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Documentos de la licitacion |
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Para la presente licitación los antecedentes requeridos serán los siguientes, LOS QUE DEBEN SER INCLUIDOS EN LA OFERTA:
a) Documentos Administrativos
• Formulario N°1: Identificación del Oferente
• Formulario N°2A: Declaración jurada simple Sin Conflicto de Interés (solo personas jurídicas)
• Formulario N°2B: Declaración jurada simple Con Conflicto de Interés (solo personas jurídicas)
• Formulario N°2C: Declaración jurada simple Sin Conflicto de Interés (solo personas naturales)
• Formulario N°2D: Declaración jurada simple Con Conflicto de Interés (solo personas naturales)
• Formulario N°3: Declaración jurada Art. 4 de la Ley 19.886
• Formulario N°4: Declaración Jurada de Socios
• Formulario N°5A: Declaración Jurada simple (Sin deudas vigentes con los trabajadores)
• Formulario N°5B: Declaración Jurada simple (Con deudas vigentes con los trabajadores)
• Formulario N°6: Declaración Jurada Simple Ley 20.393 (solo para personas jurídicas)
• Formulario N°10: Solo para aquellos proveedores que oferten en modalidad UTP. En caso de ofertar en modalidad UTP, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en los artículos N°180, 181 Decreto/661. Cada Uno de los integrantes de la UTP deberá presentar los formularios administrativos antes descritos y los documentos deberán ser adjuntados en la oferta presentada. Adicionalmente deberá adjuntar de forma obligatoria Formulario N° 10.
• Programa de Integridad y Ética Empresarial de acuerdo a Articulo N°17 Decreto 661/2024 y su medio verificable de difusión.
La omisión de documentos/antecedentes técnicos y/o económicos será causal de declarar la oferta inadmisible.
b) Antecedentes Técnicos (OBLIGATORIO).
• Formulario N°7: Contacto, experiencia de los oferentes y programa de integridad y ética empresarial.
• Formulario N°8: Requerimientos Técnicos.
• Fichas Técnicas de lo ofertado. Se entenderá como Ficha Técnica al documento formal del proveedor que oferte, el que debe contener: Información de los servicios y/o bienes ofertados y cualquier otro dato requerido o relevante para la correcta evaluación de la oferta. En caso de que el proveedor oferte con cláusulas que no se estimen convenientes para los intereses del Servicio de Salud de Talcahuano, o no adjunte un documento formal, se podrá declarar inadmisible la oferta.
c) Antecedentes Económicos (OBLIGATORIO)
• Formulario N°9 Económico: El proveedor deberá indicar detalladamente en su oferta sobre el costo del servicio mensual de lo indicado. La multiplicación del monto total IVA incluido por 12 meses será el que se evaluará en el criterio económico “Monto de la Oferta”.
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Inadmisibilidad de las ofertas |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio da la facultada para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl , salvo en lo descrito en el artículo 115 del reglamento de compras N°661/2024.
• Si omite en la presentación de la oferta los Formularios N°7, N°8 o N°9.
• Si no adjunta fichas técnicas de lo ofertado o incluye cláusulas que no sean convenientes a los intereses del servicio de salud Talcahuano.
• Si no cumple con las características indicadas en especificaciones técnicas.
• Si omite en la presentación de la oferta documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar cómo unión temporal de proveedores (Sólo cuando corresponda). Se verificará la habilidad de los integrantes de la UTP, se declarará inadmisible si no da cumplimiento a lo establecido en Articulo 182 Decreto 661/2024 a cada integrante de la unión individualmente. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
• De acuerdo a Artículo 48. Decreto 661/2024 serán inadmisibles aquellos oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
• No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades (Articulo 58 y 120 del Decreto 661/2024)
• Se declarará inadmisible las ofertas simultaneas, conforme a lo señalado en Decreto 661/2024 Artículo 60.- Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
Las demás causales que señala la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, Ley 21634 que Moderniza Ley de Compras y su reglamento, el decreto N°661 publicado con fecha 12/12/2024 del Ministerio de Hacienda. La declaración de inadmisibilidad se traducirá el rechazo de la oferta, no se someterá a proceso de evaluación. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses técnicos y/o económicos. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Modificacion de Bases |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado en el artículo 40 del reglamento de compras públicas, Decreto N°661 del 12 de diciembre del 2024 del Ministerio de Hacienda.
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Mecanismo de resolucion de empates |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, en orden de prelación sucesiva y excluyente:
• Primero en el Monto de la oferta.
• Segundo lugar Experiencia del proveedor.
• Tercer lugar Programa de Integridad.
• Cuarto lugar: Comportamiento Contractual anterior.
• Quinto lugar: Cumplimiento de Requisitos Formales.
Si de persistir el empate se adjudicara al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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Contrato |
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Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por las partes ante notario como único requisito dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución adjudicataria. (Salvo lo establecido para compras superiores a 5.000 UTM en Articulo 119, Decreto 661). El costo de este trámite administrativo correrá por parte del proveedor adjudicado.
Una vez adjudicada la propuesta, para fines de elaboración del contrato, el Adjudicatario deberá presentar al Servicio de Salud Talcahuano, dentro de los 15 (quince) días siguientes, los antecedentes que se indican según corresponda. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el portal www.mercadopublico.cl, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes bases de licitación, no se requerirá su presentación:
PERSONAS NATURALES
• Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
• Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
• Visa de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile.
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
PERSONAS JURÍDICAS
a) Personas Jurídicas:
• Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
• Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad del representante legal que suscriba el contrato.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Copia de escritura de Constitución Social y/o Estatuto, y sus modificaciones correspondientes.
• Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a sesenta días.
• Certificado de Vigencia de Poder no superior a sesenta días
b) Extranjeras:
• Documentos que acrediten su existencia legal y vigencia, los que deberán estar legalizados en Chile
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
• Escritura pública donde conste la unión temporal.
• Se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la letra d) del artículo N°180, Decreto 661/2024
• Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones de las presentes bases de licitación.
• Los demás antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS JURIDICAS”, respecto de cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
Plazo para celebrar el contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución adjudicataria. Serán parte integrante del contrato las presentes bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. Luego de firmado el contrato, este deberá ser aprobado mediante resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, la prestación de los servicios contratados, esto es, la implementación y operación de estos, podrá prestarse una vez suscrito el contrato entre las partes y con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, previa entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, si correspondiese. No obstante, el pago de dichos servicios estará condicionado a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen N° 14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad y se extenderá hasta fin de año o acabar el presupuesto disponible, lo primero que ocurra.
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste y no podrán ser descontados o cobrados del presupuesto entregado por la entidad contratante para la ejecución del contrato (por ejemplo, no podrán ser cobrados como “gastos administrativos”); lo anterior, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.
Supervisión del Contrato: El encargado de la supervisión del contrato será D. Claudia Echeverría Rivas, Jefatura (S) de la Unidad de Calidad y Seguridad en la Atención de la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano, o quien la subrogue o reemplace legalmente, o el funcionario que el director del Servicio de Salud Talcahuano designe en su reemplazo.
Las funciones de los Supervisores del Contrato serán las siguientes:
• Validar las facturas, según la conformidad de los servicios.
• Llevar el control financiero del contrato.
• Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
• Requerir el término anticipado del contrato si correspondiere.
• Colaborar, exigir y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias.
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Vigencia del contrato |
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El presente contrato tendrá una vigencia de un año calendario desde el inicio de las prestaciones, entendido como el momento en que las cuentas y el software se encuentre habilitado para su total funcionamiento. Además, podrá ser renovado por una vez, por el mismo periodo, bajo las mismas condiciones técnicas y con un único reajuste de precios según cláusula siguiente, si ambas partes están de acuerdo.
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Reajuste de precios |
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La presente Licitación contempla reajuste de precios en caso de renovación de contrato dentro de su operatoria de convenio contemplada. Para llevar a cabo dicho procedimiento, se realizará un reajuste de precios de acuerdo a IPC (Índice General) acumulado de acuerdo a lo siguiente:
Detalle Reajuste Observaciones
Vigencia 1 año posterior al inicio del contrato. El inicio de prestaciones se contempla desde fecha de publicación de Resolución Aprueba Contrato, o desde el inicio del servicio, si corresponde.
Reajuste Considera % máximo IPC acumulado del periodo desde inicio de Contrato hasta 1 año posterior. Conforme a Valores y Fechas IPC, publicado por el SII.
Aplicación Se aplicará a valor neto por itemizado de Formulario Económico. Conforme a último precio establecido por Órdenes de Compra del último periodo.
El reajuste quedará establecido en la o las órdenes de compra que se comiencen a emitir una vez obtenida la variación de IPC, a través de registro e información oficial del SII.
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Aumentos y/o disminuciones |
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El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aumentar o disminuir los servicios requeridos fundadamente y conforme a los requerimientos de la institución, limitando a un aumento o disminución de hasta 30% de las cantidades y del presupuesto estimado de la presente licitación según disponibilidad presupuestaria, sin alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de la igualdad de los oferentes.
Fórmula: Cantidades/Presupuesto estimado licitado por ítem x 0,3. (Tope máximo 30%)
Dicha modificación quedará establecida en la Resolución de adjudicación o la Resolución que amplie el contrato y en la nueva orden de compra que se envíe a proveedor adjudicado, ajustándose al nuevo presupuesto descrito en la resolución correspondiente.
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Operatoria |
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Inicio de los Servicios: La vigencia del servicio de arriendo de licencia y soporte técnico comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo (Resolución Exenta) que apruebe el contrato respectivo. La fecha exacta de inicio de la prestación será definida formalmente por el Administrador del Contrato, la cual será comunicada al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgando un plazo de coordinación para la puesta en marcha.
Procedimiento de Facturación y Pago: El proceso de pago se efectuará de forma mensual y estará sujeto al siguiente flujo operativo obligatorio:
• Paso 1: Entrega de Pre-factura: Al finalizar cada mes calendario de prestación, el adjudicatario deberá remitir al Administrador del Contrato una "Pre-factura" o "Estado de Pago", detallando los servicios mensuales ejecutados y el cumplimiento de los Niveles de Servicio (SLA).
• Paso 2: Validación Técnica: El Administrador del Contrato, en un plazo máximo de 5 días hábiles, revisará los antecedentes y validará la conformidad del servicio. En caso de existir multas aplicables (por indisponibilidad u otros), estas deberán quedar reflejadas en el acta de conformidad.
• Paso 3: Emisión de Orden de Compra (OC): Una vez visada la conformidad técnica por la administración, el Servicio de Salud procederá a la generación y envío de la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl.
• Paso 4: Solicitud y Emisión de Factura: Recibida la Orden de Compra por parte del proveedor, el Servicio de Salud solicitará formalmente la emisión de la factura electrónica respectiva. El proveedor no podrá emitir facturas que no cuenten con una Orden de Compra enviada y aceptada previamente.
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