Licitación ID: 776-5-LE26
SERVICIO DE PRODUCCIÓN CAMBIO DE MANDO 2026
Responsable de esta licitación: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
La presente licitación tiene por objeto la contratación del servicio de producción para el Cambio de Mando Presidencial 2026, el cual deberá cubrir los hitos ceremoniales y protocolares que se desarrollen el día 11 de marzo de 2026, conforme a la tradició  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN CAMBIO DE MANDO 2026
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la contratación del servicio de producción para el Cambio de Mando Presidencial 2026, el cual deberá cubrir los hitos ceremoniales y protocolares que se desarrollen el día 11 de marzo de 2026, conforme a la tradición republicana y a los procedimientos de carácter ceremonial y protocolar. Lo anterior, se realizará de acuerdo con las condiciones y estipulaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos que forman parte integrante de esta licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Presidencia de la República
R.U.T.:
60.000.000-4
Dirección:
Agustinas 1220, Subsuelo
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-03-2026 16:01:00
Fecha de Publicación: 25-02-2026 17:56:13
Fecha inicio de preguntas: 25-02-2026 18:30:00
Fecha final de preguntas: 27-02-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-03-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-03-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-03-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-03-2026 18:56:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 12.1.1 Anexo N°1 “Identificación del oferente”.
2.- 12.1.2 Anexo N°2 “Declaración jurada aceptación de bases”.
3.- 12.1.3 Anexo Nº3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado para suscribir contratos con la Presidencia de la República”.
4.- 12.1.4 Anexo N°4 “Declaración jurada simple socios y representantes”.
5.- 12.1.5 Anexo Nº5 “Declaración jurada de no tener deudas vigentes con trabajadores”
6.- 12.1.6 Acuerdo temporal de proveedores, en caso de que corresponda.
7.- 12.1.7 Anexo N°6 “Programa de Integridad”.
Documentos Técnicos
1.- 12.2.1 Propuesta técnica de los servicios (formato libre) (ESENCIAL)
 
2.- 12.2.2 Anexo N°7 “Experiencia del oferente” (ESENCIAL)
 
Documentos Económicos
1.- 12.3.1 Anexo N°8 “Oferta Económica”. (ESENCIAL)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales SEGÚN LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 18° DE LAS BASES DE LICITACIÓN 5%
2 Experiencia del oferente en servicios similares SEGÚN LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 18° DE LAS BASES DE LICITACIÓN 45%
3 Programa de integridad y compliance SEGÚN LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 18° DE LAS BASES DE LICITACIÓN 5%
4 Propuesta económica SEGÚN LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 18° DE LAS BASES DE LICITACIÓN 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Disponible
Monto Total Estimado: 68000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: NATALIA MALEBRAN CASTAÑEDA
e-mail de responsable de pago: mgarcia@presidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: JOAN MARTINEZ
e-mail de responsable de contrato: jmartinez@presidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26904311-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
PERMITIDO BAJO CONDICIONES SEÑALADAS EN ARTÍCULO 38º DE LAS BASES DE LICITACIÓN
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fecha de vencimiento: 30-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: LO SEÑALADO EN ARTICULO 25° DE LAS BASES DE LICITACIÓN
Glosa: SERVICIO DE PRODUCCIÓN PARA EL CAMBIO DE MANDO PRESIDENCIAL 2026, PARA LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Forma y oportunidad de restitución: LO SEÑALADO EN ARTICULO 25° DE LAS BASES DE LICITACIÓN
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
ARTÍCULO 22° DE LA READJUDICACIÓN De conformidad con el artículo 58 inciso final del reglamento de la ley Nº19.886, la Presidencia de la República podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, en los siguientes casos: 22.1 Si el adjudicatario no acepta la orden de compra yo no suscribe el contrato dentro del plazo indicado para ello en el artículo 24°, por causa que le sea atribuible. 22.2 Si el adjudicatario se desiste de su oferta. 22.3 Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con la Presidencia de la República. 22.4 Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo y bajo las condiciones establecidas para ello. 22.5 Si el adjudicatario no cumple con cualquiera de las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases administrativas para la suscripción del contrato o aceptación de la orden de compra.
Resolución de Empates

ARTÍCULO 19° RESOLUCIÓN DE EMPATES

De resultar un empate en la asignación de puntajes totales, se recurrirá a las siguientes fórmulas para determinar al adjudicatario de la licitación, en estricto orden de prelación:

  1. En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.

  1. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente en servicios similares”.

  1. Si el empate se mantiene entre los oferentes, se adjudicará al que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Programa de integridad y compliance”

  1. De persistir aún el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. Finalmente, si aplicados los mecanismos de desempate antes mencionados, éste persistiera, será seleccionada la oferta que hubiera ingresado primero por el portal www.mercadopublico.cl, lo cual será verificado por medio del comprobante de oferta que se encuentra disponible desde el acto de apertura.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Del mecanismo de consulta de la adjudicación: A efectos de lo establecido en el inciso quinto del artículo 58 del reglamento de la ley N°19.886, en caso de que los oferentes tengan inquietudes respecto a la adjudicación, deberán realizar sus consultas en el formulario de reclamos del portal de Mercado Público, en el cual la Presidencia de la República emitirá sus respuestas por el mismo medio dentro de los dos días hábiles siguientes de presentada la consulta.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

ARTÍCULO 16º SOLICITUD PARA SALVAR ERRORES U OMISIONES FORMALES

La Presidencia de la República podrá solicitar a los oferentes, durante la etapa de evaluación, salvar errores u omisiones formales en que hayan incurrido, así como permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, con excepción de los declarados como ESENCIALES por la Presidencia de la República, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12° “Antecedentes para incluir en la Oferta”.

En esta circunstancia, se evaluarán aquellos antecedentes contemplados en los numerales 12.1.1, 12.1.2, 12.1.3, 12.1.4, 12.1.5, 12.1.6 y 12.1.7 de las bases administrativas, excluyéndose aquellos declarados como esenciales.

De conformidad con el artículo 56 del reglamento de la ley Nº19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud será informada a los demás oferentes a través del sistema de información establecido en el portal mercado público para el efecto.

Asimismo, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El oferente dispondrá del plazo fatal de 48 horas para la corrección de estas omisiones, contados desde el requerimiento, el que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Será criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignándose menor puntaje a aquellos que no cumplieron dentro del plazo para presentación de las ofertas con todo lo requerido.

Sin perjuicio de lo anterior, si el oferente no adjunta uno o más de los documentos requeridos antes del cierre de la oferta, ni con anterioridad al vencimiento del plazo extraordinario de 48 horas establecido para el caso de aquellos documentos definidos como no esenciales, la Presidencia de la República, en función de los principios de eficiencia y eficacia de los recursos utilizados para este proceso de compras, podrá, siempre y cuando esta omisión no afecte el éxito del proceso licitatorio, declarar inadmisible la oferta en cuestión.


Pacto de integridad

ARTÍCULO 13° PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

13.1   El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

13.2   El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

13.3   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

13.4   El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia durante todo el proceso de la contratación, así como a sostener un trato profesional y de respeto mutuo con la institución, respetando la integridad y dignidad de sus autoridades y funcionarios.

13.5   El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

13.6   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

13.7   El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

13.8   El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

13.9   El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 ter de la ley Nº19.886.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.