses, desde septiembre 2026 hasta septiembre 2027.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio Nacional de Geología y Minería
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Avda. Santa María Nº 0180
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-03-2026 15:36:00
Fecha de Publicación: 20-03-2026 17:15:07
Fecha inicio de preguntas: 20-03-2026 20:46:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-03-2026 20:46:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-03-2026 15:37:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-03-2026 15:37:00
Fecha de Adjudicación: 23-04-2026 18:37:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- I. Antecedentes Generales del Proponente: A. Tratándose de Personas Jurídicas Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886. B. Tratándose de Personas Naturales Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886. C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores 1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo con el formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo con los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación. 2. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
 
Documentos Económicos
1.- En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl, se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos. Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal. Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse en el presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $10.500.084.- (diez millones quinientos mil ochenta y cuatro pesos), impuesto incluido, para la contratación del servicio de migración, arriendo y mantención de dos (2) servidores IBM 7025-F50 (producción y contingencia), por 12 meses, desde septiembre 2026 hasta septiembre 2027, para dar continuidad operacional de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, del Servicio Nacional de Geología y Minería, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles. Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado. En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo. Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente. Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de esta, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 A) Oferta Económica. Anexo N°4 SEGUN ARTICULO 14 BASES ADMINISTRATIVAS 40%
2 B) Plazo de puesta en marcha. Anexo N°7 SEGUN ARTICULO 14 BASES ADMINISTRATIVAS 30%
3 C) Experiencia de la empresa SEGUN ARTICULO 14 BASES ADMINISTRATIVAS 20%
4 D) Programa de Integridad o Código de Ética. Anexo SEGUN ARTICULO 14 BASES ADMINISTRATIVAS 5%
5 E) Cumplimiento Presentación de Antecedentes Admin SEGUN ARTICULO 14 BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERNAGEOMIN
Monto Total Estimado: 10500084
Justificación del monto estimado Que, según da cuenta el expediente ID EX020902026, con fecha 03 de marzo de 2026, la Unidad de Presupuesto, da cuenta del presupuesto para llevar adelante el presente proceso de licitación pública, el que asciende al monto máximo de 10.500.084.- diez
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: XIMENA HIDALGO
e-mail de responsable de pago: ximena.hidalgo@sernageomin.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
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BASES ADMINISTRATIVAS

 

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, modernizada por Ley 21.634, con fecha 11 de diciembre de 2023, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de esta deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl . Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes

  1. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 180 del Reglamento de la Ley N°19.886, modernizada por Ley 21.634, con fecha 11 de diciembre de 2023, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N°22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634, que moderniza la Ley de Compras, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La declaración jurada para ofertar que suscriban electrónicamente los proveedores al participar en el proceso de licitación pública es la siguiente:

“No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26 letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, del 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.

Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por los delitos en la ley N°20.393.

No he sido condenado por los tribunales de justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de delitos económicos. En el caso de mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración, a personas naturales que lo hubieren sido condenadas a la citada medida.

No soy ni he sido durante el periodo de un año trascurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a), a estos o aquellos por los vínculos descritos en la letra d) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive).

No integro la nómina del personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a) a estos o aquellos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

Mi representada no es sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes conforme parte o sea beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad en comunidad por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada, en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto o quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad anónima abierta en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

Nota: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de los informada en una declaración jurada puede traducirse en la comisión de delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del código penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas del presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl  dentro de los 6 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 2 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al octavo día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de estas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl ,rotulado Licitación para la contratación del servicio de migración, arriendo y mantención de dos (2) servidores IBM 7025-F50 (producción y contingencia), por 12 meses para dar continuidad operacional de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, del Servicio Nacional de Geología y Minería”.

Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

ARTÍCULO 7°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 10 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl., hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Si al cierre de las ofertas, existen 2 o menos ofertas, el plazo será ampliado automáticamente, por 2 días hábiles

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl , durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 3, del artículo 115, del Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

  1. Antecedentes Generales del Proponente:
    1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo con el formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo con los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso primero, 35 quáter y 35 septies de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

II. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

 

III. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl, se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse en el presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $10.500.084.- (diez millones quinientos mil ochenta y cuatro pesos), impuesto incluido, para la contratación del servicio de migración, arriendo y mantención de dos (2) servidores IBM 7025-F50 (producción y contingencia), por 12 meses, desde septiembre 2026 hasta septiembre 2027, para dar continuidad operacional de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, del Servicio Nacional de Geología y Minería, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de esta, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 9°: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  2. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 10º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas, hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

ARTÍCULO 11°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como, asimismo, cualquier otro hecho relevante.

ARTÍCULO 12°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl. Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl.

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 13°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de esta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl , a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

ARTÍCULO 14º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  1. Hugo Fica Carrasco, Rut N°12.235.056-8, Ingeniero TI, Encargado Soporte y Plataformas TI de SERNAGEOMIN.

  1. Jaime Bastias Ulloa, Rut N°9.467.672-K, Ingeniero TI, Administrador Base de Datos TI de SERNAGEOMIN.

  1. Claudio Monardes Roa, Rut N°21.112.474-1, Administrador de Infraestructura y Plataforma TI de SERNAGEOMIN.

En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, nombrase en calidad de reemplazante el siguiente funcionario del Servicio.

  1. Gonzalo Palet Muñoz, Rut N°14.423.420-0, jefe Subdepartamento de Tecnologías de Información de SERNAGEOMIN.

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

PARÁMETROS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

A) Oferta Económica. Anexo N°4

40%

B) Plazo de puesta en marcha. Anexo N°7

30%

C) Experiencia de la empresa

20%

D) Programa de Integridad o Código de Ética. Anexo N°8

5%

E) Cumplimiento Presentación de Antecedentes Administrativos

5%

TOTAL

100%

Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo con las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:

PARÁMETROS DE EVALUACIÓN

A) Oferta Económica. Se verifica mediante el Anexo N°4, donde deberá informar el valor total de la contratación con impuesto incluido.

El precio más económico tendrá la nota máxima, y las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente fórmula: (menor precio / precio de la oferta evaluada) x 7

40%

No informa a través del Anexo N°4 o supera el monto el monto presupuestado o el anexo esta incompleto.

Queda fuera de evaluación

B) Plazo de puesta en marcha. Anexo N°7, es en días corridos y se cuentan desde la aceptación de la orden de compra.

Corresponde a la cantidad de días corridos, para poner en marcha el servicio, de acuerdo a lo presentado por el oferente en el archivo Nro.1, de su oferta técnica.  Se hará una revisión de la consistencia de la propuesta. El plazo mínimo corresponde al plazo menor declarado entre todas las ofertas (quien obtendrá el máximo puntaje del factor).

El menor tiempo tendrá la nota máxima, y las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: (plazo mínimo / Plazo de la oferta evaluada) x 7

30%

Mas de 7 días corridos o no informa Anexo N°7 plazo de puesta en marcha

Queda fuera de evaluación

C) Experiencia de la empresa. (Archivo numero 2 de las bases técnicas)

Tiene o tuvo con contrato de servicio de arriendo y/o mantención de más de 6 servidores plataforma IBM 7025-F50

Nota 7

20%

Tiene o tuvo con contrato de servicio de arriendo y/o mantención entre 3 y 5 servidores plataforma IBM 7025-F50

Nota 5

Tiene o tuvo con contrato de servicio de arriendo y/o mantención entre 1 y 2 servidores plataforma IBM 7025-F50

Nota 3

No tiene experiencia en contratos de arriendo y/o mantención de plataforma IBM 7025-F50

0

D) Programa de Integridad o Código de Ética. Anexo N°8

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°8. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°8 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.  

Nota 7

5%

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.

Nota 0

E) Cumplimiento Presentación de Antecedentes Administrativos

Cumple con todos los antecedentes solicitados en las Bases de Licitación

Nota 7

5%

Presenta antecedentes omitidos, dentro del plazo indicado

Nota 5

No presenta antecedentes o no subsana dentro de plazo

Queda fuera de evaluación

Nota Mínima para adjudicar 5,0.

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

 

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Oferta Económica
  2. Plazo de puesta en marcha
  3. Experiencia de la empresa
  4. Programa de Integridad o Código de Ética
  5. Cumplimiento Presentación de Antecedentes Administrativos

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta del proveedor que primero haya ingresado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:

a)     Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

b)     Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

c)     La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

d)     El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 15°: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo del SERNAGEOMIN, dentro de 10 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley N°21.634, aprobado por Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior no procederá en caso de que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 16º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La contratación que se origine con ocasión del presente proceso de licitación pública será formalizada mediante la emisión de la Orden de Compra respectiva a través del portal www.mercadopublico.cl , y la correspondiente aceptación de ella por parte del proveedor adjudicado, al tenor de lo dispuesto por el articulo N°63 del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios N°19.886.

En virtud de lo anterior, en las cláusulas que más adelante se haga mención del respectivo contrato, se debe entender que éste se formaliza con la emisión de la respectiva orden de compra y su aceptación.

 

ARTÍCULO N°17: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

El proveedor adjudicado será responsable de cumplir cabalmente con todos los compromisos establecidos en su oferta y en las presentes Bases Técnicas. En caso de incumplimiento, se aplicarán las siguientes multas, sin perjuicio de otras acciones legales o contractuales que Sernageomin estime pertinentes:

Descripción

Incumplimiento

Valor multa

Puesta en marcha

Por día corrido de atraso

5 UF

Primera atención y Solución

Por cada hora de atraso

1 UF

Stock de repuestos

Por día corrido sin stock mínimo

3 UF

 

Normas para la aplicación de multas.

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.

Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.

El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios.

ARTÍCULO 18°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la orden de compra y se extenderá por 12 meses, a contar de esa fecha o, desde que, por razones de buen servicio, y con el objeto de no afectar el desarrollo de las actividades del Servicio Nacional de Geología y Minería, desde la fecha que se indique en el respectivo contrato que se inicie la prestación del servicio. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la referida resolución. 

La vigencia del contrato, señalada precedentemente, se entiende sin perjuicio del término por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo de la posibilidad de SERNAGEOMIN de poner término anticipado al contrato, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de a lo menos 30 (treinta) días corridos a la fecha de término deseada.

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) Sobrepasar el límite o tope de las multas establecidas en la cláusula “Medidas a Aplicar en caso de incumplimiento”.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 5% del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

10) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

11) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a.       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.       De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.       Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e.       Disolución de la UTP.

12) Falta de disponibilidad presupuestaria de Sernageomin.

13) Termino del contrato de arrendamiento del inmueble.

14) Suspensión del proveedor del registro de proveedores de Mercado Público.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3) y 12) y 13), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimiento”:

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 19°: PAGOS

El pago de los servicios se efectuará, dentro de los 30 días que siguen a la fecha de recepción de la factura respectiva, previa recepción conforme el que deberá ser emitido por parte del jefe del jefe Subdepartamento de Tecnologías de Información del SERNAGEOMIN.

Del monto de la factura se deducirá el valor de las multas aplicadas, cuando proceda.

ARTÍCULO 20°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N°61.702.000-9, indicando con claridad el N° ID de la orden de compra, debiendo ingresarse exclusivamente a través de la casilla que oportunamente informe Sernageomin.

En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Factura, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 8 días corridos, desde su notificación electrónica para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán presentarse una vez que los servicios hayan sido efectivamente prestados, a total satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. SERNAGEOMIN procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad a la prestación de los servicios contratados.

ARTÍCULO 21°: CESIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.

ARTÍCULO 22°: MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES

La contratación podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se altere la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. SERNAGEOMIN podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 30%.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado y deberá ir acompañada de la ampliación o reducción de la vigencia del contrato, cuando corresponda.

 

ARTÍCULO 23º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista en ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, el o la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.

  1. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.

  1. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.

  1. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.

  1. Deberán custodiar la información recibida a fin de que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

ARTÍCULO 24º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

ARTÍCULO 25º: OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Sin perjuicio de lo establecido en estas bases, serán obligaciones del adjudicatario, entre otras, las siguientes:

  1. El adjudicatario será plenamente responsable por el manejo financiero de sus actividades, sin que ello pueda influir en la calidad del servicio que se obligue a prestar a SERNAGEOMIN. 2. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de los servicios. SERNAGEOMIN no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal.

  1. Será de cargo y responsabilidad exclusiva del adjudicatario el pago de las remuneraciones, enterar las cotizaciones de seguridad social, pago de seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el pago de los impuestos y otros que deriven de la relación laboral que éste tenga con sus trabajadores o personas a través de las cuales prestará el servicio; de modo tal que SERNAGEOMIN no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por dichos conceptos.

  1. Será responsabilidad del adjudicatario la adopción de todas las medidas y elementos de seguridad que correspondan a la naturaleza del servicio, relevando de toda injerencia y responsabilidad a SERNAGEOMIN.

SERNAGEOMIN, podrá solicitar en cualquier momento que el adjudicatario le exhiba los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de índole laboral y previsional relativo a la o las personas asignadas a la prestación de los servicios materia de esta contratación.

ARTÍCULO 26°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 27°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.

Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

BASES TECNICAS
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BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN

ARTÍCULO 28°: OBJETIVOS DE LA ADQUISICIÓN Y/O CONTRATACIÓN

El objeto de la presente licitación es la contratación de servicios de migración, arriendo y mantención de dos (2) servidores IBM 7025-F50 (producción y contingencia) para dar continuidad operacional de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera del Servicio Nacional de Geología y Minería, por un período de 12 meses. El oferente debe asegurar la disponibilidad de dicho hardware, ofreciendo mantenciones preventivas y correctivas durante la vigencia del contrato.

Actualmente se encuentra en vigencia un contrato que nace de la adquisición por licitación pública ID 1562-38-LE24, OC N°1562-392-SE24, la cual finaliza el día 02 de septiembre de 2026.

Adicionalmente, el servicio a contratar debe considerar todas las actividades de migración desde la plataforma actual a la plataforma licitada, incluyendo el traslado de las máquinas y asegurando la menor cantidad de tiempo fuera de línea de los sistemas actualmente en producción.

La Oferta Técnica deberá contener todo lo señalado en las presentes Bases Técnicas.

ARTÍCULO 29°: SERVICIOS REQUERIDOS

El oferente deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones técnicas descritas a continuación, características diferentes cambian las condiciones de igualdad de la licitación y no serán consideradas válidas para el proceso de adjudicación. Todo el equipamiento ofrecido debe ser nuevo. No se aceptará equipamiento usado o de segunda mano.

ARTÍCULO 30°: DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL HARDWARE Y SOFTWARE REQUERIDO.

El equipamiento requerido son dos equipos de las siguientes características generales para cada uno:

  • Marca: IBM
  • Modelo: IBM RS/6000 Server Model 7025-F50
  • Controladora: Ultra2 SCSI Adapter – 3 Chan RAID (PCI)
  • Tarjeta: POWER GTX130P Graphics Adapter (PCI/S)
  • RAM: 4 GB
  • Procesador: 2x604e3 / 332MHz / 256 KB Cache
  • Tarjeta de red: 10/100/1000 Mbps Ethernet PCI-X
  • Tape Drive: 4GB 4MM
  • Almacenamiento Total:  4 DD 16 Bit SCSI de 73 GB en RAID 1
  • Volumes Groups: 3 VGs Definidos de 73 GB cada uno.
  • Sistema Operativo: IBM AIX Versión 4.2.1
  • Software: Oracle Server Release 7.1.6.2.0

ARTÍCULO 31°: ESPECIFICACIONES DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS

31.a. Servicio de arriendo.

Para el servicio de arriendo de equipos, la Oferta Técnica debe considerar como mínimo lo siguiente:

  • La empresa oferente deberá entregar 2 servidores IBM 7025-F50 en modalidad de arriendo. Estas máquinas deberán ser configuradas conforme a las características definidas en el punto 2 “DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL HARDWARE Y SOFTWARE REQUERIDO” y estar disponibles para su paso a producción en el más breve plazo.
  • Uno de los servidores (de producción) se debe trasladar al Datacenter de GTD, ubicado en calle Holanda 65, comuna de Providencia.  El otro servidor (de contingencia) se debe trasladar a la Sala de equipos de Sernageomin, ubicada en calle Santa María 0104 - piso 3, comuna de Providencia.
  • Las áreas que se requiere respaldar/recuperar son:

31.b. Servicio de migración.

El oferente deberá efectuar todas las acciones necesarias para traspasar los sistemas, programas, datos y el software pertinente, contenidos en los servidores existentes (de producción y contingencia) en Sernageomin, de manera de dejarlos en estado operacional estable, considerando como mínimo lo siguiente:

  • El oferente deberá realizar la instalación y/o migración del sistema operativo y de las aplicaciones actualmente en uso.
  • El oferente deberá disponer de los recursos técnicos y de hardware para obtener la imagen del servidor actual de producción. Esta actividad deberá ser realizada en horario no hábil (fin de semana, sábado y/o domingo). Todos los insumos requeridos para el proceso de migración (cintas, discos, accesos seriales, notebook, entre otros), deberán ser provistos por el oferente.
  • El oferente deberá realizar la migración del servidor de contingencia en horario hábil (lunes a viernes entre 09:00 y 17:00 horas). Todos los insumos requeridos para el proceso de migración (cintas, discos, accesos seriales, notebook, entre otros), deberán ser provistos por el oferente.
  • El oferente deberá realizar la migración del servidor de producción en horario no hábil (fin de semana, sábado y/o domingo). Todos los insumos requeridos para el proceso de migración (cintas, discos, accesos seriales, notebook, entre otros), deberán ser provistos por el oferente.
  • La oferta técnica deberá indicar la cantidad de días (corridos) requeridos para contar con los dos equipos operativos y en funcionamiento con aplicativos; además entregar un plan de actividades que lo sustente y que considere al menos las siguientes actividades: Obtención de respaldo del servidor de producción en funcionamiento (Sistema operativo y base de datos), Restauración de los respaldos, Traslado de equipos, Testing de operación de los equipos luego de traslado, etc. 
  • Sernageomin será responsable de realizar pruebas de conexión a la red (en conjunto con el oferente), de los aplicativos y bases de datos, colas de impresión, entre otros que corren en dichas máquinas; además de coordinar el retiro de los servidores antiguos.

31.c. Servicio de mantención de hardware.

El Servicio Mantención de Hardware, debe estar orientado a solucionar en forma óptima y eficiente los problemas de hardware que se presenten en ambas plataformas IBM 7025-F50.

 

  • Mantención Preventiva

Consiste en la revisión periódica del estado de los componentes, la verificación de la configuración, la revisión de nivel de utilización y del estado de las interfaces de comunicaciones y, cuando corresponda, la limpieza. Esta deberá tener como objeto evitar problemas futuros y mantener el equipo bajo contrato en óptimas condiciones de funcionamiento.

La mantención preventiva se efectuará al menos 1 vez cada 12 meses, en las fechas y horarios que los coordinadores de Sernageomin y el oferente acuerden, en consideración a las disponibilidades y recursos humanos y materiales de ambas partes.

El oferente entregará a Sernageomin un informe, que indicará estado actual del hardware y detalle de recomendaciones para un mejor funcionamiento de los equipos.

  • Mantención Correctiva

Consiste en realizar acciones on-site. Se activará cuando el hardware bajo contrato presente algún tipo de falla. Ante este evento, el oferente deberá realizar labores para resolver fallas que afecten a los equipos, y proceder con la reparación o reemplazo de éstos o de los componentes necesarios para restaurar el funcionamiento de ellos.

El oferente deberá asegurar el stock del 100% de los repuestos por cada equipo 7025-F50 a nivel local (ciudad de Santiago), siendo esto el mínimo necesario para asegurar la disponibilidad establecida de los 2 equipos en arriendo. El stock de repuestos podrá ser controlado por Sernageomin durante la toda la vigencia del contrato.

31.d Servicio de mantención de software.

  • Mantención Preventiva

Consiste en realizar mantenciones lógicas del equipo, mediante la ejecución de programas de diagnóstico, revisión de archivos de errores y limpieza de logs.

La mantención preventiva se efectuará al menos 1 vez cada 12 meses, en las fechas y horarios que los coordinadores de Sernageomin y el oferente acuerden, en consideración a las disponibilidades y recursos humanos y materiales de ambas partes.

El oferente entregará a Sernageomin un informe, que indicará estado actual del sistema y detalle de recomendaciones que se puedan detectar.

 Mantención Correctiva

  • Consiste en la asistencia de un especialista para la reinstalación de S.O. AIX V4.2.1 y parches asociados, en los que sea requerido, a raíz de una falla de hardware. Entendiendo que la versión de S.O. está discontinuada, sólo se dispondrá de parches que sean públicos.

31.e. Servicio de Horas de Ingeniería

El servicio debe considerar al menos 5 horas mensuales de Ingeniería, para soporte on-site o remoto con SLA 24x7. Estas horas se pueden utilizar tanto para actividades en horario hábil como inhábil. Estas horas estarán relacionadas con a actividades que tengan relación con el sistema AIX de los equipos en arriendo.

ARTÍCULO 32°: OFERTA TÉCNICA

El Servicio de Mantención de Hardware y Software deberá estar disponible durante las 24 horas del día los 365 días del año y deberá considerar los siguientes tiempos para dar respuesta a Sernageomin:

SLA

Horario

Tiempo Respuesta

Primera Atención

(Telefónica)

Tiempo transcurrido desde la apertura de un requerimiento hasta que se tiene respuesta del proveedor.

Día y horario hábiles (lunes a viernes de 8.00 a 18.00 horas).

1 hora

Día hábil y horario NO hábil (lunes a viernes de 18.01 a 07.59 horas).

2 horas

Día NO hábil y horario No hábil

(sábado, Domingo y Festivos de 00.00 a 23.59 hrs)

2 horas

Atención

On-Site

Ciudad de Santiago

24 x 7 x 365

4 horas

Solución

Tiempo transcurrido desde la apertura de un requerimiento hasta que se resuelve. Esto es la disponibilización del hardware para resolver la falla.

Lunes a Domingo, de 00:00 a 23:59 horas

24 horas

La dotación de personal para las distintas etapas y actividades del Contrato deberá ser la idónea y necesaria para el desarrollo del contrato. El Proponente deberá disponer del personal de reemplazo para cubrir enfermedades, accidentes, permisos y/o vacaciones, en la cantidad que estime conveniente y que cumpla con los requisitos exigidos durante la vigencia del Contrato.  El oferente deberá presentar currículum vitae de los técnicos de soporte.

ARTÍCULO 32°: PRESENTACIÓN DE OFERTA TÉCNICA

Archivo Nro. 1.

(Nombre de archivo: Carta Gantt).

Deberá presentar en este archivo el Plan de Trabajo y Cronograma de implementación y puesta en marcha de “EL SERVICIO”. Deberá indicar explícitamente el tiempo, en días corridos, que demorará el oferente para contar con los 2 Servidores operativos y en funcionamiento con aplicativos.

Archivo Nro. 2.

(Nombre de archivo: Experiencia).

Deberá presentar en este archivo un detalle con la cantidad de veces que ha impartido el servicio en los últimos 36 meses, específicamente sobre la plataforma IBM 7025-F50, identificando cada uno de ellos con su respectivo número de serie.

La información se debe presentar conforme al esquema que a continuación se presenta. El oferente puede completar tantas fichas como experiencia demostrable relevante quiera presentar. Asignar correlativo a cada una de ellas y presentar en un documento único.

Nro. Ficha

(asignar correlativo por cada experiencia demostrable)

Nombre del Cliente

Contacto del Cliente

Nombre

Cargo

Teléfono

Correo

Nombre del Proyecto

Fecha de Inicio

Fecha de Fin

Plataforma (Tipo/Modelo)

Nro. Serie Equipo

Los oferentes deberán respaldar este listado con copias de facturas, contratos, certificados u otro documento formal que de fe de la ejecución de los contratos declarados.

 Archivo Nro. 3.

(Nombre de archivo: Stock de repuestos).

Deberá presentar en este archivo una lista con el nombre y cantidad mínima de cada repuesto requerido por los equipos 7025-F50.

Archivo Nro. 4.

(Nombre de archivo: CV).

Deberá presentar en este archivo el currículum vitae de personal del oferente, que cumple funciones de técnico de soporte para los equipos 7025-F50.

 

     2° PUBLÍQUESE la presente resolución en el portal  www.mercadopublico.cl como archivo de respaldo y para conocimiento público de la presente convocatoria y cualquier otro antecedente o documento que permita una adecuada participación de las empresas del rubro.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.