Licitación ID: 2200-6-LE26
REPARACIÓN INSTALACIÓN ELÉCTRICA OFICICNAS ADMINISTRATIVAS COSAM SAN ESTEBAN - DSM
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA
Fecha de Cierre: 24-03-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 17
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 12 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
REPARACION INSTALACIÓN ELÉCTRICA OFICINAS ADMINISTRATIVAS COSAM SAN ESTEBAN- DSM, SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPARACIÓN INSTALACIÓN ELÉCTRICA OFICICNAS ADMINISTRATIVAS COSAM SAN ESTEBAN - DSM
Estado:
Publicada
Descripción:
1. El Servicio de Salud Aconcagua requiere la Contratación de los trabajos para el Sisitema Electrico para el COSAM San Esteban. 2. La Solicitud de Compra N°33, Oficina de Partes N°140 (Interno N°145), presentada por el requirente del Departamento Salud Mental, fue debidamente aprobada y autorizada por la Jefa Departamento Salud Mental, el Subdirector de Gestión Asistencial, el Subdirector de Recursos Físicos y Financieros y el Jefe del Departamento de Finanzas, quienes respaldan la Contratación. 3. Que, en cumplimiento de la normativa vigente en compras públicas se revisó en económia Circular y se constató que los producto(s) y/o servicio(s) requeridos no se encuentran disponibles en dicho catálogo. 4. Que, según lo establecido en el reglamento, los organismos de la administración del Estado deberán adjudicar los contratos celebrados para la adquisición de producto(s) o contratación de servicio(s) mediante licitación pública, cuando no sea procedente el mecanismo de Convenio Marco, o bien, de forma excepcional, mediante licitación privada, trato directo u otro procedimiento especial de contratación; 5. Que, en cumplimiento a lo dispuesto la ley N°19.886 y su reglamento aprobado por Decreto 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda,se confeccionan las Bases que se aprueban en este acto, que observan los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad que rigen los procedimientos concursales, y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos para verificar la realización de la presente licitación pública. 6. Que, conforme a la naturaleza y monto de la contratación, esta licitación se encuentra exenta del trámite de toma de razón, de acuerdo con lo establecido en la resolución N°36 de 2024, ambas de la Contraloría General de la República; 7. Que,en consecuencia ,y concurriendo los fundamentos requeridos por normativa legal y reglamentaria vigente;
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud Aconcagua
R.U.T.:
61.606.700-1
Dirección:
dipresrecepcion@custodium.com,asociar OC a Factura
Comuna:
Algarrobo
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-03-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 12-03-2026 16:03:00
Fecha inicio de preguntas: 12-03-2026 17:01:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-03-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-03-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-03-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 14-04-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 17-03-2026 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Completar Anexos • Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas. • Anexo N°1. Identificación del Oferente • Anexo N°2. Declaración jurada simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo Antecedente Asociado a la Licitación. • Anexo N°3. Declaracion jurada para contratar • Anexo N°4. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores • Anexo N°5. Coordinador de Contrato • Anexo N°6. Programa de integridad • ANEXO N° 7: Declaración jurada simple del oferente DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA OFERTAS REALIZADAS POR UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP): Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores, deberá presentarse adicionalmente a la documentación ya señalada, y de forma obligatoria, la siguiente documentación en su totalidad: • Anexo N°4. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: El representante o apoderado de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración. En caso de que no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible. • La escritura pública o en caso de adquisiciones inferiores a 1000 UTM el instrumento privado, a través del cual se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, donde se debe establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio de Salud Aconcagua, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Visita a Terreno Excluyente El día Martes 17 de Marzo 2026 a las 15:30 Hrs. en Arturo Prat #312, Sector acceso al estacionamiento del COSAM San Esteban.
 
2.- Anexos Técnicos Obligatorios: ANEXO N°9. (OBLIGATORIO) CARTA OFERTA Y CARTA GANTT Nota: Para complementar el anexo se debe adjuntar Carta Gantt para la revisión. ANEXO N°10. (OBLIGATORIO) ITEMIZADO “REPARACIÓN INSTALACIÓN ELÉCTRICA OFICINAS ADMINISTRATIVAS COSAM SAN ESTEBAN – DSM” ANEXO N°11. (OBLIGATORIO) NÓMINA DE PROYECTOS EJECUTADOS Nota: Para complementar el anexo se debe adjuntar el Certificado emitido por el mandante, siendo este privado o público, de obras ejecutadas de electricidad ADJUNTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: - Anexar Certificados de acreditación de experiencia en Obras Civiles e Instalaciones en edificios hospitalarios con superficie en m2. - Anexar copia de documentos contractuales como son ordenes de compra, facturas, contratos de ejecución de instalaciones con diferentes organimos siendo estos privados o públicos, para evaluar cantidad de puntos de datos ejecutados de forma correcta. Se deberá anexar en el certificado del mandante la identificación del sistema instalado o implementado por el oferente. Para el caso de obras públicas podrá referir la ID de la licitación u orden de compra, siempre y cuando sea esta de carácter pública para poder acceder a los antecedentes.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluara si cada uno de los miembros que la conforman posee un programa de integridad que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por 1%
2 OFERTA ECONÓMICA OFERTA ECONÓMICA: 60 PUNTOS Para determinar el puntaje de la oferta económica, se utilizará la siguiente fórmula: CRITERIO DESCRIPCIÓN PUNTAJE PRECIO Se pondera con 60 puntos la evaluación económica según la siguiente formula: Puntaje=(Oe/O_i )*60 Oe =Oferta más económica Oi = Oferta individual 60 NOTA: En caso de no ser coincidente el valor neto y/o el valor total neto del Anexo Nº9, con lo expresado en el comprobante de la oferta, quedará inadmisible de la oferta. La omisión del Precio para la oferta dejara esta como Inadmisible. 60%
3 PLAZO DE EJECUCIÓN Para determinar el plazo de ejecución del SISTEMA ELÉCTRICO PARA COSAM SAN ESTEBAN, se utilizará el siguiente criterio: APLICA CUANDO PUNTAJE PUNTAJE La oferta considera un plazo de ejecución igual o menor a 20 días 20 puntos La oferta considera un plazo de ejecución igual o mayor a 21 días y menor a 30 días 10 puntos La oferta considera un plazo de ejecución mayor o igual a 31 días y menor a 40 días 5 puntos La oferta considera un plazo de ejecución igual o mayor a 41 días 00 puntos NOTA: a. En caso que el oferente en su oferta indique plazo según tabla, deberá indicar el Anexo N°9 el plazo para efectos de la evaluación. b. La omisión de información será causal de inadmisibilidad c. La omisión de la Carta Gantt será casulsa de Inadmisibilidad 20%
4 EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES Puntaje total Experiencia del Oferente = C.1 + C.2 C1. Experiencia en Ejecución de Obras de Similares Características: (10 Puntos) Se contabilizará la cantidad total de m² ejecutados, acreditados mediante fotocopia de los certificados de experiencia emitidos por entidades mandantes o dirección de obras municipales; los certificados deberán indicar claramente el nombre del proyecto o cliente y deberán ser respaldados mediante la copia de un documento tributario que acredite la relación contractual con el cliente pudiendo ser este un organismo público o privado, los documentos aceptados para verificar dicha relación serán, Facturas, Órdenes de Compra o Contratos, que en su glosa coincida con el nombre del proyecto así como el nombre y Rut cliente. DETALLE PUNTAJE Sobre 5000 m2 10 puntos De 1001 a 5000 m2 5 puntos De 100 a 1000 m2 1 puntos No informa 0 puntos NOTA: a) Debe anexar Certificado emitido por el mandante y Documento tributario (Factura u Orden de Compra o Contrato), que acre 15%
5 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación requeridas en el punto N°6“Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 4 asignados al criterio. Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se ha omitido antecedentes, se aplica lo dispuesto en el punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 2 asignado al criterio. Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, obtendrá 0. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Cumple con todos los requ 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO SALUD ACONCAGUA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto con Impuestos Incluidos
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE AROS AHUMADA
e-mail de responsable de pago: jose.aros@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 28-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: Características GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la “REPARACION INSTALACION ELECTRICA OFICINAS ADMINISTRATIVASCOSAM SAN ESTEBAN- DSM”. Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido. NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs. Viernes hasta las 13:00 hrs. Monto Por el 5% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo devolución • Al termino del contrato y cumpla su vigencia. • Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Visita a Terreno Excluyente
Los interesados en participar en la presente licitación, deberán asistir a la Visita a Terreno el día El día Martes 17 de Marzo 2027 a las 15:30 Hrs. en el Arturo Prat N°312, Sector acceso al estacionamiento del COSAM San Esteban, la/as Empresa interesada reportarse en Informaciones. En el caso de que haya alguna “Observación” en la Visita a Terreno, deberá registrarla en el Acta con nombre, Rut y firma de la empresa. Posteriormente, este documento será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl. Cabe señalar que cada proveedor que asista a la visita a terreno deberá hacerlo con sus respectivos elementos de protección personal (Mascarilla, Guantes, ETC)
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PREECIO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la Cláusula N° 2 de las presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, se consultará en el portal www.mercadopublico.cl. su estado (hábil).

 En caso que no se encuentre inscrito deberá durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación de la Dirección del Servicio de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Además, el Servicio de Salud  podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su oferta.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  9. El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal www.mercadopublico.cl.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas  sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto N°9.12 “Readjudicación”de las presentes bases de licitación.

En los dos casos anteriormente señalados, el Servicio de Salud Aconcagua ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor(en caso que la ubiere). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el punto N° 10.7.3,”Termino Anticipado contrato” numeral 13, de estas bases de licitación.

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto N°3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases.

Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida en el punto N°3 “Etapas y Plazos”

Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente.

Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en punto N°3 “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación.

Modificaciones a las Bases

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA

      El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.

      Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.

      Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".

      Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararan inadmisibles todas estas ofertas.

      Nota:

      • · Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley 21.634.
      • · Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, para el efecto de la celebración del contrato, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.


Antecedentes Legales para ser Contratado

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.

ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR

Todos los Anexos deben ser firmados por la

persona natural respectiva

Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.

Fotocopia de cédula de identidad del representante legal.

Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua

Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Producto(s) Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos,contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Producto(s) Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

Sólo para adjudicatarios UTP:

• Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.

Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato

Características

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Tipo de Documento

  •  La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución.
  • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable.

Objetivo

Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la REPARACION INSTALACION ELECTRICA OFICINAS ADMINISTRATIVASCOSAM SAN ESTEBAN- DSM”.

Beneficiario

Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable.

Presentación

Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido.

NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles.

Forma de Entrega

Electrónica

Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl

Física

Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua.

Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De  Valparaíso

Horario de atención

Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs.

Viernes hasta las 13:00 hrs.

Monto

Por el 5% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación Privada ID (<>) de nombre “__________________” (<>).

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Forma de uso

En las bases de licitación se precisa lo siguiente:

• Tipo de Documento

• Monto

• Moneda

• Plazo de vigencia

• La glosa que debe contener

• Forma de entrega (física o electrónica)

Vigencia

Con una vigencia igual al periodo de duración del contrato, incrementando en 60 días hábiles.

Plazo devolución

  • Al termino del contrato y cumpla su vigencia.
  •  Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

Procedimiento de devolución

  • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento.

Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato  respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas.

  • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe.

El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.



PROCEDIMIENTO DE APERTURA

La apertura de las ofertas se realizará a través del portal Mercado Público en la fecha estipulada el punto N°3 ”Etapas y Plazos”, por el Evaluador(es) o comisión Evaluadora.

En dicho acto se revisará que los documentos requeridos hayan sido adjuntados y acompañados en la forma establecida en las Bases.

En el acto de apertura, las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, serán declaradas inadmisibles, salvo que exista una indisponibilidad técnica del portal, en cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 115, número 3, del reglamento de la ley Nº19.886.

Asimismo, serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura las ofertas ingresadas mediante el portal que no contengan una propuesta técnica y/o económica, o a la que falte algún documento esencial y que no pueda solicitarse vía foro inverso.

Se dejará constancia al momento de la apertura (a través del acta correspondiente) de la recepción u omisión de los antecedentes generales del proponente.

Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, el Servicio de Salud Aconcagua podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación

En virtud de lo señalado en el artículo 59 del reglamento de la ley 19.886, el Servicio de Salud Aconcagua se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y las presentes Bases administrativas.

Asimismo, el Servicio de Salud Aconcagua podrá declarar la inadmisibilidad de cualquier oferta que se encuentre en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 60 y 61 del reglamento de la ley Nº19.886, esto es, aquellas ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, así como las ofertas riesgosas y temerarias. La señalada declaración de inadmisibilidad se sujetará en su sustanciación a lo dispuesto en las ya indicadas disposiciones reglamentarias.

En caso de que no se presenten ofertas, cuando ninguna de ellas fuere admisible, o bien, cuando ninguna de ellas resulte conveniente a sus intereses, el Servicio de Salud Aconcagua declarará desierta la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del reglamento de la ley Nº19.886.

Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio de Salud Aconcagua podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte del Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

El Servicio de Salud Aconcagua tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de el Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ADJUDICACION

El Servicio de Salud Aconcagua adjudicará a un único oferente por cada línea de producto(s) y/o servicio(s) licitada, adjudicando al oferente que hubiese obtenido el puntaje más alto luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, y en caso que fuere necesario, a quien obtuviere el puntaje más alto por aplicación de las fórmulas de desempate indicadas en el artículo precedente. Lo señalado deberá realizarse a través de la dictación de una resolución de adjudicación, la que será publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

El Servicio de Salud Aconcagua contará con un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para realizar la adjudicación. Con todo, el plazo de adjudicación podrá ser ampliado por este organismo si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, indicando de las razones de la ampliación y avisando del nuevo plazo (inciso segundo del artículo 58 del reglamento de la ley N°19.886).

La notificación de la adjudicación se realizará a través del referido portal de Mercado Público, y se entenderá formalmente practicada transcurridas 24 horas desde su publicación en el mismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 del reglamento de la ley N°19.886.

La Entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.

   

No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades.

No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que  superen el presupuesto, cuando este sea DISPONIBLE indicado en el punto N°2 “Antecedentes Administrativos”de las presentes bases.

   

No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.

 

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.

READJUDICACIÓN

Servicio de Salud Aconcagua podrá ejercer la readjudicación cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:

  1. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra y/o no suscribe el contrato dentro del plazo indicado para ello en el punto N°10.3”Suscripción del Contrato” por causa que le sea atribuible.
  2. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
  3. Si el adjudicatario Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
  4. Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con el Servicio de Salud Aconcagua.
  5. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo y condiciones establecidas para ello.
  6. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, de producto(s) o servicio(s)  de las cuales, resultó adjudicado.
  7. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en el punto N°10.10 “Pacto de Integridad” de estas bases de licitación.
  8. Si el adjudicatario no cumple con cualquiera de las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación
  9. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación;

En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la Servicio de Salud Aconcagua podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.

La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la Servicio de Salud Aconcagua se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Validez de la Oferta

Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 90 dias desde su presentación hasta la suscripción del contrato derivado de la licitación o la emisión y aceptación por parte del proveedor de la orden de compra que formaliza la contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del decreto 661 de la Ley de Compra N°19.886. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.

Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Servicio de Salud Aconcagua podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del Servicio de Salud Aconcagua . Sólo serán de propiedad del Servicio de Salud Aconcagua la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados con ocasión del contrato derivado de esta licitación.

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Servicio de Salud Aconcagua, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.

En este caso se deberá efectuar un contrato con la empresa adjudicada.

La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público.

El contrato estará vigente desde la fecha de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua.

Si por cualquier causa que no sea imputable a el Servicio de Salud Aconcagua, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente.

Modificaciones a las Bases

Los contratos solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dén los supuestos establecido en el art. 13 de la ley N°19.886, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.

Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente art. 13 de la ley N°19.886, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

En caso de que sea necesario, el Servicio de Salud Aconcagua podrá modificar los contratos, aumentándolos por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total de la contratación, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para ello. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases y expresadas en el respectivo contrato. En caso de aumentar el contrato, la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato se deberá aumentar proporcionalmente (en caso que aplique), salvo que por el tiempo transcurrido se considere que la misma resguarda de forma suficiente el restante de la contratación.

Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los aumentos o disminuciones deberán contar con la aprobación y autorización del Referente Tecnico/ Administrador del Contrato.

Multas

Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio, previo informe para la aplicación de multas el cual será elaborado por el Jefe del Departamento de Recusos Físicos, el cual deberá contener, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación del Contratante.
  2. Identificación de la licitación y Nº de resolución aprobatoria del contrato.
  3. Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos:

  • Tipo de incumplimiento

  1. Forma como se configuró el incumplimiento (descripción de los hechos y circunstancias)
  2. Indicación si ha tenido lugar alguna de las situaciones constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor
  3. Documentación de respaldo de lo informado.
  4. Monto de la multa.

MULTAS

TIPO DE MULTA

%

INCUMPLIMIENTO

INCUMPLIMIENTO DE LAS INSTRUCCIONES DEL ITO

AL TRES POR MIL (Factor a multiplicar es 0.003)

El incumplimiento de las indicaciones del ITO es causal de multas según los plazos establecidos en estas Bases, Acta de Aclaraciones, Propuesta Adjudicada y/o contrato respectivo, facultará al Servicio de Salud Aconcagua para aplicar una multa equivalente al tres por mil del precio del contrato por cada día corrido de atraso. Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago de la cuota siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento si no hubiere cuotas pendientes de pago. (Factor a multiplicar es 0.003).

MULTAS POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LA OBRA TERMINADA EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

AL TRES POR MIL (Factor a multiplicar es 0.003)

En caso de atraso en la entrega de la obra una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose concedido ampliación de plazo o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a lo regulado en las presentes bases, se aplicará una multa al tres por mil del precio del contrato por cada día corrido de atraso. Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago de la cuota siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento si no hubiere cuotas pendientes de pago. (Factor a multiplicar es 0.003).



TERMINO DEL CONTRATO

El Servicio de Salud Aconcagua está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. 
  3. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.
  4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886, 130 de su Reglamento y las presentes bases. En tal caso, esta Dirección sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas por incumplimiento establecidas en las presentes bases.
  5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
  6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en caso que aplique.
  7. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
    1. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de el Servicio de Salud Aconcagua, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el Servicio de Salud Aconcagua.
    2.  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 
    3. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de el Servicio de Salud Aconcagua.
  8. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y el Servicio de Salud Aconcagua, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
  9. En caso de las multas, serán consideradas como casos de incumplimiento grave las siguientes circunstancias:
  10. Superación del monto máximo acumulado de multas, correspondiente a un 20% del valor total del contrato.
  11. Interrupción total o parcial de la entrega de los producto(s) y/o Servicio(s), sin causa justificada.
  12. Cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos.

10.En caso que el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

Todas estas causales son sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183 del Reglamento de la Ley N°19.886, sobre la posibilidad de reemplazar a un integrante de la Unión Temporal de proveedores, en los términos que ahí se exponen.

  1. No renovación oportuna de las Garantías, según lo establecido en el punto N° 8 “Naturaleza y Montos de las Garantias” de las bases de licitación, en caso que aplique.
  2. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 10.3.3 "Prohibición de subcontratación cesión del contrato".
  3. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.10 “Pacto de integridad”.
  4. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.12 “Confidencialidad”.
  5. Si el adjudicatario no acata las órdenes e instrucciones que se le den de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones, eventuales modificaciones y la respectiva orden de compra.
  6. Si el contratista no cumpliera las ordenes o instrucciones del Administrador de Contrato sin causa justificada y de manera constante, que signifique perjuicio real y cierto para el Servicio de Salud Aconcagua.
  7. Si el adjudicatario no cumple, en forma reiterada o flagrante, con las obligaciones previstas en las bases administrativas y en la oferta presentada.
  8. Incumplimiento de las observaciones formuladas por el Administrador de Contrato.
  9. Por término del presupuesto comprometido en la contratación objeto de la presente licitación.
  10. Por término de giro y/o patente comercial, por parte del proveedor.
  11. Incumplimiento de las disposiciones relativas a la cesión de contrato y/o las operaciones de cesión de crédito o factoring, establecidas en los artículos 36º y 45º de las bases administrativas.
  12. En caso de imponerse al adjudicatario la inhabilitación prevista en el artículo 33 de la ley Nº21.575 y/o las sanciones previstas en los artículos 8 y 10 de la ley Nº20.393.
  13. Cualquiera otra situación o circunstancia de responsabilidad del adjudicatario que signifique un perjuicio para el Servicio de Salud Aconcagua.

En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Servicio de Salud Aconcagua concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

En este escenario, si alguna de las partes decide poner término, deberá comunicar a la otra la intención, mediante carta certificada y/o correo electrónico al Referente Tecnico/Administrador de contrato, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a la fecha que se desea poner término a la contratación


PAGO Y FACTURACIÓN

Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de:

INSTITUCIÓN

RUT

DIRECCIÓN

Centro Comunitario de Salud Mental (COSAM)

61.606.700-1

Calle Cajales #1900, San Felipe

Para realizar el cobro de los servicio(s)  y/o producto(s), el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Aceptar la respectiva orden de compra en el portal Mercado Público.
  2. Antes de emitir la factura, el proveedor deberá verificar que el estado de la orden de compra haya cambiado a "Recepción conforme", lo cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
  3. La factura deberá emitirse con la condición de pago “CRÉDITO”.
  4. El proveedor solo podrá facturar los servicio(s)  y/o producto(s) efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador.
  5. Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de la orden de compra en la casilla "Referencias" bajo la opción "Orden de Compra" en el formato de la factura. No será válido incluirlo en la glosa, ya que el sistema no lo reconocerá y la factura será reclamada. En el caso de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota correspondiente.
  6. El archivo XML del DTE facturado deberá enviarse al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando claramente el número de la orden de compra.
  7. En el caso de servicio(s)  habituales u obras, el proveedor deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y Nº 30-1, emitido por la Inspección del Trabajo, que acredite no tener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura.

El Servicio de Salud Aconcagua  rechazará todas las facturas emitidas sin la recepción conforme de los producto(s) y/o servicio(s) en el módulo correspondiente del portal www.mercadopublico.cl, este proceso estará a cargo el Referente Tecnico/administrador del contrato, el cual debe informar a la Unidad de Contabilidad dicho rechazo.

Se entiende por "recepción conforme" el hito mediante el cual el comprador manifiesta su conformidad con los producto(s) y/o servicio(s) entregados, considerando que estos cumplen con lo acordado en las bases de licitación o en el contrato. Este hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, fecha y nombre del funcionario que realizó la recepción de los producto(s) y/o servicio(s) .

En caso de tratarse de la recepción de un servicio, el funcionario referente técnico/administrador de contrato deberá emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.

El Servicio de Salud Aconcagua podrá presentar un reclamo sobre el contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. Si se realiza un reclamo, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la notificación del rechazo.

Los documentos válidamente emitidos, correspondientes a producto(s) y/o servicio(s)  recibidos, serán devengados y estarán disponibles para su pago por parte de la Tesorería General de la República dentro de los 30 días siguientes a que la operación se haya perfeccionado, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Decreto N° 661, reglamento de la Ley N° 19.886.

Es importante señalar que no se podrá efectuar ningún pago al proveedor hasta que no se haya completado el trámite administrativo que apruebe el respectivo contrato.

El pago de los producto(s) y/o servicio(s)  se realizará en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, conforme al artículo N° 8 de la Ley N° 21.192, o mediante otro medio de pago establecido por la ley.

En cuanto a la facturación, si el monto resulta en un número con decimales, este se redondeará al número entero siguiente si la primera cifra decimal es igual o superior a 5. Si la cifra decimal es menor a 5, el monto se redondeará al número entero anterior.

Si el precio no está expresado en pesos chilenos, el monto a facturar se convertirá a pesos chilenos según el valor del tipo de cambio proporcionado por el Banco Central en la fecha de emisión de la orden de compra. No se permitirá ningún otro cobro adicional no convenido.

En caso de presentarse alguna diferencia entre la factura emitida y la orden de compra, el referente técnico/administrador de contrato deberá solicitar al proveedor la emisión de una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda, para procesar oportunamente el pago por el suministro correspondiente.




10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.