Licitación ID: 1271359-383-LE24
SERVICIO DE TRASLADO 2025 – DIRESAL
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 1 Unidad
Cod: 78111803
MINUBUS  

2
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
CAMIONETA  

3
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
CAMIONETA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE TRASLADO 2025 – DIRESAL
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa a través de la Dirección Comunal de Salud, solicita el servicio de móviles correspondientes al periodo 2025. En este sentido, el objetivo de la presente licitación será garantizar la movilización de los trabajadores de los establecimientos de salud de la comuna de Lampa
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-01-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-01-2025 17:14:54
Fecha inicio de preguntas: 20-01-2025 20:01:00
Fecha final de preguntas: 22-01-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-01-2025 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-01-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-01-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-02-2025 10:36:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Persona Natural: -Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. -Copia de la cédula de identidad. -Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público -Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. -Formulario N°1 “Identificación completa del oferente” -Formulario N°5 “Datos de pago”. -Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo.
2.- Persona jurídica: -Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. -Copia de cédula de identidad del representante legal. -Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta. -Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta. -Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público -Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. - Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente” - Formulario N°5 “Datos de pago”. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo.
3.- • Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente”
4.- • En caso de UTP, Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
5.- • Formulario N°5 “Datos de pago”
6.- • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo.
7.- • Formulario N°6 “Declaración simple de subcontratación”
Documentos Técnicos
1.- Formulario N° 3: Oferta técnica
 
2.-  Ficha técnica del vehículo ofertado.
 
3.-  Certificado de residencia
 
4.-  Documentación vigente del vehículo ofertado, según lo indicado a Bases Técnicas de Licitación.
 
5.-  Documentación vigente del conductor/a, según lo indicado en Bases Técnicas de Licitación.
 
6.- Documentos que acrediten experiencia en caso que corresponda
 
7.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
8.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05 5%
2 PROVEEDOR LOCAL El proponente deberá acreditar domicilio con patente municipal. Este factor será ponderado conforme a la siguiente tabla: DESCRIPCIÓN PUNTAJE DETALLES COMUNAL (LAMPA) 100 Puntaje C2= Puntaje obtenido * 0,05 PROVINCIA CHACABUCO 50 FUERA DE LA PROVINCIA 0 5%
3 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe estar debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05 5%
4 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales D) CONADI Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C4*0,05 5%
5 Precio PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,40 • La oferta se evaluará en valores totales netos ofertados • Las ofertas exentas de IVA se evaluarán como valores netos • Las ofertas cuyo mecanismo de cobro sea una boleta de honorarios se evaluarán por el total líquido ofertado. 40%
6 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C6 = Puntaje obtenido * 0,20 20%
7 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS En este criterio se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Evaluación por Sub-factor Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. Año de fabricación 70 puntos * 0,05 = 3.5% • Ponderación TOTAL A% + B% + C% = C5 SUBFACTOR % DETALLES a. Año 5 2023 = 100 puntos. 2022 = 95 puntos. 2021 = 90 puntos. 2020 = 85 puntos. 2019 = 80 puntos. 2018 = 75 puntos. 2017 = 70 puntos. 2016 = 65 puntos. 2015 = 60 puntos. 2014 = 55 puntos. 2013 = 50 puntos. 2012 = 45 puntos. 2011 = 40 puntos. 2010 = 35 puntos. Inferior = 0 puntos. b. País de origen 5 E.U.A – Japón – Korea – Alemania - Francia = 100 puntos. Brasil – Argentina - México = 50 puntos. Otras = 0 puntos. No indica = 0 puntos. c. Kilometraje vehículo 10 Igual o menor a 150.000 kms = 100 puntos. Entre 150.001 y 250.000 kms = 50 puntos. 250.001 Kms. o más, no indica o no informa. = 0 puntos. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Aporte Municipal - Per Cápita
Monto Total Estimado: 57600000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 11 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIA CISTERNA
e-mail de responsable de pago: CLAUDIA.CISTERNA@CORPORACIONLAMPA.CL
Nombre de responsable de contrato: MANUELA PEREZ
e-mail de responsable de contrato: manuela.perez@corporacionlampa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-09-23694068-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 15-04-2026
Monto: 3 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá readjudicar el proceso. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 3% del valor total del contrato, en pesos chilenos VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “SERVICIO DE TRASLADO 2025 – DIRESAL” ID: 1271359-383-LE24 INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, de acuerdo a lo señalado en el artículo denominado “Incumplimientos del proveedor” de las presentes Bases Administrativas, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “SERVICIO DE TRASLADO 2025 – DIRESAL” ID: 1271359-383-LE24
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR
La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación. Importante: La evaluación y adjudicación se realizará por línea del servicio solicitado, por lo que podrá haber más de un proveedor adjudicado. Junto a ello, las ofertas deberán contemplar todas las especificaciones técnicas de los servicios solicitados, de lo contrario serán declaradas inadmisibles.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones: 1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil. 2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios. 3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios. 4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
1. Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados. 2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. 3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto 4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
INDISPONIBILIDAD DEL PORTAL
En el caso que exista indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl, se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico. Conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Compras, podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones, en las siguientes circunstancias: 1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales. 2. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. 3. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. 4. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física, de acuerdo con lo que establezcan las presentes bases En caso de existir proveedores con dicha dificultad, deberán notificar dicha situación antes del cierre de recepción de ofertas. La corporación, modificara los plazos de la licitación, mediante resolución fundada, para la que los proveedores logren publicar sus ofertas. Sin embargo, en caso que los oferentes NO logren adjuntar los antecedentes en el portal, deberán enviar, al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl 1. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. 2. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados. En casos excepcionales, la postulación podrá realizarse de manera física, mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa. Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos. Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.
FORO Y PREGUNTAS
Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados. Se aceptarán solo consultas relativas a temas técnicos del suministro y/o administrativos de la licitación. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto para tal efecto, para lo cual los oferentes deberán tener en consideración lo siguiente: b) La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso. c) El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho. e) Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.
DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación. En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.
SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
ACLARACIONES DE OFERTAS
Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.  Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.  Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.  Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.  Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste. Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible. Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
ACLARACIONES DE OFERTAS
Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.  Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.  Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.  Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.  Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste. Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible. Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
ACLARACIONES DE OFERTAS
Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.  Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.  Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.  Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.  Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste. Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible. Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN
Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento. Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación. Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.  Ofertas publicadas con valores de $1.  No presentar las garantías solicitadas en las bases.  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Anexo N°3, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.
OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas o de los precios del mercado. Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. La corporación solicitará a través del sistema de información a él o los oferentes: • Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes. En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases. Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases. Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.
DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de la línea del servicio, será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.
CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.
LEY DE FACTORING
La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”. En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar. El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes. En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura. Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.
DERECHO RETENCIÓN
Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas. Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales.
ACUMULACIÓN DE MULTAS
Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.
PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte de la Corporación, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl. La notificación de sanción será ingresada por la Corporación al módulo de Gestión de Contratos, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, o bien remitirlos al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución fundada. Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través del módulo de gestión de contratos, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación, para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa. En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público. El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La entidad contratante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.

a)      LIQUIDACIÓN POR DECISIÓN DEL MANDATARIO

Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación, podrá dar término anticipado al contrato. Además, cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante, o cuando así lo aconsejan sus necesidades.

El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 20 días corridos.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

b)      LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA

La corporación podrá poner término anticipado al contrato, por causas imputables al contratista, en los siguientes casos:

v  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

v  Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

v  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las Bases y este contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

v  Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

v  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

v  Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes los documentos de garantía y/o la póliza de seguros correspondiente, y ha excedido el periodo otorgado para el pago de multas por estos conceptos.

v  No acatar órdenes expresas de la Inspección Técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave. debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles.

v  En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

v  Si el contratista es declarado en quiebra.

v  Si el contratista es declarado como imputado por una causa civil o penal.

v  Incumplir lo señalado en bases administrativas punto “Ley de Factoring”.

v  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

v  Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo.

v  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

v  Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas.

v  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad compradora, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

v  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de tres meses.

v  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

v  En caso de que inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.


DEL PRECIO, DERECHOS E IMPUESTOS
El precio que pagará el organismo contratante por los servicios encomendados al contratista será Conforme a lo indicado por el contratista en el Formulario N° 4 Oferta económica para éstos. Se deja constancia que la oferta económica adjudicada no estará sujeta a condiciones de reajustes bajo ningún fundamento. De esta manera, se establece que, salvo los impuestos que procedan, no procederá el pago de ningún tipo de cobro adicional al que no sea exclusivamente el pago de los servicios consumidos. Por lo tanto, para mayor claridad, todos los costos asociados a la prestación de los servicios encomendados y/o cualquier otro gasto que deba incurrir el proveedor para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas por éste al momento de participar de esta licitación, resultar adjudicado y finalmente contratado por parte de la entidad contratante, deberán ser asumidos exclusivamente por el adjudicatario y no podrán ser traspasados a organismo contratante bajo ningún tipo de mecanismo. Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualquier otro que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste y no podrán ser descontados o cobrados, del presupuesto entregado por la entidad contratante para la ejecución del contrato (por ejemplo, no podrán ser cobrados como “gastos administrativos”); lo anterior, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.
MODIFICACIONES A LAS BASES
La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra. Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas. La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.
GARANTÍAS
Según lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°3, que refunde y actualiza la Ley 19.496, la cual establece las normas sobre protección de los derechos de los consumidores, el proveedor se deberá comprometer a garantizar el mínimo pactado por ley.
SUBCONTRATACIÓN
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:  Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.  Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato.  Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.  Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. La empresa adjudicada deberá notificar por escrito a adquisiciones@corporacionlampa.cl, cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos de las presentes bases.
AUMENTO Y DISMINUCIONES
La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.
PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
PRORROGA DE CONTRATO
Debido a la indispensable necesidad de la Corporación de contar permanentemente con los servicios indicados en la presente licitación y, en el evento que habiéndose gestionado un nuevo proceso de licitación, éste se retrasare o se declarare desierto, se podrá, previo acuerdo de las partes, prorrogar el contrato por una sola vez y por un tiempo acotado no superior a 06 meses, o hasta que entre en operaciones el contrato del nuevo proceso de compras (evento que ocurra primero) lo que será comunicado por la Corporación con una antelación de, a lo menos, 30 días corridos de la fecha de renovación. Para que opera la referida prorroga, será condición esencial que la entidad adjudicataria entregue otra caución con diez (10) días hábiles de anticipación al vencimiento de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato establecida, en reemplazo de la anterior, cuya vigencia será por el mismo tiempo que el contrato que se renueva, más tres meses posteriores a la fecha de término del contrato, bajo las mismas condiciones de la garantía original, todo o cual deberá constar en el documento que las partes suscriben al efecto.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
ANTECEDENTES FINALES
Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato. Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato. En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas. Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible. La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.
ANEXOS
Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886. A) ANEXOS ADMINISTRATIVOS Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Copia de la cédula de identidad. Acreditar en el Registro de Proveedores Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. Formulario N°1 “Identificación completa del oferente” Acreditar ante la Corporación Formulario N°5 “Datos de pago”. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo. Persona jurídica Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Copia de cédula de identidad del representante legal. Acreditar en el Registro de Proveedores Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta. Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta. Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente” Acreditar ante la Corporación Formulario N°5 “Datos de pago”. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo. Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP): • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores” • Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello. • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM. 1. Documentos que se deben acreditar en el Registro de Proveedores Conforme a lo anterior, los antecedentes que deben ser acreditados en el registro de proveedores, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información. Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no acredita en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se inscribiese en el Registro de Proveedores, en caso de no estar inscrito, y/o no se encuentra en estado “hábil” en dicho Registro al momento de suscribir el contrato; en definitiva, cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases , se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la entidad licitante para readjudicar la licitación. En el caso de resultar adjudicada una UTP, deberá disponibilizar en el Registro de Proveedores la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en los casos en los que proceda, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento de la Ley 19.886. 2. Documentos que se deben acreditar ante la Corporación Los oferentes al momento de su postulación deberán subir al portal www.mercadopublico.cl como archivo adjunto, en el icono “anexos administrativos” • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo. • Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente” • En caso de UTP, Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores” • Formulario N°5 “Datos de pago” • Formulario N°6 “Declaración simple de subcontratación” B) ANEXOS TÉCNICOS Formulario N° 3: Oferta técnica  Ficha técnica del vehículo ofertado.  Certificado de residencia.  Documentación vigente del vehículo ofertado, según lo indicado a Bases Técnicas de Licitación.  Documentación vigente del conductor/a, según lo indicado en Bases Técnicas de Licitación. Documentos que acrediten experiencia en caso que corresponda Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda Los documentos correspondientes al Anexo técnico y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”. A) ANEXOS ECONÓMICO Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3 y Formulario N°4serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.
DE LA EVALUACION
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por cinco (5) integrantes, designados por resolución. La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas: 1. Directora Comunal de Salud o quien designe en su reemplazo 2. Encargado de la Unidad de Infraestructura o quien designe en su reemplazo 3. Encargado de la Unidad de Movilización 4. Un funcionario (a) del Departamento de Contabilidad 5. Un funcionario (a) del Departamento de Abastecimiento Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compra f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y ofertas evaluadas.
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES
La evaluación al Comportamiento Contractual tiene por objeto descontar puntaje, respecto del total obtenido, aplicando la Pauta de Evaluación de los Criterios definidos para la presente licitación. Para definir el Tipo de Sanción, será considerada la información proporcionada por el Historial de Comportamiento Contractual de la Plataforma Chile Proveedores de los últimos 24 meses contados desde la fecha de apertura. Se considerará: - Cobro de Multa: Se descontará 1 punto - Cobro de Garantía: Se descontarán 2 puntos - Término anticipado por Incumplimiento de Contrato: Se descontarán 5 puntos Cada puntaje indicado en la Tabla precedente se deberá considerar por cada tipo de sanción que presente el proveedor, es decir, en caso de presentar más de una sanción en los últimos 24 meses, el puntaje se irá restando hasta un máximo de 15 puntos. Notas: - Para el Tipo de Sanción cobro multa, la disminución de puntaje a partir de la 1ra multa sancionada y en lo sucesivo por cada multa sancionada. - Para el Tipo de Sanción cobro garantía, la disminución de puntaje a partir de la 1ra garantía cobrada y en lo sucesivo por cada garantía cobrada. - Para el Tipo de Sanción Termino anticipado contrato, la disminución de puntaje a partir del 1er Término y en lo sucesivo por cada término sancionado.
MECANISMO DE DESEMPATE
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación: 1. Mejor puntaje Oferta económica 2. Mejor puntaje Experiencia del oferente 3. Características técnicas de los vehículos 4. Mejor puntaje de Sustentabilidad 5. Mejor puntaje proveedor local 6. Mejor puntaje programas de integridad 7. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales 8. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.
CAUSALES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE
La Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato podrá hacerse efectiva por cualquier incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, por lo que la Corporación, estará facultada para hacer efectivo el cobro de esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. • Si dentro del plazo, el contratista no subsanare las observaciones y/o multas que le son imputables, la Unidad Técnica procederá a la liquidación del contrato con cargo. • Si ocurre alguna de las causales señaladas en el Punto “Liquidación por Causas Imputables al Contratista”, de las presentes bases administrativas. • Si el contratista no cumple con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, conforme a lo señalado en el Decreto Ley Nº18.620, de 1987, artículo 10. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación puedan ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o término de contrato; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la Garantía será compatible con esta última.
DEL CONTRATO
El contrato será de ejecución en el tiempo, a partir de la adjudicación hasta el 31 de diciembre de 2025. Es decir, el servicio regirá a partir de la total tramitación y firma del contrato hasta un periodo indicado y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que se cumpla primero.
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y Órdenes de compra portal. La suscripción y firma del contrato, deberá realizarse, dentro de quince días hábiles administrativos posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como: • Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal • Copia de escritura pública de constitución • Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato. Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato. El servicio se formalizará de forma mensual mediante el envío y posterior aceptación de Ordenes de Compras a través del Portal Mercado Público, el proveedor contará con un plazo de 48 horas para la aceptación de la orden de compra.
FACTURACION
El proveedor deberá facturar según Orden de Compra Mercado Público y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme. Cada Orden de Compra o contrato deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro y financiamiento según corresponda: CENTRO DE COSTO GIRO SALUD Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública) El giro y financiamiento será ingresado de forma explícita en las órdenes de compra del sistema Mercado Público, específicamente en la sección de observaciones. Las facturas deberán ser enviadas a adquisiciones@corporacionlampa.cl, indicado el número de Orden de Compra portal asociada.
PAGO
La Corporación pagará al Contratista por los servicios encomendados correspondientes al monto ofertado en el Formulario N°4. El pago se realizará de forma mensual y proporcional a los servicios ejecutados durante el periodo, según orden de compra de portal mercado público. Para el pago de la boleta de honorarios, el cálculo del monto bruto considerará el porcentaje de retención del período vigente a la fecha de notificación de la adjudicación. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo establecido conforme a Ley N° 2.113 la cual establece el pago a 30 días, desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes: a) Certificado que indique la recepción conforme de los servicios requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación b) Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl. c) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa d) Comprobante de pago de multa, si hubiere Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc). En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983. El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO
La labor de Contraparte Técnica será realizada por la encargada de finanzas de la Dirección Comunal de Salud Dentro de las funciones se encuentran: a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del certificado de conformidad b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda c) Colaborar y asistir al proveedor en el ámbito de sus competencias
INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales según lo establecido en la Ley N° 19.886 deberán ser proporcional al monto adjudicado y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en el contrato. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones: N° DESCRIPCIÓN DE MULTA SANCIÓN MONTO 1. Multa por ausencia y/o atraso En caso de no prestar los servicios de traslado, o de ausentarse de las labores o el incumplimiento del horario estipulado (sin justificación pertinente) para las cuales el transportista fue contratado 1 UTM por evento 2. Recorrido incompleto No cumplir con el recorrido del servicio 1 UTM por evento 3. Vehículos sin autorización Introducir vehículos diversos a los ofertados o autorizados en virtud del procedimiento 2 UTM por evento 4. Omisiones de uso de elementos de seguridad Se sancionará por tener vehículos en mal estado y/o falta o deficiencia de los elementos de seguridad u otras molestias ocasionadas a los usuarios del servicio contratado 0,5 UTM por evento 5. Daño a las instalaciones, equipos o a terceros El adjudicatorio que cometa una falta grave en cumplimiento de los servicios contratados, o causa daño a las instalaciones, equipos o a terceros, será multado. El Departamento de Abastecimiento formalizará al transportista a través de un informe en donde se evidenciarán los daños causados. El transportista deberá encargarse de costear los perjuicios ocasionados El monto de aquella multa dependerá del daño ocasionado 6. Malos tratos Por cada vez que se sorprenda a algún empleado del contratista ejerciendo malos tratos ya sea de palabra o vías de hecho con la contraparte Técnica, funcionarios y/o público general 3 UTM por evento 7. Higiene y aseo del vehículo Se sancionará al adjudicado por tener vehículo en malas condiciones de higiene y aseo 0,5 UTM por evento 8. Higiene y aseo del conductor Se sancionará al adjudicado cada vez que el conductor se presente a sus labores en condiciones de higiene, aseo y presentación personal deficientes 0,5 UTM por evento 9. Vehículo de reemplazo No disponer de un vehículo de reemplazo, según punto 22.6 de Bases de Licitación 1 UTM por evento 10. Partes o infracciones de carácter grave La contra parte técnica podrá solicitar la hoja de vida del conductor cada tres meses según la duración del contrato para revisar partes o infracciones de carácter grave, lo cual se dejará constancia en hoja de vida del conductor, lo cual influenciará en una observación de carácter grave 0,5 UTM por evento, con un máximo de 5 eventos 11. Mantenciones correctivas y preventivas La contra parte técnica podrá solicitar el registro de mantenciones preventivas y correctivas, a fin de llevar el control sobre el correcto funcionamiento de los vehículos contratados. En caso que se identifique la no realización de las mantenciones correspondientes, se sancionará con la multa establecida. 1 UTM por evento, con un máximo de 5 eventos Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 5 UTM son: • Rechazo total del servicio solicitado por no ajustarse a las especificaciones técnicas • Incurrir en falsedad en el cobro del servicio ejecutado • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento del establecimiento en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención del establecimiento.
TRASLADOS NO PACTADOS
En circunstancias excepcionales, las partes podrán convenir otros transportes o traslados en general con el fin de cubrir las necesidades de movilización de la Corporación. Estos servicios serán solicitados previamente por la Corporación, estipulándose el precio de mutuo acuerdo y acorde a las distancias y tramos por cubrir.
VEHICULO DE REEMPLAZO
Si por razones de fuerza mayor o caso fortuito, el adjudicatario no pudiere prestar el servicio con el vehículo ofertado, podrá reemplazarla por otro de similares características en cuanto a capacidad, seguridad y con la documentación que se autoriza dicho vehículo, por un periodo no superior a los 30 días corridos, sin embargo, se podrá llegar a un consenso respecto a la periocidad mediante mutuo acuerdo con el encargado/a del contrato. En caso de que el vehículo ofertado no pueda prestar los servicios definitivamente, el oferente deberá presentar la documentación correspondiente para acreditar dicha situación, y tendrá la obligación de subcontratar y/o remplazar el vehículo ofertado por otro de similares características en cuanto a capacidad, seguridad y toda especificación técnica incluida en las presentes bases.
UBICACIÓN
La contraparte técnica tendrá la facultad de consultar por ubicación del vehículo, al momento iniciar el horario laboral establecido.
CAMBIO Y/O REEMPLAZO DEL CONDUCTOR
Si por razones de fuerza mayor o caso fortuito, se requiere realizar cambio del conductor/a, se deberá notificar vía correo a la contraparte técnica Alejandra.lizana@corporacionlampa.cl, en la cual deberá enviar los antecedentes del conductor/a: - Copia simple cédula de identidad - Copia simple licencia de conducir - Hoja de vida del conductor - Certificado de antecedentes - Certificado de inhabilidad para trabajar con menores Además, cabe señalar que será criterio y responsabilidad de la contraparte técnica aceptar y/o rechazar la propuesta. En caso de que el conductor sea multado y/o sancionado por faltas gravísimas a la ley del tránsito, a la contraparte técnica podrá solicitar el cambio definitivo del conductor/a.
CARGOS EXCLUSIVOS
Serán cargos exclusivos del contratista los lubricantes, reparaciones, servicios de mantención, repuestos y cualquier otro gasto que provenga de daños, o desperfectos que sufra el vehículo. Los gastos que emanen el traslado de ida y vuelta del vehículo al lugar al que sea asignado por la contraparte técnica. Las presentes Bases de Licitación formarán parte integrante del Contrato que se suscriba con el adjudicado, aunque nada se exprese al respecto en dicho Contrato.
RESPONSABILIDADES
El transportista será responsable de toda obligación de carácter laboral, previsional, contractual y extracontractual relativa al personal que requiera contratar bajo cualquier régimen jurídico, sea laboral o civil, para la ejecución de los servicios contratados por la Corporación. No existirá vinculación jurídica alguna, ni laboral ni civil, entre el personal dependiente de la Corporación y el personal dependiente del transportista. Será el transportista quien asumirá toda responsabilidad legal por la conducción del vehículo. Deberá mantener la documentación del vehículo al día y asumiendo todos los gastos de mantención, combustible, lubricantes, etc., que pudiese requerir el vehículo. El Adjudicatorio será responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a la propiedad pública y/o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan de las presentes bases, como asimismo respecto de terceras personas. Además, el adjudicatario tendrá la responsabilidad en caso de ausencia del vehículo avisar con anticipación enviando un correo a la persona correspondiente donde deberá especificar el motivo de ausencia, además de los datos del vehículo (documentos al día) y del conductor (hoja de vida del conductor) de quien se defina en su reemplazo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.