Licitación ID: 2446-263-LP25
Propuesta Pública Nº 306 - 2025 denominada “SUMINISTRO DE MATERIALES PARA LA RECUPERACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS EN LA COMUNA DE COQUIMBO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 159
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Productos o servicios
1
Palas 1 Unidad
Cod: 27112004
SUMINISTRO DE MATERIALES PARA LA RECUPERACION DE ESPACIOS PUBLICOS EN LA COMUNA DE COQUIMBO, SEGUN LISTADO CONTENIDO EN EL PUNTO N°2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. Y FORMULARIO OFERTA ECONOMICA Y DECRETO EXENTO N° 3182 PRESUPUESTO MAXIMO $ 257.520.000  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Propuesta Pública Nº 306 - 2025 denominada “SUMINISTRO DE MATERIALES PARA LA RECUPERACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS EN LA COMUNA DE COQUIMBO
Estado:
Revocada
Descripción:
Propuesta Pública Nº 306 - 2025 denominada “SUMINISTRO DE MATERIALES PARA LA RECUPERACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS EN LA COMUNA DE COQUIMBO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-08-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 04-08-2025 12:50:26
Fecha inicio de preguntas: 04-08-2025 16:02:00
Fecha final de preguntas: 11-08-2025 16:02:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-08-2025 16:02:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-08-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-08-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 30-09-2025 15:02:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: a) Formulario Identificación del oferente, firmado. b) Formulario Declaración jurada simple, firmado. c) Programa(s) de Integridad y Compliance, firmado. Se deja expresa constancia, que cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente deberá presentar el Formulario de Identificación del oferente y el Formulario de Declaración jurada simple, por cada uno de los integrantes de la UTP, a efectos de verificar correcta individualización, aceptación de bases y estado de habilidad; suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso.
Documentos Técnicos
1.- Además, el oferente que resulte adjudicado; PARA CONTRATAR deberá adjuntar el siguiente documento administrativo: a) Certificado de Antecedentes LABORALES Y PREVISIONALES de la Dirección del Trabajo (En el caso de no contar con trabajadores, por tanto, no pueda remitir el presente certificado, bastará con una declaración jurada simple donde conste dicha situación). b) Entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, cuando sea procedente según bases de licitación. c) Si es persona natural, copia simple de la cédula de identidad del oferente. d) Si no es persona natural: 1.- Copia Simple del RUT del oferente persona jurídica 2.- Copia simple de cédula de identidad del representante legal de la persona jurídica, o de la persona facultada por el oferente para actuar en nombre y representación de la misma. 3.- Copia simple de la escritura pública o certificado de vigencia, en que conste la personería del representante legal o mandatario o apoderado de la persona jurídica. 4.- Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta e) Sólo para adjudicatarios UTP: • Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto de todos los ítem y productos requeridos por canasta. Además, los oferentes deberán ingresar el siguiente formulario según formato adjunto: a) Formularios de Oferta Económica de cada canasta y Plazo de entrega, donde indique el valor neto y bruto total de los productos ofertados. Además, deberá indicar el plazo de entrega ofertado en días hábiles. Asimismo, el adjudicatario deberá contemplar en el precio ofertado, la entrega de los productos en la Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, debiendo el proveedor adoptar las medidas que sean necesarias para que los productos sean recepcionados en buenas condiciones, sin deterioro de ningún tipo, y de acuerdo a lo ofertado. La Municipalidad no pagará ningún valor adicional al ofertado por el proveedor como valor unitario y total de los productos adquiridos, en conformidad a lo señalado en especificaciones técnicas adjuntas. Será de responsabilidad de los oferentes ponderar adecuadamente todos los gastos que irrogue el cumplimiento de la contratación, por ejemplo, pago de impuestos, seguros, entre otros; para la entrega a satisfacción del bien requerido en virtud de la presente propuesta por la Municipalidad de Coquimbo.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA (VALOR CRITERIO EN DÍAS HÁBILES) El plazo máximo a ofertar será de 10 días hábiles. Sin embargo, la asignación de puntaje será de acuerdo a los siguientes tramos: a) De 1 a 4 días: 100 pts b) De 5 a 7 días: 55 pts c) De 8 a 10 días: 20 pts d) Superior a 10 días: Serán declaradas Inadmisibles Igualmente, las ofertas en las que no se indiquen plazo de entrega o este sea superior a 10 días hábiles, o en aquellas que ofrecen despacho y no plazo de entrega serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes indiquen en su oferta en días corridos serán evaluados con 0 puntos. 20%
2 PROGRAMA (S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Asignando puntaje como se indica a continuación: El oferente cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 Puntos. No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 Puntos 5%
3 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes). 0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora 10%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos. Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos. Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Punto 10%
5 PRECIO Precio (Menor Precio Ofertado / Precio Ofertado) x 100 55%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 257520000
Justificación del monto estimado Financiamiento e Imputación Presupuesto Total disponible Línea 1 Presupuesto Total disponible Línea 2 Presupuesto Total disponible Línea 3 Presupuesto Total disponible Línea 4 Presupuesto Total disponible Línea 5 : Los re
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 257.520.000 Doscientos cincuenta y siete millones quinientos veinte mil pesos IVA incluido.
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MIRTA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: daf@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: PAOLA AGUILERA VALLEDOR
e-mail de responsable de contrato: parquesyjardines@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2310568-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 27-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar caución por el fiel y oportuno cumplimiento de lo contratado. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 5% del monto neto adjudicado, con vigencia mínima de 60 días hábiles adicional a la vigencia del contrato. Lo anterior, a menos que la oferta adjudicada sea declarada por el municipio como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Municipalidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, mediante resolución fundada. Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por el municipio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El plazo máximo de presentación será de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Deberá entregarse en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas, ubicado en Avenida Varela Nº 1112, 6º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla pvergara@municoquimbo.cl . La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación. No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo. En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento. Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de seguro, incluir las siguientes cláusulas a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo; b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación. c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje. d) Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista. e) Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades
Glosa: La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública N° 306/2025”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento La devolución de la garantía se realizará una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del Departamento solicitante.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

hubiese obtenido el mayor puntaje, siguiendo el orden de prelación indicado a continuación:

 

1.             Precio.

2.             Plazo de Entrega.

3.             Garantía adicional.

4.             Cumplimiento de requisitos formales

5.             Comportamiento Contractual anterior.

6.             Programa (s) de Integridad y Compliance.

 

En caso de mantenerse el empate, se adjudicará la primera propuesta que haya sido recibida en el portal, lo cual será verificado en el “comprobante de ingreso de oferta”, quedando a salvo en todo caso la opción de declarar desierta la propuesta, si se dan los requisitos legales para aquello.

Pacto de integridad

El oferente declara que por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalan en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, especialmente el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de la licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

a)            El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios dadivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturales y/o monto, a ningún funcionario público en relación con si oferta en relación con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que puedan influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven.

b)            El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva de sus tipos o formas.

c)             El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)            El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)            El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de la licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

f)              El oferente se obliga y acepta, asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)            El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.

h)             El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias, para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas, por sus empleados y/o dependientes y/o asesores, agentes y en general todas las personas que con este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencia de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidad individuales que también procediesen y/o fuesen determinados por los organismos correspondientes.

INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura o revisión de antecedentes por la comisión evaluadora serán las siguientes: 1. No presentar electrónicamente la oferta con todos los documentos técnicos y económicos solicitados, salvo las excepciones establecidas en las presentes bases de Licitación. 2. No ajustarse al presupuesto máximo disponible por producto, y a los plazos máximos informados en las presentes bases de licitación, o no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; al tenor de lo señalado en el artículo N°9 de la Ley de Compras Públicas. 3. No presentar ficha técnica de los productos solicitados por el Municipio. 4. No ofertar la totalidad de los productos y/o servicios requeridos en las presentes Bases. 5. No presentar los antecedentes requeridos en Formulario de Oferta Técnica-económica, especialmente en cuanto al valor unitario neto de cada producto ofertado. 6. No responder las solicitudes de aclaratoria que se pudieron haber establecido a través del sistema de información, en el plazo prudencial concedido al efecto. 7. Que los productos y/o servicios ofertados no cumplan con uno o más de los requerimientos técnicos de la presente licitación. 8. Omitir antecedentes, o entregar información confusa o contradictoria; que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes. 9. Ofertar un plazo de validez de la oferta menor a 60 días corridos. 10. Las demás causales establecidas en las presentes bases administrativas. Asimismo, y de acuerdo a lo señalado en el artículo 60 del DS 661 de 2024, se declarará inadmisible una o más ofertas, a proposición de la comisión evaluadora, cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo N°9 de la Ley de Compras. En este caso la comisión evaluadora propondrá considerar como oferta más ventajosa la de menor precio, debiendo constar en el decreto respectivo dicha situación, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del mismo reglamento. De igual manera, de acuerdo al artículo 61 del DS 661 de 2024, el municipio podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina a proposición de la comisión evaluadora que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Para proponer declarar inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la comisión evaluadora previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión o funcionario evaluador deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión o funcionario evaluador analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
VALIDEZ DE LAS OFERTAS
El plazo mínimo de validez de las ofertas será de 60 días corridos contados desde el cierre de recepción de ofertas, al tenor de lo señalado en el artículo 117 del DS 661/2024. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. La garantía de seriedad de la oferta, si corresponde, deberá cubrir el periodo de validez de esta última. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del municipio (si se hubiesen requerido en las presentes bases y corresponda al objeto de la licitación). Sólo serán de propiedad del municipio la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados con ocasión del contrato derivado de esta licitación.
13. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Calendario Oficial de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse única y exclusivamente a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas dentro de los plazos señalados en las presentes bases y ficha electrónica de la licitación. El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomarán en cuenta las consultas verbales y/o hechas por otro medio o fuera de plazo. La municipalidad dará respuesta por escrito a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las bases, sin perjuicio de otras aclaraciones y/o modificaciones a las bases de licitación que se estime necesario hacer de oficio en la misma oportunidad. Estas “Aclaraciones y Respuestas a Consultas” serán publicadas en la opción “foro” del sistema de información, www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes hasta el día y la hora señalada en las bases administrativas y ficha electrónica de la licitación. La municipalidad podrá enviar, incluso antes de esta fecha, los documentos que estime necesarios (enmiendas y aclaraciones), que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las respuestas y/o aclaraciones que la Entidad Licitante hubiera efectuado, las que formarán parte integrante de las bases de licitación, desde su publicación en el sistema de información. A contar de la fecha y hora estipulada en las presentes bases como de publicación de las aclaraciones y respuestas a las consultas en el portal de mercado público, se presumirá el conocimiento del documento por parte de todos los participantes. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes.
18. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Efectuada, y notificada la adjudicación de la propuesta a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, la Municipalidad procederá a formalizar el contrato de suministro mediante la suscripción del correspondiente contrato. Una vez suscrito el contrato, el municipio dictará el decreto aprobatorio del referido contrato. De forma posterior a la formalización mediante suscripción de contrato respectivo y emisión del decreto Alcaldicio mediante el cual se aprueba la contratación, se podrán emitir las Órdenes de Compra electrónicas respectivas. El contrato de suministro entrará en vigencia desde la fecha de suscripción del mismo, salvo que la Municipalidad indique una fecha distinta por razones de buen servicio, en el contrato que se suscriba con el oferente adjudicado. En todo caso, la duración del contrato de suministro no podrá ser superior al 31 de diciembre del 2025. La modalidad del contrato corresponderá a un contrato de suministro, sin intereses de ningún tipo, a precio mensual variable, según las necesidades y requerimientos de la Municipalidad, hasta concurrencia del monto total estimado de la adquisición, o hasta el vencimiento del plazo del contrato de suministro que se suscriba con el proveedor. PLAZOS RELEVANTES: 1. PLAZO PARA CONCURRIR A FIRMA DE CONTRATO: El plazo para concurrir a la firma del respectivo contrato es de 10 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firmar el contrato respectivo en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas ubicado en Avenida Varela N° 1112, sexto piso, Coquimbo. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico, indicada en Formulario N° 01 de la oferta del proponente adjudicado. De todas formas, excepcionalmente el adjudicatario podrá requerir firmar en un lugar diverso a solicitud y costo del oferente adjudicado, debiendo en todo caso concretarse la firma dentro del plazo señalado precedentemente. Se deja expresa constancia que el adjudicatario podrá remitir al municipio el contrato firmado mediante correo electrónico, siempre y cuando dicho documento cuente con firma electrónica, conforme a lo señalado en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. 2. PLAZO PARA ACEPTAR LA ORDEN DE COMPRA: Una vez tramitados completamente los documentos, mediante los cuales, se formaliza la adjudicación, el municipio podrá emitir las respectivas órdenes de compra, las cuales deberán ser aceptadas dentro de los 5 días hábiles siguientes a su envío. En caso que la Orden de Compra no sea aceptada dentro de dicho plazo, el municipio entenderá la aceptación tácita, reteniendo el pago correspondiente hasta que el proveedor la acepte; o bien podrá rechazar la factura, en caso que la Orden de Compra no este aceptada y los productos no hayan sido recibidos No concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, serán consideradas como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra. 18.1 FORMA DE OPERAR EL CONTRATO. I. Una vez formalizada la contratación; cada vez que se requiera de la adquisición de productos del contratista, y según sea su naturaleza, la Unidad Técnica, enviará una guía de requerimiento con la solicitud de los productos, indicando el detalle y precio de los productos solicitadas. II. El Departamento de Adquisiciones, verificará que se acompañe la guía de requerimiento señalada en el punto N° I; y emitirá la correspondiente Orden de Compra a través del portal, por los productos que se requieren. III. La Orden de Compra deberá ser aceptada por el contratista, dentro del plazo establecido en las presentes Bases Administrativas. IV. El plazo de entrega de los productos será el ofertado por el proveedor adjudicado y comenzará a contarse desde el día quinto hábil de la emisión de la respectiva orden de compra; y hasta la entrega de la totalidad de los productos. Cualquier tipo de circunstancias que signifique un retraso o imposibilidad en la entrega de los productos, deberán ser comunicadas inmediatamente a la Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de lo que dispongan las presentes bases administrativas. Cabe destacar, que no existirá un número mínimo de productos por pedido, ni se podrá realiza cobro alguno por flete o despacho. EL CONTRATISTA NO PODRÁ ENTREGAR PRODUCTOS QUE NO HAYAN SIDO REQUERIDOS MEDIANTE LA EMISIÓN DE UNA ORDEN DE COMPRA, AL TENOR DE LO SEÑALADO EN LAS PRESENTES BASES ADMINISTRATIVAS.
19. READJUDICACIÓN O DESERCIÓN
Si no se concreta el proceso de contratación del oferente mejor evaluado, ya sea por los motivos que se enumeran en el presente acápite o por los señalados en las presentes bases, la Municipalidad estará facultada para revocar la adjudicación y readjudicar el proceso, adjudicando la licitación a aquel proponente que haya obtenido la segunda mejor calificación en el proceso de evaluación respectivo o declarar desierta la propuesta si se dan los requisitos señaladas el artículo 9 de la Ley N° 19.886; en los siguientes casos: a. No entregar el instrumento de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo concedido al efecto en las presentes bases. b. No concurrir a firma del respectivo contrato dentro del plazo y en las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas. c. Si el oferente adjudicado posee alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley 19.886. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. Se deja expresa constancia, que luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser re adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. d. No inscripción en el registro de proveedores del Estado (con estado “Hábil”) dentro de los plazos establecidos en las presentes bases. e. No entregar en la fecha establecida en las presente bases los documentos administrativos requeridos “para contratar” conforme lo señalado en las presentes bases administrativas. f. Si se constata incumplimiento al pacto de integridad, antes de la formalización de la contratación. g. Las demás establecidas en las presentes bases de Licitación.
20. AMINISTRADOR DEL CONTRATO

Una vez formalizada la contratación, la relación contractual por parte del municipio, será de responsabilidad del Departamento de Parques y Jardines. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.

 El funcionario designado tendrá la calidad de administrador de contrato cuya función será:

 a. Efectuar la coordinación general del contrato,

 b. Generar los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes,

 c. Supervisar el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato,

 d. Las demás funciones que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes.

 

La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y el municipio, a través del administrador de contrato, será exclusivamente el correo electrónico institucional/corporativo, por lo tanto, cualquier materia pertinente a la ejecución del contrato y las prestaciones del servicio adjudicado, deberán ser efectuados por dicha vía de comunicación, siendo inválido cualquier otro medio de interacción, ya sea físico o virtual, salvo que así sea dispuesto expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares.


22. COORDINADOR DE CONTRATO
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o coordinador de contrato, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: a. Informar oportunamente al municipio de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato y el suministro de los productos. b. Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. d. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. Todo cambio posterior del coordinador del contrato del proveedor deberá ser informado por éste al responsable de administrar de contrato por parte del órgano público comprador, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuado el cambio, mediante correo electrónico dirigido al administrador del contrato.
23. PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega de los productos ofertado por el proveedor adjudicado, comenzará a contarse desde el día quinto hábil de la emisión de la respectiva orden de compra; y hasta la entrega de la totalidad de los productos. El plazo de entrega de los productos ofertados por el proveedor adjudicado, comenzará a contarse desde el día quinto de la emisión de respectiva orden de compra y hasta la entrega de la totalidad de los productos. La entrega de los productos deberá efectuarse obligatoriamente con guía de despacho a la vista, en Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, de lunes a jueves de 09:00 horas a 16:00 horas y el día viernes de 09:00 horas a 15:00 horas. La emisión de la factura será notificada al proveedor mediante acta de recepción o certificado de cumplimiento, según corresponda, a través del correo registrado en la ficha de identificación del oferente. En caso de que el proveedor factorice o ceda la factura de cobro deberá notificarlo a correo facturas@municoquimbo.cl En caso que no se cumpla con hacer entrega de producto con guía de despacho a la vista, la indicada Guía de despacho puede remitirse de forma previa a la entrega, al correo electrónico bodega@municoquimbo.cl. El encargado de Bodega Municipal, y el Inspector Técnico del Producto (ITP), si se hubiese designado, tendrán la responsabilidad de revisar los productos en su totalidad, en caso de no existir conformidad entre la Orden de Compra y lo entregado, no serán recibidos, debiendo devolverse los bienes inmediatamente al proveedor con las observaciones del caso. En caso que, se constate incumplimiento del plazo de entrega u otra obligación susceptible de aplicación de sanción; se informará al encargado del respectivo proceso de compras del Departamento de Adquisiciones, remitiendo de inmediato el expediente de gastos a dicho departamento a efectos de que se inicie procedimiento que corresponda. El plazo de entrega que regirá la presente licitación será el ofertado por adjudicatario, considerando como plazo máximo el indicado en los criterios de evaluación.
24. FORMA Y LUGAR DE ENTREGA.
El plazo de entrega de los productos ofertados por el proveedor adjudicado, comenzará a contarse desde el día quinto de la emisión de respectiva orden de compra y hasta la entrega de la totalidad de los productos. La entrega de los productos deberá efectuarse obligatoriamente con guía de despacho a la vista, en Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, de lunes a jueves de 09:00 horas a 16:00 horas y el día viernes de 09:00 horas a 15:00 horas. En caso que no se cumpla con hacer entrega de producto con guía de despacho a la vista, la indicada Guía de despacho puede remitirse de forma previa a la entrega, al correo electrónico bodega@municoquimbo.cl. El encargado de Bodega Municipal, y el ITP, si se hubiese designado, tendrán la responsabilidad de revisar los productos en su totalidad, en caso de no existir conformidad entre la Orden de Compra y lo entregado, no serán recibidos, debiendo devolverse los bienes inmediatamente al proveedor con las observaciones del caso. En caso que, se constate incumplimiento del plazo de entrega u otra obligación susceptible de aplicación de sanción; se informará al encargado del respectivo proceso de compras del Departamento de Adquisiciones, remitiendo de inmediato el expediente de gastos a dicho departamento a efectos de que se inicie procedimiento que corresponda.
EMISIÓN DE FACTURAS.
25. Una vez recibidos los productos, se emitirá un “Acta de recepción de productos”, mediante el cual se certificará la recepción conforme de los productos adquiridos por el municipio. Esta Acta de recepción, será suscrita por el encargado de bodega o quien lo subrogue o reemplace legalmente en el cargo; y, además, cuando por la naturaleza de los bienes adquiridos, sea requerido por dicho encargado, también será suscrito por el Inspector Técnico del Producto (ITP), de la unidad requirente encargada de la compra o adquisición, o unidad especializada en la materia, quienes deberán certificar en conjunto, la recepción conforme del producto. Esta acta será notificada al proveedor, mediante sistema de información de Mercado Público y/o correo electrónico, a través de la herramienta de recepción conforme de la Orden de Compra por el Supervisor de Pago de Facturas (SPF), una vez notificado el oferente, podrá emitir la factura correspondiente. La casilla válida para notificación de emisión de Documentos tributarios electrónicos (DTE) a la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, es el correo electrónico facturas@municoquimbo.cl . La factura, deberá incluir en la glosa el número de la Orden de Compra a la cual corresponde. Se podrán rechazar las facturas que no indiquen lo señalado.
FORMA DE PAGO.
26. El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los productos requeridos en la orden de compra emitidas y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde la recepción de la respectiva factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. El responsable del Pago es la Dirección de Administración y Finanzas, Email: daf@municoquimbo.cl. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl. El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. En caso que previo requerimiento del municipio, el proveedor no restituya en el plazo concedido al efecto el pago indebido, la municipalidad informará dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del DS 661/2024.
INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR.

En caso de incumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones:

Por cada día hábil de atraso en la entrega de los productos, se aplicará una multa correspondiente a 0,5% del precio neto de las cantidades que se entreguen atrasadas con un tope por incumplimiento de 10 días hábiles. Superar el indicado número de días de atraso será considerado incumplimiento grave de las obligaciones de la contratación.

Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro del plazo ofertado para la entrega.

El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 10% del monto total neto de la orden de compra, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones de la contratación, constituyendo causal de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al municipio por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

El municipio no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que adeude al mismo Proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa.


PALZOS RELEVANTES
PLAZOS RELEVANTES: 1. PLAZO ENTREGA DEL INSTRUMENTO POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: La respectiva garantía deberá ser entregada en el municipio o enviada electrónicamente, según corresponda, en virtud a si son digitales o físicos, en un plazo máximo de presentación de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. 2. PLAZO PARA CONCURRIR A FIRMA DE CONTRATO: El plazo para concurrir a la firma del respectivo contrato es de 10 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firmar el contrato respectivo en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas ubicado en Avenida Varela N° 1112, sexto piso, Coquimbo. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico, indicada en Formulario N° 01 de la oferta del proponente adjudicado. De todas formas, excepcionalmente el adjudicatario podrá requerir firmar en un lugar diverso a solicitud y costo del oferente adjudicado, debiendo en todo caso concretarse la firma dentro del plazo señalado precedentemente. Se deja expresa constancia que el adjudicatario podrá remitir al municipio el contrato firmado mediante correo electrónico, siempre y cuando dicho documento cuente con firma electrónica, conforme a lo señalado en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. 3. PLAZO PARA ACEPTAR LA ORDEN DE COMPRA: Una vez tramitados completamente los documentos, mediante los cuales, se formaliza la adjudicación, el municipio podrá emitir las respectivas órdenes de compra, las cuales deberán ser aceptadas dentro de los 3 días hábiles siguientes a su envío. En caso que la Orden de Compra no sea aceptada dentro de dicho plazo, el municipio entenderá la aceptación tácita, reteniendo el pago correspondiente hasta que el proveedor la acepte; o bien podrá rechazar la factura, en caso que la Orden de Compra no este aceptada y los productos no hayan sido recibidos No entregar la garantía de fiel cumplimiento de la contratación; o no concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, serán consideradas como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra. 18.1 FORMA DE OPERAR EL CONTRATO. I. Una vez formalizada la contratación; cada vez que se requiera de la adquisición de productos del contratista, y según sea su naturaleza, la Unidad Técnica, enviará una guía de requerimiento con la solicitud de los productos, indicando el detalle y precio de los productos solicitadas. II. El Departamento de Adquisiciones, verificará que se acompañe la guía de requerimiento señalada en el punto N° I; y emitirá la correspondiente Orden de Compra a través del portal, por los productos que se requieren. III. La Orden de Compra deberá ser aceptada por el contratista, dentro del plazo establecido en las presentes Bases Administrativas. IV. El plazo de entrega de los productos será el ofertado por el proveedor adjudicado y comenzará a contarse desde el día quinto hábil de la emisión de la respectiva orden de compra; y hasta la entrega de la totalidad de los productos. Cualquier tipo de circunstancias que signifique un retraso o imposibilidad en la entrega de los productos, deberán ser comunicadas inmediatamente a la Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de lo que dispongan las presentes bases administrativas. Cabe destacar, que no existirá un número mínimo de productos por pedido, ni se podrá realiza cobro alguno por flete o despacho. EL CONTRATISTA NO PODRÁ ENTREGAR PRODUCTOS QUE NO HAYAN SIDO REQUERIDOS MEDIANTE LA EMISIÓN DE UNA ORDEN DE COMPRA, AL TENOR DE LO SEÑALADO EN LAS PRESENTES BASES ADMINISTRATIVAS.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.