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Bases Administrativas Especiales |
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Objeto de la licitación
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La Contratación del concesionario o los concesionarios para operar el Casino Las Araucarias y la Cafetería Los Avellanos, incluyendo la prestación de servicios de alimentación que se ofrezcan en esas, a modo de Contrato de suministro de Servicios de Alimentación en Campus Andrés Bello según se describe en las Bases administrativas y técnicas. |
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Antecedentes
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En el Campus Andrés Bello concurren aproximadamente 7.500 estudiantes de pre grado, 500 estudiantes de postgrado y 700 funcionarios, entre docentes, profesionales y administrativos.
En el Casino “Las Araucarias”, el promedio histórico de almuerzos diarios servidos asciende a 300, a los que se deben sumar los que se atienden por cursos, seminarios, congresos con una cobertura promedio de 100 almuerzos semanales adicionales. Considerando el promedio histórico de 300 almuerzos diarios a razón de $1.400 por cada uno, permite suponer que sólo por concepto de “almuerzo del día” (ticket de alimentación de la JUNAEB) se genera un ingreso bruto promedio mensual de $ 8.400.000.-.
El casino Las Araucarias comprende un local especialmente construido para esta función, con infraestructura adecuada y facilidades de servicio. Es de reciente construcción, cuenta con un total de 1221,14 m2, diseñada especialmente para este tipo de uso. Cuenta con 2 plantas, con espacios requeridos para cocina industrial y comedor cercano a las 200 personas, bodegas, y espacios para la preparación y mantención de alimentos. Además, el espacio cuenta con televisor LCD 47”, señal de TV satelital, Wi-Fi, y un espacio acondicionado como living.
La cafetería “Los Avellanos” es un espacio habilitado y autorizado para fumadores, en ella se atienden actualmente un promedio de 50 personas diarias, principalmente académicos y funcionarios.- La oferta actual ha sido negativa debido a la calidad y cantidad de bienes ofrecidos por el proveedor, el cual no cumple con las expectativas del cliente, en tanto precio, calidad, variedad de los productos ofertados, y una ambientación muy básica, teniendo en consecuencia una baja demanda.
Un elemento importante de considerar al evaluar el proyecto Cafetería es que al interior del campus universitario y en sus alrededores existen desde hace años kioscos y otras cafeterías que no sólo se mantienen sino que con el tiempo han crecido. Dada la calidad de la ubicación e infraestructura a concesionar, se espera que el futuro concesionario con una oferta competitiva logre captar el segmento académico de esa clientela.
La cafetería “Los Avellanos” tiene una superficie de 54 m2, con capacidad para 30 personas. Cuenta con mobiliario acorde a las características del espacio (sillones, mesas y sillas), refrigerador vitrina cooler vertical simple, máquina de café express y extractor de aire. La cafetería deslinda hacia el exterior con un amplio patio interior con jardín y árboles donde se encuentra el ingreso al Auditorio Los Avellanos. Si el adjudicado genera las condiciones de tránsito de personas (puerta) sería posible, cuando el clima lo permita, instalar mobiliario y dar servicio al aire libre, aumentado en atractivo y capacidad para atender más clientes.
La atención de público en ambos recintos se deberá iniciar la última semana del mes de febrero de 2010, fecha para la cual deberán estar los espacios concesionados íntegramente habilitados según se establece en las presentes Bases. Las actividades de la Universidad de La Frontera tradicionalmente se extienden desde la última semana de febrero y se prolongan hasta fines del mes de enero del año siguiente. Durante las primeras tres semanas del mes de febrero existe receso por vacaciones estivales, luego en el mes de julio los estudiantes tienen dos semanas de vacaciones de invierno. Sin embargo, el calendario académico puede estar sujeto a variaciones en los años siguientes, cambios a los cuales el concesionario deberá adecuarse acorde a los nuevos requerimientos.
La gestión del Casino “Las Araucarias” debe considerar un Modelo de Atención Tipo Restaurante, con un estilo de gestión empresarial que contemple una amplia variedad de preparaciones gastronómicas. Centrada la atención en el cliente, variedad en la oferta, implementación estrategias de marketing, organización de eventos especiales dirigidos a los estudiantes, todas actividades que apunten a dinamizar el espacio, captar y mantener la clientela. Un área de interés particular de la Universidad es la oferta de capacitación que pueda desarrollar el concesionario dirigida a los/las estudiantes en temas vinculados a la alimentación saludable, protocolo y mesa, garzonería, etc. El concesionario deberá indicar en su oferta cuantas capacitaciones anuales realizará, con una postura mínima de 2 semestrales, precisando cobertura (para cuantos participantes) y valorización de cada actividad.
El concesionario deberá también financiar 2 eventos anuales masivos en el contexto de la alimentación saludable tales como Fería Alimentación Saludable, Fería Tradiciones Alimentarias, Recepción Alumnos 1º año, etc. El tipo de actividad podrá ser definida por mutuo acuerdo entre concesionario y la Dirección de Desarrollo Estudiantil. Estos eventos podrán ser auspiciados y/u organizados por proveedores del concesionario, previa autorización de la propuesta que se presente a la Dirección de Desarrollo Estudiantil. Ver detalle en Artículo 11, párrafo oferta económica, letra e.
En el Casino Las Araucarias los servicios de almuerzo tendrán un horario preestablecido según se establece en las bases de licitación, no obstante, se espera que el concesionario tenga la capacidad de atender a los clientes según la demanda de los servicios solicitados con diversificación de horarios.
Respecto a becas de almuerzo para los estudiantes, la Universidad de La Frontera, funciona a través de la modalidad de ticket de alimentación otorgadas por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) y administradas por empresas concesionadas por dicha repartición. Actualmente la institución cuenta con 3900 becados, en una modalidad en la cual el estudiante puede optar donde consumir.
La gestión de la Cafetería Los Avellanos debe considerar un Modelo de Atención acorde a ese tipo de negocio, que contemple una variedad de ofertas gastronómicas típicas de cafetería. Se espera que la gestión se centre en la atención al cliente, en la variedad y en la oportunidad de sus ofertas, y que en general apunte a ofrecer un espacio que propicie la comunicación, sea agradable, y disponga un entorno adecuado para el encuentro informal de académicos e invitados de la Universidad.
En la Cafetería Los Avellanos los servicios tendrán un horario preestablecido según se establece en las bases de licitación.
Las propuestas de los oferentes y servicios que se licitan se regirán por éstas Bases Administrativas y Técnicas, las que serán parte integrante del Contrato que el adjudicatario firmará con la Universidad de La Frontera. |
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El Mandante |
La Universidad de la Frontera es la institución mandante, encargando al Sr. Guillermo Davinson Pacheco como Director de la Dirección de Desarrollo Estudiantil, gestionar la licitación y la operacionalización del o los contratos. |
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Ámbito de aplicación |
Las presentes Bases Administrativas regularán la Licitación Pública que efectuará la Universidad de La Frontera de Temuco.
Las ofertas y aclaraciones deben ser realizadas a través de la plataforma mercadopúblico.cl, en forma digital. Se exceptúan de ese proceder aquellos documentos que se soliciten expresamente en forma física (papel), y que deberán ser enviados a Oficina de Abastecimiento, Universidad de La Frontera, Av. Francisco Salazar Nº 01145, Temuco.
Los costos en que incurra el oferente derivados de la formulación de su propuesta, serán de su exclusivo cargo y no darán origen a indemnización alguna. |
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Bases y Documentos que Rigen la Propuesta y el Contrato Definitivo |
La adquisición respecto de su licitación, y los respectivos contratos de suministros, se regirá por los siguientes antecedentes:
1.1. Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y prestación de Servicios.
1.2. D.S Nº250 de 2004 y sus posteriores modificaciones
1.3. Las presentes Bases Administrativas
1.4. Las Bases Técnicas
1.5. Todo antecedente ingresado como anexo adjunto a estas bases
1.6. Aclaraciones previas a la apertura de la licitación. |
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Modalidad de la contratación |
Se licitará públicamente la Concesión del Casino Las Araucarias, la Concesión de la Cafetería Los Avellanos de la Universidad de La Frontera y para cada recinto un contrato de suministro de servicios de alimentación en Campus A. Bello, realizándose el o los contratos respectivos según se adjudique a uno o dos oferentes.
Los valores deberán expresarse en términos netos (sin IVA). Cuando corresponda los valores ofrecidos se reajustarán anualmente, según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), o de aquel índex que lo reemplace a futuro. Se debe entender que los valores y tipo de reajustabilidad de esos servicios, serán exclusivamente aquellos expresados en moneda nacional en los formularios de la propuesta. |
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De los participantes |
1º Casino Las Araucarias: Podrán participar las personas naturales o jurídicas especialistas en el rubro, que tengan la capacidad para disponer el equipamiento y personal adecuado para prestar este servicio, que puedan cumplir con los requisitos de habilitación e inversión estipulados en los distintos documentos que forman parte de esta licitación. Estas personas deberán estar inscritas en Chilecompra, Portal www.mercadopublico.cl y acreditados en Chileproveedores como proveedores del Estado, cumpliendo también los siguientes requisitos:
a. Contar con experiencia de al menos tres años en el rubro implementación y atención de casinos o servicios de alimentación masivos; la cual deberá detallarse en anexo N° 1 adjuntando la documentación de respaldo de lo señalado en dicho anexo y subirla al portal Mercado Público.
- Contar con la capacidad para disponer el personal necesario para atender los requerimientos del casino, de acuerdo a los horarios establecidos.
- Acreditar con Manual de Procedimientos de su empresa la implementación de algún sistema de aseguramiento de la calidad en la elaboración, manipulación, distribución y venta de sus alimentos. Ejemplos: Buenas Prácticas de Manufactura (BPM); Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en la Cadena Alimentaria (HACCP) u otros.
- Certificado de la Inspección del trabajo
- No haber tenido conflictos de términos de contratos o servicios con la Universidad a modo de empresa participante.
- Declaración Jurada notarial del oferente declarando no haber sido condenado por Ley que protege los derechos sindicales de los trabajadores en los últimos dos años.
2º Cafetería Los Avellanos: Podrán participar las personas naturales o jurídicas con experiencia demostrable en el rubro. Que cuenten con la capacidad para disponer el equipamiento, la habilitación del espacio y el personal adecuado para prestar este servicio y que cumplan con los requisitos estipulados para la concesión de la cafetería en los distintos documentos que forman parte de esta licitación.
Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán estar inscritos en Chilecompra, Portal www.mercadopublico.cl, estar acreditados en Chileproveedores como proveedores del Estado y cumplir con los siguientes requisitos:
a. Contar con experiencia de al menos dos años en el rubro implementación y atención de cafetería; la cual deberá detallarse en anexo N° 1 adjuntando la documentación de respaldo de lo señalado en dicho anexo y subirla al portal Mercado Público.
- Contar con la capacidad para disponer el personal necesario para atender los requerimientos de la Cafetería, de acuerdo a los horarios establecidos.
- Acreditar con un Manual de Procedimientos de su empresa la implementación de algún sistema de aseguramiento de la calidad en la elaboración, manipulación, distribución y venta de sus alimentos. Ejemplos: Buenas Prácticas de Manufactura (BPM); Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en la Cadena Alimentaria (HACCP) u otros.
- Certificado de la Inspección del Trabajo
- No haber tenido conflictos de términos de contratos o servicios con la Universidad a modo de empresa participante.
- Declaración Jurada notarial del oferente declarando no haber sido condenado por Ley que protege los derechos sindicales de los trabajadores en los últimos dos años.
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Presentación de las propuestas |
Cada oferente podrá enviar sólo una oferta, indicando si esta es por ambos recintos o por cuál de ellos si es sólo por uno. La propuesta sólo podrá ser enviada a través del portal mercadopúblico.cl en forma digital, debiendo incluir todos y cada uno de los antecedentes solicitados. Se exceptúan la Boleta de Garantía o póliza y el documento que acredite el sistema de aseguramiento de calidad, los cuales se enviarán físicamente a la Universidad de La Frontera, Oficina de Abastecimiento, Avda. Francisco Salazar Nº01145, Temuco, y que deberá ser recepcionada a más tardar en la fecha y hora que el Portal mercadopublico.cl cierra la aceptación de ofertas. |
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Validez de las ofertas |
Las ofertas tendrán una validez de 30 días corridos, a contar de la apertura de las propuestas. Si dentro de este plazo no se hubiera efectuado la adjudicación, la Universidad podrá solicitar a los proponentes antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus propuestas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, su oferta no será considerada. |
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Causales para Declarar Desierta la Licitación |
El Comité de Adjudicación podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:
- Que la oferta del proponente no corresponda a lo solicitado por la Universidad.
- Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone la Universidad.
- Que no se presenten Oferentes.
La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por el Comité de Adjudicación, sin que ello dé derecho a reclamar indemnización alguna. Esta declaración deberá ser efectuada mediante una resolución del Comité de Adjudicación, que deberá ser publicada en el portal Chilecompra. |
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Publicaciones y consultas |
Se publicarán en el Portal Mercado Público en forma completa. |
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Modificación de los términos de la licitación |
La Universidad de La Frontera, podrá en cualquier momento anterior a la presentación de las ofertas, modificar los documentos y términos de la licitación a través de documentos anexos publicados en el Portal Mercado Público. |
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Apertura de las ofertas |
Los proponentes deberán ingresar obligatoriamente sus ofertas en el Portal mercadopúblico.cl - en el plazo allí indicado como “Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas”.
Los antecedentes en soporte físico, se recibirán hasta la hora y fecha indicada en el Portal mercadopublico.cl, enviándolos a: Universidad de La Frontera, Oficina de Abastecimiento, Av. Fco. Salazar N°01145, Temuco. El proceso de apertura se realizará en forma privada quedando las ofertas consignadas en Acta de Apertura que genera el portal, siendo estas de acceso público. |
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Comisión de apertura |
Estará compuesta por el Director de Desarrollo Estudiantil, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento, la abogada de la Oficina de Abastecimiento, la Nutricionista de la Dirección de Desarrollo Estudiantil, la Encargada del Programa de Alimentación, y un representante de la Contraloría universitaria. |
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Vigencia de o de los contratos |
El o los contratos, según se adjudique a uno o dos oferentes, tendrá(n) una duración de 4 años, y podrá(n) ser renovado(s) por periodos sucesivos de un año si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su deseo de ponerle término, al menos con 60 días de anticipación a la caducación del contrato. Lo anterior sin perjuicio de lo señalado en estas bases en lo referido a incumplimiento de contrato.
Se entenderá prorrogado anualmente, mediante el envío de una carta simple, firmada por las partes contratantes. La fecha de la firma del contrato será informada por la Universidad a la(s) empresa(s) adjudicada(s).
El o los contratos contrato(s) que se establezca(n) producto de esta licitación, no limita(n) en ninguna forma o por alguna causal a la Universidad de La Frontera, para realizar contratos con otras empresas para que le sean prestados los mismos tipos de servicio. |
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Incumplimiento de contrato |
Cualquier incumplimiento de la empresa facultará al mandante -sin forma de juicio- para emprender las siguientes acciones:
a) Poner término anticipado, unilateralmente y a su arbitrio, al contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimientos de ninguna especie.
b) Exigir su cumplimiento judicialmente.
c) Hacer efectiva la garantía.
Además el contrato podrá terminarse anticipadamente por las causales indicadas en el artículo 13 de la Ley 19.886
El mandante se reserva el derecho de poner término al contrato en cualquier momento por causa grave y fundada; esta decisión será notificada por escrito a la empresa con una anticipación mínima de 60 días a la fecha programada de término. En tal evento, la empresa no tendrá derecho al pago de suma alguna por concepto de indemnización de perjuicios.
Los muebles y bienes que sean de propiedad de la empresa podrán ser retirados por ésta al término del contrato, no obstante quedarán prendados sin desplazarse a favor de la Universidad mientras no se liquide definitivamente el contrato, constituyéndose estos en una garantía real de cumplimiento de las obligaciones del concesionario surgidas de la liquidación del contrato. |
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Modificaciones al contrato |
El Mandante podrá acordar con el concesionario incorporar al contrato el servicio en otros sectores, patios o accesos, o en su defecto, eliminar parte de lo contratado. En ambos casos hasta un máximo de un 25% del valor de esta licitación. Las adiciones o sustracciones se realizarán según cotización que aprobará por escrito el Mandante, siempre que ellas sean totalmente distintas a las incluidas en el contrato. Tanto las inclusiones como las exclusiones serán formalizadas mediante documento similar al contrato original. |
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Garantía de seriedad de la oferta |
La seriedad de la oferta se garantizará mediante una “Boleta de Garantía Bancaria” ó una “Póliza de Garantía de Ejecución Inmediata” tomada a favor de Universidad de La Frontera.
10.1. Casino las Araucarias o Casino Las Araucarias y Cafetería Los Avellanos: La Boleta de Garantía Bancaria ó la Póliza de Garantía de Ejecución Inmediata deberá ser por la suma de $150.000, con vigencia mínima de 30 días, a contar de la fecha de apertura de las ofertas. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes y será devuelta a los oferentes que no resulten seleccionados. Al adjudicatario, se le devolverá una vez que entregue la Garantía de fiel cumplimiento del contrato indicada en el Artículo 15° de las presentes Bases Administrativas.
10.2. Cafetería Los Avellanos: Para quienes sólo oferten por la Cafetería la Boleta de Garantía Bancaria ó la Póliza de Garantía de Ejecución Inmediata deberá ser por la suma de $150.000, con vigencia mínima de 30 días, a contar de la fecha de apertura de las ofertas. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes y será devuelta a los oferentes que no resulten seleccionados. Al adjudicatario, se le devolverá una vez que entregue la Garantía de fiel cumplimiento del contrato indicada en el Artículo 15° de las presentes Bases Administrativas. |
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Garantía de fiel cumplimiento de contrato |
La empresa adjudicataria garantizará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante boleta de garantía bancaria o póliza de garantía de ejecución inmediata.
15.1.- Para Casino Las Araucarias o Casino “Las Araucarias” y Cafetería “Los Avellanos”: Documento equivalente a 200(doscientas) UF, a favor de la “Universidad de La Frontera”, con una duración mínima de 12 meses, a partir de la fecha de vigencia del contrato; este documento, deberá consignar lo siguiente:
Para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato por la Concesión del Casino “Las Araucarias” o en su caso Para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato por la Concesión del Casino “Las Araucarias” y Cafetería “Los Avellanos”.
15.2.- Ofertas sólo para la “Cafetería los Avellanos”:
Documento equivalente a 50 (cincuenta) UF, a favor de la “Universidad de La Frontera”, con una duración mínima de 12 meses, a partir de la fecha de vigencia del contrato; este documento, deberá consignar lo siguiente:
Para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato por la Concesión de la Cafetería “Los Avellanos”.
Dado que el contrato para ambos recintos se celebra por un plazo de cuatro años, la garantía se renovará año a año por igual periodo hasta finalizar la vigencia del contrato, debiendo está ser reajustada en el mismo porcentaje en que se hayan reajustado los precios. Si el documento no es renovado oportunamente, la Universidad podrá hacer efectiva la garantía vigente en ese momento.
El último documento de garantía será devuelto por el Mandante sólo una vez que se haya formalizado el finiquito del contrato. El documento de garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectivo en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo, especialmente en las obligaciones laborales y previsionales que sean de responsabilidad de la empresa en favor de sus trabajadores. |
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Evaluación y adjudicación |
La Comisión de Evaluación estará integrada por el Director de Desarrollo Estudiantil, un representante de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, la Nutricionista de la Dirección de Desarrollo Estudiantil y la Responsable de la Administración del Programa de Alimentación de la Dirección de Desarrollo Estudiantil.
La comisión analizará y evaluará las ofertas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de Apertura, resolviendo la adjudicación de la propuesta al oferente u oferentes que sea(n) mejor evaluado(s), según los criterios de evaluación presentes en estas bases. Si del examen de las ofertas entregadas por los proponentes se desprende que existen errores u omisiones en alguna(s) de ella(s), el mandante se reserva el derecho de solicitar antecedentes complementarios.
En el caso del Casino Las Araucarias la Universidad se reserva el derecho de no considerar las ofertas:
- Si el precio del almuerzo del día supera los $1.400 IVA incluido.
- Si el precio del almuerzo del almuerzo ejecutivo y semi-vegetariano supera los $1.500 IVA incluido.
- Si la oferta está condicionada a Acuerdos posteriores al Acto de Apertura.
- Si la oferta no está suscrita por el Proponente y/o su representante legal.
- Si la oferta no cumple con lo solicitado en alguno de los antecedentes y requerimientos que forman parte de la licitación.
Cada componente de la propuesta recibirá un valor de 1 a 10 que serán ponderados por los porcentajes establecidos.
La evaluación de las propuestas para la adjudicación del Casino Las Araucarias será según los siguientes criterios ponderados:
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Criterios |
Ponderación |
Anexo |
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Precios productos de lista (sin considerar almuerzo del día). |
20% |
2 |
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Precio Almuerzo del día. |
10% |
2 |
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Precio Almuerzo Ejecutivo. |
10% |
2 |
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Servicios de Alimentación saludable. |
10% |
3 |
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Monto, tipo y cantidad de aporte adicional anual. |
20% |
4 |
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Equipamiento, inversión y mantención (mobiliario, equipos de refrigeración, equipos industriales hornos, etc) |
20% |
5 |
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Experiencia en Instituciones de Educación Superior o Alimentación masiva |
10% |
6 |
La evaluación de las propuestas para la adjudicación de la Cafetería Los Avellanos será según los siguientes criterios ponderados:
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Criterios |
Ponderación |
Anexo |
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Precio producto de lista |
25% |
8 |
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Variedad de oferta |
25% |
8 |
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Equipamiento |
20% |
9 |
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Inversión y mantención (mobiliario, construcción puerta de paso al patio, aire acondicionado, otros) |
20% |
9 |
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Experiencia en servicios en Instituciones o en el área en general |
10% |
10 |
La Universidad, previo informe de evaluación, adjudicará la(s) propuesta(s) o la(s) declarará desierta(s). La Universidad se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, y adjudicará según la evaluación de las ofertas para cada uno de los recintos por separado, o de rechazarlas todas, sin que los proponentes tengan derecho a reclamo o indemnización. El representante legal de la empresa adjudicada, suscribirá el contrato una vez que este esté disponible, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de notificación, que refleje lo establecido en estas bases y cualquier otra cláusula que pudiese agregarse en el contrato definitivo.
La Universidad de La Frontera, entenderá el resultado de la licitación como de conocimiento público cuando este sea publicado a través del portal mercadopublico.cl. |
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Multas |
- Por cada día de atraso en el inicio del Servicio de Concesión en Casino Las Araucarias, se aplicará una multa equivalente a 3 UF. Por cada día en que la Universidad esté funcionando y no se entregue el servicio de “almuerzo del día”, se aplicará un multad de 40 UF.
- Por cada día de atraso en el inicio del Servicio de Concesión en Cafetería Los Avellanos, se aplicará una multa equivalente a 0,5 UF. Por cada día en que la Universidad esté funcionando y no se entregue el servicio de cafetería, se aplicará un multad de 1UF. |
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Responsabilidad |
La(s) empresa(s) adjudicataria(s) será(n) responsable(s) de todos los daños, pérdidas o deterioros que sufran los bienes muebles o inmuebles, producto de cualquier acción u omisión de los servicios establecidos en el contrato. La responsabilidad se determinará al concluir una investigación interna que la Universidad efectuará para tales efectos. Así también el Concesionario será responsable de realizar la mantención y reparación de los equipos concesionados, los que deberán ser repuestos en un plazo no superior de 48 horas, desde su deterioro. Igualmente, será responsable de entregar una alimentación en excelentes condiciones sanitarias; de lo contrario, el costo de atención y tratamiento a los usuarios, producto de las enfermedades gastrointestinales que afecte a un grupo de consumidores (5 y más personas) que pudieran producirse, serán de cargo del Concesionario.
Es de responsabilidad del concesionario velar porque su personal cumpla eficientemente lo contractualmente acordado. En caso de quejas reiteradas respecto a un empleado, ya sea en el ámbito del trato personal, de gestión deficiente u otro, la Universidad podrá exigir su remoción y reemplazo inmediato.
Velar que no se produzca contaminación acústica (ej.: equipos de audio a alto volumen), especialmente los horarios del almuerzo |
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Derechos del concesionario |
a) El concesionario podrá instalar máquinas expendedoras de alimentos fuera del recinto del Casino Las Araucarias, para lo cual deberá obtener autorización por escrito de la Dirección de Desarrollo Estudiantil, y estas deberán ser removidas en cualquier minuto sin derecho a indemnización alguna, si a juzgar por dicha Dirección, la existencia de la máquina entorpece la arquitectura o el funcionamiento de la Universidad.
b) El concesionario de la Cafetería Los Avellanos podrá instalar mesas en el Patio Los Avellanos si genera las condiciones de tránsito desde la Cafetería. Las condiciones de uso deberán ser acordar por escrito con la Dirección de Desarrollo Estudiantil. Se hace la salvedad que si el espacio puntualmente es requerido para el buen desarrollo de alguna actividad de la Universidad, estas deberán ser removidas en cualquier minuto a solicitud de dicha Dirección |
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Obligaciones del concesionario |
1.- CASINO LAS ARAUCARIAS
a) Otorgar la “almuerzo del día” para todos los funcionarios y estudiantes entre las 12:30 y las 15:30 hrs. al mismo precio señalado en las Bases.
b) El concesionario deberá atender los ticket de alimentación, que funcionan a través de un instrumento de canje. Si el valor del ticket de alimentación es mayor al “almuerzo del día”, deberá entregar la diferencia al estudiante.
c) Contratar a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad, el personal indicado en las Bases Técnica de Alimentación.
d) Mantener el Casino “Las Araucarias” en funcionamiento desde las 8:30 hasta las 19:00 hrs. de forma continua de Lunes a Viernes, sábados de 09:00 a 14:00 hrs y atender a los cafés e intermedios de los cursos, seminarios de pregrado y/o postgrado, pudiendo el Concesionario continuar la atención de la jornada si lo considera necesario, no excediendo las 20:30 hrs, salvo autorización expresa de la Dirección de Desarrollo Estudiantil.
f) Ofrecer variedad de alternativas al “almuerzo del día” tales como packs de productos, bebida y sándwich, comida rápida en general, y menús de mayor costo, que permitan abarcar la mayor cantidad de demanda de los estudiantes, académicos y funcionarios.
g) El concesionario deberá destinar parte del Casino “Las Araucarias” al desarrollo de cafetería, venta de productos de retail de alimentos, y otras actividades relativas a la alimentación saludable. Se espera una provisión mínima y permanente durante todo el año de jugos naturales y en caja, bebidas de fantasía, aguas minerales con y sin gas, dulces, chocolates, helados varios tipos , yogurt, cereales, frutas, gelatinas, leche, postres de leche, etc.
h) Deberá llevar contabilidad de su giro, de acuerdo a las normas vigentes y responderá personal y exclusivamente de los impuestos y deudas que puedan gravar sus operaciones y rentas.
i) Pagar los gastos derivados de Servicios Básicos que serán de su cargo: Electricidad, Teléfono, Gas y Agua, para está última se fijará un monto fijo de $50.000 mensuales, que se reajustará anualmente según IPC y de acuerdo a fecha de contrato.
j) El concesionario deberá entregar el aporte adicional anual ofertado y estipulado contractualmente. El momento y forma de entrega de estos aportes deberá ser acordado con la Dirección de Desarrollo Estudiantil. Este monto podrá ser solicitado en Becas de alimentación; o como parte a valorar en eventos acordados con la DDE; o alguna otra forma de aporte económico.
k) Mantener y conservar a su costo la infraestructura del Casino y cafetería, así como sus instalaciones y servicios en buen estado de conservación, quedando el Concesionario obligado a efectuar las reparaciones que se produjeren por daños o desperfectos y la mantención periódica de las instalaciones, cubiertas, pinturas exteriores y todo elemento de la construcción que afecte, ya sea las condiciones de higiene del local o su presentación visual.
l) Reparar los equipos industriales, maquinaria, artefactos electrodomésticos del Casino que experimenten desperfecto, con un plazo máximo para su reparación o reemplazo de 48 horas.
m) Mantener el aseo e higiene de los espacios concesionados, de las cocinas, del comedor, cafetería, vidrios, equipos y baños. Durante el horario de almuerzo se debe tener una persona que refuerce permanentemente la limpieza de los baños. Además es de su responsabilidad el retiro de la basura que se genere de la prestación de sus servicios y la limpieza de cámara desgrasadora del casino, todo atendiendo la normativa legal sanitaria y ambiental vigente.
n) El Concesionario deberá atender a los invitados de la Universidad y disponer para ellos los servicios concesionados. La atención a terceros no podrá entorpecer el servicio prestado para los funcionarios y estudiantes de ésta, quedando facultada la Universidad para poner término a estas atenciones si fuera necesario. Lo anterior, sólo en los horarios de funcionamiento del casino.
ñ) Se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas al interior del Casino.
o) El Concesionario deberá mantener publicado el nombre del encargado del casino y de comedores.
p) El Concesionario se compromete a mantener una lista de precios visible en formato adecuado, carteles luminosos, o micas plásticas, y a publicar la minuta semanal de los menús que se ofrecerán esa semana. Deberá entregar la minuta a la Encargada del Programa con 30 días anticipación, la que será publicada en donde se estime pertinente.
q) El Concesionario quedará obligado a someterse a la fiscalización de la Comisión de Casino designada. El o los encargados de la fiscalización podrán realizar visitas al Casino en cualquier momento, sin previo aviso y adoptar cualquier medida que consideren adecuada para mejorar el servicio de atención del Casino y/o la calidad de las colaciones.
r) El incumplimiento de las Bases Técnicas de Alimentación en más de tres oportunidades, será causal suficiente para que la Universidad ponga término al contrato.
s) El recinto del Casino no podrá utilizarse para la realización de actos, manifestaciones, fiestas o reuniones, que no sean previa y expresamente autorizadas por la Dirección de Desarrollo Estudiantil.
t) Si las condiciones lo permiten el concesionario deberá colocar mesas en la parte externa al casino.
t) La Universidad proveerá al Concesionario del Casino Las Araucarias los bienes muebles que se señalan en el Inventario que forma parte de las presentes Bases, cuya recepción será suscrita por las partes.
u) El Concesionario se obliga a restituir los inmuebles y los bienes muebles que no sean de su propiedad en el mismo estado que los recibe, reponiendo los bienes deteriorados o destruidos. Todas las mejoras introducidas por el Concesionario al inmueble del Casino y a sus instalaciones, serán de propiedad de la Universidad, sin obligación de reembolso alguno. Si al término del contrato el Concesionario no devuelve los bienes y el local en las condiciones originales, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato estipulada en el Artículo 15.
v) Sólo una vez que las partes se otorguen el correspondiente finiquito y no habiendo obligaciones ni deudas pendientes, la Universidad devolverá la garantía, la que deberá estar vigente hasta que el finiquito se haya formalizado.
2.- CAFETERIA LOS AVELLANOS:
a) Mantener la cafetería “Los Avellanos” en funcionamiento de las 09:00 hasta las 19:00 hrs de forma continua de lunes a viernes, y sábado de 09:00 hasta las 14:00 hrs.
b) Pagar a la Universidad los gastos derivados de Servicios Básicos disponibles en la cafetería. Serán de su cargo: Electricidad, Gas y Agua, para los cuales está establecido un cargo fijo de $100.000 mensuales, monto que se reajustará anualmente según IPC y de acuerdo a fecha de contrato.
c) Mantener y conservar a su costo la infraestructura de la cafetería, así como sus instalaciones y servicios en buen estado de conservación, quedando el Concesionario obligado a efectuar las reparaciones que se produjeren por daños o desperfectos y la mantención periódica de las instalaciones, cubiertas, pintura y todo elemento de la construcción que afecte ya sea las condiciones de higiene del local o su presentación visual.
d) Reparar los equipos, maquinaria, artefactos electrodomésticos de la Cafetería que experimenten desperfecto, con un plazo máximo para su reparación o reemplazo de 48 horas.
e) Mantener el aseo e higiene del espacio interior concesionado y si corresponde el área exterior que usase.
a) Se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el espacio concesionado.
b) El Concesionario se compromete a mantener una lista de precios visible en formato adecuado.
c) La Universidad proveerá al Concesionario de la Cafetería Los Avellanos con los bienes muebles que se señalan en el Inventario que formará parte de las presentes Bases, cuya recepción deberá ser suscrito por las partes.
d) El Concesionario se obliga a restituir los inmuebles y los bienes muebles que no sean de su propiedad en el mismo estado que los recibe, reponiendo los bienes deteriorados o destruidos. Todas las mejoras introducidas por el Concesionario al inmueble de la Cafetería y sus instalaciones serán de propiedad de la Universidad, sin obligación de reembolso alguno. Si al término del contrato el Concesionario no devuelve los bienes y el local en las condiciones originales, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato estipulada en el Artículo 15.
e) Sólo una vez que las partes se otorguen el correspondiente finiquito y no habiendo obligaciones ni deudas pendientes, la Universidad devolverá la garantía, la que deberá estar vigente hasta que el finiquito se haya formalizado. |
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Solicitudes de servicios de alimentación de las unidades |
El o los concesionario(s) deberán solicitar como su respaldo para realizar las solicitudes de servicios especiales que presten a las unidades universitarias y que requieran ser facturados a la Universidad, una copia del documento interno universitario llamado SEC. Este documento contiene la información referida a lo solicitado, identifica al responsable y aprovisiona los fondos para el pago de la factura que se emitirá por el servicio prestado. |
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Facturación |
La facturación debe ser realizada mensualmente, en pesos chilenos. Las facturas se deberán realizar en forma independiente a cada una de las unidades que soliciten servicios. Ella debe estar emitida a nombre de la Universidad de La Frontera, Rut. 87.912.900-1, Giro Educación; dirección Av. Francisco Salazar Nº 01145, Temuco, indicando en la glosa el servicio prestado, la unidad requirente, número de SEC y fecha en que se prestó el servicio. |
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Forma de pago |
El pago se realizará dentro de los 30 días siguientes de emitida la factura. La periodicidad de emisión de la factura deberá ser mensual. La factura deberá estar firmada por el cliente solicitante del servicio, el cual la hará llegar a la Oficina de Abastecimiento para dar curso a la emisión de la correspondiente orden de compra en el sistema de mercadopublico.cl de Chilecompra, esta orden de compra a su vez deberá ser aceptada por el proveedor en la plataforma compraspúblicas.cl. |
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Ofertas recibidas a través del portal de mercado público |
La Universidad de La Frontera, se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar, parcial o totalmente, cualquiera de las ofertas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Universidad. |
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Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable |
Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Temuco y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia. |
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Normativa Supletoria |
Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá además, por lo prescrito en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento. |
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Situaciones No Previstas |
Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas, siendo su decisión obligatoria e inapelable para los participantes; quienes, en esta materia, no tendrán derecho a reclamo alguno. |
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