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Requerimientos Técnicos del proveedor: |
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a) El Servicio deberá ser realizado con aeronaves autorizadas por la Dirección General de Aeronáutica para realizar la ruta solicitada.
b) La empresa que prestará el servicio debe contar con todas la documentación aeronáutica exigida al día y en regla.
c) Los pilotos deben contar con la experiencia y acreditaciones exigidas por la autoridad aeronáutica.
d) Debe contar con todos los seguros vigentes de la Aeronave y asientos de pasajeros, exigida por la normativa aeronáutica Chilena.
e) Todos los costos del servicio son de cuenta de la empresa aérea, y deben estar incluidos en la tarifa cobrada.
Esta documentación podrá ser requerida por CONAF en cualquier momento, durante la ejecución del contrato.
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Presentación de Ofertas: |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de estas Bases, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuesta a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentar ofertas a este proceso de licitación, se entiende que el oferente ha estudiado los antecedentes de esta licitación y ha verificado su concordancia entre sí; y que manifiesta su conformidad con las condiciones en las cuales debe desarrollar los servicios licitados.
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Errores u omisiones: |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Apertura de las ofertas: |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto le sean aplicables.
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De la aceptación de las ofertas: |
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Con el objeto de que las ofertas no sean rechazadas en el acto de apertura electrónica, se debe efectuar un cuidadoso análisis de las bases publicadas, de manera tal de entregar todos los antecedentes que son indispensables para acceder a la etapa de evaluación de ofertas. Entre los antecedentes indispensables a entregar se encuentran los requisitos y la información solicitada en los anexos.
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Adjudicación: |
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La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado.
La adjudicación se realizará por todas las líneas de servicio, de acuerdo a la evaluación realizada.
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Readjudicación: |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación, no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma establecidos, no entregue en tiempo y forma los antecedentes requeridos para la confección del contrato o bien, se desista de suscribir el mismo, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación. En tal caso, CONAF tendrá derecho a readjudicar la adquisición de los servicios licitados.
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Plazo de Adjudicación: |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse éste mediante Resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate: |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor precio (valor de la oferta) el que determine la adjudicación, si aún se mantiene el empate, será el criterio antecedentes técnicos el que determine la adjudicación, si aún persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación: |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación.
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Recepción de antecedentes: |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que sean solicitados por CONAF, mediante el foro inverso.
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Consultas a la adjudicación: |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico: marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad: |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
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Comisión Evaluadora: |
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La Comisión Evaluadora estará constituida por la Jefa (I) del Departamento de Finanzas y Administración, o quien designe, el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, el Jefe (I) de la Sección Administración o a quien designe y como ministro de Fe, la Jefa de la Unidad Jurídica o a quien designe.
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Orden de Compra: |
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Cada vez que CONAF requiera la compra de pasajes aéreos o transporte de carga, se procederá al envío de la respectiva orden de compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del plazo de 2 días hábiles. Transcurrido dicho plazo CONAF podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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Modificación de Bases: |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución Fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Cláusula de confidencialidad: |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Duración del contrato: |
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La duración del contrato de suministro será por un periodo de 24 meses como máximo, desde la firma del respectivo contrato, o bien, hasta el consumo total del monto establecido para su ejecución.
Con lo observado en los párrafos precedentes, se determina que la vigencia del contrato será de 24 meses, o hasta el cumplimiento del monto establecido para el contrato.
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Posibilidad de prórroga de contrato: |
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El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo que no excederá de 12 meses adicionales, y sólo en caso de que se cuente con presupuesto disponible para dicho efecto.
La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento del monto adjudicado. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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Término anticipado del contrato: |
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Serán causales de término anticipado las siguientes, que no son taxativas, y sin perjuicio de aquellas establecidas en el Reglamento de la Ley 19.886:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato.
2) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
4) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
5) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
6) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
7) Renuncia del proveedor adjudicado, la que no se regirá por el procedimiento de término anticipado regulado en la cláusula siguiente, sin perjuicio de que la decisión de CONAF se emitirá a través de una resolución fundada.
8) En caso de que las multas sobrepasen el 7% del monto total del contrato.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato a excepción de los números 2 y 3.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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Procedimiento de término anticipado del contrato: |
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1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando las causales y la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, señalada precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia al Jefe (I) de la Sección Administración, casilla de correo electrónico marco.soto@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la CONAF emitirá una resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de esta resolución, el proveedor dispondrá de los medios de impugnación establecidos en la Ley N° 19.880.
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Finiquito del contrato: |
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Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez cumplido el plazo del servicio ejecutado.
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Modificación de contrato: |
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Cabe señalar que CONAF podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado, el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias o características fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo.
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Cesión de contrato: |
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor: |
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Multas:
- En caso de no cumplimiento de las exigencias establecidas en las bases de licitación: Se aplicará una multa del 5% del valor total del servicio solicitado.
- En caso de que el proveedor exceda el tiempo de respuesta ofertado: Se aplicará una multa de 5 UF por evento detectado.
- En caso de no aceptación de la Orden de Compra dentro de plazo: Se aplicará una multa de 1 UF por día de retraso. Sin perjuicio de la facultad de CONAF de solicitar su rechazo transcurrido el plazo de 2 días hábiles otorgado para dicho efecto.
- En caso de no exhibir, a requerimiento de CONAF, cualquiera de los documentos solicitados en el párrafo “Requerimientos técnicos del proveedor”: Se aplicará una multa de 3 UF por situación detectada.
Las multas no podrán sobrepasar del 7% del valor total del contrato, luego de esto se podrá poner término al contrato, salvo eventos de fuerza mayor, que la Corporación se reserva el derecho de calificar.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario. De no ser suficiente este monto, se hará efectivo a través del cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito al Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a marco.soto@conaf.cl , acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la CONAF emitirá una resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de esta resolución, el proveedor dispondrá de los medios de impugnación establecidos en la Ley N° 19.880.
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Facturación: |
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La factura debe ser emitida electrónicamente según la normativa vigente del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en Campo Folio de la referencia de la factura (801 Formato SII).
La factura en formato XML, debe ser publicada dentro de las 72 horas desde su emisión al correo electrónico windte_dte@custodium.com.
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Pacto de Integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros: |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta al presente Anexo N°3 Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
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